VOLAR DESNUDOS GUÍA SOBRE EL NUEVO REGLAMENTO EUROPEO PARA EL CONTROL DE PASAJEROS EN AVIACIÓN CIVIL BEATRIZ GARCÍA MARTÍ PROJECTE FINAL D’ESTUDIS 01/06/2007 ESTUDIS SUPERIORS DE DISENY GRÀFIC TUTORA EVA MOYA ESCOLA D’ART I SUPERIOR DE DISENY SERRA I ABELLA
VOLAR DESNUDOS EL PROYECTO/ DOCUMENTACIÓN CONCEPTUAL / NUEVA NORMATIVA
volar desnudos Guía sobre el nuevo Reglamento europeo para el control de pasajeros en aviación civil El proyecto / documentación conceptual / nueva normativa beatriz garcía martí Projecte final d’estudis 01/06/2007 Estudis Superiors de Disseny Gràfic tutora eva Moya Escola d’art i superior de disseny Serra i Abella
Presentación.................................................................6
A. EL PROYECTO.......................................7 A1. Definición del proyecto.........................................7
B. DOCUMENTACIÓN CONCEPTUAL....10 B1. La seguridad y otros derechos...........................10 La seguridad aérea ...............................................10 Organismos aeronuticos y de seguridad...............11 Normativa..............................................................12 Controles aéreos actuales y otros.........................14 Los otros derechos fundamentales.......................21 B2. Referentes conceptuales....................................23 Obras de arte contemporáneo..............................23 Literatura................................................................25 Cine . .....................................................................25
C. NUEVA NORMATIVA ...........................28 Invención del contenido ...........................................28 Conclusiones..............................................................29
A.
EL PROYECTO
Presentación Viajar en avión es cómodo, rápido y seguro, en teoría. Antes del 11 de Septiembre del 2001, coger un avión era la mejor opción. Pasar por los arcos de detección de metales y meter el equipaje por el scanner, era una pequeña molestia que estabas dispuesto a pasar si así se evitaba que alguien entrara al avión con un arma. Por otro lado, para volar a otro país, que fuera necesario rellenar un pequeño cuestionario para aduanas e inmigración, no era agradable pero tampoco intimidatorio. A partir de los atentados del 11S muchísimas cosas empezaron a cambiar, la idea de que “podíamos ser atacados de formas inimaginables” abrió las puertas a pensar en todo tipo de formas de ser atacados, así pues, gobiernos y organismos de seguridad de todo el mundo iniciaron la carrera por la prevención, centrando sus esfuerzos en el terreno de la aviación. Los posteriores atentados en los transportes terrestres de Londres y Madrid no han supuesto un aumento de los controles de seguridad en los transportes públicos de las grandes ciudades, en cambio el supuesto atentado fallido de Junio de 2006 en los aeropuertos británico ha acelerado y endurecido los protocolos de seguridad iniciados hace casi seis años. Actualmente subir a un avión significa someterse a una serie de controles de equipaje, registros intensos, requisamiento de objetos, controles de identidad, largos interrogatorio, etc. Debido a las últimas medidas de seguridad aérea aprobadas por la UE que nos equiparan a los países norteamericanos, se ha iniciado un debate sobre dónde se encuentra el límite entre la seguridad y el derecho a la intimidad. Los organismos defensores de los derechos civiles instan a que este debate lleve a la sociedad a estar en guardia enfrente a la aplicación de últimas tecnologías en el control de personas.
A. EL PROYECTO
A.1 Definición el proyecto Titulo /Subtitulo Volar Desnudos Nuevo protocolo de seguridad en aviación civil El nombre responde a la sensación que uno siente cuando está a punto de someterse al control de seguridad antes de subir a un avión. Muchos de nosotros hemos pensado en que no tardarían en pedirnos que nos desnudáramos. Esta idea surgió en muchos de los debates, realizados en televisión e internet debido al “Nuevo protocolo de seguridad para el equipaje de mano” que se aplicaron el pasado Noviembre en la Unión Europea.
Definición del concepto Éste proyecto pretende plantear los límites entre la seguridad y dignidad de las personas. Éste proyecto es ficticio y consiste en la invención y divulgación de un nuevo protocolo ( o norma) de seguridad para la aviación civil, centrado en normativas de embarque de pasajeros.
Problema Viajar en avión no es solo utilizar un transporte, viajar en avión es someterse a un control fronterizo dónde en inicio todos somos culpables. Se nos obliga a realizar una serie de pruebas para demostrar que no poseemos objetos que puedan comprometer la seguridad y que nuestra intención de viaje es honrada. Con la idea que no tardaremos en entrar en un avión del mismo modo en que entramos en un quirófano, pretendo realizar un producto gráfico que haga que el receptor reflexione sobre a donde nos dirigimos en nombre de la seguridad, e imagine a hasta podemos llegar si no ponemos límite.
Motivación e interés por el proyecto Con este producto pretendo denunciar una situación que es merecedora de atención por su modo y ritmo de evolución. Por otro lado me motiva que sea un producto 100% ficticio y propio, ya tendré la oportunidad de, además diseñar la parte visual, generar el contenido conceptual.
A. INTRODUCCIÓN
Objetivos Los objetivos son hacer reflexionar al receptor sobre los límites en la seguridad a través de un producto gráfico de denuncia. Busco que el receptor se cuestione si “todo vale” para estar protegidos contra un posible ataque, y que se planteen si no les importaría sentir miedo por la violación de su intimidad y dignidad durante unas horas si con ello favorecieran el tener un vuelo seguro. Este hecho se quiere denunciar a partir de un producto ficticio pero haciendo que llegue al receptor como un producto real con el objetivo que el receptor se sienta realmente involucrado, que crea que deberá someterse a esas pruebas en sus próximas vacaciones y así que llegue a la conclusión de que es posible que algún día se encuentre en una situación como la planteada.
B.
Documentación
B. Documentación
Reglamento (CE) n° 2320/2002 del Parlamento Europeo http://eur-lex.europa.eu/ ( 1)
B1. La Seguridad y otros Derechos Considero que estos son los puntos, en los que se basa mi proyecto, la “Seguridad” en contra de los derechos a la “Intimidad”, “Libertad” y “Dignidad”. En nombre de la seguridad colectiva actualmente en todo el mundo se violan derechos individuales fundamentales para la dignidad del ser humano. Para vivir ésta situación no es necesario viajar a un país en guerra o hacer una visita a Guantanmo, con coger un vuelo a Estados Unidos es suficiente. Actualmente la gran cantidad de paises han empezado a aplicar (o estudian hacerlo) las mismas medidas que ya se aplican en U.S.A, entre ellos se encuentra la Comunidad Europea. Afirmar que los sistemas actuales de control violan los derechos fundamentales puede parecer exagerado pero no lo es si nos informamos sobre los sistemas de seguridad a los que se someten a los pasajero y sobretodo si conocemos la información sobre ellos que se mueve sin que tengan conocimiento.
