Honduras Educación_e.docx

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¿Qué es la educación inclusiva? Proceso que garantiza una educación para todos los educandos. Se basa en la valoración de la diversidad como elemento enriquecedor del proceso de aprendizaje. Promueve que todos los niños y jóvenes de una comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales.

¿Qué son las necesidades educativas especiales? Son las dificultades de mayor o menor grado que enfrentan los educandos para acceder y progresar en los aprendizajes establecidos en el Currículo Nacional Básico por la causa que fuera, no necesariamente por una discapacidad.

DIFERENCIA ENTRE EDUCACIÓN ESPECIAL Y EDUCACIÓN INCLUSIVA

ANTECEDENTES Honduras, comprometida con las Metas establecidas en la Conferencia de Jomtien y posteriormente, en Dakar 2000, en donde los países representados acordaron un Plan de Acción denominado “Educación para Todos” ( EFA, Educación For All), incorpora entre sus políticas educativas la Atención a la Diversidad con un enfoque de educación inclusiva, para ofrecer a todos los niños y niñas, incluidos aquellos alumnos o alumnas más vulnerables o en riesgo de exclusión, marginación o fracaso escolar, minorías étnicas, una educación de calidad ajustada a sus necesidades educativas individuales y específicas, en un marco educativo común, comprensivo, inclusivo.

La atención a la diversidad ha sido uno de los propósitos que más claramente se han reflejado en los planteamientos por los que se ha regido la política educativa de nuestro país en los últimos años. Las Metas Educativas 2021, establecen en la “Meta Específica. El apoyo a la inclusión educativa del alumnado con necesidades educativas especiales mediante las adecuaciones y las ayudas precisas” (Honduras ratifica en el año 2008, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad). Igualmente importante resulta el compromiso de recursos, establecido en la Estrategia de Reducción de la Pobreza en las áreas programáticas: “Fortaleciendo la protección Social para grupos específicos: Programas, Atención y Rehabilitación Integral de las Personas con Discapacidad”.

La Secretaría de Educación en el Currículo Nacional Básico, formulado con enfoque de inclusión, conceptualiza la Educación Pre básica como el proceso mediante el cual se ofrece al

niño y a la niña una atención integral en un ambiente de calidad que favorezca su crecimiento y desarrollo de su potencial individual. Comprende dos ciclos: Primer Ciclo de 0 – 3 años y Segundo Ciclo de 4 – 6 años. En este nivel, el Plan EFA tiene la meta de lograr el 100% de cobertura mediante un año obligatorio para niños y niñas de cinco años de edad para mejorar el acceso, permanencia y no repitencia en los primeros grados de Educación Básica.

Entre las Políticas educativas que orientan la Educación Nacional, la Política de Atención a la diversidad con un enfoque de educación inclusiva, está siendo impulsada por la Secretaria de Educación, con vistas a promover valores sociales relevantes como el reconocimiento y la valoración de la diversidad humana, la solidaridad y el compromiso, entre otros, promoviendo la educación para la igualdad de oportunidades en el respeto y la valoración de las diferencias.

A este respecto, la Secretaria de Educación implementa programas y proyectos orientados a la promoción de los derechos a la educación de todos los niños, con énfasis en la población con discapacidad, dirigidos a la capacitación de docentes en servicio. PRINCIPIOS GENERALES. POLÍTICA DE INTEGRACIÓN DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL La Constitución de la República en su Título III, Capítulo 7, artículo 60, reza así: «Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases privilegiadas, todos los hondureños son iguales ante la ley». Capítulo III. De los Derechos Sociales, Capítulo II. De los Derechos del Niño, Art. 20. «Los menores de edad deficientes física o mentalmente, los de conducta irregular, los huérfanos, los abandonados, están sometidos a una legislación especial, de rehabilitación, vigilancia y protección según el caso y respetando lo establecido en la Declaración

Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, y la Declaración de los Derechos de los Impedidos, adoptada por la XXX Asamblea de las Naciones Unidas del 9 de diciembre de 1975». En la carta de los años 80 proclamada por Rehabilitación Internacional en abril de 1982, y en el Programa de Acción Mundial para los Impedidos aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y la Declaración Mundial de Educación para Todos realizada en Jomtien, Tailandia (1990), se estableció un marco de acción para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje. Se consideran políticas de educación especial las siguientes:} 1. Orientar el diseño curricular de la educación formal y no formal en el sector público y privado, bajo el principio de la normalización en los distintos niveles del sistema educativo. 2. Coordinar las acciones de la educación especial con organizaciones e instituciones nacionales e internacionales, con la finalidad de optimizar los recursos humanos y financieros. 3. Formar y capacitar el recurso humano necesario para la atención integral de las personas con necesidades especiales en el sistema educativo, tanto en el sector formal, como en el no formal. 4. Ampliar la base administrativa, legal y financiera para extender y mejorar el funcionamiento de los servicios de educación especial en el sistema educativo en su conjunto. 5. Reorientar el sistema de evaluación y promoción de la educación, a fin de hacerla funcional en su contexto de Educación para Todos. Dentro de los acontecimientos de alta significación para la educación especial en Honduras merecen mencionarse la creación mediante decreto N.° 926 del Consejo Nacional de Rehabilitación Integral (CONRI). En el Capítulo V de la educación especial de la Ley Orgánica

