Pliego De Prescripciones De Residencia

  • June 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Pliego De Prescripciones De Residencia as PDF for free.

More details

  • Words: 3,852
  • Pages: 9
AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca) PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE RESIDENCIA MUNICIPAL DE MAYORES " LA PIEDAD" DE FUENTEGUINALDO. PRIMERA .- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto del contrato a que este pliego se refiere la gestión del servicio público de residencia municipal para mayores "La Piedad" situada en el término municipal de Fuenteguinaldo. La explotación del servicio se realizara mediante la modalidad de concesión por lo que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y ventura.

La gestión del servicio se organizará como unidad independiente y funcional. A tal efecto resultan establecidos a favor del mismo los medios, infraestructuras e instalaciones necesarias para el cumplimiento de dicha exigencia.

El Ayuntamiento de Fuenteguinaldo pone a disposición del concesionario, para el correcto cumplimiento del objeto del contrato, el inmueble de titularidad municipal situado en la C/ Santa Catalina , n° 68 , así como el material inventariado, los cuales deberán de ser entregados en perfecto estado al término del contrato. Las obras e instalaciones que en su caso, hubiera que realizar para mantener la adecuación del edificio a los fines que se persiguen, correrán por cuenta de la empresa adjudicataria y pasarán a manos del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo a la terminación del mismo. Cualquier obra o mejora de las dependencias que se lleve a cabo durante la vigencia del contrato, requerirá de la previa comunicación y aprobación por parte del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo.

El Edificio que alberga la Residencia de atención de personas mayores se encuentra ubicado en un solar de 12.500 m2 en la C/ Santa Catalina n° 68 de la localidad de Fuenteguinaldo, cuenta con una superficie útil de 1.385,14 m2 y tiene capacidad para 38 plazas válidas y asistidas.

El edificio tiene un desarrollo lineal básicamente, con un elemento central de articulación, que es la entrada principal y el lugar donde se encuentra el control y la recepción.

■ En el ala izquierda se sitúan los siguientes elementos: -Zona de residentes asistidos: Aseos, Sala de estar, Comedor, Baño geriátrico, Almacén de limpieza, Consulta médica, Sala de espera, Distribuidor.

-Zona de residentes Válidos: Aseos, Baño geriátrico, Almacén limpieza, Distribuidor. P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)

■ En la Zona Central se encuentran ubicados: -Porche Recepción -Sala R. -Distribuidor -Administración.

■ En el ala derecha del edificio se sitúan:

-Zonas comunes residentes: Sala de estar 1, Sala de estar2, Comedor, Aseos Caballeros, Aseos Señora, Almacén limpieza, Distribuidor.

-Zonas Servicios Generales: Cocina, Despensa, Lavandería (zona de limpio y zona de sucio), Área de personal (aseos y vestuarios femeninos y masculinos, zona de estar), Área de fontanería, Sala de calefacción, Distribuidor calefacción, Cuarto residuos, Distribuidor, Porche de entrada.

SEGUNDA: DEFINICIÓN DE LA ACTIVIDAD. La actividad objeto del contrato es la gestión de la residencia para personas mayores La Piedad de la localidad de Fuenteguinaldo, que está integrada por una unidad residencial. El centro ubicado en la C/ Santa Catalina tiene por objeto atender 38 plazas residenciales, para personas mayores que precisan de atención continuada en la realización de las actividades de la vida diaria, por sus circunstancias personales, familiares y sociales. 1- DEFINICIÓN DE LA ACTIVIDAD. A los efectos de este documento se entiende por Unidad Residencial de Mayores el equipamiento destinado al alojamiento y atención integral de aquellas personas que, por diversos motivos no puedan permanecer en su entorno habitual. La Unidad residencial tiene capacidad para atender a un número máximo de 38 usuarios y cuenta con 22 habitaciones de las cuales 6 son individuales y 16 dobles. La Unidad Residencial para Mayores prestará los siguientes servicios: a) Alojamiento, que comprenderá: el uso de una habitación y zonas de convivencia; la manutención, el lavado, el repasado y planchado de ropa personal; la ropa de cama mesa y aseo. Estancia: En las habitaciones dobles se garantizará la intimidad de los usuarios, utilizando para ello los medios constructivos o decorativos apropiados. Se permitirá a los residentes tener en su habitación motivos de decoración y utensilios propios, siempre que no sean inadecuados o peligrosos. P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)

