CICLO FORMATIVO: DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN MÓDULO: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL EN ANDALUCÍA ____________________________________________________________________________
UNIDAD DIDÁCTICA 6: AGENTES ECONÓMICOS Y SOCIALES
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INDICE:
• NEGOCIACION COLECTIVA • FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN
NEGOCIACION COLECTIVA INTRODUCCION La negociación colectiva es el procedimiento a través del cual uno o más empleadores se relacionan con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que se unen para negociar colectivamente, o con unos y otros, con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado, de acuerdo con las normas contenidas en el Código del Trabajo. Voy a citar una definición de la importancia de la negociación colectiva, que aparece en la página de la Unión General de Trabajadores, por considerarla bien interesante y elocuente: "La negociación colectiva es un trabajo esencial y básico de las organizaciones sindicales para ampliar los derechos de los trabajadores y mejorar sus condiciones de trabajo. Define el ámbito adecuado, ya que es en los sectores y en las empresas donde se regulan de manera adecuada las condiciones de trabajo y los derechos tanto individuales como colectivos de los trabajadores. Responde a la diversidad, ya que cualquier norma o acuerdo general debe ser adaptado a cada situación concreta. Actúa ante los cambios, siendo la herramienta imprescindible para la asimilación y la adaptación permanente a las transformaciones que se están produciendo tanto en el trabajo como en el capital: nuevas formas de organización del trabajo; nuevos empleos y nuevos sujetos; unidades emergentes de negociación; cambios en la configuración de las empresas; etcétera. Protege a quienes trabajan, siendo un marco de regulación colectiva la mejor garantía de los derechos de los trabajadores, frente a quienes pretenden meras negociaciones individuales entre desiguales plasmadas en el contrato. Y es la base de la organización colectiva: los sindicatos somos protagonistas de esta acción permanente para proteger los derechos de quienes trabajan. Sin organización colectiva amplia de los trabajadores no puede haber negociación colectiva eficaz; y, viceversa, sin ésta se perdería una actividad central de las organizaciones sindicales" ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR En virtud del presente Convenio, la estructura de la negociación colectiva en el sector de la construcción queda definida, de conformidad con los siguientes niveles sustantivos de convenios, cada uno de los cuales ha de cumplir una función específica: 1. Convenio General del Sector de la Construcción: Su contenido regula las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo el ámbito sectorial y con la vigencia que en el propio Convenio se establece. 2. Convenios colectivos provinciales, o, en su caso, de comunidad autónoma: Serán de renovación periódica y tienen por objeto desarrollar las materias propias del ámbito de negociación provincial o, en su caso, aplicar en cada provincia o comunidad autónoma los contenidos de los acuerdos de ámbito sectorial nacional que se puedan producir durante la vigencia del Convenio General. Dichos acuerdos podrán tener por objeto, entre otras materias, las siguientes: a) La aplicación concreta en el sector de acuerdos interconfederales. b) El establecimiento de las bandas salariales en el sector. c) Cualesquiera otras materias que las partes acuerden. Tema 6 – Página 2
CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Publicado en el BOE nº 191 de 10 agosto de 2002 PARTES SIGNATARIAS a) Son partes firmantes del presente Convenio General, de una parte, la Federación Estatal de la Construcción, Madera y Afines de C.C.OO. (FECOMAC.C.O.O.) y Metal, Construcción y afines, Federación Estatal de la U.G.T. (MCAUGT), como representación laboral y, de otra parte, la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), en representación empresarial. b) Ambas se reconocen mutuamente legitimación para negociar el presente Convenio. EFICACIA Y ALCANCE OBLIGACIONAL Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio obligará a todas las asociaciones y entidades comprendidas dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial. El presente Convenio queda abierto a la adhesión de otras organizaciones sindicales y empresariales representativas en distintos ámbitos a los pactados, previo acuerdo de las partes signatarias. TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO PRIMERO NORMAS ESTRUCTURALES ARTÍCULO 1.- PARTES SIGNATARIAS ARTÍCULO 2.- EFICACIA Y ALCANCE OBLIGACIONAL ARTÍCULO 3.- ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR ARTÍCULO 4.- COBERTURA NEGOCIAL ARTÍCULO 5.- CONCURRENCIA DE CONVENIOS ARTÍCULO 6.- PRINCIPIO DE JERARQUÍA ARTÍCULO 7.- PRINCIPIO DE SEGURIDAD Y COHERENCIA ARTÍCULO 8.- PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD ARTÍCULO 9.- PRINCIPIO DE COMPLEMENTARIEDAD ARTÍCULO 10.- DISTRIBUCIÓN DE MATERIAS EN LOS DIFERENTES NIVELES DE NEGOCIACIÓN ARTÍCULO 11.- RESERVA MATERIAL DEL NIVEL ESTATAL
CAPÍTULO SEGUNDO CONDICIONES GENERALES ARTÍCULO 12.- ÁMBITO FUNCIONAL ARTÍCULO 13.- ÁMBITO PERSONAL ARTÍCULO 14.- ÁMBITO TERRITORIAL ARTÍCULO 15.- ÁMBITO MATERIAL ARTÍCULO 16.- ÁMBITO TEMPORAL ARTÍCULO 17.- PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA PARA REVISIÓN DEL CONVENIO ARTÍCULO 18.- CONDICIONES MÁS BENEFICIOSAS ARTÍCULO 19.- VINCULACIÓN A LA TOTALIDAD ARTÍCULO 20.- COMISIÓN PARITARIA ARTÍCULO 21.- FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN PARITARIA
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TITULO I CAPITULO PRIMERO CONDICIONES GENERALES DE INGRESO ARTÍCULO 22.- INGRESO EN EL TRABAJO ARTÍCULO 23.- PRUEBAS DE APTITUD ARTÍCULO 24.- RECONOCIMIENTOS MÉDICOS ARTÍCULO 25.- PERÍODO DE PRUEBA
CAPÍTULO SEGUNDO CONTRATACIÓN ARTÍCULO 26.- CONTRATACIÓN ARTÍCULO 27.- CONTRATO FIJO DE PLANTILLA ARTÍCULO 28.- CONTRATO FIJO DE OBRA ARTÍCULO 29.- OTRAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN ARTÍCULO 30.- SUBCONTRATACIÓN ARTÍCULO 31.- SUBROGACIÓN DE PERSONAL EN CONTRATAS DE MANTENIMIENTO DE CARRETERAS O VÍAS FÉRREAS
CAPÍTULO TERCERO CLASIFICACIÓN PROFESIONAL ARTÍCULO 32.- CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
CAPÍTULO CUARTO ORDENACIÓN Y PRESTACIÓN DEL TRABAJO ARTÍCULO 33.- ORDENACIÓN DEL TRABAJO ARTÍCULO 34.- PRESTACIÓN DEL TRABAJO Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS ARTÍCULO 35.- TRABAJO "A TIEMPO ARTÍCULO 36.- SISTEMAS CIENTÍFICOS O DE "TRABAJO MEDIDO" ARTÍCULO 37.- TRABAJO POR TAREA, A DESTAJO O POR UNIDAD DE OBRA, CON PRIMAS A LA PRODUCCIÓN O CON INCENTIVO ARTÍCULO 38.- DISCRECIÓN PROFESIONAL ARTÍCULO 39.- DEBERES DEL EMPRESARIO ARTÍCULO 40.- RECLAMACIONES DE LOS TRABAJADORES
CAPÍTULO QUINTO PRODUCTIVIDAD Y TABLAS DE RENDIMIENTOS ARTÍCULO 41.- LA PRODUCTIVIDAD COMO BIEN JURÍDICAMENTE PROTEGIDO ARTÍCULO 42.- RENDIMIENTO EN LOS SISTEMAS DE "TRABAJO MEDIDO" ARTÍCULO 43.- RENDIMIENTO EN LOS SISTEMAS DE TRABAJO CON PRIMA O INCENTIVO ARTÍCULO 44.- RENDIMIENTO EN EL SISTEMA DE TRABAJO "A TIEMPO" ARTÍCULO 45.- ESTABLECIMIENTO DE TABLAS DE RENDIMIENTO ARTÍCULO 46.- TABLAS DE RENDIMIENTOS Y RETRIBUCIONES ARTÍCULO 47.- REVISIÓN DE TABLAS DE RENDIMIENTOS ARTÍCULO 48.- CONDICIONES DE APLICACIÓN ARTÍCULO 49.- VERIFICACIÓN DE SU CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50.- COMISIÓN SECTORIAL DE PRODUCTIVIDAD ARTÍCULO 51.- FUNCIONAMIENTO Y ACUERDOS ARTÍCULO 52.- FUNCIONES ARTÍCULO 53.- COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CAPÍTULO SEXTO PROMOCIÓN EN EL TRABAJO ARTÍCULO 54.- ASCENSOS, PROCEDIMIENTO
