CONTRATO DE COMPRAVENTA ENTRE NOSOTROS A SABER: JACEL LTDA NIT: 20092707-6 IMPROVISAR NIT: 80231119-9 CELEBRAMOS EL CONTRATO DE COMPREVENTA QUE SE REGIRA POR LAS ANTERIORES ESTIPULACIONES, LAS NORMAS APLICABLES A LA MATERIA Y EN ESPECIAL POR LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. VENDEDOR SE COMPROMETE A TRANSFERIR EL TITULO DE VENTA Y EL COMPRADOR ADQUIERE LA PROPIEDAD DE: JUGOS DE VALLE 8 UND DE 2 LTS SEGUNDA: PRECIO COMO PRECIO DE LA MERCANCIA ANTES DESCRITA LAS PARTES ACUERDAN LA SUMA DE DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($18.400) TERCERA: FORMA DE PAGO: SE COMPROMETE A PAGAR EL PRECIO A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA ANTERIOR DE LA SIGUIENTE FORMA: UN PAGO INICIAL DE $ 8000 Y UNA LETRA POR EL RESTO CUARTA: OBLIGACIONES DEL VENDEDOR: ENTREGAR LA MERCANCIA EN PERFECTO ESTADO, SE COMPROMETERA A ENTRGARLA EN EL DOMICILIO, EN CASO DE ROTURA NO SE HARA RESPONSABLE DE EL DAÑO OCASIONADO A DICHA VENTA. QUINTA: ENTREGA: SE REALIZARA EN EL LUGAR DE DICHA COMPRA, ADICIONALMENTE UN PELUCEH DE OFERTA POR LA COMPRA. SEXTA: LAS PARTES ESTABLECEN COMO SANCION PECUNIARIA A CARGO DE QUIEN INCUMPLA CUALQUIERA DE LA ESTIPULACIONES DE ESTE CONTRATO LA SUMA DE 5 SMVL MONEDA CORRIENTE. SIN PERJUICIO DE LA INDEMNIZACION A QUE HAYA LUGAR. SEPTIMA: GASTOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON OCASIÓN DE ESTA COMPRAVENTA SERAN CUBIERTOS POR AMBAS PARTES POR MITAD. OCTAVA: CLAUSULAS ADICIONALES EN CONSTANCIA DE LO ANTERIOR LOS CONTRATANTES SUSCRIBEN ESTE FERNTE A TESTIGOS HABILES EN LA CIUDAD DE BOGOTA EL DIA 27 DE JULIO DEL AÑO 2009 FIRMA: JACEL LTDA FABIO RICAURTE
IMPROVISAR GUSTAVO TORO YERALDIN RUBIANO-PAOLA BALEN
CONTRATO DE COMPRAVENTA ENTRE NOSOTROS A SABER: MEGASURITDOS S.A. NIT: 95587643-5 IMPROVISAR NIT: 80231119-9 CELEBRAMOS EL CONTRATO DE COMPREVENTA QUE SE REGIRA POR LAS ANTERIORES ESTIPULACIONES, LAS NORMAS APLICABLES A LA MATERIA Y EN ESPECIAL POR LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. VENDEDOR SE COMPROMETE A TRANSFERIR EL TITULO DE VENTA Y EL COMPRADOR ADQUIERE LA PROPIEDAD DE: MR TEA DURAZNO X 24 UND DE 200 ml SEGUNDA: PRECIO COMO PRECIO DE LA MERCANCIA ANTES DESCRITA LAS PARTES ACUERDAN LA SUMA DE CUARENTAISEIS MIL ($46.000) TERCERA: FORMA DE PAGO: SE COMPROMETE A PAGAR EL PRECIO A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA ANTERIOR DE LA SIGUIENTE FORMA: UN PAGO INICIAL DE $ 20.000 Y UN CHEQUE POR EL RESTO EL MES SIGUIENTE. CUARTA: OBLIGACIONES DEL VENDEDOR: ENTREGAR LA MERCANCIA EN PERFECTO ESTADO, SE COMPROMETERA A ENTRGARLA EN