La Seguridad Aérea LA SEGURIDAD Y OTROS DERECHOS Seguridad aérea: la combinación de medidas y de recursos humanos y naturales para proteger la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita.(1) Los sistemas de seguridad en aviación a lo largo de la historia se han ido modificando y endureciendo en función de los actos ilegales, en su mayoría secuestros como chantaje, o cómo en los últimos actos, con el objetivo de utilizar el propio avión cómo arma contra objetivos en tierra. El primer secuestro se produjo en Perú en 1931. Desde ese momento se produjeron numerosos secuestros, pero en las décadas de los años 40 y la de los años 60 fueron especialmente frecuentes. Durante la década de los sesenta fueron numerosos los secuestros con motivaciones políticas provocados por revolucionarios cubanos y al final de la misma y principios de los setenta por diversas facciones de la Organización para la Liberación de Palestina. Con motivo de estos actos a principios de los setenta se añadió al Tratado Internacional de Aviación Civil un anexo sobre “Protección de la Aviación Civil Internacional contra Actos de Interferencia Ilícita”. Es a partir de la década de los 80 que el número de secuestros empieza a decaer gracias a la aplicación de estas medidas.
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B1. la seguridad y otros derechos
Cuando los secuestros en aviación parecían cosa del pasado, ocurren los hechos del 11 de Septiembre de 2001 en Nueva York, el objetivo final de esos secuestros era muy distinta a los que ya se habían vivido. A partir de ese momento países que desde siempre mantuvieron políticas no proteccionistas y liberales realizaron un cambio de 180º, ya que hasta ese momento la mayoría delegaba esas tareas de seguridad a empresas privadas o a las propias compañías aéreas. Hoy, esta seguridad es considerada un hecho de estado. A partir del 11S los Organismos Aeronáuticos que ya existían renovaron y reforzaron sus reglamentos sobre seguridad. Por otro lado en todo el mundo se crearon desde cero Organismos de Seguridad en Aviación Civil.
(2)
http://www.icao.int/
Informe de la primera reunión de directores de aviación civil de norteamérica, centroamérica y caribe (NACC/DCA/1) (3)
http://ec.europa.eu/ (CE) n° 2320/2002 (CE) nº 622/2003 (4.2) (CE) n° 1217/2003 (4.3) (CE) n° 1138/2004 (4)
(4.1)
Organismos Aeronáuticos y de Seguridad en Aviación Civil Existen un gran número de organizaciones aeronáuticas especializadas en el transporte aéreo de personas y/o mercancías, a todos los niveles (de nacional a internacional). Todas estas organizaciones coinciden en sus mucho objetivos. Todas las que ya existían antes del 11S tienen departamentos específicos y muchas de las que se crearon después se ocupan especificamente de la seguridad civil. International Civil Aviation Organization (ICAO). De todas estas organizaciones destacar ICAO, organismo técnico especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), fue creada en 1944. Estudia los problemas de la aviación civil internacional y promueve reglamentos y normas únicas a nivel internacional. A esta organización están afiliados 188 paises.(2) Pocos días después de los ataques del 11 de Septiembre, los estados contratantes de la OACI se movilizaron rápidamente. Dos semanas después de los trágicos acontecimientos adoptaron medidas inmediatas (revisión de las reglamentaciones, conferencias de alto nivel...) En los meses siguientes, se reforzaron y crearon muchas nuevas normas, con el objetivo de elevar la seguridad frente amenazas terroristas. Actualmente este proceso, de refuerzo y creación de normas, sigue vigente. 3) En términos más específicos, existen organizaciones o administraciones oficiales por la seguridad en aviación civil o transporte en general*, en la mayor parte de naciones del mundo, como organismos independientes específicos o como departamentos dentro de Organismos de Aviación Civil. European Regulatory Committee for Civil Aviation Security(4). Comité creado por la Unión Europea a partir de y debido a los hechos del 11S. El 16 de Diciembre de 2002 “...normas comunes para la seguridad de la aviación civil”.(4.1) Otras normas creadas por este comité son “...especificaciones comunes para los programas nacionales de control de calidad de la seguridad de la aviación civil”(4.2) o “... definición común de las zonas críticas de las zonas restringidas de seguridad de los aeropuertos”.(4.4) La aplicación de éstas son competencia de cada uno de los Estados miembros. En España el organismo propio es la “Dirección General de Aviación Civil”.
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Seguridad en referencia a prevención de actos ilegales contra la aviación civil , no de la seguridad propia de la tecnología aeronáutica. Agencias de este tipo son European Aviation Safety Agency (EASA) o la Aviation Safety Reporting System (NASA ASRS) de los EUA. *
B. Documentación
(5)
http://www.tsa.gov/
http://www.icao.int/eshop/pub/anx_info/an17_ info_en.pdf
(6)
(7)
Transportation Security Administration (TSA)(5). Organismo estatal Estadounidense formado a partir de los atentados del 11S. Es una agencia del Department of Homeland Security y se responsabiliza de la prevención de ataques terroristas y de la seguridad en toda clase de transportes. La TSA crea, aplica y realizada campañas informativas (propias de empresas privadas) y tiene distintos cuerpo de seguridad especializados.
Doc. OACI 8973
Otros Organismos internacionales son: Airport Council International (ACI). Air Transport Association (IATA) The International Business Aviation Council (IBAC). The International Aviation Safety Association (IASA)
Otros Organismos de estado son: Europa: European Organization for the Safesty of Air Navigation (EUROCONTROL) y Joint Aviaton Autorities Europe (JAAE). Australia: Australian Transport Safety Bureau (ATSB) y Civil Aviation Safety Authority. Canadá: Transportation Safety Board of Canada Francia: Bureau d’Enquêtes et d’Analyses pour la sécurité de l’aviation civile (BEA). Holanda: The Dutch Safety Board. Hungria: Civil Aviation Safety Bureau India: Bureau of Civil Aviation Security(BCAS) Indonesia: National Transportation Safety Committee. Irlanda: National Civil Aviation Security Committee (NCASC). Italia: Agenzia Nazionale della Sicurezza del Volo. Nueva Zelanda: Aviation Security Service. Reino Unido: International Services the consultancy and training arm of the United Kingdom Civil Aviation Authority. África y Madagascar: Agence pour la Sécurité de la Navigation Aérienne en Afrique et à Madagascar (ASECNA).
