Noche De Verano Aed

  • October 2019
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Centro de Investigación Jurídica

Iuris per Tottem

(Ensayo/Artículo Jurídico) SUEÑO DE UNA NOCHE DE VERANO

AUTOR-INVESTIGADOR Juan Carlos Díaz Colchado Secretario del CIJ Miembro Activo Omega del CIJ Egresado por la UPSP Asistente Legal de la Asesoría Externa de la ULADECH Ex-Presidente del CIJ Ex-Representante Estudiantil Facultad de Derecho y CC.PP. UPSP. Ex-Miembro del Consejo Universitario.

Agosto, 2004

Institución: Centro de Investigación Jurídica IURIS PER TOTTEM Asociación de Estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Privada San Pedro, la cuál se encuentra orientada a promover la investigación en el campo de las Ciencias Jurídicas, y difundir el pensamiento de alumnos y profesionales de Derecho, respecto a las materias que conforman nuestra disciplina. Ésta que se encuentra inscrita en la Partida Electrónica Nº11012915 en el Asiento A00001 del Registro de Personas Jurídicas - Oficina Registral Chimbote.

Diseño - Realización de Cubierta, y Diseño de Contenido:

INSTITUCIÓN www.iurispertottem.uni.cc

Centro de Investigación Jurídica

Iuris per Tottem

Andree César A. Tudela Tello ©Centro de Investigación Jurídica Iuris per Tottem - CIJ - Asociación sin fines de lucro. Partida Registral N° 11012915 en el Asiento A00001, 2002, Chimbote - Perú [email protected] [email protected] www.iurispertottem.uni.cc (Autor-Investigador) ©Juan Carlos Díaz Colchado. Respecto al CIJ: Socio Activo Omega, Secretario, Ex-Presidente, Autor de Distintos Artículos Jurídicos, Ponente y Promotor de Eventos Jurídicos. Otros: Egresado por la UPSP, Post Título en Derecho Procesal Constitucional por la PUCP, Ex-Representante Estudiantil de la Facultad de Derecho y CC.PP. de la UPSP, Ex-Miembro del Consejo Universitario de la UPSP. Y asistente Legal en la Asesoría Externa de la ULADECH.

MISIÓN El presente es una publicación del C.I.J., que en esta oportunidad tiene la finalidad de difundir y propagar el saber jurídico de las personas afines al Centro de Investigación Jurídica , esto con el propósito de incrementar la cultura jurídica a todas las personas que tengan en sus manos este material.

Andree César A. Tudela Tello PRESIDENTE

[email protected]

SU PUBLICACIÓN

SAPIENTIA ET PAX REVISTA REVISTA DE DE DERECHO DERECHO

Jhon Antony Quineche Miranda DIRECCIÓN GENERAL [email protected]

DEL INVESTIGADOR

JD [ 51-43 ] 997-8319

Juan Carlos Diaz Colchado Asistente Legal [email protected]

