Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo –Noviembre 2008 Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
MONOTRIBUTO IMPUESTO
AUTONOMOS
REGIMEN DE INFORMACION Régimen Excepcional de Información
MES
PAGO
Noviembre-08
MES
Noviembre-08
7
PAGO
7
R.G. (AFIP) 2496 Sujetos que revistan al 01/10/2008 en las Categorias "D" y "E" del Monotributo
17
Aportes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
AUTONOMOS
EMPLEADOR
Pago de aportes y contribuciones R.G. (D.G.I.) 3847 Art. 9°
Presentación de declaraciones juradas. Pago de aportes y contribuciones. R.G.(DGI) 3834 - R.G. (AFIP) 712 Art. 15 PRESENTACION
MES
C.U.IT. Nº
PAGO
Octubre-08
0y1 2y3 4y5 6y7 8y9
3 4 5 6 7
MES
C.U.IT. Nº
PAGO
Octubre-08
0y1 2y3 4y5 6y7 8y9
7 10 11 12 13
Otros vencimientos sobre Recursos de la Seguridad Social. CONCEPTOS
MES DE
C.U.IT. Nº
PAGO
Octubre-08
0y1 2y3 4y5 6y7 8y9
7 10 11 12 13
Octubre-08
todos
17
Asociaciones Sindicales. Cuotas y Adicionales. Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. Vales Alimentarios y Cajas de Alimentos. (14%)
FONDO DE DESEMPLEO. INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
SERVICIO DOMESTICO - APORTES Y CONTRIBUCIONES R.G. (A.F.I.P.) 841 Obligatorios Art. 8° inciso a) Voluntarios Art. 8° inciso b)
Octubre-08 Octubre-08
0a9 0a9
10 17
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo – Noviembre 2008 IMPUESTO
AL
VALOR
DECLARACION JURADA MENSUAL R.G. (A.F.I.P.) 715 Art. 7° MES C.U.I.T. Nº PRESENTA Y PAGA EL
Octubre-08
0 2 4 6 8
y y y y y
1 3 5 7 9
18 19 20 21 24
AGREGADO ACTIVIDAD AGROPECUARIA. R.G. (A.F.I.P.) 1745 C.U.I.T. PRESENTA
Declaración jurada anual
0y1
18
Presentación mensual
2y3
19
4y5
20
6y7
21
8y9
24
mes de Octubre-08 Ingresos Anuales
Cierres mes Octubre-08 PROCESO: S.I.Ap. - IVA Presentación de diskete rotulado, formularios 731 CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS EN EL S.A.D. Y EN EL S.A.M. Los contribuyentes de S.A.M. que solicitaron autorización para presentar mediante el sistema "Osiris en Línea" pueden hacerlo y pagar hasta el último día del cronograma. (R.G. 816)
PRESENTACIONES ESPONTANEAS Y REGIMENES DE FACILIDADES DE PAGO ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
A.P.I. SANTA FE Cuota nº
Día
Decreto
R.G.
Cuota nº
93/2000 93/2000 93/2000 93/2000 1384/2001
984 984 793 793 793 793 1.159
2 3 103 101 102 101 67
1.159
67
Ley 12118 Decreto 2340/03 (Deudas hasta el
30/04/2003)
57 de 60
17
Concepto
Día
Deudas Recursos Seguridad Social
24 24 24 24 24 24 17
Deudas Impositivas
24
Presentación
Octubre-08
Presentación
Septiembre-08
Reformulación planes vigentes Obligaciones vencidas al 31/10/99 Obligaciones entre 1/11/99 y 29/2/00 Obligaciones entre 1/3/00 y 31/5/00
Art. 11 inc b
1384/2001 Art. 11 inc b
1.678
correspondiente
RAFA
20
Obligaciones impositivas y recursos de la Seg. Social vencidas al 31/03/2004
1.856
correspondiente
1.966
correspondiente
RAFA - Extendido RFPP (#) 1er. Intento RFPP (#) 2do. Intento RFPP (#) Cuotas impagas
2.278
correspondiente
REFP (##) 1er. Intento REFP (##) 2do. Intento REFP (##) Cuotas imapagas
20 17 26 12 17 26 12
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo – Noviembre 2008 IMPUEST O
A
LAS
G ANANCIAS R.G . (A.F.I.P.) 992 Y (A.F.I.P.) 48 PR ESENT A
Ejercicios finalizados durante el mes de:
Contribuyentes y responsables,
C.U.I.T.