de Educación, en su artículo 44 dice: «El poder ejecutivo tendrá la obligación de crear y costear el sostenimiento de centros especiales de readaptación social»; y Art. 45. «Los centros de rehabilitación y readaptación social funcionarán de conformidad con el reglamento respectivo». La Dirección Departamental de la Secretaría de Educación tiene una Sección de Educación Especial, creada en 1981 con la finalidad de brindar atención a los escolares de los niveles preescolar, primario y medio en todo lo relacionado con problemas de aprendizaje, audición y lenguaje, retardo mental, limitaciones físicas, problemas emocionales y sociales. Las funciones principales que desarrolla para lograr su propósito son las siguientes: — Promueve e impulsa la integración educativa de niños y niñas con necesidades especiales en las escuelas, jardines y colegios del país. — Regula, coordina, dirige y supervisa la educación especial del país en los diferentes niveles del sistema educativo. — Capacita a supervisores, directores, maestros y personas de la comunidad en aspectos de prevención, detección y atención de necesidades especiales. — Promueve la coordinación de actividades de educación especial con instituciones públicas y privadas a escala nacional y de Centroamérica. En el desempeño de sus funciones la Sección de Educación Especial se vale de diversos medios, entre otros: — Integración directa en el aula regular en los niveles preescolar y primario.

— Programa de «aula recurso», lo que implica apoyo especializado y sistematizado en las escuelas para la atención de niños y niñas con problemas de aprendizaje y discapacidades específicas. — Escuelas especiales. — Supervisiones departamentales y de educación especial. — Comités regionales y locales de apoyo a la educación. — Jardines de niños y niñas, escuelas comunes a institutos técnicos y polivalentes. — Organizaciones, instituciones y voluntarios involucrados. — Padres organizados. PROGRAMAS Y PROYECTOS 1. Proyecto Mesoamericano de Educación Inclusiva cuyo país coordinador México realiza el seguimiento y monitoreo respectivo para asegurar la implementación d l e Programa Regional de Educación Inclusiva ( PREI) a través de la ejecución del proyecto “Estrategias de Gestión Escolar para la Accesibilidad Universal” propuesta de México para el bienio 2013 – 2014, para el desarrollo en la oferta de los servicios, la identificación de las barreras para el aprendizaje y la participación orientados a la mejora de los contextos escolares como parte de los compromisos establecidos. 2. El proyecto Acceso a Educación con Calidad de la Secretaría de Educación patrocinado por UNICEF se implementará en 7 departamentos del país (Ocotepeque, Lempira, Copan, Intibucá, Santa Bárbara, Cortes y Francisco Morazán).

3. Centro Nacional de Recursos para la Inclusión Educativa de las personas con discapacidad visual orientado básicamente a la formación del recurso humano, producción de recursos didácticos adaptativos y dotación de las ayudas técnicas necesarias para estudiantes con discapacidad visual. 4. Proyecto “Fortalecimiento Institucional para la Atención de la Diversidad del alumnado en Honduras» desarrollado en tres departamentos del país con un fuerte componente de concienciación, capacitación de docentes en servicio, acompañamiento docente y dotación de material didáctico. 5. Fortalecimiento de los Servicios Educativos de Atención a la Diversidad (SEAD) a través de la sensibilización y concientización de la comunidad educativa y la capacitación de los docentes responsables del servicio. 6. Organización y funcionamiento de los Equipos Psicopedagógicos Departamentales, la Red de Instituciones Educativas de Apoyo a Personas Sordas de Honduras (RIESORH). 7. Ejecución de la Campaña Global de Discapacidad Visual EFAVI 2015, en coordinación con el Grupo de Trabajo Nacional dirigido por la SDGEPCDTE con la realización de jornadas de detección y capacitación de los coordinadores de Educación Especial de 17 departamentos del país. 8. Plan Maestro de Infraestructura Escolar. CENTROS EDUCATIVOS QUE ATIENDEN EDUCANDOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Y DISCAPACIDAD Existen en el país 42 centros de educación especial y rehabilitación que brindan atención a educandos con discapacidad y necesidades educativas especiales afiliadas a la Coordinadora de Instituciones y Asociaciones de Rehabilitación de Honduras CIARH. La mayoría de ellos