Normativa Normativa Internacional Existe un convenio internacional sobre aviación civil creado el 1 de Noviembre de 1944 en Chicago (EE.UU.). Este convenio se ha considerado como base para la creación de todas las normas en aviación civil creadas en los 188 paises que forman parte de la ICAO, ya que de este convenio nace la primera organización internacional sobre aviación civil. Este convenio fue una iniciativa del presidente de los Estados Unidos del momento para impulsar el progreso de la avión civil solucionando la falta de uniformidad legislativa sobre el tema. Este convenio también esta firmado por otras organización internacionales cómo; Airports Council International (ACI), the International Air Transport Association (IATA), the International Federation of Airlines Pilots Association (IFALPA) and the International Criminal Police Organization (ICPO-INTERPOL). En diciembre de 1971 y en 1974 los países miembros de esta organización firmaron la inclusión de un Anexo al Convenio de Aviación Civil Internacional, con el número 17 y el título de “Protección de la Aviación Civil Internacional contra Actos de Interferencia Ilícita” (6). ICAO también creó un manual de seguridad (7) para la correcta aplicación de lo recogido en Anexo 17, el anexo sí es de carácter público pero
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B1. la seguridad y otros derechos
el manual esta restringido a los funcionarios designados de cada estado. Desde su creación ha estado en continua actualización, ampliandose a partir de los hechos del 11S. En los Artículos 37 y 38 del Convenio de Chicago establecen la obligación de los Estados Contratantes de cumplir con las normas establecidas en el Anexo, incorporándolas a su Legislación Nacional. Resumen del “Anexo 17. Protección de la Aviación Civil Internacional contra Actos de Interferencia Ilícita”Doc. OACI 8973. Este anexo se inicia con la explicación de que fue creado debido al “... incremento dramatico de la violencia contra la seguridad en la aviación civil durante la década de 1960...” Se explica que su objetivo es coordinar los aspectos tanto técnicos como administrativos de las medidas de protección que cada estado debe establecer. Insiste en que este anexo simplemente da “...unos estándares mínimos...” Por otro lado se reconoce que “...no es posible alcanzar la protección absoluta. Los estados deben asegurarse, sin embargo, que las seguridad de los pasajeros, el personal de tierra y el publico en general es la prioridad...” También apunta al uso de las últimas tecnologías, siempre siguiendo los estándares acordados internacionalmente y “... la aplicación especifica de sistemas de escaneo, establecidos de forma razonable por la comunidad internacional , tanto del equipaje como de los pasajeros.” En revisiones posteriores se añaden especificaciones, en la de 1985 y ampliandose en 1988 se añaden unas directrices para la actuación en caso de secuestro y sabotaje. En 1989 se añaden especificaciones sobre el control del equipaje de bodega, sobre el desembarque de los pasajeros y los servicios de mensajeria comercial. Ya la siguiente enmienda se realiza en Diciembre de 2001 en respuesta a los ataques de Septiembre. Se incluyeron nuevas aplicaciones referentes a la cooperación internacional delante de una amenaza, controles de accesos, nuevas medidas relacionadas con los pasajeros, equipajes de mano, personal de seguridad, administración y respuesta a los actos terroristas... Finalmente recuerda la importancia para la seguridad y la obligación de la aplicación de estas normas internacionales aceptadas por los miembros de la ICAO.
Normativa Europea Puntos a destacar de Reglamento (CE) n° 2320/2002 del Parlamento Europeo(8) Los objetivos de este reglamento son “...establecer y aplicar las medidas comunitarias adecuadas para prevenir actos de interferencia ilícita contra la aviación civil.” (8.1) “El objetivo adicional es proporcionar la base para una interpretación común de las disposiciones pertinentes del Convenio de Chicago, en particular las de su anexo 17.” (8.2) En el primer punto del Reglamento dispone el motivo de la creación de las normas. “...Nueva York y Washington el 11 de septiembre de 2001 ...amenazas para los
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Derecho en la Unión Eruopea http://eur-lex.europa.eu/ (8.1) Artículo 1 punto 1 (8.2) Artículo 1 punto 2 (8)
B. Documentación
ideales de la democracia y la libertad y los valores de paz, que constituyen la esencia misma de la Unión Europea.” Ya en el segundo punto deja claro que ante todo “Debe garantizarse... protección de los ciudadanos en la Comunidad Europea evitando los actos de interferencia ilícita.” El tercer punto ya se puntualiza que a los ciudadanos no se nos permite conocer todo lo que este reglamento contiene “ ...A fin de prevenir la ejecución de actos ilegales, algunas de esas normas de desarrollo deben mantenerse secretas y no ser objeto de publicación.” En el cuarto punto es donde se crea el conflicto que pretende denunciar este proyecto, la superposición de derechos fundamentales. “El presente acto normativo respeta los derechos fundamentales y acata los principios reconocidos, en particular, en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.” Mas adelante se puntualiza que la norma que aquí resumimos “ ...se limita a las normas comunes básicas...” y que la última palabra la tienen los estados miembros.“ Los Estados miembros podrán aplicar... medidas más estrictas... después de aplicarlas... notificarán a la Comisión las características de dichas medidas.” Sin embargo todos los estados miembros están obligados a “...adoptará un programa nacional de seguridad para la aviación civil para garantizar la aplicación de las normas...”, también a “... designará una autoridad competente responsable de la coordinación y el seguimiento de la aplicación...” y finalmente a “ ...un programa nacional de control de la calidad de la seguridad...”. Las siguientes normas ya hacen referencia a la publicación de las normas, las sanciones por inclumplimiento. Es en el anexo donde se especifican “Requisitos de planificación aeroportuaria”, “Límites entre la zona de operaciones...”, “Zonas restringidas de seguridad y demás zonas de operaciones”, “Control del personal, de los objetos transportados y de los vehículos”, “Seguridad en las aeronaves”, etc. Para la documentación del siguiente punto se han utilizado esta parte de la normativa entre otras fuentes.
Controles aéreos actuales y otros La función de la tecnología dentro del sector de la seguridad es controlar e inspeccionar todo lo que podría suponer un peligro, una amenaza contra aquello que esa tecnología debe proteger. Las últimas tecnologías utilizadas en el sector de la seguridad son capaces de detectar, analizar y clasificar todo lo que se disponga, ya sea cualquier elemento físico como datos virtuales. Su objetivo es descubrir posibles amenazas. Actualmente se estudian sistemas de control, para una aplicación a corto plazo, propio de películas de ciencia ficción pero reales.
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B1. la seguridad y otros derechos
La importancia económica del sector de la aeronáutica a nivel mundial hace que una de las principales inversiones de los responsables sea en los sistemas de seguridad con el objetivo de mantener la estabilidad del sector e intentar evitar cualquier incidente que repercuta en esta economía.
Resumen de artículos prohibido expresamente por la Comisión Reguladora Europea (EC) nº68/2004 del 15 de Enero de 2004: (9)
En este apartado la definición se centra en los sistemas de control de pasajeros, no de personal del aeropuerto. No en todos los países ni aeropuertos se aplican los mismos ni la misma cantidad de controles. Cada país y/o aeropuerto cobra una tasa por seguridad a los pasajeros en el momento de comprar el billete. En España cada pasajero abona algo más de un euro, de la que Aena percibe el 60% (antes del 2007 era el 50%). El resto queda en las arcas del Gobierno, para sufragar la inversión que realiza en esta materia.
Areas de Circulación Sistema de circuito cerrado de televisión, con sistema de análisis de contenido: Este sistema permite el seguimiento de cualquier persona sin necesidad de la intervención directa de un operador y graba cualquier cambio habido sobre una imagen prefijada como base, mediante un sistema de grabación continua (En barajas es de más de 1.400 cámaras).
