Código
FGT-14 v.00
Página
1 de 1
CIRCULAR Nº003
FECHA : 03 de agosto de 2008 DE: Comité de Departamento de Fonoaudiología PARA: La Comunidad “Fonounipamplona” ASUNTO: MATRICULA ACADEMICA El Departamento de Fonoaudiología y en representación suya el comité de departamento conformado por: (a) Eliana Rivera, Directora de Departamento; (b) Ginna Viviana Pérez Representante de los y las docentes; (c) Heriberto Rangel, Coordinador de Prácticas; de conformidad y en pleno uso de sus funciones y facultades, comunica al colectivo estudiantil: 1. El proceso de matricula puede y debe ser realizado por el estudiantado desde el 03 de agosto y hasta el 09 del mismo 2. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA los y las estudiantes deben matricular asignaturas en sedes diferentes a las cuales están adscritos/adscritas, así para aquell@s quienes pertenecen al Centro de Estudios de Villa del Rosario, incluyendo a los estudiantes en práctica, NO DEBEN matricular asignaturas en la Sede Principal (Pamplona) 3. Los problemas de matricula que se pudieran presentar serán solucionados por el departamento en los días 10 al 13 de agosto en las respectivas sedes, para que las solicitudes del estudiantado sean procesadas deben entregar a los docentes encargados, la siguiente documentación; • Solicitud por escrito, explicitando el caso y la probable solución, con firma original • Horario actual impreso con encabezado • Registro extendido de calificaciones impreso con encabezado • Nota: se entiende por encabezado, los datos de identificación del estudiante, del programa y del semestre tal y como aparecen en el sistema 4. Para los y las estudiantes de V y VI semestre los horarios de sus asignaturas prácticas determinan la posibilidad de matricular las asignaturas teóricas, así por ejemplo, los grupos de Foniatria y Rehabilitación Vocal tienen correspondencia con determinados grupos de Practica I, en este sentido solamente es posible matricularles en un orden determinado. La información sobre las combinaciones entre los grupos puede ser consultada en http:// fonopracticas.blogspot.com 5. De conformidad con el ARTÍCULOS 17 y 18. Componentes de la Matrícula, y, Responsabilidad Académica de los Estudiantes, PARÁGRAFO SEGUNDO, literal (c.), y, PARÁGRAFO PRIMERO, del Acuerdo 186 de 2005, que rezan; ARTÍCULO 17. PARÁGRAFO SEGUNDO. c. Cuando se encontraren interferencias (cruces) de horarios, cancelará uno o varios de los cursos interferidos para reubicarlos en horarios nuevos, según la disponibilidad horaria y de recursos.
Código
FGT-14 v.00
Página
1 de 1
CIRCULAR Nº003
ARTÍCULO 18. PARÁGRAFO PRIMERO. Todos los estudiantes deberán matricular obligatoriamente las asignaturas perdidas, y luego las demás a que tenga derecho según su plan de estudios En este sentido las solicitudes de cruces por asignaturas perdidas solo serán procesadas cuando no afecten la programación de actividades formativas de los y las estudiantes que se encuentren en línea, léase, que para el segundo periodo académico de 2009 no cuenten con asignaturas perdidas 6. Horarios de atención: • Villa del Rosario: la profesora Hilda Belén recibirá las solicitudes de estudiantes de lunes a jueves en horarios de oficina (8:00 a 12:00 y de 2:00 a 6:00 p.m.), en la coordinación del programa de Fonoaudiología. • Pamplona: • Lunes 8:00 a 12:00 a.m. Ginna • Lunes 2:00 a 6:00 p.m. Ginna • Martes 8:00 a 12:00 a.m. Ginna • Martes 2:00 a 6:00 p.m. Heriberto • Miércoles 2:00 a 6:00 p.m. Ginna • Jueves: 2:00 a 6:00 p.m. Ginna