Las habitaciones se limpiarán diariamente y con mayor frecuencia si las circunstancias lo requieren. Las camas se harán diariamente. •Manutención: Se servirán cuatro comidas, desayuno, comida, merienda y cena. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios con una antelación mínima de 24 horas. Se planificarán semanalmente y deberán ser supervisados por un médico, debiendo garantizar el aporte dietético y calórico adecuado. Se vigilarán los aspectos relacionados con la higiene y manipulación de los alimentos. Se cuidará que los menús sean variados con especial atención a su presentación de modo que resulten atractivos y apetitosos. Junto con el menú ordinario se prepararán otros de régimen para los usuarios que así lo precisen. Las comidas se servirán en el comedor, salvo que por causas de enfermedad de los usuarios, a criterio de facultativo correspodiente, hayan de suministrarse en la habitación o zona de cuidados especiales. Se deberá de prestar ayuda personal a los usuarios que no puedan comer por si mismos, utilizando en su caso los medios técnicos precisos. • Vestuario de uso personal: Corresponderá a los usuarios aportar la ropa y calzado de uso personal así su reposición. Deberá estar debidamente marcada a fin de garantizar el uso exclusivo por su propietario. Podrá estipularse un número mínimo de mudas por usuario de acuerdo con sus características. El cambio de ropa interior de los usuarios se efectuará diariamente y si fuera necesario, con mayor frecuencia. El lavado, planchado y repaso de la ropa deberá de efectuarlo el centro, debiéndose ajusfar los procedimientos de lavado, a las características de las prendas, a fin de garantizar si higiene y buen estado de conservación. Los usuarios vestirán habitualmente ropa de calle, adaptado a las condiciones de la estación en que se use y se cuidará que el calzado se mantenga en condiciones adecuadas de conservación y limpieza. b)

Cuidado Personal, , control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo , vestido, control de esfínteres, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de la integridad personal de los usuarios que lo precisen. Loa útiles de aseo personal serán a cargo del usuario, los productos de aseo de uso común (jabón, dentífrico, gel, champú,...) los aportará el centro. Se prestará la ayuda necesaria a los usuarios que tengan autonomía limitada para vestirse, desnudarse, asearse o acostarse. El material de incontinencia será aportado por el centro, bien con cargo al sistema de salud al que estén acogidos los usuarios o, subsidiariamente a expensas del centro. Las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal correrán a cargo de los usuarios, sin perjuicio de la cobertura del sistema de salud correspondiente prevea para cada caso. El centro prestará el apoyo necesario para la movilización de los usuarios, a fin de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuado.

P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)

Los usuarios gozarán de libertad de movimiento en las áreas de uso común del centro. El Reglamento de Régimen Interior fijará las normas y horarios a que deberá ajustarse la utilización de las dependencias. c)

Atención geriátrica y rehabilitadota, que deberá comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva y asistencial, así como el desarrollo de programas de rehabilitación menor (fisioterapia, terapia ocupacional, entre otros), sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del sistema de salud al que pueda estar acogido el usuario. En el momento del ingreso de los usuarios se llevará a cabo su estudio y evaluación interdisciplinares, en base a los cuales se elaborará un programa de atención personalizada que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y mantener su salud, autonomía personal e integración social en el mayor grado posible. De cada usuario deberá de existir un expediente personal en el que constará la información social, sanitaria y psicológica, así como la que pueda derivarse del programa al que esté sometido el usuario, los informes técnicos correspondientes, diagnósticos , tratamientos prescritos, y seguimiento y evaluación del programa que se haya fijado, así como las incidencias producidas en su desarrollo. Se llevarán a cabo las actuaciones de medicina preventiva dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, así como las de medicina asistencial necesaria, sin perjuicio de la utilización de los servicios sanitarios del sistema de salud al que pueda estar acogido el usuario. El centro efectuará el traslado y acompañamiento de los usuarios a Centros Sanitarios, sin perjuicio de la utilización de los medios y recursos del sistema de salud que corresponda y de recabar la colaboración de los familiares y allegados, en su caso.

d)

Atención psicológica, que comprenderá el diagnóstico y evaluación de los usuarios, así como los tratamientos individuales o de grupo que precisen.

e)

Atención social, que incluirá entre sus actividades la valoración de las circunstancias sociales de los usuarios, la promoción de su integración y participación en la vida del centro y en el medio en el que este se ubique, la animación sociocultural y las relaciones con las familias de los usuarios o allegados facilitando las visitas de estos.

