03 181219 Contrato De Obra Ofibodegas Arketipo.docx

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CONTRATO DE OBRA DE “ESTRUCTURA METALICA PARA OFIBODEGAS”

JORGE HORACIO CIFUENTES HERNANDEZ, de cincuenta y cuatros años, casado, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos cincuenta y dos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta cero uno cero uno (2552 57880 0101)emitido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, propietario de la empresa individual ARKETIPO, debidamente inscrita en el Registro General Mercantil , inscrito bajo el número ciento dos mil doscientos veintisiete (102227), folio doscientos (200) y libro noventa y cuatro (94) de empresas mercantiles, en adelante se le podrá denominar como la CONTRATISTA, a la que en adelante se le denominará la CONTRATANTE y por otra parte, ANDRÉS RIVERA NÁJERA, de treinta y seis (36) años de edad, casado, comerciante, guatemalteco, con domicilio en la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, me identifico con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de Identificación (CUI) numero dos mil quinientos ocho, trece mil seiscientos veintinueve, cero ciento uno

(2508 13629 0101) extendido por el Registro

Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Vice-Presidente del Consejo de Administración y Representante Legal de la entidad GRUPO FERROSO, SOCIEDAD ANÓNIMA, lo cual acreditó mediante el Acta Notarial que contiene su nombramiento, de fecha veintiséis (26) de febrero del año dos mil dieciocho (2018) autorizada en la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala por el Notario Armando Mérida Ruano, y que se encuentra inscrita en el Registro Mercantil General de la República de Guatemala bajo el número de registro quinientos veintinueve mil sesenta y dos (529,062), folio ochenta y dos (82) del libro seiscientos setenta y ocho (678) de Auxiliares de Comercio, en adelante se le podrá denominar como la CONTRATISTA. DECLARACIONES: Nosotros los otorgantes, en las calidades en las que actuamos respectivamente, manifestamos: a) ser de los datos de identificación anotados; b) encontrarnos en el libre goce y ejercicio de nuestros derechos civiles; c) que las representaciones que ejercen se encuentran vigentes, no han sido revocadas ni canceladas, y son suficientes para poder otorgar el presente CONTRATO para el proyecto de construcción “ESTRUCTURA METALICA OFIBODEGAS” de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto del contrato. La CONTRATANTE contrata los servicios de la CONTRATISTA para la realización de trabajos de construcción del proyecto ESTRUCTURA METALICA OFIBODEGAS” ubicado en Salcajá, Quetzaltenango, de conformidad con los anexos del presente contrato. En adelante se podrá ser llamada simplemente “el proyecto o “la obra” indistintamente. Por su parte la CONTRATISTA acepta la construcción en los términos y condiciones que se convienen en este contrato y desde ya declara que conoce la ubicación y las características del proyecto relacionado y que cuenta con los recursos técnicos, humanos y económicos para cumplir con el objeto del presente contrato, el cual ejecutará siguiendo, entre otros, los principios la verdad sabida y buena fe guardada, y respetando los principios éticos de CONTRATANTE. SEGUNDA. Anexos del contrato. Manifestamos los comparecientes, que como Anexos al presente contrato adjuntamos los siguientes documentos, que deberán ser firmados por ambas partes en dos copias: 

Anexo A: Oferta No. G-18-11-020D de fecha 26 noviembre 2018



Anexo B: Cronograma de trabajo



Anexo C: Planos

TERCERA: DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA CONTRATADA. A) DESCRIPCIÓN: Los trabajos de construcción a realizar por la CONTRATISTA consiste en trabajos preliminares en estructuras metálicas y complementarios conforme los Anexos del presente contrato. El trabajo a realizar por la CONTRATISTA incluye todos los trabajos requeridos para la perfecta y completa construcción del proyecto que garanticen su correcto funcionamiento. B) CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES, PLANOS, ANEXOS Y MATERIALES. Todo el trabajo deberá ser realizado en estricta conformidad con las características y especificaciones detalladas en los planos aceptados por la CONTRATANTE.

