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BASES DEL PROCESO POR ADJUDICACIÓN SELECTIVA No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU Primera Convocatoria

“Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas”

Sub Gerencia Refinación Selva Petróleos del Perú – Petroperú S.A. Iquitos

BASES PROCESO No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU

PETROLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.

Proceso Por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU Primera Convocatoria “Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas” ÍNDICE Pág. BASES ADMINISTRATIVAS ......................................................................................................... 2 1. Generalidades: ...................................................................................................................... 2 2. Marco Legal: .......................................................................................................................... 2 3. Participación del Proceso: ..................................................................................................... 2 4. Sistema de Contratación: ...................................................................................................... 2 5. Objeto del Proceso: ............................................................................................................... 2 6. Monto Estimado Referencial - MER: ..................................................................................... 2 7. Recursos Financieros: ........................................................................................................... 2 8. Validez de la Oferta: .............................................................................................................. 2 9. Plazo de Ejecución: ............................................................................................................... 2 10. Condiciones del Proceso: ...................................................................................................... 3 11. Evaluación de las Propuestas: .............................................................................................. 6 12. Metodología de Evaluación: .................................................................................................. 6 13. Otorgamiento de la Buena Pro .............................................................................................. 6 14. Recursos de Apelación .......................................................................................................... 7 15. La Orden de Trabajo a Terceros-OTT ................................................................................... 8 16. Forma y Condiciones de Pago: ............................................................................................. 9 17. Penalidades: .......................................................................................................................... 9 18. Solución de Controversias ..................................................................................................... 9 ANEXO No. 1: CRONOGRAMA.................................................................................................. 10 ANEXO No. 2: DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO ................................................ 11 ANEXO No. 3: PROMESA FORMAL DE CONSORCIO ............................................................. 12 ANEXO No. 4: PROPUESTA ECONÓMICA ............................................................................... 13 ANEXO No. 5: ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD CON TERCEROS ................................. 14 ANEXO No. 6: DECLARACIÓN JURADA SOBRE PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EMPRESARIAL .................................................................................................... 15 ANEXO No. 7: DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS PETROPERÚ S.A. ............................................................................................... 16 ANEXO No. 8: SISTEMA DE INTEGRIDAD DE PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. .............................................................................................................................. 17 ANEXO No. 9: POLÍTICA SOBRE ASUNTOS COMUNITARIOS .............................................. 17 ANEXO No. 10: POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL .................................................. 18 ANEXO No. 11: POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRADA ............................................................ 19 ANEXO No. 12: IMPEDIMENTOS PARA INSCRIBIRSE EN LA BDPC O CONTRATAR CON PETROPERÚ ....................................................................................................... 20 ANEXO No. 13: T.C DÓLAR AMERICANO AL ÚLTIMO DÍA DEL MES .................................... 21 CONDICIONES TÉCNICAS ........................................................................................................ 21

Principio de Integridad La conducta de los participantes en las adquisiciones y contrataciones debe estar guiada por la honestidad, veracidad y moralidad, evitando cualquier práctica indebida, la misma que de producirse debe ser comunicada a las autoridades competentes.

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BASES ADMINISTRATIVAS 1. Generalidades: Petróleos del Perú - Petroperú S.A., en adelante PETROPERÚ, con RUC: 20100128218, domiciliado en Avenida La Marina No. 465 - Iquitos, convoca la contratación del “Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas”, que se realizará en Proceso por Adjudicación Selectiva, en los términos y condiciones que se detallan en las Bases. 2. Marco Legal: El presente Proceso por Adjudicación Selectiva se efectúa de acuerdo al Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERÚ S.A., aprobado mediante Acuerdo de Directorio No. 056-2017-PP de fecha 29.05.2017, vigente a partir del 04.07.2017, (en adelante el Reglamento). Los postores y las propuestas deberán cumplir con todo lo señalado en las Bases del proceso, así como con las disposiciones legales vigentes. 3. Participación del Proceso: 3.1 Es una condición para presentar ofertas que los proveedores estén inscritos en la Base de Datos de Proveedores Calificados (BDPC); sin embargo, esta condición estará sujeta a la implementación de dicha BDPC, la misma que será progresiva 1; en tal sentido hasta que se implemente la BDPC, podrán participar el proceso los proveedores que no estén impedidos, de acuerdo con los supuestos señalados en el Numeral VII del Anexo 1 del Reglamento. Los proveedores podrán obtener las presentes Bases, descargándolas de la Página web de PETROPERÚ o solicitarlas mediante correo electrónico a: [email protected], [email protected] o [email protected]. 3.2 La notificación a través de la página web de PETROPERÚ, prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través de la Web de PETROPERU. 4. Sistema de Contratación: A Suma Alzada, de acuerdo al numeral 7 de las Condiciones Técnicas. 5. Objeto del Proceso: Contratar el servicio de monitoreo de calidad de aire ambiental; emisiones gaseosas (gases de combustión; aguas residuales industriales tratadas (efluentes líquidos) y cuerpo receptor; aguas residuales domésticas y cuerpo receptor; y ruido ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas. 6. Monto Estimado Referencial - MER: El Monto Estimado Referencial (MER) del proceso, establecido en Soles es RESERVADO, incluye todos los tributos que sean aplicables y todo aquello que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar. 7. Recursos Financieros: Recursos Propios de PETROPERÚ. 8. Validez de la Oferta: La oferta tendrá una validez desde la fecha de presentación de propuestas y deberá mantenerse hasta la notificación de la Orden de Trabajo a Terceros (OTT). 9. Plazo de Ejecución: El plazo de ejecución es de doce (12) meses calendario, de acuerdo al numeral 8 de las Condiciones Técnicas.