Sistemas de detección de artículos prohibidos
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Un artículo prohibido es un objeto que pueda emplearse para cometer un acto de intervención ilícita y que no se haya declarado ni sometido debidamente a la normativa aplicable. Artículos prohibidos en bodega: Explosivos (incluyendo detonadores, granadas, minas...), gases (propano y butano), líquidos inflamables (gasolina, methanol...), sólidos inflamables (magnesio, antorchas, fuegos artificiales... ), sustancias químicas, sustancias tóxicas o infecciosas (veneno, sangre infectada...), material radiactivo, corrosivos y componentes mecánicos de coche que contengan combustible. Artículos prohibidos en equipaje de mano: Además de los prohibidos para el equipaje de bodega. Cualquier tipo de armas de fuego, auténticas o no, y sus complementos. Otras armas: Cualquier arma que funcione mediante disparo, desde pistolas o rifles de aire comprimido, hasta pistolas de juguete*, pasando por catapultas y arpones. Armas afiladas: tijeras hachas, navajas, sables, patines de hielo... Herramientas: Ladrillos, destornilladores, cutters, brocas, sierras... Instrumentos de deporte: skateboards, cañas de pescar, palos de golfs, de hockey, equipamento de artes marciales... Productos químicos y substancias tóxicas: Ácidos, corrosivos, esprais incapacitadores, material biológico, veneno, virus, extintores...
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En este listado no se incluye el término “imágenes de armas de fuego” pero según publicó en el aeropuerto de Birmiham (Inglaterra) la policía amenazó con detener a un chico por llevar la imagen de una pistola estampada en la camiseta. El argumento del policía fue “La gente que viste este tipo de camisetas con fotos de revólveres es pistolera”. Si el agente considera que esta persona puede ser “potencialmente perturbadora” puede solicitar la detención del pasajero. Artículo “Un policía británico amenaza con detener a un viajero con una pistola rosa estampada en su camiseta” publicado en www.20minutos.es el 8 de Noviembre de 2006. *
B. Documentación
De la nueva normativa europea de seguridad para el equipaje de mano del 6 de Noviembre de 2006: “Sólo le está permitido llevar en su equipaje de mano pequeñas cantidades de líquidos. Estos líquidos tienen que ir en pequeños contenedores con una capacidad individual máxima de 100 ml. Cada pasajero tiene que empaquetar estos contenedores en una bolsa transparente de plástico con auto cierre de no más de un litro de capacidad máxima (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.), para facilitar la inspección de estos productos en los controles de seguridad. Se pueden llevar cantidades superiores de líquidos para medicamentos, alimentos infantiles y alimentos dietas especiales. Para medicamentos se debe adjuntar receta médica.” “A efectos de las nuevas medidas, se consideran líquidos: Agua y otras bebidas, sopas, jarabes. Cremas, lociones y aceites, incluida la pasta de dientes. Perfumes. Gel, como por ejemplo, gel de ducha o champú. Contenidos de contenedores presurizados, incluido espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes. Aerosoles. Cualquier otro de consistencia similar.”
Sistemas comunes para equipaje de mano y de bodega Sistema de detección de explosivos - EDS: Un sistema o combinación de distintas tecnologías que permite detectar sustancias explosivas contenidas en el equipaje e indicarlo mediante una alarma, con independencia del material con que estén fabricadas las bolsas o maletas. Sistema de detección de artefactos explosivos - EDDS: Un sistema o combinación de distintas tecnologías que permite detectar, e indicarlo mediante una alarma, los artefactos explosivos contenidos en el equipaje mediante la detección de uno o varios de los componentes de esos artefactos, con independencia del material con que estén fabricadas las bolsas o maletas. Sistema primario de detección de explosivos - PEDS: Un sistema o combinación de distintas tecnologías que permite detectar las sustancias explosivas contenidas en el equipaje e indicarlo mediante una alarma, con independencia del material con que estén fabricadas las maletas o bolsos. Equipo de detección de rastros: Un sistema tecnológico o una combinación de distintas tecnologías capaz de detectar ínfimas cantidades (1/1.000 millones de gramo), y de indicar mediante una alarma, la presencia de materiales explosivos contenidos en el equipaje u otros artículos sujetos a análisis. TIP Threat Image Projection (proyector de imágenes de objetos amenazantes): Se trata de un software que puede instalarse en algunas máquinas de rayos X. El programa analiza mediante comparación de imágenes virtuales de artículos amenazantes (p. ej.: una pistola, un cuchillo, un artefacto explosivo...), si en la imagen de rayos X del equipaje que se está examinando hay algún artefacto prohibido.
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B1. la seguridad y otros derechos
Equipaje de mano Registro manual, inspección y separación de bienes personales específicos: Se realiza de forma continua inspecciones del interior del equipaje y se comprueba que el pasajero realiza correctamente el procedimiento. Si el pasajero desea transportar líquidos está obligado a presentar los separadamente del equipaje de mano según la normativa (bolsa transparente 20x20cm...) y colocarla en la bandeja proporcionada al efecto. Si se transportan medicamentos los agentes comprueban los documentos que acrediten la pertenencia de estos medicamentos al usuario. Si se transportan alimentos especiales los pasajeros están obligados a abrir todos los contenedores de estos alimentos y consumir una parte para comprobar que realmente son productos alimenticios. Los pasajeros deben quitarse su chaqueta y/o abrigo y colocarlos en la bandeja, en muchos países los pasajeros también están obligados a introducir en las bandejas el calzado y los calcetines. Si transporta ordenador portátil o cualquier otro dispositivo electrónico de dimensiones similares debe extraer estos de sus fundas correspondientes, y colocarlos en la bandeja para que sean inspeccionados separadamente de dichas fundas en los controles de seguridad. Rayos X convencional o equipo de rayos X de alta definición con proyector de imágenes de objetos amenazantes: Se realiza a todo el equipaje de mano y los objetos contenidos en la bandejas que contienen los efectos personales de los pasajeros.
Equipaje de bodega Para el equipaje de bodega se toman además de las medidas de detección, normas de control como la identificación exterior que permite identifica y vincularlo con el pasajero correspondiente. Es obligatorio que el pasajero al que pertenece el equipaje esté presente en el vuelo donde viaja el equipaje, si no se presenta el pasajero el equipaje se extrae. Por otro lado las medidas durante el proceso de transporte son varias, el equipaje se mantiene en una zona a la que sólo puedan acceder las personas autorizadas. No debe quedar fuera de vigilancia en ningún momento. Registro manual: Registro aleatorio o especifico según sospecha. Equipo de rayos X convencional con operador o equipo de rayos X de alta definición dotado de un proyector de imágenes de objetos amenazantes.: Sometiendo al 10% como mínimo del equipaje controlado a alguno de los controles siguientes (el operador analiza cada bulto desde dos ángulos distintos en el mismo punto del control): Sistema de detección de explosivos: Sistema de detección de artefactos explosivos o sistema primario de detección de explosivos. Equipo de detección de rastros: Se aplica solo en los bultos abiertos.