Anualmente se elaborará un programa de actividades de animación sociocultural, que se llevará a cabo tanto dentro como fuera del centro.

f)

Otros servicios, el adjudicatario pondrá a disposición de los usuarios los servicios de peluquería y podología. Los usuarios satisfará los precios correspondientes. En caso de fallecimiento, los familiares o allegados del difunto correrán a cargo con los trámites y gastos de traslado y enterramiento. En el supuesto de que el usuario fallecido carezca de familiares y recursos propios para sufragar los gastos de enterramiento, el concesionario realizará los trámites necesarios y asumirá los gastos originados. 2,- RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN.

a)

Usuarios, podrán ser beneficiarios de la plaza las personas que cumplan los requisitos siguientes.



Las personas que hayan cumplido los 65 años o aquellas que hayan alcanzado la edad de 60 años y presenten limitaciones en su autonomía que les impidan realizar las actividades básicas de la vida diaria, precisando para ello de la ayuda de terceras personas; no padecer enfermedad infectocontagiosa, enfermedad crónica en estado terminal, o enfermedad clínica que requiera atención permanente en centro hospitalario.

P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)



No padecer trastornos graves de conducta, que puedan alterar la normal convivencia del centro, salvo los que sean consecuencia directa de una situación de demencia.



Tendrán preferencia en el acceso las personas residentes o descendientes de Fuenteguinaldo En caso de personas afectadas por la enfermedad de Alzheimer u otras demencias, el Ayuntamiento de Füenteguinaldo podrá establecer una edad para el ingreso inferior a la mencionada. Corresponde al Ayuntamiento de Füenteguinaldo la determinación de la concurrencia de las circunstancias antedichas, así como su interpretación o modificación.

b) Período de Adaptación, tiene como finalidad comprobar si los beneficiarios reúnen las condiciones físicas y psíquicas indispensables para ingresar en el centro, sus posibilidades de adaptación al centro y la veracidad de los datos aportados en el expediente. El período de adaptación se establecerá en todo caso y tendrá una duración máxima de 45 días naturales a contar desde el ingreso, salvo interrupción del mismo por ausencia obligada del beneficiario. Transcurrido el plazo, el residente consolidará su derecho a plaza ocupada. c)

Incidencias, El adjudicatario notificará al Ayuntamiento de Fuenteguinaldo las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación de los usuarios al centro, así como de las altas y bajas de los mismos, y las ausencias temporales, con indicación de los períodos de ausencia previstos dentro de los tres días siguiente a que las mismas se produzcan.

d)

Régimen Interior, Para facilitar el conocimiento del uso de los diferentes bienes y servicios, el centro exhibirá las normas de régimen interior de forma que se garantice su publicidad. Cualquier modificación que se pretenda realizar en las mismas, se pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo, a los efectos de proceder a su análisis y en su caso, aprobación.

e)

Régimen económico, el precio por estancia será el que se determine en el contrato suscrito por el Ayuntamiento de Fuenteguinaldo y el concesionario. TERCERA.- OPERACIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO POR EL ADJUDICATARIO. La empresa adjudicataria de la concesión de la gestión del servicio de residencia municipal de mayores de Fuenteguinaldo deberá cumplir los requisitos de este Pliego de Prescripciones técnicas, en orden al mantenimiento de los edificios e instalaciones y a la adecuada prestación del servicio objeto del contrato, que a continuación se detallan: a.

Contratación del personal necesario y gestión para la coordinación del servicio.

