Investigacion 4 Unidad 1.0

  • July 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Investigacion 4 Unidad 1.0 as PDF for free.

More details

  • Words: 21,615
  • Pages: 56
El comercio exterior. 1. Comercio exterior. El comercio exterior se define como el intercambio de bienes y servicios entre dos bloques o regiones económicas. Como por ejemplo el intercambio de bienes y servicios entre la Unión Europea y Centroamérica. Las economías que participan de éste se denominan abiertas. Este proceso de apertura externa se produce fundamentalmente en la segunda mitad del siglo XX, y de forma espectacular en la década de los 90s al incorporarse las economías latinoamericanas y de Europa del Este. Se diferencia el comercio internacional de bienes, mercancías, visible o tangible y el comercio internacional de servicios invisible o intangible. Los movimientos internacionales de factores productivos y, en particular, del capital, no forman parte del comercio internacional aunque sí influyen en este a través de las exportaciones e importaciones ya que afectan en el tipo de cambio. El intercambio internacional es también una rama de la economía. Tradicionalmente, el comercio internacional es justificado dentro de la economía por la teoría de la ventaja comparativa o por la mayor existencia de productos o bienes intercambiados tendientes a incrementar la oferta en el mercado local. 1.1. Generalidades de las exportaciones. A continuación se presentan algunos conceptos básicos que deben tenerse en cuenta al momento de considerar las posibilidades de exportación de los bienes o servicios. Aranceles: son los impuestos o derechos que se cobran a los bienes de importación. Generalmente, el término "derecho arancelario" indica la clasificación exacta de la mercancía y por ende, la tasa que debe pagar una mercancía por entrar o salir de un país. Por su parte, la palabra "arancel" es utilizada para denotar la lista de mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que serán pagados al gobierno por parte de los importadores de los productos. Acuerdos preferenciales: Son medidas que otorgan un acceso privilegiado a los bienes importados de un país en relación a los otros bienes, comúnmente a través de reducciones arancelarias, o mediante el levantamiento de cuotas y restricciones cuantitativas. Condiciones de entrega: Los países tienen el derecho a aplicar cualquier medida de carácter técnico o sanitario que juzguen necesaria, siempre y cuando estas medias tengan como único fin claramente constatable, proteger y garantizar condiciones idóneas para la salud humana, animal, vegetal y del medio ambiente, que puedan ser puestas en peligro o afectadas por el comercio internacional. Barreras no arancelarias: Aquellas barreras que se imponen a la entrada de productos que no son de índole arancelaria. Pueden estar representados por certificaciones de calidad, condiciones del empaque y protección al medio ambiente. Seguros necesarios: Servicio que facilita a los exportadores de un país, por parte de un asegurador, para protegerlo contra la falta de pagos y otros riesgos comerciales o riesgos políticos que pueden presentarse. 6

El comercio exterior. Logística de distribución física internacional: Es una herramienta estratégica que permite a las empresas gerenciar eficientemente los recursos y el flujo de información a lo largo de su proceso exportador. Debe tenerse en cuenta el transporte, el bodegaje y la entrega. Requerimientos de calidad: Son documentos expedidos por autoridades especializadas en control de calidad de productos exportados. Metas de exportación: Representan las expectativas en términos de volumen e ingresos Rangos de Fluctuación de precios en los mercados internacionales: En muchas ocasiones los precios de los productos en el ámbito internacional se encuentran regulados por leyes gubernamentales o son muy susceptibles a cambios en precio debido a la oferta y la demanda de los mercados. Así mismo, las tasas de cambio pueden provocar variaciones sustanciales en los precios de los productos. Estos elementos deben ser tenidos en cuenta a la hora de las negociaciones Tasa de cambio: es la relación que hay entre la moneda de un país con la de otro o el precio al cual se paga una moneda nacional en términos de otra extranjera. La tasa de cambio es imprescindible en las operaciones de comercio exterior. Devaluación: Es la pérdida de valor de la moneda local, frente a la moneda extranjera. La tasa de devaluación del peso mexicano es publicada por el Banco de la República de México. 1.2. Importancia de las exportaciones. Los beneficios que se obtienen al exportar son tantos como los riesgos que se corren, sin embargo es importante que las empresas se inicien en la exportación no sin antes estar completamente preparados para enfrentarse al grande mercado al que ahora se van a dirigir y tener muy presente el compromiso a exportar y la alta tecnología que tienen que aplicar, esto es esencial ya que influye de manera sumamente importante en la actuación de las exportaciones. Los negocios de los países industrializados más pequeños fácilmente agotan el potencial de su mercado nacional y se ven obligados a buscar en el extranjero oportunidades de expansión, aun así sino se está preparado debidamente con las herramientas necesarias no resultara un éxito la exportación y dejara notables perdidas y se puede llegar a la quiebra. El beneficio de que las empresas exporten esta en globalizar su producto, darlo a conocer a cuanto país se pueda, posicionarse en el mercado y lograr capitalizarse. Además que un impuesto a las exportaciones disminuye el precio a los productores y consumidores domésticos, generando ingresos para el gobierno. La participación en el mercado internacional es una actividad que vale la pena, y puede ser clave para la sobrevivencia; para muchas compañías no se trata de saltar al marketing internacional y simplemente esperar el éxito, las nuevas actividades y ajustarse a las necesidades y oportunidades de los mercados internacional para llegar a ser participantes en el largo plazo. Por último para lograr una exportación de éxito es importante involucrar a todos los niveles de administración, desde el principio, en el proceso de plantación de la exportación y convencer a los participantes de que el esfuerzo solo tendrá éxito con el compromiso de toda la compañía; además tendrá mayor rentabilidad y atracción de divisas 7

El comercio exterior.

1.3. Requisitos de la exportación. Los requisitos para exportar en México son los siguientes: 1.- Registro Federal de Contribuyentes. Estar dado de alta ante la S.H.C.P., si no es así, presentar su forma R-1 ante S.H.C.P. para su obtención. 2.- Selección del producto a exportar. Especificar con claridad las características del producto a ser exportado, con el fin de realizar su clasificación arancelaria y determinar las posibles restricciones que tuviera 3.- Análisis de la empresa. Verificar cuales son los alcances, recursos e infraestructura con las que cuenta la empresa para ver cual es nuestro potencial exportador. 4.- Análisis del entorno nacional e internacional de la empresa. Realizar un estudio encaminado a conocer quienes son nuestros principales competidores, saber que precios, como serian las diferentes líneas de productos existentes, su calidad de venta, etc., de modo que se pueda tener una visión mas clara de las características del mercado que nos permitan competir tanto a nivel nacional como internacional. 5.- Plantación de nuestra exportación. Un aspecto importante para competir en el mercado internacional, lo constituye tener un conocimiento general de lo que estamos realizando, poniendo en consideración, tiempos, tramites, fechas de envíos, utilización del medio de transporte adecuado, y demás puntos que nos faciliten el movimiento de mercancías hacia los diferentes puntos de venta. Es muy importante analizar las ventajas y desventajas que se presentan en una exportación ya que este acto nos permitirá lograr un resultado satisfactorio. 6.- Búsqueda de mercado. Dentro de las alternativas que pueden ser muy provechosas para el exportador son los viajes de negocios a los puntos donde se desea vender o generar oportunidades de negocios, ya que a través de estos, se pueden realizar contactos tanto con proveedores como con clientes potenciales, de tal modo que se pueda tener una visión mas clara del mercado que buscamos atacar. Otros de los elementos que se pueden considerar para la búsqueda de un mercado son los siguientes: •

Folletos



Cartas



Ferias



Exposiciones



Organismos



Misiones Comerciales



Muestras



Cámaras 7

El comercio exterior. •

Bases de datos



Bancomext



Viajes

7.- Documentos necesarios para exportar •

Pedimento de exportación elaborado por el agente aduanal y aprobado por la S.H.C.P.



Factura comercial o documento comercial que exprese el valor de las mercancías.



Guía de transporte elegido.



Documentos que comprueben el cumplimiento de los requisitos en materia de restricciones o regulaciones no arancelarias a la exportación.



Contrato de exportación en el cual se establezcan por escrito todos los detalles que permitan al exportador mexicano asegurarse contra riesgos y consecuencias derivadas del incumplimiento del comprador.

8.- Análisis de los Incoterms. Son los diferentes términos de venta convenidos internacionalmente para facilitar el comercio entre los países y que constituyen un conjunto de reglas que indican las obligaciones recíprocas que se establecen en un contrato de compra-venta internacional 9.- Elaboración de la cotización. Al levantarse un pedido de exportación, la empresa debe realizar una cotización que establezca y permita al cliente, conocer el precio y los términos de la venta correspondientes a la transacción 10.- Especificar forma de pago. Existen diversas modalidades para especificar las formas de pago en el comercio internacional, las cuales se pueden clasificar en: •

Giro bancario internacional



Órdenes de pago



Cobranzas documentarias



Cartas de crédito

Resulta necesario convenir un contrato de exportación en el cual se establezcan por escrito todos los detalles que permitan al exportador mexicano asegurarse contra riesgos y consecuencias derivadas del incumplimiento del comprador. 11.- Analizar apoyos de dependencias públicas y privadas. El principal objetivo de estas dependencias es promover, fomentar y desarrollar el comercio exterior, estas ofrecen apoyos y servicios tales como: 12.- Contratar servicios del agente aduanal. El agente aduanal es la persona física autorizada por la S.H.C.P., mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de mercancías, para actuar ante una o varias aduanas. 13.- Realizar despacho aduanero. Las características básicas deseadas en el despacho aduanero que realiza el agente aduanal son: eficiencia, confiabilidad y precio justo, mediante el manejo del marco legal y fiscal que comprende mas de 80 leyes, reglamentos y otras disposiciones de comercio exterior. 14.- Impuestos en la exportación. 6

El comercio exterior. Ad-Valorem : 0% Derecho de Trámite Aduanero (D.T.A.) I.V.A. (Devolución del I.V.A.) Analizar impuestos a cubrir en el país destino 1.4. Volumen, calidad, precio. Un producto competitivo es aquel que goza de atributos en calidad, precio, diseño, unicidad o exclusividad que lo hacen más atractivo que la competencia. El punto de partida para iniciar la exportación es contar con un producto competitivo que satisfaga las necesidades, gustos y preferencias del mercado meta mejor que la competencia. Es importante asegurarse de que su producto cuente con ventajas atractivas sobre sus competidores de tal manera que lo hagan un producto único o diferenciable, para esto se recomienda la elaboración de un estudio sobre la competitividad del producto. Si su producto ha tenido buena aceptación en el mercado nacional, tiene mayores posibilidades de tener éxito en el mercado externo, si por ahora su producto no dispone del grado de competitividad deseado por el mercado meta, es recomendable desarrollar en él las características deseables y hasta entonces, iniciar la exportación. Para contar con asesoría o hacer un estudio sobre la competitividad de su producto, se recomienda lo siguiente: a) Compárelo con el de la competencia nacional, en cuanto a diseño, precio, calidad, utilidad, exclusividad o lo que crea conveniente, según las características deseables de su producto; o bien diríjase a puntos de venta de productos de importación similares al suyo y realice la misma operación. b) Se recomienda acudir al Centro de Servicios al Comercio Exterior de PROMÉXICO para investigar sobre gustos y preferencias de los consumidores, niveles de venta y precio; características de su producto en el mercado destino, ya sea en documentación bibliográfica o bien, solicitar se investigue en la Consejería Comercial de ProMéxico correspondiente en el extranjero. c) Consultar o adquirir un estudio de mercado, si no se encuentra uno sobre su producto o mercado, puede ser de utilidad alguno similar dirigido al mercado deseado, o bien, a otro mercado. d) Acuda al Centro Promotor de Diseño-México o a una empresa de diseño, con el fin de mejorar el diseño del producto y envase. e) Consulte en las cámaras bilaterales o representaciones comerciales del extranjero en México sobre gustos, preferencias, ventas e importaciones de su producto. f) Consulte los programas de apoyo de Contacto PYME de la Secretaría de Economía. 1.4.1. Conocer el producto. 7

El comercio exterior. Es imprescindible que usted conozca bien su producto y su negocio; entre más conocimiento y experiencia tenga sobre su producto y negocio, mayores serán las probabilidades de éxito en la exportación. Se debe tener claro si su producto es competitivo, para esto compárelo con el de la competencia nacional o del extranjero o acuda con expertos que lo puedan orientar sobre la competitividad de su producto. Para tener mayor claridad de las cualidades intrínsecas (propias) y extrínsecas (externas) de cada uno de sus productos se deben tomar en cuenta los siguientes puntos: a) Estudio FODA en donde se determinen las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas de su producto en comparación con los ofrecidos por la competencia al nivel nacional e internacional. b) Determinar las características físicas de su producto como tamaño, peso y capacidad para su almacenamiento. c) Realizar pruebas de control de calidad con parámetros internacionales de medición. d) Realizar pruebas con personas que se adecuen a su segmento meta en otros países, en las que se ponga a prueba el producto o servicio ofrecido y se tomen en cuenta sugerencias y recomendaciones de mejora. 1.4.2. Contar con buena Calidad y Precio. La calidad es la comparación fundamentada de un producto con parámetros establecidos dentro del mercado al cual se piensa vender dicho producto. Se debe tener en cuenta que todos los productos tienen cierto grado de calidad pero ésta varía y va de pésima a excelente por lo que la comparación con los productos ofrecidos en el mercado meta es fundamental para determinar la viabilidad de la exportación. Es indispensable contar y poder asegurar una buena calidad en su producto para la exportación; uno de los principales problemas en las empresas que inician en la exportación es su incapacidad de cumplir con los requerimientos de calidad, los volúmenes y el tiempo establecido en el contrato. El precio de su producto también es determinante a la hora de exportar, se debe asegurar de que el precio de su producto esté fijado de una manera optima y que tenga un buen control sobre los costos de producción para garantizar cierto grado de utilidad al momento de su comercialización ya que además del costo unitario se deben tener presentes los costos que implica la exportación (ver tema 6). 1.4.3. Tener ventajas competitivas en su producto. Una compañía tiene ventaja competitiva cuando cuenta con una mejor posición que los rivales para asegurar a los clientes y defenderse contra las fuerzas competitivas. Es muy importante que su producto cuente con ventajas competitivas claras que lo distingan de la competencia; las ventajas competitivas están determinadas por mejor precio, diseño, calidad, servicio post-venta, rapidez de entrega, comodidad, facilidad de pago, exclusividades, posición geográfica o variedad de productos. 6

El comercio exterior. 1.4.4. Cumplir con Volumen y Especificaciones, Costo, Contratos y Seguros. Es importante cumplir con las especificaciones de producción estipuladas en los contratos que ya se firmaron o están próximos a firmarse con su cliente en el extranjero. Como empresa debe estar consciente de que todas las cosas que ofrece desde un principio son las mismas que va a dar cuando entregue la mercancía, para esto es importante que realice un análisis de costos y precios en los que incluya todas las erogaciones con motivo de la exportación, el punto de equilibrio en el que se verifica el nivel de producción que necesita vender su organización para tener utilidad, así como la capacidad instalada de producción de su empresa. También es importante cumplir con los tiempos mencionados en los contratos ya que mediante esto se establece día a día una relación más sólida con sus clientes fundamentados en la confianza y honestidad. El ámbito legal de cada país es otro aspecto fundamental que debe considerar cuando tiene pensado realizar una exportación, dado que existen normas no arancelarias que se deben cumplir para realizar todo el proceso de exportación sin ningún problema; las características y especificaciones técnicas de cada país en envase, empaque, embalaje y características propias del producto se deben tomar en cuenta para reducir el grado de incertidumbre producido por la nueva experiencia. 1.5. Ejemplos de logística de exportaciones. En el exterior el conocimiento de la logística Internacional cobra mayor relevancia, cuando se debe tener claridad sobre aspectos prácticos, operativos, legales y comerciales a la hora de estructurar las posibilidades de transporte sus costos y mejorar su competitividad. Logística de Exportación. Tenga en cuenta que la definición del modo de transporte para exportar un producto, está ligado a: • Tipo de producto a exportar • Peso del producto • Volumen de la carga • Valor del producto y del embarque • Punto de origen y punto de destino solicitado por el comprador • Tipo de empaque y embalaje • Requerimientos del comprador en cuanto a frecuencia, rapidez, disponibilidad y accesibilidad en los diferentes modos de transporte. • Es importante señalar que cada modo de transporte tiene su caracterización propia; por ejemplo, el transporte aéreo no es adecuado para cargas masivas ni el marítimo para cargas urgentes. ¿Cómo obtengo un valor referente sobre los costos que manejan los diferentes medios de transporte hacia el país en el que me encuentro? El costo y posibilidades que ofrecen los diferentes medios de transporte, es importante a la hora de elegir la mejor alternativa para la mercancía y analizar los costos e incidencia dentro del precio final del producto en el mercado. Con el fin de brindar a los interesados una amplia gama de rutas, operadores, tiempos de tránsito y frecuencias en las diferentes modalidades de transporte.