La

CONTRATISTA manifiesta que conoce y acepta expresamente obligarse a cumplir el proyecto de acuerdo con las características y especificaciones allí detalladas. En caso de surgir o encontrar cualquier conflicto, error, omisión o discrepancia en los planos, especificaciones, instrucciones, o en las condiciones de la obra, la CONTRATISTA deberá notificar a la CONTRATANTE. C) MANO DE OBRA Y EQUIPO: La CONTRATISTA manifiesta haber incluido en su oferta todo lo requerido para la entrega completa y perfecta

de los trabajos de

construcción para el proyecto de ESTRUCTURA METALICA OFIBODEGAS” así como

su funcionalidad y proporciona su propia, adecuada y competente mano de obra, supervisión, herramientas, equipos, materiales. D) PERSONAL Y SALARIOS. El trabajo será ejecutado por la CONTRATISTA con su propio equipo y personal. La contratación del personal necesario para la ejecución del trabajo contratado, el pago de salarios, bonificaciones, indemnizaciones y prestaciones según la ley corre por cuenta y riesgo exclusivamente de la CONTRATISTA. El cumplimiento de las demás obligaciones patronales establecidas por las leyes vigentes queda bajo responsabilidad exclusiva de la CONTRATISTA, quedando la CONTRATANTE desligada de cualquier obligación laboral o de cualquier otra naturaleza. La CONTRATISTA declara que dará cumplimiento a las disposiciones del Código de Trabajo y disposiciones laborales vigentes. E) PROGRAMA DE EJECUCIÓN. La CONTRATISTA programará y coordinará los detalles del trabajo para cumplir con las fechas y avances acordados y establecidos de conformidad con el presente contrato. Si la CONTRATISTA no cumpliera con el programa debido a causas imputables, la CONTRATANTE podrá exigir que presente su plan para recuperación del programa, o especificar por escrito los pasos a seguir para alcanzar el cumplimiento del mismo. La CONTRATANTE se reserva el derecho de dirigir a la CONTRATISTA para que programe el orden de ejecución de su trabajo de manera tal de no interferir con la ejecución del trabajo de otros.

CUARTA: PRECIO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. El precio total del contrato será de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($265, 000.00) El precio establecido incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y todo impuesto, arancel o tributo de cualquier naturaleza relacionado con los precios de los materiales y el suministro de servicios para su colocación, así como gastos, traslado y descarga en obra, así como el valor de instalación. El precio establecido se pagará por la CONTRATANTE a la CONTRATISTA de la manera siguiente: 

15% con la aceptación de la oferta y firma de contrato entre las partes.



15% a los treinta (30) días de recibido el anticipo inicial.



20% a los 60 días de recibido el anticipo inicial.



20% a los 90 días de haber recibido el anticipo inicial.



20% a los 120 días de haber recibido el anticipo inicial.



10% contra entrega.

El precio establecido se pagará por la CONTRATANTE a la CONTRATISTA de acuerdo al siguiente procedimiento: a) El Contratista deberá enviar al supervisor la estimación quincenal o nota de cobro para su autorización por avance de compra de materiales, producción y montaje. b)

El Supervisor deberá revisar y autorizar la estimación en un plazo máximo de tres días hábiles para ingresar factura para el trámite de cheque, el cual deberá hacerse efectivo siete días a partir de la autorización.

c) Las estimaciones deben contener la compra de materiales, producción y montaje. d) El atraso injustificado por parte del Contratante en cualquiera de los pagos estipulados en este contrato generara un interés del 3% mensual de recargo y el Contratante acepta pagarlos mensualmente a partir del segundo mes de atraso. e) Si existen cambios en la forma de pago por parte del cliente, este deberá de ser aprobado de mutuo acuerdo por escrito entre el Contratista y el Contratante. QUINTA: PLAZO. El plazo para la entrega total de la obra terminada será de cinco (5) meses, a partir de recibo de anticipo inicial. Hasta que se haya recibido la Contratista podrá iniciar con los trabajos contratados. El contratista programará y coordinará los detalles de trabajo para cumplir con las fecha establecida, los cuales se presentan en CRONOGRAMA DE TRABAJO. SEXTA: SUPERVISIÓN. La CONTRATANTE tendrá el derecho de supervisar la ejecución de la obra, para este efecto podrá hacerlo por medio de su personal o subcontratará a una tercera persona. Así mismo podrá inspeccionar, en todo momento, el trabajo y todos los materiales, suministros y equipos para el trabajo en la obra y sus subcontratistas para verificar su conformidad con el presente contrato y demás documentos que forman parte del mismo. LA CONTRATISTA informará al supervisor de obra del avance y procedimientos de ejecución de la obra, para su aprobación. SÉPTIMA: CAMBIOS Y ADICIONES. Cualquier cambio o adición deberá ser aprobado por LAS PARTES, por medio de órdenes de cambio y acuerdo de trabajo extra.