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PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA. - (…) Mientras se implemente la BDPC, el Ejecutor efectuará la difusión en la forma que indique este Reglamento y en general adoptará los mecanismos necesarios para propiciar la mayor concurrencia de proveedores, garantizando la libre competencia en los procesos que convoque PETROPERÚ. El Originador puede proponer a los potenciales proveedores.

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10. Condiciones del Proceso: El registro de la información del proceso, se realizará a través de la página web de PETROPERÚ de manera concurrente a la realización de los actos. 10.1

El proceso de contratación podrá ser declarado desierto por las causales indicadas en el numeral 14 del Reglamento, siendo las siguientes: a) Cuando no se hayan presentado propuestas. b) Cuando ninguna de las propuestas presentadas cumpla los requerimientos de las Bases. c) En los casos no se logre suscribir contrato con ninguno de los postores llamados según orden de prelación, dentro del plazo establecido en las Bases. d) Cuando la mejor oferta excede el MER y no se obtiene la autorización presupuestal.

10.2

Asimismo, podrá cancelarse el proceso de contratación hasta antes de la suscripción de contrato, por las causales previstas en el numeral 15 del Reglamento, siendo las siguientes: a) Cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar el bien, servicio u obra o hayan cambiado las condiciones en las que se requería el bien, servicio u obra. b) Por modificaciones presupuestales y/o priorizaciones de gastos. c) Por causas de fuerza mayor o caso fortuito que tornen imposible la adquisición o contratación. d) Por decisión del Directorio.

10.3

El proceso de contratación podrá ser declarado nulo hasta antes de la notificación de la Orden de Trabajo a Terceros, de acuerdo al numeral 19 del Reglamento, cuando los actos expedidos hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales y demás normas aplicables al proceso o contengan un imposible jurídico, debiendo expresar en el documento que declare la nulidad la etapa a la que se retrotrae el proceso de adquisición. Sin ser limitativo, configuran vicios que acarrean la nulidad, la errónea o deficiente determinación del requerimiento, la errónea o deficiente determinación del Monto Estimado Referencial, la consignación en las Bases de factores y/o criterios subjetivos, desproporcionados o incongruentes con el objeto de la convocatoria, la incorrecta evaluación de propuestas, entre otros que supongan el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y demás normas aplicables.

10.4

El proceso se desarrollará en días hábiles. En caso de postergarse alguna de las etapas del proceso, se comunicará a los proveedores la nueva fecha, por los mismos medios en que se efectuó la convocatoria. En caso que el día señalado en el cronograma del proceso resulte no laborable, se considerará el siguiente día laborable, dejándose constancia de esta circunstancia en acta.

10.5

La convocatoria del proceso se pondrá en conocimiento del Órgano de Control Institucional.

10.6

Presentación de Consultas: a.) Por escrito, en original y copia (esta última servirá de cargo para el participante donde constará la fecha y hora en que lo presentó), a la Oficina de Tramite Documentario a la siguiente dirección: Av. La Marina No. 465, Iquitos - Maynas - Loreto. Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Atención : Unidad Ejecutora (Coordinación Compras Selva). Referencia : Proceso No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU-Primera Convocatoria “Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas”. b.) Por correo electrónico a: [email protected], [email protected] o [email protected], para ello debe esperar el correo de confirmación con fecha y hora de recepción. La Unidad Ejecutora encargado del proceso, publicará a través de la página web de PETROPERÚ, en las fechas señaladas en el Cronograma, la absolución de las consultas, mediante un pliego absolutorio, asimismo publicará también la Integración de Bases la cual implica la incorporación de las modificaciones y precisiones producto de la absolución de consultas al texto original de las Bases.

10.7

Forma de Presentación de las Propuestas: Las propuestas serán presentadas en dos (2) sobres cerrados de la siguiente manera: propuesta técnica (Sobre No. 1) y propuesta económica (Sobre No. 2). Las propuestas serán presentadas en original y una copia y deben estar foliadas y firmadas, en cada una de sus páginas, por el postor o su representante legal o apoderado, según corresponda, en caso contrario SERÁN OBSERVADAS.

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Los mismos que deberán ser rotulados e identificados tal como se indica a continuación:

Sobre No.

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PETROLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. SUB GERENCIA REFINACIÓN SELVA Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU Primera Convocatoria Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas Razón Social del Postor RUC: (*)

Sobre No.

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PETROLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. SUB GERENCIA REFINACIÓN SELVA Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU – Primera ConvocatoriaServicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas

Razón Social del Postor RUC: (*) (*) En el caso de consorcios se deberá consignar el nombre del consorcio, y la razón social, junto con los números de RUC de todas las empresas participantes en el consorcio 10.8

Contenido de las propuestas: I. La Propuesta Técnica (Sobre No. 1); deberá contener obligatoriamente lo siguiente: i. Declaración Jurada de Cumplimiento (Anexo No.2)2. ii. Requerimientos Técnicos Mínimos, señalados en el Anexo No. 5 de las Condiciones Técnicas. Notas: En los documentos que presenten los postores, para acreditar la experiencia del postor solicitada en el Anexo 5 de los Condiciones Técnicas se tendrá en cuenta: En caso el postor presente comprobantes de pagos o contratos en Dólares Americanos, se aplicará el tipo de cambio publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros – SBS, a fin de conocer la cifra en Soles. Para tal efecto, se tomará en cuenta la cotización del mes en el que se haya otorgado la conformidad del contrato o cancelado el comprobante de pago, según sea el caso (Anexo No.13). En caso que el postor se presente en Consorcio, para efectos de acreditar la experiencia sólo será válida la documentación presentada por la parte o partes del consorcio que ejecut arán las obligaciones establecidas en las Bases del proceso, de acuerdo con lo declarado en la promesa de consorcio. La evaluación de la experiencia en este caso, se realizará sobre la base de la sumatoria de la experiencia individual obtenida por cada uno de sus integrantes. Asimismo, en caso que un postor o alguno de los miembros del consorcio acrediten su experiencia con contratos con su respectiva conformidad de culminación del servicio, constancias o comprobantes de pago, respecto de servicios en los que haya participado en consorcio, deberán adjuntar copia simple del documento, promesa formal de consorcio o contrato de consorcio, en el que indique su porcentaje de participación. Dicho porcentaje se aplicará para determinar el monto de la experiencia del postor, si no consigna el porcentaje de participación, se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando Corresponda, la Propuesta Técnica deberá contener: iii. Promesa Formal de Consorcio, (Anexo No.3). En la Promesa Formal de Consorcio debe indicarse como mínimo:  Identificación de los integrantes del consorcio, inscritos y habilitados en la BDPC, sin embargo, esta condición estará sujeta a la implementación de dicha BDPC 3  Representante legal común del consorcio.  Domicilio común del consorcio.  Obligaciones que corresponden a cada integrante 4.