7

El comercio exterior. ¿Qué obligaciones tiene el comprador y el vendedor en el proceso exportador? Es importante tener claras las responsabilidades que asume cada una en el proceso de negociación y realización de la exportación. El adecuado uso y aplicación de los INCOTERMS en las transacciones internacionales, propenden en gran medida por: facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes, disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados. Es por esto que a través de los INCOTERMS, se podrá establecer el tipo de negociación garantizando parte del éxito de una compra o venta internacional. Conozca aquí la información detallada de los INCOTERMS ¿Existe un documento que regule las obligaciones del comprador y el vendedor? A través del contrato de compraventa Internacional, las partes podrán establecer un marco legal que les permita ejecutar las transacciones Internacionales. El contrato de compraventa es un texto que estila las condiciones generales de venta. Mediante esta página usted podrá conocer algunos aspectos de interés que hacen parte del contrato y encontrar además un instructivo que hace referencia a su diligenciamiento. Contrato de compraventa Internacional. ¿Qué función cumple el seguro de Transporte? El seguro de transporte tiene como finalidad cubrir las mercancías de cualquier tipo de perdida o deterioro que presente. El seguro de transporte ha sido concebido con la finalidad, que las mercancías que hacen parte del proceso de exportación cuenten con un seguro indemnizatorio. A través del seguro de transporte la aseguradora asume los daños y pérdidas, convirtiéndose en una garantía para las partes. Consulte en el siguiente enlace mayor información: Seguro de transporte Internacional. ¿Cómo calculo los costos de exportación? Tanto la empresa en el exterior deben tener claro los diferentes costos que inciden en el proceso de exportación, el tránsito internacional y hasta el arribo de la mercancía a su destino final. Este análisis es valioso para determinar el precio estimado de venta y la competitividad del producto en el mercado. Para contar con herramientas que le permitan desarrollar este costeo, visite el siguiente enlace Simulador de Costos de Exportación. 1.6. Alianzas estratégicas. Actualmente el entorno de negocios para el desarrollo de las empresas, está altamente influenciado por agentes externos. Ante este ambiente de mayor competencia, las empresas mexicanas tienen que buscar alternativas creativas y viables para diversificar sus mercados, por lo que muchas de ellas, han penetrado ya con éxito en los mercados internacionales. En el nuevo siglo, las organizaciones, especialmente las pequeñas y medianas, deben considerar a las alianzas estratégicas como una opción muy viable para su crecimiento. 7

El comercio exterior. Las ALIANZAS ESTRATÉGICAS son "acuerdos cooperativos en los que dos o más empresas se unen para lograr Ventajas Competitivas, que no alcanzarían por sí mismas a corto plazo sin gran esfuerzo". Siendo Ventajas Competitivas la Capacidad de producción, Calidad, Crédito, Precio, Servicio, Diseño, Imagen e Información. Ventajas · Sinergias al combinar lo mejor de las partes. · Operaciones más rápidas. · Aprovechar mayores oportunidades al consolidar oferta y compartir riesgos. · Transferencia de tecnología, para mejorar ventajas competitivas. · Amarrar a competidores en sus mercados. · Ventas, acceso a nuevos mercados y canales de distribución. · Contacto más directo con los clientes. · Aportaciones de capital para desarrollo de mercados y/o tecnologías. · Posibilidad de mantener el capital individual de los socios en la empresa, al crearse nuevas empresas en su caso. 1.6.1. Patrones y funciones Básicas. Las alianzas estratégicas se clasifican en base a los siguientes criterios: · Por los patrones que siguen en relación a sus funciones básicas. · Por el grado de propiedad que se genera entre los involucrados y por el hecho de llevar implícita la creación de una empresa o no. Esta clasificación se divide en tres tipos: alianzas de mercadotecnia, de producto y de investigación y desarrollo. 1.6.2. Alianzas de Mercadotecnia. Este tipo de alianzas utiliza el sistema de distribución de una compañía para incrementar las ventas de un socio que provee un producto o servicio, pero carece de un mecanismo de distribución efectivo y una buena fuerza de ventas. Su propósito estratégico básico es incrementar las ventas sin tener que hacer nuevas inversiones o incrementos substanciales en costos directos, las utilidades habrán de incrementarse considerablemente. Una función de compra-venta internacional clásica se puede manejar como una alianza estratégica, al ingresar a nuevos mercados la alianza logrará la lealtad de la clientela como una protección contra posibles incursiones de la competencia. Aproximadamente la tercera parte de las alianzas distintas a franquicias se orientan hacia la mercadotecnia. 1.6.3. Alianzas sobre Productos. Pueden ser de 2 tipos: Enlaza a compradores con sus proveedores, o bien son asociaciones de manufactura conjunta. Cuando enlaza a compradores con sus proveedores, es para obtener entregas oportunas, mejorar calidad y reducir costos. Los gerentes de adquisición de materiales han descubierto que pueden aumentar la calidad, reducir el 7

El comercio exterior. desperdicio y costos de un 5% hasta un 10% al celebrar contratos de largo plazo con sus proveedores. En las asociaciones de manufactura conjunta, por razón de costos de escala, tiene sentido económico construir una planta con gran capacidad, donde no será posible que la demanda de una sola compañía pueda absorber la capacidad productiva total. 1.6.4. Alianzas para Investigación y Desarrollo. Son las relacionadas con desarrollo tecnológico o con el know how (saber cómo) que se proporciona como algo valioso a la alianza. El desarrollo y aplicación de tecnología nueva tiene riesgos y es costosa. Cuando se requiere para el desarrollo de productos u otras tecnologías, las cuales necesitan de un capital mayor al que una empresa dispone son muy convenientes los joint ventures y las sociedades con aportaciones de capital.

Los beneficios esperados son: · Grandes empresas exportadoras: Disponer de más proveedores en México; Aumentar niveles de calidad; Contar con insumos y partes a precios competitivos; Mayor cercanía y contacto con proveedores; Optimizar requerimientos de capital de trabajo. · Proveedores: Acceso a financiamiento; Utilización de capacidad instalada; Asistencia técnica; Integración a la cadena de exportación; Ventas a través de pedidos en firme o contratos. · Exportación: Incremento del contenido nacional de las exportaciones; Incremento de la competitividad de exportadores; Fortalecimiento de la cadena productiva orientada a la exportación. 1.7. Agente aduanal. Es la persona física autorizada por la Intendencia de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley, tiene diferentes denominaciones en el comercio exterior: agente de aduanas, agente aduanal, agente afianzado de aduanas, despachador, comisionista de aduana, intermediario aduanero, "custom broker", etc. 1.7.1. Funciones principales. La función se constituye en una actividad de importancia en el proceso de logística de importación o exportación, toda vez que los empresarios que realicen estas operaciones deben acudir a estos intermediarios. 1.7.2. Responsabilidades. El agente aduanero tiene la doble misión de representar al usuario ante la autoridad aduanera respectiva y asesorarlo en materia de procedimientos, trámites, documentos y demás actividades conexas relacionadas con el proceso de exportar o importar. 7

El comercio exterior.

1.7.3. Factores de personalidad. Relaciones interpersonales, Niveles de adaptación, Toma de decisión, Niveles de dependencia, Liderazgo, Carácter, Acato de normas, Autosuficiencia, Dinamismo, Dedicación a la tarea, Planeación. 1.7.4. Habilidades mentales Iniciativa, creatividad, capacidad de análisis, memoria. 1.7.5. Aptitudes. Razonamiento verbal, atención percepción, fluidez verbal. 1.7.6. Habilidades físicas. Atención visual, atención auditiva, destreza motora. 1.7.7. Servicio que ofrece un agente aduanero. Asesoría profesional en materia de aduanas, asesoría tributaria aduanera, asesoría en comercio internacional, asesoría en calificación arancelaria. 1.7.8. Requisitos para adquirir una patente. 1. No haber sido condenado por sentencia ejecutada por delito doloso, ni haber sufrido la cancelación de su patente, en caso de haber sido agente aduanal. 2. Gozar de buena reputación personal. 3. No ser servidor público, excepto tratándose de cargos de elección popular, ni militar en servicio activo. 4. No tener parentesco por consanguinidad en línea directa sin limitación de grado y colateral hasta el cuarto grado, ni por afinidad, con el administrador de la aduana. 5. Tener título profesional o su equivalente en los términos de la ley de la materia. 6. Tener experiencia en materia aduanera, mayor de tres años. 7. Aprobar el examen de conocimientos que practique la autoridad aduanera y un examen psicotécnico.

1.7.9. Obligaciones. 1. Mantener su patente municipal al día 2. Destinar a su objeto los fondos que le hayan provisto su mandantes 7

El comercio exterior. 3.

Respetar en el cobro de sus honorarios las normas que sobre el particular establezca el Director Nacional de Aduanas; 4. Facturar directamente al consignante y consignatario de las mercaderías objeto de la destinación aduanera, los gastos y honorarios en que incurra. Las facturas y cartas avisos deberán extenderse conforme con los requerimientos y especificaciones que se indiquen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 241; 5. Ocuparse de forma diligente y personal de las actividades propias de su cargo, tanto ante el Servicio de Aduanas como en su propia oficina, la que deberá mantener abierta al público, informando de todo cambio que opere sobre el particular; y 6. Llevar la contabilidad de acuerdo con las normas que determine el Director Nacional, previo informe del Colegio de Agentes de Aduana y sin perjuicio de consulta a otros Organismos que él estime conveniente. 1.7.10. Causales de cancelación de la licencia. 1. La condena por sentencia firme en los delitos de cohecho, fraude al Fisco, falsificación documentaria o cualquier otro cometido con ocasión de sus funciones, como asimismo la condena por los delitos de contrabando o fraSerude aduanero 2. Haber sido objeto de medidas disciplinarias de suspensión por más de dos veces durante los últimos cinco años, siempre que la nueva infracción fuera grave. 1.8. Trámites y permisos. El trámite de permisos previos de importación y/o exportación y sus modificaciones es para autorizar que personas físicas y morales puedan importar y/o exportar legalmente mercancías que están sujetas a dicho requisito por parte de Secofi. 1.8.1. Marco Legal. El marco jurídico de este instrumento incluye los siguientes ordenamientos y disposiciones legales: • Ley de Comercio Exterior D.O. 27-VII-1993. • Reglamento de la Ley de Comercio Exterior D.O. 30-XII-1993 . • Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial D.O. 02-X-1995. • Acuerdo por el que se autorizan incrementos en el valor, peso, volumen o cantidad de los permisos de importación o exportación D.O. 28-II-1986. • Acuerdo por el cual se establecen los instrumentos que acreditan la expedición, por parte de Secofi, del permiso de importación o de exportación D.O. 28-VI-1993. • Acuerdo por el que se aprueban el formato de solicitud de permiso de importación o exportación y de modificaciones y los instrumentos que acreditan su expedición D.O. 16-VII-1997. 6

El comercio exterior. • •

Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial D.O. 29-VIII-1997. Acuerdos que modifican al similar que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, D.O 31-XII-1997, D.O. 03-IV-1998, D.O. 27-VII-1998, D.O. 12-VIII-1998, D.O. 23-XII-1998, D.O. 26-I-1999, D.O. 6-IX-1999, D.O. 31-XII-1999 y D.O. 13-III2000.

1.8.2. Beneficiarios. Personas físicas y morales. 1.8.3. Modalidades. Los permisos de importación se dividen en: • Importación definitiva • Importación temporal Los permisos de exportación se dividen en: • Exportación definitiva • Exportación temporal Para cada una de las modalidades anteriores se pueden realizar modificaciones, siempre y cuando se refieran a valor de la mercancía, el país de procedencia o destino, la descripción del producto siempre que no se altere su naturaleza, cambio de agente aduanal y cambio de aduana de entrada o de salida. 1.8.4. Vigencia. De manera general, la vigencia de los permisos de importación y exportación es de un año, salvo en los casos que la Dependencia o el área de Secofi que da la opinión de aprobación indique otra vigencia. Se pueden solicitar prórrogas a la vigencia, siempre que el permiso original no se encuentre vencido. 1.8.5. Trámites. Los trámites y las modificaciones relativas a permisos de importación deben pagar conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Derechos un cobro por derecho de trámite y un cobro por la expedición del permiso respectivo. Dicho cobro es actualizado trimestralmente por la SHCP. Las solicitudes de permisos de importación y exportación deben presentarse en la ventanilla de atención al público de la Dirección General de Servicios al Comercio Exterior de la Secofi (Av. Insurgentes Sur # 1940 P.B., Col. Florida, C.P. 01030, México D.F.) de 9:00 a 14:00 hrs. o bien, en cualquier Delegación o Subdelegación Federal de la propia Secretaría ubicadas en el interior del país, las cuales están facultadas para atender los trámites relativos a permisos previos en todas sus modalidades. 6

El comercio exterior. Los plazos de respuesta son de 15 días hábiles, según lo estipulado en la Ley de Comercio Exterior. Los interesados podrán realizar los siguientes trámites: a) Importación definitiva o temporal. La persona fisica o moral que desee realizar un trámite de permiso de importación, deberá presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los anexos respectivos así como de la documentación complementaria que corresponda de acuerdo a la fracción arancelaria que solicita. b) Exportación definitiva o temporal. La persona fisica o moral que desee realizar un trámite de permiso de exportación, deberá presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los anexos respectivos así como de la documentación complementaria que corresponda de acuerdo a la fracción arancelaria que solicita. c) Modificaciones. La persona fisica o moral que desee realizar un trámite de modificación, deberá presentar su solicitud debidamente requisitada y acompañarla de los anexos respectivos así como del permiso original y la tarjeta magnética que se le otorgó con el mismo. 1.8.6. Procedimiento del Trámite. a. El promovente presenta una solicitud original y dos copias en el formato autorizado en la ventanilla de atención al público de la DGSCE con los anexos e información complementaria que corresponda a su fracción arancelaria. b. Una vez que se han revisado la solicitud y los documentos, se le da folio y se captura en el sistema SICEX-PEXIM, el cual emite una "hoja de captura", que el promovente firma de conformidad y recibe como acuse del trámite. c. La solicitud se turna al área de expedición de permisos, para que el vista aduanal corrobore la correcta clasificación de la mercancía. El sistema expide una "hoja de referencia" que especifica los criterios de dictamen que deben aplicarse a esa fracción arancelaria. d. Se turna la solicitud al área de dictamen correspondiente (Dirección General de Industrias para productos industriales y Dirección General de Abasto para productos agropecuarios). El sistema emite la "hoja de resolución", la cual debe firmar el Director de área, el Subdirector y el dictaminador de la solicitud. Una vez elaborado el dictamen, la Dirección encargada lo regresa al departamento de expedición de permisos de la DGSCE. e. El sistema SICEX-PEXIM expide el documento resolutivo bajo las siguientes modalidades: • Negativa: son las solicitudes que no cumplen con los criterios de dictamen establecidos, esta resolución es irrevocable. • Cancelación: se cancelan solicitudes cuando falta información o si se presentan inconsistencias o errores en la misma. En este caso se puede volver a presentar la solicitud realizando las correcciones pertinentes. • Aprobación: el sistema expide el permiso de importación o exportación y la tarjeta magnética correspondiente. 6

