SENADO DE LA REPÚBLICA H. Senador José David Name Cardozo BOLETÍN No 090 El Senador José David Name Cardozo líderó negociación con Minprotección Social
Gobierno amplió el plazo Para comercialización de leche cruda en el Colombia Barranquilla.- Agosto 16 de 2008.- Acogiendo argumentos y una solicitud que en tal sentido le hizo la Comisión Quinta del Senado de la República, el Gobierno Nacional prorrogó el plazo establecido en el Decreto 2838 de 2006 prohibiendo la comercialización de leche cruda en el país a partir del próximo 24 de agosto, informó este sábado el Senador por el Partido Social de Unidad Nacional, José David Name Cardozo, quien recibió la confirmación de la medida por parte del Ministro de Protección Social, Diego Palacios Betancourt “La semana pasada junto con el Senador Jorge Robledo Ortiz habíamos examinado la situación del sector de cruderos en Colombia y le expresamos al Ministro no sólo nuestra preocupación sino los perjuicios que se le causarían a millares de familias en el país, entre ellas unas diez mil localizadas en la Costa Caribe que derivan su sustento de la comercialización de leche cruda”, explicó el congresista atlanticense. Indicó que “con satisfacción vemos que el Gobierno Nacional en cabeza del señor Ministro de Protección Social acogió nuestros argumentos y decidió ampliar hasta cuatro años y medio, el plazo para que comience a regir la prohibición de la comercialización de leche cruda en Colombia” Bogotá carrera 7 Nº 8-68 oficina 332 Teléfonos: 3823381-84, Barranquilla Carrera 57 Nº 68-60 Teléfonos: 3441415 Fax 3680064 e-mails:
[email protected] [email protected] Web : www.josename.com
SENADO DE LA REPÚBLICA H. Senador José David Name Cardozo Name Cardozo expresó que la ampliación de los plazos permite que los comercializadores de leche cruda presenten sus planes de reconversión y entre en vigor la prohibición de su comercialización en un tiempo más razonables. “El Ministro nos ha explicado que los plazos se establecieron según la población de los municipios, lo cual significa que aquellos que cuenten con más de 500 mil habitantes tendrán un plazo total para la culminación de los planes de reconversión de dos años y medio, mientras que los registrados con menos de 30 mil habitantes contarán con un plazo hasta de cuatro años y medio. “De ahora en adelante, como lo ha diseñado el Ministerio, es importante estructurar el proceso de acompañamiento técnico y financiero para que el proceso de reconversión pueda darse a cabalidad y se cumpla con el objetivo de proteger la salud de los colombianos”, manifestó Name Cardozo.
FDO. JOSÉ DAVID NAME CARDOZO
Senador de la República Agosto 16 de 2008
Bogotá carrera 7 Nº 8-68 oficina 332 Teléfonos: 3823381-84, Barranquilla Carrera 57 Nº 68-60 Teléfonos: 3441415 Fax 3680064 e-mails:
[email protected] [email protected] Web : www.josename.com