Nueva Ley Del_issste

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NUEVA LEY DEL ISSSTE 1

EL POR QUÉ DE LA REFORMA. • La situación actual del ISSSTE es anacrónica y grave pues no es autosuficiente y tiene que ser subsidiado por los contribuyentes. • La transición demográfica y epidemiológica, así como la ampliación de beneficios sin aumentar cotizaciones han devastado al Instituto. 2

PROBLEMÁTICA DE PENSIONES • Actualmente la gente vive más años y tiene menos hijos provocando disminución del número de activos en relación a los pensionados y aumentando la duración de las pensiones. • Los ingresos presentes y futuros no alcanzan para pagar las obligaciones actuales y futuras. 3

DÉFICIT DE PENSIONES SUBSANADO CON RECURSOS PRESUPUESTALES • Año 2000: Poco más de 10 mmp. • Año 2007: 42 mmp. • Año 2012: 77 mmp del 2006.

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Los montos del “quebranto”: (según Benjamín Glz. Roaro) • 2003 más de 15 mil mdp • 2004 más de 25 mil mdp • Al 2006 más de 130 mil mdp… ?

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FONDO MÉDICO • A partir de 1988 enfrenta un déficit corriente que cada año absorbe recursos de otros servicios del instituto y del presupuesto federal. • Déficit en el 2006: 4.2 mmp.

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“Parece injusto que el resto de la población tenga que pagar impuestos para cubrir las pensiones y los gastos médicos de los trabajadores al servicio del Estado”. “De no corregirse el déficit de pensiones pondrá en peligro no sólo el pago de las pensiones de los trabajadores sino también el ahorro nacional, la estabilidad financiera y macroeconómica del país, y con ello, el crecimiento económico y la creación de empleos.” (46% incremento al ejército)

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Costo del

FOBAPROA

27,955 mdp anuales para rescatar Bancos que ahora son propiedad de extranjeros. 8

RESCATE CARRETERO • 160 MMP para menos de 50 carreteras y cuatro puentes. En el 2004 la compra venta de una institución bancaria generó 3 mmd de impuestos; sin embargo, fueron condonados. Ese mismo año, el monto de las pensiones fue por 25 mmp. 9

Para los Diputados Federales y Senadores, no hay capacidad institucional de resistir el pago de 50 mmp en el 2006; sin embargo, un “mexicano” incrementó su fortuna personal en 19 mmd, ¡cuatro veces lo destinado para mas de medio millón de pensionados y jubilados del ISSSTE

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Diputados federales y senadores del PRI, PAN, PVEM y PANAL legislan para regular nuestras pensiones, pero se niegan a regular las de los ex presidentes vivos que significan 203 millones por año mientra un jubilado promedio del ISSSTE significa 70 mil pesos.

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Se niegan a regular las pensiones de ex magistrados y jueces. Se niegan a regular los altos sueldos de funcionarios de manera que sus ingresos sean los correspondientes a la precaria situación del resto de la población. 12

Un diputado federal o un senador, ganan en un mes, más de lo que un jubilado promedio del ISSSTE recibe durante un año. Perciben en un año, lo que a un jubilado llevará 12 años, y, durante sus tres años de funciones, obtendrán lo que un jubilado no recibirá en 36 años. 13

DERECHOS PLASMADOS EN LA NUEVA LEY • A los activos se les reconocen sus cotizaciones anteriores. Optativo . Seis meses a partir del 1° de enero de 2008, por escrito e irrenunciable. Si no lo hace, se entenderá que optó por los bonos de pensión. ( Y si lo hace, se entiende que está renunciando al régimen anterior y aceptando el nuevo). ¿Amparos? 14

TRABAJADORES QUE NO OPTEN POR EL BONO. • HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2009: A). Podrán pensionarse o jubilarse con el 100% del SBC de su último año de servicio. (art. 60 de la Ley anterior). B). Podrán pensionarse por edad y tiempo de servicios con el porcentaje correspondiente. (art. 63 de Ley anterior) C). Podrán pensionarse por cesantía en edad avanzada conforme lo marca el art. 83 de la Ley anterior) 15

