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USAC - EFPEM 1 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA (EFPEM) LICDA: ROSY ROMERO CONTABILIDAD DE SOCIEDADES.

SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

SUSANA DIVAS 201410080 GLORIA YOLANDA COJOM CASTAÑEDA 200418897 SILVIA TULUXAN 201410164 ERIKA Rossana Ovalle Salazar 8318115.

USAC - EFPEM 2 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

INTRODUCCIÓN Esta investigación tiene por objeto tratar aspectos importantes acerca de la Sociedad Comandita por Acciones, habiendo dos clases de Sociedad en Comandita las cuales son: Comandita Simple y Comandita por Acciones, en este caso el tema específico es Sociedad Comandita por Acciones.

USAC - EFPEM 3 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

INDICE: Caratula …………………………………………………………………………. Introducción …………………………………………………………………….. Índice……………………………………………………………………………... Definicion de la sociedad comandita por acciones…………………………. Artículos No. 59 al 67 del código de comercio………………………………. Características de la sociedad………………………………………………… Ventajas y desventajas………………………………………………………… Apertura de la sociedad comandita por acciones…………………………... Conclusión……………………………………………………………………… Bibliografía………………………………………………………………………

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USAC - EFPEM 4 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

Definición: Sociedad Comanditaria por acciones Es una sociedad que, teniendo todo el capital social dividido en acciones, deberá encargar de la administración social a uno o más accionistas que responderán personal y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante el periodo de su administración. La ventaja principal que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comanditaria simple. Los inconvenientes principales son, por un lado la necesidad de contar con un capital mínimo de 60.101,21 euros, y por otro lado, que la sociedad queda sometida a algunos complicados trámites en la vida social similares a los de las sociedades anónimas. Al igual que en la Sociedad Comanditaria Simple, para su constitución se requiere la escritura pública de constitución y la inscripción en el Registro Mercantil. En la denominación se puede utilizar el nombre de todos los socios colectivos (administradores), de alguno de ellos o de uno solo, o bien utilizar una denominación objetiva, indicando en todo caso "Sociedad en Comandita por Acciones" o "S.Com. p.A." Lo más importante de esta modalidad es que el capital social está dividido en acciones, que podrán ser nominativas o al portador, pudiendo emitirse acciones privilegiadas y no puede ser inferior a 60.101,21 euros, que en el momento de la constitución deberá estar suscrito y desembolsado como mínimo en un 25%. Hay un número mínimo de socios, dos, pero no lo hay máximo. Respecto a la responsabilidad de los socios, dependerá de si son colectivosadministradores o comanditarios. Los primeros, tienen una responsabilidad ilimitada y solidaria. Es ilimitada porque no al capital aportado por el socio sino que a todos sus bienes, presentes y futuros. Es solidaria porque los acreedores pueden dirigirse contra cualquier administrador por el importe total de la deuda (este podrá a su vez reclamar al resto de socios). Los segundos, sólo responden de las deudas sociales hasta el montante de su aportación al capital social. Un aspecto muy importante en la administración es el referente al Órgano Social y a los Administradores. Sistema de Administración Datos para entregar en la Notaría Trámites Fiscales Trámites Laborales .

USAC - EFPEM 5 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

BASE LEGAL ARTÍCULOS No. 59 AL 67 DEL CODIGO DE COMERCIO. ARTÍCULO 59. SOCIEDAD COLECTIVA. Sociedad colectiva es la que existe bajo una razón social y en la cual todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Justificación: todos los socios reconocen sus obligaciones adquirido

