Contrato De Servicios Y Honorarios

  • July 2020
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TREMONT-LUKATS &

ASOCIADOS

ESCRITORIO JURÍDICO-EMPRESARIAL CONTRATO DE SERVICIOS Y HONORARIOS PROFESIONALES Entre la empresa XXXXXXXXX. C.A.", Sociedad Mercantil, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 00-00-00 bajo el No 00, Tomo 00, protocolo primero, y quien en lo adelante y a los efectos de este contrato se denominará “La Compañía” representada en este acto por su Presidente XXXXXXX XXXXXX, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-0000000, del mismo domicilio, suficientemente facultado para este acto según lo dispuesto en la cláusula xxxxxxxxx del Documento Constitutivo; y por la otra; “TREMONT-LUKATS & ASOCIADOS” Sociedad Civil domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida e inscrita en el Registro Público Subalterno de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 00-00-00 bajo el No 00, Tomo 00, protocolo primero, quien en lo adelante y a los mismos efectos denominado “La Asesora” representada en este acto por su Gerente-Administrador IRVING A. TREMONT LUKATS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V8.039.052, abogado, inscrito en Inpreabogado bajo el Nº 73.607 y domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, se ha convenido en celebrar como en efecto se celebra un convenio de servicios y honorarios profesionales, el cual se regirá por las cláusulas transcritas a continuación: -----------------------------------------PRIMERA: “La Asesora” presta a “La Compañía” servicios de asistencia legal, técnica y contable en las áreas tributaria, contable, administrativa y laboral, quedando obligada “La Asesora”, a asesorar en las áreas mencionadas a “La Compañía” cuando así le sea requerido, debiendo para ello evacuar consultas, presentar informes, llevar los libros legales señalados en el código de comercio y libros especiales establecidos en las Leyes Tributarias, preparar los balances generales y estado de ganancias y perdidas, elaborar las nominas de empleados y cálculos de prestaciones laborales, dar asistencia laboral, calcular, determinar y declarar el impuesto al valor agregado (IVA), impuesto sobre la renta (ISLR) e impuesto municipal de industria y comercio, así como realizar los aportes al INCE, Seguridad Social y Política Habitacional, y asistir y representar administrativamente a “La Compañía” ante personas naturales y/o jurídicas de carácter público o privado, Nacional Estadal y/o Municipal. ---------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO: La prestación de servicios por parte de “La Asesora”, no será de manera exclusiva, ni implica subordinación, por no tratarse de una relación laboral. No obstante “La Asesora”, no podrá representar personas o firmas o tomar causa, que vayan contra los intereses de la “La Compañía”. --------------------------Avenida 7 entre calles 16 y 17, Nº 16-71. Belén. Mérida, Estado Mérida. 5101. Telefax: 0274-2524268 Celular: 0416-8094950 – 0416-4701261 www. tla.com email: [email protected]

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ASOCIADOS

ESCRITORIO JURÍDICO-EMPRESARIAL TERCERA: Para la oportuna y eficaz realización de las actividades ya mencionadas, “La Compañía” se obliga a suministrar con tiempo suficiente a “La Asesora”, toda la documentación, facturas, tickets, recibos, guías de despacho, moneda de curso legal para el pago de tributos y en general, cualquiera otra información necesaria para la diligente elaboración y actuación de las gestiones de la empresa, en especial para aquellas referidas al pago de tributos. La entrega no oportuna de los elementos señalados en esta cláusula no genera responsabilidad alguna para “La Asesora”.-------------------------------------------------------------------------------CUARTA: En el caso de que “La Compañía” requiera de servicios legales diferentes a lo descritos en la cláusula primera tales como representación jurídica y administrativa en los diferentes Juzgados y Tribunales de la República y Órganos de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal “La Asesora” se obliga a prestar sus servicios profesionales a “La Compañía”, como apoderado judicial general, previo el otorgamiento de Poder General o Especial según sea el caso, en cuyo caso se causarán honorarios profesionales a su favor por cada asunto atendido, en la forma y proporción que será señalada en contrato aparte. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTA: Los honorarios causados por el presente convenio en favor de “La Asesora”, serán cancelados y solventados de la siguiente manera: a) La cantidad mensual de CIENTO DOS MIL BOLIVARES (Bs. 102.000,oo) por concepto de la asistencia y asesoría descrita en la cláusula primera, pagaderos dentro de los primeros cinco días del mes correspondiente, y;

b) Una cantidad adicional anual de TRESCIENTOS

VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 320.000,oo) el mes último del año por concepto de cierre de ejercicio fiscal y declaración y liquidación del impuesto sobre la renta.-----------------------------------------------------------------SEXTA: Cualesquiera gastos y viáticos que se generen en el desempeño de las actividades de este convenio, “La Compañía” cancelará a “La Asesora” una cantidad necesaria y suficiente para cubrir los gastos propios de gestiones, procesos, citaciones, compulsas, oficios, copias, etc. En los casos en que “La Asesora”, necesite trasladarse fuera de la Ciudad, a gestionar asuntos de “La Compañía” serán cancelados previamente los siguientes viáticos: A) Una cantidad razonable por traslados a los diferentes municipios del Estado que se encuentren a una distancia mayor de veinte kilómetros, B) Una cantidad razonable por traslados a otros Estados del país, más los pasajes aéreos o gastos para uso del vehículo. ---------------------------------------------SEPTIMA: Para todos los efectos de este contrato las partes escogen como domicilio especial a la Ciudad de Mérida y se hacen dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En Mérida, a los _____ (

) días del mes de _______________ de dos mil ______ (

).

Avenida 7 entre calles 16 y 17, Nº 16-71. Belén. Mérida, Estado Mérida. 5101. Telefax: 0274-2524268 Celular: 0416-8094950 – 0416-4701261 www. tla.com email: [email protected]

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ASOCIADOS

ESCRITORIO JURÍDICO-EMPRESARIAL

____________________________ POR LA COMPAÑÍA EL PRESIDENTE

____________________________ POR LA ASESORA EL ADMINISTRADOR

Avenida 7 entre calles 16 y 17, Nº 16-71. Belén. Mérida, Estado Mérida. 5101. Telefax: 0274-2524268 Celular: 0416-8094950 – 0416-4701261 www. tla.com email: [email protected]

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