CAPÍTULO SÉPTIMO PERCEPCIONES ECONÓMICAS: CONCEPTOS Y ESTRUCTURA ARTÍCULO 55.- PERCEPCIONES ECONÓMICAS ARTÍCULO 56.- ESTRUCTURA DE LAS PERCEPCIONES ECONÓMICAS EN LOS CONVENIOS PROVINCIALES O, EN SU CASO, AUTONÓMICOS
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ARTÍCULO 57.- DEVENGO DE LAS PERCEPCIONES ECONOMICAS ARTÍCULO 58.- PAGO DE LAS PERCEPCIONES ECONOMICAS ARTÍCULO 59.- ABSORCIÓN Y COMPENSACIÓN ARTÍCULO 60.- ANTIGÜEDAD CONSOLIDADA ARTICULO 61.- COMPLEMENTO POR DISCAPACIDAD ARTÍCULO 62.- GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 63.- PROPORCIONALIDAD EN EL DEVENGO DE LAS PAGAS EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 64.- TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TÓXICOS O PELIGROSOS ARTÍCULO 65.- TRABAJOS NOCTURNOS ARTÍCULO 66.- PLUSES EXTRASALARIALES ARTÍCULO 67.- CORRECCIÓN DEL ABSENTISMO ARTÍCULO 68.- REALIZACIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 69.- LÍMITE DE HORAS EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 70.- RETRIBUCIÓN DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS ARTÍCULO 71.- INDEMNIZACIONES
CAPÍTULO OCTAVO TIEMPO DE TRABAJO ARTÍCULO 72.- JORNADA ARTÍCULO 73.- PROLONGACIÓN DE LA JORNADA ARTÍCULO 74.- TURNOS DE TRABAJO ARTÍCULO 75.- RECUPERACIÓN DE HORAS NO TRABAJADAS ARTÍCULO 76.- JORNADAS ESPECIALES ARTÍCULO 77.- VACACIONES ARTÍCULO 78.- PERMISOS Y LICENCIAS
CAPÍTULO NOVENO MOVILIDAD FUNCIONAL ARTÍCULO 79.- CAMBIO DE PUESTO DE TRABAJO ARTÍCULO 80.- TRABAJOS DE SUPERIOR CATEGORÍA ARTÍCULO 81.- TRABAJOS DE INFERIOR CATEGORÍA ARTÍCULO 82.- PERSONAL DE CAPACIDAD DISMINUIDA ARTÍCULO 83.- TRABAJOS SUSCEPTIBLES DE ORIGINAR UN PERJUICIO PARA LA SALUD SIN MERMA DE LA CAPACIDAD LABORAL
CAPÍTULO DÉCIMO MOVILIDAD GEOGRÁFICA ARTÍCULO 84.- CONCEPTOS GENERALES ARTÍCULO 85.- PREAVISO, EJECUTIVIDAD E IMPUGNACIÓN DE LA ORDEN DE DESPLAZAMIENTO ARTÍCULO 86.- DESCANSO ARTÍCULO 87.- DIETAS ARTÍCULO 88.- LOCOMOCIÓN ARTÍCULO 89.- PRIORIDAD DE PERMANENCIA ARTÍCULO 90.- CONDICIONES DE TRABAJO EN EL CENTRO DE LLEGADA O DESTINO ARTÍCULO 91.- OBRAS DE LARGA EXTENSIÓN ARTÍCULO 92.- TRASLADO DE CENTRO DE TRABAJO ARTÍCULO 93.- RESIDENCIA HABITUAL
CAPÍTULO UNDÉCIMO SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL ARTÍCULO 94.- CAUSAS Y EFECTOS DE LA SUSPENSIÓN ARTÍCULO 95.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR TEMPORAL ARTÍCULO 96.- EXCEDENCIA FORZOSA ARTÍCULO 97.- EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS, POR CUIDADO DE FAMILIARES Y LAS REGULADAS POR PACTO DE LAS PARTES ARTÍCULO 98.- CAUSAS Y EFECTOS DE LA EXTINCIÓN ARTÍCULO 99.- CESES ARTÍCULO 100.- FINIQUITOS ARTÍCULO 101.- JUBILACIÓN
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CAPÍTULO DUODÉCIMO FALTAS Y SANCIONES ARTÍCULO 102.- CLASES DE FALTAS ARTÍCULO 103.- FALTAS LEVES ARTÍCULO 104.- FALTAS GRAVES ARTÍCULO 105.- FALTAS MUY GRAVES ARTÍCULO 106.- SANCIONES. APLICACIÓN ARTÍCULO 107.- OTROS EFECTOS DE LAS SANCIONES
TITULO II REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ARTÍCULO 108.- REPRESENTACIÓN UNITARIA ARTÍCULO 109.- REPRESENTACIÓN SINDICAL ARTÍCULO 110.- RESPONSABILIDAD DE LOS SINDICATOS ARTICULO 111.- SOLUCION EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS
TITULO III: DE LA FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DISPOSICIÓN ADICIONAL DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ANEXO I MODELO DE RECIBO DE FINIQUITO DE LA RELACIÓN LABORAL ANEXO II CAMPO DE APLICACION DE ESTE CONVENIO ANEXO III SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO A N E X O IV ANEXO V NOTIFICACION DE SUBCONTRATA EN LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
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INTRODUCCION Más de 10 años enseñando a construir
La Fundación Laboral de la Construcción nace a finales de 1992 como una fundación privada sin ánimo de lucro, creada por las entidades más representativas del sector de la construcción: la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Metal, Construcción y Afines de UGT (MCA-UGT), y la Federación Estatal de Construcción, Madera y Afines de CC.OO. (Fecoma-CC.OO.) La Fundación surge como consecuencia del Convenio General del Sector de la Construcción, que en su disposición adicional acuerda la creación de una entidad de ámbito estatal cuya finalidad es prestar servicios para profesionalizar y dignificar los distintos oficios y empleos del sector de la construcción. Sus objetivos son el fomento de la formación profesional, la mejora de la salud y de la seguridad en el trabajo, así como elevar la cualificación profesional del sector mediante medidas como la expedición de la cartilla profesional.
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
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FORMACION La mejor formación continua y especializada
Una de las finalidades de la Fundación es elevar el nivel de formación de los trabajadores del sector de la construcción, en todas sus especialidades y a todos los niveles. Para ello, imparte cursos de iniciación, bien sea ocupacional o reglada, y de formación continua. La Fundación, en el desarrollo de sus actividades formativas, dispone de una serie de centros homologados por el INEM y por las Comunidades Autónomas, lo que le permite dar formación profesional ocupacional o continua al conjunto de los trabajadores del sector. Algunas cifras diferenciadoras: - La Fundación cuenta con 34 centros formativos distribuidos por los 17 Consejos Territoriales de los que dispone para estar presente en todos los lugares de España. - Cada año, la Fundación forma a más de 30.000 alumnos. - Para poder ofrecer la mejor formación, diversificada y especializada, cuenta con más de 1.500 profesores e imparte 4.000 acciones formativas diferentes. Entre la oferta formativa disponible, la Fundación realiza, entre otros: - Programas de Garantía Social, dirigidos a jóvenes entre 16 y 25 años. Son los futuros trabajadores, que necesitan una formación diferente y más constante para que estén perfectamente capacitados para incorporarse al mercado laboral. Una vez finalizados estos estudios, los alumnos realizan prácticas en empresas donde aplicar esa formación de una manera útil y productiva. - Programas de Formación Ocupacional, enfocados principalmente a trabajadores desempleados. La formación es básicamente práctica, con el fin de mejorar su situación laboral. La idea principal de estos cursos es que el alumno obtenga el Certificado de Profesionalidad, como sello de garantía de formación y especialización. - Programas de Formación Continua, orientados a trabajadores en activo que necesiten una formación de reciclaje y mejora en sus puestos de trabajo. Estos cursos se pueden realizar de distintas maneras, bien sean financiados por el Fondo Social Europeo, o mediante 'cursos a medida' contratados directamente a la Fundación Laboral de la Construcción por las empresas que lo desean.
