BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA Aprobado mediante Directiva Nº 001-2017-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA: Nº
Símbolo
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[ABC] / […….]
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[ABC] / […….]
Descripción La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las bases. Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación del sobre de la oferta.
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Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y por los proveedores.
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Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el comité de selección y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO: Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características: Nº
Características
Parámetros Superior : 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm
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Márgenes
2
Fuente
Arial
3
Estilo de Fuente
Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
4
Color de Fuente
Automático: Para el contenido en general Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
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Tamaño de Letra
16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos. 10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie
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Alineación
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Interlineado
8
Espaciado
9
Subrayado
Inferior: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie. Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos) Sencillo Anterior : 0 Posterior : 0 Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto
INSTRUCCIONES DE USO: 1.
Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2.
La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
Elaboradas en marzo de 2017 Modificadas en mayo de 2017
GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA1 ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 14-2017-GOREMAD/CS SEGUNDA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. AGOSTO 2017 1
Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de consultoría de obra. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición: Consultoría de obra: Servicios profesionales altamente calificados consistentes en la elaboración del expediente técnico de obras o en la supervisión de obras. Tratándose de elaboración de expediente técnico la persona natural o jurídica encargada de dicha labor debe contar con una experiencia especializada no menor de 1 año; en el caso de supervisiones de obra la experiencia especializada debe ser no menor de 2 años.
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PRESIDENTE
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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación. De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia. La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1.
BASE LEGAL -
Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N°350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Directivas del OSCE. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2.
CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3.
REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes. El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE. El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP en la especialidad y categoría correspondiente. Importante Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe. Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
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señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en www.seace.gob.pe. En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Reglamento. Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N° 1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.5.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones. La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen. Importante No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la absolución de consultas y observaciones. Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento. Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a
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cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases. El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento. Importante
1.7.
Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma.
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas, en dos (2) sobres cerrados, uno de los cuales contiene la oferta técnica y, el otro, la económica. Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. El monto de la oferta económica debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría de obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos. El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.8.
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS2 En caso la presentación de ofertas se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia de notario o juez de paz en el lugar
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De acuerdo a lo establecido en el numeral 5 del artículo 67 del Reglamento, la presentación de ofertas se puede realizar en acto privado o público, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
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indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria. La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello. Importante Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido. El comité de selección solo abre los sobres que contienen las ofertas técnicas, y anuncia el nombre de cada uno de los proveedores; asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 62 del Reglamento. De no presentar lo requerido, la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público. En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta debiendo el notario o juez de paz mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución. Después de abierto cada sobre que contiene la oferta técnica, el notario o juez de paz procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta técnica. Las ofertas económicas deben permanecer cerradas y quedar en poder del notario público o juez de paz hasta el acto público de otorgamiento de la buena pro. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o juez de paz, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen. De acuerdo a lo previsto en el artículo 62 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
En caso la presentación de ofertas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de las ofertas en acto privado se realiza en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, dentro del plazo estipulado en la sección específica de las bases. La Entidad entrega al postor un cargo de recepción de la oferta en el que conste fecha y hora. Importante
La Entidad debe preservar la seguridad, integridad y confidencialidad de toda oferta, encargándose de que el contenido de la misma sea revisado únicamente después de su apertura.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
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En la apertura del sobre que contiene la oferta técnica, el comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 62 del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. En caso las ofertas no sean admitidas serán devueltas una vez consentida la buena pro, salvo que el postor solicite su devolución previamente.
1.9.
CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La calificación y evaluación de los postores se realiza conforme los requisitos de calificación y factores de evaluación que se indican en la sección específica de las bases. La evaluación técnica y económica se realiza sobre la base de: Oferta técnica : 100 puntos Oferta económica : 100 puntos
1.9.1
CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS Previo a la calificación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. Posteriormente, determina si las ofertas técnicas cumplen los requisitos de calificación previstos en la sección específica de las bases; de no ser así, descalifica las ofertas técnicas. Solo pasan a la etapa de evaluación las ofertas técnicas que cumplen con lo señalado en el párrafo anterior.
1.9.2
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS La evaluación se realiza conforme a los factores de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. Las reglas de la evaluación técnica son las siguientes: a) b) c)
1.9.3
El comité de selección evalúa las ofertas de acuerdo con los factores de evaluación previstos en la sección específica de las bases. Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas. Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo detallado en la sección específica de las bases serán descalificadas.
APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS En caso la apertura de ofertas económicas se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente: Las ofertas económicas se abren en acto público en la fecha, hora y lugar detallado en la sección específica de las bases y con la presencia del notario público o juez de paz que las
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custodió. Solo se abren las ofertas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo indicado en la sección específica de las bases. En dicho acto se anuncia el nombre de los postores, el puntaje de evaluación técnico obtenido y el precio total de las ofertas. El comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más del diez por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de todas las ofertas admitidas incluido el valor referencial. De no estar conformes, los postores pueden solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o juez de paz mantener en custodia la oferta económica hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto o en fecha posterior el postor solicite su devolución. El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje de cien (100) a la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial, y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
Donde:
i
= Oferta.
Pi
= Puntaje de la oferta económica i.
Oi
= Oferta económica i.
Om
= Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial.
PMOE
= Puntaje máximo de la oferta económica.
Importante Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-). La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con el artículo 64 del Reglamento y los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases. Importante
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En el caso de contratación de consultorías de obras a ser prestadas fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencia no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP3. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.
En caso la apertura de ofertas económicas se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente: Solo se abren las ofertas económicas de los postores que alcanzaron el puntaje técnico mínimo indicado en la sección específica de las bases. El comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más del diez por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de todas las ofertas admitidas incluido el valor referencial. El comité de selección evalúa las ofertas económicas, asignando un puntaje de cien (100) a la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial, y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
Donde: i
= Oferta.
Pi
= Puntaje de la oferta económica i.
Oi
= Oferta económica i.
Om
= Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial.
PMOE
= Puntaje máximo de la oferta económica.
Importante Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-). La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con el artículo 64 del Reglamento y los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases. Importante
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La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe
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En el caso de contratación de consultorías de obras a ser prestadas fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP4. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.11. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En caso el otorgamiento de la buena pro se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La buena pro se otorga en el acto público de apertura de sobres económicos luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral 1.9.3 de la presente sección. En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa siguiendo estrictamente el orden señalado en el numeral 2 del artículo 69 del Reglamento. En el caso de ofertas que superen el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, para que el comité de selección otorgue la buena pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria, salvo que el postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para otorgar la buena pro no excede de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. En caso no se pueda otorgar la buena pro, el comité de selección sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se otorgue la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación. El otorgamiento de la buena pro en acto público se presume notificado a todos los postores en la fecha del acto, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la calificación y evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publica el mismo día en el SEACE. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o juez de paz, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
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La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe
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En el acto de otorgamiento de la buena pro, se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente. En caso que el otorgamiento de la buena pro se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La buena pro se otorga luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral 1.9.3 de la presente sección. En el supuesto que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa observando estrictamente el orden señalado en el numeral 2 del artículo 69 del Reglamento. Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz. En el caso de ofertas que superen el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, para que el comité de selección otorgue la buena pro se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria, salvo que el postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica. El plazo para otorgar la buena pro no excede de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. En caso no se pueda otorgar la buena pro, el comité de selección sigue el mismo procedimiento con el postor que ocupó el segundo lugar. En caso no se otorgue la buena pro, debe continuar con los demás postores, respetando el orden de prelación. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la calificación y evaluación. 1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido. Importante Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
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CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1.
RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación. Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2.
PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2.
PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso.
3.3.
GARANTÍAS Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final. Importante En los contratos de consultoría de obra que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento.
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
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3.3.3.
GARANTÍA POR ADELANTO En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
ADVERTENCIA LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
3.5.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.6.
ADELANTOS La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
3.7.
PENALIDADES
3.7.1.
PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
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3.7.2.
OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. 3.8.
PAGOS El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato. La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de veinte (20) días de producida la recepción. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley y en el artículo 149 del Reglamento.
3.9.
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista, una constancia de prestación de consultoría de obra según el formato establecido en el Capítulo VI de la sección específica de las bases, la cual es entregada conjuntamente con la liquidación. Solo se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.
3.10. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.11. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1.
1.2.
ENTIDAD CONVOCANTE Nombre
:
GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
RUC Nº
:
20527143200
Domicilio legal
:
JIRON CUSCO N° 350 (EX COLEGIO SANTA ROSA)
Teléfono:
:
082-572321
Correo electrónico:
:
[email protected]
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría de obra para PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”
1.3.
VALOR REFERENCIAL5 El valor referencial asciende a CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 115,685.00) incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de ENERO Valor Referencial (VR)
Límite Superior6
S/ 115,685.00. CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES
S/127,253.50 CIENTO VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 50/100 SOLES
Importante Las ofertas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.
5
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
6
De acuerdo a lo señalado en el artículo 27 del Reglamento, el límite superior se calcula considerando dos decimales y sin efectuar el redondeo en el segundo decimal.
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Importante para la Entidad
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, debe tomarse en cuenta la regulación de la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final, en las bases se debe establecer además del valor referencial, los límites de este, con y sin IGV, tal como se indica a continuación: Valor Referencial (VR)
Límite Superior Con IGV
S/ 127,253.50 S/ 115,685.00 CIENTO VEINTISIETE CIENTO QUINCE MIL MIL DOSCIENTOS SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES CON 50/100 SOLES
1.4.
Sin IGV S/107,841.95 CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 95/100 SOLES
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante RESOLUCION DIRECTORAL ADMINISTRATIVA N° 302-2017-GOREMAD/ORA de fecha 12 de Julio de 2017.
1.5.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS Importante La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección.
1.6.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de SUMA ALZADA de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7.
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8.
PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA Los servicios de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de SESENTA ( 60 ) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación. Importante
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En el caso de supervisión de obras, el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al del contrato de la obra a ejecutar y comprender hasta la liquidación de la obra, de conformidad con el artículo 10 de la Ley. 1.9.
COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases los planos y detalles se incluirán un CD , para cuyo efecto deben cancelar s/ 10.00 (Diez con 00/100 soles en CAJA DE LA ENTIDAD ,ubicado en el Jr Cusco N°350 ex colegio Santa rosa Importante El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.
1.10. BASE LEGAL
- Ley Nº 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. - Ley Nº 30519 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2017. - Ley N° 28411 Ley General del sistema Nacional de Presupuesto. - Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, modificado con el Decreto Legislativo N° 1341. - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante decreto supremo N° 350-2015-EF, modificado con el Decreto Supremo N° 056-2017-EF - Directivas de OSCE - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. - Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Naciona Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
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CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1.
CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN7
Etapa
Fecha, hora y lugar :
07/08/2017
Registro de A través del SEACE
:
Desde las: 00:01 horas del 08/08/2017 Hasta las: 13:59 horas del 16/08/2017
Formulación de consultas y observaciones a las bases
:
Del: 08/08/2017 Al: 09/08/2017
A través de
:
Formato para formular consultas y observaciones del Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”9
En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en
:
JR. CUSCO N° 350 (EX COLEGIO SANTA ROSA) – MESA DE PARTES (SECRETARIA) DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES, en el horario de 7:00 AM a 16:00 PM
Absolución de consultas y observaciones a las bases
:
10/08/2017
Integración de bases
:
11/08/2017
Presentación de ofertas
:
16/08/2017
* En acto privado en
:
JR. CUSCO N° 350 (EX COLEGIO SANTA ROSA) – MESA DE PARTES (SECRETARIA) DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES, en el horario de 7:00 AM a 16:00
Evaluación y calificación de ofertas
:
16/08/2017
Otorgamiento de la buena pro
:
16/08/2017
Convocatoria participantes8
A través del SEACE
7
La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
8
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
9
Para acceder al formato ingrese a http://portal.osce.gob.pe/osce/content/documentos_normativos_directivas.
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Importante Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en www.seace.gob.pe, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores).
2.2.
CONTENIDO DE LAS OFERTAS La oferta se presenta en dos (2) sobres cerrados en original, dirigido al comité de selección de la Adjudicación Simplificada N° 014-2017-GOREMAD/CS conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Oferta técnica. El sobre será rotulado: Señores [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR DIRECCIÓN] Att.: Comité de selección ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N° 014-2017-GOREMAD/CS Denominación de la convocatoria: [ …………………….] OFERTA TÉCNICA [NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR] SOBRE Nº 2: Oferta económica. El sobre será rotulado: Señores [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD] [CONSIGNAR DIRECCIÓN] Att.: Comité de selección ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS Denominación de la convocatoria: [ …………………….] OFERTA ECONÓMICA [NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
2.2.1. SOBRE N° 1 – OFERTA TÉCNICA La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1.1.
Documentación de presentación obligatoria A. Documentos para la admisión de la oferta a.1) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
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a.2) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento. (Anexo Nº 2) En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. a.3) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
a.4) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio de consultoría de obra. (Anexo Nº 4). a.5) arta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 13). Importante El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
B. Documentos para acreditar los requisitos de calificación El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.1.2.
Documentación de presentación facultativa: a)
Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso 10 11 . En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
b)
En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad 12.
c)
Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de Evaluación” establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capítulo para cada factor.
d)
Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la
10
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
11
Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 126 del Reglamento.
12
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 69 del Reglamento.
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exoneración del IGV (Anexo Nº 11).
Importante Las ofertas técnicas que contengan algún tipo de información que forme parte de la oferta económica son descalificadas.
2.2.2. SOBRE N° 2 – OFERTA ECONÓMICA El Sobre Nº 2 debe contener la siguiente información obligatoria: El monto de la oferta económica en SOLES y el detalle de precios unitarios, cuando dicho sistema haya sido establecido en las bases. (Anexo Nº 10) El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales. Importante El comité de selección devuelve las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. Importante Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables.
2.3.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS Una vez evaluadas las ofertas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las ofertas es el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 Pei Donde: PTPi PTi Pei c1 c2
= Puntaje total del postor i = Puntaje por evaluación técnica del postor i = Puntaje por evaluación económica del postor i = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
Se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1
= 0.80
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c2
= 0.20
Dónde: c1 + c2 = 1.00 2.4.
REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato: a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso. c)Código de cuenta interbancaria (CCI). d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda. e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. (La oferta ganadora deberá consignar domicilio en la ciudad Tambopata – Madre de Dios y correo electrónico) g) h)
Estructura de costos o detalle de los precios unitarios de la oferta económica13. Detalle del monto de la oferta económica de cada uno de los ítems que conforman el paquete14.
Importante
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
En los contratos de consultoría de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
13
Incluir solo en caso que la convocatoria del procedimiento sea bajo el sistema a suma alzada.