sociales que han

ARTÍCULO 60. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDADES. La estipulación de la escritura social que exima a los socios de la responsabilidad ilimitada y solidaria no producirá efecto alguno con relación a tercero; pero los socios pueden convenir entre sí que la responsabilidad de alguno o algunos de ellos se limite a una porción o cuota determinada. Justificación: En los requisitos para la escritura social exoneran a los socios de la responsabilidad ilimitada no afectando otras personas, pero los socios se ponen de acuerdo un cobro proporcional ARTÍCULO 61. RAZÓN SOCIAL. La razón social se forma con el nombre y apellido de uno de los socios o con los apellidos de dos o más de ellos, con el agregado obligatorio de la leyenda; y compañía Sociedad Colectiva, leyenda que podrá abreviarse: y Cía S.C. Justificación: El nombre que le pongan a la empresa se llamara razón social, esta puede ir a acompaña de un nombre y apellido de un socio o con los dos apellidos de los socios y con el agregado Cía S.C. ARTÍCULO 62. NOMBRE DE LA RAZÓN SOCIAL. La persona que no siendo socio permita que figure su nombre en la razón social, queda sujeta a las mismas obligaciones y responsabilidades de los socios. Justificación: Cunado una persona ajena a la sociedad presta su nombre tiene las obligaciones como si fuera socio. ARTÍCULO Sin embargo, si el nombre completo o el apellido de un socio que se hubiere separado de la sociedad hubiere de mantenerse en la razón social, por haberlo convenido así con los demás socios o haberlo autorizado sus herederos, deberá agregarse a la razón social la palabra: Sucesores, que podrá abreviarse: Sucs.

USAC - EFPEM 6 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

Justificación: Si la sociedad lleva el nombre de un socio que se retira debe de ir acompañado de Sucs. Que significa sucesores. ATÍCULO 63. ADMINISTRACIÓN A FALTA DE PACTO. En defecto de pacto que señale a uno o algunos de los socios como administradores, lo serán todos. Justificación Todos los socios eran los encargados de administrar la sociedad ARTÍCULO 64. VIGILANCIA. Los socios no administradores podrán nombrar un delegado para que a su costa vigile los actos de los administradores. Justificación: Siempre habrá un representante que vele por los derechos de los socios. ARTÍCULO 65. RESOLUCIONES EN JUNTA GENERAL. Las resoluciones que por ley o por disposición de la escritura social correspondan a los socios, serán tomadas en junta general convocada por los administradores o por cualquiera de los socios. La convocatoria podrá hacerse por simple citación personal escrita, hecha por los menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a la junta. La convocatoria deberá expresar con la debida claridad los asuntos sobre los que se haya de deliberar. Justificación Para una reunión de la junta deben de notificar cuarenta y ocho horas de anticipación y tener una agenda de los asuntos que se van a deliberar ARTÍCULO 66. JUNTA TOTALITARIA. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la junta general quedará válidamente constituida sin necesidad de previa convocatoria, si encontrándose reunidos o debidamente representados todos los socios, decidieran celebrarla, aprobando la agenda por unanimidad. Justificación Todos los socios deben aprobar la agenda, ARTÍCULO 67. REPRESENTACIÓN DE LOS SOCIOS. Salvo disposición en contrario de la escritura social, todo socio podrá hacerse representar en la junta general por medio de otra persona. Justificación Si un socio no asiste puede mandar a un representante.

USAC - EFPEM 7 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

CARACTERISTICAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES 01) REGIMEN: La Sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima. (Artículo 196) 02) RAZÓN SOCIAL: La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados con los apellidos de los dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual podrá abreviarse: y Cía. S.C.A. (Artículo 197) 03) LOS SOCIOS COMANDITADOS: Los socios comanditados tienen a su cargo la administración de la sociedad y la representación legal de la misma y están sujetos a las obligaciones y responsabilidades de los administradores de la sociedad anónima. (Artículo 198) 04) ORGANO DE FISCALIZACIÓN: En esta clase de sociedades, es obligatorio establecer en la escritura constitutiva un órgano de fiscalización integrado por uno o varios contadores, auditores o comisarios nombrados exclusivamente por los socios comanditarios y cuyo funcionamiento y atribuciones se regirá por lo dispuesto para la fiscalización de las sociedades anónimas. (Artículo 199) 05) REMOCIÓN DE ADMINISTRADORES: La asamblea general puede remover a los administradores o proveer la sustitución del administrador que por cualquier causa haya cesado de su cargo. Desde el momento que el nuevo administrador acepte el nombramiento, asume la calidad y las responsabilidades de socio comanditado. El socio comanditado que hubiere sido removido o sustituido de la administración, mantendrá sus derechos y obligaciones como comanditado, salvo lo relativo a la administración. (Artículo 200) 06) CESE DE RESPONSABILIDAD: El socio comanditado que cese en el cargo de administrador, no responde por las obligaciones de la sociedad, surgidas con posterioridad a la inscripción en el Registro Mercantil, de la cesación del cargo. (Artículo 201) 07) PROHIBICIÓN DE VOTAR:

