CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA DE UNA MOTOTAXI Conste por el presente documento, el contrato de COMPRA VENTA que Celebran de una parte Don RUDY ALFREDO REVATA CAMA debidamente identificado con DNI 2 15441617 estado civil casado, ocupación moto taxista, y de Doña DELIA ROSA CONDORI LLANOS, ocupación su casa debidamente identificada con DNI 40256073 ambos con domicilio en A.H. "LOS LIBRES" MZ. "C", LT. 13A del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a quien en adelante se denominará EL VENDEDOR y de la otra parte Don FERMIN MOISES GALDOS, identificado con DNI 15353840 con Domicilio en FUNDO SAN PEDRO S/N, jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a quien en lo sucesivo se le denominará EL COMPRADOR bajo los términos y las condiciones siguientes: PRIMERO. -EL VENDEDOR Don RUDY ALFREDO REVATA CAMA y Doña DELIA ROSA CONDORI LLANOS, Declaran muy expresamente ser propietarios de Una Moto taxi. DATOS DE LA TARJETA DE IDENTIFICACION VEHICULAR - SUNARP PLACA: A5-8772 PARTIDA REGISTRAL: 51975911 TITULO: 2010- 415036 DATOS DEL VEHICULO CATEGORIA/CLASE: L5-VEH.AUT.M MODELO: FT125 MARCA: ITALIKA SERIE/CHASIS: LLCLPP20X9E106785 MOTOR: LC157FMIHE228363 COLOR: PLATA CARROCERIA: TRIMOTO DE PASAJERO AÑO FAB: 2009 SEGUNDO. - Por el presente contrato EL VENDEDOR da en venta real y enajenación perpetua y definitiva la Moto taxi descrito en la cláusula primera del presente contrato, a favor de EL COMPRADOR, FERMIN MOISES GALDOS. Asimismo, hace constar expresamente de que por medio de la presente renuncia irrevocablemente de todos los derechos y acciones relacionados a la materia del contrato y que en la posterioridad nada tiene que reclamar ni él ni terceras personas.
TERCERO. - El precio pactado de común acuerdo es de 800.00 nuevos soles (OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES) que EL COMPRADOR paga en este acto a sola firma, sin que sea necesario recibo alguno. CUARTO. - EL VENDEDOR declara que el bien mueble que vende está libre de cargos y gravámenes, no está afecto ningún acto o contrato limitativo de dominio y libre disposición, obligándose en todo a la evicción y saneamiento de acuerdo a ley. QUINTO. - EL COMPRADOR declara que existe justa equivalencia el precio que se vende y el precio que por él paga, renunciando a toda acción o Excepción con que se pretenda invalidar el presente contrato. Finalmente, ambas partes en señal de conformidad, habiendo leído previamente el contenido del presente documento contractual, lo firman Para los efectos de ley, y se comprometen en firmar, a los veinticinco días del mes de Febrero del Año dos mil diecinueve.
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RUDY ALFREDO REVATA CAMA DNI 15441617 VENDEDOR
DELIA ROSA CONDORI LLANOS DNI 40256073 VENDEDOR
……………………………… FERMIN MOISES GALDOS DNI 15353840 COMPRADOR