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Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual en la Modalidad ANPE. _______________________________________________________________________________________________

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS DE GESTIÓN PÚBLICA

MODELO DE DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA



CONSTRUCCION UNIDADES EDUCATIVAS MONSEÑOR CLETO LOAYZA Y FRANZ TAMAYO MUNICIPIO DE LLALLAGUA” (Supervisión Técnica del Proyecto)

Aprobado Mediante Resolución Ministerial N° 751 de 27 de junio de 2018 Elaborado en base al Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios

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Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual en la Modalidad ANPE. _______________________________________________________________________________________________

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CONTENIDO NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN ................................................................. 3

2

PROPONENTES ELEGIBLES ............................................................................................................................... 3

3

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ................ 3

4

GARANTÍAS ............................................................................................................................................................. 3

5

RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS .................................................................................... 4

6

CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES ................................................... 5

7

DECLARATORIA DESIERTA ................................................................................................................................ 6

8

CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....................... 6

9

RESOLUCIONES RECURRIBLES ....................................................................................................................... 6

10

DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE ................................................................. 6

11

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS...................................................................................................................... 7

12

APERTURA DE PROPUESTAS ........................................................................................................................ 8

13

EVALUACIÓN DE PROPUESTAS ................................................................................................................... 8

14

EVALUACIÓN PRELIMINAR ........................................................................................................................... 8

15

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO. .... 8

16

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD ....................................................................... 8

17

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO ........................................... 8

18

CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN .............................................. 9

19

ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA ...................................................................................... 9

20

SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO .................................................................................................. 10

21

MODIFICACIONES AL CONTRATO ............................................................................................................ 11

22

CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO .............................................................................................................. 11

23

CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN .......................... 13

24 CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA ............................................................................................................................................................... 14

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PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES 1

NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de Servicios de Consultoría Individual se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).

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PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes: a) Personas naturales con capacidad de contratar. b) Empresas consultoras, legalmente constituidas en Bolivia. c) Asociaciones Accidentales entre empresas consultoras legalmente constituidas en Bolivia.

3

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 3.1

Inspección Previa El proponente deberá realizar la inspección previa en la fecha, hora y lugar, establecidos en el presente DBC; en caso de que el proponente no realice dicha inspección se da por entendido que el mismo acepta todas las condiciones del proceso de contratación y de las condiciones del contrato.

3.2

Consultas escritas sobre el DBC Cualquier potencial proponente podrá formular consultas escritas dirigidas al RPA, hasta la fecha límite establecida en el presente DBC.

3.3

Reunión Informativa de Aclaración La Reunión Informativa de Aclaración se realizará, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación. Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión Informativa de Aclaración. Al final de la reunión, la entidad convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de Reunión, Informativa de Aclaración, suscrita por los representantes de la Unidad Administrativa, Unidad Solicitante y los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de éstos últimos.

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GARANTÍAS De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. 4.1

Las garantías requeridas, de acuerdo con el objeto, son: a) Garantía de Seriedad de Propuesta. La entidad convocante, cuando lo requiera, podrá solicitar la presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta,

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sólo para contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). b) Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato, equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. c) Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. En caso de convenirse anticipo, el proponente deberá presentar una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo otorgado. El monto total del anticipo no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. 4.2

Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando: a) El proponente decida retirar su propuesta con posterioridad al plazo límite de presentación de propuestas. b) Se compruebe falsedad en la información declarada en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) c) Para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). d) El proponente adjudicado no presente, para la suscripción de contrato, uno o más de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), salvo que hubiese justificado oportunamente el retraso, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad. e) El proponente adjudicado desista, de manera expresa o tácita, de suscribir el contrato en el plazo establecido, salvo por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.

4.3

Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta. La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de la: a) Notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. b) Notificación de la Resolución que resuelve el Recurso Administrativo de Impugnación, si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). c) Comunicación del proponente rehusando aceptar la solicitud de la entidad convocante sobre la extensión del periodo de validez de propuestas. El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato. d) Notificación de la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. e) Notificación de la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. f) Suscripción del contrato con el proponente adjudicado.

4.4

El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de: Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.

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RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS

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5.1

Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.

5.2

Las causales de descalificación son:

a) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). b) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. c) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. d) Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica establecida en el Formulario B-1, existiera una diferencia absoluta superior al dos por ciento (2%), entre el monto expresado en numeral con el monto expresado en literal, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. e) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo requerido establecido en el sub numeral 10.3 del presente DBC. f) Cuando el proponente no presente la Garantía de Seriedad de Propuesta, en contrataciones con Precio Referencial mayor a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), si ésta hubiese sido requerida. g) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. h) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta. i) Cuando el proponente presente dos o más propuestas. j) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras. k) Cuando la propuesta presente errores no subsanables. l) Si para la suscripción de contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). m) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitado por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 21.1 del presente DBC. n) Cuando el proponente adjudicado desista, de forma expresa o tácita, de suscribir el contrato. La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente. CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 6.1

Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes: a) b) c) d)

Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC. Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada. Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC. Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.

Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considerar otros criterios de subsanabilidad. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, estos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.

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Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato. 6.2

Se deberán considerar errores descalificación, los siguientes:

no

subsanables,

siendo

objeto

de

a) Ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC, salvo el Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. b) Falta de firma del Proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). c) Falta de firma del personal propuesto del Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-4) y del Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-5). d) Falta de la propuesta técnica o parte de ella. e) Falta de la propuesta económica o parte de ella, excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. f) Falta de presentación de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada. g) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta fuese emitida en forma errónea. h) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un monto menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere el cero punto uno por ciento (0.1%). i) Cuando la Garantía de Seriedad de Propuesta sea girada por un plazo menor al solicitado en el presente DBC, admitiéndose un margen de error que no supere los dos (2) días calendario. j) Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1) y/o la Garantía de Seriedad de Propuesta, si ésta hubiese sido solicitada. 7

DECLARATORIA DESIERTA El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 del Decreto Supremo Nº 0181.

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CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del Contrato mediante de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto Supremo Nº 0181.

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RESOLUCIONES RECURRIBLES Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 del Decreto Supremo Nº 0181; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII del Título I del Decreto Supremo Nº 0181.

10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE Todos los Formulario de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas. 10.1

Los documentos que deben presentar los proponentes son:

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a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o A-2b, según corresponda). c) Formulario Hoja de Vida del Proponente (Formulario A-3), para personas naturales. d) Formulario Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A4), para Empresas Consultoras. e) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-5), para Empresas Consultoras. f) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-6), para Empresas Consultoras. g) Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. h) Formulario de Propuesta Técnica, (Formulario C-1); i) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2); j) En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, ésta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de sesenta (60) días calendario y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad. 10.2

En el caso de Asociaciones Accidentales, los documentos deberán presentarse diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que corresponden a cada asociado. 10.2.1. La documentación conjunta a presentar, es la siguiente: a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2c). c) Formulario Hoja de Vida del Gerente (Formulario A-5). d) Formulario Hoja de Vida del Personal Clave (Formulario A-6). e) Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), excepto cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica. f) Formulario de Propuesta Técnica (Formulario C-1). g) Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2). h) En caso de requerirse la Garantía de Seriedad de Propuesta, ésta deberá ser presentada en original, equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del precio referencial de la contratación con una vigencia de sesenta (60) días calendario. Esta Garantía podrá ser presentada por uno o más empresas que conformarán la Asociación. En caso de aplicarse el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, la Garantía de Seriedad de Propuesta, será equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del presupuesto fijo determinado por la entidad. 10.2.2. Cada asociado, en forma independiente, deberá presentar la siguiente documentación de cada empresa que conformará la Asociación Accidental: a) Formulario de Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2d). b) Formulario de Experiencia General y Específica del Proponente (Formulario A4). La experiencia para Asociaciones Accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integran la Asociación. 10.3. La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas. 11 RECEPCIÓN DE PROPUESTAS

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11.1

La recepción de propuestas se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo.

11.2

La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado dirigido a la entidad convocante, citando el Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) y el objeto de la Convocatoria.

12 APERTURA DE PROPUESTAS Inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación procederá a la apertura de las propuestas, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificará los documentos presentado por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTO/NO PRESENTÓ, utilizando el Formulario V-1. El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes, así como los representantes de la sociedad que quieran participar. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta. 13 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La entidad convocante, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación: a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo. b) Calidad. c) Presupuesto Fijo. (APLICA) d) Menor Costo 14 EVALUACIÓN PRELIMINAR Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta y cuando corresponda la Garantía de Seriedad de Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente. 15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO. NO APLICA 16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD NO APLICA 17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO (APLICA) La evaluación tendrá una ponderación de setenta (70) puntos y se realizará de la siguiente forma: 17.1

Evaluación de la Propuesta Técnica

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La propuesta técnica contenida en los Formulario C-1, A-3, A-4, A-5 y A-6 según corresponda a personas naturales o empresas consultoras, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1, A-3, A-4, A-5 y A-6 según corresponda a personas naturales o empresas consultoras, y C-2, utilizando el Formulario V-3 correspondiente. Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas. El Responsable de Evaluación o Comisión de Calificación, recomendará la adjudicación de la propuesta que obtuvo la mejor calificación técnica (PTi). En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 18

MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN MENOR COSTO NO APLICA

19 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a) b) c) d) e) f)

Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.

20 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 20.1

El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.

20.2

En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES. Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.

20.3

Para contrataciones con montos mayores a Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el RPA deberá adjudicar o declarar desierta la contratación mediante

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20.4

Resolución, para contrataciones menores a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta. a) El Documento de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información: Nómina de los participantes y precios ofertados, cuando corresponda. b) Los resultados de la calificación. c) Identificación del proponente adjudicado, cuando corresponda. d) Causales de descalificación, cuando corresponda. e) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda. f) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.

20.5

El Documento o Resolución de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta, deberá ser publicado en el SICOES para efectos de comunicación.

21 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO 21.1

La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación y para contrataciones mayores a Bs200.000.(DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del día siguiente hábil al vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación. Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar. En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o más documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.

21.2

El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado RUPE. En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato. Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado RUPE presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES. Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS. El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la suscripción del contrato, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.

21.3

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Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la suscripción del contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada. En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación. 22 MODIFICACIONES AL CONTRATO El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, conforme lo previsto en el inciso a) del Artículo 89 de las NB-SABS. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. 23 SUBCONTRATACIÓN

Cuando la entidad haya definido la posibilidad de la subcontratación y el proponente lo haya previsto en su propuesta, el Supervisor podrá realizar las subcontrataciones necesarias hasta el veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, que le permitan dar cumplimiento a la ejecución del mismo, conforme lo establece el Artículo 87 Bis de las NBSABS. 24

PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La Supervisión Técnica deberá efectuarse cumpliendo con los términos de referencia, establecidos en el contrato suscrito y de sus partes integrantes, sujetas a la conformidad de la contraparte de la entidad contratante. 25 CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO 25.1

Una vez que la contraparte de la entidad emita su conformidad a la Supervisión Técnica, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades, la devolución de garantías, si corresponde y emisión del certificado de cumplimiento de contrato.

25.2

Los pagos por la Supervisión Técnica se realizarán contra prestación total o parcial del servicio previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el supervisor.

25.3

En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS Concepto: Es la interpretación que hace el Proponente de la problemática que se pretende solucionar con el servicio de supervisión técnica, demostrando el conocimiento que tiene del proyecto en particular. Contiene una interpretación y análisis de los Términos de Referencia, estableciendo y justificando claramente las coincidencias y desacuerdos con los mismos. Certificado de cumplimiento de contrato: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del Supervisor, que oficializa el cumplimiento del contrato, deberá contener como mínimo lo siguientes datos: Objeto del contrato, monto contratado y plazo. Costo del servicio: Es el costo de supervisión técnica que compromete todos los gastos financieros (directos e indirectos) de la supervisión de una obra. Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio, se convierte en parte contractual del mismo. Contratista: Es la empresa que ha sido contratada por una entidad para realizar una obra civil específica, de acuerdo a especificaciones técnicas, propuesta, plazo y monto detallados en un Contrato. Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la prestación de servicios de supervisión técnica, mediante convocatoria pública. Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de suscribir el contrato, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito. Enfoque: Es en términos amplios, la explicación de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización del servicio de supervisión técnica bajo criterios de coherencia y lógica, resaltando los aspectos novedosos o aspectos especiales que el Proponente ofrece para la realización del servicio. Fiscal de Obra: Es el profesional, funcionario de la entidad Contratante, o que ha sido contratado específicamente para representarla en la ejecución de una obra civil, en representación del Contratante ejerce seguimiento y control sobre el Supervisor. Metodología: Es la descripción de los métodos que empleará el Proponente, para lograr el alcance de trabajo en la ejecución del servicio de supervisión técnica ofrecido, incluyendo una descripción amplia como detallada de cómo el Proponente piensa llevar adelante la realización de cada tarea. Si el Proponente así lo considera, será conveniente resaltar cuál de los métodos planteados son novedosos y diferenciadores de la metodología propuesta. Objetivo y Alcance: Objetivo es la descripción concreta y tangible del fin último que persigue la entidad contratante luego de realizado el servicio de supervisión técnica. Alcance es la descripción detallada y ordenada de las actividades que el Proponente desarrollará para lograr el objetivo del trabajo en directa relación al logro de los resultados a ser entregados. Plan de Trabajo: Es la descripción de la secuencia lógica expresada en un cronograma de trabajo que tendrán las actividades del servicio y su interrelación con los resultados descritos en el alcance de trabajo con la organización, asignación de personal y equipamiento ofrecido, para llevar adelante la realización del servicio en el plazo ofertado. Precio del servicio o monto del contrato: El precio es el valor que las partes firmantes del contrato definen entre sí para la prestación de los servicios de supervisión técnica. Se establece a través de un presupuesto presentado en la propuesta del contratista. Proponente: Es la persona natural o jurídica que muestra interés en participar en el proceso de contratación. Supervisión Técnica: Es el servicio de consultoría del trabajo que realiza una persona natural o empresa para el Contratante. Este servicio consiste en el control por cuenta del Contratante para asegurarse que la ejecución de una obra civil sea realizada de acuerdo a las condiciones del Contrato y las especificaciones técnicas. Estos servicios también son llamados servicios de consultoría de acompañamiento. Supervisor: Es la empresa consultora o profesional independiente que ha sido o será contratada por el Contratante, para que realice un servicio de supervisión técnica de alguna obra civil específica.

