Sobre El Presupuesto De Ingresos Y Egresos

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SOBRE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS: *Autenticidad de los datos y Control de los Gastos Públicos *Sin total Transparencia no existe Buena Administración Pública (Teoría de la Opacidad en las partidas secretas o de la Utopía de la Transparencia)

EQUIPO: “El Baby” Xóchitl Erandeny Medina Morales

Nada es verdad ni es mentira. Todo depende del Cristal con que se mira… William Shakespeare …¡Y si es diamante o cristal de Swarovski Todo se mira mejor! Francisco Javier Ramírez Acuña

SOBRE LOS GASTOS NECESARIOS 

La Administración Pública tiene gastos necesarios para poder prestar los servicios públicos que constituyen un objeto: “La autorización de tales gastos consta en el presupuesto de egresos, que expide la Cámara de Diputados y cuya duración conforma un año”. (Art. 74 constitucional, fracción IV párrafo primero).

Facultades Administrativas en Materia Hacendaria: 

Las Facultades de las Cámaras en materia Hacendaria, se ejercen, principalmente a través de tres actos:

 La

Expedición de la ley de Ingresos  La Expedición del Presupuesto de Egresos  La Aprobación de la Cuenta Pública Anual

De la Obtención de Recursos: 

Más para hacer frente a los gastos decretados es preciso contar con recursos. La obtención de tales recursos se hace mediante contribuciones impuestas a los habitantes del país, que el Poder Ejecutivo recauda por medio de los impuestos, de acuerdo con la Ley de Ingresos iniciada ante la Cámara de Diputados y expedida anualmente por el Congreso de la Unión.



Los dos actos mencionados, prevén situaciones futuras, como son la recaudación y la inversión de los impuestos en el año subsecuente. La Cuenta Anual se refiere a una situación cuyo objeto es comprobar que durante el año anterior el Poder Ejecutivo se ajustó estrictamente a los gastos autorizados por el presupuesto.



De acuerdo con el artículo 74 constitucional párrafo sexto: LOS INGRESOS QUE SE AUTORICEN DEBEN SER LOS NECESARIOS PARA CUBRIR LOS EGRESOS APROBADOS.

Sobre la Cuenta Pública Anual: 

No obstante que dicho presupuesto de gastos rija durante todo un año, por eso sea exclusividad de una sola Cámara. Cualquier modificación posterior, si se produce por un nuevo gasto no previsto en el mismo, tiene que ser por obra de ambas Cámaras.



Así que, dentro de esta noción, la constitución en el artículo 126 confirma: “No podrá hacerse pago alguno que no esté contemplado en el Presupuesto o determinado por ley superior”

Teoría de la Opacidad en las partidas secretas A ésta regla sólo tienen excepción las “Partidas Secretas” que, aunque deben constar en el presupuesto, su empleo queda a la discreción del Ejecutivo. (Art. 74 fracción IV inciso tercero). 

“No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias, con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearan los secretarios por acuerdo escrito del presidente de la República.



Los ingresos y los gastos públicos se hallan tan íntimamente relacionados entre sí que en realidad conforman una sola unidad lato sensu las posibilidades de la masa contribuyente y la productividad de las fuentes gravadas. Esta Facultad impositiva del Estado, no excluye la de las entidades para fijar y cobrar impuestos. ¡Cuán inconveniente les resulta desarticular los ingresos de los gastos! El intervencionismo del Estado, en la vida total del país ha traído consigo no sólo un aumento en los gastos públicos y por ende en las contribuciones, sino también una vinculación estrecha entre la política fiscal del Estado y su política social y económica.

Antecedentes históricos: 

El propio Congreso Constituyente en noviembre de 1856 rechazó deliberadamente la distribución de impuestos entre la federación y los estados. Criterio que hasta hoy día continúa afectando en gran manera la Economía Nacional y provocando el incremento de nuestra Deuda Externa.



En los años 60 la jurisprudencia y la doctrina americana aceptaron la “concurrencia amistosa” de facultades federales y locales en materia impositiva dentro de nuestra Nación. Personajes como Hamilton, Madison y Story hicieron prevalecer idénticas tesis en materia fiscal que recayeron sobre nuestra riqueza pública, ya gravada por el Estado.

Aaah pero Sin embargo son “Materia Federal Exclusiva”:  Los

Productos del subsuelo (impuestos mineros, del petróleo, la plata, etc.)  Las vías generales de comunicación (impuesto a ferrocarriles, aviones, autobuses, servicios telefónicos, etc.)  Las Instituciones de Crédito



Esto es una vil Gran Mentira, ya que para el siglo XXI una fiebre de PYMES y Monopolios extranjeros vinieron a invadir esos rublos en el país. (CAT, AT&T y MasterCard son algunos ejemplos)



Para el Senado, la revisión de la Cuenta Pública le resulta una tarea difícil si aparece sustraído de la facultad de conocer y votar previamente el Presupuesto ejercido con antelación y si carece, además de un Órgano como la Contaduría Mayor de Hacienda, dependiente de la Cámara de Diputados, encargada de la glosa de cuentas que rinde el Ejecutivo. Con el pretexto de: “La Administración de la Cuenta Pública toca ejercerla a la Cámara más directamente vinculada a la representación popular”

 Los

diputados a lo largo de estos años nos han ido magullando los bolsillos por esa declaración.

 Se

impuso una duplicidad en el pago de impuestos al residir en cualquier otra de las entidades federativas salvo el Distrito Federal, así que han venido cobrando Impuesto Federal e Impuesto Local conjuntos desde entonces.

La Utopía de la Transparencia 

Hemos de recordar que la Cuenta Pública es un instrumento legal, destinado a comprobar el uso correcto de nuestros fondos. Es por ello que, en un Régimen efectivamente democrático, la revisión de la cuenta Pública debería de significar el juicio crítico, imparcial y objetivo, de la obra realizada por el ejecutor del presupuesto, señalando las deficiencias si las hubiera, principalmente en gastos no autorizados.

Sin embargo, cualquier técnica de control de los gastos públicos es susceptible de ser burlada si no existe una opinión pública, crítica, madura y exigente que tenga el deber de vigilar la Autenticidad de los datos recabados en dicha cuenta. Que fuera una Constancia Fiel de la buena y justa Administración. Pero eso, es sólo otra Utopía más para México.

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN. QUEDA A CRITERIO DE USTEDES LA REALIDAD SOBRE NUESTRA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MATERIA HACENDARIA. NO SE DEJEN ENGAÑAR.

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