SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RÉGIMEN DE DEPÓSITO EN ADUANAS
Abog. JOSE CARLOS BARCO RONDAN
DEPOSITO
-Introducción -Antecedentes Históricos -Naturaleza Civil, Bancaria y Aduanera
Contrato de Depósito
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Naturaleza Jurídica Artículos 1814 a 1856 del Código Civil, aprobado con D. Leg. 295. Características: Contrato Principal Temporal Es gratuito pudiendo ser oneroso Es de una sola prestación, salvo que sea remunerado Libertad de forma Objeto Sujetos: Depositante Depositario
Contrato de Depósito Obligaciones del Depositante: - Entregar el bien - Pagar al depositario los gastos extraordinarios irrogados por la custodia - Indemnizar al depositario por los gastos efectuados para la conservación, así como por los daños y perjuicios que haya sufrido.
Contrato de Depósito
Obligaciones del Depositario:
- Cuidar el bien - No usar el bien en provecho propio o de terceros. En caso contrario responde por el deterioro, pérdida o destrucción del bien, incluso por caso fortuito o fuerza mayor. - La custodia y conservación del bien, comprende el respetar los sellos y cerraduras del bulto. - Devolver el bien salvo que tenga conocimiento de su procedencia delictuosa o el depositante no haya
Contrato de Depósito
Conclusión del Depósito El depositante pude poner fin al contrato al vencimiento del plazo o antes de éste. Por destrucción del bien por causa fortuita o fuerza mayor. Art.1841 del CC.
DEPOSITO DE ADUANA CONCEPTO: ES EL REGIMEN ADUANERO QUE PERMITE ALMACENAR LAS MERCANCIAS QUE LLEGAN AL TERRITORIO ADUANERO BAJO CONTROL DE LA ADUANA EN LOS LUGARES AUTORIZADOS, SIN EL PAGO DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS Y DEMAS IMPUESTOS.
DEPOSITO DE ADUANA
Sección III del Capítulo IV del Título V del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado con Decreto Supremo Nº 129-2004-EF. Arts. 60-62. Sección III del Capítulo IV del Título V del Reglamento de la L.G.A., aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2005-EF. Arts. 95-100. Procedimiento General de Depósito de Aduana, INTA-PG.03, versión 3.
DEPOSITOS
Depósito Aduanero Autorizado Privado.- local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.
Establecimiento, gestion y control de los Depósitos
Almacén Aduanero. Clases Autorización para operar. Art. 41 del TUO de la LGA, y 155 del Rglto. Garantía. Art. Art. 156 y 158 Requisitos de infraestructura, Art. 41 el TUO LGA, y Art. 159 del Rglto. Control a cargo de IFGRA e Intendencias de Aduana.
DEPOSITO
DEPOSITO ADUANERO AUTORIZADO PUBLICO.Local destinado a almacenamiento de mercancías de diferentes depositarios
Depósito de Aduana
Obligaciones: Responsabilidad por la falta, pérdida o daño de las mercancías. Art. 43 del TUO de la LGA, salvo casos excepcionales. Ver art. 48 del Rglto, define caso de falta, pérdida o daño.
Admisión de mercancías
Las que hayan sido solicitadas a cualquier régimen aduanero Las que se encuentren en abandono legal La de importación prohibida Explosivos, armas y municiones Equipaje y menaje de casa Los envíos postales Combustibles y mercancías inflamables con punto de ignición inferior a 50° grados centígrados debidamente rotulados, así como productos químicos que atenten contra la vida y la salud de las personas, animales o vegetales, contenidos en envases sellados y debidamente etiquetados, sólo pueden ser ingresadas a los Depósitos Aduaneros Autorizados que cuenten con recintos especiales para su adecuado almacenamiento. Legajamiento
Caso de mercancías restringidas
Para el ingreso al Depósito Aduanero Autorizado de medicamentos, alimentos envasados, cosméticos, artículos de perfumería y tocador, material y equipo para uso médico-quirúrgico, productos veterinarios o equipos para estaciones transmisoras radioeléctricas no se requiere las autorizaciones o documentación respectiva las cuales son exigibles al momento de su nacionalización.
Operaciones autorizadas
Art. 47 del Rglto. Reconocimiento previo Pesaje, medición o cuenta Reacondicionamiento, reembalaje Retiro de muestras Otras para facilitar el despacho No deben modificación de la mercancía o en la cantidad de los bultos manifestados. Vehículos: Lavado, control del vehículo y pintado
PLAZO
EL REGIMEN SE OTORGA POR EL PLAZO QUE FIJE EL INTERESADO , DICHO PLAZO NO DEBE EXCEDER DE 6 MESES. FORMATO: AMPLIACION DEL PLAZO DEL REGIMEN
CESION
Se permitirá la cesión de mercancías depositadas. Art. 62º del TUO de la LGA.
Retiro de las mercancías:
Importación definitiva Importación Temporal Admisión temporal Operación de Reembarque total o parcial Transferencia de depósito autorizado a otro depósito autorizado
Cancelación o revocación de un depósito aduanero autorizado
Cuando se cancela o revoca una autorización para operar como DAA la SUNAT dispondrá su fiscalización y autorizará la entrega de las mercancías por otro operador de comercio exterior. Art. 185 Reglamento
Otros aspectos
Canales: rojo y naranja Se permiten los despachos anticipados y urgentes Legajamiento de la declaración Vigencia de los certificados de origen