14
Incluir solo en caso que la convocatoria del procedimiento sea por paquete.
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Adicionalmente, se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada, tales como: a) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
Importante
2.5.
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE www.osce.gob.pe sección RNP.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en JR.CUSCO N° 350 EX COLEGIO SANTA ROSA – SECRETARIA DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES .
2.6.
FORMA DE PAGO La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en PAGOS PERIÓDICOS. Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación: - Informe del funcionario responsable de la supervisión emitiendo la conformidad de la prestación efectuada. - Comprobante de pago.
2.7.
PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
Importante De conformidad con el artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es responsable de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación.
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA DENOMINADO: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. 1. ANTECEDENTES El Gobierno Regional de Madre de Dios, tiene la función de brindar asistencia técnica y financiera a los Gobiernos Locales en materia de servicios básicos, en el marco de las políticas sectoriales nacionales y contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, siendo una responsabilidad la de gestionar y viabilizar la ejecución de Proyectos y/u obras de interés prioritario, generando la posibilidad de contar con la infraestructura social, económica y productiva que permita reducir los índices de pobreza existente. Por otro lado, tiene entre sus prioridades la ampliación de las coberturas y mejora de la calidad del servicio de agua y saneamiento, para lo cual viene trabajando de manera coordinada y concertada con los gobiernos locales de la región, a fin de contribuir la política de inversión nacional que considera de prioridad reducir las brechas de servicios básicos. El servicio básico adecuado de agua potable y saneamiento básico permite reducir las enfermedades de origen hídrico y elevan las condiciones de vida de la población. Sin embargo, aún existe una importante diferencia en la cobertura y calidad de los servicios que se brindan en las áreas urbana y rural, por lo que se requiere que los esfuerzos del país a través de los Gobiernos Locales orientados
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hacia las zonas rurales (localidades o centros poblados de hasta 2,000 habitantes) sean significativamente incrementados en los próximos años. El gran reto es lograr que los servicios de agua potable y saneamiento que se deriven de los proyectos de inversión pública sean realmente sostenibles y, para ello, son fundamentales las acciones en educación sanitaria, capacitación para la población y fortalecimiento de las entidades encargadas de la operación y mantenimiento y en el que se identificó las necesidad básica de agua potable y saneamiento, dentro del cual está el Centro Poblado de Ponal del Distrito de Inambari, Provincia de Tambopata, Región de Madre de Dios. Mediante Decreto Supremo Nº 218-2016 – EF el Ministerio de Economía y Finanzas autoriza la transferencia de recursos para el financiamiento de los estudios definitivos del proyecto En ese sentido, el Gobierno Regional de Madre de Dios, procede a la elaboración del termino de referencia para la elaboración del Expediente Técnico del proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. 2. OBJETIVOS 2.1. Objetivo General El Objetivo del Proceso de Selección, es la contratación de los servicios de una consultoría que se encargue de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto:
“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. El Expediente Técnico, será desarrollado teniendo como base los estudios que a continuación se detallan: Levantamiento Topográfico, del área donde se ha proyectado las instalaciones de la infraestructura de saneamiento correspondientes al sistema de agua potable, y disposición sanitaria de excretas, para ello se debe desarrollar el diseño de las obras generales y obras secundarias, el cual será elaborado en forma integral por el consultor. Estudio de mecánica de suelos, correspondiente al trazo y ubicación de la infraestructura proyectada del sistema de agua potable, y disposición sanitaria de excretas según el diseño a desarrollar. Estudio hidrogeológico que permita determinar en cantidad y calidad, Estudio de la calidad físico, química y bacteriológica de la fuente de agua.
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Certificación Ambiental del Proyecto. Saneamiento físico legal de la propiedad del área a ubicar las diferentes infraestructuras de las Obras Generales y Secundarias del sistema de agua potable y saneamiento. Y documentos que garanticen la libre disponibilidad de los terrenos. Metrados y Presupuestos de las obras de agua potable, y disposición sanitaria de excretas, así como, Cronograma de Inversiones. Tomar en cuenta la “Guía de Orientación para la Elaboración de Expedientes Técnicos de Saneamiento” del PNSR.
3. DEL CONCURSO El presente Procedimiento de Selección, tiene por objeto seleccionar al Consultor de proyectos/obras como persona NATURAL o JURIDICA que se encargara de elaborar el Expediente Técnico del Proyecto de “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. El referido Expediente Técnico se desarrollara teniendo como base los estudios referidos en el ítem 2.1 4. BASE LEGAL a b c d e f g h i
j k
Rreglamento Nacional de Edificaciones aprobado con el Decreto Supremo N°011-2006-VIVIENDA y sus modificatorias. Decreto Legislativo 1341, Ley de Contrataciones del Estado. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 57-2017-EF Guía de Auditoría de Obras Públicas por Contrata de la Contraloría General de la República, aprobada con la Resolución de Contraloría N° 1772007-CG En el desarrollo de cada título de la Guía se detalla las normativas técnicas específicas. R.M. N° 002-2015-VIVIENDA. Criterio de Densidad Poblacional D.S. N° 019 – 2014-VIVIENDA. Reglamento de protección ambiental de proyectos vinculados a las actividades de vivienda, construcción y saneamiento. R.M. N° 132-2015-vivienda, modificatoria del procedimiento N° 7 del Tupa del MVCS. Clasificación Ambiental y Aprobación de Términos de Referencia del EIA. D.S. Nº 054-2013-PCM.- De la emisión del CIRA y la aprobación del Plan de Monitoreo Arqueológico, De los derechos de uso de agua, Disposiciones ambientales para los proyectos de inversión, y De la autorización sanitaria de sistemas de tratamiento de agua de consumo humano. D.S. 003-2014-MC, Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. R.J. 007-2015-ANA, Aprueban Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
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l
R.M. 108-2011-VIVIENDA y R.M. 201-2012-VIVIENDA, Lineamientos para la formulación de programas o proyectos de agua y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural. m R.M. N°184-2012-VIVIENDA, que aprueba la “Guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural”. n
R.M. N°065-2013-VIVIENDA, que modifica la “Guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural”, aprobada por la R.M. N°184-2012-VIVIENDA.
o
R.M. N°300-2013-MINAM, Modifican la “Primera Actualización del Listado de Inclusión de Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), considerados en el Anexo II del Reglamento de la Ley N° 27446, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM”, aprobada por Resolución Ministerial N° 157-2011-MINAM, en lo relativo al apartado del Sector Construcción y Saneamiento, Subsector Saneamiento.
p
R.M. N° 299-2013-VIVIENDA, Aprueban Ficha Técnica Ambiental (FTA) para Proyectos de Inversión en Saneamiento Rural.
q
R.M N° 173-2016- VIVIENDA, guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para los centros poblados del ámbito rural.
r
D.S. 031-2010-SA, Reglamento de Calidad de Agua de Consumo Humano.
5. UBICACIÓN, LIMITES Y ACCESIBILIDAD AL ÁREA DE INFLUENCIA DEL ESTUDIO 5.1
UBICACIÓN El centro poblado Ponal pertenece geográficamente y políticamente al distrito de Inambari a la jurisdicción de la Provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, ubicada en zona de selva.
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Localización Región
Madre de Dios
Provincia
Tambopata
Distrito
Localidad
Inambari
Ponal
Código de Ubigeo
Región geográfica
1701020018
Selva
Altitud (msnm) 256 msnm
Elaboración propia fuente INEI.
El centro poblado de Ponal, se ubica en la coordenada UTM. Centro
Punto de ubicación
Coordenadas UTM-WGS 84
poblado
Caserío Ponal
Plaza Ponal
Punto A
Zona
19 S
Coordenadas Este
367816.486
Coordenadas Norte
Altitud (msnm)
262 msnm. 8584492.875
El Centro poblado de Ponal tiene los siguientes límites:
Por el Norte : Propiedad de terceros Por el Sur : Rio Inambari Por el Este : Propiedad de terceros Por el Oeste : Propiedad de terceros
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Macro Localización del Proyecto
Fuente: Elaboración propia/equipo técnico
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Micro Localización del Proyecto
Fuente:Ministerio de Transportes y Comunicaciones Elaboraciónpropia/equipo técnico
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367816 8584492
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Accesibilidad. Para llegar al centro poblado de Ponal, se debe tomar la carretera interoceánica, el viaje se realiza por la ruta Puerto Maldonado – Santa Rita, el recorrido es por medio terrestre, el tiempo de viaje hasta el lugar como se detalla en el cuadro siguiente. Acceso a la localidad de Ponal F u e n t e .
Ruta
Distancia
Estado carretera
Medio de Transporte
Tiempo
Puerto Maldonado – Sata Rita
132 km
Asfaltado
Vehículos
1 h 30 min.
Sata Rita - Centromin
12 Km.
Afirmado
Vehículo
20 min
3 Km.
Rio
Transporte pluvial
15 min
E Centromin - Ponal l a b oración propia/equipo técnico
6. POBLACIÓN BENEFICIARIA La población de referencia es la población total del área de influencia del proyecto, que está constituida por la población de Ponal (527 habitantes entre viviendas, institución estatal y organización social), que se ubica en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. Siendo necesario conocerla dinámica de la población beneficiada, se analiza la situación demográfica del área rural de estos ámbitos, esta información nos dará el marco de referencia para determinar los beneficiarios del proyecto. Sobre todo, se requiere una referencia de la tasa de crecimiento anual para el estudio y la proyección de la población beneficiaria con proyecto; para lo cual se analiza el crecimiento de la población y viviendas a nivel regional, provincial y distrital, deduciendo de ellos la tasa de crecimiento para el área de influencia del proyecto. Es preciso señalar que El Consultor deberá verificar y actualizar la información referente al número de viviendas y población en el ámbito del proyecto. Estos
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datos necesarios serán obtenidos del trabajo de campo. Adjuntar el padrón de usuarios.
7. REQUERIMIENTOS Y CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL ÁREA DE ESTUDIO 7.1
REQUERIMIENTOS DEL ÁREA DE ESTUDIO Los requerimientos del Expediente Técnico, se diseñaran analizando la relación con la normatividad técnica vigente del estudio de pre inversión viable del Proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103.
7.2
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SISTEMA PROYECTADO
A.- PARA SISTEMA DE AGUA POTABLE: - ALT. ÚNICA Se plantea la construcción de un sistema de bombeo de pozo profundo tubular, la construcción de un reservorio elevado de 31.5 m3 y su respectiva casta de bombeo, así como las redes de distribución: 1. Estructuras de captación: La propuesta es implementar un nuevo sistema de captación de pozo profundo, considerando que a la profundidad a la que actualmente se capta es muy susceptible a la contaminación por fuentes externas, otro aspecto a considerar es que en esta zona se practica la minería artesanal en la extracción de oro, estas son razones suficientes para plantear una captación de pozo profundo, por lo que se proyecta la perforación de unos 45 mts, considerando que el punto de bombeo se ubicara a 35 mts profundidad. Se proyecta el uso de Los ductos a utilizar se formula con . DE PRO profundidades mayores a los 30 m, dependiendo de las condiciones del acuífero. Para el diseño esta estructura se ha desarrollado estudios de prospección de aguas subterráneas con equipos de Resonancia electromagnética, con la participación de un especialista en hidrogeología.
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Los resultados del análisis físico – químico fueron dados por el laboratorio acreditado. Los resultados obtenidos están dentro de los parámetros exigidos en la clasificación I de acuerdo a la Ley General de Aguas Nº 17752 y con los valores exigidos por la OMS; del tipo ladera de flujo concentrado, por gravedad sin planta de tratamiento. 2. Línea de Impulsión: Comprende el tramo Bomba sumergida al reservorio elevado la cual se propone íntegramente nueva. El resumen de tubería nueva a instalarse es en total 32 ml de tubería. 3. Estructuras de Almacenamiento y tratamiento Constituida por 01 reservorios de 31.5 m3 nuevo y la instalación de accesorios y de tubería de abasto y salida, así como la implementación de una caseta de máquinas y protección de tubería expuesta.
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Cloración del agua: Estará constituido por un equipo dosificador de cloro tipo flujo erosión difusión, para asegurar la calidad del agua y permitir la potabilización del mismo incorporando el cloro gaseoso a partir del hipoclorito de calcio al 73%. DEL PERFIL “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. 5. Red de distribución: Estará constituida por un conjunto de tuberías, accesorios, válvulas, destinadas a la distribución del agua hasta las conexiones domiciliarias, con características similares a las indicadas para línea de conducción. La longitud de línea de aducción y red de distribución total es de 1544.65 ml con tuberías de 63 mm. De acuerdo a las directivas de FONCODES, y el MVCS, nos indican que la matriz mínima debe ser de un diámetro de ¾”, por lo cual no tenemos redes de distribución menores a ¾”. 6. Conexiones domiciliarias (Lavaderos) El número de conexiones serán de 55 unidades. Las UBS están constituidas por un inodoro, una ducha, un lavatorio tipo ovalín y un lavatorio de concreto, dentro de sus domicilios.
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B. SISTEMA DE ELIMINACIÓN DE EXCRETAS (UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO CON ARRASTRE HIDRÁULICO) ALTERNATIVA “1”. Construcción de Servicios Higiénicos con arrastre hidráulico, tanque Biodigestor y pozo percolador (El número UBS instalarse serán de 53 más 02 baterías de SS.HH.) Un baño con arrastre hidráulico es aquella que está conectada, por medio de tuberías a un biodigestor y luego a un pozo de absorción, cuya losa que cuenta con un sifón, actúa como cierre hidráulico que impide el paso de insectos y malos olores del pozo al interior de la caseta y que necesita de una cantidad suficiente de agua (2 a 4 litros de agua) para el arrastre de las heces hasta el tanque biodigestor. El biodigestor está desplazado con respecto a la baño, ambos están conectados por una tubería de longitud variable, en material PVC – SAL ø 3”. El inodoro queda instalado en la caseta y se puede construir en el interior de la casa o patio, dentro del entorno familiar. Uno de los principales objetivos del biodigestor es dar un tratamiento primario, que permita la sedimentación por gravedad de las partículas pesadas. El material sedimentado forma en la parte inferior del depósito una capa de fango, que debe extraerse periódicamente, mediante una válvula de desfogue. El pozo percolador también está desplazado con respecto al biodigestor y ambos están conectados por una tubería PVC –SAL ø 2”, para la evacuación de los líquidos en el pozo percolador. La caseta es de adobe de 1.30 x 1.30 x 2.20 m (medidas internas), puerta de madera y techo de teja andina, el tanque biodigestor es de 0.60 m3 de polietileno y el pozo percolador tiene una dimensión de 1.0 x 1.0 x 2.0 m. ALTERNATIVA “2”. Construcción de un sistema de red de alcantarillado con 55 conexiones domiciliarias (No incluye la construcción de UBS ni batería de SS.HH. De acuerdo a todo lo descrito anteriormente, el proyecto tiene por objeto instalar un sistema de desagüe que permita evacuar las aguas negras producidas en las viviendas de la localidad de Ponal con toda eficiencia y comodidad, cumpliendo tanto las normas técnicas vigentes y de la conservación y preservación del medio ambiente.