En el momento de inicio de la prestación de los servicios, el adjudicatario comunicará al Ayuntamiento la relación de personal adscrito al servicio así como la relación nominal del mismo. El adjudicatario está obligado a presentar, anualmente o cuando lo solicite el Ayuntamiento, la actualización de la plantilla de personal, con determinación de la situación y condiciones de cada empleado y la relación de altas y bajas que se produzcan en la plantilla. La empresa adjudicatario organizará bajo su responsabilidad los sistemas de gestión del personal y de organización del trabajo, de forma que se obtenga la mayor eficacia en el servicio. La empresa adjudicatario se sujetará, estrictamente, a la legislación social y laboral vigente en cada momento. A este fin, se confeccionarán las relaciones nominales TC2, solamente con el personal adscrito al servicio, no pudiendo incluirse en estas relaciones a otro personal que la empresa adjudicatario tenga contratado para actividades que no son objeto de este contrato. P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)

El Ayuntamiento exigirá a la empresa la acreditación de estar al corriente en sus obligaciones tanto tributarios como con la Seguridad Social. La empresa adjudicataria estará obligada a implantar en materia de formación las medidas necesarias para incrementar la eficacia en la prestación del servicio y la profesionalidad de los trabajadores a su cargo. En los procesos de selección de personal, deberá estar presente el Ayuntamiento de Fuenteguinaldo. Se detallará el personal destinado a las distintas actividades que comprende el servicio de residencia para mayores, especificando la totalidad de los puestos de trabajo con indicación de funciones, horario, plan de trabajo, cualificación requerida, categoría profesional. Se procederá a una descripción de funciones y actuaciones a realizar por cada uno de los servicios.

Será de exclusiva cuenta de la empresa adjudicataria el pago del salario del personal que emplee para la realización del servicio objeto del contrato, así como las cotizaciones a la seguridad social y demás obligaciones impuestas por las disposiciones vigentes. En caso de ausencias de los trabajadores por enfermedad, sanciones de la empresa, bajas , vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, la plantilla de personal deberá de ser cubierta a costa del adjudicatario, de forma que se mantengan permanentemente el número de trabajadores en presencia física expresados en la oferta de la plantilla. En ningún caso el Ayuntamiento de Fuenteguinaldo resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aun cuando los despidos y mediadas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido . El personal deberá contar con la titulación académica y profesional adecuada a la naturaleza de sus funciones según la normativa vigente. No se establece una plantilla mínima para la prestación de los servicios. Los lidiadores incluirán en su Proyecto de Gestión su propuesta en este aspecto convenientemente justificada. En todo caso, los lidiadores dispondrán del personal suficiente en cada momento de forma que se de cumplimiento a toda la normativa existente para este tipo de Centros de personas mayores, siendo esta una obligación esencial para el concesionario. b.

Contratación y pago de suministros.

La empresa adjudicataria hará frente a los gastos de suministro de agua, electricidad, gas, combustible para la caldera, teléfono y demás sistemas de comunicación existentes, teniendo que abonar las facturas a las empresas suministradoras y debiendo domiciliar el recibo correspondiente a consumo de estos suministros. Así mismo hará frente a los gastos de suministro de productos para el mantenimiento de las instalaciones y prestación del servicio como por ejemplo material higiénico- sanitario para los usuarios e instalaciones, productos alimenticios...etc, disponiendo en todo momento de suministro suficiente de acuerdo con el consumo previsto de todos los productos necesarios para la correcta prestación del servicio objeto del contrato c.

Labores de mantenimiento y conservación de las instalaciones.

Serán a cargo del concesionario todos los gastos derivados del mantenimiento, gestión y reparación de las instalaciones, locales y mobiliario incluida la reposición de los elementos integrantes de las mismas P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca)

que hayan sido puestos a disposición por el Ayuntamiento al adjudicatario y siempre que dichos desperfectos hayan tenido lugar dentro del ámbito de gestión del concesionario (rotura de elementos por trabajadores, proveedores o usuarios,...). La conservación de los bienes, instalaciones y mobiliario afectos al servicio habrá de ser efectuada por el concesionario del mismo y la llevará a cabo de manera adecuada, garantizando la misma y teniendo como objeto el asegurar que las instalaciones funcionen con normalidad. El Ayuntamiento, a través de los medios de que disponga, compuesta por un miembro al menos de cada grupo político" podrá inspeccionar la explotación y conservación del servicio, en particular, en el último período de la concesión, para que las instalaciones reviertan en perfecto estado de conservación. ¿

D.- Seguros. El adjudicatario suscribirá a su cargo las siguientes pólizas de seguros: •

Póliza de daños materiales, para los posibles siniestros que pueda sufrir el centro o sus instalaciones.