SUEÑO DE UNA NOCHE DE VERANO 1[1] Juan Carlos Díaz Colchado 2[2] Anoche tuve un extraño sueño. Soñé que me había muerto y que, llegado a las puertas del cielo (pues había sido un buen chico durante los pocos años que estuve vivo), San Pedro me dijo que había un compartimiento del cielo reservado especialmente para todos aquellos que se dedicaban a estudiar Derecho. Asimismo, me indicó que tendría un “asesor jurídico celestial”, quién seria una especie de “guía”, en ese paraíso reservado especialmente para aquellos estudiosos del Derecho. Grande fue mi sorpresa al conocer a mi “asesor jurídico celestial” quien era, nada más y nada menos que, Friedich Karl von Savigny 3[3]. Así pues, después de unos minutos de larga caminata a través del paraíso “común”, llegamos a un cuarto cuyos linderos no me era posible divisar; en su interior me encontré con muchas personas, algunas mucho más viejas que otras, quienes -según mi muy estimado y atento guía- eran juristas de todas las épocas de la historia humana, ciertamente ahí estaban presentes todos los grandes juristas romanos de la época clásica e incluso me encontré con el Emperador Justiniano con quien, unas horas después, tuve una interesante charla en torno a su famosísimo “Corpus Iuris Civile”, igualmente entre los juristas alemanes pude dialogar -aunque brevemente- con Hans Kelsen 4[4], padre del positivismo jurídico, quien se hallaba inmerso en una muy interesante y entretenida batalla dialéctica conceptual con Carl Smicht acerca de la naturaleza jurídica del “Estado de Derecho” 5[5], así también encontré a muchos juristas franceses de la talla de Domat, Pothier, Boulanger, Josserand, Ripert, Demolombe, Capitant, Tunc, Savatier y a dos de los hermanos Mazeud. En cuanto a latinoamericanos, me encontré con los famosísimos Dalmacio Vélez Sarfield 6[6] (argentino), Andrés Bello 7[7] (venezolano) y Texeira de Freitas 8[8] La presente narración es una adaptación del “sueño” que tuvo Rudolph von Ihering, jurista alemán del siglo XIX (1818-1892), quien es citado por COHEN, Félix. El Método Funcional en el Derecho. 1º Ed. Editorial Abeledo Perrot. Buenos aires. 1962. Pág. 9 2[2] Alumno del Décimo Primer Ciclo de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada San Pedro. Representante Estudiantil. Miembro del Consejo Universitario de la Universidad Privada San Pedro. Artículo escrito en Agosto de 2004. 3[3] Friedrich Karl von Savigny, jurista alemán del siglo XIX (1779-1861), es el máximo representante de la Escuela Histórica del Derecho, es mundialmente conocido por su obra: Sistema de Derecho Romano Actual. 4[4] Autor de la “Teoría Pura del Derecho” y creador del primer Tribunal Constitucional, me refiero, al Tribunal Constitucional austriaco de 1919. 5[5] Los mencionados autores alemanes, sostuvieron un encendido debate académico en la década de 1920, sobre quién debería ser el guardián de la Constitución, así para Kelsen debía serlo un organismo jurisdiccional independiente del Poder Judicial, lo que ahora conocemos como Tribunal Constitucional, mientras que para Smicht (quien era miembro del Partido Nacional Socialista Alemán –Nazi–) debía serlo el máximo representante del poder político, estos es, el Jefe de Estado, que en Alemania se encarnó en el Fürer, Adolph Hitler. 6[6] Autor del decimonónico y aún vigente Código Civil Argentino. 7[7] Autor del decimonónico y aún vigente Código Civil Chileno. 8[8] Autor del Esboço, base del Código Civil Brasileño, recientemente derogado y sustituido por un nuevo Código Civil. 1[1]

