Contrato De Alianza Jcg.docx

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CONTRATO DE ALIANZA ESTRATÉGICA ENTRE JCG CONSTRUCTORES S.A.S Y XXXXXXXXXXXXXX Conste por el presente documento, el ACUERDO DE ALIANZA ESTRATÉGICA, que celebran de una parte, la JCG CONSTRUCTORES-, con NIT No. 900.889.172 -1, con domicilio en Kra 8G No. 159ª-18 en la ciudad de Bogotá, debidamente representada para estos efectos por su Gerente General, señora AIDEE SAAVEDRA MONTALVO identificada con c.c. Nº 2.903.634 del Cerrito - Valle a quien en adelante se le denominará JCG CONSTRUCTORES S.A.S.; y de la otra parte ………………………………………………………………, con NIT No. ………………… de ……………..….., con domicilio en…………………..……, debidamente representado para estos efectos por su Gerente General, con poderes inscritos en el Registro Mercantil; a quien en adelante se le denominará el ALIADO ESTRATÉGICO; en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1 JCG CONSTRUCTORES S.A.S., es una compañía especializada en construcciones civiles competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios. 1.2 El ALIADO ESTRATÉGICO: es una persona jurídica de derecho privado, de reconocida experiencia en Colombia en el sector xxxxxxxxxxxxxxxxx. SEGUNDA: OBJETO DE LA ALIANZA El objeto de la presente Alianza, tiene como finalidad, ……………………………………………………………, lo que conllevará a los aliados a una inversión de recursos económicos para fines de desarrollar el objetivo propuesto que es ………………………………………………………………………………………………………….. TERCERA: MONTO DE LA INVERSIÓN El monto total de la inversión para la ejecución de la presente Alianza estratégica es de $ ………………………………………….pesos en moneda legal colombiana. (monto en números y letras); monto que será ejecutado íntegramente y en un 100% por el ALIADO ESTRATÉGICO; comprometiéndose JCG CONSTRUCTORES S.A.S. a reembolsar el monto de …………………….…………………………………… pesos en moneda legal colombiana (monto en números y letras), hasta un 30% del monto total de la inversión, al ALIADO ESTRATÉGICO, previa comprobación que se hayan ejecutado las acciones acordadas. CUARTA: VIGENCIA DE LA ALIANZA La alianza estratégica, entrará en vigencia desde su suscripción, y su duración será hasta la total ejecución y cumplimiento de las acciones que se acuerden a realizar. QUINTA: SUPERVISIÓN Los mecanismos para el seguimiento de actividades están especificados en las Bases que forman parte del presente Acuerdo. Sin embargo, adicionalmente JCG CONSTRUCTORES S.A.S. tendrá derecho en todo momento a supervisar que las actividades se realicen conforme lo acordado, por lo que en su caso, emitirá las observaciones que estime conducentes a la parte que en ese momento tenga la responsabilidad de ejecutarla, quien deberá acatar las instrucciones que se emitan, siempre que estén acordes con lo establecido en el presente Acuerdo. SEXTA: REPRESENTANTE EN DESTINO JCG CONSTRUCTORES S.A.S, designará un representante en destino, para supervisar in situ que se ejecuten correctamente las acciones acordadas. los gastos que se originen de tal originen, serán íntegramente sufragados por el ALIADO ESTRATÉGICO Y JCG CONSTRUCTORES S.A.S.