El comercio exterior. Una vez expedido el documento resolutivo, se envía a la ventanilla de atención al público de la DGSCE. a. Se entrega la resolución al interesado, cuando dicha resolución es un permiso, se hace una lectura de la tarjeta magnética para comprobar que se encuentra en perfecto estado y el promovente firma un documento en el que se compromete a devolver la tarjeta a Secofi a más tardar 15 días después del vencimiento del permiso o de que se agote su saldo. 1.8.7. Documentación Complementaria. • Declaración general de pago de derechos y aprovechamientos (SAT-5) únicamente en el caso de importaciones y sus modificaciones. • En caso necesario, facturas y/o facturas proforma, catálogos y fotografías que permitan identificar la mercancía (para modificaciones copia fotostática de los documentos autorizados en el permiso original). • Oficio de opinión favorable de la Dependencia correspondiente, en su caso. • Dos copias fotostáticas de una identificación oficial vigente, con fotografía. • Constancia de acreditamiento expedida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, original y dos copias. En caso de no contar con este documento, se deberá anexar lo siguiente: a) Copia del Acta Constitutiva certificada ante notario público, en los casos de personas morales, con el fin de corroborar que la persona que suscribe y tramita la solicitud tiene facultades para ello (sólo en caso de importaciones), se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesado su original. Para exportaciones se debe presentar en copia simple. b) Si se trata de personas físicas únicamente copia de una identificación oficial vigente, con fotografía. c) Dos copias fotostáticas de la Cédula de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave. d) En caso de que el solicitante sea un organismo público, se deberá presentar copia del Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación en donde se acredite a la persona que suscribe y tramita la solicitud y dos copias fotostáticas de una identificación oficial vigente con fotografía del que suscribe y tramita. En los casos en que la persona que suscribe la solicitud no pueda presentarse a realizar el trámite, se deberán presentar los siguientes documentos: • Cuando se trate de personas morales, copia certificada ante notario público u original del poder notarial otorgado a favor del gestor y copia certificada ante notario público del acta constitutiva con el fin de corroborar que la persona que otorga el poder tiene facultades para ello (sólo en caso de importaciones y sus modificaciones), se cotejan los originales con una copia fotostática y se regresan al interesado sus originales. Para exportaciones se deben presentar ambos documentos en copia simple. • En caso de personas físicas, copia certificada ante notario público u original del poder notarial otorgado a favor del gestor (sólo en caso de importaciones y sus modificaciones), se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesado su original. Para exportaciones se debe presentar en copia simple. 7

El comercio exterior. •



En caso de un organismo público, si la persona que tramita la solicitud labora en dicho organismo, deberá presentar un poder simple para tramitar. Si el gestor no labora en dicho organismo deberá presentar un poder certificado ante notario público para tramitar tanto para importaciones como para exportaciones, se coteja el original con una copia fotostática y se regresa al interesado su original. En cualquiera de los casos anteriores se deberán anexar dos copias de una identificación oficial vigente con fotografía del tramitador.

1.9 Ventajas comparativas. Una ventaja comparativa es la ventaja que disfruta un país sobre otro en la elaboración de un producto cuando éste se puede producir a menor costo, en términos de otros bienes y en comparación con su coste en el otro país. Teoría desarrollada por David Ricardo cuyo postulado básico es que, aunque un país no tenga ventaja absoluta en la producción de ningún bien, le convendrá especializarse en aquellas mercancías para las que su ventaja sea comparativamente mayor o su desventaja comparativamente menor. Comparative advantage. Esta teoría supone una evolución respecto a la teoría de Adam Smith. Para Ricardo, lo decisivo en el comercio internacional no serían los costes absolutos de producción en cada país, sino los costes relativos. 1.9.1. Supuestos básicos del modelo. Los supuestos básicos que subyacen en el modelo de Ricardo, aunque él nunca los hizo explícitos, son los siguientes: Desde el punto de vista de la producción: •

Cada país produce dos bienes mediante el empleo de un solo factor de producción que es totalmente homogéneo del que hay una dotación fija: el trabajo.



La tecnología se representa mediante una función de producción de coeficientes fijos, lo que tiene como consecuencia que las productividades marginales y medias del trabajo van a ser iguales entre si.

Desde el punto de vista de la demanda: •

Se cumple la ley de Walras, todo lo que se produce es vendido y no se puede gastar más de lo que se produce.

Respecto al comercio internacional: •

El mundo sólo tiene dos países, (en el ejemplo Inglaterra y China).



El comercio es libre. No existen restricciones al comercio.



No hay costes de transporte.



El trabajo es inmóvil internacionalmente.

Supuestos institucionales: •

Existe competencia perfecta en todos los mercados y en todos los países. 6

El comercio exterior. •

El valor de un bien se determina por el número de horas que incorpora el trabajador.



Los gustos están dados.



La estructura y distribución de la renta está dada y es conocida

1.9.2. Formulación de la teoría. Si el país A produce un bien a un menor costo que el país B, conviene a este último comprarlo que producirlo. Se dice entonces que el país A tiene una ventaja comparativa respecto al B. Consecuentemente, los aranceles tienen un efecto negativo sobre la economía, ya que privan al consumidor de productos baratos, y a los que producen el bien más barato, de beneficios. También cabe aclarar que David Ricardo sostenía que el valor de los bienes se establece a partir del trabajo, y por eso se interesó en analizar los precios individuales, tema que fue retomado por economistas posteriores. 1.10. Términos Internacionales de comercio. INCOTERMS 2000 es un estándar internacional de términos comerciales, desarrollado, mantenido y promovido por la Comisión de Derecho y Práctica Mercantil de la Cámara de Comercio Internacional (CLP-ICC). EXW, FCA, FOB, FAS, CFR, CIF, CPT, CIP, DAF, DES, DEQ, DDU, DDP Estos trece términos estandarizados facilitan el comercio internacional al permitir que agentes de diversos países se entiendan entre sí. Son términos usados habitualmente en los contratos internacionales y cuya definición está protegida por copyright de ICC. 1.10.1. EXW. (Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.) El vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería en su fábrica, taller, etc. a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del vendedor hasta su destino final 1.10.2. FCA. (Free carrier - Franco Transportista - libre transportista) El vendedor cumple con su obligación al poner la mercadería en el lugar fijado, a cargo del transportista, luego de su despacho de aduana para la exportación. Si el comprador no ha fijado ningún punto específico, el vendedor puede elegir dentro de la zona estipulada el punto donde el transportista se hará cargo de la mercadería. Este término puede usarse con cualquier modo de transporte, incluído el multimodal. 1.10.3. FOB. (Free on Board - Libre a bordo) Va seguido del puerto de embarque, ej. FOB Algeciras. Significa que la mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos 6

El comercio exterior. a cargo del vendedor hasta que la mercadería haya pasado la borda del barco, con el flete excluído. Exige que el vendedor despache la mercadería de exportación. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores. 1.10.4. FAS. (Free alongside ship - Libre al costado del buque) La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la mercadería se entiende puesta a lo largo (costado) del navío en el puerto convenido, sobre el muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo del vendedor. El comprador debe despachar la mercadería en aduana. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores. 1.10.5. CFR. (Cost & Freight - Costo y Flete) La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio comprende la mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercadería en Aduana y solamente puede usarse en el caso de transporte por mar o vías navegables interiores. 1.10.6. CIF. (Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete) La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor sólo está obligado a conseguir un seguro con cobertura mínima. 1.10.7. CPT. (Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta) El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino mencionado. El riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería ha sido entregada al transportista. El vendedor debe despachar la mercadería para su exportación 1.10.8. CIP. (Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta) El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, pero además debe conseguir un seguro a su cargo. 1.10.9. DAF. (Delivered at Frontier - Entregado en frontera) El vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercadería, despachada en aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. Es fundamental indicar con precisión el punto de la frontera correspondiente. 1.10.10. DES. 7

El comercio exterior. (Delivered ex Ship - Entregada sobre buque) El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino, sin despacharla en aduana para la importación. 1.10.11. DEQ. [Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)] El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despacha-da en aduana para la importación 1.10.12. DDU. (Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados) El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio (excluídos derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras. 1.10.13. DDP. (Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados) El vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los derechos, impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar convenido 1.11 Tratados comerciales. México tiene firmados 11 tratados comerciales, los cuales son: • • • • • • • • • • •

Tratado de libre comercio México-Bolivia. Tratado de libre comercio México, Colombia y Venezuela. Tratado de libre comercio de América del norte, México, Canadá y Estados Unidos de Norteamérica. Tratado de libre comercio México – Costa Rica. Tratado de libre comercio México – Nicaragua. Tratado de libre comercio México – Chile. Tratado de libre comercio México – Israel. Tratado de libre comercio México – Unión Europea. Tratado de libre comercio México – Triangulo de Norte (México, el Salvador, Guatemala y Honduras). Tratado de libre comercio México – AECL (Islandia, Noruega, Principado de Liechtenstein y Suiza). Tratado de libre comercio México – República oriental del Uruguay.

1.11.1. Tratado de libre comercio México – Bolivia. 7

El comercio exterior. 1.11.1.1. Objetivo General. • Establecer una Zona de Libre Comercio con reglas claras y Transparentes en beneficio mutuo en materia de comercio e inversión. 1.11.1.2. Objetivos específicos. • Estimular la expansión y diversificación comercial. • Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal en el comercio. • Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. • Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de • Propiedad intelectual. • Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, • Regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del • Tratado, su administración conjunta y solución de controversias. 1.11.1.3. Acceso a mercados. Trato no discriminatorio y prohibición de elevar el arancel vigente y adoptar otros nuevos. Eliminación efectiva de barreras no arancelarias -con excepción de bienes usados, petróleo y prolíferos; y las necesarias para la protección de la salud y seguridad nacional. Devolución de aranceles, permitiendo la utilización de insumos de terceros países en bienes de exportación. Eliminación de derechos de tramite aduanero para 2002. Reconocimiento de productos distintivos como el tequila y el mezcal. 1.11.1.4. Reglas de origen y procedimientos aduaneros. Eliminación progresiva de aranceles, aplicable a bienes originarios y a bienes cuyos materiales o insumos cumplan con una transformación sustancial con base en el cambio arancelario o cumplan con el requisito de contenido regional. Exigencia de un certificado de origen, llenado y firmado por el exportador productor del bien. Verificación del cumplimiento del origen y aplicación de sanciones, en su caso, por la autoridad correspondiente. 1.11.1.5. Sector industrial y normas técnicas. Desgravación inmediata a 97% de la exportación de bienes industriales, incluyendo tractocamiones, autobuses, camiones, auto-partes, electrodomésticos, equipo de computo, televisores, productos fotográficos, acero, petroquímicos y fibras sintéticas o artificiales discontinuas, entre otros. Asimismo, en 2006 se cumpla el plazo máximo para la desgravación, mismo que partió de un arancel máximo de 10%. Establecimiento de disciplinas para la elaboración y aplicación de normas técnicas y evaluación del riesgo sobre bienes y servicios, basadas en trato nacional y no discriminatorio, garantizando la protección a la salud humana, animal y vegetal, y la conservación del medio ambiente. 6

El comercio exterior. Prohibición de su utilización como medios proteccionistas. Existencia de compatibilidad con los compromisos pactados en el ámbito internacional. Existencia de medidas necesarias para evitar la exportación de desechos y sustancias peligrosas por terceros países. Formación de un grupo de trabajo para resolver las controversias y fomentar la armonización y normalización de la metrología. Información inmediata al exportador de cualquier deficiencia técnica de su cargamento. 1.11.1.6. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Existencia de subsidios a la exportación de productos agropecuarios, a petición del país importador, eliminación o reducción de barreras al comercio, apoyos internos y trato nacional en la aplicación de normas de clasificación y calidad agropecuarias. Desgravación inmediata de bienes agropecuarios y agroindustriales como: mezclas de legumbres y hortalizas, espárragos, aguacate, fresa, cerveza, tequila, mezcal, leche evaporada, pimientos, cebolla, melón, sandía, nopales, cacahuates, jugos de cítricos, de papaya, manzana y durazno, entre otros; la desgravación del maíz y el fríjol se contempla para 2009, año en que se cumple el plazo máximo de desgravación. Quedan excluidos temporalmente en el tratado bienes como: carne de bovino, porcino en canal y productos avícolas, leche en polvo y azúcar. Existencia de medidas fitozoosanitarias que garantizan el intercambio de productos sanos para la vida humana, animal y vegetal, y evitar la práctica comercial arbitraria y discriminatoria. 1.11.1.7. Servicios. Contemplación de todos los servicios en el intercambio comercial, gubernamentales, aéreos, comerciales y financieros, otorgando trato nacional y un trato no menos favorable al de terceros países. Liberalización o eliminación progresiva de restricciones a la prestación de servicios profesionales y reconocimiento mutuo de títulos y licencias profesionales; se han eliminado los requisitos de nacionalidad y residencia permanente para el otorgamiento de estos. Prohibición de exigir el establecimiento de residencia en territorio donde se prestan servicios. Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones en condiciones no menos favorables que las otorgadas a los nacionales; se incluyen servicios de valor agregado y el uso de redes privadas de comunicaciones inter empresariales. Facilidad de entrada temporal de personal transferido intra compañías, inversionistas y visitantes de negocios. Prestación transfronteriza de servicios financieros y establecimiento de instituciones financieras, otorgando los principios de trato nacional y de nación más favorecida, además de garantizar la libre transferencia y sin demora de recursos al exterior. 1.11.1.8. Inversión. 6

El comercio exterior. Promoción y difusión de oportunidades de inversión. Seguridad y certidumbre para inversionistas y sus inversiones, bajo los principios de trato no discriminatorio, nación más favorecida, libertad de transferencias e indemnización en caso de expropiación. 1.11.1.9. Solución de controversias. Establecimiento de un mecanismo ágil y transparente, que esté integrado por tres instancias: consulta, intervención de la Comisión Administradora, e instancia arbitral. Obligatoriedad en el cumplimiento de la decisión emitida por la instancia arbitral; en caso contrario, eliminación de los beneficios equivalentes a la parte afectada. 1.11.1.10. Instituciones. Establecimiento de una Comisión Administradora, integrada por el ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia y el secretario de Comercio t Fomento Industrial de México, o personas designadas por ellos. Asimismo, un secretariado establecido y supervisado por la comisión, integrado por secciones nacionales. 1.11.1.11. Compras de gobierno. Acceso a un mercado de compras gubernamentales con trato no discriminatorio y transparencia en los procedimientos de licitación, incluyendo un recurso administrativo de impugnación para inconformarse con dichos procedimientos. Oportunidades en compras del sector público, a través de programas de participación para la micro, pequeña y mediana industria. 1.11.1.12. Propiedad intelectual. Protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual, a través de la no constitución de obstáculos al libre comercio de mercancías legitimas; protección ampliada, trato no discriminatorio y trato de nación mas favorecida. Protección a los derechos de marcas, indicaciones geográficas, denominaciones de origen, sectores industriales, patentes diseños industriales, modelos de utilidad, derechos de autor y conexos, señales de satélite, información confidencial, entre otros. Cancelación, a solicitud de parte, de marcas registradas en Bolivia que sean iguales o similares a marcas mexicanas. Disposición procesal para garantizar los derechos de propiedad intelectual y prevención de infracciones a los mismos. 1.11.2. Tratado de libre comercio México, Colombia y Venezuela. 1.11.2.1. Objetivo general. Crear un espacio libre de restricciones, prevaleciendo el libre flujo de mercancías, la libre competencia, normas técnicas, calidad de los productos y el crecimiento económico continuo, además de ampliar los vínculos comercial y económico entre los países signatarios. 1.11.2.2. Objetivos específicos. 6

El comercio exterior. • • • • • • • •

Estimular la expansión y diversificación comercial. Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios. Promover condiciones de competencia leal en el comercio. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias. Propiciar relaciones equitativas reconociendo los tratamientos diferenciales establecidos en la ALADI.