Póliza de responsabilidad Civil, que cubrirá los posibles daños a terceros que origine el funcionamiento del centro así como la responsabilidad civil o profesional del personal en nómina por daños a los usuarios del servicio.

E.-Realización de inventarío. La entidad concesionaria al inicio del contrato realizará una comprobación junto con el responsable del Ayuntamiento que será una comisión formada al menos por un representante de cada grupo político del material inventariado de todas las instalaciones. De la misma forma se realizarán inventarios al finalizar el período de concesión que serán comprobados por el adjudicatario junto con los responsables del Ayuntamiento, indicando en ambos casos las alteraciones sufridas. La desaparición de material o desperfectos causados por el mal uso de la instalación o del material propiedad del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo, serán repuestos por el adjudicatario a su costa.

CUARTA.- RELACIONES DEL CONCESIONARIO CON EL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento concedente únicamente asumirá los compromisos y obligaciones expresamente recogidos en el presente pliego de prescripciones, los contenidos en la proposición objeto de adjudicación y los que vengan establecidos en la legislación aplicable. El concesionario, por el mero hecho de serlo, no adquirirá relación funcionarial ni laboral con el Ayuntamiento ni ostentará derecho adquirido alguno a alcanzar tal situación por virtud del ejercicio de las funciones propias de la concesión. El concesionario tendrá responsabilidad directa frente el Ayuntamiento y frente a terceros por los daños y perjuicios que se les ocasionen como consecuencia del funcionamiento normal o anormal del servicio.

P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AMI ENTO AY UNNTTAM DE DE

F uentegui naldo (Sal amanca) QUINTA.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. Se creará una Comisión de Seguimiento y de Funcionamiento General formada por; un representante de los trabajadores del centro, un representante de la Empresa y tres del Ayuntamiento, que se reunirá con la periodicidad necesaria para resolver las cuestiones relacionadas con el funcionamiento del servicio. SEXTO.- REVERSIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO. Finalizado el plazo de vigencia del contrato, el adjudicatario entregará al Ayuntamiento de Fuenteguinaldo el edificio con los equipos e instalaciones a los que se refiere el anexo del presente pliego de prescripciones técnicas, en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. En este sentido, el contratista queda obligado a realizar a su costa las inversiones de reposición en las infraestructuras, mobiliario, maquinaria, instalaciones y utillaje necesarios para conservar la plena funcionalidad del servicio en aquellos casos en los que por su deterioro sea preciso realizar nuevas adquisiciones, al objeto de entrega condiciones precisas para que puedan seguir siendo utilizados para cumplir con la finalidad a la que están destinados.

Además un mes antes del vencimiento del período de concesión la empresa concesionaria deberá remitir un informe al Ayuntamiento donde se indique el estado de las instalaciones, así como un resumen de las labores de reparación y mantenimiento realizadas a lo largo del ejercicio. Con antelación de tres meses a la finalización de la concesión el Ayuntamiento designará un técnico que será el encargado de informar sobre todas las medidas necesarias para que la entrega de los bienes se verifique correctamente, debiendo el contratista facilitar el acceso y prestar la colaboración necesaria para ello.

Fuenteguinaldo a 25 de septiembre de 2005

P Cooonnssstttiitittuuuccciió U E N E G U N D O aP Plla laazzzaaa ddeeelllaaa C ióónnn,, 111...--- 333777555444000...-- FFFU UE EN NTTTE EG GU UIIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

AYUUNNTAMIEENTO O DE

Fu en teg uin al do (Salaman ca) Diligencia.- La extiendo yo, el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo (Salamanca), para hacer constar que el precedente Pliego de Prescripciones Técnicas ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Fuenteguinaldo, en sesión ordinaria de 25 de septiembre de 2009.

En Fuenteguinaldo, a 2 de octubre de 2009

Fdo.: Alfonso Carlos López Candocia

aaP P C U E N E G U N A O Plllaaazzaaa dddeee lla laa C Cooonnnssstttiiittuuccciiióóónnn,,, 11..-.-- 333777555444000...---FFFU UE EN NTTE EG GU UIIN NA ALLLD DO O

Tfno. 923.49.71.00. Fax: 923.49.71.40

Related Documents