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Se debe tener en cuenta que, este documento debe ser presentados por cada integrante del consorcio. PRIMERA DISPOSICIONES TRANSITORIAS. - (…) Mientras se implemente la BDPC, el Ejecutor efectuará la difusión en la forma que indique este Reglamento y en general adoptará los mecanismos necesarios para propiciar la mayor concurrencia de proveedores, garantizando la libre competencia en los procesos que convoque PETROPERÚ. El Originador puede proponer a los potenciales proveedores. 4 De no precisarse las obligaciones de cada integrante del mismo, se presumirá que éstos participaran conjuntamente en el objeto del proceso. 3

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 Porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, sino precisa el porcentaje de participación, se presumirá que la participación de cada integrante es en proporciones iguales. Condición que se mantendrá al suscribirse el contrato de consorcio, así como, la suscripción del contrato con PETROPERÚ. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de los representantes legales de los integrantes del mismo. Para efectos de acreditar la experiencia sólo será válida la documentación presentada por la parte o partes del consorcio que ejecutarán las obligaciones establecidas en las Bases del proceso. La evaluación de la experiencia en este caso, se realizará sobre la base de la sumatoria de la experiencia individual obtenida por cada uno de sus integrantes5. iv. Copia del Certificado de Inscripción o de Reinscripción vigente en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), de conformidad con el TUO de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, y su Reglamento (D.S. 007-2008-TR y D.S. 008-2008-TR), a efectos de poder acceder al beneficio: (i) preferencia en caso de empate y/o (ii) retención del 10% del monto del contrato, como garantía de fiel cumplimiento, de ser el caso. II. La Propuesta Económica (Sobre No. 2); deberá contener lo siguiente: i. Presupuesto del Postor Anexo No. 4. A Suma Alzada, expresada en Soles (S/). El monto total de la propuesta económica se presentará con un máximo de dos (02) decimales El postor que goza de la exoneración prevista en la Ley No. 27037, formulará su propuesta económica teniendo en cuenta la totalidad de los conceptos excluido el IGV. El postor que no goza de la exoneración prevista en la Ley No. 27037, formulará su propuesta económica teniendo en cuenta la totalidad de los conceptos incluido el IGV. El cumplimiento de lo señalado constituye requisito de admisibilidad de la propuesta. En caso la mejor oferta supere el MER, para otorgar la Buena Pro se deberá contar con la autorización presupuestal de acuerdo a lo señalado en el numeral 11.4 del Reglamento. 10.9

Todos los documentos que contengan información esencial sobre las propuestas se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducciones simples con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, o cuando las condiciones técnicas (Especificaciones Técnicas o Condiciones Técnicas o Expediente Técnico) se consignen las características del bien, servicio u obra en otro idioma, en cuyos casos podrán ser presentadas en idioma de origen. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.

10.10 Toda información entregada por el postor en su propuesta tendrá carácter de declaración jurada y se presume verificado por éste en su contenido. PETROPERÚ, se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada por los proveedores, y adoptar las acciones correspondientes previstas en el Reglamento, en caso que la información presentada sea falsa y/o inexacta. 10.11 El postor presentará su propuesta en la Oficina de Trámite Documentario, de la Sub Gerencia Refinación Selva, el día y hora señalado en el cronograma del proceso (Anexo No. 1). No se recibirán propuestas presentadas con posterioridad o anterioridad al plazo fijado. 10.12 Después de la recepción de ofertas el Ejecutor evaluará las ofertas presentadas, de acuerdo a lo señalado en las Bases del proceso. Entre el periodo de apertura de ofertas y adjudicación de la Buena Pro, se podrá solicitar a los postores aclaraciones respecto a su oferta, por defectos subsanables6, siempre y cuando ello no signifique modificación de su alcance. 5 6

De acuerdo al numeral 18.2 del REGLAMENTO. Es el defecto en el que incurre un postor sobre aspectos accidentales, accesorios, formales, o al no presentar un documento accesorio o formal dentro del plazo establecido por PETROPERÚ, que son susceptibles de subsanar o regularizar su presentación a partir de su constatación dentro del plazo que otorgue PETROPERÚ Se considerarán documentos accesorios o formales aquellos que puedan probar su existencia mediante su inscripción en un registro, archivo o instrumento que haga sus veces el cual sea de libre acceso al público. Adicionalmente a ello, a fin de que el documento tenga validez, será necesario que el mismo se haya inscrito, registrado o autorizado en los referidos instrumentos con fecha anterior a la presentación de las propuestas. También se entiende por defecto subsanable, la omisión de aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos, siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y

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La facultad de solicitar aclaraciones o subsanaciones respecto de la propuesta técnica se podrá ejercer hasta antes de la apertura del sobre económico. En el caso de la propuesta económica se podrá solicitar aclaración durante la etapa de evaluación económica y hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro. Se otorgará un plazo no mayor a dos (02) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación para que el postor aclare o subsane el defecto, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva aclaración o subsanación en el plazo previsto. 10.13 El proceso de contratación culmina con la firma de la Orden de Trabajo a Terceros o cancelación del proceso. 11. Evaluación de las Propuestas: i. Las propuestas técnicas serán descalificadas cuando:    

No cumplan los Requerimientos Mínimos de las Bases. No incluyan la documentación requerida como obligatoria en las presentes Bases. Contengan información y/o documentación incongruente o discrepante, que no permitan determinar si la propuesta cumple con lo solicitado en las Bases. Contengan información falsa o inexacta.

ii. Las propuestas económicas serán descalificadas cuando: 

Presenten defectos no subsanables.