OCTAVA: OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES. La CONTRATISTA se obliga a ejecutar la obra de entera conformidad con las condiciones y características de lugar, tiempo y modo especificadas en las cláusulas anteriores. Son responsabilidades de La CONTRATISTA: a) Realizar los trabajos correctivos en caso la CONTRATANTE rechace los mismos por no cumplir con las especificaciones contenidas en este contrato. b) Establecer e implementar programas de control de calidad que aseguren el cumplimiento de los requerimientos de la CONTRATANTE y monitorearlos. c)La CONTRATISTA es la encargada, responsable y velara por la salud y seguridad de las personas que laboran para ella. Son responsabilidad de la CONTRATANTE:

a) El Contratante se obliga a resolver en un plazo no mayor a dos días hábiles las consultas hechas por el Subcontratista con respecto a medidas, dudas de planos, substitución de materiales por materiales que se encuentren localmente en Guatemala, para poder proceder con la ejecución del contrato sin afectar el tiempo de entrega de la obra. Si el Contratante se excediera en este plazo, el Contratista tendrá el derecho de correr la fecha de entrega en igual número de días calendarios adicionales que se haya tomado el Contratante en resolver y contestarle al Contratista.

b) Proporcionar a LA CONTRATISTA agua y energía eléctrica (cercana al punto de montaje no mayor a veinte (20) metros de distancia) para la ejecución de la Obra.

c) Proporcionar a LA CONTRATISTA los accesos apropiados para el transporte y equipo pesado durante la ejecución de la Obra.

d) Proporcionar a LA CONTRATISTA los accesos para las grúas con una distancia mínima de cinco metros respecto a cada marco;

e) vigilancia de los equipos y maquinaria que se encuentra en el lugar. f) LA CONTRATANTE se obliga tener lista el área de trabajo libre de obstáculos para ejecutar el trabajo.

DÉCIMA: GARANTÍA. La CONTRATISTA proporcionará la garantía sobre la construcción y todos los trabajos por ella realizados por el período de garantía que será de doce (12) meses a partir de la fecha de entrega de la construcción mediante Acta de Recepción. Durante este tiempo la CONTRATISTA se obliga a reparar y realizar los trabajos necesarios para que

la construcción del proyecto refleje lo contratado en este documento. La garantía de los trabajos cubre únicamente si los trabajos defectuosos o la reparaciones son imputables a EL CONTRATISTA y el trabajo realizado no fue dañado por otros, utilizado para un uso diferente para el que fue construido, y no se le hayan efectuado modificaciones o alteraciones por personas ajenas al Contratista. En concepto de garantía y después de entregada la obra, cuando EL CONTRATANTE reclame y avise a EL CONTRATISTA por escrito sobre la necesidad de alguna reparación, EL CONTRATISTA procederá a verificar el efecto y establecer los mecanismos de reparación en un plazo máximo de diez días calendario después de recibido el aviso por escrito. EL CONTRATISTA verificara y notificara por escrito a LA CONTRATANTE la causa de la misma.

En el caso que la falla sea imputable a EL

CONTRATISTA, este deberá acordar por escrito con LA CONTRATANTE un tiempo para ejecución de la reparación. Treinta días calendario después de la fecha de entrega de la reparación o del plazo acordado para tal reparación. Si EL CONTRATISTA no realizare los trabajos en el plazo fijado, LA CONTRATANTE puede ordenar la ejecución de los trabajos, ya sea con su personal o contratando la realización de los mismos, con una tercera persona, a costa del CONTRATISTA.

DECIMA PRIMERA: RECEPCIÓN. La Recepción de los trabajos será realizada cuando la CONTRATISTA haya cumplido con el 100% de todas las estipulaciones pactadas en el presente Contrato y la CONTRATANTE haya manifestado su aceptación a su entera satisfacción. El contratista notificara con dos (2) días hábiles de anticipación que terminara todos los trabajos desmontaje contratados por el Contratante y solicitara que el Contratante reciba todos los trabajos, revise todos los trabajos a más tardar tres (3) días hábiles después de la notificación y reciba los trabajos mediante un Acta de Recepción. El Contratista esperara la revisión antes de proceder a retirar a todo el personal de la obra. Se acordara mutuamente entre el Contratista y el Contratante un tiempo para realizar los trabajos pendientes según las observaciones del Supervisor del Contratante y se volverá a pedir que el Contratante reciba la obra mediante este mismo procedimiento.

