2009-03-03 Nuevas Medidas Para El Empleo

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2 de marzo de 2009

NUEVAS MEDIDAS PARA EL MANTENIMIENTO Y LA GENERACIÓN DE EMPLEO

El Gobierno y los Interlocutores Sociales han analizado y valorado un conjunto de medidas contenidas en la Propuesta hecha por el Gobierno para:

ƒ ƒ

Dar una COBERTURA adecuada a los trabajadores desempleados

Frenar la destrucción de empleo, favoreciendo el MANTENIMIENTO de los empleos actuales

Estas actuaciones tendrán un carácter

ƒ

Impulsar el proceso de generación de NUEVOS puestos de trabajo.

urgente y extraordinario para el año 2009.

El Gobierno promoverá las modificaciones legislativas necesarias para que las medidas se puedan aplicar en el plazo más breve posible. A tal fin, el próximo Consejo de Ministros estudiará un informe sobre todas ellas.

COBERTURA A LOS DESEMPLEADOS

EL

GOBIERNO

adquiere el compromiso de incrementar las dotaciones presupuestarias en la cuantía necesaria para garantizar el derecho de los trabajadores desempleados al cobro de las prestaciones por desempleo.

1/6

MEDIDAS DEL GOBIERNO PARA MANTENER Y GENERAR EMPLEO

™ NUEVA LÍNEA ICO-LIQUIDEZ NUEVA LÍNEA ICO PARA MEDIANAS EMPRESAS

 EL GOBIERNO creará una nueva y específica línea ICOLiquidez para medianas empresas. >

El objetivo es facilitar la continuidad de la actividad económica de las medianas empresas y el mantenimiento de sus puestos de trabajo.

A las medidas de apoyo a las PYMES puestas ya en marcha por el Gobierno, se añade ahora esta PARA AYUDAR A QUE A LAS MEDIANAS EMPRESAS PUEDAN HACER FRENTE A SUS PROBLEMAS DE LIQUIDEZ Y MANTENGAN SU ACTIVIDAD Y EL EMPLEO

2/6

™ NOVEDADES EN LOS ERE* 1. Reposición

de las prestaciones por desempleo para los trabajadores sujetos a regulaciones temporales de empleo.

 La prestación por desempleo consumida por un trabajador como consecuencia de un ERE le será REPUESTA. >

Se fija en 90 días el periodo máximo de reposición para los casos de suspensión temporal de contrato, si el trabajador ha agotado su derecho a paro.

 En el caso de que el trabajador afectado por un ERE sea finalmente DESPEDIDO. >

(HASTA AHORA, NUNCA SE HA HECHO ESA REPOSICIÓN)

Ejemplo: Un trabajador que tenga acumulado un derecho a paro de 4 meses y se vea afectado por una suspensión de contrato por ERE de 3 meses, cuando se reincorpore a la empresa no habrá consumido 3 de los 4 meses de derecho a paro que tenía antes del ERE, sino que seguirá teniendo sus 4 meses íntegros, porque se le reponen 90 días de los consumidos. Además, al reincorporarse a su puesto tras el ERE, seguirá generando derecho a prestación.

El periodo máximo de reposición de la prestación por extinción de contrato será de 120 días.

ƒ

2. Bonificación en las

cuotas empresariales a la seguridad social durante situaciones de desempleo derivadas

de ERES temporales.

Los límites de 90 y 120 días han sido fijados por ser la media de duración de suspensión de contratos en los ERES.

 Cuando una empresa suspenda los contratos o reduzca temporalmente la jornada de trabajo por un ERE temporal tendrá derecho a: >

una bonificación del 50% DE LA CUOTA EMPRESARIAL a la Seguridad Social, de los trabajadores afectados por el ERE.

3. Se mantendrán vigentes los Convenios

con la Seguridad Social, derivados de ERES para quienes, en ese período, realicen una

actividad económica.

(HASTA AHORA, SI UN TRABAJADOR SUJETO A UN ERE SE IBA A TRABAJAR A OTRA EMPRESA, PERDÍA LAS CONDICIONES PACTADAS EN EL ERE)

 Esto significa que los trabajadores afectados por ERES, puedan compatibilizar está situación con la realización de actividades que coticen a la Seguridad Social. Ejemplo: Un trabajador, afectado por un ERE de 3 meses, puede trabajar parte o todo ese tiempo en otra empresa, sin perder sus derechos.

*Expedientes de Regulación de Empleo

EL OBJETIVO DE LOS ERE ES GARANTIZAR LA

CONTINUIDAD DEL TEJIDO PRODUCTIVO Y DE LOS PUESTOS DE TRABAJO

3/6

™ CONTRATAR A UN DESEMPLEADO QUE COBRE PRESTACIÓN TENDRÁ UNA BONIFICACIÓN DEL 100% DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La empresa

que contrate a un trabajador en desempleo que perciba prestación,

 El objetivo de esta nueva medida es CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES PERCIBEN PRESTACIÓN.

>

podrá bonificarse

el 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social de ese trabajador

ES UNA MEDIDA VOLUNTARIA A OPCIÓN DEL TRABAJADOR, QUE MANTENDRÁ SUS DERECHOS

EN

FACILITAR LA DESEMPLEO QUE

La empresa podrá aplicarse esta bonificación hasta alcanzar como máximo el equivalente del importe de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir a la fecha de entrada en vigor del contrato.

ƒ

Con el límite máximo de 3 años.

>

El trabajador objeto de esta medida debe de llevar al menos 3 meses en situación de desempleo.

