PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS BENEFICIADAS POR VENTAS CORPORATIVAS DE VW: Empresas: GRAN CONTRIBUYENTE DE AFIP: La sociedad debera acreditar 5 titulos previos de unidades (auto, camion o camioneta) pudiendo completar este numero con las que integren la compra. FLOTILLEROS: Las empresas que posean 5 unidades patentadas a nombre de la empresa que emita la orden de compra ó concretando una compra inicial de 5 unidades sin flota preexistente. Las Rentadoras de Unidades, también serán comprendidas dentro del Régimen Flotista, independientemente de las unidades con las que cuenten o adquieran . Diplomáticos: Acceden a éste Beneficio Embajadores, Ministros, Secretarios y Cónsules del Servicio Exterior Argentino o Extranjero, ademas de las Embajadas propiamente dichas. Personas discapacitadas Ley 19.279: Volkswagen Argentina ofrece su línea de vehículos comercializados en el país, a través del beneficio que marca la Ley 19279 que permite obtener franquicias con el fin de adquirir vehículos exentos del IVA y de impuestos internos. Entra solo Suran confortline. Por fase-track con solo presentar certificado de discapacidad acceden a toda la gama VW con un descuento según modelo de hasta e 8% Proveedores de VW Argentina: Si su empresa es proveedora de Volkswagen Argentina S.A. también cuenta con el Beneficio.
Personas físicas (Categorías especiales): 1. Presidente y Vice-Presidente de la República. 2. Ministros, Secretarios de Estado, Sub-Secretarios y Directores Nacionales. 3. Jueces de la Nación y de las provincias. 4. Oficiales en actividad de las Fuerzas Armadas y de Seguridad Nacionales y Provinciales. 5. Embajadores, Ministros, Secretarios y Cónsules del Servicio Exterior Argentino o extranjero. 6. Gobernadores, Vice-Gobernadores y Ministros de las Provincias. 7. Cardenales, Arzobispos y Obispos o cargos similares de los diferentes credos. 8. Senadores y Diputados Nacionales y Provinciales. 9. Intendentes de los Municipios Argentinos. 10. Rectores y Decanos de Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas reconocidas oficialmente. 11. Directores, propietarios, secretarios y periodistas de medios de difusión (diarios, revistas, agencias de noticias, canales de TV abierta y por cable, radiodifusoras, empresas periodísticas y/u otro medio). En el caso de los periodistas, deberán presentar el carnet habilitante correspondiente. 12. Presidentes Y Directores de los Bancos Oficiales y Privados y de las Compañías Financieras y de Seguros que operen con la Cía. NO ENTRAN GERENTES. 13. Secretario General del SMATA, Secretario General Adjunto y Secretario Gremial (Nivel Nacional), Secretario del SMATA regional Córdoba, Secretario General de la CGT y Secretarios Generales de todos los Sindicatos. 14. Propietarios y Directores de empresas proveedoras de VWA Esta categoría sólo podrá adquirir unidades de producción nacional o en caso de ser importadas, de la línea Golf o superior. 15. Propietarios y Directores de Empresas que estén calificadas como Flotistas Esta categoría sólo podrá
adquirir unidades de producción nacional o en caso de ser importadas, de la línea Golf o superior. 16. Oficiales Superiores y/o Directores de los Bomberos de Escobar, Tigre y Gral. Sarmiento y Directores de Hospitales de Tigre y Escobar. 17. Instituciones de Bien Público oficialmente inscriptas y sus presidentes. 18. Empresas e Instituciones inscriptas en la Cámara de Comercio Argentino/Alemana y sus presidentes. 19. APM’S ( Agentes de Propaganda Médica), quienes deberán presentar el carnet habilitante correspondiente. 20. Flotas Comerciales: Ingresarán dentro de esta categoría las operaciones por unidades que deberán ser facturadas a personas físicas por políticas de la empresa a la que pertenecen. Para ser aceptadas, deberá tratarse de una orden de compra que incluya 5 o más unidades. Dicha orden de compra deberá venir acompañada por una carta en hoja con membrete de la empresa solicitante, informando los beneficiarios y su puesto, la que deberá ser firmada por el director del área a la que éstos pertenecen. 21.Taxis y Remises: La orden de compra deberá ser por un mínimo de 3 unidades y deberá venir acompañada por una nota emitida por alguna de las asociaciones que nuclean a estas actividades presentando a los asociados a quienes se facturarán las unidades. Esta operatoria estará limitada a los modelos que VWA determine de acuerdo a las políticas comerciales y de marketing correspondientes. 22. Propietarios y Directores de Concesionarios VW, Seat, Audi, Camiones y Buses VW y sus familiares en primer grado.