1

(brasileño); grande fue mi sorpresa al hallar a algunos juristas peruanos, entre los cuales se encontraban Juan José Calle 9[9], Manuel Augusto Olaechea 10[10] y por supuesto el máximo comentarista del Código Civil de 1936, me refiero a José León Barandiarán 11[11], quien se encontraba charlando con su más conspicuo discípulo quien también para mi sorpresa era un recién llegado como yo-, Max AriasSchreiber Pezet 12[12]. Asimismo, recorriendo aquel fascinante paraíso, me encontré cara a cara con los conceptos incorpóreos de los gemelos -genéticamente idénticos- de la “buena fe objetiva” y de la “buena fe subjetiva” y, por supuesto con su primo cercano, “la mala fe”; así como con el concepto de “contrato” y la “obligación”, el “derecho real” y su carácter de oponibilidad erga omnes, con la “propiedad” mas no pude hallar a la “posesión” ya que, según mi guía, la “posesión” no era propiamente un concepto sino más bien un hecho real que no gozaba del privilegio de ser un concepto eminentemente abstracto, y que por tal “imperfección” no podía estar en aquel paraíso, seguidamente me halle frente al “acto jurídico”, luego estaba ya con el “dolo” y la “culpa”; así mismo, pude descubrir el mayor enigma de los juristas terrenales, quienes -aún hoy en día- dedican miles y miles de horas a su estudio para delimitar sus contornos y poder hallar su verdadera “naturaleza jurídica”, me refiero al concepto de “interés social”. Siguiendo mi recorrido, me hallé frente a una enorme laguna azul dónde, cerca al río que lo alimentaba, se encontraban descansando muy apaciblemente el “Estado de Derecho”, el “Estado Constitucional de Derecho” y el “Estado Social de Derecho”. Asimismo pude divisar a menos de cien metros de donde me encontraba a la “autonomía privada” charlando con la “norma jurídica” y con el “abuso del derecho”, quien profundamente mortificada se quejaba ante ellos porque al “Estado de Derecho” le gustaba mucho limitarla y reducirla a su mínima expresión, cuando los hombres terrenales la ejercían para celebrar contratos. También halle presente -y de forma perceptible por mis sentidos- a conceptos tan abstractos como el “interés jurídicamente protegido” y el “derecho subjetivo”, al “derecho de autor”, la “patente” y el “copyright”, y ni que hablar del “daño extracontractual”, con sus múltiples máscaras, puesto que en un momento determinado jugaba a ser “daño patrimonial”, y en otro se ponía la máscara de “daño moral” (aunque a veces parecía un “daño al proyecto de vida” y otras un “daño a la persona”) o jugaba a ser un “lucro cesante” o ya también un “daño emergente”; horas más tarde durante un entretenido “coloquio académico celestial” entre los hermanos Mazeaud y Joserand, utilizó sus máscaras más recientes, es decir, por ratos era un “daño genético” y también se convertía, cambiando de máscara, en un “daño al medio ambiente” o ya un “daño biológico”, durante dicha reunión me comentó -a modo de confesión y complicidad jurídica- que la máscara que más le gustaba utilizar era la Miembro de la Comisión Oficial que elaboró el Código Civil de 1936. Miembro y Presidente de la comisión Oficial que elaboró el Código Civil de 1936. 11[11] Célebres son sus Comentarios al Código Civil, recientemente editados por la Gaceta Jurídica bajo el epígrafe de “Tratado de Derecho Civil”. 12[12] Jurista nacional recientemente fallecido, lamentamos muy profundamente el que hoy ya no nos acompañe en este mundo. Del ilustre doctor Arias-Schreiber es conocida su obra Exégesis, la cual en varios tomos (diez, para ser exactos) desarrolla útiles comentarios a los dispositivos del Código Civil de 1984. 9[9]

10[10]

2

que le habían regalado unos juristas italianos, aquella llamada “daño existencial” (en donde cabían todo tipo de “tutelas resarcitorias”). Pero, tal vez lo que más me sorprendió, fue hallar una máquina especialmente compleja de maniobrar y que sólo algunos cuántos podían manipular, a pesar de la complejidad de su mecanismo, quienes estaban aptos a manipularlo lo hacían con una destreza y habilidad sin igual, tal máquina podía -y de hecho lo haciadividir una hebra de cabello en novecientas noventa y nueve mil partes iguales (999,999), y para mi sorpresa los juristas más hábiles -aquellos que habían perdido toda memoria de su vida terrenal- podían dividir cada una de esas divisiones en otras ¡novecientas noventa y nueve mil (999,999) partes iguales más!, según mi “asesor jurídico celestial”, quien era uno de los que más disfrutaba utilizando aquella máquina, todos quienes se hallaban presentes en dicho paraíso podían maniobrar dicha máquina, pero debían previamente cumplir una única condición, de la cual no había marcha atrás, esto era, debían olvidar todo recuerdo que lo atara a su vida terrenal. Desde luego que no acepté e inmediatamente después fui expulsado de aquel fascinante paraíso celestial… momentos después me hallaba tendido en mi cama, ya había amanecido y era un nuevo día, con un hermoso y brillante sol de verano.

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IURIS PER TOTTEM

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