EL DOMICILIO, EN CASO DE ROTURA NO SE HARA RESPONSABLE DE EL DAÑO OCASIONADO A DIC HA VENTA. QUINTA: ENTREGA: SE REALIZARA EN EL LUGAR DE DICHA COMPRA, ADICIONALMENTE UN PELUCEH DE OFERTA POR LA COMPRA. SEXTA: LAS PARTES ESTABLECEN COMO SANCION PECUNIARIA A CARGO DE QUIEN INCUMPLA CUALQUIERA DE LA ESTIPULACIONES DE ESTE CONTRATO LA SUMA DE 5 SMVL MONEDA CORRIENTE. SIN PERJUICIO DE LA INDEMNIZACION A QUE HAYA LUGAR. SEPTIMA: GASTOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON OCASIÓN DE ESTA COMPRAVENTA SERAN CUBIERTOS POR AMBAS PARTES POR MITAD. OCTAVA: CLAUSULAS ADICIONALES EN CONSTANCIA DE LO ANTERIOR LOS CONTRATANTES SUSCRIBEN ESTE FERNTE A TESTIGOS HABILES EN LA CIUDAD DE BOGOTA EL DIA 27 DE JULIO DEL AÑO 2009
FIRMA: MEGASURTIDOS S.A. NICOLAS FAJARDO IMPROVISAR GUSTAVO TORO YERALDIN RUBIANO-PAOLA BALEN
CONTRATO DE COMPRAVENTA ENTRE NOSOTROS A SABER: ACOLNVI PROALI NIT: 800600233-1 IMPROVISAR NIT: 80231119-9 CELEBRAMOS EL CONTRATO DE COMPREVENTA QUE SE REGIRA POR LAS ANTERIORES ESTIPULACIONES, LAS NORMAS APLICABLES A LA MATERIA Y EN ESPECIAL POR LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. VENDEDOR SE COMPROMETE A TRANSFERIR EL TITULO DE VENTA Y EL COMPRADOR ADQUIERE LA PROPIEDAD DE: 10 CAJAS DE CLOROX REGULAR POR 12 UNIDADES DE 15 ML. SEGUNDA: PRECIO COMO PRECIO DE LA MERCANCIA ANTES DESCRITA LAS PARTES ACUERDAN LA SUMA DE CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000) TERCERA: FORMA DE PAGO: SE COMPROMETE A PAGAR EL PRECIO A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA ANTERIOR DE LA SIGUIENTE FORMA: UN PAGO INICIAL DE $ 50.000 Y UN CHEQUE POR EL RESTO EL MES SIGUIENTE. CUARTA: OBLIGACIONES DEL VENDEDOR: ENTREGAR LA MERCANCIA EN PERFECTO ESTADO, SE COMPROMETERA A ENTRGARLA EN EL DOMICILIO, EN CASO DE ROTURA NO SE HARA RESPONSABLE DE EL DAÑO OCASIONADO A DIC HA VENTA. QUINTA: ENTREGA: SE REALIZARA EN EL LUGAR DE DICHA COMPRA, ADICIONALMENTE UN PELUCEH DE OFERTA POR LA COMPRA. SEXTA: LAS PARTES ESTABLECEN COMO SANCION PECUNIARIA A CARGO DE QUIEN INCUMPLA CUALQUIERA DE LA ESTIPULACIONES DE ESTE CONTRATO LA SUMA DE 5 SMVL MONEDA CORRIENTE. SIN PERJUICIO DE LA INDEMNIZACION A QUE HAYA LUGAR. SEPTIMA: GASTOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN CON OCASIÓN DE ESTA COMPRAVENTA SERAN CUBIERTOS POR AMBAS PARTES POR MITAD. OCTAVA: CLAUSULAS ADICIONALES EN CONSTANCIA DE LO ANTERIOR LOS CONTRATANTES SUSCRIBEN ESTE FERNTE A TESTIGOS HABILES EN LA CIUDAD DE BOGOTA EL DIA 27 DE JULIO DEL AÑO 2009 FIRMA: ALCONVI PROALI – ALEX GOMEZ.
IMPROVISAR GUSTAVO TORO YERALDIN RUBIANO-PAOLA BALEN