1.- Red de colectores
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El sistema de colectores se inicia, por condiciones topográficas, en la parte alta de la población, llevando las aguas servidas hasta la parte baja de la población para luego derivarlas hacia el emisor. En caso de excavaciones mayores a 2.00 mts de altura, se deberán entibar las paredes de la zanja con la finalidad de evitar accidentes. Los buzones en la red colectora serán de concreto simple de diámetro interior de 1.20 mts, hasta una altura de 3.50 mts, a partir de 3.00 mts de altura el diámetro será de 1.50 mts y serán de concreto armado, el espesor del fuste de los buzones será de 0.20 mts tal como lo especifica el RNE. Se construirán 36 buzones nuevos: En la red colectora se han diseñado buzones que serán construidos de concreto simple o armado según la profundidad. 2.- Emisor El emisor está compuesto tuberías de PVC UF de 8” de diámetro. El cálculo hidráulico se ha realizado bajo el criterio de la tensión tractiva media. El emisor se inicia a partir del último buzón de la red colectora, llevando las aguas servidas hasta la planta de tratamiento de aguas residuales. En caso de excavaciones mayores a 2.00 mts de altura, se deberán entibar las paredes de la zanja con la finalidad de evitar accidentes. Los buzones en el emisor son de concreto simple de diámetro interior de 1.20 mts. 3.- Planta de tratamiento 3.1.- Taque Imhoff La planta de tratamiento de aguas residuales se implementará con un tanque Imhoff el cual tiene un volumen de 73 m3, cuyo pre dimensionamiento del mismo se hizo en base a la norma IS-020 del Reglamento Nacional de Edificaciones con los factores de la zona propios del lugar donde se implementara este sistema, el tanque Imhoff está construido enteramente en el sitio, y estará hecho completamente de concreto armado con f’c=210 kg/cm2 y f’y=4200 kg/cm2 cuyas dimensiones interiores se detallan en los planos y memoria de cálculo. 3.2.- Zanjas de infiltración Las zanjas de infiltración se implementarán a la salida del tanque Imhoff con un ancho de 0.60 m. y un largo de 10 m. con un total de 04 zanjas, las cuales estarán dispuestas una al lado de la otra además estarán separadas 2.5 metros una de otra,
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se le dará un tratamiento adecuado en la cama de grava, el cual hace de disipador de los residuos líquidos emergentes del Tanque Imhoff, las zanjas estarán dispuestas a una altura adecuada, donde ya se encontró arena gruesa según el estudio de suelos y la estratigrafía presentada por los encargados de hacer el estudio en mención. COMPONENTE SOCIAL El reto de lograr la sostenibilidad de los proyectos de agua y saneamiento en la zona rural, ha propiciado que se busque cada vez más fortalecer el componente social del Proyecto de abastecimiento de agua y saneamiento en la zona rural, buscando a través de la Educación Sanitaria, la modificación de hábitos y prácticas saludables de higiene, para la prevención de enfermedades y protección de la salud, la valoración y el uso adecuado de los servicios, así como fortalecer una cultura de pago en la población, como también del cuidado del agua y una mayor responsabilidad ambiental. La capacitación en educación sanitaria es transversal a todo el ciclo del proyecto, debe entenderse como un proceso formativo orientado a fomentar el aprendizaje democrático y participativo, relacionando la teoría y la práctica, la acción – reflexión – acción y el protagonismo local. Ejes temáticos: Adecuada Educación sanitaria:
MODULOS 1: SENSIBILIZACION E INFORMACION MODULO 1: PLAN DE EDUCACION SANITARIA MODULO 2: SALUD EN MI COMUNIDAD MODULO 3: HIGIENE PERSONAL, VIVIENDA Y CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE MODULO 4: ADECUADA ELIMINACION DE EXCRETAS MODULO 5: DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS MODULO 6: SANEAMIENTO INTRADOMICILIARIO - SID ADICIONALS PREPARACION DE MODULOS PASANTIA TALLER DE GENERO TALLER DE AUTOESTIMA
Adecuada Gestión técnica y administrativa de la JASS y ATM: MODULO 1:ADMINISTRACIÓN , RESPONSABILIDAD Y FUNCIONES
TALLER DE APROBACION DE ESTATUTOS Y REGLAMENTOS MODULO 2: OPERACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS MODULO 3: FORTALECIMIENTO DEL AREA TECNICA MUNICIPAL - ATM
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8. CONSIDERACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO La solución que se desarrolle para este estudio, tendrá que estar enmarcada dentro de los lineamientos establecidos por el Programa Nacional de Saneamiento Urbano para el Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento, concordantes a la Resolución Ministerial Nº 173-2016-VIVIENDA y Reglamento Nacional de Edificaciones. Se tomara en cuenta el estudio de pre inversión a nivel de Perfil del proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. Los diseños propuestos se diseñaran analizando la relación con la normatividad técnica vigente del estudio de pre inversión viable. Asimismo, para el desarrollo del proyecto será necesario efectuar las coordinaciones necesarias con las áreas involucradas del Programa Nacional de Saneamiento Urbano. La elaboración del Expediente Técnico, estará sujeta a la Supervisión, que será contratada para este fin y aprobara estos estudios. El Proyecto debe considerar todos los requerimientos técnicos (especificaciones, tipo de material a emplear, metrados, equipamiento, etc.) que garanticen la correcta ejecución y funcionamiento del sistema de agua potable, tanto para las obras generales como secundarias. 9. ALCANCES DEL ESTUDIO 9.1
GENERALIDADES El Expediente Técnico de Obra: que comprenderá, entre otros, memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución de obra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación del presupuesto de obra, Valor Referencial, análisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polifónicas, los Estudios de: Suelos, Hidrogeológico, de impacto ambiental u otros complementarios, a nivel de detalle para la alternativa óptima validada por los estudios a nivel de perfil, debe contar con la conformidad por parte de la Entidad. a) El expediente técnico deberá desarrollarse a nivel de Ingeniería de Detalle las metas de los sistemas de agua potable y saneamiento, a fin de determinar las obras de infraestructura sanitaria a construirse, nuevo,
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mejoramiento y/o ampliación (según sea el caso) que se ejecutarán para lograr en cada localidad un servicio óptimo en todo el periodo de planeamiento propuesto en el estudio de inversión. b) Las visitas de campo a cada localidad, levantamiento topográfico, estudios de suelo y otros a ser desarrollados en la zona en estudio que abarca el paquete de proyectos serán coordinados estrechamente con el Consultor Supervisor del Estudio, que supervisará y aprobará en el campo la ejecución de dichos trabajos y con presencia de un representante de la Entidad y Organización Comunal (JASS u otras). El ingeniero de estudios en cada localidad, deberá levantar información por lo menos en 05 días de trabajo; topografía, análisis de suelos, vulnerabilidad, hidrología, análisis de agua, etc., presentando obligatoriamente fotografías y videos cortos del trabajo de campo en la captación, red de conducción, reservorio, etc., que evidencien la presencia del profesional en cada uno de componente del sistema. Asimismo debe adjuntar una constancia de permanencia en la localidad, firmado por el representante de la Municipalidad y miembros de Organización Comunal (JASS u otras). c) En cada localidad el Consultor de Estudios (CE) deberá realizar una consolidación exhaustiva de las alternativas y metas físicas que se plantearon en los estudios de pre inversión para solucionar la problemática del agua y saneamiento en la localidades del paquete de proyectos, sobre la base de la información de campo y de gabinete que obtenga, procese y desarrolle el Consultor de Estudios. d) Durante el desarrollo del estudio, en cualquier momento, la Entidad programará reuniones en coordinación con el Supervisor con el objeto que el Consultor de Proyectos muestre el avance de las actividades del Plan de Trabajo. e) El Consultor de Estudios (CE) deberá presentar, para cada localidad, constancias de haber verificado que las zonas donde se proyectan la infraestructura considerada en el Proyecto, no son propiedad de terceros. En caso de serlo, debe presentar el documento que haya recabado de la Municipalidad, en el que ésta se compromete a tramitar su saneamiento legal, debiendo considerarse en el costo de la inversión de la alternativa el precio de los terrenos. f) El Consultor de Estudios (CE) deberá coordinar con la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Cultura de Madre de Dios, a fin de tramitar el Plan de Monitoreo Ambiental (PMA) para cada localidad en la zona del Estudio. g) El tendrá como obligación elaborar el informe para solicitar la verificación de la viabilidad cuando en alguna localidad se deba modificar
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las metas o el monto de inversión establecido en el estudio de Pre inversión, como resultado de la elaboración del expediente técnico. h) El Consultor de Estudios (CE) está obligado a subsanar las observaciones que la Unidad Evaluadora emita al informe de verificación de viabilidad o al Expediente Técnico. i) El personal clave propuesto por el consultor, en las diferentes especialidades, deben encontrarse debidamente habilitado para ejercer la profesión, y deberá sellar y firmar en cada página del expediente técnico elaborado según especialidad 9.2
ESTUDIO DE TOPOGRAFÍA Consideraciones generales En general se requiere del levantamiento topográfico de las infraestructuras de saneamiento correspondiente al sistema de agua potable, y disposición sanitaria de excretas, formuladas según el diseño propuesto. El levantamiento topográfico, se efectuara mediante topografía digital, se efectuara en coordenadas geográficas y de UTM referidas al sistema I.G.N. y a un B.M. oficial existente y a escala, con equidistancia de las curvas de nivel adecuadas a su fin. Se realizarán los levantamientos topográficos a curvas de nivel que requiera el Proyecto. El levantamiento topográfico establecerá una poligonal de precisión según el perímetro del área del Estudio, debidamente monumentados que servirán para el control horizontal.
El levantamiento de detalles se ejecutará con estación total digital, en la poligonal básica se emplearán Coordenadas Geográficas, UTM y sus conversiones a topográficas. Respecto al levantamiento Topográfico correspondiente a las Obras Generales, se debe realizar lo siguiente:
En los planos de planimetría, el Consultor mostrará la ubicación del sistema de agua potable, y disposición sanitaria de excretas, indicando el trazo de las tuberías primarias (líneas de aducción, líneas de conducción, distribución, infraestructuras civiles y otros) para lo cual debe realizar las verificaciones necesarias para confirmar las ubicaciones. Ubicación de los reservorios, proyectados y otras infraestructuras propias de los sistemas de agua potable, a escala adecuada que permita su apreciación en forma clara, con curvas a nivel cada 0.50 m. Trazo de las líneas proyectadas, en planta a escala 1/500 con curvas a
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nivel cada medio metro. Se indicará toda la información superficial encontrada, convenientemente acotadas y referidas a puntos notables. Los perfiles y planta longitudinales de las líneas de aducción, conducción, y distribución, se dibujarán a escalas horizontal 1/500 y vertical 1/50 incluyendo la ubicación de cruces e interferencias de las redes de agua, redes telefónicas, eléctricas, etc., para considerar en el presupuesto su protección durante la ejecución de las obras. Las curvas a nivel se basarán con un B.M. oficial del sistema Altimétrico del I.G.N. indicando en los planos los B.M. auxiliares para la ubicación exacta de los reservorios proyectados y otras infraestructuras propias de los sistemas de solución para la obra debidamente documentado. Todos los planos topográficos serán dibujados en AUTOCAD y serán entregados con extensión DWG. Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente, cuando se necesite verificar datos sobre una estructura existente. Se establecerán poligonales secundarias para la ubicación de reservorios, cisternas, y otras estructuras especiales a la escala 1/250 con curvas de nivel cada 0.50 m para considerar sus reboses. Deberán dejarse un BM principal del esquema y BMs auxiliares monumentados para el control vertical, incluyendo una descripción de su ubicación, un punto fijo y una topografía. Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente para verificar datos. En el levantamiento se incluirán los detalles de vías, caminos, árboles, postes, canales y otras relevantes.
Respecto al levantamiento topográfico correspondiente a secundarias, se debe realizar lo siguiente:
las obras
La topografía será de tal forma que se pueda presentar el trazo planteado de la ubicación de las redes secundarias del sistema de agua potable, ello permitiría realizar el diseño hidráulico de las redes secundarias. En los planos definitivos, se indicará toda la información superficial encontrada: tipo de vías, árboles, río, canales y otros, convenientemente acotadas, referidas a puntos notables y con su respectiva leyenda. Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente, cuando se necesite verificar datos sobre una estructura existente. Planos de líneas de agua proyectados (tuberías principales de las redes convencionales), con información de sus características (nombre, tipo, código, diámetro, material, y otras que se considere conveniente).
Todos los detalles se presentarán en un informe específico del Estudio Topográfico, incluyendo planos y archivos digital editable. El Consultor, debe tener en cuenta que dicha información debe cumplir las siguientes características técnicas:
Sistema de Coordenadas Universal Transverse Mercator (UTM). Datum de referencia World Geographic System 1984 (WGS84).
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Zona de Referencia UTM. Exactitud Posicional Submétrica ajustados con GPS. Todo estudio topográfico deberá contar con un informe topográfico y los planos topográficos de la zona de estudio. El informe debe contar como mínimo la siguiente información:
Objetivo Metodología - memoria de cálculo (Incluir Equipamiento Utilizado)
Levantamiento Topográfico: Trabajos de Campo y Trabajos de Gabinete
Fotos de BM Coo Coordenadas UTM de la Poligonal Plano Topográfico Anexos: Descripción de Marca de Cota Fija (BM), dado por el IGN; BMs Auxiliares; Libreta de Nivelación (Copia), etc. Conclusiones recomendaciones. Archivo Fotográfico.