SEGURIDAD Y SALUD La Fundación pone medios para prevenir los riesgos laborales
La Fundación Laboral de la Construcción trabaja por la seguridad y salud, formando en la prevención de riesgos laborales por medio de cursos y publicaciones sobre la materia. Así, la Fundación visita cada año más de 7.000 obras en todo el territorio nacional, con el objetivo de asesorar e informar a los profesionales sobre esta materia. También, junto con otras entidades, realiza acciones divulgativas que permiten un mayor conocimiento de la normativa de seguridad y salud, de las medidas preventivas y de los equipos de protección individual, entre otras cuestiones: - Desarrollo y distribución de 150.000 manuales sobre los equipos de protección individual en la construcción (ver ejemplo arriba). - Asesoramiento a más de 100.000 empresas acerca de la gestión de la prevención de riesgos laborales, con carácter general o de una obra en concreto. - Edición y distribución de documentación divulgativa del sector de la construcción sobre la prevención de los riesgos más frecuentes en las obras. Por ejemplo, repartiendo más de 30.000 carteles de señalización de seguridad. - Actividades formativas diseñadas por la Fundación Laboral de La Construcción para empresarios, jefes de obra, encargados, oficiales, etc..
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LA CARTILLA PROFESIONAL El camino hacia la cualificación profesional
La Fundación Laboral de la Construcción tiene encomendada la expedición y seguimiento de una cartilla profesional de la construcción en la que, entre otros datos, figure la categoría profesional del trabajador y los periodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad. Todos los convenios colectivos y acuerdos sectoriales que se han ido firmando en la última década asignan a la Fundación dicha misión, con el objetivo de elevar y mejorar la cualificación profesional de los trabajadores del sector de la construcción. Como recoge en su artículo 25.4 el último convenio firmado (Convenio Colectivo del Sector de la Construcción 2002-2006), la cartilla profesional posibilita, entre otras ventajas, que 'los titulares de la cartilla profesional expedida por la Fundación Laboral de la Construcción, con contrato de fijo de obra u otra modalidad de contrato temporal, estarán exentos del periodo de prueba para los trabajos de su categoría profesional, siempre que conste en la cartilla profesional haber acreditado su cumplimiento en cualquier empresa anterior'.
PUBLICACIONES Un gran fondo editorial La Fundación Laboral de la Construcción, como soporte de formación para los trabajadores del sector, tiene un importante fondo de publicaciones, en constante expansión y revisión.
Dichos manuales, elaborados por expertos de cada materia, están vinculados directamente con el sector de la construcción. La Fundación posee más de cien volúmenes propios y diferentes sobre multitud de materias relacionadas con el sector y agrupadas en distintas áreas, como Seguridad y prevención, Medio Ambiente, Gestión, y Oficios, entre otros.
CUOTA EMPRESARIAL Contribución empresarial
Desde 1993, las empresas del sector de la construcción están obligadas por convenio a aportar un porcentaje de la masa salarial, que nunca podrá exceder del 0,1% de la base de cotización a la Seguridad Social. Asimismo, está establecido que será el patronato de la Fundación Laboral de la Construcción el que propondrá a la comisión paritaria del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (CGSC) las aportaciones obligatorias y la forma de satisfacerlas. Desde el año 2000 la cuota empresarial ha sido del 0,08%
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COMISIÓN TERRITORIAL DE ANDALUCÍA EDIFICIO EXPO Inca Garcilaso, s/n Isla de La Cartuja 41092 SEVILLA Teléfono: 95 448 90 06 Fax: 95 448 90 18 Página Web: www.flcandalucia.com
INTRODUCCION: La Fundación Laboral de la Construcción es un organismo paritario de ámbito estatal en cuya gestión intervienen a través de sus comisiones territoriales los/las empresarios/as y sindicatos del sector de la construcción. En Andalucía la Fundación Laboral de la Construcción está integrada por: FADECO, CC.OO.-FECOMA y UGT-MCA. La creación de la Fundación surge a raíz de la firma del Convenio General del Sector de la Construcción en 1992. Sus objetivos son: Fomentar la Formación. Mejorar la salud laboral y la seguridad. Mejorar el empleo y expedición de una cartilla profesional. Todas las empresas acogidas al Convenio General del Sector de la Construcción, así como sus trabajadores/as, participan y se benefician de las actividades formativas de la FLC.