ARTÍCULO 60. Pensión por jubilación con el 100% del sueldo básico del último año a hombres con 30 años de servicio y a mujeres con 28

ARTÍCULO 63. Pensión por edad y tiempo de servicios a quienes cumplan 55 años y hayan laborado de 15 años en adelante 16

ARTÍCULO 63. Por15 años = 50% Por 16 años = 52.5% Por 17 años = 55% Por 18 años = 57.5% Por 19 años = 60% Por 20 años = 62.5% Por 21 años = 65% Por 22 años = 67.5% Por 23 años = 70% Por 24 años = 72.5% Por 25 años = 75% Por 26 años = 80% Por 27 años = 85% Por 29 años = 95%

Por 28 años = 90% 17

ART. 83. Pensión por cesantía en edad avanzada con 10 años de servicio como mínimo. 60 años = 40% 61 años = 42% 62 años = 44% 63 años = 46% 64 años= 48% 66 años o más = 50% 18

A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2010 • Se pide edad mínima de 51 y 49 años para hombres y mujeres respectivamente, incrementándose hasta llegar a 58 y 60. • Se incrementa la edad mínima para pensionarse por edad y tiempo de servicios, hasta llegar a 60 años. • La edad mínima para pensionarse por cesantía en edad avanzada se incrementa hasta llegar a 65 años. 19

Para calcular el monto de la pensión se promediará el SBC del último año trabajado, siempre y cuando se tenga una antigüedad mínima en el mismo puesto y nivel de tres años, de lo contrario, se hará con el sueldo inmediato anterior, sin importar su antigüedad en el mismo. 20

EN CASO DE RIESGO DE TRABAJO: se pensionará de acuerdo a esta Ley; para el efecto, el ISSSTE contratará con recursos aportados por el Gobierno Federal una renta vitalicia a favor del trabajador, o un seguro de sobrevivencia para sus familiares derechohabientes. EN CASO DE INVALIDEZ: se pensionarán con el porcentaje del SBC a partir de los 15 años.

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Las cuotas y aportaciones del trabajador serán ingresadas al ISSSTE, excepto la del 2% de retiro que serán administradas en exclusiva por el PENSIONISSSTE. 58 mil millones de pesos.

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TRABAJADORES QUE OPTEN POR LA CUENTA INDIVIDUAL.

Se les acreditará un Bono de Pensión al que se sumará lo acumulado en varias subcuentas. • Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. • Subcuenta de ahorro solidario. • Subcuenta de aportaciones complementarias de retiro. • Subcuenta de aportaciones voluntarias. • Subcuenta de ahorro a largo plazo. Art.80 23

Podrán retirarse siempre y cuando la pensión que se le calcule sea superior en más de 30% a la Pensión Garantizada, una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para sus familiares Derechohabientes. La Renta se actualizará cada febrero de acuerdo al Índice Nacional de Precios al consumidor. 24

REQUISITOS DE EDAD

• Para el 2008: 55 años de edad o haber cotizado 30 años o más. • Para el 2009: 54 años de edad o cotizaciones de 29 años o más. • Para el 2010: 53 años de edad o cotizaciones de 28 años o más. • Para el 2011: 52 años de edad o cotizaciones de 27 años o más. • Para el 2012: 51 años de edad o cotizaciones de 26 años o más. • Para el 2013: dejarán de exigirse estos requisitos. 25

PENSIONISSSTE • •

Habrá un plazo de 12 meses para que inicie sus funciones. En tanto, el Instituto abrirá una cuenta en el Banco de México, mismos que se invertirán en valores o créditos a cargo del Gobierno Federal causando interés de 2% anual. • Administrará las Cuentas de los nuevos trabajadores durante los 36 meses siguientes de su creación. Posteriormente el trabajador podrá elegir otra administradora. • El PENSIONISSSTE, pasados 36 meses de su creación, podrá recibir cuentas de afiliados al IMSS o de trabajadores independientes. • Las cuentas individuales del SAR serán transferidas al PENIONISSSTE para su administración.