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B. Documentación
“Laptops give up their secrets to U.S. customs agents” escrito por Joe Sharkey para The New York Times. Publicado el 24 de Octubre de 2006. http://www.iht.com/articles/2006/10/24/business/ laptop.php (10)
(11)
”Detectores humanos de mentiras” artículo de offnews.info publicado en 1 de Enero de 2006 http://www.offnews.info/verArticulo. php?contenidoID=2649
“Scanners for liquid bombs in works” artículo escrito por Thomas Frank en USA TODAY el 18 de Octubre de 2006 (12)
(13) http://axxon.com. ar/not/166/c-1660029.htm Eduardo J. Carletti
Pasajeros Registros aleatorios: Realizados por agentes del mismo sexo que el pasajero, se realizan de forma aleatoria pero continua. Arco detector de metales: Detector regulado a nivel que permite detectar objetos metálicos pequeños. Los arcos de última generación también son capaces de revelar cantidades mínimas de metales o sus aleaciones. Registro manual con detector de metales de mano: Este sistema normalmente se usa para verificar los resultados del arco detector. Scanner de cuerpo (sistemas/bodyscan): Sistema a partir de rayos X y ondas milimétricas, capaces de tomar en 15 segundos una imagen nítida del contorno de una persona, detectando objetos no metálicos que pueda portar una persona ajenos a su cuerpo, pero adheridos a él. En 2002 se empezó a usar en Orlando (USA). El aeropuerto de Domodédovo, en Moscú. En España está en el aeropuerto de Barajas en periodo de pruebas. Tomógrafos axiales computerizados (TAC) dotado de un proyector de imágenes de objetos amenazantes: Equipo como el de hospitales, consigue imágenes muy precisas del interior del organismo. Registro del contenido de aparatos digitales de almacenamiento (tarjetas de memoria, ordenadores...): En USA las autoridades aduaneras pueden examinar los datos contenidos en los ordenadores portátiles, tarjetas de memoria, mp3, etcétera, y si lo consideran necesario pueden retener estos dispositivo el tiempo que crean conveniente. (10) Detectores humanos de mentiras: Agentes que realizan el mismo trabajo que los que interrogan en el momento de facturar pero no se identifican cómo tal, van de paisano, dan conversación a pasajeros para descubrir actitudes sospechosas. Actualmente ya se aplica en los aeropuertos de Nueva York, Los Angeles, Chicago, Houston, Detroit y Miami. (11) Detector de bombas liquidas: Actualmente ya existe la tecnología para detectar líquidos explosivos. Esta tecnología todavía es muy cara pero TSA ya ha confirmado que en un plazo de dos años se empezarán a instalar en todos los aeropuertos de Estados Unidos. (12) Detector de “comportamientos sospechosos” (Fase experimental): Científicos australianos trabajan en un detector de signos de alerta en el comportamiento. Basándose en una tecnología similar al software de reconocimiento facial analizará el lenguaje corporal de los pasajeros. (13)
Control de pasajeros Al comprar el billete de vuelo En el momento de comprar el billete queda registrado nombre y apellidos, DNI, la forma de pago, el número de tarjeta de crédito, si se a comprado o no billete de vuelta y si se ha solicita una menú especial (ej.vegetariano).
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B1. la seguridad y otros derechos
Si viaja a Estados Unidos las líneas aéreas están obligadas a proporcionar estos datos al Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras, a la Oficina de Inmigración, la Secretaría de Seguridad, la CIA y el FBI. Hasta el acuerdo firmado entre USA y la UE en Octubre de este año solo tenían acceso a estos datos los dos primeros organismo(14) A partir de este acuerdo son las líneas aéreas las que proporcionan los datos a los organismos Estadounidenses. Anteriormente estos organismos podían entrar libremente a las bases de datos de estas compañías.
En el momento de facturar Cuestionario oral: En USA mientras los pasajeros esperan para facturar sus equipajes pueden ser interrogados por agentes oficiales que realizan preguntas personales y sobre el viaje. Si lo consideran necesario pueden pedir al pasajero que salga de la cola para realizar las preguntas por separado de el o los acompañantes de viaje. Estos agentes además de tomar los datos estudian el comportamiento del pasajero, son especialistas en lenguaje corporal.
Identificación del pasajero/pasaporte/aduanas Identificación con pasaporte convencional: Pasaporte, con datos impresos y fotografía enganchada. Estos pasaportes en la mayoría de países se han dejado de emitir. Actualmente se emiten pasaportes de lectura mecánica y/o con chip integrado y/o biometricos. (Para viajar a USA desde España si no se cumplen las exigencias sobre el pasaporte se deberá solicitar el visado). Pasaporte de lectura mecánica y/o fotografía digital impresa en la página de datos: Estos pasaportes permiten digitalizar automaticamente los datos del titular. En los pasaportes de lectura mecánica, los datos del titular (nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad y número de pasaporte) figuran en dos líneas de texto que se ven en la parte inferior de la hoja de la fotografía. Son dos líneas de letras, números y antilambdas («>>>>>») que aparecen impresas en el extremo inferior de la página de información personal. Este pasaporte es obligatorio para viajar a/por/desde USA si se ha emitido después del 26 de octubre de 2005, la fotografía impresa es obligatoria para pasaportes emitidos unos años después. Pasaporte electrónico: Pasaporte de lectura automática que además contiene con chip integrado con los mismos datos identificativos. Este pasaporte es obligatorio para viajar a/por/desde USA si se ha emitido después de el 26 de octubre de 2006. Pasaporte biometrico: Pasaporte electrónico que incorpora en el mismo chip datos biometricos, estos son datos de características biológicas de cada persona como huellas dactilares, geometría de la mano, reconocimiento facial, scanner del iris, etcétera. En España este chip incorpora por ahora la imagen facial del titular del documento, esta previsto que en un plazo de 3 años, se incorporen también las impresiones dactilares de los dedos índices de ambas manos. En USA, Inglaterra (15), Alemania, Austria, Holanda y Australia los aeropuertos ya tienen sistemas para comparar estos pasaportes con los pasajeros, detector facial,
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“La UE dará datos personales de los pasajeros de avión a la CIA y al FBI” artículo escrito por Eliseo Oliveras para El Periodico de Catalunya el 7 de OctUbre de 2006 “La UE dará a todas las agencias de seguridad de EE UU los datos de los pasajeros aéreos.” Publicado en El País el 6 de Octubre de 2006 (14)
www.heathrowairport. com “Seguridad en los aeropuertos “ Reportaje “Derechos del viajero” del 25 de Noviembre de 2006 www.consumer.es (15)
B. Documentación
Cracked it! 17 de Noviembre de 2006 http:// www.guardian.co.uk/icards/ story/0,,1950226,00.html (16)
Reglamento (CE) n° 2320/2002 del Parlamento Europeo (17)
“Las autoridades competentes podrán determinar las categorías de personas que estarán sujetas a procedimientos especiales de control... Anexo 4.1 punto 3”, “Se elaborarán disposiciones de seguridad para pasajeros potencialmente perturbadores. Anexo 4.1 punto 4” “Un ordenador otorga a todos los turistas que entran en los EE.UU. un “grado de peligrosidad” http://digital.telepolis.com/ cgi-bin/reubica?id=411607 &origen=EDTecnologia (18)
(19) “Thousands Wrongly on Terror List “ artículo de The New York Times del Sábado, 7 de Octubre de 2006 http://www.ucm.es/cgi-bin/ show-prensa?mes=10&dia =7&ano=2006&art=21
“Denuncian irregularidades en EE.UU. con la lista sobre pasajeros de riesgo” artículo de “La Voz de Galicia” del 07 de abril de 2004. http://www. lavozdegalicia.es/se_mundo/noticia.jsp?CAT=104&T EXTO=2573315 *”Asimismo, en diversas áreas de acceso restringido se encuentran actualmente en fase de implantación más de 30 lectores biométricos de identificación mediante huellas dactilares, que permiten el almacenamiento y la verificación de hasta 4.000 huellas digitales...”