FORMACION La experiencia adquirida permite a la FLC-CTA, poder ofertar un abanico de cursos que satisfagan las necesidades del sector de la construcción, tanto a empresas y trabajadores/as como a desempleados/as que quieran aprender un oficio. Desde 1994 la FLC-CTA ha formado en Andalucía a más de 30.000 alumnos/as tanto en formación continua como en ocupacional integrados en programas desarrollados gracias al Fondo Social Europeo, Forcem y la Junta de Andalucía.
SEGURIDAD Y SALUD La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo reglamentario supone un importante cambio en el tratamiento de la prevención de los accidentes. La Fundación Laboral de la Construcción realiza las siguientes actividades: •
Construcción de centros de prácticas preventivas
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Jornadas de divulgación
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Visitas de asesoramiento a obras
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Actividades de formación e información en materia de seguridad
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Aula permanente de formación en seguridad y salud laboral
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Ayudas para implantar sistemas de gestión integral de prevención en las empresas
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Utilización de nuevas tecnologías en formación (cd-i, cd-rom, etc)
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Estudio y mejora de elementos y equipos de trabajo y de protección
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Investigación y seguimiento de la siniestralidad
Se trata en definitiva de mejorar las condiciones de Salud Laboral y de Seguridad en el trabajo, tratando de INTEGRAR LA SEGURIDAD EN LA FORMACIÓN.
CARTILLA PROFESIONAL El Acuerdo Sectorial Nacional suscrito el 18 de octubre de 1996 (B.O.E. del 21 de noviembre), de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción (C.N.C.), en representación de las empresas del sector y, de otra parte, por la Federación Estatal de Madera, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores (FEMCA-U.G.T.) y la Federación Estatal de Construcción, Madera y Afines de Comisiones Obreras (FECOMA-CC.OO.), en representación del colectivo laboral afectado dice en su artículo 5º:
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"d) Encomendar a la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN la expedición y seguimiento de una cartilla profesional de la construcción en la que, entre otros datos, figure la categoría profesional del trabajador/a y los períodos de ocupación en las distintas empresas en las que vaya ejerciendo su actividad. LOS/LAS TITULARES DE LA CARTILLA PROFESIONAL, CON CONTRATO DE FIJO DE OBRA U OTRA MODALIDAD DE CONTRATO TEMPORAL, ESTARÁN EXENTOS DEL PERÍODO DE PRUEBA PARA LOS TRABAJOS DE SU CATEGORÍA PROFESIONAL, SIEMPRE QUE CONSTE EN LA CARTILLA HABER ACREDITADO SU CUMPLIMIENTO EN CUALQUIER EMPRESA ANTERIOR."
CONSULTA DE VIDA LABORAL A TRAVÉS DE INTERNET En enero de 2002, las cartillas profesionales cambiaron su formato e incorporaron una novedad añadida, al permitir a los/las trabajadores/as acceder a su vida laboral en internet. La FLC garantiza en todo momento la privacidad de los datos, al facilitar una clave personal que sólo cada usuario/a conoce.
CUOTAS DE EMPRESA Los recursos económicos con los que cuenta la Fundación Laboral de la Construcción son fundamentalmente las aportaciones de las Administraciones Públicas, más una aportación complementaria a cargo de las empresas incluidas en el ámbito del Convenio General del Sector de la Construcción. Ésta última aportación es la denominada Cuota Empresarial. La Cuota Empresarial queda establecida por primera vez en el 0’05% (B.O.E. 29 de Mayo de 1992) de la base de A.T. y E.P. (casilla 301 del TCI de la Seguridad Social). En 1998 se estableció una cuota extra sobre la base antes citada (B.O.E. 30/06/98), y en el año 2000, la cuota pasó al 0’08% (B.O.E. 26/02/00). Este porcentaje sigue vigente en este convenio.
PROYECTOS EUROPEOS El departamento de Proyectos Europeos de la FLC-A nace bajo el marco de la Unión Europea y su Iniciativa Comunitaria Equal 2001-2006, una Iniciativa Comunitaria de Recursos Humanos creada para la elaboración de redes de cooperación transnacional que trabajen para la promoción de nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y las desigualdades de toda clase, género, origen étnico, creencias o edad, en relación al mercado laboral.
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