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SEPTIMA: OBLIGACIONES RECÍPROCAS A.- En el marco del Acuerdo de Alianza Estratégica el ALIADO ESTRATÉGICO se compromete a lo siguiente: a) Invertir la suma equivalente al 100% que demande la Propuesta Económica que forma parte integrante de esta Alianza. b) Todas las acciones acordadas de la Propuesta Económica, serán ejecutadas estrictamente por el ALIADO ESTRATÉGICO. c) Dar un uso correcto, a las marcas y/o nombres o lemas comerciales registrados como derechos de autor y de propiedad intelectual de JCG CONSTRUCTORES S.A.S., que ceda en uso solo estrictamente para el desarrollo y vigencia del presente Acuerdo. B.- A su vez JCG CONSTRUCTORES S.A.S. se compromete a lo siguiente: a) Reembolsar al ALIADO ESTRATÉGICO el monto indicado en la cláusula tercera, hasta el 30% de la inversión total ejecutada en las acciones acordadas de la Propuesta Económica; dicho reembolso será efectuado, una vez que JCG CONSTRUCTORES pueda comprobar que se han ejecutado todas las acciones dispuestas de la Propuesta. b) Autorizar al ALIADO ESTRATÉGICO, el uso de marcas, nombres o lemas comerciales registrados de derecho de autor y propiedad intelectual de JCG CONSTRUCTORES, para el desarrollo de las acciones acordadas en la Propuesta del presente Acuerdo. OCTAVA: ACTIVIDADES A REALIZAR Y MODIFICACIONES La inversión efectuada se vinculará a las acciones que se especifican en la Propuesta Económica del presente Acuerdo. Durante la ejecución de la Alianza, las partes podrán introducir modificaciones en la Propuesta Económica según lo establecido en las Bases que forman parte integrante del presente Acuerdo, teniendo en cuenta las condiciones y el procedimiento establecidos en las mismas. Cualquier otra modificación que no cumplan las condiciones referidas en el párrafo precedente, deberá realizarse siguiendo la formalidad establecida en el Acuerdo de Alianza original, teniéndose en cuenta igualmente las condiciones y el procedimiento establecidos en las Bases para este supuesto. NOVENA: REEMBOLSO DE LA INVERSIÓN AL ALIADO ESTRATÉGICO Conforme a la periodicidad de reembolso establecido, el ALIADO ESTRATÉGICO presentará un reporte de actividades y gastos, los mismos que serán evaluados por JCG CONSTRUCTORES S.A.S., y de encontrarlos conformes, solicitará al ALIADO ESTRATÉGICO presente su factura, evidencias y demás documentación requerida en las Bases que forman parte del presente Acuerdo. En tanto, para poder efectuar el reembolso de la inversión que se señala en la cláusula tercera del presente Acuerdo, será requisito indispensable la remisión de la documentación señalada en el párrafo anterior, a las oficinas de JCG CONSTRUCTORES S.A.S., a más tardar la primera semana a la que finalice la presente alianza estratégica. DÉCIMA: INCUMPLIMIENTOS JCG CONSTRUCTORES S.A.S,. tendrá el derecho de dejar sin efecto la Orden de Servicio, resolver el Acuerdo de Alianza Estratégica e inhabilitar al ALIADO ESTRATÉGICO para participar en Alianzas Estratégicas durante dos (02) años, en caso de: a) Incumplimiento injustificado de las actividades comprometidas luego de haber sido aceptada su propuesta inicial y/o modificaciones debidamente aprobadas por JCG CONSTRUCTORES S.A.S. b) Incurrir en falsedad genérica en los documentos y/ información presentada a JCG CONSTRUCTORES S.A.S. para la realización de la alianza, sin perjuicio de la promoción de las acciones legales que pudieran corresponder. 2/3

c) Incumplimiento de los plazos establecidos para la presentación de los documentos para procesar el reembolso, señalados en la cláusula décima del presente documento. d) Incumplimiento en la entrega de resultados de las campañas y evidencias según lo señalado en las Bases y demás documentos que forman parte integrante del presente Acuerdo. DÉCIMO PRIMERA: CONFIDENCIALIDAD 10.1 Las partes se comprometen a guardar absoluta reserva respecto de los asuntos que le sean

encomendados, manteniendo confidencialidad durante y después de la vigencia de la Alianza, sobre las informaciones y documentos proporcionados por una de ellas a la otra y/o de los que tuvieran acceso durante la vigencia de la Alianza.

10.2 Las partes hacen extensivo este compromiso a sus trabajadores y/o terceros relacionados, asumiendo de manera solidaria la responsabilidad por el incumplimiento en que ellos incurran respecto de las obligaciones contenidas en la presente cláusula. DÉCIMO SEGUNDA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Las discrepancias y/o diferencias surgidas durante el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, serán resueltas por las partes de común acuerdo y en forma amistosa. Todo desacuerdo o controversia que no pueda ser resuelto en trato directo, se resolverá mediante arbitraje de derecho conforme a la legislación Colombiana, según el reglamento y las normas de la Cámara de Comercio de Bogotá. Dicho arbitraje será realizado en la ciudad de Bogotá, D.C. Las partes acatarán el laudo arbitral emitido como fallo definitivo de cualquier desacuerdo controversia, el mismo que no podrá ser observado ante el Poder Judicial. DÉCIMO TERCERA: RENOVACIONES La alianza estratégica podrá ser renovada hasta dos (02) veces consecutivas en las mismas condiciones de la contratación original, dentro de los treinta (30) días calendario previos a la fecha de vencimiento del presente. Las partes suscriben el presente documento en señal de conformidad con lo expresado en el presente Acuerdo de Alianza Estratégica, en la ciudad de Bogotá, D.C. al primer (01) día del mes de marzo del año 2.019.

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JCG CONSTRUCTORES S.A.S.

EL ALIADO ESTRATÉGICO

NIT. 900.889.172-1

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX C.C. O NIT-

OJO CORREGIR EL NIT ARRIBA Y AQUÍ ABAJO

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