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FUNCIONES • Administrar las cuentas individuales. • Invertir los recursos que administre. • Constituir y operar Siefores. • Cobrar comisiones de las cuentas que administre sin exceder el promedio del mercado.

Preferentemente colocará valores para fomentar: II. La actividad productiva nacional; III. La construcción de vivienda; IV. La construcción de carreteras; V. La generación de energía; VI. La producción de gas y petroquímicos. 27

El PENSIONISSSTE deberá invertir en valores, documentos, efectivo y los demás instrumentos que se establezcan en el régimen de inversión determinado por su Comisión Ejecutiva. 28

INTEGRACIÓN DE LA DIRECTIVA I. Presidente: Director General del ISSSTE. II. Vocal Ejecutivo: nombrado por la Junta Directiva a propuesta del Director General del Instituto. IV. 7 vocales de Secretarías de Estado. V: 9 vocales representantes sindicales.

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COMPROMISOS OFICIALES

• Seguir pagando las pensiones actuales (alrededor de 500 mil). • Pagar las pensiones de quienes las soliciten hasta el 31 de diciembre de 2009 (alrededor de 300 mil nuevos pensionados). • Pagar las pensiones, a partir del 1° de enero de 2010 a quienes la soliciten una vez cubiertos los requisitos de edad mínima. 30

ADEMÁS

Se duplica el monto de la pensión garantizada. Se incrementa la aportación del Estado, de 19.75% actual a 25.145%. El Estado aportará una cuota social para mejorar los servicios de salud equivalente a más de 6 mmp anuales. EL Estado aportará una cuota social para el Fondo de Pensiones equivalente al 5.5% de un salario mínimo. En la Cuenta Individual, se potenciará el ahorro solidario, en el que, por cada peso que aporte el trabajador, el Estado aportará 3.25 pesos.

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TAMBIÉN: El Gobierno federal aportará 8 mmp en tres años para mejorar la salud. También aportará (a préstamo) 2 mmp para préstamos personales. Se darán 7 mil créditos para vivienda a jubilados y pensionados, subsidiando con 30 mil pesos cada uno. (210 millones de pesos) 32

A todo lo anterior deberá agregarse el pago de los Bonos de quienes acepten, monto que puede llegar hasta casi 2 billones de pesos que se pagarían con deuda. El personal por contrato, honorarios o en listas de raya, será incorporado integralmente, en forma paulatina a

este régimen de seguridad social 33

Se condonan los adeudos que tengan las entidades y dependencias por aportaciones, cuotas, y recuperación de créditos. Si pagan antes del: 30 de junio de 2008 el 80% Al 31 de diciembre de 2008 el 60% Al 30 de junio de 2009 el 40% Al 31 de diciembre de 2009 el 30% 34

¿TENEMOS LA SEGURIDAD DE QUE ESTA LEY ES DEFINITIVA? • Artículo 14. El Instituto recopilará y clasificará la información sobre los derechohabientes, efectos de formular escalas de sueldos, promedios de duración de los servicios que esta Ley regula, tablas de mortalidad, morbilidad y, en general, las estadísticas y cálculos actuariales necesarios para encauzar y mantener el equilibrio financiero de los recursos y cumplir adecuada y eficientemente con los seguros, prestaciones y servicios que por ley le corresponde administrar.con base en los resultados de los cálculos actuariales que se realicen, deberán proponerse al Ejecutivo Federal las modificaciones que fueran procedentes. 35

TRANSITORIO 46° • Adicionalmente a lo previsto en el artículo 14 de la presente Ley, para garantizar que ésta beneficie a los trabajadores y a sus familias, así como para asegurar el cumplimiento de sus objetivos y la viabilidad futura del Instituto, este ordenamiento será revisado por la Junta Directiva cada cuatro años. Los resultados obtenidos deberán sustentarse en estudios actuariales y, en su caso, promoverse las reformas o adiciones legales necesarias. 36

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