Nota: El plano topográfico deberá representar el Norte magnético de manera perpendicular al ancho del plano. 9.3
ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y CANTERAS Consideraciones generales En general se requiere del Estudio de Mecánica de Suelos, correspondiente al trazo y ubicación de las infraestructuras de saneamiento para las Obras Generales (agua potable, disposición sanitaria de excretas) y Obras Secundarias, según el diseño desarrollado. Se requerirá un informe técnico (se adjuntará los originales de los resultados de laboratorio de todas las pruebas realizadas) respecto a la calidad del terreno de modo que se determine los datos necesarios para fijar los diseños de instalación, clase de tubería y diseño de las estructuras. El estudio de suelos incluirá un plano en planta, con el detalle de ubicación de las calicatas y tipo de suelo encontrado, y otro plano con el correspondiente perfil estratigráfico de los diferentes tipos de suelo a las profundidades requeridas; indicando el nivel de napa freática de darse el caso. El número de calicatas será de una calicata por cada 200 m aproximadamente en las líneas de obras generales de agua potable, y las redes secundarias en promedio. Respecto al Estudio de Suelos correspondiente a debe realizar lo siguiente:
Capacidad portante del terreno en aquellas zonas en las que se localizarán las estructuras proyectadas del sistema de agua, y disposición sanitaria de excretas a las profundidades de cimentación prevista y en las
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las obras generales, se
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infraestructuras de saneamiento propuestas. Profundidad y características del basamento rocoso en caso de ser necesario. Basándose en estos resultados, el Consultor establecerá las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuará las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras (tuberías, reservorios, y otros). En las zonas de instalación de UBS, el fondo de pozo de absorción o campo de percolación deberá estar como mínimo a 2 m. por encima de la napa freática y se podrá utilizar este sistema siempre y cuando tenga capacidad de percolación. Test de percolación (de corresponder), según la normatividad IS.020.E
Recomendaciones: Para definir el número de calicatas se hará uso de los siguientes criterios: Para Líneas de conducción, 1 calicata @ 400m Para Redes de Distribución Primarias: 1 calicata @ 200m Para Redes de Distribución Secundarias: 1 calicata @ 50 lotes Para Reservorios, cámaras de bombeo, PTAP: 1 calicata @ 200m2 Plantas de Tratamiento Desagüe, 3 calicatas mín. @ 1 Ha. (Lagunas) Basándose en estos resultados el contratista establecerá las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuara las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras (tuberías y cámara). Se deberá efectuar diseño de mezclas para las obras de concreto, recomendando el tipo de cemento a utilizar y/o el empleo de aditivos u otras medidas de protección adecuadas para cada material. Deberá determinar las canteras de agregados y material de rellenos necesarios para la ejecución de la obra (ubicación, Caracterización, volumen, tipo de explotación, aspecto legal de las canteras, etc) El Consultor presentará el volumen correspondiente al Estudio de Suelos que incluye, como mínimo:
Descripción y objetivo Ubicación del área en estudio (especificando la ubicación de cada una de las estructuras y líneas proyectadas) Características del proyecto Investigaciones realizadas: Antecedentes geológicos de la zona: Geomorfología y geología Trabajos de campo: Calicatas, densidad natural y muestreos y registros de exploración Ensayos de laboratorio: Ensayos estándares y ensayos especiales Reconocimiento petrográfico macroscópico
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Calificación de suelos Perfiles Estratigráficos Descripción de la conformación del subsuelo del área en estudio (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas) Análisis de la cimentación Tipo y profundidad de cimentación (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas) Calculo de la capacidad portante admisible (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas) Determinación de asentamientos (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas) Aspectos sísmicos Análisis químico de sales agresivas al concreto: agresividad de los sulfatos al concreto y agresividad de los cloruros al fierro Conclusiones y Recomendaciones Los resultados de los ensayos serán admitidos siempre y cuando provengan de laboratorios reconocidos (de preferencia laboratorios acreditados por INDECOPI). Debe de presentarse un plano de ubicación de calicatas y fotos de las excavaciones, así como los perfiles estratigráficos de cada una de las calicatas de acuerdo a la normativa vigente.
Otros puntos mencionados en la norma E.050 del Reglamento Nacional de Edificaciones. 9.4
ESTUDIO HIDROGEOLÓGICO – PERFORACIÓN DE POZO TUBULAR Este estudio ya no será necesario efectuar, porque, en la etapa del Perfil del Proyecto, ya se ha realizado y lo que se propone realizar en este ítem. es la perforación de un pozo profundo en la localidad de Alto Puquiri (45 ml. Prof.), conforme a lo recomendado en el Perfil y la caracterización del agua del mencionado a tratar debe ser sustentada con resultados de análisis de aguas actualizados por un pozo perforado, conforme con los estándares nacionales de calidad ambiental para agua (Decreto Supremo N° 015-2015-MINAM). Los factores fisicoquímicos, microbiológicos e inorgánicos a considerar son: Turbiedad, color, alcalinidad, pH, dureza, coliformes totales y fecales, sulfatos, nitratos, nitritos, metales pesados, entre otros; los resultados deberán ser acreditados por INDECOPI el que además permitirá definir el tratamiento a la fuente de agua proyectado. Cabe señalar que de acuerdo a la ubicación y el entorno de la fuente, el proyectista deberá evaluar si es necesario analizar otros parámetros establecidos en la Tabla N° 01.- PARÁMETROS Y VALORES CONSOLIDADOS del Decreto Supremo N° 015-2015-MINAM.
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9.5
OTROS ESTUDIOS BÁSICOS REQUERIDOS
9.5.1 PLAN DE MONITOREO ARQUEOLOGICO Todos los Proyectos de Inversión Pública deben implementar de manera obligatoria un Plan de Monitoreo Arqueologico (PMA), el cual debe ser aprobado por el Ministerio de Cultura previa a la ejecución de la obra. El Ministerio de Cultura está habilitado para disponer la paralización de la obra y dictar las medidas correctivas que estime pertinentes de no contar con un PMA aprobado. Para obtener la autorización, deberá presentar la solicitud pertinente antes del inicio de la obra, adjuntando cartas de compromiso de no afectación al Patrimonio Cultural de la Nación, responsabilizándose de los eventuales daños y perjuicios, suscritas por el director y el solicitante. Los solicitantes deberán presentar estas cartas a la Sede Central del Ministerio de Cultura o a la Dirección Desconcentrada de Cultura, según el ámbito de sus competencias, con las firmas originales (Titulo VIII, Capítulo I, Art. 62 del RIA). El Plan de Monitoreo Arqueológico para proyectos que se ejecuten sobre infraestructura preexistente no requerirá de la tramitación del CIRA. 9.6
ACREDITACIÓN DE DISPONIBILIDAD HÍDRICA Este estudio ya no será necesario efectuar, porque, en la etapa del Perfil del Proyecto, ya se ha realizado y se cuenta con la Licencia de Uso de Agua correspondiente emitido por la Autoridad Administrativa del Agua de Madre de Dios. Recomendándose solo revisar la ubicación precisa de la fuente de agua a utilizar en el presente Proyecto, de haber algún cambio en dicha ubicación efectuar el trámite correspondiente ante la Autoridad Nacional del Agua – ANA de Madre de Dios.
9.7
CERTIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL De acuerdo a la Resolución Ministerial N°300-2013-MINAM del
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03.10.2013 y
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conforme lo establece el artículo N° 53 del Reglamento de Protección Ambiental para Proyectos Vinculados a actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción, los siguientes proyectos de inversión que no generen impactos ambientales negativos significativos, quedarán excluidos (*) del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Gestiones vinculadas al Impacto Ambiental Item.
Tipo de Proyecto
Gestión Trámite
/
Según la RM N°300-2013-MINAM, se indica: 17. Saneamiento Rural (Centro Poblado que no sobrepase los 2000 Hab.), con exclusión de los siguientes proyectos de inversión rural que no generan impactos ambientales significativos(*):
1
- Agua potable por gravedad sin tratamiento - Agua potable por gravedad con tratamiento Ficha Técnica - Agua potable por bombeo sin tratamiento Ambiental (FTA) - Agua potable por bombeo con tratamiento - Unidad Básica de Saneamiento (UBS) de arrastre hidráulico. - UBS ecológica o compostera. - UBS de compostaje continúo. - UBS de hoyo seco ventilado. (*)La exclusión no aplica a proyectos de saneamiento rural que a partir de las referidas tecnologías se ejecuten en áreas naturales protegidas, zonas de amortiguamiento y/o zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos
9.8
SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL Y DOCUMENTOS DE LA LIBRE DISPONIBILIDAD DE TERRENOS Cuando el terreno pertenece a la Comunidad Campesina y/o JASS: - Presentar actualizado en original o copia legalizada por un juez de paz o notario del acta de asamblea de la comunidad o de la JASS, cediendo los terrenos para la ejecución del proyecto y de los diferentes componentes de
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la obra.
Cuando el terreno pertenece a una Entidad Pública: - Presentar actualizado y en Original o Copia legalizada por un notario del contrato de Compraventa del Terreno o Resolución de Alcaldía que autorice la disposición del terreno (Donación, Afectación en uso, etc.) para la ejecución del proyecto, cuando corresponda. Cuando el terreno pertenece a un Privado: - Presentar en Original o Copia legalizada por un Notario del Contrato de Compraventa del terreno y partida Registral de Registros Públicos donde se inscribió la compraventa. Caso de no contar con la documentación indicada, excepcionalmente se deberá incluir en el presupuesto de obra el costo de adquisición de los terrenos para las obras puntuales (Reservorios y otros). 9.9
CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE RESTOS ARQUEOLÓGICOS En el expediente técnico se deberá contemplar el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos.
9.10
CRONOGRAMA DE EJECUCION DE OBRA.Deberá consignarse un programa detallado de la obra, distribuido en el tiempo de ejecución y debidamente valorizado. De preferencia, deberá usarse el Software Microsoft Project, presentando el diagrama de barras Gantt y el gráfico Pert, con indicación gráfica de la ruta. El mismo que en lo posible deberá contemplar:
9.11
Clima de la Zona. Labores Culturales tradicionales. Fiestas patronales.
CRONOGRAMA VALORIZADO DE AVANCE DE OBRA.Adjuntar un cronograma parcial y acumulado debidamente valorizado.
9.12
CRONOGRAMA VALORIZADO DE AQUISICION DE MATERIALES.-
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Deberá elaborarse un cronograma tentativo de adquisición de materiales proyectados para la ejecución de la obra.
9.13
FORMULA POLINOMICA.Para obras se deberá considerar la fórmula de reajuste de precios, en la que además se debe considerar el monomio referido a los Gastos Generales y Utilidades del Proyecto. Su base legal se encuentra enmarcada dentro del Decreto Ley Nº 21825 (Art. 2º) y el Decreto Supremo Nº 011-79-VC, debiendo el Consultor Considerar como parámetros:
9.14
Los Costos Unitarios. Los Metrados
OTRAS CONSIREACIONES A TENER EN CUENTA.Consideraciones Generales Debe elaborarse siguiendo la estructura determinada por la modalidad de ejecución de obra por CONTRATO, desarrollándose ordenadamente, por sistemas y por componentes. Debe minimizarse el uso de partidas con unidades globales, las cuales deberán ser debidamente justificadas, para su aprobación. Debe existir una concordancia de Nombre, N° de Ítem, Unidad y Metrado de las partidas indicadas en el presupuesto detallado, con las indicadas en la planilla de metrados y especificaciones técnicas. Gastos Generales Los gastos generales deberán ser debidamente justificados y sustentados, mediante un desagregado que considere los gastos fijos y variables correspondientes, debiendo presentar por separado el Gasto General de Obra (Remuneración, Bienes y Servicios) Utilidad Solo corresponde para el caso de Presupuesto de Obra para Modalidad de Ejecución por Contrata. Costo de Supervisión
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El costo de la supervisión deberá ser debidamente justificado y sustentado, mediante un desagregado que considere todos los recursos que serán necesarios para una correcta supervisión. Presupuesto de Obra El consultor deberá presentar el Presupuesto Total de Obra por CONTRATA, adicionalmente como anexo, deberá presentar el Presupuesto Total de Obra por la Modalidad por Administración Directa Componente Social Este componente será presentado como un expediente técnico social, el mismo que deberá contener: Objetivos, Acciones/Productos, Resultados e Indicadores. Presentará además las Estrategias para la ejecución de las acciones del componente social, así como el presupuesto detallado describiendo las acciones, unidad de medida, cantidad y costos unitarios. 9.15
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO (Detalle de la tecnología constructiva y procesos) Las Especificaciones Técnicas de una obra constituyen las reglas que definen las prestaciones específicas del contrato de obra; para ello deberán considerar por cada partida, que compone el presupuesto, lo siguiente: • Descripción de los trabajos • Unidad de Medida • Método de construcción • Calidad de los materiales • Sistemas de control de calidad • Métodos de medición • Condiciones de pago Cada partida que conforma el presupuesto de la obra deberá contener sus respectivas especificaciones técnicas, detallando con precisión las reglas que definen la naturaleza de la presentación. La enumeración de las especificaciones técnicas deberá corresponder exactamente con la enumeración de la partida dentro de la estructura del presupuesto.
9.16
MEMORIA DESCRIPTIVA
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Para tener una descripción general del proyecto a ejecutar y brindar una visión general sobre la ejecución lógica de los distintos trabajos que se realizarán en el proyecto, se desarrollan en esta memoria descriptiva los siguientes ítems:
9.16.1 ANTECEDENTES En este ítem se deberá incluir el nombre completo del Proyecto de Inversión Pública y su código SNIP. Se debe indicar la información de viabilidad del PIP (Estado, Estado de viabilidad, fecha de viabilidad, nivel de estudio viable, OPI que otorgó la viabilidad, Unidad Formuladora, Unidad Ejecutora, etc.) Así mismo, en este ítem es necesario realizar una breve descripción de otros proyectos de saneamiento que se hayan realizado dentro del ámbito de influencia, ya sea que haya sido financiada por el PNSU u otras entidades. Lo importante es señalar que intervenciones o esfuerzos se han realizado con anterioridad, para la implementación de un sistema de abastecimiento de agua potable y de un sistema de saneamiento.
