Acta Dental Marval.docx

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Abg. Noemy Salazar INPREABOGADO 34.219

CIUDADANO: REGISTRADOR MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO SU DESPACHO.Yo, NOEMY ELIZABETH SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.524.729, identificada con el Registro

de

Información

Fiscal

Nro.

J-8524729-4,

debidamente

autorizada en el ACTA CONSTITUTIVA de la empresa “EL BODEGON DE MARVAL, C.A.” para hacer esta presentación, con el debido acatamiento y respeto ocurro ante usted, para exponer y solicitar: De conformidad con lo dispuesto en el Código de Comercio vigente, presento para su inscripción en el registro a su cargo, el ACTA CONSTITUTIVA de la empresa "EL BODEGON DE MARVAL, C.A.", la cual ha sido redactada con suficiente amplitud, para que sirva a su vez de Estatutos de la misma. Cumplidos como están los requisitos legales, ruego a usted, se sirva ordenar lo conducente para su registro, fijación y publicación. Solicito que evacuadas las presentes actuaciones, seme expida Copia certificada del Acta Constitutiva y del auto que la provea. En Tucupita, a la fecha de su presentación.

LA EXPONENTE

Abg. Noemy Salazar INPREABOGADO 34.219

Nosotros, DE LOS SANTOS DIOGENES JOSE MARVAL TOVAR y YASMIRA ODALIS MELO ZAMORA, venezolanos, solteros, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-20.013.409 y V-20.036.735 respectivamente, comerciantes, solteros y de este domicilio, hemos convenido en constituir, como en efecto lo hacemos, una COMPAÑIA ANONIMA, que se regirá por las estipulaciones contenidas en el presente instrumento constitutivo, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud, para que a su vez sirvan de estatutos sociales de la misma. DENOMINACION, DOMICILIO, OBJETO Y DURACION PRIMERA: La empresa se denominara "EL BODEGON DE MARVAL, C.A." SEGUNDA: su domicilio principal será en la Calle El Productor, S/N, Brisas del Triunfo, Sector II, Parroquia Manuel Piar, Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro y podrá establecer sucursales y depósitos en cualquier otro lugar de la República o en el Exterior de ella, si así se decidiera en Asamblea. TERCERA: El objeto de la empresa será todo lo relacionado con el Comercio en general, compra, venta y distribución de bebidas naturales y gaseosas, pasteurizadas, licores nacionales e importados al mayor y al detal, golosinas, productos lácteos, carnes, embutidos, etc., víveres, charcutería, en general realizar cualquier actividad de conformidad con la Ley. CUARTA: La duración dela Empresa será de Treinta (30) años, contados a partir de su inscripción en el Registro Mercantil pertinente, pudiendo prorrogarse el lapso de duración o disolverse anticipadamente cuando así lo decida la Asamblea de Accionistas. DEL CAPITAL, DE LAS ACCIONES Y LOS ACCIONISTAS QUINTA: El capital social de la Empresa es de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (BS. 5.000.000,00) divididos en QUINIENTAS (500) ACCIONES valoradas en la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (BS. 10.000,00) cada una, no convertibles al portador. El Capital ha sido suscrito y pagado de la siguiente manera: El accionista DE LOS SANTOS DIOGENES JOSE MARVAL TOVAR, suscribe DOSCIENTAS CINCUENTA (250) Acciones de DIEZ MIL BOLIVARES (BS. 10.000,00) cada una, habiendo pagado el cien por ciento (100%) de su valor, equivalente a la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 2.500.000,00) y la accionista YASMIRA ODALIS MELO ZAMORA suscribe DOSCIENTAS CINCUENTA (250) Acciones de DIEZ MIL

BOLIVARES (BS. 10.000,00) cada una, habiendo pagado el cien por ciento (100%) de su valor, equivalente a la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 2.500.000,00). El capital Social de la Empresa ha sido suscrito y pagado por los Accionistas en un cien por ciento (100 %), mediante el aporte de bienes que se especifican y cuantifican en el Informe de Compilación de Información Financiera, que forma parte de este documento. SEXTA: Las acciones son indivisibles y la Empresa reconocerá un solo propietario por acción Ellas representan el derecho de los Accionistas en la Empresa y cada acción da derecho a voto en las Asambleas, ya sean Ordinarias o Extraordinaria. SEPTIMA: Las acciones serán emitidas por la Empresa en Títulos representativos, según lo acuerde la administración de la empresa. En los aumentos de Capital, los accionistas tendrán derecho preferente para suscribir dichos aumentos, proporcionalmente al número de acciones

que cada uno posea en la Empresa. Los

accionistas antes de poder realizar cualquier enajenación o traspaso de sus acciones a terceros, deberán ofrecerlas previamente a los demás accionistas en forma escrita, quienes la adquirirán o en caso negativo, si no tuvieren interés en su adquisición, dejaran en libertad para que las adquiera un tercero. Los accionistas deberán ejercer el derecho preferente dentro de los Treinta (30) días siguientes, a partir del día de que se le haga la oferta escrita. Una vez transcurrido dicho lapso, sin que los accionistas hayan ejercido el derecho preferente, entonces los ofertantes podrán disponer libremente de dichas acciones y ofrecerlas a terceros. DE LA ADMINISTRACION DE LA EMPRESA OCTAVA: La Empresa será administrada y dirigida por una Junta Directiva compuesta por Un PRESIDENTE y Un DIRECTOR ADMINISTRATIVO elegidos por la Asamblea de Accionistas, pudiendo ser o no, accionista de la Empresa, quienes duraran Cinco (05) años en el ejercicio de sus cargos y vencido dicho lapso permanecerá en él hasta tanto se hiciere nueva elección o ratificación y la nueva autoridad tome posesión del cargo. Los integrantes de la Junta Directiva