1.11.2.3. Comercio de bienes. • Acceso a Mercados • Trato no discriminatorio. • Prohibición de elevar o adoptar nuevos aranceles. • Prohibición y eliminación de barreras no arancelarias, excepto bienes usados, petróleo y prolíferos. • Eliminación inmediata de aranceles a más de 40% de las exportaciones a • Colombia. • Desgravación gradual, quedando libre de arancel todo el universo de productos, a partir del 10 de julio de 2004. • Aceleración de desgravación arancelaria de productos como: plomo refinado, aleaciones de plomo, aleaciones de zinc, partes de máquinas para lavar ropa, óxido de magnesio, magnesia electrofundida y sulfato de disodio, acordada entre México y Venezuela desde 1997. • Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros. Eliminación de aranceles aplicada a bienes producidos en su totalidad en la región; bienes cuyos materiales cumplan con un cambio arancelario y bienes que cumplan con un requisito de contenido regional. El requisito de valor de contenido regional es de 55% bajo el método de valor de transacción, salvo para químicos, metalmecánica, maquinaria y equipo y electrónica que es de 50%. Establecimiento de un Comité de Integración Regional de Insumos para las reglas especificas de origen de los sectores químico, plástico, textil, cobre y aluminio. Asimismo, se crea un grupo de trabajo de reglas de origen para asegurar la efectiva implementación y administración de las reglas de origen en el tratado. Establecimiento de un grupo de trabajo de procedimientos aduanales para la interpretación, aplicación y administración de las disposiciones respectivas en el tratado. 1.11.2.4. Sector industrial y normas técnicas. Excepción en el sector automotriz en relación con el plazo largo de desgravación arancelaria, iniciado a partir de 1997, quedando libre de aranceles para 2007.

6

El comercio exterior. Creación de un comité del sector automotriz, integrado por representantes de las partes y asesorado por representantes del sector privado, encargados de revisar la operación del sector. Incorporación de disciplinas y principios generales para la elaboración y aplicación de normas y procesos de certificación de bienes y servicios, incluyendo disposiciones sobre metrología y etiquetado. Las medidas de normalización y metrología se aplican conforme a los principios de trato nacional y no discriminatorio, buscando una convergencia hacia las normas internacionales. Convenio de disciplinas que hacen transparente el proceso de normalización en la región. Aplicación de disposiciones, guías o recomendaciones de los acuerdos internacionales pertinentes. Establecimiento de un comité, como foro de consulta, para solución de problemas y promover la compatibilización de medidas de normalización, y un subcomité especializado que administrará compromisos especiales para protección de la salud y seguridad humana, animal, vegetal y del medio ambiente. 1.11.2.5. Sector Agropecuario y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. Desgravación general. Para 2004, incluyendo lista de excepciones temporales, revisada anualmente. Salvaguarda especial tipo arancel-cuota México-Venezuela durante 10 años para productos como: pepino, pepinillo, pimiento, ajo fresco, aguacate, naranja fresca o seca, mango, guayaba, preparaciones para sopa, cerveza, ron y harinas de carne. Creación de un comité de comercio agropecuario integrado por representantes de las partes, encargado de revisar la operación del sector. Prohibición de subsidios a la exportación al término de la desgravación arancelaria a productos agropecuarios. Disminución o eliminación de apoyos internos sobre el comercio o producción agropecuarios. Creación de un comité de análisis azucarero para definir un acuerdo entre los tres países respecto al comercio de azúcar. Uso de normas internacionales como base para la elaboración, adopción y aplicación de medidas. Creación de un comité para la promoción de cooperación técnica, contribución al mejoramiento de condiciones fitozoo-sanitarias y emisión de recomendaciones expeditas a problemas específicos. 1.11.2.6. Comercio. Existencia de principios básicos como: trato nacional, trato de nación más favorecida y la no obligatoriedad de establecimiento como requisito para la operación de empresas prestadoras de servicios. Acceso y uso de sistemas de distribución y transporte. Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones, se incluyen los servicios de valor agregado, uso de redes y servicios públicos de transporte, de telecomunicaciones. Intercambio de información tecnológica, en el desarrollo de los recursos humanos del sector, e instrumentación de programas de intercambio 6

El comercio exterior. empresarial, académico y gubernamental. Asimismo, se permiten monopolios para proveer redes y servicios públicos de telecomunicaciones. Exclusión de funciones gubernamentales, servicios aéreos comerciales y servicios financieros. Otorgamiento y reconocimiento de certificados y licencias para el ejercicio profesional; a partir del 10 de enero de 2000 se eliminan los requisitos de nacionalidad y residencia permanente para el reconocimiento mutuo de certificados y licencias. Libre acceso a las cargas de cualquier naturaleza, transportadas por vía marítima a través de los buques de bandera nacional, de los operadores, fletados o arrendados por sus empresas navieras, quedando eliminada la reserva de carga; en cuanto al servicio aéreo, éste tendrá mecanismos para la apertura bilateral. Entrada temporal de personas de negocios; establecimiento de padrones a empresas que soliciten la entrada temporal de personas. Creación de un grupo de trabajo de entrada temporal para la elaboración de medidas que faciliten dicha entrada. 1.11.2.7. Inversión. Seguridad y certidumbre a los inversionistas y a sus inversiones. Inclusión de una definición amplia de inversión, abarcando los temas de propiedad intelectual, préstamos, reinversiones y, en general, toda transferencia de recursos, así como al inversionista potencial. Existencia de garantías jurídicas para el trato nacional, trato de nación más favorecida, libertad de trasferencias y expropiación. Liberalización progresiva y gradual de toda restricción o reserva financiera, permitiendo a inversionistas crear instituciones financieras mediante cualquiera de las modalidades de establecimiento, incluyendo la adquisición de acciones de instituciones existentes, apertura de sucursales e instalación de nuevas instituciones, partiendo del principio de trato nacional. Establecimiento de un comité de servicios financieros para la evaluación del funcionamiento del tratado en este rubro. 1.11.2.8. Solución de controversias. Resolución de controversias conforme a procedimientos establecidos en el GATT o por lo dispuesto en el tratado. Realización de consultas, a petición de parte, buscando un acuerdo, como primera instancia, ante la comisión, como segunda instancia, o ante el Tribunal Arbitral, como tercera instancia. 1.11.2.9. Compras de gobierno. Existencia de un mercado de compras gubernamentales de más de 20 mil millones de dólares anuales. Establecimiento de principios de trato no discriminatorio, transparencia en los procedimientos de licitación y un recurso de revisión para inconformarse respecto a los procedimientos de licitación que afecten intereses de proveedores. Establecimiento de reservas por 10 años a compromisos de trato nacional y no discriminatorio. 7

El comercio exterior. Creación de un comité de la micro, pequeña y mediana industria, para la promoción de oportunidades. Otorgamiento de trato no discriminatorio en la venta de bienes y en la prestación de servicios para operaciones comerciales similares de empresas de Estado. Actuación, según consideraciones comerciales, en la compra o venta de bienes o servicios monopolizados en territorio nacional. Prohibición de prácticas contrarias a la competencia en mercados competitivos, con base en su posición. 1.11.2.10. Propiedad intelectual. Protección a los derechos de autor y conexos; denominaciones de origen y a la propiedad industrial, respetando las legislaciones de cada país miembro. Reconocimiento a los derechos de artistas, intérpretes o ejecutantes, de conformidad con los tratados internacionales. Adquisición de registro de marca ante la oficina nacional competente, sin perjuicio del reconocimiento de derecho previo de cualquier país signatario, incluyendo aquellos sustentables sobre la base del uso. Posibilidad de incorporar a las legislaciones internas la protección, defensa adecuada y efectiva de los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor en las mismas condiciones que a los nacionales y asegurar no ser constitutivas de restricciones al comercio. 1.11.2.11. Evaluación general. Tratado de Libre Comercio que entró en vigor ello de enero de 1995. El proceso de interrelación comercial entre los tres países miembros tardará varios años para consolidarse completamente; la total desgravación arancelaria se desarrollará durante un periodo de 10 años, con excepción en textiles, petroquímica y agrícola. México acordó con Venezuela acelerar la desgravación arancelaria para un paquete de fracciones que entró en vigor ello de julio de 1997, en el que se encuentran productos como: plomo refinado, aleaciones de plomo, aleaciones de zinc, partes de máquinas para lavar ropa, óxido de magnesio, magnesia electrofundida y sulfato de disodio; asimismo, una desgravación gradual, quedando libre de arancel todo el universo de productos, a partir del 10 de julio de 2004. Respecto a Colombia, a partir del 10 de enero de 1995, aproximadamente, están libres de arancel 40% de las exportaciones mexicana s y 63% de las exportaciones colombianas. 1.11.2.12. Identificación de productos. Los principales productos exportados a Colombia son: medicamentos, computadoras, tereftalato de dimetilo, automóviles, mezclas de sustancias odoríferas, lavadoras automáticas, libros y folletos, televisores a color, tampones, compresores para frigoríficos, cereales, bebidas alcohólicas, legumbres y hortalizas, plantas, tubérculos y raíces, café, té y especias, hilos y telas, fibras sintéticas, telas artificiales, textiles para el hogar, vajillas, vasos, cubiertos, ollas, utensilios de cocina, regalos, juguetes, muebles, herramientas y útiles de mano, palas, azadones, válvulas de gas, cerraduras, ventanas de aluminio, puertas, 7

El comercio exterior. ventanas y sus marcos, quemadores, calzado para caballero, dama y niño e insumos para calzado, entre otros. Dentro de los productos que se exportan a Venezuela encontramos, entre otros: tubos y perfiles, hierro o acero, válvulas, cambiadores de calor, controladores e instrumentos, productos para preparación de Iodos de perforación, equipos de acero inoxidable, conexiones flexibles y grifos, clavijas, tomacorrientes y llaves de ajuste, refrigeradores, medicamentos, automóviles, computadoras, vehículos de carga, ácido tereftálico, libros, folletos e impresos, zinc en bruto, compresas y tampones higiénicos; materas primas: algodón, fibras acrílicas, telas tejidas y no tejidas, hilo de algodón e hilos acrílicos, botones, cierres y encajes; confección: ropa íntima, sábanas, colchas, edredones, medias, pantimedias y ropa casual; alimentos: atún enlatado, concentrado de jugo de naranja, sardinas enlatadas, vegetales congelados, consomé de pollo y tomate, pizzas y tacos congelados, salsas y condimentos, duraznos en almíbar, harina de maíz, mantequilla, margarina, queso, yogurt, ajo, té negro, caramelos y cacahuates. 1.11.3. Tratado de Libre Comercio de América del Norte, México, Canadá y Estados Unidos de Norteamérica. 1.11.3.1. Objetivos generales. Formar una Zona de Libre Comercio, estableciendo reglas claras y permanentes para el intercambio comercial, que permita el incremento de flujo comercial e inversión, así como nuevas oportunidades de empleo y mejores niveles de vida. 1.11.3.2. Objetivos específicos. • Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal. Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y solución de controversias. • Establecer lineamientos para una ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios. • Reducir la vulnerabilidad de las exportaciones ante medidas unilaterales y discrecionales. • Fortalecer la industria nacional mediante un sector exportador sólido y competitivo. • Coadyuvar a la creación de empleos. 1.11.3.3. Acceso a mercados. Certidumbre, transferencia y acceso preferencial por sus ventajas geográficas, similitud en horario y reducción de costos de transportación. Existencia de nichos de mercado con alto potencial para la exportación como: agricultura y ganadería, alimentos y bebidas, automotriz, construcción, eléctrico, imprenta, maquinaria, metálicas, minería, muebles, químicos, regalos y textil. Acceso permanente y seguro de exportaciones mediante la disminución total, pero paulatina, de aranceles y barreras no arancelarias, así como mecanismos justos y expeditos para la solución de controversias. 7

El comercio exterior. Tratamiento preferencial a bienes originarios de la región con tendencia a promover la competitividad y protección de la industria nacional. Eliminación de cuotas para venta de productos mexicanos. Distinción de productos como tequila y mezcal. Compensación como medida de salvaguarda al país exportador, en su caso. Seguridad jurídica para alentar la innovación tecnológica y propiciar el desarrollo de proyectos competitivos. Coordinación mejorada de los procesos productivos, distribución y venta de bienes y servicios en la región. Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros Tratamiento preferencial a productos fabricados totalmente en la región, cambio en la clasificación arancelaria y de contenido regional, a través de los métodos de valor de transacción o de costo neto. Establecimiento de un certificado de origen con posibilidad posterior de modificación, previo acuerdo de las partes. Exigencia de utilizar el idioma del país importador en el certificado de origen, llenado y firmado por el exportador o productor del bien. Sector Industrial y Normas Técnicas Eliminación inmediata de aranceles, en Estados Unidos, a productos como: automóviles, parabrisas, estufas de gas, planchas eléctricas, refrigeradores domésticos, lavabos de cerámica, envases de vidrio, televisores, motores de gasolina, radios, caseteras y computadoras. En territorio canadiense: cerveza, equipo de cómputo, partes de televisores, parabrisas, lavabos de cerámica y mármol. Eliminación paulatina, en los Estados Unidos, de aranceles a partir del 10 de enero de 1998, a productos como: cerveza, camiones de carga, pantalones de algodón, motores eléctricos, asientos automotrices y tejidos de algodón; en Canadá: televisores, envases de vidrio, calentadores, camiones ligeros, cristalería, azulejos de cerámica y baterías para automóviles. Desgravación arancelaria, para 2003, en Estados Unidos, a lámina y tubería de acero, botas y zapatos de cuero, sanitarios de cerámica, calentadores de agua y penicilinas; en Canadá: juguetes, cafeteras eléctricas, exprimidores de jugos, pantalones de algodón y calzado. Eliminación de todas las cuotas existentes en Estados Unidos para la exportación de hilos, tela y prendas de vestir. Supresión inmediata de aranceles a casi la mitad de los productos textiles que se exportan a Estados Unidos; a partir del 1º de enero de 2003 eliminación de aranceles, reducidos hasta 20% como máximo, a la otra mitad, y desgravación arancelaria a 19% de las exportaciones a Canadá. Supresión inmediata de aranceles a automóviles; a partir del 1º de enero de 1998 se desgravan los camiones ligeros y ello de enero de 2003, los camiones pesados. Apego al principio de trato nacional para el cumplimiento de normas técnicas y métodos. Utilización de normas internacionales como marco de referencia, buscando la convergencia futura de los sistemas. Existencia de ámbitos específicos de cooperación que incluyen mecanismos de consulta, intercambio de información y notificación. 7