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PARTE II INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN 26 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 1. DATOS DEL PROCESOS DE CONTRATACIÓN GOBIERNO AUTONOMO MUNICIAPL DE LLALLAGUA

Entidad Convocante

Apoyo Nacional a la Producción y Empleo - ANPE

Modalidad de contratación CUCE

-

-

Presupuesto Fijo

Menor Costo

Forma de Adjudicación

POR EL TOTAL

Lugar de Prestación del Servicio Garantía de Seriedad de Propuesta Garantía de Cumplimiento de Contrato (sólo en el caso de Consultoría por Producto)

Señalar con qué Presupuesto se inicia el proceso de contratación

-

Calidad Propuesta Técnica y Costo

X

Plazo para la ejecución de la Consultoría

-

Calidad

Método de Selección y Adjudicación

La contratación se formalizará mediante

-

001/ANPE/C/2019 Gestión

2019

“CONSTRUCCION UNIDADES EDUCATIVAS MONSEÑOR CLETO LOAYZA Y FRANZ TAMAYO MUNICIPIO DE LLALLAGUA” (Supervisión Técnica del Proyecto)

Objeto de la contratación

Precio Referencial

Código Interno que la Entidad utiliza para identificar el proceso

290.234,76 doscientos noventa mil doscientos treinta y cuatro con (76/100 BOLIVIANOS)

Contrato

480 días calendario Distritos Siglo XX y Villa 22 de Diciembre El proponente deberá presentar una Garantía equivalente al 0.5% del Precio Referencial de la contratación o el 0.5% del presupuesto fijo determinado por la entidad El proponente adjudicado deberá constituir la garantía del cumplimiento de contrato o solicitar la retención del 7% en caso de pagos parciales (aplicable sólo en el caso de Consultoría por Producto) X

Presupuesto de la gestión Presupuesto de la gestión

(el proceso se iniciará una vez promulgada la Ley del Presupuesto General del Estado de la

siguiente gestión)

Nombre del Organismo Financiador

#

Organismos Financiadores

1

% de Financiamiento

(de acuerdo al clasificador vigente)

Recursos Coparticipación Tributaria

100%

2

(*) Aplica sólo para Consultores Individuales de Línea

2. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los sig uientes datos:

AV. 10 DE NOVIEMBRE S/N.

Domicilio de la Entidad Convocante Encargado de atender consultas Teléfono

25822814

Fax

Horario de Atención de la Entidad

8:00 a 12:00 14:00 a 18:00

Nombre Completo

Cargo

Dependencia

Araceli Quiroz Loayza

Jefe de proyectos

Secretaria Municipal Técnica

25822814

Correo Electrónico

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3.

CRONOGRAMA DE PLAZOS

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio: 1. Presentación de propuestas: a) Para contrataciones hasta Bs.200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), plazo mínimo Cuatro (4) días hábiles.

2. Para contrataciones mayores a Bs.200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) hasta Bs1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS), plazo mínimo ocho (8) días hábiles. Ambos computables a partir del día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria; 2. Presentación de documentos para la suscripción de contrato, plazo de entrega de documentos no menor a cuatro (4) días hábiles); 3. Plazo para la presentación del Recurso Administrativo de Impugnación a la Resolución de Adjudicación o de Declaratoria Desierta, en contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS) hasta Bs1.000.000.- (UN MILLÓN 00/100 BOLIVIANOS) (en cuyo caso el cronograma deberá considerar tres (3) días hábiles computables a partir del día siguiente hábil de la notificación de la Resolución Impugnable). El incumplimiento a los plazos señalados precedentemente serán considerados como inobservancia a la normativa. El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: ACTIVIDAD 1.

FECHA

Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes

3.

2 3

Inspección previa (No es obligatoria) 3.

Consultas Escritas (No es obligatoria)

4.

Reunión Informativa de aclaración (No es obligatoria)

5.

Fecha límite de Presentación y Apertura de Propuestas

6.

Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA

7.

Adjudicación o Declaratoria Desierta

8.

Notificación de la adjudicación Declaratoria Desierta (fecha límite)

9.

Presentación de documentos para la suscripción de contrato.

10.

Suscripción de contrato.

o

HORA

LUGAR Y DIRECCIÓN

Día

Mes

Año

Hora

Min.

12

03

2019

14

00

Día

Mes

Año

Hora

Min.

18

03

2019

10

00

Día

Mes

Año

Hora

Min.

Día

Mes

Año

Hora

Min.

18

03

2019

11

00

Día

Mes

Año

Hora

Min.

2019

15 15

00 30

22

03

Día

Mes

Año

26

03

2019

Día

Mes

Año

22

04

2019

Día

Mes

Año

22

04

2019

Día

Mes

Año

30

04

2019

Día

Mes

Año

30

04

2019

UNIDAD DE PLANIFICACION STRIA MCPAL TECNICA

STRIA MCPAL TECNICA

STRIA DEL G.A.M.LL. SALON DEL G.A.M.LL.

27 CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA Los Términos de Referencia para el Servicio de Supervisión Técnica, son los siguientes:

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1. ANTECEDENTES

Considerando los pilares fundamentales del estado plurinacional de Bolivia, teniendo como instrumento del cumplimiento la Constitución Política Del Estado Plurinacional de Bolivia en su capítulo segundo artículo 17 y su capítulo sexto; sección I artículo 77 I. La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla, considerando por otra parte la ley Nº070 en su artículo 80 (nivel autonómico) numeral 2. Inciso a) responsables de dotar, financiar y garantizar los servicios básicos, infraestructura, mobiliario, material educativo y equipamiento de las Unidades Educativas de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, así como de las Direcciones Distritales y de Núcleo, en su jurisdicción. Tomando como base las normativas mencionadas líneas arriba el Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua prioriza la ejecución de infraestructuras educativas con el fin de apalear las necesidades latentes dentro en sector educativo en el municipio de Llallagua. Se Tiene un contrato de préstamo Nº073/2018 entre el FNDR- GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE LLALLAGUA, en donde el punto séptima del plan de inversiones se considera a la supervisión del proyecto.

2. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA 2.1. General Llevar a cabo la supervisión técnica del proyecto: “CONSTRUCCION UNIDADES EDUCATIVAS MONSEÑOR CLETO LOAYZA Y FRANZ TAMAYO MUNICIPIO DE LLALLAGUA”. Dentro la inversión fija, verificando el cumplimiento de los términos contractuales. 2.2. Específicos Controlar y realizar el seguimiento técnico, financiero a la ejecución de obras realizado por la empresa constructora, su dirección técnica, a fin de garantizar la correcta ejecución y culminación de la obra, así como una correcta interpretación de las especificaciones técnicas y administrativas según la “Guía de Supervisión de Obras” del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, Contrato y términos de referencia 3. ALCANCE DE LOS SERVICIOS

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Como representante autorizado del Contratante, el SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total por la supervisión adecuada de la obra y del contrato de construcción y la aplicación de medidas de mitigación en obra, a ser ejecutado por el CONTRATISTA. A nivel enunciativo y no limitativo el alcance del trabajo del SUPERVISOR es el siguiente: I) El SUPERVISOR deberá garantizar la correcta ejecución del proyecto, en cuanto a la ejecución de la inversión fija del proyecto. II) Conocer, de forma correcta y actualizada, los estados de situación del proyecto, en su proceso de ejecución. III) La amplitud del trabajo y las obligaciones del SUPERVISOR estarán de acuerdo con las necesidades del servicio a satisfacción del Contratante y deberán cubrir el alcance del trabajo propuesto. IV) El SUPERVISOR es el responsable de emitir la Orden de Proceder o Inicio de la construcción de las Obras. V) Previa a la Orden de Proceder de obras, la misma que será emitida por el SUPERVISOR y durante el periodo de construcción, el SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total sobre una minuciosa revisión y complementación del Proyecto. a. El Servicio incluirá una minuciosa revisión de la documentación y de los planos para la construcción proporcionados por el Contratante. En caso necesario, el SUPERVISOR deberá comunicar al Contratante las observaciones detectadas y entregar las posibles soluciones para que estas sean subsanadas, si las mismas no consideran modificaciones sustanciales al proyecto; caso contrario el Contratante deberá tomar las previsiones correspondientes de acuerdo a lo establecido por el supervisor el mismo se consulta con el GAM Llallagua - FNDR, para dar solución a la situación presentada. Delimitar los alcances de la consultoría; deberá indicarse brevemente cuál será el marco y los lineamientos del trabajo, sus características principales y los aspectos específicos que deberán ser abordados. La redacción deberá realizarse en tiempo futuro: deberá, realizará, analizará, etc.

4. ACTIVIDADES Las actividades específicas que desarrollará el Consultor Individual, sin ser limitativas, serán las siguientes: 1) El Servicio será ejecutado de acuerdo con las actividades previstas para cada componente. 2) Complementación de la información con una investigación cuidadosa de campo y la toma de muestras que considere necesarias. 3) Verificación de las condiciones geológicas y geotécnicas en la zona del proyecto a su cargo, con base a la obra e información a ser proporcionada por el GAM beneficiario. 4) Revisión, actualización y complementación de los planos generales y de detalle y memorias de cálculo de todas las estructuras, instalaciones, posiciones topográficas x-yz, elementos y/o partes y demás documentación necesaria para la construcción, procurando la mejor solución técnica para alcanzar o superar la calidad especificada. 5) Revisión de los volúmenes de obra (verificación de cómputos métricos) y concordancia con especificaciones técnicas y planos de obra del proyecto. 6) Revisión y aprobación de los métodos de construcción de las estructuras y otras partes de la obra, incluyendo encofrados y planos de taller preparados por la Empresa Contratista. 7) El SUPERVISOR asumirá la responsabilidad total por la revisión y complementación del proyecto, los ajustes necesarios y las correcciones adecuadas, el replanteo y la supervisión adecuada de la obra y del contrato de construcción a ser ejecutado por la Empresa Contratista. 8) Controlar el cumplimiento de las Normas de Seguridad Industrial, para los trabajadores de la Empresa Contratista, de acuerdo a disposiciones del Reglamento Operativo en su párrafo 5.34

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9) Verificación permanente de la aplicación de las mejores normas reconocidas y ética profesional por parte de la Empresa Contratista, en todas y cada una de las fases del trabajo. 10) Verificación de los puntos de referencia establecidos por la Empresa Contratista fuera de los límites de la Obra, en relación al estacado de los ejes. 11) Verificación de los controles de rasante, verticalidad, pendientes y niveles de las construcciones y estructuras, y de cualquier otro trabajo realizado por la Empresa Contratista. 12) Verificación de que la Empresa Contratista ha movilizado oportunamente a la obra, el personal y equipo ofertados en su propuesta y, en caso contrario, exigirle el cumplimiento de estos requisitos. 13) Verificación de que la Empresa Contratista ha empleado los materiales adecuados y exigidos en las Especificaciones Técnicas 14) Inspección permanente de la obra y ejecución de ensayos en forma directa o por laboratorios especializados para verificar que los trabajos son ejecutados en cantidad y calidad, de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas. 15) Verificación de los suministros y materiales en talleres y fábricas fuera del lugar de la obra y en oportunidad de su ingreso a la obra, además de su compatibilidad con el plazo previsto para su ejecución. 16) Revisión y verificación de los Precios Unitarios y documentos presentados por el Constructor para los pagos mensuales de avance de Obra y cumplimiento de las especificaciones técnicas. Certificación de los trabajos mensuales y recomendación mediante Informe escrito al CONTRATANTE para su pago. 17) Verificación comparativa del progreso de los trabajos con relación al cronograma de construcción por HITOS vigente e informe por escrito al CONTRATANTE. Cuando cualquier fase de la obra comience a retrasarse con relación al citado cronograma, recomendar oportunamente las medidas a tomarse para subsanar dicha demora. 18) Cuando se requieran cambios en el diseño, debido a condiciones que se revelen durante la construcción, el SUPERVISOR presentará oportunamente recomendaciones específicas por escrito al CONTRATANTE con relación a dichos cambios. Al recibo de la aprobación escrita, el SUPERVISOR realizará los diseños correspondientes introduciendo los cambios necesarios, cuya ejecución será ordenada a través de una orden de cambio que no modifica el costo total del proyecto. 19) Mediciones detalladas por ítem de los trabajos ejecutados para determinar los volúmenes de obra definitivos para el certificado final de pago. 20) Inspección de la Obra y recomendación por escrito al CONTRATANTE con relación a la recepción provisional y definitiva de la Obra. 21) Revisión y aprobación de los planos de obra concluida (planos as built), elaborados por la Empresa Contratista, los mismos que deben incluir todas las modificaciones efectuadas durante el período de construcción. 22) Presentación, a la fecha de Recepción Provisional, recomendaciones sobre el plan de operación y mantenimiento de la obra, incluyendo los recursos humanos, financieros y físicos requeridos para cumplir con las actividades de mantenimiento previstas en el diseño del proyecto y el mecanismo de control y seguimiento que será aplicado. 23) El SUPERVISOR entregará un plan de actividades de forma mensual al FISCAL del GAM, acorde a la programación de avances propuesto por el ejecutor de la obra, para hacer el control, seguimiento y/o readecuación de avance físico financiero del proyecto con el propósito de reducir al mínimo los retrasos de ejecución por parte de la Empresa Contratista. 5. PRODUCTOS ESPERADOS Se espera que el SUPERVISOR realice una administración técnica-financiera adecuada y minuciosa acorde a las buenas prácticas de la ingeniería durante la ejecución de las obras, en cumplimiento estricto a las tareas básicas y no limitativas descritas en el alcance de trabajo, así como la ejecución del plazo propuesto por la Empresa Contratista. Para ello el SUPERVISOR deberá permanecer en la obra al menos el 90% del tiempo de ejecución de la obra.

