DIRECCION DESARROLLO COMUNITARIO DEPTO. ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
ORGANIZACIONES COMUNITARIAS
LEY 19.418 Las Organizaciones Comunitarias se rigen por la Ley 19.418, cuerpo legal mediante el cual “el Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”.
TIPOS DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Existen 2 tipos de Organizaciones Comunitarias:
a) Organizaciones territoriales: corresponden a las Juntas de Vecinos; organizaciones representativas de las personas que residen en un mismo territorio y cuyo objetivo es promover el desarrollo de la comunidad, defender los intereses y los derechos de los vecinos, y colaborar con las autoridades de la municipalidad y del Estado.
b) Organizaciones funcionales: son aquellas con personalidad jurídica y sin fines de lucro, que tienen por objetivo representar y promover valores e intereses específicos de la comunidad. Dentro de este grupo se encuentran, entre otras: -
Clubes Deportivos Centros de Madres Clubes de Adulto Mayor Comités de Vivienda Agrupaciones Artísticas y Culturales Centros de Padres Otras
PROCESO DE CONSTITUCION DE UNA ORGANIZACION
REQUISITOS BASICOS JUNTAS DE VECINOS * Delimitar el territorio de competencia * Contar con un mínimo de 150 personas interesadas en formar la Junta de Vecinos * Contar con un mínimo de 13 personas interesadas en formar la directiva * Tener un Estatuto
ORGANIZACIONES FUNCIONALES -----------* Contar con un mínimo de 18 personas interesadas en formar la organización * Contar con un mínimo de 13 personas interesadas en formar la directiva * Tener un Estatuto
REQUISITOS PARA SER SOCIO JUNTAS DE VECINOS * Tener al menos 14 años de edad * Residir en el territorio de competencia de la Junta de Vecinos * Estar inscrito en el Libro de Registro de Socios
ORGANIZACIONES FUNCIONALES * Tener al menos 15 años de edad * Residir en la comuna * Estar inscrito en el Libro de Registro de Socios
REQUISITOS PARA SER CANDIDATO (igual para ambos tipos de organización) Ser socio Ser mayor de edad Ser chileno o extranjero avecindado por más de tres años en el país Presentar certificado de antecedentes y fotocopia de cédula de identidad No ser miembro de la Comisión Electoral
PROCESO
1. Realizar asamblea para elegir comisión electoral -
La Comisión debe estar compuesta por 5 personas que no quieran formar parte del directorio de la organización
- Funciones:
Inscribir socios en un libro de registro Solicitar documentación a los candidatos Actuar como vocal de mesa el día de la elección
La Comisión tiene la responsabilidad legal de velar por el normal desarrollo del proceso eleccionario
2. Contactarse con el departamento de organizaciones comunitarias de la municipalidad -
Cuando la Comisión ha realizado la inscripción de socios y candidatos, y posee la documentación requerida, debe acudir a la Municipalidad para fijar fecha de elección y coordinar la presencia de un Ministro de Fe.
3. Realizar asamblea de constitución -
La Comisión Electoral se hace cargo de la votación: debe entregar los votos y solicitar firma a los votantes
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Tienen derecho a voto sólo quienes están inscritos en el libro de registro de socios
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La votación debe ser directa, secreta e informada
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Luego del escrutinio de los votos, la directiva se compone de la siguiente manera:
Directiva Titular: Presidente (quien obtiene la mayoría) Secretario Tesorero 2 Directores
Los cuatro cargos que acompañan al Presidente pueden definirse por la votación obtenida o por afinidad con el cargo Duración: 2 años Directiva Suplente: 5 integrantes Duración: 2 años Comisión Fiscalizadora de Finanzas: 3 integrantes, quienes deben revisar las cuentas de tesorería e informar a la comunidad. Duración: 1 año
4. Tramitación de personalidad jurídica Luego de la Elección, el Depto. Organizaciones Comunitarias se encarga de preparar la documentación necesaria para que Secretaría Municipal otorgue la personalidad jurídica.
LA DIRECTIVA Y SUS FUNCIONES
El directorio tiene a su cargo la dirección y administración de la organización. Está integrado por 5 directores titulares, elegidos por 2 años. Cada uno de ellos tiene tareas y responsabilidades diferentes, de manera de ser más eficientes en su funcionamiento y en el manejo de los recursos. Las principales funciones de cada uno de ellos son: Presidente: Representar a la organización judicial y extrajudicialmente Presidir las reuniones de directiva y las asambleas de socios Organizar los trabajos del directorio y proponer el programa general de actividades Ser mediador entre los vecinos y la autoridad Propender a la solución de la necesidades de su sector Vigilar el cumplimiento de los reglamentos internos de la organización Secretario: Tomar acta de las reuniones y de las asambleas
Mantener los archivos y la documentación de la organización al día y en orden Hacer citaciones para reuniones y asambleas
Tesorero: Mantener bajo su custodia y responsabilidad los fondos y bienes de la organización Recaudar las cuotas sociales Llevar al día el libro de tesorería, manteniendo archivos de facturas, boletas y comprobantes de ingresos y egresos Hacer balances periódicos Hacer conjuntamente con el Presidente, los pagos y gastos que se acuerden en el directorio No prestar dineros de la organización Entregar información oportuna a la Comisión Fiscalizadora para que elabora un informe de revisión y lo de a conocer a la asamblea Depositar los dineros en una cuenta bancaria a nombre de la organización
Directores: Colaborar y apoyar todas las tareas de la directiva Motivar la participación de los vecinos en la organización Ser fuente de información para los vecinos
El directorio suplente tiene por función reemplazar temporal o definitivamente a aquel director titular que no pueda ejercer su cargo.
FONDEVE
El Fondo de Desarrollo Vecinal es una iniciativa de la Municipalidad de Lo Barnechea, destinada a promover la participación y la organización vecinal. El Fondeve es un fondo concursable, que financia proyectos de inversión local.
Objetivo Su objetivo principal es financiar proyectos de desarrollo comunitario, que satisfagan necesidades sentidas de los vecinos y que tengan impacto en la comunidad en la cual están inmersos, beneficiando a un gran número de personas.
Quienes pueden participar Todas las Juntas de Vecinos de la comuna Todas las Organizaciones Funcionales con personalidad jurídica, quienes postulan a través de una Junta de Vecinos
Tipos de Proyecto Se pueden presentar 3 tipos de proyectos:
de infraestructura de equipamiento de capacitación
Etapas Cada año, durante el mes de marzo se inicia el proceso Fondeve, el cual consta de las siguientes etapas:
Difusión e Información Asesoría y Elaboración de Proyectos Presentación de Proyectos Selección y Evaluación Ejecución y Supervisión Rendición de Fondos.