Contrato-de-prestación-de-servicios.docx

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Contrato de Prestación de Servicios PROYECTO ARQUITECTÓNICO Entre El Sr. Julio Cesar, MALDONADO TANTAVILCA, identificado con DNI N°20121143 y con domicilio principal en la ciudad de Huancayo (AV. MAREATEGUI N° 804) quien en adelante se denominará CONTRATANTE, y por otra parte EL ARQUITECTO Alcides Félix, CCATAMAYO QUISPE, Identificado N°41886283 y Domiciliado en el Jr. Rosario N° 578 EL TAMBO-HUANCAYO y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil aplicables a la materia de que trata este contrato: Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de elaboración de Proyecto Arquitectónico para el proyecto denominado REGULARIZACION Y AMPLIACION DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCION ubicado en LA AV. MAREATEGUI N°804-806, (DICHO PROYECTO CONTARA CON 5 PISOS , DOS DEPARTAMENTOS POR PISO), EN EL DISTRITO DE EL TAMBO, PROV DE HUANCAYO Y REGION JUNIN. Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 30 DIAS (1mes) Tercero. Honorarios. – El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios de PROYECTO ARQUITECTÓNICO el valor resultante de S/. 3,600.00 (Tres mil seis cientos con 00/100 nuevo soles). La forma de pago será pactada entre las partes con la garantía que terminadas las labores se tenga cancelado la totalidad de los honorarios. Se entregara un anticipo del 70% (2,520.00 Dos mil quinientos veinte con 00/100 nuevo soles) y a la entrega del proyecto terminada 30% (1,080.00 Mil ochenta con 00/100 nuevo soles) a la satisfacción los cuales tendrán el visto bueno de la municipalidad distrital del tambo). Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios en las partes deciden ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato. Quinta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, cumpliendo con toda la normativa existente para el proyecto determinado en la clausula primera objeto de este contrato. 2. Realizar los planos de Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Eléctricas, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Electromecánicas, Planos de seguridad y Evacuación (Indeci), Memoria Descriptiva, y/o otros 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE 4. Entregar como producto terminado lo necesario en planos Arquitectónicos para la construcción de una edificación, cumpliendo con la normativa vigente, y entregando los detalles constructivos requeridos para el entendimiento de la construcción misma. (Plantas, cortes y fachadas). Adicionalmente se deben entregar unas especificaciones de construcción de tal manera que se entienda completamente lo requerido para la realización del proyecto. 5. El Contratista (Arquitecto) debe de realizar la sincronización de diseños arquitectónicos con los profesionales que realizan los diseños técnicos. (Estructurales, Eléctricos, Gases, Hidráulicos, Sanitarios, Comunicaciones, Paisajismo, etc.) Todos estos diseños técnicos no están incluidos en precio a pagar de Honorario Arquitectónico, deben ser pagados de forma separada por parte del contratante. 6. Gestionar ante las autoridades competentes (Curadurías Urbanas o Departamentos de Planeación Municipales) la licencia de construcción necesaria (permisos de construcción) para la construcción. Se aclara que los costos e impuestos generados en estos trámites son a cargo del CONTRATANTE y son pagados por aparte de los Honorarios Arquitectónicos. Séptima. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pacto dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente (Proyecto Arquitectónico)4. EL CONTRATANTE debe de pagar los costos e impuestos generados en los trámites para la adquisición de licencia. En el caso de que no lo hiciere, EL CONTRATISTA (Arquitecto) con solo presentar los diseños arquitectónicos al CONTRATANTE con las debidas especificaciones y detalles arquitectónicos se dará por realizada su labor en su totalidad.

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Octava. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio. Novena. Propiedad intelectual. Las partes acuerdan que una vez pagado el servicio de elaboración de Proyecto Arquitectónico, el PROYECTO ARQUITECTÓNICO queda de propiedad del CONTRATANTE por lo que el CONTRATISTA (El Arquitecto) renuncia a derechos de autor para el sitio determinado en la cláusula primera del presente contrato. NO OBSTANTE, el CONTRATANTE no podrá usar dicho proyecto en otro lugar diferente al contratado (descrito en la cláusula primera), y si lo hiciere, el CONTRATANTE tendría que pagar otro honorario de proyecto arquitectónico al CONTRATISTA. Decima. Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes Este Contrato de Prestación de Servicios para Proyecto Arquitectónico se firma en dos ejemplares para las partes en Huancayo a los 29 días del mes de marzo del dos mil dieciséis (29/03/2016).

