MANUAL DE RESPUESTA A UN ERE ARBITRARIO Debido a la falta de rigor puesta de manifiesto por la empresa a la hora de abordar un tema tan delicado como es un Expediente de Regulación de Empleo por el esfuerzo que supone para los trabajadores por la disminución de sus ingresos y la incidencia en el buen desarrollo de la empresa, entendemos que podemos tomar una serie de medidas para evitar el mal uso y abuso de esta situación por parte de la Dirección. Bien entendido que hay distintos puestos de trabajo y que no en todos es aplicable, consideramos que la imaginación de cada uno puede ajustar estas ideas. 1.- Usuarios de correo electrónico Utilizad la herramienta “fuera de la oficina” en el que se puede incluir el siguiente texto: “debido a la aplicación de este día como extinción de mi contrato de trabajo, este correo electrónico no será leído y se destruirá automáticamente” Para evitar que se os acumule os recomendamos utilizar así mismo las reglas de correo para indicarle al sistema que todos los correos recibidos el día que corresponda sean eliminados automáticamente. 2.- En el caso que no coincidas con tus compañeros porque el ERE es rotativo, contesta sólo las llamadas dirigidas a tu teléfono, se recomienda descolgar los demás aparatos para evitar contaminación acústica y estrés auditivo. ¡La salud ante todo! En el caso de puestos productivos en los que se exija cubrir un puesto vacante además de los ya asignados, se pedirá al jefe de turno que corresponda, la responsabilidad en la calidad de las piezas de esa línea o puesto de trabajo específico, añadido a los habituales. 3.- Debido a que en el trabajo de oficinas y en otro tipo de actividades fuera de las meramente productivas, no esa regulado el tiempo en el que se debe hacer el trabajo, recomendamos hacer el trabajo en el tiempo que se venía haciendo hasta ahora, esto quiere decir, que no se debe aumentar el nivel de esfuerzo sino mantener el que cada uno es capaz de ejercer, pasando así a desarrollarse el trabajo de un mes de 4 semanas de 5 días laborables total 20 días en 5 semanas de 4 días siendo el resultado igualmente 20 días laborables. Por supuesto, si hay un día determinado en el mes en el que se hace un trabajo, éste se quedará sin hacer hasta el siguiente día laborable. 4.- Os recordamos que el Convenio Colectivo de Empresa sigue vigente y es un acuerdo que se debe cumplir en todos sus artículos.