El comercio exterior. 1.11.3.4. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosantarias. Apoyos internos, abaratamiento de insumos, acceso a mercados y subsidios a la exportación de productos agrícolas. Impulso a la infraestructura, programas sanitarios e investigación de productos específicos del sector agrícola. Eliminación inmediata de aranceles a 61% de las exportaciones agrícolas a: Estados Unidos: ganado bovino en piel, miel de abeja, nueces, flores (excepto rosas), tequila, fresas, mijo, melaza de caña y ajos; en periodos estacionales: tomate, berenjena, chile, calabaza, sandía y cebolla. Canadá: coles, café, jugo de toronja, verduras y nueces. Transcurrido el primer plazo de desgravación, quedan libres de arancel en Estados Unidos, a partir del 10 de enero de 1998: rosa, naranja, mango, aceituna, jugo de piña, verduras en conserva, frambuesa, zarzamora, fruta en conserva y zanahoria; en Canadá: calabaza, cebolla, ajo, chocolate, rábano, verdura congelada, alubia, mayonesa; en temporada: col de Bruselas, pimiento, calabacitas y maíz dulce. Desgravación, a partir del 10 de enero de 2003, en Estados Unidos: fresa congelada, tomate, lima, aguacate, tabaco, condimentos, sazonadores, salsas, hojas de tabaco, chile ancho y chocolate; en Canadá: fresa, bróculi, tomate, pepino, chayote y flores. Desgravación, a partir del 1º de enero de 2008, en Estados Unidos, a productos como: jugo de naranja congelado y sin congelar, melón, cebolla seca y en polvo, ajo seco y cacahuate. Protección, hasta 2003, de partes de pollo, productos porcícolas, papa, manzana, aceites, alimentos preparados y embutidos. Desgravación arancelaria, a partir del 1º de enero de 2008, a productos como: maíz, fríjol y leche en polvo. Eliminar la incertidumbre que ocasionan los aranceles estaciónales, las barreras fitosanitarias innecesarias y otros obstáculos. Normas de protección a la salud pública, medio ambiente y derechos del consumidor. Adopción, mantenimiento o aplicación de medidas sanitarias o fitosanitarias necesarias para la protección de la vida o la salud humana, animal o vegetal, incluyendo medidas más estrictas que una norma, directriz o recomendación de carácter internacional. Fijación de niveles apropiados de protección, asegurándose del grado necesario de protección a alcanzar. Adopción o aplicación de medidas sanitarias o fitosanitarias basadas en principios científicos, considerándose factores pertinentes, y fundamentadas en una evaluación de riesgo apropiada a las circunstancias. 1.11.3.5. Servicios. Acceso al comercio trans-fronterizo de servicios como: construcción, profesionales, computación, transporte terrestre, telecomunicaciones, portuarios, aéreos especializados, reparación y mantenimiento, comercio al mayoreo y menudeo, telecomunicaciones de valor agregado, turísticos y financieros. Principios de trato nacional, nación más favorecida y no obligatoriedad de residencia en la prestación de servicios. 7

El comercio exterior. Acceso para la realización de actividades productivas como: reparación y mantenimiento de motores y equipos, vehículos, aviones, entre otros o Acceso y uso de las actividades de telecomunicaciones. Permiso inmediato de entrada a operadores mexicanos de transporte terrestre, a partir del 1° de enero de 1996, y desde 1999 se extiende al servicio de transporte de carga internacional en todo el territorio; se continúa con el alquiler de carros de ferrocarril y construcción de terminales. Acceso paulatino de servicios financieros. 1.11.3.6. Inversión. Aumento sustancial de inversión privada, doméstica y extranjera, a través de alianzas estratégicas, intercambios tecnológicos y otras formas de asociación, y fomento de integración sectorial, aumentando la competitividad internacional de la región. Promoción de inversión extranjera preponderante en sectores como: alimentos y bebidas, curtiduría, eléctrico y electrónico, metal-mecánico, minería, químico, y subcontratación de la industria de la confección, plástico y electrónica. Seguridad y certidumbre para la inversión, bajo los principios fundamentales de trato no discriminatorio respecto a su establecimiento, adquisición, expansión y administración; extensión de beneficios otorgados a otros países, no imposición de requisitos que distorsionen el comercio, libertad de transferencia al exterior y convertibilidad de moneda, así como expropiación de inversiones por causa de utilidad pública de manera no discriminatoria. 1.11.3.7. Solución de controversias. Acuerdo sobre la interpretación y aplicación de las disposiciones del tratado, mediante la cooperación y consulta entre las partes. Solución de controversias conforme a las disposiciones del GATT o de conformidad con las del tratado, a elección de alguno de los países signatarios. Existencia de un mecanismo transparente, uniforme y sencillo que opera a través de tres instancias: consulta directa entre los gobiernos, intervención de la comisión a solicitud escrita de cualquiera de las partes e integración de un panel arbitral, conformado por cinco miembros escogidos de una lista de treinta panelistas, designados por consenso de los países signatarios. Instauración de comités de revisión científica sobre diversas cuestiones o materias. Obligatoriedad en el cumplimiento del informe final emitido por tercera instancia, en caso contrario, suspensión de beneficios. Existencia de procedimientos internos y solución de controversias comerciales de carácter privado ante instancias judiciales y administrativas internas. Promoción y facilidad de un recurso de arbitraje y otros medios alternativos de solución de controversias comerciales internacionales entre particulares en la Zona de Libre Comercio establecida. 1.11.3.8. Instituciones. Establecimiento de puntos de enlace, indicando cada uno de los países, la dependencia. o funcionario responsable del asunto y la prestación del apoyo necesario. 6

El comercio exterior. Existencia de tribunales o procedimientos judiciales, cuasijudiciales o administrativos para la revisión o recurso de impugnación. Establecimiento de la Comisión de Libre Comercio, integrada por representantes de cada país a nivel de Secretaría de Estado, o personas designadas para tal efecto. Instauración de un secretariado integrado por secciones nacionales. . Existencia de comités y grupos de trabajo sectoriales. 1.11.3.9. Compras de gobierno. Eliminación de discriminalidad en las adquisiciones gubernamentales (bienes, servicios y obra); información sobre los sistemas de compras del sector público. Competencia entre productores para compras del sector público y contratos de obras gubernamentales, así como la identificación de asociación, promoción comercial e información sobre procedimientos de compras de gobierno a través de programas especiales para la micro, pequeña y mediana empresa. Propiedad Intelectual Protección a descubrimientos, inventos, patentes y marcas, así como al origen geográfico del producto. 1.11.3.10. Evaluación general. América del Norte se ha convertido en la región de mayor importancia económica y comercial para México. El TLC, en vigor a partir del 1 de enero de 1994, permite aprovechar la complementariedad existente entre las economías de Estados Unidos, Canadá y nuestro país, tanto en la dotación de recursos como en los procesos productivos, incrementando la competitividad de la región. Promueve una nueva cultura empresarial de calidad y competitividad internacional; asimismo, es un catalizador de iniciativas de liberalización comercial mundial. En 1995 se firmó un acuerdo para iniciar negociaciones de adhesión con Chile. Después de la entrada en vigor del TLC, Canadá se convirtió en el segundo mercado para los productos mexicanos, y México en el tercer socio comercial de Canadá, sólo después de Estados Unidos y Japón. El comercio bilateral entre Estados Unidos y México se ha duplicado a partir de la vigencia del TLC; México es el segundo mercado más grande para los productos estadounidenses y uno de los socios comerciales más dinámicos de Estados Unidos. 1.11.3.11. Identificación de productos. Los productos posibles de exportar son: lámparas eléctricas, café sin tostar, condensadores fijos, cables de fibra óptica aislados, automóviles compactos, alarmas de fuego, hilados para telas de mezclilla, azulejos, blusas de algodón, televisores, estufas, calderas industriales, chapas, candados y llaves, envases y productos de hojalata, estructuras metálicas (construcción), fabricación de acero y piezas, fabricación ferro-aleaciones, fabricación de laminados de acero, fabricación de tubos y postes de acero, fundición de piezas hierro/acero, fundición primaria de hierro, fundición/moldeo de piezas metálicas, hojas de afeitar y cuchillería, quemadores y calentadores, tanques metálicos, tubería de cobre y sus artes, utensilios y herramientas de mano, válvulas metálicas, entre otros. Servicios 7

El comercio exterior. como: transporte terrestre, telecomunicaciones, servicios profesionales, bancos y compañías aseguradoras. 1.11.4. Tratado de libre comercio México, Costa Rica. 1.11.4.1. Objetivo general. Crear una Zona de Libre Comercio impulsando el proceso de integración regional y continental. 1.11.4.2. Objetivos específicos. • Estimular la expansión y diversificación comercial. • Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal en el comercio. • Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. • Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. • Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias. 1.11.4.3. Acceso a mercados. Eliminación de aranceles a 70% de las exportaciones no agropecuarias, a partir del 10 de enero de 1995; 20% se desgravó ello de enero de 1999, y el restante 10% se desgravará a partir del 10 de enero de 2004. Acceso inmediato sin pago de arancel a productos como: vestido, textiles, lavadoras domésticas, equipo fotográfico y de cómputo, productos electrodomésticos, radios, teléfonos, vidrio plano, motores, transformadores eléctricos, entre otros. Devolución de aranceles a efecto de utilizar insumos de terceros países en la producción para la exportación, sin pago de arancel, siempre y cuando no se lesionen intereses del otro país. Eliminación de permisos para la exportación, excepto aquellos que sean necesarios para garantizar la seguridad nacional, salud humana, animal y vegetal; se reserva el derecho de establecer restricciones al comercio de hidrocarburos, automóviles usados y prendas de vestir usadas. Eliminación de derechos de trámite aduanero; se impide que los requisitos de etiquetado se conviertan en restricciones al comercio de bienes. 1.11.4.4. Reglas de origen y procedimientos aduaneros. Garantía de bienes producidos en su totalidad en territorio nacional o cuando cumplan con el requisito de valor de contenido regional; así como los bienes que contengan insumos de terceros países y experimenten una transformación sustancial en territorio de alguno de los dos países. Operaciones que no confieren origen, como: dilución de sustancias en agua, desempolvado o lavado y la aplicación de marcas, a efecto de evitar la triangulación de bienes. 7

El comercio exterior. Establecimiento del Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI) para los sectores químico, textil, hierro, acero, cobre y aluminio. . Establecimiento de un certificado de origen común a los dos países. . Expedición de resoluciones anticipadas sobre el origen de un bien, a solicitud del importador, exportador o productor. 1.11.4.5. Sector industrial y normas técnicas. Existencia de principios y disciplinas generales que favorecen la unificación de criterios para la elaboración, adopción, notificación y aplicación de normas técnicas. Atención a problemas específicos que enfrentan ciertos sectores industriales, así como las disposiciones de tipo administrativo. Armonización de la mayoría de los compromisos con las disposiciones de la Organización de Código de Barreras Técnicas del GATT y las guías de la Organización Internacional de Normalización (ISO). 1.11.4.6. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Eliminación de subsidios a la exportación de productos agropecuarios. Trato no menos favorable que el acordado en productos nacionales en la aplicación de normas técnicas o de comercialización, en relación con el empaque, calidad y tamaño del producto. Acceso inmediato de productos como: pepino, garbanzo, ciruela, durazno, cereza, manzana, tomate enlatado, espárrago en conserva, frutas de clima templado en conserva, jugo de tomate, jugo de uva, entre otros. Desgravación lenta para ciertos productos sensibles como: carnes de bovino y porcino, rosas, crisantemos, granos, oleaginosas, aceites, cacao, chocolates y algunas preparaciones alimenticias. Productos más sensibles como: café, plátano, leche, quesos y embutidos de ave, fueron excluidos del programa de desgravación arancelaria. Establecimiento de reglas y disciplinas claras y equitativas para la elaboración, adopción y aplicación de medidas fitozoosanitarias. 1.11.4.7. Servicios. Se contempla la totalidad de servicios, excepto gubernamentales, aéreos, comerciales y financieros; otorgamiento a las diversas actividades que se incluyen en la prestación de servicios, de principios básicos como: trato nacional, trato de nación más favorecida y presencia local no obligatoria. Eliminación de restricciones cuantitativas que aún subsistan para la prestación de un servicio, a través de reuniones al menos cada dos años. Eliminación paulatina de restricciones remanentes de los sectores de servicios liberalizados. Eliminación de requisitos de nacionalidad y residencia permanente para el reconocimiento de licencias o certificados de estudios; no implica el reconocimiento automático de las profesiones. Facilidad de entrada temporal a personas de negocios que realicen actividades como: servicios de investigación y diseño, manufactura y producción, mercadotecnia, distribución y servicios posteriores a las ventas, inversionistas y personal transferido de plaza, dentro de una misma compañía. 7

El comercio exterior.

1.11.4.8. Inversión. Protección a los inversionistas y a sus inversiones en lo referente a propiedad intelectual; préstamos, re inversiones y transferencia de recursos, bajo los principios de trato nacional, trato de nación más favorecida; requisitos de desempeño, libertad de transferencias e indemnización en caso de expropiación. 1.11.4.9. Solución de controversias. Establecimiento de un mecanismo que consta de tres instancias: Consultoría, Comisión Administradora y Tribunal Arbitral. 1.11.4.10. Instituciones. Establecimiento de un órgano superior denominado Comisión Administradora, integrado por el ministro de Comercio Exterior de Costa Rica y el secretario de Fomento y Comercio Industrial de México o personas que se designen. Instauración de un secretariado integrado por secciones nacionales. Creación de comités y grupos de trabajo. 1.11.4.11. Compras de gobierno. Acceso a las licitaciones públicas con un trato nacional y transparencia en los procedimientos. Prohibición de exigir requisitos como: transferencia de tecnología, inclusión de porcentajes de contenido nacional o de representación o presencia local para la adjudicación de contratos. Promoción de actividades relacionadas con la identificación de oportunidades para la pequeña y mediana empresa, obteniendo beneficios concretos mediante su participación en esquemas conjuntos. Existencia de un recurso de revisión para inconformarse con los procedimientos de licitación que se consideren injustos; la autoridad revisora facultada para tal efecto, en nuestro país, es la Secretaría de la Contraloría General de la Federación. Beneficio potencial para las industrias de bienes de capital, construcción, productos de la industria química y petroquímica, servicios de ingeniería y consultoría. 1.11.4.12. Propiedad intelectual. Protección a todos los tipos de derechos de propiedad intelectual, mediante los principios de libre circulación de bienes, protección ampliada, trato nacional y trato de nación más favorecida. Cumplimiento de compromisos internacionales como: convenios de Berna, de Ginebra, de Roma, de París, y el arreglo de Lisboa. Protección de los derechos exclusivos sobre el uso de marcas, indicaciones geográficas y denominaciones de origen. Protección a la información de aplicación industrial o comercial guardada confidencialmente. Protección contra la publicación o utilización de datos experimentales, relativos a la seguridad y eficacia de productos farmoquímicos o agroquímicos que utilicen nuevos componentes. 7

El comercio exterior. Protección a obras literarias, dramáticas o dramático-musicales, coreográficas, gráficas y plásticas, entre otras. Asimismo, programas de computación y compilaciones de datos. Protección jurídica para productores de fonogramas, artistas, intérpretes o ejecutantes y emisiones de los organismos de radiodifusión. Garantía jurídica transfronteriza para la defensa de los derechos de propiedad intelectual, mediante la inclusión de disposiciones procesales y recursos en los procedimientos civiles y administrativos. 1.11.4.13. Evaluación general. El Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y México es el primero, en su género, que se formaliza hacia el libre intercambio entre México y Centroamérica, entró en vigor el 10 de enero de 1995. El capítulo de normas técnicas constituye el acuerdo más avanzado suscrito por América Latina debido a su cobertura, aspectos administrativos y tratamiento detallado de aspectos como etiquetado, información al consumidor y salud en general. 1.11.4.14. Identificación de productos. Los principales productos de exportación son: alimentos enlatados: maíz dulce, champiñones, atún, garbanzo y preparaciones, alimentarias, muebles y artículos de decoración tipo mexicano, muebles de madera, de hierro forjado, artículos de pewter, vidrio soplado y talavera; ropa casual para caballero, dama y niño 100% de algodón, ropa para el hogar, telas para tapicería y decoración, contenedores, automóviles, medicamentos, vehículos de carga, tampones higiénicos, zinc en bruto sin alear, puentes, compuertas, libros y folletos, materiales de construcción y ferretería. 1.11.5. Tratado de libre comercio Mexico, Nicaragua. 1.11.5.1. Objetivo general. Establecer una Zona de Libre Comercio. 1.11.5.2. Objetivos específicos. • Estimular la expansión y diversificación comercial. • Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal en el comercio. • Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. • Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. • Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias.