12. Metodología de Evaluación: La evaluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas que son: la evaluación técnica y la evaluación económica. 1º. Evaluación Técnica7: i. Se verifica el cumplimiento de los documentos solicitados en el numeral 10.8 de las presentes Bases. Requerimientos Mínimos Propuesta CUMPLE con la Documentación Obligatoria. Propuesta NO CUMPLE con la Documentación Obligatoria.

Resultado ADMITIDA NO ADMITIDA

2º. Evaluación Económica: i. Se verificará que la propuesta no contenga errores y la evaluación se efectuará comparando los montos de las ofertas formuladas por los postores, se identificará el orden de prelación de los proveedores, según el monto de sus propuestas económicas 13. Otorgamiento de la Buena Pro PETROPERÚ otorgará la Buena Pro, a la propuesta que oferte el menor monto en su propuesta económica. El otorgamiento de la Buena Pro será publicado a través de la página web de PETROPERÚ el mismo día de su realización y se entenderá notificada el mismo día de su publicación. Su registro incluirá el acta y el cuadro comparativo detallado con los resultados de la evaluación. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará conforme a lo siguiente: a) b)

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Con preferencia a favor de las micro o pequeñas empresas. A través del sorteo8.

otros de naturaleza análoga, para lo cual deben encontrarse registradas o haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la presentación de propuestas En el caso que el postor presente su experiencia por trabajos realizados en consorcio, deberá presentar adicionalmente el Contrato de Consorcio donde indique el porcentaje de participación y obligaciones que el postor tuvo en dicho consorcio, si no presenta el Contrato de consorcio no será considerada la experiencia. En ningún caso, se considerará la experiencia por Contratos en donde los consorciantes no ejecutaron las obligaciones descritas en el objeto de la convocatoria

Es obligatorio invitar a dicho acto a la totalidad de postores empatados. La inasistencia de algún postor no impide la realización del sorteo.

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Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la Buena Pro, siempre que los postores no hayan ejercido el derecho de interponer recurso impugnativo. 14. Recursos de Apelación a. Apelación Las discrepancias que surjan entre PETROPERÚ y los postores en los Procesos, solamente podrán dar lugar a la interposición de recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación se podrá impugnar el otorgamiento de la Buena Pro y cualquier acto que afecte su validez. Por esta vía no se podrán impugnar las Bases ni su integración. La vía administrativa se agota con lo resuelto por PETROPERÚ. La interposición de cualquier acción contra ésta no suspende la ejecución de lo resuelto. b. Plazos para interponer un Recurso de Apelación El recurso de apelación sólo podrá interponerse luego de otorgada la Buena Pro. El plazo para su interposición, computado desde el día siguiente de la notificación de la Buena Pro a través de la página web de PETROPERÚ, es de tres (3) días hábiles para Procesos por Adjudicaciones Selectivas. La interposición del recurso de apelación en la oportunidad antes señalada suspende la tramitación del proceso. En caso se interponga un recurso de apelación antes del otorgamiento de la Buena Pro, será rechazado de plano, sin mayor trámite, por la Oficina de Trámite Documentario de PETROPERÚ. En caso que un postor sea descalificado en la evaluación técnica o económica y retire o acepte la devolución de su oferta económica, perderá la calidad de postor y no podrá presentar ninguna impugnación. c. Admisibilidad del Recurso de Apelación: Los requisitos que se presentarán para admitir el recurso son los siguientes: i. Identificación del impugnante (tratándose de consorcios, el representante común debe interponer el recurso a nombre de todos los consorciantes, acreditando su representación con copia simple de la Promesa de Consorcio) ii. Dirección electrónica como su domicilio procesal; iii. El petitorio, que comprende la determinación concreta de la pretensión y fundamentos iv. Pruebas; y, v. Carta Fianza irrevocable, solidaria, incondicional y de realización automática, por el 5% del MER o ítem que se decida impugnar, a favor de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., con un plazo mínimo de vigencia de treinta (30) días calendario, debiendo ser renovada hasta el momento en que se agote la vía administrativa. Cuando el recurso sea declarado fundado, se devolverá la carta fianza al postor. Por otro lado, cuando se declare infundado o improcedente el recurso se ejecutará la Carta Fianza. El análisis referido a la conformidad de la documentación antes descrita, se realiza en un solo acto al momento de la presentación del recurso por el encargado de la Oficina de Trámite Documentario, en caso de omitir alguno de los requisitos de admisibilidad, se otorgará el plazo máximo de dos (02) días hábiles desde la presentación del recurso. El plazo otorgado para la subsanación suspende todos los plazos del procedimiento de impugnación. Transcurrido el plazo a que se contrae el párrafo anterior sin que se hubiese subsanado la omisión, el recurso será automáticamente considerado como no presentado, sin necesidad de pronunciamiento alguno. Si después de admitido el recurso se advirtiera que se omitieron algunos de los requisitos de admisibilidad, deberá emplazarse al impugnante a fin que realice la subsanación correspondiente en un plazo no mayor a dos (02) días hábiles, sin que el mismo suspenda el plazo para la resolución del recurso. En caso no se efectúe la subsanación, el recurso se tendrá por no presentado. En un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde la presentación del recurso o desde la subsanación de las omisiones o defectos advertidos en la presentación del recurso según corresponda, se correrá traslado del recurso al postor o postores que pudiera(n) ser afectado(s) con la decisión de PETROPERU, otorgándole el plazo de dos (2) días hábiles para que se pronuncie sobre el recurso interpuesto. d. El recurso será declarado improcedente cuando: i. Sea interpuesto fuera de los plazos indicados en el numeral 14-b. de las presentes Bases. ii. El que suscribe el recurso no sea el postor o su representante; iii. El postor se encuentre suspendido en la BDPC9;

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BDPC: Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERÚ la misma que se encuentra en implementación.