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Se espera que los productos de la consultoría, se encuentren a satisfacción del GAMLL. FNDR. Por las características del Servicio, se califica como producto, al control y seguimiento que realiza a la Empresa Contratista para la ejecución de la infraestructura del proyecto en su inversión fija. Libro de Órdenes Control de Planillas de Avance Reportes Mensuales de Avance de Obras Control y manejo de correspondencia del proyecto. Órdenes de Trabajo, Órdenes de Cambio y Ampliaciones de Plazo. Control de ensayos de laboratorio y de ensayos in situ Control topográfico Control y Preparación de Planos “as built” Actas de Entrega Provisional y Definitiva Informe de Cierre del Proyecto 6. DE LAS SANCIONES AL SUPERVISOR En caso de comprobarse incumplimiento al tiempo de permanencia en obra y/o a las obligaciones descritas en el presente documento, éste será sancionado a través del FISCAL DE GAM, de acuerdo al siguiente detalle: a. Primera falta amonestación escrita al supervisor. b. Segunda falta sanción económica del 4% del monto total del contrato c.

Tercera falta sanción económica del 6% del monto total del contrato.

Cuando la multa alcance el 10% del monto total de contrato, ésta se constituirá en causal de resolución de contrato. 7. INFORMES El consultor contratado deberá presentar los siguientes informes, los mismos deberán ser recibidos a satisfacción por el Ejecutor: 

7.1 INFORME INICIAL DE REVISIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PROYECTO

El SUPERVISOR deberá elaborar y presentar un informe inicial detallado en tres (3) ejemplares (fiscal GAM y Fondo Nacional de Desarrollo Regional, a los diez (10) días calendario computados a partir de la orden de proceder, conteniendo un Cronograma Global de Actividades de la Supervisión; asimismo deberá indicar una planificación adecuada de ejecución y la fecha de conclusión de los trabajos previstos en el proyecto. Este informe corresponde a la revisión del proyecto técnico referente al diseño final, debiendo incluir la revisión, verificación de sus componentes, memorias de diseño, dimensionamiento, detalles y métodos constructivos, sistemas y/o métodos utilizados, especificaciones técnicas, cómputos métricos, precios unitarios, montos de contrato, planos de construcción. Deberá contener un cronograma de obra acordado con la Empresa Contratista ajustado estrictamente a los plazos establecidos por el GAM Llallagua. En caso de reportarse errores o desajustes respecto al proyecto, el SUPERVISOR deberá presentar sus propuestas al respecto y deberá buscar soluciones técnicas que no modifiquen el costo total de las obras. Toda modificación del proyecto o nivel de servicio requiere la aprobación del (Fiscal GAMLL. Y FNDR) El Cronograma Global de Actividades, una vez aprobado, solamente podrá ser modificado previo análisis minucioso y aprobación escrita del (Fiscal, GAMLL y Fondo nacional de desarrollo Regional).

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7.2 INFORMES MENSUALES DE PROGRESO

Los informes mensuales de progreso ó avance de obra, serán presentados en tres (3) ejemplares (Fiscal, GAM y FNDR) dentro de los siete (7) días calendario transcurridos del mes siguiente. Dichos informes mensuales de Supervisión de Obras serán detallados y de fácil interpretación, conteniendo al menos los siguientes aspectos: i) Resumen ejecutivo de lo ejecutado y de los problemas encontrados en la ejecución de las obras. iii) Descripción general del proyecto indicando las actividades de supervisión, ubicación geográfica de las obras, características técnicas principales, volúmenes de obra, etc. iv) Progreso de la obra mediante descripción sucinta del avance alcanzado en los principales ítems de trabajo, versus lo programado, así como la ejecución financiera, en las principales actividades desarrolladas, versus las actividades programadas y la ejecución financiera. v) Con relación a la Empresa Contratista, un detalle sobre su planificación, capacidad del personal técnico responsable, equipo disponible en la obra indicando cantidad, calidad, estado y rendimiento observado, con una evaluación técnica de sus posibilidades de cumplimiento con el plan de trabajo dentro del cronograma de trabajo y el plazo contractual de conclusión de las obras del proyecto. Vi) Informe sobre el cumplimiento del Cronograma de Actividades. a)

Descripción del proceso de las obras ejecutadas, en comparación con el cronograma de trabajo contractual que fue alcanzado en los primeros días, sobre los principales ítems ejecutados.

b)

Presentación de esquemas y/o gráficos que muestren el ritmo general del proceso de las obras, en comparación con el cronograma de trabajo vigente para cada una de los ítems ejecutados.

c)

Recomendaciones técnicas de importancia, si el caso es necesario para incrementar el rendimiento y/o ritmo de avance de la obra de los ítems previstos (punto vi), especialmente en aquellos que son considerados críticos para cumplir con el plazo contractual propuesto; reprogramando el incremento de equipo, personal calificado y/o especializado y modificaciones en los sistemas o procedimientos constructivos de las estructuras previstas en el proyecto.

d)

Información sobre las dificultades presentadas y/o que pueden anticiparse en el futuro y plantear las recomendaciones sobre las medidas que se debe tomar para disminuir los efectos con relación al avance de las obras.

e)

Informe sobre la provisión de materiales mencionando el grado de cumplimiento del plan de acopios y su relación con el plan de trabajos programados en función de estos.

f)

Describir la calidad de los trabajos ejecutados y los materiales incorporados en el mes, de cada parte de la obra.

vii) Descripción y relación del personal asignado por el SUPERVISOR para el control de las obras del proyecto, indicando el avance alcanzado en las actividades realizadas. viii) Control y seguimiento de la administración del Contrato, con relación a las Ordenes de Cambio u Órdenes de Trabajo impartidas y aprobadas y/o en trámite y previstas para la ejecución del proyecto. ix) Información financiera completa, con inclusión de los recursos disponibles y cuadros demostrativos de progreso o dificultad presentada, con asignaciones establecidas, gastos de construcción e ingeniería obtenidos en el mes y acumulados, curva y/o diagrama de flujo de fondos desembolsados versus lo previsto. x) Resumen de la correspondencia cursada durante la ejecución de las obras de mayor trascendencia, entre el SUPERVISOR, la Empresa Contratista, FISCAL Municipal

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adicionando además una copia del Libro de Órdenes del período al que corresponde el informe. xi) Presentar un informe fotográfico, mostrando cada parte de la actividad cumplida en la ejecución de las obras, con relación al mes anterior. xii) Presentar un resumen ejecutivo del informe, en no más de dos (2) páginas, en el que se describan los aspectos técnicos más importantes acontecidos durante la ejecución de las obras del proyecto en el mes correspondiente. xiii) Relación de los informes de ensayos realizados, ejecutados en el período en campo y laboratorio. xiv) Transcribir las observaciones relacionadas a la sustitución o ausencia del residente de obra (o anotar otro si es el caso) determinando las sanciones correspondientes. 

7.3 INFORMES ESPECIALES

Durante la ejecución de las obras, cuando se presenten aspectos o problemas que por su importancia tengan incidencia en el desarrollo normal de los trabajos de la obra, el SUPERVISOR deberá elevar un informe especial al FISCAL MUNICIPAL, mencionando los antecedentes de los problemas y planteando las recomendaciones y soluciones adecuadas, para que los involucrados analicen el contenido del informe, con el objeto de adoptar decisiones adecuadas y oportunas. En caso de presentarse una orden de cambio, el SUPERVISOR deberá emitir un informe de evaluación y verificación para respaldar la documentación enviada, dando su aprobación y solicitando su procesamiento. Adicionalmente, el SUPERVISOR como parte de sus actividades atenderá todo requerimiento necesario y especial presentado durante la ejecución de los trabajos, a través de los informes que sean requeridos por las instancias que participan en la ejecución del proyecto, para tomar acciones y efectuar las recomendaciones correspondientes. 

7.4 INFORME FINAL DEL CIERRE DEL PROYECTO

El SUPERVISOR está en la obligación de elaborar un informe final de conclusión de las obras del proyecto en tres (3) ejemplares. Este informe deberá comprender una descripción cronológica y detallada del proceso de construcción, los volúmenes y montos de obra ejecutados, la relación del personal, material y equipo utilizado, el cumplimiento y/o ampliación del plazo contractual, problemas encontrados y soluciones adoptadas, incluyendo además todo aspecto relevante ocurrido durante la construcción de las obras. Para su aceptación, el informe deberá estar acompañado de los planos finales de construcción de las obras (planos "as built") y los planes de Operación y mantenimiento del proyecto, elaborado por la Empresa Contratista. Junto al informe final, en Anexo, el SUPERVISOR deberá presentar un informe del grado de cumplimiento, los problemas que se han presentado y las medidas que se tuvieron que aplicar y señalar otros impactos que se presentaron y que no están dentro de las medidas establecidas. En términos generales especificar si se han cumplido con los objetivos del proyecto, y proponer recomendaciones que deben llevarse a cabo en la fase de producción de hortalizas en los invernaderos. El informe deberá contemplar un reporte fotográfico de todas las medidas implementadas de cada ítem del proyecto. Este informe será presentado al CONTRATANTE dentro de los 10 días siguientes a la recepción definitiva de la obra. El informe final deberá incluir el siguiente contenido como mínimo: i)

Antecedentes del proyecto (Proyecto, Comunidad, Municipio, Provincia, Departamento).

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ii) Antecedentes de la Empresa Contratista de Obras (Razón social, Director de Obra, equipo y maquinaria, contrato y otros), iii) Antecedentes de la Supervisión iv) Descripción del proyecto, magnitud y características principales de las obras. v) Estado Financiero inicial de las obras. Vi) Estado Financiero final de las obras. vii) Modificaciones y Órdenes de Cambio de las obras. viii) Plazos de ejecución y ampliaciones de las obras. ix) Problemas encontrados y soluciones adoptadas en las obras. x) Aspectos ambientales. xi) Calidad de los trabajos realizados por la Empresa Contratista de Obras. xii) Plan de operación y mantenimiento de la infraestructura. xiii) Planos de obra concluida (planos as built), elaborados por la Empresa Contratista xiv) Recepción Provisional y Definitiva de las Obras. xv) Conclusiones y Recomendaciones. 7.5 Aprobación de informes: El plazo máximo para la aprobación de informes por el GAM y el FNDR será de 10 días calendario a partir de la presentación del documento, si transcurrido este tiempo los fiscales de la consultoría no emite ninguna observación, el informe se considerará aprobado 7.6 Formato de presentación de informes El supervisor deberá elaborar y presentar los informes en tres (3) ejemplares (Fiscal, GAMLL Y FNDR, en lo posible deberá presentar una copia digital. 8.