1.11.5.3. Acceso a mercados. Eliminación inmediata de aranceles a 45% de las exportaciones; a partir del 10 de julio de 2002 quedarán libres de arancel 33% y ello de julio de 2007, 19%. 6

El comercio exterior. Trato no discriminatorio a bienes y servicios. Efectiva eliminación de medidas no arancelarias. Prohibición de incrementar el arancel vigente y de adoptar aranceles nuevos sobre bienes originarios. Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros Otorgamiento de preferencias arancelarias a bienes totalmente obtenidos o producidos en la región, que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria específico o con un valor de contenido regional mínimo; el sector automotriz con un valor de contenido regional se calculará únicamente bajo el método de costos. Prohibición de incrementar o establecer derecho aduanero por concepto de servicio prestado en aduana sobre bienes originarios y eliminación de los existentes ello de julio de 2005. Existencia de formato único para ambas partes del certificado de origen. Resoluciones o dictámenes anticipados a la determinación y certificación de origen de los bienes, a solicitud del exportador, importador o productor. 1.11.5.4. Sector industrial y normas técnicas. Confirmación de derechos y obligaciones adquiridas en el acuerdo sobre obstáculos técnicos al comercio de la OMC, sobre medidas relativas a la normalización. Prohibición de medidas de normalización discriminatorias y su utilización como obstáculo innecesario al comercio; asimismo, uso de normas internacionales como base para su elaboración, con un objetivo legítimo. Adopción y aplicación de medidas de normalización sujetas a procedimientos expeditos de notificación, apoyados por centros de información y de un comité, que será un foro de consulta para implementar programas de cooperación técnica y seguimiento a la aplicación de este apartado. 1.11.5.5. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Establecimiento de topes de 7% sobre el valor FOB a los subsidios de exportación, eliminándose a más tardar ello de enero de 2007. Trato nacional en materia de normas técnicas y de comercialización. Sujeción de las medidas de normalización a procedimientos expeditos de notificación, apoyados por centros de información y de un comité, como foro de consulta para la implementación de programas de cooperación técnica. Creación de un comité de vigilancia del cumplimiento de acuerdos sobre medidas sanitarias y fitosanitarias; creación de grupos técnicos de trabajo en salud animal, sanidad vegetal e inocuidad de alimentos. Promoción de la cooperación técnica y consolidación del sistema sanitario y fitosanitario. 1.11.5.6. Servicios. Intercambio de todos los servicios, excepto los gubernamentales, aéreos y financieros. Establecimiento de principios de no discriminación entre proveedores nacionales y extranjeros; trato no menos favorable al que se conceda a terceros países y no obligatoriedad de establecimiento. 6

El comercio exterior. Eliminación gradual de barreras a la prestación de servicios profesionales, y mecanismos para el reconocimiento de títulos y certificaciones. Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones con trato nacional, incluyéndose los servicios de valor agregado y uso de redes privadas y comunicaciones ínter- empresariales. Simplificación de procedimientos para la entrada temporal de personas de negocios. Establecimiento de principios que facilitan la entrada temporal de personal transferido intra compañías, visitantes de negocios, comerciantes e inversionistas; establecimiento de patrones de empresas para facilitar la entrada temporal de visitantes de negocios y transferencias intra compañías. 1.11.5.7. Inversión. Otorgamiento de trato nacional y de nación más favorecida a las instituciones financieras; además se garantiza la libre transferencia de recursos al exterior. Compromiso de no hacer más restrictivas las legislaciones financieras respectivas. 1.11.5.8. Solución de controversias. Prevención o solución de controversias a través de tres instancias: una consultiva y dos contenciosas, de estas últimas una es ante la Comisión Administradora, integrada por los secretarios del ramo, y la otra ante un Tribunal Arbitral, conformado con expertos especializados en la materia. Cumplimiento obligatorio de la decisión que emita el Tribunal Arbitral. 1.11.5.9. Instituciones. Establecimiento de una Comisión Administradora integrada por el ministro de Economía y Desarrollo, y el secretario de Comercio y Fomento Industrial de Nicaragua y México, respectivamente. Creación de un secretariado integrado por secciones nacionales designadas por cada uno de los países signatarios. 1.11.5.10. Compras de gobierno. Acceso preferencial e inmediato a proveedores y productos mexicanos. Participación en licitaciones para la adquisición de bienes y la contratación de servicios y de obra pública no discriminatoria. Incorporación gradual de un mayor número de adquisiciones gubernamentales; a partir de 2002 se duplicará la cobertura inicial, incrementándose las exportaciones, mediante la disminución de los umbrales nicaragüenses. 1.11.5.11. Propiedad intelectual. Protección y defensa adecuada y eficaz para los derechos de propiedad intelectual. Concesión de protección más amplia en legislaciones internas de los países signatarios. Establecimiento libre de un método adecuado para la aplicación de las posiciones, en el marco de los propios sistemas y prácticas jurídicas de los países signatarios. Aplicación de trato nacional y de nación más favorecida. 6

El comercio exterior. Otorgamiento de un periodo de protección durante 50 años, como mínimo, respecto a los derechos de autor, de artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas, así como un periodo de 20 años, como mínimo, a organismos de radiodifusión. 1.11.5.12. Evaluación general. El Tratado de Libre Comercio entre Nicaragua y México entró en vigor el 1° de julio de 1998, mismo que dejó sin efectos al acuerdo de alcance parcial suscrito entre México y Nicaragua en el marco de ALADI, terminando su vigencia el 30 de junio de 1998. 1.11.5.13. Identificación de productos. Los principales productos exportados son: medicamentos, vehículos, leche en polvo, confitería sin cacao, libros y folletos, electrodos para soldadura, tapones de plástico, vehículos de carga, conductores eléctricos, ropa casual 100% algodón, ropa para el hogar, telas para tapicería y decoración, entre otros. 1.11.6. Tratado de libre comercio México, Chile. 1.11.6.1. Objetivo general. Liberalizar una zona comercial a partir del 1º de agosto de 1999 a través del Tratado de Libre Comercio. 1.11.6.2. Objetivos específicos. • Estimular la expansión y diversificación comercial. • Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal en el comercio. • Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. • Proteger y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual. • Establecer lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, regional y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias. 1.11.6.3. Acceso a mercados. Trato no menos favorable que el que se conceda a terceros países. Eliminación de arancel a bienes originarios a partir de la entrada en vigor del tratado. Prohibición de incrementar el arancel aduanero existente y adoptar arancel nuevo a bienes originarios. Eliminación progresiva de aranceles a bienes originarios o Existencia de eliminación arancelaria acelerada. Admisión temporal libre de arancel 0, según el caso, exención de tasa especificada para equipo profesional para el ejercicio de actividad, oficio o profesión de la persona de negocios; equipos de prensa y equipo cinematográfico 6

El comercio exterior. o transferencia al aire de señales de radio o televisión; bienes deportivos, muestras comerciales, entre otros. Libertad de salida de contenedores y vehículos utilizados en transporte internacional distintas a la entrada de los mismos; no se exige que sea el mismo transportista o vehículo que traiga a territorio un contenedor. Prohibición de adoptar o mantener impuestos, gravámenes o cargos sobre exportación, a menos que se trate de bienes destinados al consumo interno. Obligación internacional de consultar la posible concesión por acuerdo intergubernamental, que pueda afectar el comercio de productos básicos. Adopción de medidas específicas, a petición de alguna de las partes, para contrarrestar los efectos de exportación subsidiada de terceros países hasta ello de enero de 2003. 1.11.6.4. Reglas de origen y procedimientos aduaneros. Adopción del valor de contenido regional calculado, a elección del exportador o productor del bien. Eliminación total de derechos de trámite aduanero para bienes originarios, desde el 30 de junio de 1999. Existencia de formato único para certificado y declaración de origen. Existencia de excepciones para evadir certificado o declaración de origen y obligaciones para importación. 1.11.6.5. Sector industrial y normas técnicas. Posibilidad de participar como proveedor de insumos de la minería estatal. Oportunidad para participar en el mercado de muebles a través del diseño, calidad y buen precio. Fijación de arancel 0% para materiales y equipo de construcción como: muebles fijos de cerámica para uso sanitario. Exención de pago del impuesto de importación de origen mexicano a productos como cuero y calzado. Administración y asignación de cuotas para la exportación de productos del sector automotor, conforme al mecanismo "primero en tiempo, primero en derecho". Aplicación de las disposiciones del acuerdo de la TC y disposiciones del capítulo sobre medidas de normalización en el tratado. Utilización, como base, de medidas internacionales vigentes o de adopción inminente, siempre que constituyan eficacia y adecuación a las medidas propias. 1.11.6.6. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Ventajas competitivas de frutas frescas y congeladas, libres de pago de arancel. Eliminación y prohibición de subsidios a la exportación sobre bienes agropecuarios, a partir del 10 de enero de 2003; en su caso, a petición del importador, se acordará un subsidio a la exportación sobre un bien agropecuario. Incremento de arancel aplicado a exportaciones de productos agropecuarios que gocen de introducción, reintroducción o incremento del nivel de subsidio otorgado por uno de los países signatarios. Apoyos internos sobre bienes agropecuarios sujetos a lo establecido en el acuerdo sobre la agricultura de la OMC. 7

El comercio exterior. Desgravación arancelaria y de gravámenes, así como la no sujeción a cupos de manzana, a partir del 1º de enero de 2006. Incremento anual, a partir de 2000 y hasta 2005 inclusive, en 5% del cupo de manzana anual vigente. Cooperación mutua para facilitar el comercio agropecuario, pesquero y forestal sin riesgo sanitario o fitosanitario. Desgravación arancelaria y de gravámenes y no sujeción a cupos de manzana, a partir del 10 de enero de 2006. Aplicación de medidas sanitarias o fitosanitarias basadas en principios científicos sustentable s y evaluación de riesgo apropiada. Utilización de normas, directrices o recomendaciones internacionales, con la finalidad de armonizar o hacerlas compatibles. Aceptación de buscar una equivalencia de medidas sanitarias y fitosanitarias entre los países signatarios. Determinación del nivel apropiado de protección sanitaria y fitosanitaria, de acuerdo con una evaluación adecuada de las circunstancias de los riesgos existentes para la vida o la salud humana y animal, así como preservar la sanidad de los vegetales, minimizando los efectos negativos sobre el comercio. Reconocimiento de zonas libres y zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades, considerando diversos factores. Aplicación de disposiciones para procedimientos de control, inspección y aprobación. Notificación de la adopción o modificación de una medida sanitaria o fitosanitaria. Fortalecimiento del nivel de seguridad y de protección de la vida o la salud humana, animal o vegetal, del ambiente y de los consumidores. . Establecimiento de un Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. Consultoría sobre la aplicación o interpretación del contenido de medidas sanitarias y fitosanitarias. 1.11.6.7. Servicios. Otorgamiento de trato nacional, trato de nación más favorecida y el mejor de los tratos. Prohibición de exigir el establecimiento o residencia en territorio nacional. Reducir restricciones cuantitativas y eliminación progresiva de restricciones remanentes. Eliminación de todos los requisitos de nacionalidad o residencia permanente para el otorgamiento de licencias o certificaciones a prestadores de servicio. Establecer procedimientos para el reconocimiento de la educación, experiencia y otras normas y requisitos que rigen a los prestadores de servicios profesionales. Expedición de licencias temporales. Sujeción al convenio sobre transporte aéreo entre ambos países, de fecha 14 de enero de 1997 o sucesor. 1.11.6.8. Inversión. Acceso y uso no discriminatorio y condiciones no menos favorables que las otorgadas a cualquier otro usuario de redes o servicio público de telecomunicaciones y redes privadas para comunicación interna de sus empresas. Adopción de medidas para prestación de servicios mejorados o de valor agregado. Medidas a la normalización respecto de la conexión de equipo terminal. 6

El comercio exterior. Prohibición a los monopolios de utilizar su posición para incurrir en prácticas contrarias a la competencia. Adopción de medidas eficaces para impedir conductas contrarias a la competencia. Estimulación al desarrollo de la infraestructura de servicios de telecomunicaciones ínter operables. Posibilidad de liberalizar aún más el comercio de todos los servicios de telecomunicación, incluyendo redes y servicios públicos en la materia. 1.11.6.9. Solución de controversias. Procuración de llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación del tratado, mediante la cooperación y consulta entre las partes. Elección libre para ventilar una controversia ante el foro de la OMC o de la comisión. Intervención de la comisión como segunda instancia para la solución de controversias. Establecimiento de procedimiento ante un grupo arbitral como tercera instancia para la solución de controversias. Aplicación de procedimientos judiciales y administrativos internos para la solución de controversias comerciales de carácter privado. Establecimiento de medios alternativos para la solución de controversias comerciales internacionales entre particulares. 1.11.6.10. Instituciones. Establecimiento de la Comisión de Libre Comercio, integrada por el ministro de Relaciones Exteriores de Chile y el secretario de Comercio y Fomento Industrial de México, o personas designadas por ellos. Establecimiento de un secretariado integrado por secciones nacionales. Existencia de comités y subcomités sectoriales. 1.11.6.11. Compras de gobierno. Posibilidad de participar en compras del sector público. 1.11.6.12. Propiedad intelectual. Protección y defensa adecuada y eficaz a los derechos de propiedad intelectual como: derecho de autor, conexos, marcas de fábrica o de comercio y las denominaciones de origen; asegurándose que no se conviertan, a su vez, en obstáculos al comercio legítimo. Otorgamiento de trato nacional y trato de nación más favorecida. 1.11.6.13. Identificación de productos. Los productos con posibilidad de exportación son: químicos: polietileno de alta y baja densidad, siliconas primarias, químicos para la flotación de minerales, y otros procesos de la industria minera; lixiviantez, depresores, espumantes, colectores, floculantez, estractantes orgánicos, solventes, inhibidores, coagulantes, cianuro de sodio, pentasulfuro de fósforo, sulfhidrato de sodio, sulfato de sodio, aceites de pino, metilisobutil carbinol, xantato isopropílico de sodio, hidróxido de sodio, peróxido de hidrógeno y sulfato de cobalto; muebles: de plástico y jardín, estilo 7

El comercio exterior. mexicano, de madera para el hogar, de metal, partes de muebles, muebles de madera para cocina y para oficina; frutas: mango, guayaba, limón verde, coco fresco, plátano, piña, naranja, toronja, melón, sandía y pasta de aguacate; materiales y equipo de construcción: baldosas y lozas de cerámica para pavimentación, fregaderos, lavabos, bañeras, tazas de retretes y estanques y demás muebles fijos de cerámica para uso sanitario; calzado: de piel para caballero, dama y niño, calzado de seguridad industrial; automotriz: neumáticos para automóviles, camiones y autobuses, filtros de aire y aceite, acumuladores eléctricos de plomo, auto repuestos, autopartes y accesorios, automóviles, camiones y autobuses; artículos para el hogar y decoración: blancos, textiles, línea blanca en general, y artículos de decoración en general; alimentos procesados: conservas de frutas (piña y mango), legumbres y hortalizas preparadas o conservadas, jugos de fruta, dulces, malvaviscos, galletas, chocolates, cereales, condimentos, salsas, sazonadores y alimentos para perros. 1.11.7. Tratado de libre comercio México, Israel. 1.11.7.1. Objetivo general. Establecer una Zona de Libre Comercio para intensificar el comercio y la economía por medio de la liberalización de gravámenes y restricciones a las importaciones originarias de los países signatarios. 1.11.7.2. Objetivos específicos. • Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de bienes y servicios. • Promover condiciones de competencia leal en la Zona de Libre Comercio. • Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, para su administración conjunta y solución de controversias. • Establecer lineamientos para la ulterior cooperación bilateral y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios del tratado. 1.11.7.3. Acceso a mercados. Otorgamiento de trato nacional a bienes de ambas partes. Aplicación del principio de nación más favorecida para el arancel base establecido para reducciones sucesivas durante el periodo comprendido del 10 de julio de 1998 al 10 de febrero de 2000, informando de la reducción adicional que sufra dicho arancel base, así como de los aranceles aduaneros y tasas preferenciales en vigor. Eliminación de aranceles aduaneros a bienes originarios en cuatro etapas iguales, la primera a partir de la entrada en vigor del tratado y las siguientes ello de enero de cada año subsecuente, fijándose la eliminación total de aranceles aduaneros ello de enero de 2003. 1.11.7.4. Reglas de origen y procedimientos aduaneros. Existencia de la posibilidad de acelerar la eliminación o reducción del arancel aduanero a un bien o la inclusión de un bien al calendario de desgravación o anexos del tratado. 7