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Los socios comanditados no tienen derecho de voto por las acciones que les corresponden, en las deliberaciones de la asamblea que conciernen al nombramiento y a la remoción de los órganos de fiscalización, el ejercicio de la acción de responsabilidad y la aprobación de los actos de la administración. (Artículo 202) La contabilización de las operaciones de la sociedad en comandita por acciones es similar a la sociedad anónima, VENTAJAS Y DESVENTAJAS VENTAJAS: La principal ventaja que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comandita simple. Los socios colectivos pueden atraer el capital de otros sin que estos interfieran en la gestión de la empresa. Responsabilidad Limitada de los socios comanditarios. DESVENTAJAS: La necesidad de contar con un capital mínimo. Tramites complicados en la vida social similares a los de las sociedades anónimas. Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios colectivos administradores.

APERTURA DE LA SOCIEDAD: La apertura de la Sociedad Comandita por Acciones, puede hacerse por una partida, por dos partidas, y por tres partidas. En las tres formas se obtienen los mismos resultados.

USAC - EFPEM 9 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

APERTURA POR UNA PARTIDA: PDA. 1

01/01/2016

DEBE

Caja

Q

Bancos

Q 95,000.00

HABER

5,000.00

Capital Autorizado

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una --------------------------------------------------------Q 100,000.00 Q 100,000.00

APERTURA POR DOS PARTIDAS: PDA. 1

01/01/2016 Suscripciones de Acciones

DEBE Q

HABER

1,000.00

Capital Autorizado

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una --------------------------------------------------------PDA.

Q

1,000.00

Caja

Q

5,000.00

Bancos

Q 95,000.00

2

Q 100,000.00

01/01/2016

Suscripciones de Acciones

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una ---------------------------------------------------------

APERTURA POR TRES PARTIDAS:

Q 100,000.00

Q 100,000.00

USAC - EFPEM 10 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES PDA. 1

01/01/2016 Acciones por suscribir

DEBE

HABER

Q 100,000.00

Capital Autorizado

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una --------------------------------------------------------PDA.

2

Q

1,000.00

Q 100,000.00

01/01/2016 Suscriptores de Acciones

Q 100,000.00

Acciones por Suscribir

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una --------------------------------------------------------PDA.

3

Q 100,000.00

Q 100,000.00

01/01/2016 Caja

Q

Bancos

Q 95,000.00

5,000.00

Suscriptores de Acciones

Q 100,000.00

Valores con los que inicia sus actividades mercantiles Ciriaco Calvo, Fabrica de camisas y Cia., S.C.A. 1000 acciones suscritas y pagadas de Q100.00 cada una ---------------------------------------------------------

Q

-

Q 100,000.00

USAC - EFPEM 11 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

CONCLUCIÓN

La importancia de este trabajo está en lograr consolidar un estudio acerca de lo que es específicamente la Sociedad en Comandita por Acciones, estas sociedades en Comandita por Acciones se disuelven por las mismas causas que las Sociedades Anónimas.

USAC - EFPEM 12 SOCIEDAD COMANDITA POR ACCIONES

BIBLIOGRAFIA Tomado del Libro de Contabilidad de Sociedades de Alfredo Ruiz Orellana. Código de comercio Guatemala.

EGRAFIAS. http://www.gabilos.com/comosehace/formasjuridicas/textoSociedadComand Acciones.htm http://www.gerencie.com/caracteristicas-de-la-sociedad-en-comandita.html

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