cuentan con programas de integración e inclusión educativa a través de los cuales se incorpora a los educandos en centros educativos regulares brindando los apoyos necesarios para asegurar su éxito en la escuela, ampliar la cobertura de atención y contribuir al mejoramiento de la calidad del servicio educativo brindado, a través de la asesoría y capacitación a los docentes. De estos centros educativos los siguientes reciben subvención del Estado a través de la Secretaría de Educación: 1. Instituto Psicopedagógico Juana Leclerc. 2. Escuela para ciegos Pilar Salinas. 3. Centro Artesanal para Ciegos CAIPAC. 4. Instituto Sampedrano de Educación Especial 5. PREPACE 6. FUNDAMOR ORGANIZACION NORMATIVA DE LA EDUCACION ESPECIAL Secretaria de Educación, Unidad de Educación Especial. Estructura Organizativa de la Unidad de Educación Especial.

ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA. 

Centros de Recursos para la Inclusión.



Equipo Psicopedagógico Departamental.



Equipo Psicopedagógico Municipal.



Rehabilitación basada en la comunidad.

CARRERAS AFINES EN EL TRATAMIENTO DE LA EDUCACION ESPECIAL a) Educador Especial b) Pedagogo c) Psicología Educativa d) Trabajado Social

e) Orientación Educativa. CONCLUSIONES

1. El SACE no presenta las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad, puesto que sus estándares aplican restricciones para que este sector acceda a esta plataforma educativa. 2. Según las estadísticas, de los 300,000 niños y niñas con discapacidad, el 68,9% no recibe ningún tipo de educación, el 16,9% está en escuelas especiales y el 14,2% en escuelas oficiales. Lo que indica que la mayoría de las personas presentan dificultades para acceder a un sistema educativo regular. 3. Pese a que en la legislación nacional se incluye y promueve el Derecho a la Educación para las personas con discapacidad, su aplicación es mínima y presenta deficiencias conceptuales al utilizar terminologías discriminatorias, lo que vulnera el enfoque de derechos humanos al no promover una educación de calidad en igualdad de oportunidades. 4. La legislación en materia educativa condiciona algunos avances en Educación a la disponibilidad económica del Estado, lo que demuestra la falta de voluntad política para impulsar la igualdad de oportunidades y se refleja, por ejemplo, en el Reglamento de la Ley General de Educación con las palabras “capacidad financiera”, lo que es contradictorio ya que el Estado es el garante del disfrute pleno de los derechos y su obligación no cesa aún y cuando sus recursos económicos sean insuficientes. 5. El CNB no tiene adaptado el contenido pedagógico a la atención de la diversidad humana, como tampoco promueve la inclusión pues deja en responsabilidad del centro educativo la adecuación curricular si se atiende a personas con discapacidad, dando la opción de poder ejercer una atención diferenciada o especial. 6. El personal docente de los centros educativos carece de formación para atender a la diversidad. Por consiguiente sus esfuerzos para aplicar el foque de Inclusión Educativa, son aislado y no presuponen avances significativos en la materia.

7. La mayoría de los centros educativos carecen de infraestructura adecuada que posibilite los procesos de inclusión educativa, lo que conlleva a que no todas las personas dispongan de las mismas oportunidades para acceder a la oferta educativa.

RECOMENDACIONES 1. El Estado debe garantizar el Derecho a la Educación en igualdad de condiciones aplicando la legislación vigente y los tratados internacionales. 2. El Estado debe adoptar con carácter de urgencia las medidas necesarias para garantizar que todos los niños y niñas con discapacidad sean matriculados en escuelas del sistema de enseñanza formal. 3. La Secretaría de Educación, debe aumentar la partida presupuestaria de la Subdirección General de Educación para Personas con Capacidades Diferentes o Talentos Excepcionales, para que pueda desarrollar las acciones necesarias que permitan promover la aplicación del enfoque de inclusión educativa en el país. 4. El Estado debe reorientar el rol de los centros educativos especiales, porque fomentan la separación de personas con y sin discapacidad. 5. Transformar el SACE en un sistema de administración inclusivo que genere estadísticas actualizadas sobre las personas con discapacidad.

ANEXOS LEGISLACIÓN NACIONAL RELATIVA A EDUCACIÓN INCLUSIVA

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