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iv.

v. vi. e.

El impugnante se encuentre incapacitado legalmente para ejercer actos civiles u administrativos, o carezca de legitimidad procesal para impugnar el acto objeto del cuestionamiento; Sea interpuesto por el postor ganador de la Buena Pro; y No exista conexión lógica entre los hechos expuestos en el recurso y el petitorio del mismo. Con la absolución del traslado o sin ella, el Comité de Apelación autónomo e independiente, conformado por un miembro perteneciente a la Dependencia Ejecutora, Originadora y la Gerencia Corporativa Legal, deberá resolver la apelación en un plazo no mayor de ocho (08) días hábiles después de admitido a trámite el recurso de apelación o de la subsanación de las omisiones y/o defectos advertidos en la presentación del recurso. En ningún caso el Comité de Apelación podrá estar conformado por profesionales que participaron en el proceso. Vencido el plazo indicado anteriormente, sin que PETROPERU publique la Resolución, se entenderá por agotada la vía administrativa. La decisión que resuelva la apelación deberá contar previamente con un Informe Técnico - Legal. La designación del Comité de Apelación se realizará conforme al Cuadro de Niveles de Aprobación de Adquisiciones y Contrataciones vigente.

f.

15. La Orden de Trabajo a Terceros-OTT I.

Para la emisión y notificación de la Orden de Trabajo a Terceros, el postor ganador de la Buena Pro deberá entregar lo siguiente: a. Copia de documento “Vigencia de Poder” actualizada (no mayor de 30 días calendario), expedida por el Registro de Mandatos y Poderes de los Registros Públicos, conteniendo específicamente la facultad de firmar en representación y con mención de la(s) persona(s) autorizadas que va(n) a suscribir la Orden de Trabajo a Terceros-OTT b. Copia simple del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Carnet de Extranjería de su representante legal o apoderado, autorizado a suscribir OTT. c. Copia simple del Registro Único de Contribuyente (R.U.C.). d. Formato “Acuerdo de Confidencialidad con Terceros”. Deberá ser suscrito por la representante legal del postor ganador buena pro, y por el personal propuesto para el servicio (Anexo No.5). e. Declaración Jurada sobre Privacidad y Confidencialidad Empresarial (Anexo No.6). f.

Declaración Jurada de Cumplimiento de las Políticas PETROPERÚ S.A. (Anexo No.7). En caso de consorcios, los Anexos No. 5, 6 y 7, serán presentados por cada consorciado.

De ser el caso: g. Contrato de consorcio, con firmas legalizadas de los asociados ante Notario Público, precisando las responsabilidades de cada uno de los integrantes del consorcio; y designando en dicho documento al representante o apoderado común. En el Contrato de Consorcio deberá mantenerse inalterables las siguientes condiciones declaradas en la Promesa Formal de Consorcio: - Los integrantes del consorcio. - Las Obligaciones y porcentaje de participación que correspondan a cada integrante del consorcio. Los integrantes de un consorcio responden solidariamente respecto de la no suscripción de la Orden de Trabajo a Terceros/Contrato y del incumplimiento del mismo, estando facultado PETROPERÚ en dichos casos, para demandar a cualquiera de ellos por los daños y perjuicios causados. Ello, sin perjuicio de registrar en la BDPC dicho incumplimiento. II. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro, PETROPERÚ citará al Postor ganador de la Buena Pro otorgándole un plazo de cinco (5) días hábiles para entregar, los documentos solicitados en el párrafo precedente, por la Oficina de Tramite Documentario de PETROPERÚ, sito en Av. La Marina No. 465, Iquitos - Maynas - Loreto. Posteriormente a dicho plazo, PETROPERÚ verificará el cumplimiento de lo solicitado. III. Los documentos requeridos para la formalización contractual deberán estar debidamente foliados y suscritos por el Representante Legal del Postor. IV. Si después de la verificación realizada, PETROPERÚ tiene observaciones sobre la documentación presentada o el postor ganador de la buena pro omitiera la presentación de algún documento solicitado, este plazo podrá ser ampliado por PETROPERÚ hasta por un máximo de cinco (05) días hábiles adicionales, para que el postor ganador de la Buena Pro pueda subsanar las observaciones efectuadas u omisiones detectadas. El incumplimiento de lo estipulado en el numeral anterior, en los

