REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. -Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores en empresas comerciales, más de 10 trabajadores en empresas industriales y más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales debe adoptar el reglamento. -El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores
CONTENIDO -Indicación del empleador y del establecimiento. -Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba. -Trabajadores accidentales o transitorios. -Horas de entrada y salida de los trabajadores -Horas extras y trabajo nocturno, su autorización, reconocimiento y pago. -Días de descanso legalmente obligatorio, vacaciones remuneradas, permisos, comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica. -Salario mínimo legal o convencional. -Lugar, día, hora de pago y periodo que lo regula. -Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre. -Prescripciones de orden y seguridad.
CONTENIDO -Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones para prestar primeros auxilios en caso de accidente. -Orden jerárquico de los representantes del empleador -Especificaciones de las labores que no deben ejercitar las mujeres y los menores de 16 años. -Normas especiales que se deben guardar en las clases de labores. -Obligaciones y prohibiciones especiales para el patrono y los trabajadores. -Escala de faltas y sanciones disciplinarios. -Las personas ante quienes se deben presentar los reclamos de personal y tramitación de estos. -Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias. -Publicación y vigencia del reglamente.
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Todo empleador o empresa está obligado a suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y salud de los empleados, hacer y/o practicar los exámenes médicos a su personal y adoptar las medidas de higiene y seguridad indispensables para la protección de la vida, salud y la moralidad de los trabajadores a su servicio.
Los empleadores que tengan a su servicio 10 o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, y someterlo a revisión del Ministerio de la Protección Social a más tardar dentro de los tres meses siguientes a la iniciación de labores.
CONTENIDO -Protección e higiene personal de los trabajadores. -Prevención de accidentes y enfermedades. -Servicio médico, sanidad del establecimiento y sala-cunas en su caso. -Prohibición de facilitar alojamiento en edificios de industrias peligrosas e insalubres. -Provisión de sillas para trabajadores de tiendas, boticas, fábricas, talleres y establecimientos similares. -Elementos de Protección -Normas especiales, cuando se trate de empresas mineras y petroleras. -Medidas de seguridad en las empresas de energía eléctrica, en los depósitos de explosivos de materias inflamables y demás elementos peligrosos. -Higiene en las empresas agrícolas, ganaderas y forestales.
REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Una vez aprobado el reglamento por parte del Ministerio de la Protección Social, el empleador debe mantenerlo fijado en dos lugares visibles del local del trabajo.
Muchas gracias por su atención FIN