LUGAR Y PLAZO La Supervisión se desarrollará en el distrito de Siglo XX Y Villa 22 de Diciembre de forma referencial, tendrá 480 DIAS CALENDARIO de plazo estimado para el desarrollo de la consultoría. Este plazo comprende desde el inicio de obras hasta la recepción definitiva de obras. En caso de que se le otorgue una ampliación de plazo a la empresa constructora, automáticamente se le ampliará el plazo al SUPERVISOR de obra. Las actividades del SUPERVISOR empiezan conjuntamente con el inicio de la ejecución de la Obra, para tal efecto el Supervisor deberá emitir la orden de proceder mediante el libro de Órdenes de Obra y la suscripción conjunta del Acta de Inicio de Obras. El plazo dentro del cual debe ser terminada la obra, será el estipulado en el contrato de obra. Sin embargo debe tomarse en cuenta que en el lapso que dure la ejecución de la obra, pueden presentarse circunstancias o razones que determinen que el plazo contractual puede ser ampliado, considerándose como causas sustentables las siguientes: i) Condiciones atmosféricas extremadamente adversas dentro o fuera del periodo de lluvias, que imposibiliten materialmente la ejecución normal de las obras. ii) Para acreditar esta situación, el SUPERVISOR, a solicitud del Contratista, dentro del plazo de cinco (5) días calendario subsiguiente a la solicitud, deberá emitir la certificación escrita, con la cual la Empresa Contratista presentará la solicitud de ampliación de plazo. La certificación deberá establecer qué actividades de la programación en ejecución no pudieron ser cumplidas y si los días efectivos de condiciones atmosféricas determinaron que en el o los días subsiguientes no se hubiese podido realizar la actividad programada. iii) Por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados con documentos y aprobados por el SUPERVISOR. iv) Por desastres naturales en el lugar de las obras o que impidan a la misma el acceso del personal, equipo, materiales o suministros logísticos necesarios para la continuación de los trabajos.

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v) Por incremento necesario en las cantidades de obra que determinen un lapso mayor de actividad del Contratista, previa compensación con las cantidades de obra que pudiesen haber sido reducidas. Dicho incremento deberá estar autorizado mediante una Orden de Cambio sustentada técnica y económicamente. Toda solicitud o reclamo de ampliación de plazo de contrato deberá ser presentada por escrito dentro de los Dies (10) días calendario subsiguientes a que se haya producido el hecho. La Empresa Contratista deberá justificar razonablemente ante el SUPERVISOR, el lapso de ampliación que requiere, sin cuyo requisito la solicitud de ampliación no podrá ser considerada por el SUPERVISOR ni por el Contratante. A objeto de la ampliación de plazo, el SUPERVISOR según el análisis de la documentación presentada, elaborará la respectiva Orden, junto a un informe específico sobre la procedencia de la ampliación de plazo. En caso de improcedencia de la solicitud, el SUPERVISOR emitirá un informe para conocimiento del Contratante vía Fiscal de Obra, a objeto de que con su aceptación el SUPERVISOR curse la respectiva carta de respuesta. 9. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN El trabajo de consultoría estará supervisado por el Fiscal del GAMLL y FNDR. 10. PERFIL REQUERIDO DE LA CONSULTORA La consultora debe contar con el siguiente perfil mínimo. Todos los requerimientos son factores de habilitación. 10.1. GERENTE DE LA CONSULTORA:



FORMACIÓN

CARGO A DESEMPEÑAR

CANTIDAD DEL PERSONAL TÉCNICO

CARGO SIMILAR (*) Acreditar al menos 2 años de experiencia general, con

1

Ing. Civil o Arquitecto

Gerente

1

los siguientes cargos similares: a. Gerente de Obra b. Residente de Obra c. Director de Obra d. Supervisor de Obra e. Fiscal de Obra f. Otro cargo similar en obra

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Acreditar experiencia profesional específica de al menos 1 años los siguientes

cargos similares: a. Gerente de Obra b. Residente de Obra c. Director de Obra d. Supervisor de Obra e. Fiscal de Obra Otro cargo similar en obra

(*)Cargo Similar, los cargos similares especificados deben haber sido ejercidos de acuerdo a las Construcciones de Obra. En caso de ser adjudicado La Empresa, y el cambio de residente de obra, la empresa será sancionada con el 1.5 % del total del contrato. NOTA.- considerando las obras en las cuales el profesional haya desempeñado cargos similares o superiores durante los últimos 10 años. El profesional deberá adjuntar fotocopia simple de respaldo Carnet de Identidad, Titulo en provisión Nacional, los certificados o actas de recepción definitiva de cada obra. También deberá contar con el sello del profesional y certificado de la SIB o COLEGIO.

10.2. FORMACIÓN PROFESIONAL CLAVE



FORMACIÓN

CARGO A DESEMPEÑAR

CANTIDAD DEL PERSONAL TÉCNICO

CARGO SIMILAR (*) Acreditar al menos 2 años de experiencia general, con

1

Ing. Civil o Arquitecto

Residente de Obra

2 1 para cada Unidad Educativa

los siguientes cargos similares: g. Gerente de Obra h. Residente de Obra i. Director de Obra j. Supervisor de Obra k. Fiscal de Obra l. Otro cargo similar en obra

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Acreditar experiencia profesional específica de al menos 1 años los siguientes

cargos similares: f. Gerente de Obra g. Residente de Obra h. Director de Obra i. Supervisor de Obra j. Fiscal de Obra Otro cargo similar en obra

(*)Cargo Similar, los cargos similares especificados deben haber sido ejercidos de acuerdo a las Construcciones de Obra. En caso de ser adjudicado La Empresa, y el cambio de residente de obra, la empresa será sancionada con el 1.5 % del total del contrato. NOTA.- considerando las obras en las cuales el profesional haya desempeñado cargos similares o superiores durante los últimos 10 años. El profesional deberá adjuntar fotocopia simple de respaldo Carnet de Identidad, Titulo en provisión Nacional, los certificados o actas de recepción definitiva de cada obra. También deberá contar con el sello del profesional y certificado de la SIB o COLEGIO.

10.3. FORMACION PROFESIONAL DE APOYO:



FORMACIÓN

CARGO A DESEMPEÑAR

CANTIDAD DEL PERSONAL TÉCNICO

CARGO SIMILAR (*) Acreditar al menos 1 años de experiencia general, con

1

Ing. Civil o Arquitecto

Profesional de apoyo

2 1 para cada unidad

los siguientes cargos similares: m. Gerente de Obra n. Residente de Obra o. Director de Obra p. Supervisor de Obra q. Fiscal de Obra r. Otro cargo similar en obra

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Acreditar experiencia profesional específica de al menos 0.5 años los

siguientes cargos similares: k. Gerente de Obra l. Residente de Obra m. Director de Obra n. Supervisor de Obra o. Fiscal de Obra Otro cargo similar en obra

(*)Cargo Similar, los cargos similares especificados deben haber sido ejercidos de acuerdo a las Construcciones de Obra. En caso de ser adjudicado La Empresa, y el cambio de residente de obra, la empresa será sancionada con el 1.5 % del total del contrato. NOTA.- considerando las obras en las cuales el profesional haya desempeñado cargos similares o superiores durante los últimos 10 años. El profesional deberá adjuntar fotocopia simple de respaldo Carnet de Identidad, Titulo en provisión Nacional, los certificados o actas de recepción definitiva de cada obra.

10.4 EXPERIENCIA DE LA CONSULTORA: 10.4.1 Experiencia General: La experiencia general será de 1 una vez al valor del monto propuesto para las obras el cual es un monto de 9.674.492,27 Bs. Con el siguiente detalle: (Paquete 1 CONSTRUCCIÓN U.E. MONSEÑOR CLETO LOAYZA; 2.947.446,82 dos Millones Novecientos Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis 82/100 bolivianos) (Paquete 2 CONSTRUCCIÓN U.E. FRANZ TAMAYO; 6.727.045,45 Bs. Seis Millones Setecientos Veintisiete Mil Cuarenta y Cinco con 45/100 Bolivianos)

NOTA.- La experiencia de la consultora será computada considerando los contratos de obra ejecutados durante los últimos 10 años. La consultora deberá adjuntar fotocopia simple de respaldo los certificados o actas de recepción definitiva de cada obras. 10.4.2 Experiencia Específica: La experiencia especifica en obras similares debe ser 0.5 veces del monto propuesto para las obras el cual es un monto de 9.674.492,27 Bs. NOTA.- La experiencia de la consultora será computada considerando los contratos de obra ejecutados durante los últimos 10 años. La consultora deberá adjuntar fotocopia simple de respaldo los certificados o actas de recepción definitiva de cada obras. 10.4.2.1 OBRAS SIMILARES se consideran obras similares las siguientes: Edificaciones. Se consideran similares a todas las siguientes obras: • Edificios • Hospitales • Centros de salud

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Centros educativos Centros sociales y comerciales Instalaciones deportivas y recreativas Terminales Viviendas de interés social, unifamiliares y multifamiliares Galpones y hangares Remodelaciones y restauraciones

• • • • • • •

10.5

EQUIPO MINIMO REQUERIDO:

PERMANENTE N°

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

1

vehículo 4x4 Equipo de computadora portátil o de escritorio

PZA

1

PZA

2

3

impresoras a de tinta o polvo de color

PZA

2

4

Taquímetro

PZA

2

5

Estaciones totales

PZA

1

2

CANTIDAD

POTENCIA

CAPACIDAD

POTENCIA

CAPACIDAD

6 DE ACUERDO A REQUERIMIENTO N°

DESCRIPCIÓN

UNIDAD

1

GPS navegador

PZA

CANTIDAD 1

2

El equipo a requerimiento es aquel necesario para la ejecución de alguna actividad específica; por lo que no se requiere su permanencia y disponibilidad permanente en la obra.

11. PRESUPUESTO Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN El Presupuesto es de 290.234,76 doscientos noventa mil doscientos treinta y cuatro con (76/100 BOLIVIANOS) La consultoría comprende todos los gastos necesarios para la ejecución del servicio, el monto del contrato incluye todos los impuestos de ley; la consultora será responsable de su cumplimiento. 12. FORMA DE PAGO El monto total convenido será cancelado en función al avance físico de la obra contra la presentación del informe de certificación del pago del contratista. El plazo en el cual el CONTRATANTE debe emitir su criterio sobre si el Informe Final es satisfactorio o no, será no mayor a quince (15) días calendario. Todo pago estará sujeto de acuerdo a la ejecución de la obra en base a las planillas cobradas por la empresa que ejecuta los trabajos de construcción.

13 OTRAS CONDICIONES ESPECIALES

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13.1 RESPONSABILIDAD TÉCNICA DEL SUPERVISOR En atención a que el SUPERVISOR es el responsable directo y absoluto de la supervisión técnica que realiza, deberá responder por el trabajo realizado desde la aceptación del informe final por parte de la entidad contratante, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección pertinente, no podrán negar su concurrencia. La permanencia en la obra del SUPERVISOR debe ser permanente, aspecto por el cual no podrá intervenir en nuevos procesos de invitación de proyectos financiados por el estado. Cuando se presenten las situaciones siguientes: i) resolución de contrato por causales imputables al Consultor; ii) verificación de mala calidad de los servicios a través de una auditoría técnica a efectuarse en cualquier momento del proyecto; iii) falsedad comprobada de datos proporcionados por el Consultor. 13.2 DISPOSICIONES LEGALES EN APLICACIÓN      

Contrato de préstamo firmado entre FNDR – GAM LLALLAGUA “Guía de Supervisión de Obras” Código Civil. Código Penal Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley Nº 1178) Otras disposiciones afines

13.3 CONDICIONES ADICIONALES El SUPERVISOR acepta someterse expresamente a las leyes del país. Los documentos que se elaboren, como resultado de los servicios del SUPERVISOR deberán tener el respaldo de profesionales especializados si corresponde. 13.4 AUTORIDAD DEL SUPERVISOR El SUPERVISOR tendrá facultad y responsabilidad de resolver todas las cuestiones referentes a calidad y aceptación de los materiales empleados en obra trabajo ejecutado y su pago, progreso de obra, interpretación de planos y especificaciones, y la aceptabilidad y certificación del cumplimiento del contrato de obra. 13.5 ACCESO A LA OBRA El SUPERVISOR, FNDR y el Fiscal del GAM tendrán en todo momento acceso libre a la obra, para inspeccionar los trabajos, lugares de provisión de materiales, equipamiento e instalaciones debiendo la Empresa Contratista proporcionar todas las facilidades que sean requeridas para este objetivo. 13.6 POSESION FISICA DEL DERECHO DE VIA (SI CORRESPONDE A LA OBRA) Inmediatamente después de ser emitida la Orden de Proceder, el Contratante y el SUPERVISOR, darán a la Empresa Contratista la posesión física del Derecho de Vía necesario, a objeto de permitirle la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma de obra aprobado. En circunstancias especiales, si la Empresa Contratista demuestra al SUPERVISOR, que está sufriendo demoras en su cronograma de ejecución de trabajos por falta de disponibilidad del derecho de vía para cumplir con el objeto del Contrato, el Contratante podrá otorgar una ampliación de plazo, mediante Orden de Cambio, y debidamente justificada con un informe del SUPERVISOR. 13.7 INSTRUCCIONES POR ESCRITO PARA LA EJECUCION DE OBRA

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Todas las instrucciones emitidas por el SUPERVISOR deberán ser realizadas por escrito, a menos que por alguna razón justificada y con carácter excepcional el SUPERVISOR considere necesario impartir dichas instrucciones verbalmente, en cuyo caso la Empresa Contratista también deberán cumplirlas. Tales instrucciones deberán ser confirmadas por escrito, ya sea antes o después de ser cumplidas y deberán ser consideradas como una orden en el ejercicio de la obra. Las instrucciones referidas al seguimiento, control de ejecución de obra y aplicación de medidas de mitigación serán escritas en el libro de Órdenes. Toda instrucción impartida por el SUPERVISOR a la Empresa Contratista, que no fuese representada sustentadamente y que no sea cumplida, será motivo de suspensión de los trabajos y se aplicarán las acciones legales que correspondan de acuerdo a lo establecido en los contratos correspondientes. 13.8 INSTRUCCIONES POR ESCRITO PARA LA GENERACION DE PLANILLAS Toda planilla de avance de obra deberá contar como mínimo con la siguiente documentación en un original y una copia.      