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plazos establecidos para el postor ganador, originará la perdida de la buena pro, sin perjuicio de las acciones que puedan interponerse. V. Verificado el cumplimiento de lo indicado en el numeral 15.I de las Bases, PETROPERÚ emitirá la Orden de trabajo de Terceros y notificará al postor ganador de la Buena Pro al correo electrónico consignado en su Declaración Jurada de Cumplimiento presentada dentro de su propuesta técnica. La Orden de Trabajo a Terceros se entenderá formalizada y suscrita con la sola notificación de la misma al postor ganador de la Buena Pro. VI. Si el postor ganador de la Buena Pro, rechaza la notificación de la Orden de Trabajo a TercerosOTT, dentro del plazo otorgado perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de las acciones que puedan interponerse, en tal caso, PETROPERÚ podrá citar al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación correspondiente, y de resultar necesario, a los demás postores que se encuentren habilitados hasta que se formalice el contrato, respetando los plazos y formalidades antes mencionadas. Si luego de llamar a todos los postores en el orden de prelación del proceso sin que se haya logrado formalizar el contrato, PETROPERÚ declarará desierto el proceso y actuará conforme a lo señalado en el numeral 14 del presente Reglamento. 16. Forma y Condiciones de Pago: PETROPERÚ efectuará el pago del servicio de acuerdo a lo señalado en el numeral 14 de las Condiciones Técnicas. Tratándose de comprobantes de pago electrónico, éstos deberán ser autorizados por la SUNAT y remitidos por el contratista al siguiente correo: [email protected]. La impresión física del comprobante de pago electrónico será presentada por el contratista en la Oficina de Trámite Documentario, según sea el caso, conjuntamente con la documentación correspondiente para su pago. 17. Penalidades: Las penalidades se aplicarán de acuerdo a lo estipulado en el numeral 11 de las Condiciones Técnicas. 18. Solución de Controversias Las Partes acuerdan que toda controversia, incluidas las referidas a la celebración, existencia, validez, eficacia, interpretación, ejecución o resolución del presente Contrato se tratará de resolver mediante trato directo, en base a las reglas de la buena fe y a la común intención de las partes. Para estos efectos, cualquiera de las Partes podrá notificar por escrito a la otra, para que en un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la recepción de dicha notificación, se efectué el trato directo entre los representantes de ambas Partes, con el objeto de resolver la controversia. Dicho plazo puede ser ampliado por acuerdo de las partes. Una vez vencido dicho plazo y no habiendo un acuerdo de las Partes, respecto de la controversia, cualquiera de ellas podrá iniciar el procedimiento de conciliación ante un Centro de Conciliación acreditado ante el Ministerio de Justicia y/o iniciar un arbitraje de derecho. En caso de arbitraje, las Partes se someten a la organización y administración del Centro de Arbitraje, las Partes se someten a la organización y administración del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, y de acuerdo con su Reglamento y Estatuto que las Partes declaran conocer y aceptar incondicionalmente. El arbitraje será en idioma castellano y resulto por un árbitro único designado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. La sede del arbitraje será en la Ciudad de Lima. El laudo arbitral emitido es vinculante para las Partes y pondrán fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa, salvo los casos taxativos previstos para el recurso de anulación de laudo contemplado en la Ley de Arbitraje.

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ANEXO No. 1: CRONOGRAMA

Proceso Por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU Primera Convocatoria “Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas”

Convocatoria

11/12/2017

Presentación de Consultas

Del 12/12/2017 hasta el 18/12/2017 (*)

Absolución de Consultas

21/12/2017

Integración de Bases

21/12/2017

Presentación de Propuestas

04/01/2018 (*)

Buena Pro

11/01/2018

Acceso a las Bases

Se podrán obtener las bases:  A través de la Pág. Web de PETROPERÚ  A través de los correos electrónicos (**)

Lugar de Presentación de Propuestas

Oficina de Trámite Documentario de la Sub Gerencia Refinación Selva de Petroperú en Av. La Marina No. 465, Iquitos – Maynas – Loreto. (*)

De presentar los postores recurso de apelación, éste se presentará en la Oficina de Trámite Documentario de PETROPERU en Av. La Marina No. 465, Iquitos - Maynas - Loreto., en el horario de 08:00 a 16:00 horas.

(*) En el horario de 08:00 a 16:00 horas

(**) Correos electrónicos:

[email protected] [email protected] [email protected]

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ANEXO No. 2: DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO

Lugar, …….de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia: Servicio:

Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERÚ Primera Convocatoria Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas

Por el presente documento10, Yo……………, peruano, identificado con D.N.I. No.……………, , representante legal de la empresa……………, con R.U.C. No.……………, con domicilio legal en……………, teléfono No. ……………, declaro bajo juramento lo siguiente: 1. No tenemos impedimento para participar en el presente proceso de contratación ni para contratar con el Estado, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petroperú S.A. 2. No hemos participado en la elaboración de las Condiciones Técnicas previas que dan origen al proceso de contratación y sirvieron de base para el objeto de la Orden de Trabajo a Terceros, salvo en el caso de los contratos de supervisión. 3. Conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso Adquisición y Contratación de Petróleos del Perú – Petroperú S.A., 4. Somos responsable(s) de la veracidad de los documentos e información que presento/presentamos para efecto del proceso, 5. Nos comprometemos a mantener nuestra oferta hasta la suscripción del contrato, o notificación de la Orden de trabajo a Terceros, según corresponda, y, 6. Conocemos las causales de sanción que estipula el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. 7. Conocemos, aceptamos y nos sometemos a los lineamientos de trabajo estipulados en el “Manual Corporativo de Seguridad, Salud y Protección Ambiental para Contratistas” y a todos los Requisitos SIG-C adjuntos a las Bases. 8. Cumpliré con los Lineamientos del Sistema de Integridad, con la Política Corporativa Antifraude y Anticorrupción y, con el Código de Integridad de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. en lo que sea aplicable al servicio. Adicionalmente, autorizo a la Unidad Ejecutora a notificarme por correo electrónico los actos derivados del presente proceso, tales como el procedimiento para suscripción de Contrato/Orden de Trabajo a Terceros, solicitudes de aclaración y/o subsanación de propuestas, entre otros, sin que tenga que recurrir a los mecanismos tradicionales para que éstas tengan plena eficacia; en tal sentido, nuestro Correo Electrónico es: …………..@................. Asimismo, declaro bajo juramente ser PEQUEÑA EMPRESA ( ) MICROEMPRESA ( ), además SI ( ) NO ( ) cuento con personas con discapacidad 11 Atentamente,

