Colegios De Abogados

  • May 2020
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El Dr. José Héctor Gutiérrez Guerra, es uno de los abogados más lúcidos y consecuentes  con  el  ejercicio  honesto  y  principista  de  la  abogacía  y  de  la  justicia  en  Bolivia.  A  su  estoicismo,  calidad  personal  y  profesional  se  debe,  en  gran  medida,  la  eliminación  de  cobros  y  manipulaciones  inconstitucionales,  arbitrarios,  corruptos  e  ilegales  que,  por  décadas,  ejercieron  impunemente  directivos  de  organizaciones  mafiosas  que  funcionaron  bajo  los  inocentes  rótulos  de  “COLEGIOS  DE  ABOGADOS”,  para  lo  que  realizaban  cobros  y  recaudaciones  millonarias  a  nombre  de  todos  los  abogados,  obligados a afiliarse y pagar para poder ejercer la profesión obtenida exclusivamente de  estudios universitarios y, de ninguna manera, por favores o des/gracias de impostores  agrupados  en  consorcios  de  jueces  (también  afiliados  obligatoriamente)  y  abogados,  que fueron acertadamente bautizados como “COLEGIOS DE ABOGANSTGERS”     Los ciudadanos, sobre todo los más pobres, los humildes, que no tienen acceso al poder  político  o  económico,  son  los  grandes  beneficiados  por  las  reivindicaciones  y  reparaciones plasmadas en el Decreto Supremo N° 100, pues permiten un mejor acceso  a la administración de justicia.    Creo  sinceramente  que,  la  sociedad  y  el  país,  le  deben  mucho  al  Dr.  José  Héctor  Gutiérrez Guerra y así lo reconocerá la historia de las cosas buenas y las causas nobles  que ayudan a mejorar nuestra calidad de vida en común.     De  mi  parte,  mi  agradecimiento  eterno  al  Dr.  Gutiérrez,  que  fue  el  único  ciudadano  y  profesional  que  me  apoyó  efectivamente  ante  la  brutal  reacción  y  revancha  de  la  pandilla de corruptos que, enquistados en los 3 poderes del Estado y en sus operadores  políticos,  me  aplicaron  una  muerte  civil,  como  represalia  por  haber  intentado  luchar  contra la corrupción y la impunidad que campean en el sistema jurídico y especialmente 

en la administración de in/justicia que campea en Bolivia. Aparte de ello, le debo nada  menos que mi libertad y parte de lo que me queda de vida.         Luís Carlos Paravicini  Ex – Consejero de la Judicatura   COLEGIOS DE ABOGADOS José Héctor Gutiérrez Guerra

Las asociaciones gremiales estando reconocidas por las leyes de este país deben por supuesto adecuar su actuar a dichas leyes y principalmente a la Constitución Política del Estado; en el caso de los Colegios de Abogados siendo instituciones privadas y asociaciones civiles no podían ni debían, menos mediante Decretos Supremos para colmo de regímenes inconstitucionales obligar a una filiación muy costosa a los nuevos profesionales abogados porque la libertad de asociación es un derecho humano y constitucional y ningún decreto supremo puede normar una regla de orden constitucional, sólo una ley de la república es la norma idónea para reglamentar derechos humanos y constitucionales. Menos una institución privada y asociación civil puede otorgar credenciales para el ejercicio de ninguna profesión de rango de provisión nacional. Muchísimo menos dicha institución privada y asociación civil puede imponer impuestos a la justicia y/o cobrar a los litigantes por el acceso a la justicia, dineros que servían para su sede social campestre y similares o suspender del ejercicio de la profesión -léase quitar el derecho al trabajo- por simples faltas éticas cuando dicho derecho al trabajo natural, humano, constitucional, civil y hasta divino no puede ser suspendido ni siquiera por una Corte Internacional o disponer el pase profesional discrecionalmente a sólo pedido de cliente que no quiere pagar; solo para citar algunas de las muchas injusticias, ilegalidades, barbaridades y hasta iniquidades protervas que ha cometido dicha institución gremial para colmo en contra de sus propios afiliados y asociados. Increíblemente han tenido que pasar muchos años para que se corrijan esas gravísimas injusticias e ilegalidades, la promulgación del D.S. 0100 de 29 de abril del presente ha recogido el sentir de justicia y legalidad propugnada por muchas personas sobre todo litigantes y hasta abogados que han entendido que su propia institución paradójicamente no debía ni podía estar al margen de la ley. El D.S. 0100 promueve -entre otras cosas- el libre ejercicio de la abogacía, crea el Registro Público de los Abogados del país a cargo del Ministerio de Justicia sin cargo alguno y se extenderá el respectivo número de matrícula y credencial,

reconoce a asociaciones de abogados a registrarse ante dicho Ministerio, dispone la tan anhelada, justa y legal libertad de filiación de los abogados a cualquier institución gremial de su preferencia, la supresión de cobros para acceder a la justicia y con motivo de cualquier tipo de petición ante cualquier oficina pública o privada, etc., etc. Esos derechos humanos y constitucionales consagrados en el llamado bloque de constitucionalidad han sido objeto de petición para su implementación hacen muchos años atrás ante casi todas las instituciones públicas nacionales y hasta internacionales, lamentablemente a quienes hemos iniciado dicha lucha por la legalidad y la justicia nos han sometido a toda una serie de vendettas de toda forma y tamaño en todo tiempo y lugar. Y como en nuestro medio nada es gratis y las grandes transformaciones y cambios suponen también grandes sacrificios la puesta en vigencia del D.S. 0100 también ha tenido un precio muy alto para sus promotores; ese es el caso del Dr. Luis Carlos Paravicini Jordán sempiterno luchador contra la corrupción que ha dejado su carrera y obligado a dejar su cargo afectando hasta su vida familiar en pro de sus ideales; estando en el Consejo de la Judicatura ya había advertido la ilegalidad de dichas asociaciones en su actuar y por denunciar ese hecho cumpliendo fielmente sus atribuciones y obligaciones como Consejero de la Judicatura ha sido sometido a la más cruel y sañuda persecución inquisitorial de parte de varios Colegios de Abogados y del Colegio Nacional de Abogados con una serie de juicios de todo tipo de los cuales, y como no podía ser de otra manera, ha sabido salir adelante sin mácula. El D.S. 0100 expresa que es necesario profundizar y dar continuidad a la construcción normativa del proceso de cambio; dicha profundización nunca será completa si no se reivindica plenamente a los gestores de dichos cambios y se les devuelve el sitial del que fueron despojados por la dictadura de la corrupción durante su hegemonía, por eso se hace imperiosamente necesario el retorno de aquellos que han sabido demostrar más que ampliamente su vocación de lucha contra la corrupción. Serán las futuras generaciones de abogados quienes a partir de esta norma justa y legal profundicen y continúen la vigencia de sus libertades democráticas para que nunca más sean desconocidas, siguiendo el legado de quienes ha dejado su vida en el camino.

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