DECIMA SEGUNDA: SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Para la interpretación y fiel cumplimiento del presente contrato, ambas partes se someterán a las leyes de la República de Guatemala y competencia de los Tribunales de Justicia de Guatemala, renunciando a cualquier otro fuero que por razones de su domicilio presente o futuro pudiese suscitarse como resultado

del cambio del mismo por cualquiera de las partes aquí contratantes o por cualquier otra causa. Las partes renuncian al fuero de su domicilio, señalando como lugar para recibir notificaciones las indicadas en la CLAUSULA DECIMA TERCERA. Si en caso cambian de dirección deberán dar el aviso correspondiente, pues de lo contrario se tendrán por válidas y

bien

hechas

las

citaciones,

notificaciones,

emplazamientos

y

cualquier

otra

comunicación que en esos lugares se les haga. Las partes renuncian a ser notificadas en lugar distinto del señalado anteriormente, salvo aviso en contrario con constancia de recibido. DÉCIMA TERCERA: DIRECCIONES DE LAS PARTES PARA NOTIFICACIONES: 

La CONTRATANTE: Doceava (12ª) Avenida Uno guion cincuenta y nueve (1-59) zona tres (3), Quetzaltenango, Quetzaltenango.



La CONTRATISTA: Quinta (5ª) Avenida Quince guion cuarenta y cinco (15-45) zona diez (10) Edificio Centro Empresarial Torre Dos (2), Oficinas Doscientos (205) a Doscientos ocho (208), Municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, República de Guatemala.

DÉCIMA CUARTA: ACEPTACIÓN GENERAL: Las partes manifestamos expresamente, que en lo que a cada uno corresponde aceptan todas y cada una de las cláusulas del presente contrato, se extiende el presente contrato en dos originales, comprendido en seis hojas incluyendo la auténtica, más los anexos que forman parte de este contrato. Asimismo, hacemos constar: a) Que todo lo expuesto anteriormente es nuestro consentimiento unánime. b) Que damos lectura a lo escrito quienes bien enterados de su contenido, objeto validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos, en los lugares y fechas abajo indicados.

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CONTRATANTE

CONTRATISTA

Guatemala, 14 diciembre de 2018

Guatemala, 14 diciembre 2018

En la ciudad de Guatemala, el catorce (14) diciembre del año dos mil dieciocho (2018), yo notaria, doy fe que las firmas que anteceden son auténticas por haber sido puestas en mi

Commented [RP1]: Dirección de Arketipo para recibir notificaciones Commented [AC2R1]: Por favor indicar que dirección desean ustedes, se utilizó la “dirección comercial” que se especifica en la patente de comercio de Arketipo.

presencia el día de hoy por: a) ANDRÉS RIVERA NÁJERA, de treinta y seis (36) años de edad, casado, comerciante, guatemalteco, con domicilio en la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala, quien se identifica con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de Identificación (CUI) numero dos mil quinientos ocho, trece mil seiscientos veintinueve, cero ciento uno (2508 13629 0101) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien actúa en su calidad de Vice-Presidente del Consejo de Administración y Representante Legal de la entidad GRUPO FERROSO, SOCIEDAD ANÓNIMA, lo cual acredita mediante el Acta Notarial que contiene su nombramiento, de fecha veintiséis (26) de febrero del año dos mil dieciocho (2018) autorizada en la ciudad de Guatemala, Departamento de Guatemala por el Notario Armando Mérida Ruano, y que se encuentra inscrita en el Registro Mercantil General de la República de Guatemala bajo el número de registro quinientos veintinueve mil sesenta y dos (529,062), folio ochenta y dos (82) del libro seiscientos setenta y ocho (678) de Auxiliares de Comercio; y, b) JORGE HORACIO CIFUENTES HERNANDEZ, de cincuenta y cuatros años, casado, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos cincuenta y dos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta cero uno cero uno (2552 57880 0101)emitido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, propietario de la empresa individual ARKETIPO, debidamente inscrita en el Registro General Mercantil, inscrito bajo el número ciento dos mil doscientos veintisiete (102227), folio doscientos (200) y libro noventa y cuatro (94) de empresas mercantiles. Las firmas calzan en contrato de proyecto “ESTRUCTURA METALICA OFIBODEGAS” más la presente que contiene la presente acta de legalización de firma. Asimismo DOY FE y hago constar que los signatarios firman nuevamente la presente acta de legalización juntamente con la infrascrita Notaria. DOY FE.

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