El contratante

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El contratista

Contrato de Prestación de Servicios PROYECTO ARQUITECTÓNICO Entre La Sra. JULIA, VIVANCO CUEVA identificado con DNI N°21254485 y con domicilio principal en la ciudad de Huancayo (AV. EVITAMIENTO N° 299) quien en adelante se denominará CONTRATANTE, y por otra parte EL ARQUITECTO Alcides Félix, CCATAMAYO QUISPE, Identificado N°41886283 y Domiciliado en el Jr. Rosario N° 578 EL TAMBO-HUANCAYO y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil aplicables a la materia de que trata este contrato: Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de elaboración de Proyecto Arquitectónico denominado SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE SU PROPIEDAD (TITULACION) ubicado en LA AV. EVITAMIENTO N°299, (DICHO PROYECTO CONTARA CON APROBACION DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO Y DE LA SUNARP), EN EL DISTRITO DE EL TAMBO, PROV DE HUANCAYO Y REGION JUNIN. Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 20 DIAS Tercero. Honorarios. – El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios de PROYECTO ARQUITECTÓNICO el valor resultante de S/. 2,200.00 (Dos mil doscientos con 00/100 nuevo soles). La forma de pago será pactada entre las partes con la garantía que terminadas las labores se tenga cancelado la totalidad de los honorarios. Se entregara un anticipo del 50% (1,100.00 Mil Cien con 00/100 nuevo soles) y a la entrega del proyecto terminada 30% (660.00 Seis cientos sesenta con 00/100 nuevo soles) ; y a la aprobación de las instituciones antes descritas el 20%(440.00 cuatrocientos cuarenta con 00/100 nuevo soles). Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios en las partes deciden ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato. Quinta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, cumpliendo con toda la normativa existente para el proyecto determinado en la cláusula primera objeto de este contrato. 2. Realizar los planos de Arquitectura, Topográfico, Memoria Descriptiva, y/o otros 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE 4. Entregar como producto terminado lo necesario en planos Arquitectónicos y certificados Saneados 5. Gestionar ante las autoridades competentes (Curadurías Urbanas o Departamentos de Planeación Municipales) la licencia de construcción para obtar por la titulación del predio. Se aclara que los costos e impuestos generados en estos trámites son a cargo del CONTRATANTE y son pagados por aparte de los Honorarios Arquitectónicos. Séptima. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pactó dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente (Proyecto Arquitectónico)4. EL CONTRATANTE debe de pagar los costos e impuestos generados en los trámites para la adquisición de licencia. En el caso de que no lo hiciere, EL CONTRATISTA (Arquitecto) con solo presentar los diseños arquitectónicos al CONTRATANTE con las debidas especificaciones y detalles arquitectónicos se dará por realizada su labor en su totalidad. Octava. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio. Novena. Propiedad intelectual. Las partes acuerdan que una vez pagado el servicio de elaboración de Proyecto Arquitectónico, el PROYECTO ARQUITECTÓNICO queda de propiedad del CONTRATANTE por lo que el CONTRATISTA (El Arquitecto) renuncia a derechos de autor para el sitio determinado en la cláusula primera del presente contrato. NO OBSTANTE, el CONTRATANTE no podrá usar dicho proyecto en otro lugar diferente al

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contratado (descrito en la cláusula primera), y si lo hiciere, el CONTRATANTE tendría que pagar otro honorario de proyecto arquitectónico al CONTRATISTA. Decima. Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes Este Contrato de Prestación de Servicios para Proyecto Arquitectónico se firma en dos ejemplares para las partes en Huancayo a los 05 días del mes de mayo del dos mil Dieciséis (05/05/2016).