Formulario de avance de obra, llenado claramente una vez que se hayan verificado los cómputos por todas las partes involucradas. Cronograma de ejecución de actividades y cronograma financiero, en los que se contemplen los avances anteriores y el actual solicitado, debidamente diferenciado. Cómputos métricos detallados. Para las obras que así lo requieran, se deben adjuntar todas las pruebas de laboratorio, solicitadas por el SUPERVISOR a la fecha de presentación de la planilla. Todas las copias del Libro de Órdenes del periodo planillado. Copia(s) de Orden(es) de Cambio en el periodo ejecutado.

Todos los puntos anteriores deberán tener la firma y el sello del SUPERVISOR y de la Empresa Contratista. 13.9 ANALISIS Y APROBACION DEL CRONOGRAMA O PROGRAMA DE EJECUCION DE OBRAS La Empresa Contratista, en el periodo de movilización, dentro del plazo previsto en su contrato siguiente a la emisión de la Orden de Proceder, deberá presentar a consideración del SUPERVISOR, un cronograma o programa detallado de ejecución de la obra, en el que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos, cantidad de frentes de trabajo, análisis de la ruta crítica en base a los rendimientos propuestos para asegurar el cumplimiento de la obra dentro del plazo total de ejecución de obra aprobado por el Contratante, incluyendo cualquier modificación debidamente justificada con relación al cronograma presentado con su propuesta, el equipo mínimo requerido y el personal clave propuesto. Este documento deberá estar ajustado en fecha a la de emisión de Orden de Proceder a la Empresa Contratista. El cronograma o programa de trabajos deberá ser elaborado utilizando el método de Camino Crítico (CPM), el método PERT o cualquier otro sistema similar que sea satisfactorio para el SUPERVISOR y el Equipo de Fiscalizadores. 13.10 RITMO DE PROGRESO DE LA OBRA El SUPERVISOR realizará mensualmente la evaluación del progreso de la obra con relación al programa de trabajo vigente y al cronograma de pagos.

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Si en opinión del SUPERVISOR, el ritmo de avance de la obra o de una parte de ella, es demasiado lento y, por tanto no garantiza su terminación en el plazo previsto, el SUPERVISOR de forma independiente a la aplicación de multas previstas en el contrato de obra, notificará por escrito sobre esta situación a la Empresa Contratista, quien deberá adoptar de inmediato las medidas correctivas necesarias para concluir la obra dentro del plazo vigente. Así mismo hará conocer copia de esta comunicación al Equipo de Fiscalizadores. Si en el plazo prudencial fijado por el SUPERVISOR, la Empresa Contratista no logra recuperar el atraso producido, estará obligado a presentar a consideración del SUPERVISOR un nuevo cronograma o programa acelerado de trabajos a partir del avance alcanzado, incorporando equipo adicional a su costo y aplicación de rendimientos razonables que garanticen la terminación de la obra en el plazo final establecido. 13.11 SUSPENSION O PARALIZACION CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

TEMPORAL

DE

LOS

TRABAJOS

DE

El SUPERVISOR mediante orden escrita a la Empresa Contratista, podrá suspender en forma temporal, sea parcial o totalmente la ejecución de la obra, por el tiempo que considere necesario, cuando surjan las siguientes circunstancias en el lugar de trabajo del Contratista. 1. Condiciones adversas del clima, consideradas inapropiadas para la ejecución de los trabajos programados. 2. Situación emergente de desastres naturales o de conmoción social que impliquen la presencia de fuerza mayor o caso fortuito. En caso de que la empresa tenga que suspender los trabajos por causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, hará conocer esta situación al SUPERVISOR, de forma escrita (en el Libro de Ordenes o por carta expresa), dentro de los diez (10) días calendario subsiguientes al inicio del acontecimiento. 3. Condiciones de inseguridad para el personal de la Empresa Contratista y del SUPERVISOR, así como para el tráfico vehicular y el público en general, por causas ajenas al Contratista ó al Consultor. 4. Incumplimiento de las órdenes impartidas por el SUPERVISOR. 5. Inobservancia de las prescripciones del Contrato por parte del Contratista ó del Consultor En cualquier caso de suspensión o paralización temporal de los trabajos, se levantará la medida tan pronto cesen las causas que motivaron la misma. En el caso de los incisos1, 2 y 3 la suspensión temporal dará derecho al Contratista ó al Consultor a solicitar ampliación de plazo del contrato al Contratante a través del SUPERVISOR, quien emitirá un informe del caso aceptando y validando lo requerido. En el caso de los incisos 4 y 5, la suspensión temporal no dará derecho alguno al Contratista ó al Consultor Social para solicitar ampliación de plazo del Contrato, por lo que en caso que hiciese tal requerimiento será negado directamente por el SUPERVISOR. 13.12 MANTENIMIENTO DE LAS OBRAS El SUPERVISOR deberá velar porque la Empresa Contratista deberá mantener las obras hasta la Recepción Definitiva de las mismas, en todas sus partes terminadas, en buenas condiciones, evitando que la acción de agentes atmosféricos o de otra naturaleza ocasione daños, los que de producirse deberán ser inmediatamente reparados, a satisfacción del SUPERVISOR. La negligencia de la Empresa Contratista en el cumplimiento de esta obligación dará lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volúmenes de obra

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ejecutada, hasta que su reparación o reconstrucción haya sido satisfactoriamente realizada. Se exceptúa de este mantenimiento los daños que pueda sufrir la obra por causa de desastres naturales (temblores, terremotos, inundaciones, aludes, mazamorras, tornados, etc.), que por su magnitud o intensidad hagan imprevisibles o inútiles las medidas de preservación de la obra. 13.13 INSPECCION DE LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS El SUPERVISOR ejercerá la inspección y control permanente, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra. La Empresa Contratista deberá proporcionar rápidamente y sin cargo adicional alguno al Contratante, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos del SUPERVISOR, que serán efectuados de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo. El SUPERVISOR está autorizado para llamar la atención a la Empresa Contratista sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones técnicas para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar los materiales defectuosos. Las instrucciones y observaciones verbales del SUPERVISOR deberán ser ratificadas por escrito, en el libro de Órdenes, que para el efecto deberá tener disponible el Contratista. Ningún trabajo será cubierto o puesto fuera de vista, sin la aprobación del SUPERVISOR, y la Empresa Contratista estará obligada a solicitar dicha aprobación, dando aviso al SUPERVISOR con la debida anticipación, cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infracción de esta condición obligará al Contratista a realizar por su parte todos los trabajos que considere necesarios el SUPERVISOR para verificar la calidad de la obra cubierta sin su previa autorización. Es responsabilidad de la Empresa Contratista cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia del SUPERVISOR en cualquier fase de los trabajos, no podrá en modo alguno exonerar al Contratista de su responsabilidad para la ejecución de la obra de acuerdo con el Contrato. 13.14 REMOCION DE LOS TRABAJOS DEFECTUOSOS Toda parte de la obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos técnicos del Contrato, será considerada trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado por el SUPERVISOR antes de la Recepción Definitiva de la obra, que sea resultado de mala ejecución, del empleo del material inadecuado, deterioro por descuido o cualquier otra causa, será removido o reemplazado dentro del plazo asignado por la supervisión. Si la Empresa Contratista no ejecutara la remoción de trabajos defectuosos y su consiguiente reconstrucción dentro del plazo razonablemente establecido por el SUPERVISOR, el Contratante está facultado a realizar dichos trabajos mediante terceros. Todos los gastos que demande esta acción, serán pagados por la Empresa Contratista y en consecuencia el importe se descontará de su planilla o certificado de obra, o de su garantía de cumplimiento de contrato. 13.15 MEDICIONES El SUPERVISOR con fines de cancelación de planillas a la Empresa Contratista deberá efectuar mediciones de las obras.

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Todas las cantidades de trabajo realmente ejecutadas de acuerdo a lo establecido en el contrato, serán medidas en las unidades especificadas en el respectivo formulario de la propuesta, tomando en cuenta medidas netas ejecutadas. Excepto cuando los planos o las especificaciones técnicas especiales lo establezcan de otra manera, todas las longitudes y distancias deberán medirse en proyección horizontal. Las estructuras serán medidas de acuerdo con las líneas y cotas indicadas en los planos tomando en cuenta cualquier modificación ordenada por el SUPERVISOR, por escrito. 13.16 TERMINACION DE LA OBRA A la terminación de la obra, la Empresa Contratista mediante carta expresa solicitará al SUPERVISOR, el señalamiento de día y hora para la realización de una inspección conjunta, para verificar que todos los trabajos fueron ejecutados y terminados en concordancia con las cláusulas del contrato, planos y especificaciones y que, se encuentra en condiciones adecuadas para su entrega provisional. Realizada la inspección y una vez que el SUPERVISOR considere técnicamente, que toda la obra se encuentra satisfactoriamente terminada, elaborará un informe para conocimiento del contratante a través del Fiscal, estableciendo la procedencia de la recepción provisional, señalando día y hora a este fin. Este trámite deberá procesarse en un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles computables a partir de la solicitud de Recepción Provisional. 13.17 RECEPCION PROVISIONAL DE LA OBRA De no mediar objeciones, ni observaciones con la calidad y la conclusión de la obra, luego del recorrido de inspección conjunta entre el SUPERVISOR, la Empresa Contratista, y el Equipo de Fiscalizadores, el SUPERVISOR procederá a la Recepción Provisional de la obra, bajo su directa responsabilidad técnica, suscribiendo el Acta correspondiente en la que se indicará claramente el estado final de la obra, haciéndose constar si corresponde, todos los trabajos de corrección o complementación que la Empresa Contratista debe ejecutar dentro del período de prueba. Esta Acta también deberá ser suscrita por el Contratista. El SUPERVISOR, antes de proceder con la Recepción Provisional deberá recabar de los representantes de la Organización Comunidad Indígena Originaria Campesina un acta de conformidad de ejecución de las obras. La fecha de solicitud de Recepción Provisional servirá para efectos del cómputo del plazo de ejecución de la obra. 13.18 RECEPCION DEFINITIVA Cumplido el plazo establecido tendrá lugar la Recepción Definitiva de la obra. A este objeto la Empresa Contratista, mediante carta expresa indicará que han sido subsanadas todas las observaciones (si existieron) y solicitará al SUPERVISOR fije día y hora para la Recepción Definitiva de la Obra. El SUPERVISOR, antes de proceder con la Recepción Definitiva deberá recabar de FNDR y del GAMLL un acta de conformidad de ejecución de las obras. El SUPERVISOR en consulta con el GAMLL, fijará día y hora para el verificativo de la inspección técnica final, que si corresponde se procederá a la Recepción Definitiva de la obra. A este acto concurrirá el Contratista, el SUPERVISOR, el Equipo de Fiscalizadores, representantes del Gobierno Municipal, representantes técnicos del FNDR.

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La mencionada comisión realizará una inspección total de la Obra y si no surgen observaciones, procederá a la redacción del Acta de Recepción Definitiva, a partir de lo cual la obra pasa a responsabilidad del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, como propietaria y la administración y manejo estará bajo la responsabilidad de LOS BENEFICIARIOS. 13.19 CERTIFICADO FINAL DE PAGO A LA EMPRESA CONTRATISTA Inmediatamente después de que la obra haya sido concluida a satisfacción del Contratante y entregada por la Empresa Contratista y el SUPERVISOR; el SUPERVISOR procederá a la preparación del certificado de medición final, el cual será sometido al conocimiento, aceptación u observaciones del Contratista, en forma escrita. El Contratante no tendrá responsabilidad alguna hacia la Empresa Contratista por cualquier reclamo emergente o relacionado con el contrato o la ejecución de la obra, o a menos que dicho reclamo esté plenamente detallado en el Estado Final de las Cuentas. Con la aprobación del SUPERVISOR el certificado final de pago seguirá el trámite de aceptación final y pago por el Contratante. 13.20 EVALUACION DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA El fiscal de obra del GAM llevará a cabo una evaluación final del desempeño de la supervisión según formato de GAM.

ESTOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SON ENUNCIATIVOS Y DE ORIENTACIÓN, NO SON LIMITATIVOS, POR LO QUE EL PROPONENTE, SI ASI LO DESEA Y A OBJETO DE DEMOSTRAR SU HABILIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PUEDE MEJORARLO.

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PARTE III ANEXO 1 FORMULARIO A-1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTA 1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE:

-

-

-

-

-

Señalar el objeto de la Contratación: 2. MONTO Y PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA (en días calendario) (El proponente debe registrar el monto total que ofrece por el servicio de supervisión) DESCRIPCIÓN

MONTO NUMERAL (Bs.)