Firma Nombre Representante Legal/Nombre de la Empresa 10

A efectos de suscribir cualquier tipo de declaración o información, el proveedor deberá tener en cuenta lo siguiente:  El numeral 42.1del Artículo 42º de la Ley 27444 establece que “Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realización de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos, así como de contenido veraz para fines del procedimiento administrativo, salvo prueba en contrario”.  El inciso 4) del Artículo 56º de la referida Ley estipula como uno de los deberes generales de los administrados, “la comprobación de la autenticidad de la documentación sucedánea previamente a su presentación ante la entidad, y de cualquier otra información que se ampare en la presunción de veracidad”  En caso la presente Declaración Jurada tenga información inexacta, el proveedor será pasible de suspensión de la BDPC; al mismo tiempo, dicho acto constituye un delito tipificado en el Artículo 411º del Código Penal y sancionado con pena privativa de la libertad

11

En caso requiera acceder a los Beneficios de la Ley 28015 deberá presentar su constancia de inscripción en REMYPE, previa a la firma de contrato. En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.

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ANEXO No. 3: PROMESA FORMAL DE CONSORCIO Lugar, …….de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia: Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERÚ Primera Convocatoria Servicio: Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas Yo……………, identificado con Documento Nacional de Identidad No.……………, Representante Legal de……………, con número de RUC……………; y Yo……………, identificado con Documento Nacional de Identidad No. ……………, Representante Legal de……………, con número de RUC……………; y Los suscritos, con poderes suficientes para ejercer los derechos y obligaciones de nuestras representadas, declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante lapso que dure el proceso de contratación, para proveer y presentar una propuesta conjunta, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Designamos como Representante Legal Común al señor……………, identificado con Documento Nacional de Identidad No.……………, para la suscripción de nuestra Oferta Técnico-Económica y de la documentación que emitamos en nuestra calidad de consorcio y además manifestamos lo siguiente: Nombre o Denominación del Consorcio Domicilio Legal Común Correo Electrónico Común Teléfono Representante Legal Común

1er Miembro (Razón Social) RUC…………………………

2do Miembro (Razón Social) RUC…………………………

Obligaciones:

Describir detalladamente las obligaciones que se compromete a realizar dentro del consorcio.

Porcentaje de Participación

Especificar el porcentaje o grado de participación dentro del consorcio.

Obligaciones:

Describir detalladamente las obligaciones que se compromete a realizar dentro del consorcio.

Porcentaje de Participación

Especificar el porcentaje o grado de participación dentro del consorcio.

Nota: Precisar dentro de las obligaciones, quien de los miembros tendrá a su cargo la facturación del consorcio. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la prestación correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto del Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERU – Primera Convocatoria.

Firma Nombre Representante Legal Nombre de la Empresa 01

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Firma Nombre Representante Legal Nombre de la Empresa 02

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ANEXO No. 4: PROPUESTA ECONÓMICA

Lugar, ……de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia:

Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERÚ Primera Convocatoria

Servicio:

Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas

(Razón Social o Nombre del Postor), con R.U.C. No. ……………, con domicilio legal en ................, debidamente representada por su Gerente/Apoderado Sr(a). …………………, identificado con D.N.I. No. …, según Poder inscrito en la Partida No. ……, del Registro de Personas Jurídicas de ..…, a continuación, presentamos nuestra propuesta económica, bajo el sistema de contratación a suma alzada, para la contratación del “Servicio de Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas”. El monto total de nuestra Propuesta Económica a suma alzada es de S/ ………. (indicar si esta exonerado de IGV o no) Sin otro particular, quedo de Uds. Atentamente,

Firma Nombre Representante Legal Nombre de la Empresa

Notas: 1. Formato tomado del Anexo No.6 de las Condiciones Técnicas.

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ANEXO No. 5: ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD CON TERCEROS Lugar,…….de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia: Servicio:

Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERÚ Primera Convocatoria Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas.

Mediante el presente acuerdo dejo constancia del compromiso de mantener la confidencialidad y la reserva de la información de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. en cualquiera de sus formas en que este registrada, contenida, almacenada o transmitida, esto incluye los medios electrónicos, escritos e incluso hablados; y que el suscrito reciba, tome conocimiento, recopile o genere como resultado del servicio de: “Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas” Al mismo tiempo declaro conocer y estar de acuerdo con lo siguiente: 1. La Política Corporativa, Reglamento, Procedimientos y Lineamientos de Seguridad de la Información de PETROPERÚ. 2. No divulgar o reproducir a terceros, bajo ninguna circunstancia, el contenido de la información o parte de ella, resultante de la prestación del servicio en mención, a no ser que exista una autorización previa emitida por escrito por parte de PETROPERÚ. No explotar, utilizar o aprovechar en beneficio propio o de terceros, la información o parte de ella, resultante de la presentación del servicio referido. 3. Reportar cualquier incidente o vulnerabilidad de la seguridad de la información lo antes posible con el fin de reducir la posibilidad de daños o perjuicios sobre la institución. Entiendo que el revelar cualquier información confidencial, podrá ser sancionado según el marco normativo interno y por las leyes penales que correspondan. Deslindo a PETROPERÚ de cualquier responsabilidad procesal, civil y/o penal como consecuencia del incumplimiento del presente acuerdo teniendo en cuenta que no existe vínculo laboral entre mi persona y PETROPERÚ.

Firma

:

Apellidos y Nombres

:

Documento de Identidad: Empresa

:

Cargo en la empresa

:

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ANEXO No. 6: DECLARACIÓN JURADA SOBRE PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EMPRESARIAL Lugar,…….de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia: Servicio:

Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS/PETROPERÚ Primera Convocatoria Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas.