(PRESIDENTE y DIRECTOR ADMINISTRATIVO) al

entrar en el ejercicio de sus funciones depositaran Dos (02) acciones en la caja Social de la Empresa, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 244 del Código de Comercio. NOVENA: El PRESIDENTE tendrá las más amplias facultades de administración y representación de la Empresa, pudiendo obrar en su nombre ante cualquier ente público o privado, obligando a esta con su firmas, pero para aquellos actos que excedan de la simple administración de los bienes de la Empresa, deberá contar con la aprobación del Setenta y Cinco por Ciento (75 %) del Capital Social, para que sus actos sean válidos.

Entre las facultades y atribuciones del PRESIDENTE están las siguientes: A) Celebrar todo tipo de contratos en general; B) Designar, contratar y despedir empleados trabajadores C) Abrir, movilizar, cerrar cuentas bancarias, D) Librar, aceptar, avalar, endosar, descontar y protestar letras de cambio, cheques, pagares y cualquier título de cambio o crédito; E) Constituir fianzas, avales e hipotecas; F) Constituir, ceder, enajenar no adquirir gravámenes sobre bienes de la Empresa; G) Ejecutar todos los actos de la Empresa, firmando por la misma y obligándola, con facultades para recibir dinero y títulos valores que lo representen y contengan, expedir los respectivos recibos y finiquitos de cancelación; H) Firmar documentos y protocolos originales por ante cualquier entidad pública o privada; J) Convenir, desistir, transigir en juicios o fuera de él; K) Designar apoderados judiciales; L) Firmar y obligar a la Empresa en cualquier clase de pagarés, cartas de crédito y otras operaciones mercantiles; M) representar a la Empresa judicial o extrajudicialmente, darse por citado y/o notificado en juicio, cualquiera sea su materia, N) Presidir todas las Asambleas de Accionistas y en general realizar cuantos Actos que considere útiles y necesarios para la defensa de los intereses de la Empresa. El DIRECTOR ADMINISTRATIVO suplirá las ausencias del PRESIDENTE. DE LAS ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS DECIMA: Las asambleas se dividen en Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias se reunirán una vez al año, dentro de los noventa (90) días siguientes al término del ejercicio fiscal inmediatamente anterior y en ellas se deliberara respecto a los puntos indicados en el Articulo 275 del Código de Comercio o cualquier otro asunto de interés para la empresa y sea considerado conveniente para ser sometido a las deliberaciones. Las asambleas Extraordinarias se reunirán cada vez que la Empresa lo considere pertinente. Las asambleas deben ser convocadas por el Presidente con Cinco (05) días de anticipación, por lo menos al día fijado para la celebración. La notificación será escrita y deberá enunciar el objeto de la misma Este requisito puede ser omitido cuando estén presente los accionistas que cuyas acciones representen la totalidad del capital social. Los accionistas pueden hacerse representar en las Asambleas mediante Poder otorgados a terceras personas. DEL COMISARIO

DECIMA PRIMERA: La Empresa tendrá un (01) Comisario, quien se regirá por las disposiciones contenidas en el Código de Comercio. Será designado por la asamblea de accionistas y durara Cinco (05) años en el ejercicio de sus funciones, contados a partir de su nombramiento, no obstante permanecerá en su cargo hasta tanto la Asamblea de accionistas decida acerca de su reelección o sustitución, conforme a las disposiciones legales.. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: Se elige para integrar el primer periodo de la Junta Directiva: PRESIDENTE: DE LOS SANTOS DIOGENES JOSE MARVAL TOVAR y DIRECTOR

ADMINISTRATIVO:

YASMIRA

ODALIS

MELO

ZAMORA,

antes

identificados, y como Comisario es designada la Lcda. NELALEX DEL VALLE LEON SALAZAR, Contador Público, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.520.978, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos, bajo el N° 107.922.

CLAUSULA DECIMA

TERCERA: En todo lo no previsto en el presente instrumento se aplicaran las disposiciones contenidas en el Código de Comercio y demás Leyes de la República Bolivariana de Venezuela que le fueren inherentes. CLAUSULA DECIMA CUARTA: La Asamblea autoriza suficientemente a NOEMY SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.524.729 para realizar la participación de la decisión tomada en este acto, por ante el Registro Mercantil Judicial pertinente, así como solicitar la publicación de la misma. Nosotros, DE LOS SANTOS DIOGENES JOSE MARVAL TOVAR y YASMIRA ODALIS MELO ZAMORA anteriormente identificados, BAJO FE DE JURAMENTO declaramos que: Los capitales, bienes, haberes valores o títulos del acto jurídico de esta constitución de Compañía Anónima proceden de actividades licitas, lo cual puede ser confirmado por los organismos competentes y no tienen relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes valores o títulos que se consideren

producto de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la Ley

Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y/o en la Ley Orgánica de Drogas. No existiendo más puntos que tratar, se dio por terminada la Asamblea y leída la presente Acta Constitutiva de "EL BODEGON DE MARVAL C.A.", firman todos los presentes en señal de conformidad en El Triunfo, Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro.

DE LOS SANTOS DIOGENES MARVAL

YASMIRA ODALIS MELO ZAMORA

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