MONTO LITERAL

PLAZO DE VALIDEZ

A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento, conforme con los siguientes puntos: I.- De las Condiciones del Proceso a) Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC. b) Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación. c) Declaro, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación. d) Declaro y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del contrato e) Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas. f) Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta si esta fuese presentada, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica. g) Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes. h) Me comprometo a denunciar posibles actos de corrupción en el presente proceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia. i) Acepto a sola firma de este documento, que todos los Formularios presentados se tienen por suscritos; excepto los Formularios A-5 y A-6 que deberán ser suscritos por el personal propuesto. j) Declaro que el Gerente y el Personal Clave propuesto, se encuentra inscrito en los registros que prevé la normativa vigente, cuando corresponda, y que éste no está considerado como personal clave en otras propuestas. II.- De la Presentación de Documentos En caso de ser adjudicado, para la suscripción de contrato, me comprometo a presentar la siguiente documentación en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado RUPE, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los inicios a), e), h), i) y k). a) Certificado RUPE que respalde la información declarada en la propuesta. b) Cedula de Identidad, en caso de personas naturales.

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c) Documento de Constitución de la Empresa. d) Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. e) Poder General Amplio y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder. f) Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) valido y activo, salvo lo previsto en el numeral 25.3 del presente DBC. g) Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de largo plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto en el caso de personas naturales. h) Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. En el caso de Asociaciones Accidentales esta garantía podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de esta garantía, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. i) Testimonio de Contrato de Asociación Accidental. j) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica del proponente. k) Documentación que respalde la Experiencia General y Específica, y Formación del personal propuesto.

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-2a IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Personas Naturales) 1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente:

Cédula de Identidad o Número de Identificación Tributaria: (Valido y Activo)

Número CI/NIT

Domicilio:

Teléfonos 2.

:

INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía:

Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-2b IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Empresas) 1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE

Nombre del proponente o Razón Social: País

Ciudad

Dirección

Domicilio Principal: Teléfonos: Número de Identificación Tributaria: Número de Matricula

Matricula de Comercio: (Actualizada) 2.

Teléfono:

(Día

DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE

Fecha de inscripción Mes Año) (Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa

unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal).

Apellido Paterno Nombre del Representante Legal

Apellido Materno

Nombre(s)

: Número

Cédula de Identidad del Representante Legal

: Número de matricula

Poder del Representante Legal

(Día

Fecha de Expedición Mes Año)

:

Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos Declaro que el Poder del Representante Legal se encuentra inscrito en el Registro de Comercio (Suprimir este texto cuando por la naturaleza jurídica del proponente no se requiera la inscripción en el Registro de Comercio de Bolivia)

3.

INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES /COMUNICACIONES

Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía:

Fax: Correo Electrónico:

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-2c IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE (Para Asociaciones Accidentales) 1. DATOS GENERALES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Denominación de la Asociación : Accidental :

Nombre del Asociado

#

% de Participación

1

Asociados

2 3 Número de Testimonio

Lugar

(Día

Fecha mes

Año)

Testimonio de contrato : Nombre de la Empresa Líder : 2. DATOS DE CONTACTO DE LA EMPRESA LIDER País :

Ciudad :

Dirección Principal : Teléfonos :

Fax :

Correo electrónico : 4. INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Paterno

Materno

Nombre(s)

Nombre del representante legal : Número Cédula de Identidad : Número de Testimonio

Lugar

(Día

Fecha mes

Año)

Poder del representante legal : Dirección del Representante Legal : Teléfonos :

Fax :

Correo electrónico : Declaro en calidad de Representante Legal contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contrato. 4. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía

a) fax : b) correo electrónico

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-2d IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE PARA INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL 1.

DATOS GENERALES DEL PROPONENTE

Nombre del proponente o Razón Social: Número de Matrícula de Comercio

Número de Identificación Tributaria –NIT

2.

Fecha de expedición (Día

DATOS COMPLEMENTARIOS DEL PROPONENTE

Mes

Año)

(Suprimir este numeral cuando el proponente sea una empresa

unipersonal y éste no acredite a un Representante Legal).

Apellido Paterno Nombre del Representante Legal

Apellido Materno

Nombre(s)

: Número

Cédula de Identidad del Representante Legal

: Número de Testimonio

Poder del Representante Legal

Lugar de emisión

(Día

Fecha de Expedición Mes Año)

:

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

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FORMULARIO A-3 HOJA DE VIDA DEL PROPONENTE (Para personas naturales) En caso que la convocatoria este dirigida a Empresas o Asociación Accidentales suprimir este formulario

1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Ap. Materno

Nombre(s)

Número

Lugar de expedición

Nombre Completo : Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Fechas

Universidad / Institución

Desde

Hasta

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas Desde

Duración en Horas

Nombre del Curso

Hasta

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta

1 2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde

Hasta

1 2 N NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

39

Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual en la Modalidad ANPE. _______________________________________________________________________________________________

FORMULARIO A-4 EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA DEL PROPONENTE (Para Empresas y Asociaciones Accidentales) En caso que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE [NOMBRE DE LA PROPONENTE] N°

Entidad Contratante

Objeto de la Contratación

Lugar de Realización

Monto final percibido por el contrato en Bs.

Periodo de Ejecución Inicio

Fin

Forma de Participación (Asociado/ no Asociado)

1 2 3 4 5 … N TOTAL PERCIBIDO NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de cumplimiento de contrato o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE [NOMBRE DE LA PROPONENTE] N°

Entidad Contratante

Objeto de la Contratación

Lugar de Realización

Monto final percibido por el contrato en Bs.

Periodo de Ejecución Inicio

Fin

Tiempo de Ejecución

Forma de Participación (Asociado/No Asociado)

1 2 3 4 5 … N TOTAL PERCIBIDO NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación, el proponente se compromete a presentar el certificado de conformidad o su equivalente emitido por el contratante, en original o fotocopia legalizada.

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

40

Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual en la Modalidad ANPE. _______________________________________________________________________________________________

FORMULARIO A-5 HOJA DE VIDA DEL GERENTE (Para empresas y Asociaciones Accidentales) En caso que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Ap. Materno

Nombre(s)

Número

Lugar de expedición

Nombre Completo : Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Fechas

Universidad / Institución

Desde

Hasta

Grado Académico

Título en Provisión Nacional

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas Desde

Duración en Horas

Nombre del Curso

Hasta

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta

1 2 N. 5. EXPERIENCIA ESPECIFICA EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA N°

Entidad / Empresa

Objeto de la Contratación

Monto (Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde

Hasta

1 2 N 6. DECLARACIÓN JURADA Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de Gerente, únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. a.

Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha]

NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada.

41

Documento Base de Contratación de Servicios de Consultoría Individual en la Modalidad ANPE. _______________________________________________________________________________________________

(Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)

(Firma del proponente) (Nombre completo del proponente)

42

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FORMULARIO A-6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL CLAVE

(Para empresas y Asociaciones Accidentales) En caso que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario 1. DATOS GENERALES Ap. Paterno

Ap. Materno

Nombre(s)

Número

Lugar de Expedición

Nombre Completo : Cédula de Identidad Edad Nacionalidad Profesión Número de Registro Profesional

: : : : :

2. FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución

Fechas Desde

Grado Académico

Hasta

Título en Provisión Nacional

3. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN Universidad / Institución

Fechas Desde

Duración en Horas

Nombre del Curso

Hasta

4. EXPERIENCIA GENERAL EN EJECUCIÓN DE OBRAS O EN SUPERVISIÓN TÉCNICA N°

Entidad / Empresa

Objeto

Monto (En Bs.)

Cargo

Fecha (día/mes/año) Desde Hasta

1 2 N 5. EXPERIENCIA EN EL CARGO EN EJECUCIÓN DE OBRAS SIMILARES O SERVICIOS SIMILARES DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRA Fecha (día/mes/año) N° Entidad / Empresa Objeto Monto (En Bs.) Cargo Desde Hasta 1 2 N DECLARACIÓN JURADA Yo, [Nombre completo de la Persona] con C.I. N° [Número de documento de identificación], de nacionalidad [Nacionalidad] me comprometo a prestar mis servicios profesionales para desempeñar la función de [Cargo], únicamente con [Nombre de la empresa o de la Asociación Accidental], en caso que se suscriba el contrato para [Objeto de la Contratación] con la entidad [Nombre de la Entidad]. Asimismo, confirmo que tengo pleno dominio hablado y escrito del idioma castellano. El Representante Legal del proponente, ha verificado que el profesional propuesto sólo se presenta con esta propuesta. De encontrarse propuesto sus servicios en otra propuesta para la misma contratación, asumo la descalificación de la presente propuesta. a.

Lugar y fecha: [Indicar el lugar y la fecha]

NOTA.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada. En caso de adjudicación el proponente se compromete a presentar los certificados o documentos que respalden la información detalla, en original o fotocopia legalizada. (Este formulario deberá ser presentado para cada uno de los profesionales propuestos) (Firma del Profesional Propuesto) (Nombre completo del Profesional Propuesto)

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FORMULARIO B-1 PROPUESTA ECONÓMICA (Este Formulario no es aplicable para el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo, donde no es necesaria la presentación de propuesta económica. En caso de que el proponente presente propuesta económica y ésta fuese adjudicado, se procederá a pagar el monto del presupuesto fijo establecido por la entidad.)



DETALLE DEL SERVICIO

MONTO NUMERAL EN Bs

MONTO LITERAL EN Bs

1

44

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FORMULARIO C-1 PROPUESTA TECNICA Para ser llenado por el proponente de acuerdo a lo establecido en el numeral 27 (Términos de Referencia)

Propuesta (*)

(*) La propuesta deberá contener como mínimo: Objetivos, Alcance, Metodología y Plan de trabajo.

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FORMULARIO C-2 CONDICIONES ADICIONALES Para ser llenado por la Entidad convocante (llenar de manera previa a la publicación del DBC)

# 1

Condiciones Adicionales a ser evaluadas (*)

Puntaje asignado (definir puntaje) (**)

Para ser llenado por el proponente al momento de elaborar su propuesta Condiciones Adicionales Propuestas (***)

Experiencia General del Proponente: mayor a 1 vez del precio referencial de la obra o proyecto = 10 puntos igual a 1 vez del precio referencia de la obra o proyecto = 7 puntos

10

menor a 1 vez del precio referencia de la obra o proyecto = 3 puntos 2

Experiencia Especifica del Proponente: mayor a 0.5 vez del precio referencial de la obra o proyecto= 10 puntos igual a 0.5 vez del precio referencia de la obra o proyecto = 6 puntos

10

menor a 0.5 veces del precio referencial de la obra o proyecto = 2 puntos 3

4

Perfil Requerido de la Consultora Considerando un profesional mas al perfil mínimo establecido en el DBC (Términos de referencia) = 10 puntos Considerando el perfil mínimo establecido en el DBC (Términos de referencia) = 5 puntos

10

Equipo Mínimo Requerido Equipo mínimo mayor a lo establecido en el DBC (Términos de referencia) = 5 puntos

5

Equipo mínimo IGUAL a lo establecido en el DBC (Términos de referencia) = 2 puntos n

35 (*) La Entidad deberá definir las condiciones adicionales a ser evaluadas. Estas condiciones pueden relacionarse con la formación, experiencia específica u otros (por ejemplo la entidad si ha establecido como una condición mínima la formación de licenciatura, en la formación complementaría puede solicitarse un nivel de maestría). (**) La entidad deberá definir la puntuación de las condiciones a ser evaluadas. La suma de los puntajes asignados para las condiciones adicionales deberá ser 35 puntos. (***)El proponente deberá ofertar condiciones adicionales solicitadas en el presente Formulario.

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ANEXO 2 FORMULARIOS REFERENCIALES DE APOYO Estos Formularios son de apoyo, no siendo de uso obligatorio. La Entidad puede desarrollar sus propios instrumentos. FORMULARIO V-1a EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para personas naturales) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE

:

Objeto de la contratación

:

Nombre del Proponente

:

Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la entidad

:

-

REQUISITOS EVALUADOS

-

Verificación (Acto de Apertura) PRESENTÓ SI

1. 2.

3. 4. 5. 6. 7.

-

NO

-

-

Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) CONTINUA

DESCALIFICA

DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS Formulario A-1. Presentación de Propuesta. Formulario A-2a Identificación del Proponente.

Presentando los siguientes documentos Carnet de Identidad, Fundempresa, NIT. Formulario A-3 Hoja de Vida del Proponente. Garantía de Seriedad de Propuesta, cuando corresponda. PROPUESTA TÉCNICA Formulario C-1. Propuesta Técnica. Formulario C-2. Condiciones Adicionales. PROPUESTA ECONÓMICA Formulario B-1. Propuesta Económica, cuando corresponda.

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FORMULARIO V-1b EVALUACIÓN PRELIMINAR (Para empresas y Asociaciones Accidentales) DATOS GENERALES DEL PROCESO CUCE

:

Objeto de la contratación

:

Nombre del Proponente

:

Propuesta Económica o Presupuesto Fijo determinado por la entidad

:

-

REQUISITOS EVALUADOS

-

Verificación (Acto de Apertura) PRESENTÓ SI

1. 2.