El contratante

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El contratista

Contrato de Prestación de Servicios PROYECTO ARQUITECTÓNICO Entre La Sra. Haydee, Samaniego Quiñones identificado con DNI N°20546283 y con domicilio principal en la ciudad de Huancayo (AV. MAREATEGUI N° 804) quien en adelante se denominará CONTRATANTE Y REPRESENTANTE PROMOTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA “VILLA REAL”, y por otra parte EL ARQUITECTO Alcides Félix, CCATAMAYO QUISPE, Identificado N°41886283 y Domiciliado en el Jr. Rosario N° 578 EL TAMBOHUANCAYO y en adelante se denominará CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales que se regulará por las cláusulas que a continuación se expresan y en general por las disposiciones del Código Civil aplicables a la materia de que trata este contrato: Primera. Objeto. El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, elementos de trabajo, personal a su cargo, prestará los servicios de elaboración del Ante-Proyecto Arquitectónico denominado NUEVA SEDE DE LA INSTITUCION EDUCATIVA “VILLAREAL” ubicado en LA AV. ESPERANZA N°706-708-800, (DICHO PROYECTO CONTARA CON 2 PISOS, AULAS EDUCATIVAS, AREA RECREATIVA, AREA ADMINISTRATIVA), EN EL DISTRITO DE EL TAMBO, PROV DE HUANCAYO Y REGION JUNIN. Segunda. Término del Contrato. Este Contrato de Prestación de Servicios se extenderá por un periodo de 45 DIAS Tercero. Honorarios. – El CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por concepto de honorarios de PROYECTO ARQUITECTÓNICO el valor resultante de S/. 3,000.00 (Tres mil con 00/100 nuevo soles). La forma de pago será pactada entre las partes con la garantía que terminadas las labores se tenga cancelado la totalidad de los honorarios. Se entregara un anticipo del 40% (1,200.00 Mil doscientos con 00/100 nuevo soles) Primer informe 20% (600.00 Seiscientos con 00/100 nuevo soles), Segundo Informe 20%(600.00 Seiscientos con 00/100 nuevo soles) informe final 20%(600.00 Seiscientos con 00/100 nuevo soles) a la satisfacción los cuales tendrán el visto bueno de la municipalidad distrital del tambo). Cuarta. Prorroga. Si vencido el plazo establecido para la ejecución del contrato de prestación de servicios en las partes deciden ampliar el plazo de vencimiento, se suscribirá minuta suscrita por las partes, que hará parte integral de este contrato. Quinta. Obligaciones del CONTRATISTA. Son obligaciones del CONTRATISTA: 1. Obrar con seriedad y diligencia en el servicio contratado, cumpliendo con toda la normativa existente para el proyecto determinado en la clausula primera objeto de este contrato. 2. Realizar los planos de Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Eléctricas, Instalaciones Sanitarias 3. Atender las solicitudes y recomendaciones que haga el CONTRATANTE 4. Entregar como producto terminado lo necesario en planos Arquitectónicos para la construcción de una edificación, cumpliendo con la normativa vigente, y entregando los detalles constructivos requeridos para el entendimiento de la construcción misma. (Plantas, cortes y fachadas). Adicionalmente se deben entregar unas especificaciones de construcción de tal manera que se entienda completamente lo requerido para la realización del proyecto. 5. El Contratista (Arquitecto) debe de realizar la sincronización de diseños arquitectónicos con los profesionales que realizan los diseños técnicos. (Estructurales, Eléctricos, Gases, Hidráulicos, Sanitarios, Comunicaciones, Paisajismo, etc.) Todos estos diseños técnicos no están incluidos en precio a pagar de Honorario Arquitectónico, deben ser pagados de forma separada por parte del contratante. Séptima. Obligaciones del CONTRATANTE. Son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Cancelar los honorarios fijados al CONTRATISTA, según la forma que se pacto dentro del término debido. 2. Entregar toda la información que solicite el CONTRATISTA para poder desarrollar con normalidad su labor independiente (Proyecto Arquitectónico)4. EL CONTRATANTE debe de pagar los costos e impuestos generados en los trámites para la adquisición de licencia. En el caso de que no lo hiciere, EL CONTRATISTA (Arquitecto) con solo presentar los

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diseños arquitectónicos al CONTRATANTE con las debidas especificaciones y detalles arquitectónicos se dará por realizada su labor en su totalidad. Octava. Terminación anticipada o anormal. – Incumplir las obligaciones propias de cada una de las partes, dará lugar a la otra para terminar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicio. Novena. Propiedad intelectual. Las partes acuerdan que una vez pagado el servicio de elaboración de Proyecto Arquitectónico, el PROYECTO ARQUITECTÓNICO queda de propiedad del CONTRATANTE por lo que el CONTRATISTA (El Arquitecto) renuncia a derechos de autor para el sitio determinado en la cláusula primera del presente contrato. NO OBSTANTE, el CONTRATANTE no podrá usar dicho proyecto en otro lugar diferente al contratado (descrito en la cláusula primera), y si lo hiciere, el CONTRATANTE tendría que pagar otro honorario de proyecto arquitectónico al CONTRATISTA. Decima. Cláusula compromisoria. – Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento que por economía será designado por las partes y será del domicilio donde se debió ejecutar el servicio contratado o en su defecto en el domicilio de la parte que lo convoque. En todo caso, este contrato presta mérito ejecutivo por ser una obligación clara, expresa y exigible para las partes Este Contrato de Prestación de Servicios para Proyecto Arquitectónico se firma en dos ejemplares para las partes en Huancayo a los 3 días del mes de febrero del dos mil dieciséis (23/02/2016).

El contratante

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El contratista

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