de huellas y/ o iris son los más implantados. En otros países también están en funcionamiento pero solo para el acceso de los empleados, entre ellos España*. En principio esta metodología pretende ahorrar tiempo y añadir seguridad al proceso de control de viajeros. Varias voces han alertado del peligro de confiar en que estos sistemas ultraseguros, como explican en un artículo del diario The Guardian.(16) Cuestionario escrito: Este cuestionario en papel normalmente se entrega antes de que el avión aterrice para que se rellene antes de bajar. Al entrar en USA se deben rellenar dos cuestionarios “Arrival/Departure Record” (Form I-94) que pertenece al “Departament of Homeland Security”, y “Customs Declarations Form” (Form 6059B) del “Departament of Treasure”. El I-94 contiene 17 preguntas, además de los datos personales habituales (nombre, dirección, teléfono...) solicitan el itinerario completo del viaje, modo y situación de reserva (agencia de viajes, a última hora, solo ida, servicios solicitados...). El 6059B son 15 preguntas, donde además de datos personales preguntan motivo del viaje, dinero que lleva, bienes personales... Si viajas por estudios debes rellenar un formulario (Form I-20) mucho mas exhaustivo. Registro en base de datos y cuestionario oral: Te fotografían y/o registran digitalmente tus huellas digitales. Realizan oralmente algunas preguntas (estas preguntas y otros datos los registra el agente en el dorso del formulario I-94). Estos datos (biometricos, los escritos voluntariamente y los informes del personal autorizado) se registran en una base de datos a la que acceden el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras, a la Oficina de Inmigración, la Secretaría de Seguridad, la CIA y el FBI . Hasta el acuerdo firmado entre USA y la UE en Octubre de estos datos no podían ser más de 34, a partir de este acuerdo no hay límite. Estos datos quedan almacenados indefinidamente, hasta Octubre de 2006 estos datos los podía conservar cómo máximo 3 años y medio. (17)
Clasificación de pasajeros Grupo de los pasajeros “Potencialmente perturbadores” (17): A partir de la información sobre los pasajeros estos se clasifican en grupos de peligrosidad. Tienen más puntos los hombres jóvenes, de razas con piel oscura, solteros (viajen solos o acompañados), que pidan el menú vegetariano y que realicen viajes frecuentemente. No es necesario cumplir con todas estas características, existen otros muchos parámetros en función de otras características. En Estados Unidos esta clasificación se realiza a partir de un software que analiza todos los datos de los pasajeros. (18) Lista selectiva: Lista de personas “`potencialmente peligrosas” a las que para coger un avión deben pasar un control de seguridad mucho más estricto que el habitual. No fly list: Lista de personas a las que no se les permite el derecho a volar en aviones comerciales dentro o para llegar a Estados Unidos. Esta lista esta elaborada por TSA. No se conoce como se elabora esta lista, ni que nombres hay en ella, ni a que cantidad de personas afecta. Esta lista solo contiene los nombres y apellidos, no se coteja con edad, fotografía, características físicas, ni número de pasaporte. (19)
20
B1. la seguridad y otros derechos
Kimaldi, identificación y biometria http://www. kimaldi.com/ (20)
Otros Controles En los aeropuertos en donde actualmente se invierte más en sistemas de seguridad y por este motivo es el lugar dónde primero se aplican las últimas tecnologías.
Declaración Universal de los Derechos humanos www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm (20)
Existen muchos otros controles de seguridad relacionados con la detección de intrusos, controles con tecnología biometrica, controles químicos... Mucho de ellos aunque no se aplican en el control de pasajeros es cuestión de tiempo que lo hagan. Existe un sistema de control que ya se comercializa y en pocos años estará permanentemente en nuestra vida cotidiana y por supuesto en los controles aéreos. La RFID ( Radio Frequency IDentification) es un método de almacenamiento y recuperación de datos remoto que usa dispositivos denominados etiquetas o tags RFID. Una etiqueta RFID es un dispositivo pequeño, como una pegatina, que puede ser adherida o incorporada a un producto, animal o persona. Las etiquetas RFID contienen antenas para permitirles recibir y responder a peticiones por radio frecuencia desde un emisor-receptor RFID. Este sistema funciona como un código de barras pero se puede leer a distancia. Muchas empresas ya lo utilizan para el almacenamiento de productos. Una de las primeras empresas en usarlo fue la cadena de supermercados “Marks & Spenser”, entre otras funciones permite a los empleados encontrar en un segundo productos, especificando en un detector las características de este (talla, color...). En España varias empresas ya comercializan (20) gran variedad de productos que usan esta tecnología. A parte de aplicarse a objetos también son aplicables a personas como relojes que permiten que las personas que los llevan sea localizados rápidamente.
Los otros Derechos la seguridad y otros derechos Según el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos humanos “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.” (20) Según el artículo 6 del capítulo 2 de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea “Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.” (21) ¿Los sistemas actuales garantizan este derecho a la “seguridad”? ¿Este derecho es más importante que otros derechos? El primer artículo de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea (artículo 1 del capítulo 1) “La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida.” Según el artículo 8 del capítulo 2 de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea “Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que la conciernan” “Estos datos se tratarán de modo leal, para
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Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea http://www.europarl. europa.eu/charter/default_ es.htm (21)
B. Documentación
ACLU (American Civil Liberties Union) http:// www.aclu.org Reason Fundation http:// www.reason.org (22)
fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona... Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que la conciernan y a su rectificación...” Según el artículo 21 del capítulo 3 de la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea “Se prohibe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.” En la Constitución Española, el Título I, Capítulo Segundo, Sección 1ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas” en el Artículo 18 “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal... La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.” En todo el proceso de seguridad en los aeropuertos varios de estos derechos fundamentales quedan en un segundo término en favor de la seguridad. El hecho que a todos los pasajeros se les trate cómo sospechosos, y sobretodo según algunas acciones obligatorias del proceso actual (el descalzarte o probar la comida del bebé) ya es un ataque a la “Dignidad”. El hecho que se clasifique a los pasajeros según edad, sexo, raza... se salta claramente los derechos de “Igualdad” de todos los tratados. Por otro lado en relación a los derechos de protección de datos dentro del grupo de las “Libertades” se viola descaradamente.
La situación actual Varias asociaciones de defensa de los derechos civiles han interpuesto distintas y numerosas demandas con respecto ha esta situación. En Estados Unidos, dónde se ha llegado más allá en nombre de la seguridad, existen dos grandes asociaciones (22) que luchan por mantener los derechos fundamentales y las libertades del país, actualmente tienen varias denuncias en proceso haciendo hincapié en la “No fly list” que ha perjudicado la vida laboral y social de más de 300 personas solo en USA, pero sin olvidar otras partes del proceso de seguridad como los agentes detectores de mentiras o la clasificación de pasajeros. Esta lucha por la defensa de los derechos civiles será larga y dificil, ya que los autores de leyes y tratados defienden que tienen en cuenta todos los “otros derechos”. En el “Acuerdo de la Unión Europea y Estados Unidos sobre los vuelos transatlántico” del 6 de Octubre de 2007 “acuerdo provisional sobre el intercambio de datos personales de pasajeros como herramienta en la lucha contra el terrorismo”, el máximo responsable del Departamento de Seguridad Nacional estadounidense (DHS) declaró que “promueve nuestro objetivo común de combatir el terrorismo, manteniendo al mismo tiempo nuestro compromiso común de respetar los derechos fundamentales y las libertades, en particular la privacidad”, a la vez que declaraba “La protección de nuestras fronteras y la capacidad de verificar a quién estamos admitiendo en EE.UU. son misiones prioritarias para el Departamento de Seguridad Nacional”.