El comercio exterior. Eliminación de derechos de trámite aduanero aplicado a un bien originario sobre base ad valorem, a partir de la entrada en vigor del tratado. Desgravación inmediata a productos corno: automóviles, camiones y autobuses, acero, químicos, azúcar, jugos de naranja concentrados, jugos de cítricos concentrados, café verde, tostados e instantáneos, cerveza, tequila y mezcal. Reconocimiento de productos distintivos e indicaciones geográficas. Aplicación de los principios del Código de Valoración Aduanera para la determinación del origen de un bien. Otorgamiento de trato arancelario preferencial a bienes originarios. Elaboración de un formato único para el certificado de origen y otro para la declaración de origen antes de la entrada en vigor del tratado, los que podrán ser modificados previo acuerdo entre las partes. Presentación de certificado de origen en uno de los idiomas oficiales de las partes, una traducción al inglés adjunta cuando el idioma utilizado no corresponda al país importador; o bien, únicamente la presentación del certificado en inglés. Verificación del origen de un bien por conducto de una autoridad correspondiente, a través de aplicación de cuestionarios, visitas de verificación u otros procedimientos previamente acordados. Establecimiento de procedimientos uniformes en la legislación interna de los países signatarios, referentes a la interpretación, aplicación y administración, así corno otros asuntos que acuerden las partes. 1.11.7.5. Sector industrial y normas técnicas. Confirmación de derechos y obligaciones de las partes, de conformidad con el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos, que forma parte del acuerdo de la OMC. 1.11.7.6. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Desgravación inmediata de aranceles a la mitad de las exportaciones agropecuarias y 25% adicional con acceso inmediato, mediante cuota. Confirmación de derechos y obligaciones de las partes, en relación con las medidas sanitarias y fitosanitarias, de conformidad con el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, que forma parte del acuerdo de la OMC. 1.11.7.7. Servicios. Confirmación de derechos y obligaciones de las partes conforme al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, que forma parte del acuerdo de la OMC. 1.11.7.8. Inversión. Existencia de disposiciones en un acuerdo de promoción y protección recíproca de las inversiones y no en algún capítulo en el marco del tratado. Promoción de inversión extranjera directa. Fomento de mayores flujos de inversión con socios comerciales comunes. Existencia de condiciones de seguridad jurídica y certidumbre para inversionistas y sus inversiones. 1.11.7.9. Solución de controversias. 7

El comercio exterior. Solución a través de un acuerdo sobre la interpretación y aplicación del tratado, mediante la cooperación y consulta. Elección de ventilar las controversias relativas a lo dispuesto por el tratado o en el acuerdo de la OMC o en cualquier otro acuerdo negociado entre las partes, ante uno u otro foro. Intervención de la comisión, por solicitud escrita, cuando no se haya resuelto la controversia a través de las consultas. Integración de un panel arbitral como tercera instancia, a solicitud de la parte interesada. Promoción y facilidad de un recurso al arbitraje y a otros tipos de medios alternativos para la solución de controversias comerciales internacionales entre particulares en la Zona de Libre Comercio. Posibilidad de recurrir al mecanismo de solución de controversias, cuando se considere la nulificación o menoscabo de beneficios que se esperaban recibir de la aplicación de alguna disposición del tratado, aunque ésta no contravenga el tratado. 1.11.7.10. Instituciones. Establecimiento de una Comisión de Libre Comercio integrada por representantes de las partes, con rango de secretario de Estado o personas designadas por ellos. Posibilidad de la comisión de instaurar y delegar responsabilidades en comités ad hoc, permanentes o grupos de trabajo y de expertos. 1.11.7.11. Compras de gobierno. Acceso a compras por cualquier medio contractual, incluyendo adquisiciones por concepto de compra, arrendamiento o alquiler, con o sin opción de compra, incluyendo cualquier combinación de bienes y servicios. Otorgamiento de trato nacional y no discriminatorio. Prohibición de aplicar reglas de origen a bienes importados, que sean diferentes a las aplicadas en operaciones comerciales normales –disposición sujeta a posible modificación de conformidad con el Acuerdo sobre Reglas de Origen, del acuerdo de la OMC. Existencia de transparencia en los procedimientos de licitación para la adquisición de bienes y obra pública. Solución de reclamaciones mediante consultas con la entidad contratante, quien actuará de forma imparcial y oportunamente, sin perjuicio de obtener medidas correctivas de conformidad con el sistema de impugnación. Posibilidad de impugnar presuntas infracciones ante alguna instancia revisora distinta de un tribunal, cuyas actuaciones están sujetas a revisión judicial. 1.11.7.12. Propiedad intelectual. Confirmación de derechos y obligaciones de las partes relativos a los derechos de propiedad intelectual, de conformidad con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el comercio, que forma parte del acuerdo de la OMC. 1.11.7.13. Evaluación general. 7

El comercio exterior. El 10 de abril de 2000 se firmó en la ciudad de México el Tratado de Libre Comercio con Israel, nación que ocupa el primer lugar como inversionista del Medio Oriente en nuestro país, concentrándose principalmente en el sector comercial, seguido de la industria manufacturera y el sector de servicios. Dicho país representa un mercado potencial importante para México; asimismo, cuenta con acceso preferencial a Estados Unidos y Canadá. 1.11.7.14. Identificación de productos. Algunos de los productos de exportación son: miel, sorgo, ajo, ajonjolí, frutas en almíbar, jugos, limón y naranja, aceites esenciales de frutas, café, pimienta, bebidas alcohólicas, confitería, atún enlatado y camarón congelado, objetos de vidrio para mesa, estatuillas, objetos de cerámica, joyería de plata, motores de émbolo, diesel o semidiesel, calzado de cuero con suela de cuero o plástico, botas de cuero con suela de plástico, extractos, curtientes vegetales, cueros y pieles depiladas, manufactura de aluminio, artículos de grifería y convertidores estáticos, muebles rústicos, placas y tiras de plástico, ácido fluorhídrico, antibióticos, cosméticos y detergente s en tableta, terciopelo y felpa por trama, trajes de algodón y ropa interior para dama. 1.11.8. Tratado de libre comercio México, Unión Europea. 1.11.8.1. Objetivo general. Crear un espacio comercial en un contexto de integración multinacional a través del establecimiento de una Zona de Libre Comercio para la apertura de oportunidades externas de desarrollo. 1.11.8.2. Objetivos específicos. • Fomentar el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios. • Liberalizar preferencial, progresiva y recíprocamente el comercio de bienes y servicios. • Dinamizar la actividad comercial y económica. • Atraer insumos y tecnología para la empresa mexicana. • Generar mayores empleos. • Promover la inversión directa. • Incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas para la empresa mexicana. 1.11.8.3. Servicios. Acceso sin restricción al número de operaciones o prestadores de servicio en territorio comunitario. Otorgamiento de trato nacional y trato de nación más favorecida. Consolidación del grado de apertura vigente en las respectivas legislaciones nacionales. Se contempla la prestación de servicios transfronterizos e inversión en este sector, exceptuando audiovisuales, transporte aéreo y cabotaje marítimo. 1.11.8.4. Inversión. 6

El comercio exterior. Consolidación de la apertura actual, plasmada en legislaciones nacionales de pagos relacionados con inversión directa. No implicación de apertura adicional a la inversión extranjera directa en ningún sector. Reiteración de compromisos internacionales y establecimiento del acuerdo de promover recíprocamente la inversión. 1.11.8.5. Solución de controversias. Establecimiento de un mecanismo de consulta y solución de controversias con procedimientos claros y expeditos (primera vez que la Unión Europea incorpora esta disciplina en un tratado comercial). Concesión prioritaria a la conciliación, antes de acudir a un procedimiento arbitral; México conserva su derecho de impugnar ante la OMC. Instituciones Creación de un consejo conjunto, integrado por representantes a nivel ministerial del Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea y el gobierno de México. Establecimiento de un comité integrado por ambas partes como auxiliar del consejo conjunto. 1.11.8.6. Compras de gobierno. Otorgamiento de mejores condiciones de acceso que los demás socios comerciales de la Unión Europea. Consolidación del grado de apertura vigente y no modificación de la legislación del sector. Entrada de vigencia del capítulo de servicios hasta la entrega de estadística desagregada para las compras de, por lo menos, 150 empresas públicas de la Unión Europea. 1.11.8.7. Propiedad intelectual. Establecimiento de obligaciones, conforme a las legislaciones nacionales sobre adquisición, conservación y ejecución de los derechos de propiedad intelectual. Establecimiento de un comité especial de consulta para la atención de asuntos y desacuerdos en la materia. Confirmación de obligaciones y derechos en los tratados y convenciones internacionales suscritas. 1.11.8.8. Identificación de productos. Convenio comercial que entrará en vigor a mediados de 2000, y sin duda será una de las grandes oportunidades de nuestro país. La Unión Europea representa la primera potencia comercial en el marco internacional, concentrando alrededor de la quinta parte del comercio mundial. Ya es un hecho que la Unión Europea sea el segundo socio comercial y la segunda fuente de inversión extranjera directa para nuestro país. Es importante señalar que el acuerdo comercial con la Unión Europea representará 95% de las exportaciones mexicanas con goce de tratamiento preferencial, lo que redundará en la generación de más y mejores empleos, aumento de inversiones y la apertura de nuevas oportunidades y alianzas estratégicas para las empresas mexicanas. 7

El comercio exterior. Productos contemplados en sectores como: textil, confección, cuero y calzado, electrónico, eléctrico y electrodoméstico, siderúrgico, agricultura, agroindustrial, ganadería y pesca, plástico, alimentos y bebidas, artículos para decoración y regalo, automotriz, autopartes y otros vehículos, imprenta e industria editorial, industrias metálicas, maquinaria y equipo, materiales de construcción, minería, muebles, químico y farmacéutico. 1.11.9. Tratado de libre comercio México, triangulo del norte (México, el Salvador, Guatemala y Honduras). 1.11.9.1. Objetivo general. Establecer una Zona de Libre Comercio que permita avanzar en el fortalecimiento de la integración entre México y Centroamérica. 1.11.9.2. Objetivos específicos. • Estimular la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios. • Promover condiciones de libre competencia. • Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes originarios y servicios. • Eliminar las barreras al movimiento de capitales y personas de negocios. • Aumentar las oportunidades de inversión. • Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual. • Establecer lineamientos, para la ulterior cooperación entre las partes, encaminados a ampliar y mejorar los beneficios del Tratado de Libre Comercio. • Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias.

1.11.9.3. Acceso a mercados. Apertura comercial asimétrica para México tanto en tasas base como en plazos de desgravación. Eliminación de aranceles de inmediato para más de la mitad de las exportaciones mexicana s y el resto en plazos de desgravación de 3 a 11 años. Otorgamiento de trato nacional a bienes de las partes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 111 del GATT, de 1994. Existencia de programas de devolución, de diferimiento y de exención de aranceles aduaneros aplicados a bienes exportados. Prohibición de incrementar o establecer derecho aduanero alguno por concepto de servicio prestado por la aduana y eliminación de tales derechos sobre bienes originarios, a partir del 10 de enero de 2001. 1.11.9.4. Reglas de origen y procedimientos aduaneros. Aplicación de un valor general de contenido regional de 50%. Establecimiento de mecanismos para que los bienes originarios gocen de trato arancelario preferencial y verificación del cumplimiento de las reglas de origen. 7

El comercio exterior. Existencia de procedimientos claros y expeditos para verificar el origen de los bienes. Existencia de certidumbre y seguridad jurídica a través de la expedición de resoluciones o dictámenes anticipados, a solicitud de parte, para la determinación y certificación de origen. Establecimiento de excepciones congruentes con las obligaciones ante la OMC; en relación con el otorgamiento de trato nacional: México podrá mantener, hasta ello de enero de 2006, las disposiciones del Decreto para el Fomento y Modernización de la Industria Automotriz, del 11 de diciembre de 1989, así como cualquier prorroga o modificación a éste. En la eliminación de restricciones a la importación y exportación de bienes: posibilidad de adoptar prohibiciones o restricciones, por parte de cualquier país signatario, de determinados bienes, como los bienes usados. Reconocimiento de productos distintivos como el tequila y el mezcal. Prohibición de incrementar algún arancel aduanero vigente, así como la adopción de uno nuevo sobre bienes originarios sujetos al programa de desgravación arancelaria, salvo excepciones señaladas. Establecimiento de aduanas específicas sin afectar intereses de las partes. O Existencia de niveles de flexibilidad temporal, entre las partes, para bienes clasificados en determinados capítulos; asignándose montos anuales calculados en dólares americanos o su equivalencia en moneda nacional del país signatario respectivo, los cuales serán administrados por el país importador de conformidad con su legislación, como es el caso de los hilos y telas producidos en México, a los cuales Guatemala otorgará tratamiento arancelario preferencial por bienes originarios hasta de 7 500 000 dólares anuales o su equivalencia en quetzales, por un periodo de cuatro años a partir del 1 o de enero de 2001. Existencia de formatos únicos para el certificado y la declaración de origen. Excepción de presentar certificado de origen, o la dispensa de éste, entre otros. Obligación de conservar los registros contables durante cinco años como mínimo, a partir de que se llene y firme un certificado o una declaración de origen. 1.11.9.5. Sector industrial y normas técnicas. Desgravación arancelaria de forma inmediata a 65% de las exportaciones de México o en un plazo máximo de cuatro años. Acceso inmediato a productos como químicos, autopartes, vehículos pesados y ciertas herramientas; a mediano plazo, productos como llantas, textiles, confección, acumuladores y lápices; a largo plazo (de siete a diez años), productos como plásticos, pinturas, cables, pilas, plumas, bolígrafos, muebles, tornillos y electrodomésticos. 1.11.9.6. Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias. Exclusión, en la negociación del tratado, de productos como azúcar, café y plátano. Acceso inmediato a 30% de las exportaciones de México, poco más de 12% a mediano plazo y 41 % a largo plazo. Establecimiento de medida de salvaguarda especial para algunos productos sensibles. 7

El comercio exterior. Cumplimiento de obligaciones internacionales, antes de aplicar un acuerdo intergubernamental sobre bienes, de conformidad con el GATT/94, que pueda afectar el comercio de un bien agropecuario, previa consulta al Comité de Comercio Agropecuario. Posibilidad de acelerar la desgravación arancelaria prevista en el Programa de Desgravación Arancelaria. Posibilidad de mantener o adoptar una prohibición, restricción o arancel aduanero a la importación de bienes no contemplados en el Programa de Desgravación Arancelaria, de conformidad con los derechos y obligaciones derivados del acuerdo de la OMC. Posibilidad de examinar anualmente la incorporación de bienes excluidos del Programa de Desgravación Arancelaria. Abstención para adoptar o mantener prohibiciones o restricciones a la importación y a la exportación de cualquier bien agropecuario. Existencia de ayudas internas para el sector, conforme a las negociaciones agropecuarias multinacionales dentro del marco del acuerdo de la OMC y que tengan efectos mínimos o inexistente s sobre el comercio o la producción. Prohibición de mantener o adoptar subsidios a la exportación durante cinco años, a partir del 10 de enero de 2001. Utilización, como marco de referencia, de normas, directrices o recomendaciones de carácter internacional para el establecimiento de medidas sanitarias y fitosanitarias. Adopción de medidas sanitarias y fitosanitarias basadas en la evaluación de riesgo, considerándose diversos factores, como el de información científica y técnica disponible. Reconocimiento de zonas libres y zonas de escasa prevalencia de plagas y enfermedades (adaptación a las características sanitarias y fitosanitarias de las zonas de origen y destino del bien). 1.11.9.7. Servicios. Aplicación de reglas y disciplinas a todos los sectores de servicios, excepto transporte aéreo. Otorgamiento de principios básicos como el de trato nacional, trato de nación más favorecida y la no obligatoriedad de presencia local como condición en la prestación de servicios. Compromiso de consolidar la liberalización de la mayoría de los sectores, en sus respectivas legislaciones, a través de negociaciones cada dos años, a partir del 10 de enero de 2001. Establecimiento de principios y disciplinas básicas para promover y otorgar certidumbre a las instituciones financieras que se establezcan en territorio nacional; las modalidades y nivel de apertura en este sector se negociarán dos años posteriores al 1º de enero de 2001. Establecimiento de un sistema de información de mercados, a partir de 2001; asimismo, información constante del establecimiento de nuevas disposiciones legales que afecten considerablemente el comercio de servicios. Instituir procedimientos para la negociación futura de acuerdos de reconocimiento mutuo en materia de servicios profesionales. 7