9.16.2
CARACTERÍSTICAS GENERALES
Este punto debe definir con precisión la ubicación del proyecto, las vías de acceso, el clima, la topografía, las condiciones de la vivienda, población beneficiaria, principales enfermedades presentadas, nivel de educación y las actividades económicas que se desarrollan en la zona de la(s) localidad(es) donde se construirán los sistemas de abastecimiento de agua potable y alcantarillado sanitario, según la necesidad del proyecto. 1. Ubicación El ámbito del proyecto debe estar definido por una poligonal cuyos puntos serán definidos en coordenadas UTM (WGS84) y altitud sobre el nivel del mar, según Cuadro N° 03. Asimismo, deberá indicar información respecto del distrito, provincia, departamento y región. Cuadro N° 03 - Ámbito del Proyecto Ítem
Puntos
UTM Norte Y
Elevación
1
Punto 1
X1
Y1
Elevación 1
2
Punto 2
X2
Y2
Elevación 2
3
Punto 3
X3
Y3
Elevación 3
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UTM Este X
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2. Vías de acceso Indicar las principales vías de acceso para llegar a la localidad, haciendo referencia de los medios de transporte y los tiempos que demanda llegar a dichos puntos, según se indica en el cuadro N° 04. Item. Inicio
Fin
Medio
Tiempo (Horas)
1
Punto 1
Punto 2
Aereo
Tiempo 1
2
Punto 3
Punto 4
Terrestre
Tiempo 2
La Unidad Ejecutora podrá incluir más filas en el cuadro anterior, según la necesidad de identificar correctamente las rutas de acceso hacia la zona del proyecto. 3. Sistema de abastecimiento de agua potable Conjunto de instalaciones, infraestructura, maquinaria y equipos utilizados para la captación, almacenamiento y conducción de agua cruda. Se considera parte de la distribución las conexiones domiciliarias y las piletas públicas, con sus respectivos medidores de consumo, y otros medios de distribución que pudieran utilizarse en condiciones sanitarias (Art. 4° Definiciones, Numeral 25, literal “a” del T.U.O. del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA). 4. Sistema de alcantarillado sanitario Conjunto de instalaciones, infraestructura, maquinarias y equipos utilizados para la recolección, tratamiento y disposición final de las aguas residuales en condiciones sanitarias (Art. 4° - Definiciones, Numeral 25, literal “b” del T.U.O. del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA). 5. Clima En este ítem se deberá indicar las principales características del clima que se presentan en la zona del proyecto. 6. Topografía
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En este ítem deberá indicarse las principales características topográficas de la localidad, con la finalidad de dar a conocer las condiciones topográficas de las zonas, donde se implementará el proyecto de agua potable y saneamiento.
7. Viviendas En este ítem se deberá indicar las características de las viviendas, tales como material, antigüedad, facilidad de servicios higiénicos, entre otros aspectos. 8. Población beneficiaria En este ítem será necesario demostrar razonablemente la población actual de la localidad, para ello deberá presentar la siguiente información: • Declaración jurada del Alcalde del número de habitantes • Documento del centro de salud de la zona • Datos de Censos Poblacionales si los hubiera • Padrón de Usuarios de Agua Potable o de alguna empresa de servicio público (luz, telefonía, etc.) 9. Enfermedades En ese ítem se anexará un documento emitido por la posta de salud más cercana, indicando las principales enfermedades identificadas en la población de la localidad (se deben incluir los cuadros estadísticos y gráficos correspondientes). 10. Actividades Económicas En ese ítem deberá considerarse una relación de las principales actividades económicas, por las que las personas de la zona generan sus ingresos económicos, para sustentar las necesidades básicas de su hogar (se deben incluir los cuadros estadísticos y gráficos correspondientes). 11. Educación En este ítem se deberá indicar los niveles de educación por grado de instrucción de la población de la zona. Además se deberá nombrar universidades, Institutos superiores y colegios existentes y la tasa de analfabetismo. Información sobre los servicios Se deberá mencionar información sobre el
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servicio de agua potable y alcantarillado en la zona. También se debe indicar la información sobre los servicios de electricidad, telefonía, internet, gas, etc., según corresponda.
9.16.3 DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA EXISTENTE Se debe realizar una descripción básica de los sistemas existentes de abastecimiento de agua potable y saneamiento, por componentes, mencionando, entre otros, la fuente existente. En la descripción de cada componente existente debe precisarse la antigüedad, estado de las estructuras, dimensiones, capacidad, ubicación, referencias de ubicación, estado de operatividad entre otros. Es recomendable el uso de gráficos y fotografías para la descripción de los sistemas existentes. Para el caso de componentes que no se tomaran en cuenta en el nuevo proyecto, deberá precisarse los motivos técnicos que definen dicha decisión. Para el caso de componentes existentes que serán involucrados en el presente proyecto, se deberá mencionar el estado de conservación y/o la intervención técnica de obra, que se requiera realizar. Estos trabajos de intervención deberán ser precisados en planos que contengan información del replanteo del componente existente, debiendo ser presentados en los planos de la especialidad correspondiente.
9.16.4 CAPACIDAD OPERATIVA DEL OPERADOR Debe considerar aspectos referidos a la infraestructura disponible, equipamiento, recursos humanos, de manera que se demuestre que el operador va a garantizar la correcta operación y mantenimiento.
9.16.5 CONSIDERACIONES DE DISEÑO DEL SISTEMA PROPUESTO Se mencionará en forma resumida todo lo relacionado a la delimitación geográfica de la influencia del proyecto, población atendida, tasa de crecimiento, dotación, periodo de diseño, densidad de vivienda, densidad poblacional, proyección de la demanda de agua, etc. (indicar las fuentes oficiales de información).
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9.16.6 DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO Se debe realizar una descripción detallada de los sistemas proyectados de abastecimiento de agua potable y saneamiento, por componentes, mencionando, entre otros, la fuente de abastecimiento, el reservorio, la disposición final de las excretas, características de los equipamientos, etc. Diferenciar lo que se va a rehabilitar y ampliar En la descripción de cada componente debe de precisarse dimensiones, capacidad, ubicación, referencias de ubicación, entre otras. Detallar los sistemas que tiene el proyecto indicando, los componentes (agua y saneamiento) y la población de diseño de cada sistema. Respecto a los componentes existentes que serán involucrados en el presente proyecto, deberá precisarse y sustentarse, a detalle, su estado de conservación y/o la intervención técnica de obra, que requiera, que deberá ser precisado en los correspondientes planos de ejecución de obra, elaborados en base a los planos de replanteo de obra del componente existente.
9.16.7 CUADRO RESUMEN DE METAS Se deberá presentar un cuadro resumen de metas físicas del expediente técnico, según se indica en el cuadro respectivo.
9.16.8 CUADRO RESUMEN DE PRESUPUESTO DE OBRA La Modalidad de Ejecución Contractual de Obra será por Contrata. El cuadro resumen de presupuesto se deberá presentar conteniendo la información indicada en el cuadro N° 06. En esta modalidad, para la estimación del Costo Directo, los insumos son considerados sin IGV (Con costo de insumos puestos en la ciudad de Puerto Maldonado), pues este se adiciona en el pie de Presupuesto de Ejecución de obra.
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Cuadro Resumen de Presupuesto de Obra (Modalidad de Ejecución Contractual por Contrata) Cuadro N° 06 ítem
Descripción
Monto (S/.)
1
Sistema de Abastecimiento de Agua Potable
Monto 1
2
Sistema de Saneamiento
Monto 2
3
Adecuada Educación Sanitaria
Monto 3
4
Adecuada Gestión Téc. Administr. de la JASS y ATM
Monto 4
5
Costo Directo (CD) = (1+2+3+4+5)
Monto 5
6
Gastos Generales de Obra (Sustentar)
Monto 6
7
Gastos Generales de Gestión(Sustentar)
Monto 7
8
Utilidades (Sustentar con cálculo)
Monto 8
9
Costo Parcial (6+7+8)
Monto 9
10
I.G.V. (18%)
Monto 10
11
Costo de Ejecución de Obra por Contrata (9+10)
Monto 11
12
Costo de Supervisión de Obra (Inc. GG+U+IGV)
Monto 12
13
Gastos de Liquidación
Monto 13
14
Elaboración de Expediente técnico
Monto 14
15
Monitoreo de Obra
Monto 15
16
Presupuesto Total del Proyecto (11+12+13+14+15)
Monto 16
9.16.9 MODALIDAD DE EJECUCIÓN DE OBRA La Modalidad de Ejecución Contractual propuesta será por CONTRATA, por lo que el proceso de ejecución de la obra, se realizará en estricto cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente.
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9.16.10 SISTEMA DE CONTRATACIÓN Que el Consultor debe proponer el sistema de contratación como resultado de la aplicación de la naturaleza del proyecto y normatividad vigente.
9.16.11 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El consultor deberá determinar el plazo de ejecución en función al rendimiento y metrados a ejecutar por el método de PERT-CPM.
9.17
MEMORIA DE CALCULO Y MODELAMIENTO HIDRÁULICO En todos los casos deberá cumplirse con el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE y sus correspondientes normas técnicas tales como: TITULO II.3 OBRAS DE SANEAMIENTO - OS.010 Captación y conducción de agua para consumo humano - OS.020 Plantas de tratamiento de agua para consumo humano - OS.030 Almacenamiento de agua para consumo humano - OS.040 Estaciones de Bombeo de agua para consumo humano - OS.050 Redes de distribución de agua para consumo humano - OS.060 Drenaje Pluvial urbano - OS.070 Redes de Aguas Residuales - OS.080 Estaciones de bombeo de aguas residuales - OS.090 Plantas de tratamiento de aguas residuales TITULO III.3 INSTALACIONES SANITARIAS - Instalaciones Sanitarias para edificaciones - Tanques Sépticos Referencia de las normas técnicas en saneamiento: - Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, aprueban 66 normas técnicas del R.N.E. - Fe de erratas Anexo – Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA (OS.020, IS.020) - Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA, modifican normas técnicas (OS.050, OS.070) - Decreto Supremo N° 022-2009-VIVIENDA, modifican normas técnicas (OS.090) - Decreto Supremo N° 024-2009-VIVIENDA, modifican normas técnicas (OS.020)
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- Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA, modifican normas técnicas (I S.010)
- Fe de erratas – Decreto Supremo N° 017-2012-VIVIENDA. Para el caso de proyectos en el ámbito rural se cuenta con la Guía de Opciones Técnicas para Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento para Centros Poblados del Ámbito Rural aprobado con Resolución Ministerial N° 184-2012-VIVIENDA de fecha 28.08.12 y su modificatoria aprobada con Resolución Ministerial N° 065-2013-VIVIENDA de fecha 08.03.2013. Asimismo tomar en cuenta las disposiciones dadas con la Resolución Ministerial N° 0022015-VIVIENDA de fecha 08.01.2015 donde se aprueba el criterio técnico de densidad poblacional para la selección de las soluciones técnicas individuales o colectivas a aplicarse en los centros poblados del ámbito rural. Para proyectos en el ámbito rural, también se cuenta con la Guía de opciones técnicas para abastecimiento de agua potable y saneamiento para centro poblados del ámbito rural del Programa Nacional de Saneamiento Rural - PNSR y la Guía simplificada para la Identificación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos-Saneamiento Básico en el Ámbito Rural, a nivel de Perfil, del Ministerio de Economía y Finanzas.
9.17.1 PARÁMETROS DE DISEÑO Describir por cada sistema los siguientes parámetros de diseño del proyecto: Población, tasa de crecimiento, consumo, dotación, demanda contra incendio, caudales de contribución al alcantarillado, etc. Población La población actual del ámbito del proyecto, será definido por el número viviendas y la densidad en (hab./vivienda). Para justificar la población actual, se deberá recurrir a la información del INEI. En el ámbito Rural de no haber fuente de información o no coincidir con información del INEI, será necesario presentar un padrón de usuarios (aprobado por la unidad ejecutora) debidamente firmada y con el número de documento de identidad del propietario. Otro factor que se deberá definir es la tasa de crecimiento poblacional, la misma que deberá ser debidamente justificada con información del INEI. Una vez definida la población actual y la tasa de crecimiento poblacional, se deberá realizar un estudio de crecimiento poblacional para determinar de manera adecuada la población de diseño en el horizonte establecido del proyecto. Estos factores son importantes, toda vez que el buen diseño del
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sistema de agua potable y alcantarillado, dependerá de una correcta estimación de la población actual y la tasa de crecimiento. Nota: De no tener tasas de crecimiento poblacional definidas por el INEI, se deberá determinar esta mediante censos de poblaciones anteriores, debidamente sustentadas. Dotación de Agua Según la guía de opciones tecnológicas para sistemas de abastecimiento de agua para cada consumo humano y saneamiento en el ámbito rural (R.M 173-2016 VIVIENDA) simplificada para la identificación, formulación y evaluación social de proyectos – Saneamiento Básico en el ámbito rural, a nivel de perfil del Ministerio de Economía y Finanzas, para sistemas de disposición de excretas, puedes tener en consideración estos valores indicados en el siguiente cuadro: Dotación de agua según Guía Ámbito Rural Dotación de agua según Región Cuadro N° 07
SIN ARRASTRE HIDRAULICO
CON ARRASTRE HIDRAULICO
COSTA
60 l/h/d
90 I/h/d
SIERRA
50 l/h/d
80 l/h/d
SELVA
70 l/h/d
100 l/h/d
REGION
Nota: Para el caso de sistemas de alcantarillado convencionales en Ámbito Rural, se recomienda usar como mínimo la dotación de letrinas con arrastre hidráulico. Según la guía antes citada, para la Identificación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos –Saneamiento Básico en el Ámbito Rural a nivel de Perfil, para los coeficientes de variación se tienen los siguientes valores recomendados, indicados en el siguiente cuadro: Coeficientes de Variación según Guía Ámbito Rural Cuadro N° 08
Ítem
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Coeficiente
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Valor
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1
Coeficiente Máximo Anual de la Demanda Diaria (K1)
1.3
2
Coeficiente Máximo Anual de la Demanda Horaria (K2)
2
Una vez definida el crecimiento de la población, la dotación de agua, la cobertura y el porcentaje de pérdidas de agua, se deberá realizar la proyección de la demanda promedio, demanda máxima diaria y demanda máxima horaria de agua potable para el horizonte de diseño establecido del proyecto.
Volumen de regulación En zonas rurales, según la Guía para Saneamiento Básico del Ministerio de Economía y Finanzas, la capacidad de regulación es del 15% al 20% de la demanda de producción promedio anual, siempre que el suministro sea continuo. Si dicho suministro es por bombeo, la capacidad será del 20 a 25% de la demanda promedio anual. Período óptimo de diseño Es el periodo de tiempo en el cual la capacidad de producción de un componente de un sistema de agua potable o alcantarillado, cubre la demanda proyectada minimizando el valor actual de costos de inversión, operación y mantenimiento durante el periodo de análisis del proyecto. Es recomendable su cálculo. Proponiéndose los siguientes periodos de diseño: Cuadro N° 09 SISTEMA / COMPONENTE Fuente de Abastecimiento
20 años
Obras de Captación
20 años
Pozos
20 años
Planta de tratamiento de agua
20 años.