-

NO

-

-

Evaluación Preliminar (Sesión Reservada) CONTINUA

DESCALIFICA

DOCUMENTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS Formulario A-1. Presentación de Propuesta. Formulario A-2b o A-2c Identificación del Proponente, según corresponda.

Presentando los siguientes documentos Carnet de Identidad, Fundempresa, NIT. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Formulario A-4 Experiencia General y Específica del Proponente. Formulario A-5 Hoja de Vida del Gerente. Formulario A-6 Hoja de Vida del Personal Clave. Garantía de Seriedad de Propuesta, cuando corresponda PROPUESTA TÉCNICA Formulario C-1. Propuesta Técnica Formulario C-2. Condiciones Adicionales. PROPUESTA ECONÓMICA Formulario B-1. Propuesta Económica, cuando corresponda.

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FORMULARIO Nº V-2 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Este formulario no es aplicable para el Método Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.

CUCE : Objeto de la Contratación :



NOMBRE DEL PROPONENTE

ORDEN DE LA PROPUESTA PROPUESTA A ECONÓMICA PARTIR DEL MENOR (PE) VALOR

OBSERVACIONES

1 2 3 … N

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FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Para Personas naturales) En caso que la convocatoria este dirigida a Empresas y Asociaciones Accidentales suprimir este formulario Formulario C-1 (Llenado por la Entidad)

PROPONENTES Proponente A Cumple

METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

No cumple

Proponente B No Cumple cumple

(señalar si cumple o no cumple)

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente A

Proponente B No Cumple cumple

EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

(señalar si cumple o no cumple)

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

PROPONENTES

Cumple

No cumple

Formulario A-3 Hoja de Vida, del Proponente. (señalar si cumple o no METODOLOGÍA cumple) CUMPLE/NO CUMPLE CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) Puntaje Asignad o

PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES

35

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT)

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

(señalar si cumple o no cumple)

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

PROPONENTES Proponente A

Proponente B

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

PUNTAJE ASIGNADO 35

Proponente A

Proponente B

Proponente C

Proponente n

Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

Proponente C

Proponente n

(si cumple, asignar (si cumple, asignar (si cumple, asignar 35 puntos) 35 puntos) 35 puntos)

35 70

50

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FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (Para Empresas y Asociaciones Accidentales) En caso que la convocatoria este dirigida a personas naturales suprimir este formulario Formulario C-1 (Llenado por la Entidad)

PROPONENTES Proponente A Cumple

METODOLOGÍA CUMPLE/NO CUMPLE

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente B No Cumple cumple

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

(señalar si cumple o no cumple)

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

PROPONENTES EXPERIENCIA Y OTROS ASPECTOS TÉCNICOS

Proponente A Cumple

No cumple

Formulario A-4 Experiencia General y Especifica del Proponente Formulario A-5 Hoja de Vida, del Gerente. Formulario A-6 Hoja de Vida, del Personal Clave. (señalar si cumple o no METODOLOGÍA cumple) CUMPLE/NO CUMPLE CONDICIONES ADICIONALES Formulario C-2 (Llenado por la entidad) Puntaje Asignad o

PUNTAJE TOTAL DE LAS CONDICIONES ADICIONALES

35

RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la Evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales Puntaje total de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PT)

Proponente B No Cumple cumple

(señalar si cumple o no cumple)

Proponente C Cumple

Proponente n

No cumple Cumple

(señalar si cumple o no cumple)

No cumple

(señalar si cumple o no cumple)

PROPONENTES Proponente A

Proponente B

Puntaje Obtenido

Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

PUNTAJE ASIGNADO 35

Proponente A

Proponente B

Proponente C

Proponente n

Puntaje Obtenido Puntaje Obtenido

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

(Sumar los puntajes obtenidos de cada condición)

Proponente C

Proponente n

(si cumple, asignar (si cumple, asignar (si cumple, asignar 35 puntos) 35 puntos) 35 puntos)

35 70

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FORMULARIO V-4 RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA (Para el Método de Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo)

En caso de NO aplicar el Método Selección y Adjudicación Calidad, Propuesta Técnica y Costo suprimir este formulario Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con lo siguiente:

ABREVIACIÓN

PUNTAJE ASIGNADO

DESCRIPCIÓN

PE

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica

30 puntos

PT

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica

70 puntos

PTP

PUNTAJE TOTAL DE LA PROPUESTA EVALUADA

100 puntos

PROPONENTES

RESUMEN DE EVALUACIÓN

Proponente A Proponente B

Proponente C

n

Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Económica (de acuerdo con lo establecido en el Subnumeral 15.1 Puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica del Formulario V-3 correspondiente. PUNTAJE TOTAL RESUMEN DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA Puntaje de la evaluación CUMPLE/NO CUMPLE Puntaje de las Condiciones Adicionales PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACION DE LA PROPUESTA TECNICA (PT)

PUNTAJE Proponente ASIGNADO A 35

35

Proponente B

Proponente C

Proponente n

35

35

35

35 70

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ANEXO 3 MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL ___________________ (señalar si es: de línea o por producto) De acuerdo con el objeto del contrato y sus particularidades, la Entidad Convocante, podrá adecuar el presente modelo, mismo que deberá contener mínimamente las cláusulas establecidas en el Artículo 87 del Decreto Supremo Nº 0181, de manera previa a su publicación en el SICOES, no siendo necesaria la autorización del Órgano Rector. (Este instructivo debe ser suprimido de manera previa a la publicación del DBC) CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA________________________________ (señalar objeto, CUCE y el número o código interno que la entidad utiliza para identificar al contrato) Conste por el presente Contrato Administrativo para la prestación de servicios de consultoría, que celebran por una parte ________________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la entidad contratante), con NIT Nº ________ (señalar el Número de Identificación Tributaria), con domicilio en ____________ (señalar de forma clara el domicilio de la entidad), en ______________ (señalar el distrito, provincia y departamento), representada legalmente por _________________(registrar el nombre de la MAE o del servidor público a quien se delega la competencia para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente de delegación), en calidad de

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________(señalar el cargo del servidor público), con Cédula de identidad Nº __________ (señalar el número de Cédula de Identidad), que en adelante se denominará la ENTIDAD; y, por otra parte, ______________ (registrar las Generales de Ley del proponente adjudicado), que en adelante se denominará el CONSULTOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato Administrativo, al tenor de las siguientes clausulas: PRIMERA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Contratación de Servicios de Consultoría Individual ____________ (señalar si es: de línea o por producto), en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha ___________ (señalar la fecha de la publicación de la convocatoria en el SICOES) a personas naturales con capacidad de contratar con el Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) _______________ (señalar el CUCE del proceso), en base a lo solicitado en el DBC. Concluido el proceso de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación N°____________(señalar el número del Informe), emitido por_______ (señalar según corresponda al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación), resolvió adjudicar la contratación del Servicio de Consultoría Individual a _______________ (señalar el nombre del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos solicitados por la entidad en el DBC. SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra al amparo de las siguientes disposiciones: 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5.

Constitución Política del Estado. Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS y sus modificaciones. Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación. Otras disposiciones relacionadas.

TERCERA.- (OBJETO Y CAUSA) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de ______________ (describir de forma detallada el servicio de consultoría a realizar que se constituye en el objeto del contrato), que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, para _________________ (establecer la causa de la contratación), provistos por el CONSULTOR de conformidad con el DBC y Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato. CUARTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Forman parte del presente contrato, los siguientes documentos: a) b) c) d)

Documento Base de Contratación. Propuesta Adjudicada. Documento de Adjudicación. Garantía de Cumplimiento de contrato, cuando corresponda. (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea). e) Garantía de Correcta de Inversión de Anticipo, cuando corresponda. (suprimir este inciso en caso de que el proponente no haya solicitado Anticipo o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea). f) Certificado RUPE. g) (Señalar otros documentos específicos de acuerdo a la contratación, si corresponde). QUINTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES)

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Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato. 5.1.

Por su parte, el CONSULTOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:

5.1.1. Realizar la prestación del servicio de CONSULTORÍA objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta. 5.1.2. Mantener vigentes las garantías presentadas (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea). 5.1.3. Actualizar la (s) Garantía (s) (vigencia y/o monto), a requerimiento de la Entidad (suprimir este inciso en caso de que se tengan programados pagos parciales o en caso de que el contrato sea para consultoría individual de línea). 5.1.4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. 5.1.5. (Otras obligaciones que la entidad considere pertinente de acuerdo al objeto de contratación.) 5.2.

Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:

(Seleccionar estas obligaciones en caso de Consultores Individuales de Línea) 5.2.1. Apoyar al CONSULTOR proporcionando la información necesaria, apoyo logístico y todas las condiciones de trabajo e insumos para el desarrollo de la CONSULTORÍA. 5.2.2. Dar conformidad al servicio de CONSULTORÍA, en un plazo no mayor de 5 días hábiles computables a partir de la recepción de informe. 5.2.3. Realizar el pago de la CONSULTORÍA en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la emisión de la conformidad a favor del Consultor. 5.2.4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. (Seleccionar estas obligaciones en caso de Consultores Individuales por Producto) 5.2.1. Apoyar la Consultoría proporcionando la información necesaria. 5.2.2. Dar la conformidad del producto presentado en un plazo no mayor de 10 días hábiles computables a partir de la recepción de informe. 5.2.3. Realizar el pago de la CONSULTORÍA en el o los plazos establecidos en el presente contrato a favor del Consultor. 5.2.4. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. SEXTA.- (VIGENCIA) El contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las cláusulas contenidas en el presente Contrato. (Esta cláusula se agregará para la contratación de Consultoría Individual por Producto sin que se tengan programados pagos parciales) SÉPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) A la suscripción del contrato, el CONSULTOR, garantiza el fiel cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con ______________ (Señalar el tipo de garantía presentada) a la orden de _____________ (señalar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el siete por ciento (7%) del monto del contrato que corresponde a __________ (señalar el monto en forma numeral y literal), con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta la conclusión del mismo. En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento.

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Si se procediera a la recepción del producto objeto de la CONSULTORÍA dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta o Informe correspondiente, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. El CONSULTOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. La CONTRAPARTE llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al CONSULTOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. (Esta cláusula se agregará para la contratación de Consultoría Individual por Producto que considere la programación de pagos parciales) SÉPTIMA.- (RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES) El CONSULTOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por cien (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas en el marco de lo establecido en la Cláusula Decima Novena del presente contrato. El importe de las retenciones en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONSULTOR, quedará en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. Si se procediera a la recepción del producto objeto de la CONSULTORÍA dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta o Informe correspondiente, dichas retenciones será devuelta después de la Liquidación del contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. (En caso de Consultoría Individual de Línea, considerar la siguiente cláusula y suprimir las dos anteriores cláusulas séptimas) SÉPTIMA.- (COMPROMISO POR GARANTÍA) A la suscripción del contrato, el CONSULTOR se compromete a al fiel cumplimiento del mismo en todas sus partes. El CONSULTOR no está obligado a presentar una Garantía de Cumplimiento de Contrato, ni la Entidad a realizar la retención de los pagos parciales por concepto de Garantía de Cumplimiento de Contrato; sin embargo, en caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, se tendrá al mismo como impedido de participar en los procesos de contrataciones del Estado, en el marco del artículo 43 del Decreto Supremo Nº 0181, por lo que para el efecto se procesará la Resolución de Contrato por causas atribuibles al CONSULTOR. (En caso de Consultoría Individual de Línea y en caso de que se haya determinado no otorgar anticipo para consultoría individual por producto, la entidad deberá reemplazar el texto de la cláusula OCTAVA indicando lo siguiente: “En el presente contrato no se otorgará anticipo.”) OCTAVA.- (ANTICIPO) La ENTIDAD, podrá otorgar un anticipo al CONSULTOR, mismo que deberá ser facturado y que por ningún concepto deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto a ser desembolsado. Dicha garantía deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario. El importe del anticipo será descontado en _______________ (indicar el número de pagos), pagos hasta cubrir el monto total del anticipo. La solicitud del anticipo debe realizarse en el plazo de __________ (la entidad deberá establecer el plazo) días calendario computables a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, caso contrario se dará por Anticipo no solicitado.

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El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el CONSULTOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los _______________ (Registrar en forma literal y numeral, el plazo previsto al efecto) días establecidos al efecto. Esta Garantía podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto descontado en cada pago. Las Garantías sustitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo. NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA) El CONSULTOR desarrollará sus actividades de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con el alcance del servicio, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y en el plazo de ___________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio) días calendario, que será computado a partir del día siguiente hábil ________(La entidad deberá elegir: Para Consultoría Individual por Producto a partir de la emisión de orden de proceder. Para Consultoría Individual de Línea a partir del día siguiente hábil de la suscripción del contrato). En el caso de que la finalización de la CONSULTORÍA, coincida con un día sábado, domingo o feriado, la misma será trasladada al siguiente día hábil administrativo. (Solo en caso de consultoría sujeta a un cronograma de actividades específicas incluir el siguiente párrafo) El plazo establecido precedentemente se distribuye, según el cronograma de actividades, de acuerdo al siguiente detalle: (La entidad deberá establecer un cronograma de servicios de la consultoría, consignando mínimamente la movilización, periodo de realización de la consultoría, periodo de aprobación del informe final y otras actividades necesarias para el cumplimiento del servicio y sus plazos en días calendario). DÉCIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS) El CONSULTOR realizará la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en _____________ (señalar el lugar o lugares donde realizará la consultoría). DÉCIMA PRIMERA.- (MONTO Y FORMA DE PAGO) 11.1

MONTO.- El monto total para la ejecución de la CONSULTORÍA es de ______________ (Registrar en forma numeral y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en el documento de Adjudicación). Queda establecido que el monto consignado en el presente contrato incluye todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento de la CONSULTORÍA y no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto.