El comercio exterior. Estudio de la posibilidad de eliminar el requisito de nacionalidad o residencia permanente para el reconocimiento de títulos a prestadores de servicios profesionales en 2001. Iniciación de negociaciones entre Guatemala, Honduras y México para la apertura del transporte terrestre por carretera, a partir de 2001; eliminación de restricciones al comercio transfronterizo y elaboración de un programa de trabajo para hacer compatibles las medidas de normalización, entre otros. Otorgamiento de trato nacional a los inversionistas respecto al establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción, operación, venta u otras formas de enajenación de instituciones financieras análogas e inversiones en instituciones financieras similares en territorio de cualquiera de las partes. Posibilidad de prestar nuevos servicios financieros y procesamiento de datos similares, previa autorización de país signatario y conforme a su legislación; asimismo, la transferencia de información, cuando sea necesario, para llevar a cabo actividades ordinarias de negocios de dichas instituciones. Negociación, en un plazo no mayor a dos años a partir de 2001, de reservas y compromisos específicos de las partes; Guatemala queda exceptuado de la aplicación de dicho plazo hasta que se establezcan o negocien con México las reservas y compromisos específicos. Acceso a cualquier red o servicio público de telecomunicaciones, incluyendo los circuitos privados aumentados, ofrecidos en territorio o de manera transfronteriza en términos y condiciones razonables y no discriminatorios. Así también, se establecen compromisos para evitar prácticas anticompetitivas. Existencia de procedimientos transparentes y no discriminatorios para la prestación de servicios mejorados o de valor agregado. Existencia de disciplinas que otorgan facilidades a la movilidad de personas de negocios. Disponibilidad de información de medidas migratorias; asimismo, a más tardar en 2002, se preparará, publicará y pondrá a disposición, un documento consolidado que explique los requisitos para la entrada temporal. 1.11.9.8. Inversión. Existencia de protección y seguridad jurídica a inversionistas y a sus inversiones, así como un mecanismo de solución de controversias. Otorgamiento de un trato no menos favorable al concedido a sus nacionales o a un país tercero. Prohibición de requisitos de desempeño, que distorsionen el comercio o la inversión, como condicionante al establecimiento de una inversión o el otorgamiento de un incentivo; se garantiza la libre convertibilidad de la moneda y las transferencias al exterior. Prohibición de imponer u obligar al cumplimiento de determinados requisitos o compromisos en relación con el establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción u operación de una inversión o de un inversionista de cualquier país, parte o no parte del tratado. Prohibición de nacionalizar, expropiar -directa o indirectamente-, una inversión, o adoptar alguna medida equivalente, salvo algunas excepciones. Promoción y apoyo a la elaboración de documentos de fomento de oportunidades de inversión en sectores económicos específicos y alianzas estratégicas entre 7

El comercio exterior. inversionistas, y diseño de mecanismos para su difusión; asimismo, la creación, sostenimiento y perfeccionamiento de mecanismos financieros que hagan viables las inversiones. 1.11.9.9. Solución de controversias. Solución de controversias conforme a las disposiciones del TLC, del acuerdo de la OMC o en los convenios de conformidad con este último; podrán resolverse en uno u otro foro, a elección de la parte reclamante. Reducción a la mitad de plazos establecidos para controversias de bienes perecederos o disminuidos aún más, de común acuerdo de las partes, sin perjuicio alguno. Establecimiento de un mecanismo para la prevención o solución de controversias, basado en principios de equidad, seguridad jurídica y neutralidad; consta de tres etapas, una de naturaleza consultiva y las otras dos contenciosas; una de éstas ante la Comisión de Libre Comercio y la otra ante un Tribunal Arbitral. Existencia de medios alternativos para la solución de controversias ante instituciones judiciales y administrativas de carácter nacional. Existencia de un código de conducta para los procedimientos de solución de controversias, que asegura el respeto a los principios de integridad e imparcialidad que las partes otorgan en dicha materia. 1.11.9.10. Instituciones. Establecimiento de una Comisión Administradora, integrada por ministros o secretarios del ramo, de cada uno de los países signatarios; en caso contrario por sus sucesores. Instalación de comités ad hoc, permanentes o grupos de trabajo y de expertos. Existencia de una Subcomisión Administradora integrada por representantes de las partes, a nivel de subsecretario o viceministro del ramo o sucesores designados. Creación de centros que ofrezcan información a los productores, consumidores y exportadores; asimismo, de instancias para que las autoridades correspondientes puedan resolver o consultar cualquier asunto sobre normalización. Establecimiento de comités especiales de consulta. 1.11.9.11. Compras de gobierno. Reinicio de las negociaciones después de junio de 2002, respecto a compras del sector público, garantizando una amplia cobertura y la aplicación del principio de trato nacional entre los países signatarios, considerándose los avances alcanzados hasta el momento. 1.11.9.12. Propiedad intelectual. Establecimiento de obligaciones, conforme a las legislaciones nacionales, sobre adquisición, conservación y ejecución de los derechos de propiedad intelectual, confirmándose las obligaciones y derechos en los tratados y convenciones internacionales suscritos por las partes. Otorgamiento de protección y defensa adecuada y eficaz para los derechos de propiedad intelectual y asegurar que las medidas adoptadas, para tal efecto, no se conviertan en obstáculos al comercio legítimo. 7

El comercio exterior. Libertad de establecer el procedimiento adecuado para la aplicación de las disposiciones contempladas en esta materia, en el marco de su propio sistema y práctica jurídica. Otorgamiento de un trato no menos favorable del que se concede a los nacionales en materia de adquisición, protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual, a reserva de las excepciones contempladas en los convenios de Berna, Ginebra y París, así como en la convención de Roma. Otorgamiento inmediato, y sin condiciones, de toda ventaja, favor, privilegio o inmunidad concedidos a los nacionales de cualquier otro país no parte del tratado; quedan exentos de esta obligación los asignados de conformidad con lo establecido en el acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual, relacionados con el comercio (anexo 1C del acuerdo de la OMC). 1.11.9.13. Evaluación general. El Tratado de Libre Comercio de México con el Triángulo del Norte representa la apertura del principal mercado de exportación en la región de América Latina; pues actualmente recibe 20% de las exportaciones mexicanas. Su ámbito de aplicación es entre México y el Triángulo del Norte y no entre los países que constituyen dicho triángulo. Es importante mencionar que quedan sin efecto los Acuerdos de Alcance Parcial signados por las partes a partir del 1º de enero de 2001; no obstante, se aplica un plazo de 30 días posteriores a la fecha respectiva, a los certificados de origen expedidos conforme a los AAP, mismos que deberán haber sido llenados con anterioridad, encontrarse vigentes y hacerse valer hasta por el plazo señalado. 1.11.9.14. Identificación de productos. Los productos que pueden exportarse a: El Salvador son: hebillas, broches, remaches y cremalleras para carteras, selladores de balones, discos de aluminio, muebles metálicos, ropa de cama, manteles y cortinas, lamina acrílica, tubería galvanizada, cera y maquinaria para la fabricación de velas, software psicológico, equipos dentales, harina de trigo, centrifugas, repuestos para vehículos, resinas plásticas, artículos deportivos, dura panel, abarrotes en general, maquinarias inyectaras de plástico y metal, artículos plásticos para el hogar, cemento y cal, equipos, repuestos y accesorios para telecomunicaciones, productos ferreteros. Herramientas eléctricas, materias primas para alimentos, productos de cerámica, vidrios para ventanas, insumos agrícolas, orgánicos y químicos, llantas y acumuladores, entre otros. Guatemala demanda productos como: planta procesadora de minerales, zinc, látex, artesanías de hojalata, hierro y madera, equipos contra incendios, calzado de piel para dama, paneles de tabla yeso, clinker, flores frescas, papel bond para fotocopiadora, jugos concentrados y néctares, anticonceptivos, materiales y accesorios de hierro, software, papel, cajas y bolsas para regalo, antibióticos, acero inoxidable, básculas para camiones, cerillos, láminas de plástico corrugado y láminas PVC, accesorios para mascotas, accesorios para limpieza, medicamentos genéricos, artículos de cocina, abarrotes en general, artículos promocionales, frutas y vegetales, envases plásticos para medicamentos, gas 6

El comercio exterior. freón, implantes ortopédicos chocolates, dulces y galletas, medidores eléctricos, software y hardware, materias primas para nutrición animal, productos homeopáticos en general, alimentos enlatados y confitería en general, pieles y telas sintéticas, calzado, PVC reciclado para inyección de calzado, lámparas, sillas y mesas plegables, materiales eléctricos, hilo acrílico, chamarras de piel, productos dentales, llantas y herramientas para camiones y tractocamiones, juguetes de plástico, sal refinada, fosfato dicálsico, entre otros. Honduras: paneles de tabla yeso, abarrotes, maquinaria para embolsar gasas médicas y productos dentales en general. 1.11.10. Tratado de libre comercio México – AELC (Islandia, Noruega, Principado de Liechtenstein y Suiza). 1.11.10.1. Objetivos generales. • Crear un espacio comercial en un contexto de integración multinacional a través del establecimiento de una Zona de Libre Comercio para la apertura de oportunidades externas de desarrollo. • La extensa red de tratados comerciales firmados por México, se amplía con el acuerdo firmado con los miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio. Este acuerdo entró en vigor el 1 de julio de 2001 y coloca a México como el único país latinoamericano con libre acceso comercial a los países con el más alto ingreso per cápita del mundo. 1.11.10.2. Objetivos específicos. • Fomentar el desarrollo de los intercambios de bienes y servicios. • Liberalizar preferencial, progresiva y recíprocamente el comercio de bienes y servicios. • Dinamizar la actividad comercial y económica. • Diversificar las exportaciones mexicanas y tener acceso preferencial en Europa. • Atraer insumos y tecnología para la empresa mexicana. • Generar mayores empleos. • Promover la inversión extranjera directa. • Incrementar las oportunidades y alianzas estratégicas para la empresa mexicana. 1.11.10.3. Acceso a mercados. El tratado establece una liberalización gradual y recíproca de los mercados de ambas Partes. Productos industriales: México negoció apertura total para el100 por ciento de sus exportaciones de productos industriales, a partir de la entrada en vigor del Tratado. Los países del AELC negociaron una desgravación gradual de los aranceles aplicables a sus exportaciones industriales a México, a partir de la entrada en vigor del Tratado y hasta el año 2007. Productos agrícolas: México negoció un acceso preferencial para una gran variedad de productos que incluyen: plátano, jugo de naranja, jugos de otros 7

El comercio exterior. cítricos y frutas tropicales, uva de mesa, miel para uso industrial, café verde, cerveza y tequila. México negoció con los países del AELC, tres acuerdos bilaterales para el sector agrícola (Islandia, Noruega y Suiza-Liechtenstein), por lo que el acceso y la desgravación arancelaria son diferentes para cada caso. 1.11.10.4. Reglas de origen. México y los países del AELC establecieron reglas de origen, procesos de verificación y certificación similares a los acordados en el TLCUEM. 1.11.10.5. Servicios. El capítulo contiene reglas y disciplinas apegadas a las disposiciones del Artículo V del GATS (General Agreement on Trade in Services). 1.11.10.6. Inversión. Las Partes adoptaron una definición de inversión acotada a la inversión extranjera directa y asumieron la obligación de garantizar la libre transferencia de los pagos relacionados con la inversión. Así mismo, ratificaron sus compromisos internacionales en materia de inversión. 1.11.10.7. Solución de controversias. Las Partes acordaron un mecanismo de consulta y solución de controversias con procedimientos claros y expeditos, mediante un proceso previo de conciliación antes de la instalación del panel arbitral, dándole prioridad a la conciliación. Ambas Partes se reservan el derecho de apelar las decisiones del mecanismo previsto, ante la OMC. 1.11.10.8. Antidumping y subsidios. Las Partes acordaron mantener sus derechos y obligaciones para aplicar sus respectivas legislaciones de antidumping y antisubvenciones, conforme a lo dispuesto en la OMC. Con el fin de promover soluciones constructivas, las Partes acordaron establecer un período previo de consultas a nivel gubernamental una vez presentada la denuncia correspondiente y antes de que de inicio, de manera formal, la investigación. 1.11.10.9. Competencia. Este capítulo establece el compromiso de las Partes de aplicar sus respectivas legislaciones de competencia a fin de proscribir conductas monopólicas. Contiene disposiciones generales en materia de cooperación y un mecanismo de consultas entre las autoridades de competencia de la Partes. 1.11.10.10. Compras de gobierno. La estructura básica de este capítulo, se basa en los principios de trato nacional, denegación de beneficios e impugnación. En lo que se refiere a los procedimientos de compra y rectificaciones o modificaciones a las listas de entidades cubiertas por este capítulo, México aplicará los procedimientos establecidos en el TLCAN y los miembros del AELC aplicaran aquellos sobre Contratación Pública (GPA) de la OMC. 7

El comercio exterior.

1.11.10.11. Propiedad intelectual. En este capítulo, las Partes reafirmaron sus obligaciones establecidas en diversas convenciones y tratados internacionales, de conformidad con sus legislaciones vigentes en materia de propiedad intelectual. Así mismo, establecieron un mecanismo de consultas sobre asuntos relativos a la propiedad intelectual. 1.11.11. Tratado de libre comercio México, República Oriental del Uruguay. Los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de la República Oriental del Uruguay, decididos a: Reafirmar los lazos especiales de amistad y cooperación entre sus naciones. Fortalecer la integración económica regional, la cual constituye uno de los instrumentos esenciales para que los países de América Latina avancen en su desarrollo económico y social, asegurando una mejor calidad de vida para sus pueblos. Desarrollar sus respectivos derechos y obligaciones derivados de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio. Establecer un marco jurídico que propicie las condiciones necesarias para el crecimiento y la diversificación de las corrientes de comercio, en forma compatible con las potencialidades existentes. Ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles para el desarrollo del comercio y la inversión, a fin de propiciar su activa participación en las relaciones económicas y comerciales entre los dos países, Crear un mercado más extenso y seguro para los bienes y los servicios producidos en sus territorios. Alentar la innovación y la creatividad y fomentar el comercio de bienes y servicios que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual.

8

El comercio exterior.

Referencias. • Rincón del Vago, (2009), ”Exportación”, encontrado en http://html.rincondelvago.com/exportacion.html, consultado el día 20 de Mayo del 2009. • Mitecnologico, (2009), “Requisitos de exportación”, encontrado en http://www.mitecnologico.com/Main/RequisitosDeExportacion, consultado el día 18 de Mayo del 2009. • Wikipedia, (2009), ” Comercio internacional”, encontrado en http://es.wikipedia.org/wiki/Comercio_internacional, consultado el día 20 de Mayo del 2009. • Mypimes, (2009), “generalidades de un proceso exportador” encontrado en http://www.mipymes.gov.co/emprendedor/VerImp.asp? id=176&idcompany=44, consultado el día 20 de Mayo del 2009. • Scribd, (2009), “Agente aduanero” encontrado en http://www.pdfcoke.com/doc/6650007/Agente-Aduanero, consultado el día 17 de Mayo del 2009. • Eumed, (2009), “términos comerciales internacionales” encontrado en http://www.eumed.net/cursecon/dic/incoterms.htm, consultado el dia 21 de Mayo del 2009. • Arambula Reyes, Alma, (2008), “Tratados comerciales de México”, Centro de documentación, información y análisis de la cámara de diputados.

8

Related Documents

Investigacion Unidad 1.docx
December 2019 15
Unidad 10
November 2019 9
Unidad 4
June 2020 6