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PERIODO (Años)
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reservorio
20 años
Tuberías de conducción, impulsión y distribución
20 años
Estación de bombeo
20 años
Equipos de bombeo
10 años
Unidad Básica de Saneamiento (UBS-AH-C-CC)
10 años
Unidad Básica de Saneamiento (UBS-HSV)
5 años
9.17.2 DISEÑO Y CÁLCULO HIDRÁULICO Por componentes (Firmado por el especialista) Todos los componentes del sistema de abastecimiento de agua potable y del sistema básico, deberán justificarse mediante un cálculo hidráulico, de manera que se determine sus dimensiones objetivamente. Los cálculos hidráulicos contarán con la firma y sello de los ingenieros civiles y/o sanitarios, colegiados y habilitados que lo elaboraron y que lo revisaron respectivamente. Para la propuesta de Tratamiento de Agua Potable tomar en consideración las siguientes normas técnicas y/o disposiciones técnicas: - OS.020 – RNE: Planta de Tratamiento de Agua Potable para consumo humano - Decreto Supremo N° 023-2009-MINAM: Disposiciones para la implementación de los estándares nacionales de calidad ambiental (ECA) para agua. - Decreto Supremo N° 015-2015-MINAM: Modifican los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para agua y establecen disposiciones complementarias para su aplicación. - Decreto Supremo N° 031-2010-SA: Reglamento de la calidad del agua para consumo humano. Esquematizar la alternativa(s) de solución del proyecto mediante un croquis. Para la propuesta de Tratamiento de Aguas Residuales tomar consideración las siguientes normas técnicas y/o disposiciones técnicas:
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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
- OS.090 – RNE: Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales. - Decreto Supremo N° 003-2010-MINAM: Límites máximos permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas o Municipales. - Resolución Jefatural N° 202-2010-ANA: Aprueban la clasificación de cuerpos de aguas superficiales y marino – costeros. - Resolución Ministerial N° 173 – 2016 - Vivienda
9.17.3 DISEÑO Y CÁLCULO ESTRUCTURAL Todos los componentes estructurales del sistema de abastecimiento de agua potable y del sistema de alcantarillado sanitario, deberán justificarse mediante un cálculo estructural, de manera que se determine los refuerzos objetivamente. Los cálculos estructurales contarán con la firma y sello de los ingenieros civiles, colegiados y habilitados que lo elaboraron y que lo revisaron respectivamente.
9.17.4 DISEÑO Y CÁLCULO ELÉCTRICO Y/O MECÁNICO -ELÉCTRICO Todos los componentes del sistema de abastecimiento de agua potable y del sistema de alcantarillado sanitario, que requieran energía para su funcionamiento deberán justificarse mediante un cálculo eléctrico, de manera que se determine la capacidad de energía para el buen funcionamiento de los componentes. Los cálculos eléctricos, contarán con la firma y sello de los ingenieros eléctricos y/o ingenieros mecánico eléctrico, y/o ingenieros electricistas colegiados y habilitados que lo elaboraron y que lo revisaron respectivamente. 9.18
MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO El manual de operación y mantenimiento deber realizarse por cada componente del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y del Sistema de Alcantarillado Sanitario. En cada manual, se deberá indicar la forma de operación en condiciones normales, las actividades de mantenimiento correctivas, preventivas y las frecuencias de cada actividad. Asimismo deberá contar con un plan de emergencias. Como producto final, se deberá presentar un manual que considere los siguientes componentes: • Sistema de captación
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• Sistema de tratamiento de agua potable - Procesos de tratamiento - Funcionamiento del sistema - Operación del sistema - Mantenimiento del sistema • Línea de conducción • Cámaras de bombeo de agua • Reservorios • Redes de agua • Colectores • Emisor • Sistema de saneamiento básico - Funcionamiento del sistema - Operación del sistema - Mantenimiento del sistema • Tratamiento y disposición de lodos y otros Cabe mencionar que el manual deberá mencionar las condiciones mínimas de seguridad que debe seguir el personal que operará y mantendrá los componentes anteriormente mencionados.
9.19
PLANOS Serán elaborados de tal forma que reflejen exactamente cada uno de los componentes físicos de la obra. Comprenderá planos en planta, perfil, cortes, detalles, etc. Proporcionan gráficamente la interpretación de los elementos de la obra. Deben ser de fácil entendimiento para la ejecución (Conceptos Generales – Expediente Técnico de Obra - RC N° 177-2007-CG). Se deberá uniformizar la leyenda en los planos, con los mismos datos de la Unidad Ejecutora responsable de su elaboración y revisión correspondiente. Se presenta a continuación un listado de planos referenciales:
9.19.1
ÍNDICE DE PLANOS
9.19.2
PLANOS DE UBICACIÓN Debe incluir el norte magnético y debe detallar la accesibilidad a la zona del proyecto.
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9.19.3 PLANO DEL ÁMBITO DE INFLUENCIA DEL P ROYECTO (PLANO DELIMITADO) 9.19.4 PLANO TOPOGRÁFICO (Con planimet ría en bajo relieve) Elaborado a partir de BM auxiliar para zona rural. 9.19.5 P L ANO D E T R AZ AD O Y L O T I Z A CI Ó N ( A P R O B AD O P O R L A M U NI CI P A L I D AD CO R R E S P O ND I E NT E )
9.19.6
PLANO DE UBICACIÓN DE CANTERAS Y BOTADEROS SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE
9.19.7 PLANO GENERAL DEL SISTEMA EXISTENTE Corresponde a la presentación de la infraestructura existente en materia de agua potable en la zona de influencia del proyecto. 9.19.8 PLANO GENERAL DEL SISTEMA PROYECT ADO Corresponde a la presentación general de cada componente del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable. 9.19.9 PLANOS DE COMPONENTES PRIMARIOS - Estructuras Hidráulicas (captación, reservorios, cámaras de válvulas): planos de arquitectura, hidráulica, estructuras y eléctricas. - Línea de Conducción, Línea de Aducción, Línea de Impulsión: planos de planta y perfil indicando la línea de gradiente hidráulica Los planos del trazo de las líneas de impulsión, conducción, y aducción, deberán indicar las curvas de nivel, empalmes y otros. Se recomienda escala H: 1/500 y V: 1/50 ó H: 1/1000 y V: 1/100 9.19.10 PLANO DE REDES DE DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Debe contener entre otros aspectos inherentes a su funcionabilidad, un cuadro de metrados (Longitud, diámetro, especificaciones etc.), coordenadas, curva de nivel. Su presentación debe permitir que la información del sistema destaque. 9.19.11 PLANO DE MODELAMIENTO HIDRÁULICO (esquema) Debe contener Nodos (cota de terreno, cota piezométrica y la presión; y Tramos ó Redes (velocidad, diámetros (ø), longitudes). Puede presentarse como parte de la memoria de cálculo. 9.19.12 PLANOS DE DETALLE DE EMPALMES Se debe poner énfasis de detalle para el caso de conexiones entre redes existentes y redes proyectadas, así como en la conexión de redes
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proyectadas a componentes existentes. 9.19.13 PLANOS DE DETALLE DE ACCESORIOS Debe presentar detalles de válvulas, cámaras, codos, tees, planos de anclajes de accesorios. 9.19.14 PLANO DE CONEXIONES DOM ICILIARIAS DE AGUA POTABLE Debe incluir cuadro resumen por manzanas del número de conexiones y un resumen total. De ser el caso especificar cuáles son conexiones nuevas y cuáles conexiones renovadas. Presentar detalles de acometida al lote y accesorios. Para casos que ameritan se evaluará la colocación de medidor. La propuesta de conexiones domiciliarias debe estar sustentada con la población demandante. 9.19.1 5
ARQUITECTURA: PLANOS DE DISTRIBUCIÓN, ELEVACIÓN Y CORTE DE LA INFRAESTRUCTURA – ESC.: 1:100
9.19.1 6 Es tr u ctur as : Pl an os de p lan ta , el e va ci ón y d et all e d e las es tr u ct ur as , Es c . 1 : 1 0 0
9.19.17 OTROS Considerar otros planos relacionados que considere conveniente. CRUCES POR QUEBRADAS U OTROS Para el caso de sistemas de cruces de redes de agua por quebradas, pases viales, etc. deberá presentar: Plano de planta, Plano de elevación longitudinal, cortes, precisando niveles del terreno natural, niveles de cimentación, niveles máximos del paso de fluidos por la quebrada en caso de máximas avenidas, cuadro de metrados de materiales, especificaciones técnicas, planos y detalles de estructuras, etc. Estos elementos, como el resto de componentes deberán estar acompañados de un cálculo estructural. 9.19.18 SISTEMA DE DISPOSICION SANIT ARIA DE EXCRETAS. 9.19.19 PLANO CLAVE DEL SISTEMA DE DISPOSICION SANIT ARIA DE EXCRETAS. 9.19.20
PLANO DE PERFILES LONGITUDINALES Y DE SECCION DE LAS UNIDADES BASICAS DE SANEAMIENTO.
9.19.21 PL A N O D E C ON E X IO N ES P ER FIL E S L ON GI TU D I N AL E S Y D E S ECC IO N DE L A S U N ID A D ES B AS IC A S D E S A N E AM IE N TO .
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9.19.22 AR Q U I T E CT U R A: P L A NO S D E D I S T R I B U CI Ó N , E L E V A CI Ó N Y C O R T E D E L A I NF R AE S T R U CT U R A D E L AS U NI D AD E S B Á S I C AS D E S A NE AM I E NT O 1:100.}
- E S CA L A
9.19.23 Es tr uc tur as : Pl an os d e p lan ta , e l e va ci ón y d et all e d e las es tr u ctur as de l os a mb ie nt es las u nid ad es bás ic as d e s an ea mi en to - Es c ala 1 : 1 0 0
9.19.24 OTROS Considerar otros planos relacionados que considere conveniente. 9.20
EXPEDIENTE TÉCNICO El Expediente Técnico es un instrumento elaborado por el Consultor, para los fines de contratación de la obra pública. En el Expediente Técnico se deberá definir el objeto, el costo, plazo y demás condiciones de la obra, por lo que su elaboración deberá contar con el respaldo técnico necesario (Estudio Topográfico, Estudio de Suelos, Estudio Hidrogeológico, otros estudios), verificando que corresponda a la naturaleza y condiciones especiales de la obra. El consultor y el personal clave por especialidad, suscribirán todas las páginas del Expediente Técnico, en señal de conformidad y responsabilidad respecto a su calidad técnica e integridad física Estará conformado por los siguientes documentos:
Memoria de Calculo (Por especialidades). Diseño Hidráulico Sanitario. Diseño Estructural y Cimentaciones. Planilla de Metrados. Presupuesto de Obra Análisis de Precios Unitarios Relación de Insumos y cotizaciones. Fórmula Polinómica. Cronograma de Ejecución de Obra Cronograma Valorizado de Obra. Cronograma de adquisición de materiales. Especificaciones Técnicas. Planos. Manual de Operación y Mantenimiento. Panel Fotográfico Estudio Topográfico. Estudio de Mecánica de Suelos. Estudio de Fuente de agua. Análisis Físico, Químico y Bacteriológico Resolución de Aprobación del Aprovechamiento Hídrico Certificación Ambiental cuando corresponda Programa de Monitoreo Ambiental (PMA). Estudio de Gestión de Riesgo Expediente Componente Social.
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Documentos que garanticen la Operación y Mantenimiento del proyecto, en caso de ser JASS, copia de conformación de JASS, reconocimiento de la municipalidad a la JASS y compromiso de Operación y Mantenimiento de la JASS. Documentos Legales que garanticen la libre Disponibilidad de Terreno. Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA). Padrón de Beneficiarios.
El Expediente Técnico debe contener la firma y sello de los profesionales y especialistas de la consultora y del jefe de proyecto (colegiados y habilitados): 9.21
Participantes en la elaboración del Expediente Técnico. Participantes en la revisión del Expediente Técnico
OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Emitida por el consultor supervisor del estudio quien da la conformidad y recomienda aprobar el Expediente Técnico por parte del Gobierno Regional de Madre de Dios. Al ser la ejecución de la obra financiado por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el consultor se hará solidariamente responsable de las adecuaciones que correspondan para su aprobación por el PNSR.
9.22
COMPROMISOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO PROYECTOS EN EL ÁMBITO RURAL (Población menor o igual a 2,000 habitantes) - Actualizar el acta de constitución de la organización comunal (JASS u otros). - Actualizar la Constancia de registro de la organización comunal (JASS u otros) en la Municipalidad a cuya jurisdicción pertenece. - Actualizar el Documento de compromiso de supervisión y fiscalización de los servicios que presta la organización comunal de la Municipalidad a cuya jurisdicción pertenece.
9.23
FACTIBILIDAD DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA De corresponder, en función a los componentes de los sistemas, se deben realizar todas las gestiones y trámites requeridos para obtener la factibilidad de suministros eléctricos correspondientes y los puntos de alimentación
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eléctrica requeridos ante la Entidad prestadora de Servicio Eléctrico, para cada uno de las Pozos, cámaras de bombeo, cisternas, etc., según se requiera. Se deberá adjuntar el certificado de la Entidad Prestadora de Servicio Eléctrico en el cual otorgue la Factibilidad de suministro de energía eléctrica del Proyecto. 9.24
OTROS DOCUMENTOS O PERMISOS REQUERIDOS CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR – IRSA SUR Se cuenta con la Autorización de IIRSA SUR, para los pases de entubado a través de la Vía Asfaltada Interoceánico Sur para el presente proyecto, los mismos que deben respetarse cuando se formule el Expediente Técnico, caso contrario efectuar las coordinaciones necesarias con dicha empresa para la obtención de los nuevos permisos a replantear.
9.25
OTROS PUNTOS A CONSIDERAR Otros puntos que el consultor de considere importante considerar.
10.
RECURSOS HUMANOS O FÍSICOS
10.1
RECURSOS HUMANOS Podrán ser postores o contratistas todas aquellas personas naturales o jurídicas inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y registro de consultores de obra, registrados en la especialidad de consultoría en obras de saneamiento y afines, con la categoría B, las personas naturales deben encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y las personas jurídicas deben de haber sido constituidas al amparo de la ley general de sociedades y normas complementarias. El consultor será el responsable de un adecuado planeamiento, programación y conducción de los estudios, así como por la calidad técnica del mismo, el cual deberá ser ejecutado en concordancia con la normatividad técnica vigente para este tipo de proyecto. El consultor utilizara el personal profesional calificado especificado en su propuesta técnica, en caso de cambios por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, el nuevo personal propuesto deberá reunir la misma o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente.