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B2. REFERENTES CONCEPTUALES
B2. Referentes conceptuales
Peter Weibel Beobachtung der Beobachtung: Unbestimmtheit, 1973 Video instalación (23)
Obras de Arte Contemporáneo Dan Graham Yesterday/ Today, 1975 Video instalación (24)
En este apartado analizo dos obras de arte contemporáneo con los que comparto parte del concepto y forma. Una obra critica el poder de los sistemas de seguridad sobre la población civil y la otra ironiza comunicando un mensaje relacionado con el mundo de la aviación civil.
CTRL+SPACE Rhetorics of Surveillance from Bentham to Big Brother Proyecto expositivo que reune proyectos de arte de toda la historia del arte contemporáneo, reune obras de 59 artistas que han criticado “el recorte de las libertades civiles en nombre de la seguridad ciudadana” y “la proliferación de estos sistemas en la vida cotidiana”. Comisariada por Thomas Y. Levin CTRL+SPACE reune obras desde 1960 hasta 2001, año en que se inauguró la exposición. Desde su inauguración ha seguido activa recorriendo grandes centros de arte contemporáneo de todo el mundo.
Jonas Dahlberg Safe zones, no 7 (The toilets at ZKM), 2001 Instalación (25)
Los proyectos artísticos recogidos pertenecen a todas las disciplinas artísticas, desde la televisión, la arquitectura, el net.art, los robots y las imágenes por satélite, pasando por obras de arte más tradicionales: video, pintura, fotografía, arte conceptual, cine e instalaciones. Algunos de los artistas son Vito Acconci, Bureau of Inverse Technology, Sophie Calle, Jordan Crandall, Dan Graham, Jenny Marketou (Taystes), Bruce Nauman, Julia Scher, Surveillance Camera Players, Peter Weibel y Andy Warhol.
Frank Thiel City TV (Berlin), 1997-1999 , 101 fotografía, de 59,5 x 39,5 cm cada una.
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La gran mayoría de estas obras utilizan las cámaras de video vigilancia como icono de violación a la intimidad. Desde circuitos cerrados en la que el visitante es el protagonista (23/24), hasta cámaras que registran maquetas cómo si fueran realidad y confunden al visitante (25), pasando por una colección de fotografías sobre lugares bien vigilados (26). Destacar la obra de Julia Scher “Superdesk” (27), es una instalación en la que el receptor se sienta y es sometido a interrogatorio, un interrogatorio que se realiza a él mismo. Esta instalación fue concebida para ser instalada en cualquier lugar y en cualquier momento para que cualquiera pudiera detenerse unos instantes y “gozar del placer” de ser interrogado. El trabajo de Scher consigue desarrollar los temas de intimidad y control de forma lúdica y con humor.
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Julia Scher Superdesk, 1993/2001 Instalación que consiste en una mesa con una silla, dos monitores, dos cámaras de video, dos grabadores de video y luces, de 206 x 135 x 118 cm (27)
B. Documentación
«Inflight Lounge: With the video library «Maybe the sky is green and we’re just colourblind»” Proyectoe expositivo. 1997 (28)
Lo que me interesa de estas obras es que la mayoría juegan con hacer sentir a los receptores la fuerza de los sistemas de seguridad con más intensidad, amplifican su fuerza para que los espectadores sean conscientes de lo que significa el poder que estos sistemas ejercen sobre la sociedad. Considero que esta “amplificación” del poder es necesaria ya que uno de los objetivos de estos sistemas es el pasar desapercibidos (mas en el caso de los sistemas de seguridad urbanos que no en nuestro caso) y el objetivo de estos artistas es hacer que los receptores no se olviden y que sean conscientes de la realidad. Con este proyecto busco lo mismo, quiero exagerar, quiero transmitir un mensaje con tal intensidad que el receptor a través de un producto gráfico puede sentirse intimidado, que no le cueste imaginar como se sentiría al someterse a un proceso de esas características.
Inflight Inflight es un proyecto realizado por Johan Grimonprez en 1997. Desde entonces este proyecto expositivo, revista, video... no ha dejado de recorrer centros de arte de todo el mundo. Su mensaje principal es la critica del uso que hacen los medios de comunicación de las catástrofe, centrándose en las catástrofes aéreas.
Dial H-I-S-T-O-R-Y de Johan Grimonprez
(29)
Inflight: what to do with a stolen Boeing 777 / recopilado por Johan Grimonprez; Ilustrado: Peter Stemmler y Ritskon Uchida. Fotografías de: Rony Vissers
La obra es una instalación (28) que imita las salas de espera de los aeropuertos, en ella el visitante se puede sentar y ver cortos en video. Un video realizado por el autor y los otros realizados por los alumnos que el autor organizó cómo ejercicio previo a la primera inauguración.
(30)
El video de Grimonprez se titula Dial History (29), en él se analiza desde el apogeo con trasfondo romántico de los secuestros revolucionarios de los sesenta y los setenta, hasta la situación de los años noventa en que paquetes bomba anónimos fueron apoyados por los estados. Dos años después de la primera exposición, Johan amplió el proyecto creando una revista (30) imitando la que se encuentra en el bolsillo del asiento del avión junto a las instrucciones de salvamento y la bolsita para el vómito. Esta revista es una recopilación de artículos sobre el tema central. El autor también diseño unas instrucciones y una bolsita. Las instrucciones explican como actuar en caso de secuestro, todo con ironía y con un lenguaje iconográfico completo. He escogido Inflight como referente porque realiza una crítica dentro del campo de la aviación civil y aunque dentro de este campo lo que yo quiero comunicar es muy distinto, si me interesa la forma en que lo lleva a cabo, de forma ácida e irónica, trata el tema con humor pero con respeto. Por otro lado esta obra también la analizaré cómo referente visual, ya que encuentro particularmente interesante varios elementos gráficos relacionados con la revista.
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B2. REFERENTES
Literatura
Un mundo feliz (A brave new world) novela del británico Aldous Huxley, publicada en 1932. (31)
Las primeras novelas de ciencia ficción ya adivinaron que la evolución llevaría a la sociedad a vivir bajo el control mas estricto por parte de los gobiernos.