Por el presente documento, Yo……………, peruano, identificado con D.N.I. No. ……………, representante legal de la……………, con RUC…………… con domicilio legal en……………: DECLARO BAJO JURAMENTO Cumpliremos con la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Información de PETROPERÚ, guardar confidencialidad y reserva de la información a la que acceda en virtud del presente contrato, y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la información detectada. No mantener el riguroso cuidado de los activos de información de PETROPERÚ otorgados para su uso, ni avisar a tiempo de fallas en los mismos al área de tecnologías de información y comunicaciones de la dependencia donde suministra servicios es considerado un incumplimiento de la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Información de PETROPERÚ. 12 Clausula sobre privacidad y confidencialidad empresarial: El contratado tiene y asume la obligación de guardar el secreto y la confidencialidad de toda información de PETROPERÚ a la que se tenga acceso, esta obligación subsistirá aún durante el pazo de un (1) año después de finalizada la relación laboral. El Contratado será responsable de todos lo daños y perjuicios que se deriven como consecuencia del incumplimiento doloso o culposo de dicha obligación. Atentamente,

Firma Nombre Representante Legal Nombre de la Empresa

Texto señalado en el rubro “Contratos con Terceros” del Anexo No. 3 del Reglamento de Seguridad de la Información de PETROPERÚ S.A. 12

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ANEXO No. 7: DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LAS POLÍTICAS PETROPERÚ S.A.

Lugar,…….de………… de 2017 Señores Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. Referencia Servicio

Proceso por Adjudicación Selectiva No. SEL-0029-2017-OPS /PETROPERÚ Primera Convocatoria Monitoreo Ambiental en Refinería Iquitos, Plantas de Abastecimiento y Petrocentro Río Amazonas.

Por el presente documento, Yo……………, peruano, identificado con D.N.I. No.……………, representante legal de la……………, con RUC…………… con domicilio legal en……………: DECLARO BAJO JURAMENTO Que cumpliremos con las siguientes disposiciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A.:  Política de Gestión Integrada de la Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud en el Trabajo.  Política de Responsabilidad Social.  Política sobre Asuntos Comunitarios. En tal sentido, dichas disposiciones formarán parte de la Orden de Trabajo a Terceros a derivarse del Proceso por Adjudicación Selectiva. Atentamente,

Firma Nombre Representante Legal Nombre de la Empresa

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ANEXO No. 8: SISTEMA DE INTEGRIDAD DE PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.

Código de Integridad https://www.petroperu.com.pe/UpLoad/UpLoaded/PDF/codigo-sistemaintegridad.pdf Lineamiento del sistema de Integridad https://www.petroperu.com.pe/UpLoad/UpLoaded/PDF/manual-sistemaintegridad.pdf Política Corporativa Antifraude y Corrupción https://www.petroperu.com.pe/UpLoad/UpLoaded/PDF/politica-sistemaintegridad.pdf ANEXO No. 9: POLÍTICA SOBRE ASUNTOS COMUNITARIOS

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ANEXO No. 10: POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

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ANEXO No. 11: POLÍTICA DE GESTIÓN INTEGRADA

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ANEXO No. 12: IMPEDIMENTOS PARA INSCRIBIRSE EN LA BDPC O CONTRATAR CON PETROPERÚ a. Hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos. b. En el ámbito regional, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales. c. En el ámbito de su jurisdicción, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Jueces de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores. d. Los directores, gerentes y trabajadores de PETROPERÚ, siempre que por el cargo o función que desempeñan tengan influencia, poder de decisión o información privilegiada sobre el proceso de adquisición o contratación o cuando exista conflicto de interés de acuerdo a las normas del Sistema de Integridad de la Empresa. e. En el correspondiente proceso de adquisición o contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas, MER, elaboración de Bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión. f.

En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

g. En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria o invitación. h. En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas sin fines de lucro en las que aquellas participen o hayan participado como asociados o miembros de sus consejos directivos, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria o invitación. i.

En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas cuyos integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales sean las personas señaladas en los literales precedentes. Idéntica prohibición se extiende a las personas naturales que tengan como apoderados o representantes a las personas señaladas en los literales precedentes.

j.

Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar con Entidades del Estado.

k. Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción por el Tribunal de Contrataciones del Estado, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los criterios señalados en Ley y reglamento de contrataciones con el Estado. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente. l.

Otros establecidos por Ley o por el Reglamento de Contrataciones con el Estado.

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ANEXO No. 13: T.C DÓLAR AMERICANO AL ÚLTIMO DÍA DEL MES

Año 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017

Ene 3.478 3.484 3.500 3.264 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.338

Feb 3.471 3.481 3.473 3.259 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.258

Mar 3.446 3.475 3.461 3.263 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.262

Abr 3.435 3.463 3.484 3.258 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.246

May 3.462 3.496 3.489 3.255 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.271

Jun 3.511 3.472 3.472 3.254 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.266

Jul 3.550 3.473 3.422 3.255 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.247

Ago 3.615 3.481 3.358 3.286 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.243

Set 3.644 3.483 3.342 3.345 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.248

Oct 3.602 3.473 3.325 3.380 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471 3.250

Nov 3.510 3.481 3.306 3.412 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471

Dic 3.515 3.464 3.283 3.431 3.314 3.199 2.934 3.174 2.857 2.773 2.691 2.578 2.822 3.058 3.471

NOTA: El postor podrá presentar contratos y/o comprobantes de pagos en dólares americanos. En tal caso se aplicará la tabla de conversión, a fin de conocer la cifra en Soles. Para tal efecto, se tomará en cuenta la cotización del mes en el que se haya otorgado la conformidad del contrato o en el mes que se haya cancelado el comprobante de pago, según sea el caso. De presentar a la vez para un servicio, tanto el contrato y su conformidad respectiva, como los comprobantes de pago derivados de aquél, se evaluará el contrato.

CONDICIONES TÉCNICAS Ver documento adjunto.

Petróleos del Perú – Petroperú S.A.

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