Test de Celadores nº 02 Examen O.P.E. INSALUD 1998 - Parte 2 LLEGA UNA AMBULANCIA A RECOGER A UN ENFERMO A SU DOMICILIO Y HAY QUE BAJARLO EN CAMILLA. ANTE ESTA SITUACIÓN EL CELADOR/A DEBERÁ: No es función suya bajar al paciente Buscar a un familiar para que baje al enfermo Preparar todo lo necesario para bajarlo Consulta a su superior qué debe hacer
SON LENGUAS OFICIALES: El castellano como lengua oficial del Estado y las demás lenguas españolas en sus respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos Sólo el castellano El castellano y las lenguas españolas en todo el territorio nacional, de acuerdo con los respectivos Estatutos Todas las lenguas españolas en sus respectivos territorios, excepto las que tengan consideración de dialecto
¿CON QUÉ FRECUENCIA DEBEN LOS CELADORES LAVAR Y ASEAR A LOS ENFERMOS MASCULINOS ENCAMADOSO O QUE NO PUEDAN REALIZARLO POR SÍ MISMOS? Excepcionalmente, atendiendo a las indicaciones de las Supervisoras de planta o servicio o de quienes las sustituyan legalmente Excepcionalmente, y sólo cuando reciban orden motivada del Jefe de Personal Subalterno Nunca, pues ésta es una función encomendada a las/los Auxiliares de Enfermería Siempre que lo necesiten los enfermos, pues ésta es una de sus muchas funciones
EL ESTADO SE ORGANIZA TERRITORIALMENTE EN: Municipios, Provincias y Comunidades Autónomas Ayuntamientos, Diputaciones y Comunidades Autónomas Provincias y Comunidades Autónomas Diputaciones, Islas y Comunidades Autónomas
LA ATENCIÓN A LA SALUD EN EL NIVEL DE ASISTENCIA ESPECIALIZADA SE PRESTARÁ A TRAVÉS DE: Ambulatorios y Centros de Salud Centros de Salud exclusivamente Centros de Especialidades exclusivamente Hospitales y Centros de Especialidades
LA LEY 13/1995 DE 18 DE MAYO DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EXTIENDE SU ÁMBITO DE APLICACIÓN A: La contratación de personal en las Administraciones Públicas Unicamente a las distintas modalidades de compra y venta en las Instituciones Sanitarias Los contratos que celebren las Administraciones Públicas Los contratos que celebren exclusivamente la Administración del Estado con otras Administraciones
EL RANGO DE LA NORMA JURÍDICA QUE REGULA EL ESTATUTO DEL PERSONAL FACULTATIVO ES: Una Ley Orgánica Un Decreto-Ley Un Decreto Una Orden Ministerial
EL PERSONAL NO SANITARIO AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL SE CLASIFICA DE LA SIGUIENTE FORMA: En 5 grupos: Personal Técnico, Titulado Superior, De Servicios Generales, De Oficio y Subalterno En 3 grupos: Personal Administrativo, De Oficio y Subalterno En 4 grupos: Personal Técnico, De Servicios Especiales, De Oficio y Subalterno En 4 grupos: Personal Titulado, De Servicios Generales, De Oficio y Subalterno
LA SITUACIÓN ESPECIAL EN ACTIVO, REGULADA EN EL ARTÍCULO 48 DEL ESTATUTO DE PERSONAL SANITARIO NO FACULTATIVO, ¿ES APLICABLE AL PERSONAL NO SANITARIO? En los mismos casos y con idénticos efectos que a aquéllos Sólo si el personal no sanitario tiene formación académica de carácter sanitario El personal no sanitario nunca puede encontrarse en situación especial en activo Es facultad discrecional aplicarla a dicho personal por los Directores Gerentes
EL SERVICIO DE ATENCIÓN AL PACIENTE DEBE ATENDER A: Los parientes de los pacientes hasta segundo grado Exclusivamente a los pacientes A los pacientes, a sus parientes próximos, representantes o acompañantes Sólo a los pacientes y a sus cónyuges
ANTE LA DEMANDA DE INFORMACIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN CLÍNICA DE UN PACIENTE, EL CELADOR/A ACTUARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA: Transmitirá tranquilidad informando de la buena evolución de la enfermedad Se limitará a decir que no está autorizado para proporcionar información Accederá a la historia clínica del paciente para proporcionar la información adecuada Orientará las consultas hacia el médico encargado de la asistencia al enfermo
LOS CIUDADANOS DEBEN RESPONSABILIZARSE DEL USO ADECUADO DE LAS PRESTACIONES OFRECIDAS POR EL SISTEMA SANITARIO: Sólo si se encuentra hospitalizado Depende del grado de enfermedad que tenga Sólo cuando así se lo indiquen las normas del centro Siempre
ACABA DE ENTRAR UN ENFERMO POR LA PUERTA DE UN HOSPITAL. EL TRASLADO SE EFECTUARÁ PREFERENTEMENTE: En silla de ruedas En cama Por su propio pie Indistintamente con cualquiera de ellos, según el tipo de dolencia
LAS FUNCIONES DEL CELADOR/A ESTÁN REGULADAS EN EL ESTATUTO DE PERSONAL NO SANITARIO EN EL ARTÍCULO: En el 13 En el 14 En el 15 En todos ellos
EL CELADOR/A DE QUIRÓFANO: Irá uniformado enteramente de blanco Deberá mantenerse durante la operación en el antequirófano Ayudará en las labores propias dentro de este Servicio Todas las anteriores
SON FUNCIONES DEL HOSPITAL, ENTRE OTRAS: El internamiento clínico y la coordinación con la sanidad veterinaria La asistencia especializada, la investigación y la docencia La promoción de la salud y el control de las oficinas de farmacia La prevención de enfermedades y el control de las estadísticas de mortalidad y morbilidad
SE DENOMINAN SERVICIOS DE REFERENCIA A: Servicios jerarquizados de especialidades que, por sus características, deban prestar asistencia a más de un Área de Salud Los Servicios de Cirugía, Pediatría y Medicina Interna Aquellos Servicios en los que se hayan conseguido unos determinados estándares de calidad Los Servicios hospitalarios coordinados con Atención Primaria
LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS EN UN CONCURSO-OPOSICIÓN POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA, TENDRÁN PREFERENCIA PARA LA ELECCIÓN DE PLAZA SOBRE LOS DEL SISTEMA DE ACCESO LIBRE: Siempre Según el número de opositores aprobados Dependiendo de la puntuación obtenida en la fase de oposición Sólo en el caso de empate con los del sistema libre
LOS CELADORES/AS: Vigilarán las entradas de la Institución, no permitiendo el acceso más que a las personas autorizadas Sólo permitirán la entrada a dos visitantes por paciente Comprobarán la identidad de los visitantes no autorizados Todas son válidas