Mil novecientos ochenta y cuatro (Nineteen Eighty-Four) Novela escrita por el británico George Orwell en 1948 y editada en 1949. (32)
En este apartado me centraré en la llamada “trilogía antiutopías”, “Un mundo feliz “(31), “Mil novecientos ochenta y cuatro”(32) y “Fahrenheit 451”(33), ya que se considera a estas obras las madres de la ciencia ficción actual tanto en literatura cómo cine, cómic... A este tipo de ciencia ficción se le denomina ciencia ficción distópica. Una distopía es aquella sociedad que se considera indeseable, por algún motivo determinado. El término responde cómo antónimo de utopía y se usa principalmente para hacer referencia a una sociedad ficticia en donde las tendencias sociales se llevan a extremos apocalípticos. Considero remarcable que estas novelas y el término “distopia” guarden tanta relación con la sociedad actual. Todas ellas describen sociedades “utópicas”, todo el mundo es feliz porqué el estado, o el que lo controla todo, lo hace posible a partir de mantener en la ignorancia cultural e histórica a los ciudadanos, a partir de eliminar la libertad de pensamiento, la libre reproducción, la libre opinión y/o aplicando una igualdad totalitaria. Todos los seres humanos están clasificados y todos los aspectos de sus vidas están controlados gracias a la ciencia y la tecnología. Los protagonistas de estas historias se dan cuenta que la verdadera felicidad no es esa y luchan por encontrar la felicidad fuera del control y la seguridad que su sociedad les ofrece. Otras novelas de ciencia ficción sobre sociedades bajo control son: ”Mercaderes del espacio (Frederik Pohl y Cyril M. Kornbluth, 1954), “La naranja mecánica” (Anthony Burgess, 1962), “¿Sueñan los androides con ovejas eléctricas?” (Philip K. Dick, 1968) o “Las Torres del Olvido” (George Turner 1987). En el campo de las novelas gráficas existen también gran variedad de obras sobre sociedades futuristas con represiones políticas y sociales, un ejemplo son Akira (Katsuhiro Otomo, 1982 - 1993) o V de Vendetta ( guión de Alan Moore y dibujos de David Lloyd, 1988).
Cine Para éste apartado es difícil distinguir entre lo visual y lo conceptual, todos los films futuristas muestran tecnologías de control de población, y estas tienen gran peso a nivel visual (situación/ambiente) pero son irrelevantes para la historia o para el mensaje que transmiten. Considerando las novelas del apartado anterior cómo referentes conceptuales para un gran número (sino la totalidad) de las películas realizadas con posterioridad a la publicación de estos libros, en este apartado me centraré en films cuyo argumento sea relevante la represión mediante sistemas de control concretos .
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Fahrenheit 451 Escrita por el Estadounidense Ray Bradbury publicada en 1953. (33)
B. Documentación
Antes de analizar estos films es importante nombrar a dos grandes referentes cinematográficos, “Metrópolis” (Fritz Lang, 1927) cómo el origen del cine de ciencia ficción y futurista a nivel histórico tanto visual cómo conceptual, y “Blade Runner” (Ridley Scott, 1982) por su calidad cinematográfica sobretodo técnica y visual.
Gattaca Película escrita y dirigida por Andrew Niccol. Protagonizada por Ethan Hawke, Uma Thurman y Jude Law, estrenada en 1997. La historia también transcurre en una sociedad futura, controlada y dividida entre seres “validos” y “no validos”. Lo que me interesa de este film es el uso de la genética como elemento de control, ya que considero que este campo es útil cómo sistema de control ficticio para mi proyecto. Opino que en un futuro se utilizará el análisis de genes para comprobar la identidad, u origen racial, por ejemplo, de los pasajeros. En esta película se analiza a todos los recién nacidos, a partir de una gota de sangre pronostican mediante porcentajes las características de comportamiento que tendrá en el futuro, posibles problemas congénitos, posibles causa de muerte... Por otro lado, también usan la genética para la identificación de los ciudadanos, el protagonista para que no se descubra su verdadera identidad, al despertar cada día se lava efusivamente, se exfolia todo el cuerpo, tratando de sacar la mayor cantidad de piel, pelos, uñas... que le puedan delatar.
Minority Report Película de Steven Spielberg estrenada en 2002. Thriller de acción que transcurre en 2054, la sociedad la presentan similar a la de ahora aunque por supuesto más avanzada tecnológicamente, los sistemas de control biometricos son constantes y sin tener ningún sistema en el cuerpo cualquier persona puede ser localizada en cualquier momento ya que estos controles están implantados en todos los lugares públicos y pueden escanear a grandes distancias. El scanner de retina es el más utilizado. El protagonista para no ser localizado se fe forzado a realizarse un transplante de ojos. A parte de todos estos sistemas de detección y control de individuos que, cómo ya hemos visto están mas cerca de la realidad que de la ciencia ficción, lo que me interesa de este film es dónde se centra el argumento principal, la predicción de homicidios antes de que ocurran incluso antes de que el asesino sepa que los cometerá. Ésta predicción la realizan seres humanos (denominado “precogs”) conectados a unas máquinas generan imágenes de esos futuros crímenes, los policías se encargan de descifrar esas imágenes y encontrar a lo asesinos antes de que lo sean, se les aplica la pena por homicidio aunque se les haya impedido cometer ese crimen. Sería interesante que existiera un detector de éste tipo en los controles aéreos. ¿Sólo necesitaríamos éste sistema de seguridad para permitir, o no, a alguien subir a un avión?
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C.
NUEVA NORMATIVA
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C. NUEVA NORMATIVA
Invención del contenido que el emisor ficticio proporcionaría al comunicador gráfico: A partir de la fase de documentación se redacta un proceso de control de pasajeros exagerando el proceso actual y últimas tecnologías e inventando otros controles. Se intentará que ésta normativa llegue cómo real a los receptores por este motivo se ha buscado que el mensaje no se descubra cómo ficticio hasta que avance la lectura. En un inicio el receptor debe estar convenció que realmente ese proceso en breve se empezará a aplicar en todos los aeropuertos del mundo. A lo largo del proceso se ha intentado que el mensaje evolucionara de fases creíble a procesos ficticios (o increíbles). El proceso de seguridad inventado comprende un recorrido por distintas fases, que se inicia en el momento una vez comprado el billete de avión y finalizará en el momento que el pasaje llegue a su destino. La redacción de la ficticia Normativa Europea ha consistido básicamente en endurecer exageradamente los procesos e inventar otros, cómo por ejemplo: - Aumentar hasta el absurdo la documentación necesaria para volar así como los cuestionarios sobre el viaje que se realiza - Restringir al máximo lo permitido en la facturación y el análisis mili métrico de esto. - Eliminar la posibilidad de llevar equipaje de mano. - Obligar al pasajero a desnudarse y facturar todas sus pertenencia y solo poder subir al avión con ropa dada por la compañía. - Añadir al scanner de cuerpo, que ya se aplica, análisis médicos completos. - Someter al pasajero a un interrogatorio con control psicológico a partir de últimas tecnologías. - Invención de un sistema de predicción del futuro del pasajero. - Puntuar a todos los pasajeros y clasificarlos, y aislar individualmente durante todo el viaje a los pasajeros que se crean peligrosos.
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Conclusiones Considero que la información recopilada ha sido necesaria para respaldar las afirmaciones realizadas en la definición del proyecto, e imprescindible para la invención de una normativa ficticia que cumpla los objetivos planteados. Después de redactar esta normativa he llegado a la conclusión que el contenido inventado, el contenido sin base real, es mínimo. Considero que el 90% del proceso sería posible hacerlo real hoy mismo, eso sí, supondría un coste económico no amortizable (aunque el abaratamiento de estas tecnologías es solo cuestión de tiempo). Por otro lado, aunque aquí no se recojan, durante el proceso he leido gran cantidad de opiniones y anécdotas relacionadas con éste tema que han sido útiles para animarme a continuar con el proyecto.
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