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La empresa consultora deberá destinar a la realización de la consultoría a un equipo técnico especializado con el perfil que se indica a continuación para cada uno de los miembros del equipo: Jefe del Proyecto/Estudio: Ingeniero Sanitario o Civil, titulado y colegiado con mínimo diez (10) años de ejercicio profesional desde su colegiatura, con experiencia mínima como jefe de proyectos en la elaboración de 05 expedientes técnicos de saneamiento, experiencia mínima como proyectista en obras de saneamiento de 01 año, deberá acreditar haber sido residente y/o supervisor de 5 obras de saneamiento. Ingeniero Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil, titulado y colegiado, con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la elaboración de estudios estructurales con capacitación en la especialidad. Ingeniero Especialista en Hidráulica: Ingeniero Civil, titulado y colegiado, con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la elaboración de estudios hidráulicos con capacitación en la especialidad.. Ingeniero Especialista en Hidrogeología: Ingeniero Geólogo o Civil, titulado y colegiado con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de hidrogeología una vez en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Haber participado como mínimo en 03 estudios hidrogeológicos de agua subterránea en zonas similares a la convocatoria (selva) pozos profundos mayores a 30 m Ingeniero Especialista en Suelos y/o Geotecnia: Ingeniero Geólogo o Civil, titulado y colegiado con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de suelos y/o Geotecnia una vez en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Especialista en Presupuesto y Metrados: Ingeniero Civil, titulado y colegiado con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio
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profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de Presupuesto y Metrados una vez en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Electricista y/o Ingeniero Mecánico-Electricista Ing. Electricista y/o Mecánico- Electricista titulado y colegiado, con mínimo de Cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura con experiencia efectiva en haber participado una vez en la especialidad de instalaciones eléctricas y/o mecánico – eléctricas en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Ambiental y/o Biólogo: Ingeniero ambiental y/o Biólogo, titulado y colegiado, con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la especialidad de estudios ambientales iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. La experiencia del personal propuesto (todos) se acreditara con cualquiera de los siguientes documentos:
Certificado de habilitación profesional Copia simple de contratos y su respectiva conformidad Constancias Certificados Cualquier otra documentación que de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto. (En el caso que los certificados y/o constancias se encuentren suscritas por el mismo postor y/o por el mismo profesional al que se está proponiendo ya sea como persona natural o como Representante Legal de una Empresa dichos documentos deberán estar acompañados de una copia del contrato respectivo y/o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia que se pretende acreditar. Los ingenieros titulados en el extranjero deberán presentar su título validado por las autoridades competentes en el Perú (de acuerdo a Ley 28858) Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes: “Elaboración de Expedientes Técnicos y/o Estudios Definitivos en proyectos de: CONSTRUCCION, REHABILITACION, RECONSTRUCCION, AMPLIACION Y/O MEJORAMIENTO DE SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO”
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10.2
EQUIPAMIENTO Y MOVILIDAD Para la elaboración del Expediente Técnico, el Consultor deberá contar como mínimo con el siguiente equipamiento:
01 Estación Total con certificado de calibración. 02 Computadoras. 01 Impresora. 01 GPS Diferencial. La tenencia del equipamiento se acreditara mediante declaración jurada o copia de facturas o contrato de arrendamiento.
10.3
OFICINA El Consultor para la firma de contrato, deberá contar con una oficina en la Ciudad de Puerto Maldonado, para la recepción y envió de la documentación relacionada al proyecto, el mismo que deberá estar equipado con el mobiliario y equipos adecuados (Telefax, Internet, etc). Se acreditara mediante declaración jurada o contrato de arrendamiento. ASÍ MISMO A EFECTOS DE MEJORAR LA EFICIENCIA EN COMUNICACION, DEBE ACREDITAR UN CORREO ELECTRÓNICO VALIDO PARA EFECTOS DE NOTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES. Quedando claro que las notificaciones por este medio tiene la misma validez cuando el contratista no sea ubicado en los domicilios consignados.
10.4
PLAN DE RIESGO.EL consultor al momento de presentar su propuesta técnica deberá adjuntar como parte de los TDR un plan de riesgo para la ejecución de la consultoría
11.
DURACIÓN DEL SERVICIO El plazo para la elaboración del Expediente Técnico es de Sesenta (60) días calendarios, a partir de la firma del contrato respectivo.
12.
VALOR REFERENCIAL El costo referencial del servicio, es de S/. 115,685.00 (Ciento quince mil seiscientos ochenta y cinco con 00/100 soles). Incluye Costo Directo, Gastos Generales, Utilidad, Impuesto de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo del Servicio de Consultoría.
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13.
CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO El Consultor deberá considerar en su propuesta que en los 60 días calendario deberá presentar el Proyecto; 100 % culminado. La realización del Servicio de Consultoría tendrá como resultado lo siguiente: Expediente Técnico, Estudio de Topografía, Estudio de Suelos y Canteras, Estudio Hidrogeológico – Perforación de Pozo Tubular, Estudio de Impacto Ambiental, Estudio Restos Arqueológicos Informe de Saneamiento Físico Legal, etc. Este debe presentarse de la siguiente manera: Volumen I: Informe Final: Expediente Técnico del Proyecto de “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”. CÓDIGO SNIP N° 2260103. Anexos: Encuestas, Estudio Topográfico, Estudio de Suelos, Estudio Hidrogeológico, Estudio Impacto Ambiental, Estudio Restos Arqueológicos Diseños Arquitectónicos, Metrados y Presupuestos, Saneamiento Físico Legal, Intervención Social, Diseño Hidráulico, Análisis Físico Químico del Agua Distribuida y Caracterización de Aguas Servidas. Volumen II: La relación de planos es la siguiente:
Obras Generales
Plano General Clave de ubicación de todas las estructuras del Proyecto. Plano del trazo de planta y perfil de la captación Proyectado. Plano del trazo en planta y corte del reservorio de almacenamiento y detalles. Plano del trazo de planta y perfil de la línea de conducción, aducción y otros que conforman las obras generales proyectadas. Secciones longitudinales de vías, con indicación de las instalaciones existentes y proyectadas. Planos indicando el área mínima de reserva y de libre disposición para la protección de las estructuras e instalaciones. Planos de detalles de arquitectura y estructuras indicando además las
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áreas necesarias para las servidumbres. Plano de Simulación Hidráulica del Sistema Proyectado
Obras Secundarias Planos del trazo de planta y perfil de las redes de distribución, conexiones y otros que conforman las obras secundarias proyectadas (diámetro, velocidad y otros). Plano de detalles de válvulas y otros. Planos del trazo de planta y perfil de las unidades básicas de saneamiento que conforman las obras secundarias proyectadas. Plano de detalles de las unidades básicas de saneamiento, otros.
Nota.- Cada uno de los documentos que conforman el Expediente Técnico, deberá estar firmado por el Ingeniero Jefe de Proyecto y los Ingenieros Especialistas responsable de su ejecución, en concordancia con las Normas de Control Interno para el Área de Obras Públicas. El Consultor será responsable de entregar los informes, Expediente Técnico u otros (subsanación de observaciones u otras comunicaciones) en la Mesa de Partes de la Entidad, de acuerdo a los plazos establecidos líneas arriba del presente ítem., caso contrario se determinarán las penalidades de acuerdo a Ley. 14.
SUPERVISIÓN, CONTROL Y PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES
14.1
DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL La supervisión, control y cumplimiento de las tareas correspondientes a la Consultoría, estará a cargo de un consultor externo. El personal técnico del PNSR dará asistencia técnica y monitoreará el desarrollo del expediente técnico. El Consultor estará sujeto a la verificación de la participación del personal profesional y técnico, antes y durante el desarrollo del Estudio y además están obligados a presentar y exponer al inicio del plazo su plan de trabajo y recursos, y mensualmente, los avances logrados. Para el inicio del servicio de consultoría se requiere lo siguiente:
Cuaderno del servicio de consultoría. Plan de trabajo detallado por actividades. Personal del servicio de consultoría conforme su propuesta.
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14.2
DE LA PRESENTACIÓN Para la presentación de los informes de avances (tareas), el consultor deberá tener en cuenta lo siguiente: Los Informes de Avance deberán presentarse en 02 (dos) ejemplares, 01 (un) original y 01 (un) copia, anilladas, impresos en papel bond A4 de 80 gr., y un (01) CD conteniendo los textos y cálculos del Estudio de Avances. Para la presentación del Informe Final, el consultor deberá tener en cuenta lo siguiente: El Informe Final deberá presentarse en 04 (cuatro) ejemplares, 02 (dos) originales y 02 (dos) copias anilladas, impresos en papel bond A4 de 80 gr. debidamente sellados y firmados por los responsables, y dos (02) CD conteniendo los textos y cálculos del Estudio, presentado en los software de Informática como: Word, Excel, Power Point, MS Project y Autocad 2000 y otros. Lo desarrollado por el Consultor, conclusiones, recomendaciones y otros derivados del desarrollo del mismo serán revisados por el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, por medio de reuniones de trabajo, siendo sustentadas estas en detalle para la aprobación correspondiente y/o incorporación de las observaciones que el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, estime conveniente. Para el desarrollo de los Estudios de Consultoría se requiere que el CONSULTOR desarrolle las actividades siguientes:
1er Entregable.
Estudio Topográfico culminado Estudio de Mecánica de Suelos culminado Avance de Expediente Técnico Toma de muestras y Análisis de Agua por laboratorio acreditado. Catastro de Redes y Válvulas. Avance de Saneamiento Físico – Legal, acreditado con actas de libre disponibilidad de áreas de uso común para la construcción de todas y cada una de las infraestructuras proyectadas. Avance de la Certificación del Estudio Impacto Ambiental Padrón de Beneficiarios.
El plazo de presentación de esta tarea será a los 30 días calendario, en ella deberá presentar los avances de los estudios mencionados. La Supervisión revisará en un Plazo no mayor de 05 días calendario el Informe Nº 1 y si hubiese Observaciones deberán ser levantadas por el Consultor en
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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
un plazo no mayor de 05 días naturales.
2do Entregable. Expediente Técnico Saneamiento Físico – Legal. Disponibilidad de terrenos. Certificación Ambiental. Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA. Resolución de Acreditación de Disponibilidad Hídrica, emitida por la Autoridad Administrativa de Madre de Dios. Metrados y Presupuesto de Obra Especificaciones Técnicas Planos definitivos según ítem 9.19
La presentación 2do Entregable, corresponde a la presentación final de Expediente Técnico, considerando las metas determinadas dentro del Perfil de Proyecto, esto incluye los planos respectivos. El plazo de presentación de esta tarea será a los 60 días calendario. La supervisión revisará en un Plazo no mayor de 05 días calendario la presentación final y si hubiese observaciones deberán ser levantadas por el Consultor en un plazo no mayor de 05 días calendario. 15.
RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR El consultor, como ofertante de su Propuesta Técnica, encargado de la elaboración del Expediente Técnico, será responsable de la calidad del servicio que preste, de la Idoneidad del personal a su cargo y de que los estudios se ejecuten con óptima calidad técnica. El Consultor, será responsable de la Calidad de los Estudios que presente, así como de la presentación de los avances, así como del Expediente Técnico en su totalidad. El consultor deberá laborar exclusivamente en la elaboración del Expediente Técnico, por lo que deberá estar presente todo el tiempo de la elaboración del mismo. Caso contrario, estará sujeto a penalidad dispuestas por la entidad. El Consultor, dentro de los alcances del rol contractual que le corresponde desempeñar, será legalmente responsable por el período de siete (1) año, a partir de la finalización del servicio realizado. En el caso de Empresas Asociadas, éstas son solidariamente responsables frente a la Entidad. EL Consultor no podrá transferir parcial o totalmente el servicio objeto de este Contrato. Al finalizar los trabajos materia de este Contrato, EL CONSULTOR presentará a la Entidad previamente a la Entrega del Estudio, un Informe Situacional de la Elaboración del Expediente Técnico, resumen de los inconvenientes
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presentados, resumen de lo observado, resumen de la propuesta técnicoeconómica, entre otros. Respecto a la documentación obrante en su poder relacionada con la Elaboración del Expediente, EL CONSULTOR, se compromete en forma irrevocable a no disponer ni hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los del proyecto. 16.
DE LA PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION El Consultor se hará acreedor a la penalidad diaria prevista por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Vigente. Se aplicaran las siguientes penalidades hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente por los siguientes conceptos:
Penalidades N° 1
2
3
Supuesto de aplicación de penalidad
Forma de calculo
Procedimiento
En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado.
Una (1) UIT por cada dia de ausencia del personal
Según informe del supervisor externo del estudio a la Subgerencia de Estudios de Infraestructura del GOREMAD
En caso el consultor presentara los estudios definitivos, requeridos, firmados y sellados por profesionales diferentes a los propuestos en su propuesta técnica sin previa comunicación y aprobación de la entidad
0.1 de la UIT por cada día de retraso que genere la subsanación respectiva.
Según informe del supervisor externo del estudio a la Subgerencia de Estudios de Infraestructura del GOREMAD
Jefe de proyecto: 1 UIT
Según informe del supervisor externo del estudio a la Subgerencia de Estudios y Gerencia Regional de Infraestructura del GOREMAD
Debido al cambio de los profesionales integrantes del equipo técnico del ganador de la consultoría previa aprobación de la entidad
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Otros profesionales 0.5 UIT
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4
Debido a no presentar y no absolver las observaciones a los formatos SNIP 15,16 y/o 17 hasta el registro correspondiente
0.5 UIT por cada día de retraso que genere la subsanación respectiva después del quinto día de emitido el informe de observaciones a los formatos SNIP que corresponda
Según informe del supervisor externo del estudio a la Subgerencia de Estudios y Gerencia Regional de Infraestructura del GOREMAD
Penalidad por mora por cada día de atraso de acuerdo a la siguiente formula.
Según informe del supervisor externo del estudio a la Subgerencia de Estudios y Gerencia Regional de Infraestructura del GOREMAD
Penalidad diaria =
0.10 x Monto F x Plazo en días
dónde: F= 0.40
5 Retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato
17.
para plazos menores o iguales a sesenta (60) dias Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió sujetarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
DE LA FORMA DE PAGO Los pagos al Consultor se efectuarán en dos armadas mediante los informes de conformidad por parte del Supervisor de las tareas correspondientes. Los pagos se realizarán de la manera siguiente:
Informe N° 1 Informe N° 2
= =
50 % del Monto Contratado 50 % del Monto Contratado
Importante Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, las cuales deben ser acreditadas documentalmente, la Entidad incorpora los requisitos de calificación que se extraen de los términos de referencia, no pudiendo incluirse requisitos adicionales a los previstos en los mismos, los cuales son los siguientes:
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3.1.
15
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN15
La Entidad puede adoptar solo los requisitos de calificación contenidos en el presente capítulo, de acuerdo al artículo 28 del Reglamento. Los requisitos de calificación son fijados por el área usuaria en el requerimiento.
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Importante
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento.
Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el literal B del numeral 2.2.1.1 concordante con el numeral 3.2 de esta sección de las bases.
El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los documentos que debe presentar el postor en el literal a.4) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las bases.
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CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje: 100 Puntos) PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN
FACTORES DE EVALUACIÓN B.
