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incentivos fiscales En México ya existen reglamentos e incentivos fiscales para el uso de fuentes alternas de energía y edificaciones ecológicas que eviten el deterioro ambiental. En la Cuidad de México por ejemplo, las empresas reconocidas por la Secretaria del Medio Ambiente, que usen tecnologías que eviten la contaminación en al menos un 30% usando fuentes alternas (sol-viento), o que reciclen al menos el 30% de sus desechos, son beneficiadas por el Codigo financiero del DF reduciéndoles un 50% de impuesto predial o sobre nómina. La reforma Fiscal del 205 otorga deducciones hasta del 100% del ISR. REFORMAS FISCALES MEXICO 1995.Artículo 32 fracción XXVI LISR Impulso al uso de energía proveniente de fuentes renovables Los contribuyentes del ISR que inviertan en maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables, podrán deducir 100% de la inversión en un solo ejercicio y con ello favorecer la protección del medio ambiente al disminuir el uso de combustibles fósiles. Para comprender el alcance de “fuente renovable”, se incluye la descripción de éstas, como: aquéllas que por su naturaleza o mediante un aprovechamiento adecuado se consideran inagotables, tales como la energía solar en todas sus formas; la energía eólica; la energía hidráulica tanto cinética como potencial, de cualquier cuerpo de agua natural o artificial; la energía de los océanos en sus distintas formas; la energía geotérmica, y la energía proveniente de la biomasa o de los residuos. Asimismo, se considera generación la conversión sucesiva de la energía de las fuentes renovables en otras formas de energía.Con el fin de que estas inversiones no se hagan con el único fin de reducir la base gravable del impuesto, se contempla como obligación el que la maquinaria y equipo que se adquiera se mantenga en operación durante un periodo mínimo de cinco años al ejercicio que se deduzca.
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Incentivos fiscales para el uso de fuentes alternas de energía AUTORIZA LA SECRETARIA DE ENERGIA DE MEXICO, LA GENERACION SOLAR DE ELECTRICIDAD RESIDENCIAL Y GENERAL PARA AUTOCONSUMO HASTA 10 KILOWATTS MEXICO, D.F. 6 de marzo 2007.- El Gobierno federal autorizara la generación de energía solar en pequeña escala, por lo que tiene listo el formato de contrato de interconexión que deberán firmar las personas interesadas. La Secretaria de Energía (Sener) :envió el pasado viernes a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) el modelo de contrato respectivo, como paso previo para su publicación en el Diario Oficial. Las personas físicas y morales podrán generar hasta 10 kilowatts en uso residencial y hasta 30 kilowatts en uso general de baja tensión, y deberán firmar el convenio respectivo con la Comisión Federal de Electricidad (CFE). La interconexión con el Sistema Eléctrico Nacional será necesaria para que la CFE aproveche la energía que pudiera sobrarle al generador, al tiempo que este seguirá requiriendo del servicio normal cuando no salga el sol. "No había existido el interés por generadores privados en pequeña escala de generar su propia energía eléctrica a través de la energía solar, por tal motivo, no había existido la necesidad de crear instrumentos de regulación aplicable a este tipo de proyectos", explico la Comisión Reguladora de Energía (CFE). El contrato tiene 16 cláusulas. Se colocara un medidor que permitirá descontar la energía solar al cobro por electricidad suministrada por CFE, y esta contemplada la posibilidad de que el particular obtenga un saldo a favor, que la empresa paraestatal deberá compensarle. "Será a cargo del generador (o sea, del particular) cualquier modificación que sea necesario realizar a las instalaciones existentes para lograr la interconexión, mismas que, en su caso, realizara bajo la supervisión del suministrador y previa autorización de este", dice el contrato. Los contratos serán por tiempo indefinido. La Compañía de Luz y Fuerza del Centro (CLyFC), que distribuye energía tanto en el Distrito Federal como en la zona conurbada, ya acepto los términos de dichos convenios, según informo Secretaria de Energía a la Cofemer. Si bien la Constitución señala que solo el Estado puede generar energía eléctrica, las reformas de 1992 ala Ley del Servicio Publico de Energía Eléctrica abrieron la posibilidad de otorgar permisos para autoconsumo. Desde entonces la Comisión Reguladora de Energía ha otorgado decenas de autorizaciones, pero han sido para empresas capaces de instalar sus propias plantas, que además pueden vender ciertos sobrantes a la CFE para su uso en el Sistema Eléctrico Nacional. En los casos de autoconsumo menor a cinco megawatts, el reglamento de la ley mencionada señala que no se requiere permiso de la CRE, por lo que bastara con firmar el contrato con CFE o Luz y Fuerza.
www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/mrf2005/113_4998.html
www.conae.gob.mx/work/sites/CONAE/resources/LocalContent/4830/2/CIFES.pdf
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