>

El contrato debe de ser indefinido y el empleo debe de mantenerse un mínimo de 1 año.

>

Si se produce el despido con anterioridad, el empresario se verá obligado a devolver las bonificaciones que hubiera realizado.

¿ES COMO SI EL TRABAJADOR SE COMPRARA SU PUESTO DE TRABAJO?

NO, porque el trabajador no pierde los derechos de prestación por desempleo que tuviera al ser contratado con esta medida. En caso de ser despedido, LOS MANTENDRÍA ÍNTEGROS.

LAS POLÍTICAS PASIVAS SE CONVIERTEN EN POLÍTICAS ACTIVAS PARA QUE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS ACCEDAN A UN PUESTO DE TRABAJO.

LA MEDIDA FAVORECE LA CONTRATACIÓN FRENTE A LOS PARTIDARIOS DE FAVORECER EL DESPIDO

4/6

™ NINGUNA EMPRESA VIABLE Y SOLVENTE DEBERÁ CERRAR POR NO PODER HACER FRENTE A PAGOS A LA SEGURIDAD SOCIAL Se establecen

 El objetivo es favorecer el mantenimiento del empleo mediante

condiciones especiales de aplazamiento para el pago de cuotas a la Seguridad Social

la

concesión

a

las

empresas

de

aplazamientos de los pagos de las cuotas de la Seguridad Social, durante el año 2009. >

ESTA MEDIDA TIENE CARÁCTER COYUNTURAL

Por eso, la flexibilidad en la concesión de tales aplazamientos quedará condicionada al compromiso, por parte de las empresas, del

mantenimiento del empleo existente.

LA SEGURIDAD SOCIAL APORTA TODAS LAS FACILIDADES PARA QUE LAS EMPRESAS VIABLES Y SOLVENTES CONTINUEN SU ACTIVIDAD Y MANTENGAN LOS PUESTOS DE TRABAJO

™ IMPULSO DE LA CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL Se aumenta la

 El porcentaje de bonificación será un 30 por ciento más

cuantía de las bonificaciones, si los contratos son a tiempo parcial

Y se incentiva proporcionalmente más el contrato a tiempo parcial frente al contrato de jornada completa.

que la jornada pactada en el contrato, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar el 100%. Jornada 20% 40% 50% (media jornada) 70%

 Los trabajadores a tiempo parcial, con jornadas muy reducidas, se considerarán desempleados a efectos del

programa de fomento de empleo. >

Actualmente sólo pueden acogerse a las bonificaciones de la contratación quienes se encuentren en desempleo absoluto.

ƒ ESTA MEDIDA SE MANTENDRÁ, AÚN TRAS SUPERARSE LA CRISIS

% bonificación 50 % 70 % 80 % 100 %

>

Ahora un trabajador que tenga un contrato a tiempo parcial con una jornada inferior al 33%, no se ve favorecido por las bonificaciones pues no se encuentra en desempleo absoluto.

Se estudiará la mejora de la protección social del contrato a tiempo parcial, especialmente en lo que se refiere a la prestación por jubilación.

EL OBJETIVO ES AUMENTAR LAS OPORTUNIDADES DE ACCEDER AL EMPLEO 5/6

OTRAS MEDIDAS EN APOYO DE LOS DESEMPLEADOS

REFORZAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO

™

Para mejorar la atención a las personas desempleadas y la eficacia de los Servicios Públicos de Empleo, se están introduciendo MEJORAS TECNOLÓGICAS Y AUMENTANDO LAS PLANTILLAS.

™



Se están incorporando cambios tecnológicos en el Servicio Público de Empleo Estatal, para ampliar la tramitación electrónica de prestaciones por desempleo y agilizarlas al máximo posible.



Se han incorporado ya 1.415 nuevos trabajadores al Servicio Público de Empleo Estatal



A lo largo de 2009, está prevista la incorporación de 900 personas más.



Asimismo, en los Servicios de Empleo Autonómicos, se han incorporado 1.500 profesionales, para garantizar el mantenimiento de la construcción de itinerarios profesionales y poder ajustar los procesos de oferta y demanda de empleo.

MEJORA DEL ACCESO A LOS SUBSIDIOS POR DESEMPLEO Se elimina el periodo de espera exigido para el acceso a los subsidios por desempleo

 Actualmente una persona desempleada espera un mes desde que se le acaba la prestación contributiva hasta que recibe el subsidio por desempleo. Esta situación genera períodos de desprotección, que en los momentos actuales, cobran especial significación.

>

AL ELIMINAR ESE REQUISITO, EL COBRO DEL SUBSIDIO SERÁ PRÁCTICAMENTE INMEDIATO

Esta medida favorece a todos los beneficiarios del subsidio por desempleo: los que agotan la prestación por desempleo de nivel contributivo, los emigrantes retornados, los declarados capaces tras la revisión de su invalidez y los mayores de 52 años.

NUEVAS ACTUACIONES REVISIÓN EN DICIEMBRE DE 2009

ª

Las medidas serán evaluadas en diciembre de 2009, para valorar la posibilidad de prorrogarlas en función de las circunstancias. >

Salvo las bonificaciones para contratos a tiempo parcial, que son medidas de carácter definitivo.

ª

Continuará la negociación de las materias previstas en las diferentes mesas de Diálogo Social y queda abierta la posibilidad de plantear nuevas actuaciones que el Gobierno y los Agentes Sociales consideren necesarias, para contribuir al INICIO DE LA RECUPERACIÓN y avanzar en el objetivo de más y mejor empleo. 6/6

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