CALIFICACIONES CLAVE
Y/O
EXPERIENCIA
B.2
EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE
DEL
PERSONAL
[100] puntos [100] puntos
Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal clave propuesto De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Jefe del Proyecto/Estudio: con mínimo de diez (10) años de ejercicio profesional desde su colegiatura, con experiencia mínima como jefe de proyectos en la elaboración de 05 expedientes técnicos de saneamiento, experiencia mínima como proyectista en obras de saneamiento de 01 año, deberá acreditar haber sido residente y/o supervisor de 5 obras de saneamiento.
Ingeniero Especialista en Estructuras: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la elaboración de estudios estructurales, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Especialista en Hidráulica: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la elaboración de estudios hidráulicos, con capacitación en 16
Igual a [10.1] años: [15] puntos 16
Más de [4.1] años:[10] puntos Igual a [4.1] años: [08] puntos
Más de [4.1] años:[15] puntos Igual a [4.1] años: [10] puntos
El comité de selección define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango.
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Más de [10.5] años: [20] puntos
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PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN
FACTORES DE EVALUACIÓN
la especialidad. Ingeniero Especialista en Hidrogeología: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de hidrogeología una vez en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Haber participado como mínimo en 03 estudios hidrogeológicos de agua subterránea en zonas similares a la convocatoria (selva) pozos profundos mayores a 30 m. Ingeniero Especialista en Suelos y/o Geotecnia: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de suelos y/o Geotecnia una vez en la elaboración de estudios. Iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Especialista en Presupuesto y Metrados: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado en la especialidad de Presupuesto y Metrados una vez en la elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Electricista y/o Ingeniero Mecánico-Electricista: con mínimo de Cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura con experiencia efectiva en haber participado una vez en la especialidad de instalaciones eléctricas y/o mecánico - eléctricas en la
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Más de [4.1] años:[15] puntos Igual a [4.1] años: [10] puntos
Más de [4.1] años:[10] puntos Igual a [4.1] años:[08] puntos
Más de [4.1] años:[10] puntos Igual a [4.1] años: [08] puntos
Más de [4.1] años: [10] puntos Igual a [4.1] años: [08] puntos
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PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN
FACTORES DE EVALUACIÓN
elaboración de estudios iguales o similares al objeto de la convocatoria, con capacitación en la especialidad. Ingeniero Ambiental y/o Biólogo: con mínimo de cuatro (04) años de experiencia en el ejercicio profesional desde la colegiatura, con experiencia efectiva en haber participado una vez en la especialidad de estudios ambientales iguales o similares al objeto de la convocatoria.
Más de [4.1] años: [10] puntos Igual a [4.1] años: [08] puntos
Acreditación: Mediante la presentación de cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. 100 puntos17
PUNTAJE TOTAL
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor debe obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos. Importante
17
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación. Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo especificado son descalificadas.
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
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EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje: 100 Puntos) FACTOR DE EVALUACIÓN A.
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN
PRECIO Evaluación:
La evaluación consistirá en asignar un puntaje de cien (100) a Se evaluará considerando la oferta económica del postor. la oferta más próxima al promedio de las ofertas válidas Acreditación: que quedan en competencia incluyendo el valor referencial y Se acreditará mediante el documento que contiene la oferta otorgar a las demás ofertas económica ( Anexo N° 10) puntajes, según la siguiente fórmula:
i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta económica i Om = Oferta económica de monto o precio más próximo al promedio de las ofertas válidas incluido el valor referencial PMOE = Puntaje máximo de la oferta económica
PUNTAJE TOTAL
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100 puntos
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Importante Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo. Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] , a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN]. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos de Ley. Este monto comprende el costo del servicio de consultoría de obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio de consultoría de obra materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO18 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR SI SE TRATA DE PAGO ÚNICO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS O SEGÚN TARIFA EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE OBRAS CONVOCADOS BAJO EL SISTEMA DE CONTRATACIÓN DE TARIFAS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los veinte (20) días de producida la recepción. 18
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 149 de su Reglamento, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO]. Importante para la Entidad De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente: “El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].” Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora 19 , así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato20: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Importante Al amparo de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente: “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe
19
La oferta ganadora comprende a la oferta técnica y oferta económica del postor ganador de la buena pro.
20
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
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efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Importante para la Entidad Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula: CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO22 “LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original. EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 23 mediante [INDICAR TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.” Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda. CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
21
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de servicios que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
22
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, debe consignar el plazo en el cual el contratista debe solicitar el adelanto, así como el plazo de entrega del mismo, conforme a lo previsto en el artículo 148 del Reglamento.
23
De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías podrán ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] año(s) contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD. Importante para la Entidad En los contratos de consultoría de obras para elaborar los expedientes técnicos de obra, se debe reemplazar el último párrafo de esta cláusula por el siguiente: “El plazo máximo de responsabilidad del contratista por vicios ocultos puede ser reclamada por la Entidad por [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] año(s) después de la conformidad de obra otorgada por LA ENTIDAD”. Incorporar a las bases de consultoría de obras para la elaboración de expedientes técnicos o eliminar, según corresponda. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula: 0.10 x Monto F x Plazo en días
Penalidad Diaria = Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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Adicionalmente a la penalidad por mora se aplicará la siguiente penalidad:
N° 1
2
Penalidades Supuestos de aplicación de penalidad Forma de cálculo En caso culmine la relación contractual entre [INCLUIR LA FORMA el contratista y el personal ofertado y la DE CÁLCULO, QUE Entidad no haya aprobado la sustitución del NO PUEDE SER personal por no cumplir con las experiencias y MENOR A LA MITAD calificaciones del profesional a ser DE UNA UNIDAD reemplazado. IMPOSITIVA TRIBUTARIA (0.5 UIT) NI MAYOR A UNA (1) UIT] por cada día de ausencia del personal. (…)
Procedimiento Según informe del [CONSIGNAR EL ÁREA USUARIA A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO].
Importante De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. Estos dos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: ANTICORRUPCIÓN EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato. Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o
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indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A. Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes. Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será institucional y resuelto por [INDICAR SI SERÁ ÁRBITRO ÚNICO O TRIBUNAL ARBITRAL CONFORMADO POR TRES (3) ÁRBITROS]. LA ENTIDAD propone las siguientes instituciones arbitrales: [INDICAR COMO MÍNIMO DOS (2) INSTITUCIONES ARBITRALES]24. Importante Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje. El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN 24
Preferentemente, las instituciones arbitrales deberán encontrarse ubicadas en el lugar del perfeccionamiento del contrato.
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CONTRACTUAL
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Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
CAPÍTULO VI CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE CONSULTORÍA DE OBRA
De conformidad con el artículo 145 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento. 1
DATOS DEL DOCUMENTO
Número del documento Fecha de emisión del documento
2
DATOS DEL CONTRATISTA
Nombre, denominación o razón social RUC EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: Nombre o razón social del integrante del consorcio
3
DATOS DEL CONTRATO
RUC
%
Descripción de las obligaciones
Número del contrato Tipo y número del procedimiento de selección Elaboración de Expediente Técnico
Objeto del contrato
Supervisión de Obra
Descripción del objeto del contrato
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Fecha de suscripción del contrato Monto total ejecutado del contrato
Plazo de ejecución contractual
Plazo original Ampliación(es) de plazo Total plazo Fecha de inicio de la consultoría de obra Fecha final de la consultoría de obra
días calendario días calendario días calendario
En caso de elaboración de Expediente Técnico 4 DATOS DEL Denominación del proyecto EXPEDIENTE Ubicación del proyecto TÉCNICO Monto del presupuesto En caso de Supervisión de Obras 5 DATOS DE LA OBRA Denominación de la obra Ubicación de la obra Número de adicionales de obra Monto total de los adicionales Número de deductivos Monto total de los deductivos Monto total de la obra 6
APLICACIÓN DE PENALIDADES
Monto de las penalidades por mora Monto de otras penalidades Monto total de las penalidades aplicadas
7
DATOS DE LA ENTIDAD
Nombre de la Entidad RUC de la Entidad Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia Cargo que ocupa en la Entidad Teléfono de contacto
8 NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : Domicilio Legal : RUC : Correo electrónico :
Teléfono(s) :
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio.
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ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA (ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente procedimiento de selección. 4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad. 5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro. 6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece el servicio de consultoría de obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el cumplimiento de los términos de referencia, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las ofertas de la presente sección de las bases.
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ANEXO Nº 4 DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio de consultoría de obra objeto del presente procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5 PROMESA DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones: a)
Integrantes del consorcio 1. 2.
b)
[NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1]. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c)
Fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
d)
Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1.
OBLIGACIONES DE CONSORCIADO 1]
[NOMBRE,
DENOMINACIÓN
O
RAZÓN
SOCIAL
DEL
[ % ] 25
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2.
OBLIGACIONES DE CONSORCIADO 2]
DENOMINACIÓN
O
RAZÓN
SOCIAL
DEL
[ % ] 26
25
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
26
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
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[NOMBRE,
PRESIDENTE
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[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
100%27
TOTAL OBLIGACIONES
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad
..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas.
27
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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ANEXO Nº 6 DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL CLAVE PROPUESTO
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN AJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal clave propuesto es el siguiente:
NOMBRES Y APELLIDOS
DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO
CARGO
ESPECIALIDAD
N° DE FOLIO EN LA OFERTA
TIEMPO DE EXPERIENCIA ACREDITADA
N° DE FOLIO EN LA OFERTA
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante El postor debe presentar dentro de su oferta la carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según Anexo Nº 13.
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ANEXO Nº 7 TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA DEL POSTOR Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla el siguiente TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECIALIZADA:
Nº
CLIENTE
FECHA DE INICIO
OBJETO DEL CONTRATO
FECHA DE CULMINACIÓN
TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL CONTRATO
TIEMPO ACUMULADO
1 2 3 4 5
____________________________ 109
PRESIDENTE
________________________________ MIEMBRO
________________________________ MIEMBRO
N° DE FOLIO EN LA OFERTA
GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
Nº
CLIENTE
FECHA DE INICIO
OBJETO DEL CONTRATO
FECHA DE CULMINACIÓN
TIEMPO DE EXPERIENCIA DEL CONTRATO
TIEMPO ACUMULADO
N° DE FOLIO EN LA OFERTA
6 7 8 9 10 … TOTAL TIEMPO DE EXPERIENCIA ESPECIALIZADA ACUMULADA: [CONSIGNAR EL TIEMPO TOTAL ACUMULADO EN AÑOS, MESES Y DÍAS, SEGÚN CORRESPONDA]
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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PRESIDENTE
________________________________ MIEMBRO
________________________________ MIEMBRO
GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
Importante De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado
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PRESIDENTE
________________________________ MIEMBRO
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
ANEXO Nº 8 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº
CLIENTE
OBJETO DEL CONTRATO
N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO
FECHA28
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO VENTA29 ACUMULADO30
1 2 3 4 5 28
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
29
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
30
Consignar en la moneda establecida en las bases.
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PRESIDENTE
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Nº
CLIENTE
OBJETO DEL CONTRATO
N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO
FECHA28
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO VENTA29 ACUMULADO30
6 7 8 9 10 TOTAL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
____________________________ 113
PRESIDENTE
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________________________________ MIEMBRO
GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
ANEXO Nº 9 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:
Nº
CLIENTE
OBJETO DEL CONTRATO
N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO
FECHA31
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO VENTA32 ACUMULADO33
1 2 3 4 5
31
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
32
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
33
Consignar en la moneda establecida en las bases.
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PRESIDENTE
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Nº
CLIENTE
OBJETO DEL CONTRATO
N° CONTRATO/ COMPROBANTE DE PAGO
FECHA31
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO VENTA32 ACUMULADO33
6 7 8 9 10 TOTAL
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
____________________________ 115
PRESIDENTE
________________________________ MIEMBRO
________________________________ MIEMBRO
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ANEXO Nº 10 OFERTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta económica es la siguiente:
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO O TARIFA34
OFERTA ECONÓMICA [CONSIGNAR MONTO TOTAL DE LA OFERTA ECONÓMICA EN LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA]
TOTAL La oferta económica incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio de consultoría de obra a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda Importante para la Entidad
En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente: “El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que se presente”.
En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo siguiente: “El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias”.
En caso de una convocatoria bajo el sistema a precios unitarios, consignar lo siguiente: “El postor debe consignar los precios unitarios y subtotales de su oferta económica”.
En caso de una convocatoria a suma alzada, consignar lo siguiente:
34
116
Solo incluir esta columna en el caso de una convocatoria bajo el sistema a precios unitarios o tarifas.
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_________________________
PRESIDENTE
MIEMBRO
_______________________ MIEMBRO
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“El postor debe consignar el monto total de la oferta económica, sin perjuicio, que de resultar favorecido con la buena pro, presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato, según lo previsto en el numeral 2.4 de la sección específica de las bases”.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente: “La oferta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 11), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se incorporen deben ser eliminadas.
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PRESIDENTE
MIEMBRO
_______________________ MIEMBRO
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Importante para la Entidad Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo: Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 11 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN Presente.Ref.- ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes: 1.- Que el domicilio fiscal de la empresa 35 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad); 2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas); 3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y 4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda Importante Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados
35
118
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
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PRESIDENTE
MIEMBRO
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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
Importante para la Entidad En el caso de contratación de servicios consultoría de obra que se presten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo valor referencial del procedimiento de selección o de algún ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00) debe consignarse este anexo: Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 12 SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO (DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/ 200,000.00])
Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total en [EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN].
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor
Importante
119
Para asignar la bonificación, el comité de selección, verifica el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Cuando se trate de consorcios, esta solicitud debe ser presentada por cada uno de los consorciados
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PRESIDENTE
MIEMBRO
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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS Madre de Dios Capital de la biodiversidad ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°014-2017-GOREMAD/CS - SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO DEL PIP “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DISPOSICIÓN DE EXCRETAS Y AGUAS SERVIDAS EN EL CASERÍO DE PONAL, DISTRITO DE INAMBARI, PROVINCIA DE TAMBOPATA – REGIÓN MADRE DE DIOS”.
ANEXO Nº 13 CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE Señores COMITÉ DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO] Presente.Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en [CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento: Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR36] resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente. Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes: A.
Calificaciones
Carrera o Especialidad Universidad Bachiller Fecha de expedición del grado o título B.
Título Profesional
Experiencia
[CONSIGNAR LA EXPERIENCIA SEGÚN LO REQUERIDO EN EL CAPÍTULO III DE LA PRESENTE SECCIÓN DE LAS BASES]. N°
Cliente o Empleador
Objeto de la contratación
Fecha de inicio
Fecha de culminación
Tiempo
1 2 (…) La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y DÍAS SEGÚN CORRESPONDA] Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución del contrato. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] ……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del personal Importante
36
120
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso del personal clave, debe contar con la firma legalizada de este. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
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PRESIDENTE
MIEMBRO
_______________________ MIEMBRO