11.2

FORMA DE PAGO.- El pago se realizará de acuerdo al avance de la CONSULTORÍA, conforme lo establecido en el presente contrato, según el siguiente detalle:  

(En caso de consultoría individual de línea se debe establecer la periodicidad mensual de los pagos y su respectivo monto). (En caso de Consultoría Individual por Producto deberá establecer el número de pagos y su porcentaje en relación al monto total del contrato y el cronograma de servicios).

El CONSULTOR presentará a la CONTRAPARTE, para su revisión en versión definitiva, el informe periódico con fecha y firmado, que consignará todas las actividades realizadas para la ejecución de la CONSULTORÍA.

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Los días de retraso en los que incurra el CONSULTOR por la entrega del informe periódico y el respectivo certificado de pago, serán contabilizados por la CONTRAPARTE, a efectos de deducir los mismos del plazo en que la ENTIDAD haya demorado en realizar el pago de los servicios prestados. La CONTRAPARTE una vez recibidos los informes, revisará cada uno de éstos de forma completa, así como otros documentos que emanen de la CONSULTORÍA y hará conocer al CONSULTOR la aprobación de los mismos o en su defecto comunicará sus observaciones. En ambos casos la CONTRAPARTE deberá comunicar su decisión respecto al informe en el plazo máximo de _____ (registrar el plazo de forma literal y numeral, de acuerdo a la magnitud del servicio) días calendario computados a partir de la fecha de su presentación. Si dentro del plazo señalado precedentemente, la CONTRAPARTE no se pronunciara respecto al informe, se aplicará el silencio administrativo positivo, considerándose a los informes como aprobados. El informe periódico, aprobado por la CONTRAPARTE, (con la fecha de aprobación), será remitido a la dependencia que corresponda de la ENTIDAD, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles computables desde su recepción, para que se procese el pago correspondiente. La entidad deberá exigir la presentación del comprobante del pago de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP), antes de efectuar el o los pagos por la prestación del Servicio de CONSULTORÍA. En el caso de Consultorías Individuales de Línea la Entidad podrá actuar como agente de retención y pago. Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) días calendario, desde la fecha de aprobación del certificado de pago, el CONSULTOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés sobre el monto no pagado por cada día adicional de retraso, a partir del día sesenta y uno (61), calculado basándose en la tasa de interés pasiva anual promedio ponderada nominal del sistema bancario por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre 365 días y multiplicándola por el número de días de retraso que incurra la ENTIDAD. DÉCIMA SEGUNDA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del CONSULTOR, en el marco de la relación contractual, el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de suscripción del presente contrato. En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia, implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el CONSULTOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa. DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONSULTOR) El CONSULTOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, a la CONTRAPARTE, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso. La CONTRAPARTE, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomará conocimiento, analizará el reclamo y emitirá su respuesta de forma sustentada al CONSULTOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, la CONTRAPARTE podrá solicitar las aclaraciones respectivas al CONSULTOR, para sustentar su decisión. En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, la CONTRAPARTE, podrá solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al CONSULTOR.

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Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la CONTRAPARTE. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del CONSULTOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo. La CONTRAPARTE y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula. (Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales por Producto) DÉCIMA CUARTA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el anticipo cuando este exista y por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. (Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales de Línea) DÉCIMA CUARTA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá presentar los descargos impositivos correspondientes, o la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. (Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales por Producto) DÉCIMA QUINTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El contrato podrá ser modificado por uno o varios contratos modificatorios, mismos que pueden afectar el alcance, monto y/o plazo. El monto de cada contrato modificatorio no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del presente contrato; asimismo, la suma de los montos de los contratos modificatorios no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181. La modificación al plazo, permite la ampliación o disminución del mismo dentro del límite de modificación al monto. La modificación al alcance del contrato, permite el ajuste de las diferentes cláusulas del mismo que sean necesaria para dar cumplimiento del objeto de la contratación. (Seleccionar esta cláusula para la contratación Consultores Individuales de Línea) DÉCIMA QUINTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) La modificación al contrato podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada modificación al establecido en el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181. DÉCIMA SEXTA.- (CESIÓN) El CONSULTOR no podrá transferir parcial ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. (Sólo para contrataciones de Consultores Individuales por Producto incluir la siguiente Cláusula, en caso de consultoría individual de línea suprimir el texto de la cláusula indicado: “no aplica multas al presente contrato”) DÉCIMA SÉPTIMA.- (MULTAS) El CONSULTOR se obliga a cumplir con el cronograma y/o el plazo de ejecución establecido en la Cláusula Novena del presente Contrato, caso contrario será multado con __________ % (La ENTIDAD establecerá el porcentaje de acuerdo al objeto del contrato, mismo que no podrá exceder del 1% del monto del contrato) por día de retraso. En casos de resolución de contrato por causas atribuibles al CONSULTOR, la ENTIDAD no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.

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DÉCIMA OCTAVA.- (CONFIDENCIALIDAD) Los materiales producidos por el CONSULTOR, así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato, tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, exceptuando los casos en que la ENTIDAD emita un pronunciamiento escrito estableciendo lo contrario. Asimismo, el CONSULTOR reconoce que la ENTIDAD es el único propietario de los productos y documentos producidos en la CONSULTORÍA. DÉCIMA NOVENA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS) El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, exonerando de estas obligaciones a la ENTIDAD. VIGÉSIMA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas: 20.1.

Por Cumplimiento del objeto de Contrato: Forma ordinaria de cumplimiento, donde la ENTIDAD como el CONSULTOR dan por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por la ENTIDAD.

20.2.

Por Resolución del contrato: Es la forma extraordinaria de terminación del contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:

20.2.1. A requerimiento de la ENTIDAD, por causa atribuible al CONSULTOR: a) Por incumplimiento en la realización de la CONSULTORÍA en el plazo establecido. b) Por suspensión en la prestación del servicio de la CONSULTORÍA sin justificación por __________ (registrar el número de días en función del plazo total del servicio que se presta). c) Por incumplimiento en la iniciación del servicio, si emitida la Orden de Proceder demora más de quince (15) días calendario en movilizarse. (en caso de servicio de corta duración, este plazo puede ser reducido). d) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de los Términos de Referencia, u otras especificaciones, o instrucciones escritas de la CONTRAPARTE. (Incluir los incisos e) y f) sólo para la contratación de Consultoría Individual por Producto) e) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el CONSULTOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente. f) Cuando el monto de la multa por atraso en la prestación del servicio alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato, decisión optativa, o veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 20.2.2. A requerimiento del CONSULTOR, por causales atribuibles a la ENTIDAD: a) Si apartándose del objeto del Contrato, la ENTIDAD pretende efectuar modificaciones en relación a la prestación de los servicios objeto del presente contrato. b) Por incumplimiento en los pagos por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha en la que debía efectivizarse el pago. c) Por instrucciones injustificadas emanadas por la ENTIDAD para la suspensión del servicio por más de treinta (30) días calendario.

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20.2.3. Procedimiento de Resolución por causas atribuibles a las partes. De acuerdo a las causales de Resolución de Contrato señaladas precedentemente, y Considerando la naturaleza de las prestaciones del contrato que implica la realización de prestaciones continuas, periódicas o sujetas a cronograma, su terminación solo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes. Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el CONSULTOR, según corresponda, dará aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de las prestaciones del servicio, se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución expresará por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intensión de resolución será retirado. Caso contrario, si al vencimiento del término de los diez (10) días hábiles no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará, a cuyo fin la ENTIDAD o el CONSULTOR, según quien haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva. (Incluir este párrafo solo para la contratación de consultoría individual por producto) Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al CONSULTOR, se consolide a favor de la ENTIDAD _________ (establecer según corresponda la Garantía de Cumplimiento de Contrato o las retenciones por este concepto). Cuando se efectúe la resolución del contrato se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de la CONSULTORÍA. 20.3.

Por acuerdo entre partes: Precederá cuando ambas partes otorguen su consentimiento con el objetivo de terminar con la Relación contractual, bajo las siguientes condiciones: a) Que las partes manifiesten de manera expresa su voluntad de dar por terminada la relación contractual por muto acuerdo; b) Que no exista causa de resolución imputable al contratista; c) Que la terminación de la relación contractual no afecte el interés público o que la continuidad de la misma sea innecesaria o inconveniente.

20.3.1. Procedimiento de Resolución por mutuo acuerdo. Considerando la naturaleza de las prestaciones del contrato que implica la realización de prestaciones continuas, periódicas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes. Cuando se efectúe la resolución por mutuo acuerdo, ambas partes deberán suscribir un documento de Resolución de Contrato, el cual deberá contener la siguiente información: partes suscribientes, antecedentes, condiciones para la Resolución de Contrato por acuerdo, alcances de la Resolución, inexistencia de obligación y conformidad de las partes. Realizada la Resolución del contrato se procederá a efectuar la liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar,

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conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia. Asimismo, no procederá la ejecución de garantía de cumplimiento de contrato, ni la ejecución de las retenciones por concepto de garantía de cumplimiento de contrato, tampoco procederá la publicación del CONSULTOR en el SICOES como impedido de participar en procesos de contratación. 20.4.

Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito o en resguardo de los intereses del Estado: Considerando la naturaleza de las prestaciones del contrato que implica la realización de prestaciones continuas, periódicas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas partes. Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del servicio objeto del Contrato, el CONSULTOR, se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que imposibilite la prestación del servicio, comunicará por escrito su intención de resolver el contrato, justificando la causa. La ENTIDAD, previa evaluación y aceptación de la solicitud, mediante carta notariada dirigida al CONSULTOR, suspenderá la ejecución del servicio y resolverá el Contrato. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el CONSULTOR suspenderá la ejecución del servicio de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD. Asimismo, si la ENTIDAD se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o considera que la continuidad de la relación contractual va en contra los intereses del Estado, comunicará por escrito la suspensión de la ejecución del servicio y resolverá el CONTRATO. Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda.

VIGÉSIMA PRIMERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos. VIGÉSIMA SEGUNDA.- (CERTIFICADO DE LIQUIDACIÓN FINAL) Dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la fecha de conclusión de la consultoría (entrega del producto final o finalización del plazo del servicio) o a la terminación del contrato por resolución, el CONSULTOR, elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del servicio de CONSULTORÍA, con fecha y la firma del representante del consultor a la CONTRAPARTE para su aprobación. La ENTIDAD a través de la CONTRAPARTE se reserva el derecho de realizar los ajustes que considere pertinentes previa a la aprobación del certificado de liquidación final. En caso de que el CONSULTOR, no presente a la CONTRAPARTE el Certificado de Liquidación Final dentro del plazo previsto, la CONTRAPARTE deberá elaborar y aprobar el Certificado de Liquidación Final, el cual será notificado al CONSULTOR. (Incluir este párrafo para consultoría individual por producto) En la liquidación del contrato se establecerán los saldos a favor o en contra, la devolución o ejecución de garantías, restitución de retenciones por concepto de garantía, el cobro de multas y penalidades, la recuperación del anticipo y todo otro aspecto que implique la liquidación de deudas y acrecencias entre las partes por terminación del contrato por cumplimiento o resolución del mismo. (Incluir este párrafo para consultoría individual de línea)

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En la liquidación del contrato se establecerán los saldos a favor o en contra y todo otro aspecto que implique la liquidación de deudas y acrecencias entre las partes por terminación del contrato por cumplimiento o resolución del mismo. El cierre de contrato deberá ser acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato, otorgado por la autoridad competente de LA ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado. Asimismo, el CONSULTOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho. Preparado así el Certificado de Liquidación Final y debidamente aprobado por LA CONTRAPARTE, ésta lo remitirá a la dependencia de LA ENTIDAD que realiza el seguimiento del servicio, para su conocimiento, quien en su caso requerirá las aclaraciones que considere pertinentes; de no existir observación alguna para el procesamiento del pago, autorizará el mismo. VIGÉSIMA TERCERA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el/la señor(a) _________ (registrar el nombre de la MAE o del funcionario a quien se delega la competencia y responsabilidad para la suscripción del Contrato, y la Resolución correspondiente o documento de nombramiento), en representación legal de la ENTIDAD, y el/la señor(a) _____________ (registrar el nombre de la persona natural adjudicada) como Consultor contratado. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado en idioma español. _________ (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribe el Contrato).

(Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado para la firma del contrato)

(Registrar el nombre del CONSULTOR)

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