artículo 49 incisos a), b) y c) y
y PAG A EL DIA
Junio-08
último párrafo que llevan un sistema contable que les permite
CONTRIBUYENTES COM PRENDIDOS EN EL S.A.D.
confeccionar balances en forma
Presentación diskette rotulado. Formularios 713.
comercial, sociedades de perso
CONTRIBUYENTES COM PRENDIDOS EN EL S.A.M .
nas y empresas o explotatacio-
Presentación diskette rotulado. Formularios 713.
nes unipersonales que confec-
0y1
7
2y3
10
4Y 5
11
6y7
12
8y9
13
0y1
7
2y3
10
4Y 5
11
6y7
12
8y9
13
cionan balances en forma comercial sobre la base de libros de contabilidad.
Mayo-08 CONTRIBUYENTES COM PRENDIDOS EN EL S.A.D. y S.A.M . Presentación del formulario 760/C ó F. 780.
APLICATIVO "S.I.Ap. - G ANANCIAS SO CIEDADES"
IMPUEST O A LA G ANANCIA MINIMA PRESUNT A. LEY 25.063. R.G . (A.F.I.P.) 997 Art. 7° C.U.I.T.
Declaración jurada anual. para ejercicios finalizados durante el mes de:
Corresponde la presentación en la m edida que se hubiese dado de alta en el im puesto, corresponda ingresar saldo o se hayan ingresado anticipos.
TERMINADO EN
PRESENT A
PAG A
0y1
7
10
2y3
10
11
4Y 5
11
12
6y7
12
13
8y9
13
14
Junio-08 Im porte m ínino exento: $ 200.000,00 Alícuota: 1 %
DETERMINACION E INGRESO DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES R.G. (A.F.I.P.) 2,233
S.I. Ap. - SICORE - SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES RESOLUCION GENERAL (A.F.I.P.) 738
C.U.I.T.
DIA
Informe de las retenciones y/o percepciones practicadas, previa deducción del pago a cuenta. Ganancias e I.V.A. del mes de: Oct-08
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
10 11 12
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
21 24 25
Ingreso de las retenciones practicadas desde el: 01/11/08 hasta el: 15/11/08
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo – Noviembre 2008 Anticipos Sociedades IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Resolución General (A.F.I.P.) 327 (*) - 328. Modificada por R.G. (A.F.I.P.) 839 Sujetos comprendidos en el artículo 69 de la ley del Impuesto a las Ganancias. EJERCICIOS QUE
ANTICIPOS
CIERRAN EN
NUMERO
Agosto-08 Septiembre-08 Octubre-08 Noviembre-08 Diciembre-08 Enero-09 Febrero-09 Marzo-09 Abril-09 Mayo-09
10 9 8 7 6 5 4 3 2 1
% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 8,33% 25,00%
VENCIMIENTOS C.U.I.T. DIA
0-1-2-3
13
4-5-6
14
7-8-9
17
OBSERVACIONES
Corresponderá efectuar el ingreso cuando el importe que se determine para cada anticipo resulte igual o superior a $ 45,00.
IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA SUJETOS COMPRENDIDOS EN EL ART. 2º (inc. a), b), d), f), g), h)) DE LA LEY 25.063. R.G. (A.F.I.P.) 327 y 328
Demás responsables EJERCICIOS QUE
ANTICIPOS
SOBRE UN
CIERRAN EN
NUMERO
TOTAL DE
Julio-08 Agosto-08 Septiembre-08 Octubre-08 Noviembre-08 Diciembre-08 Enero-09 Febrero-09 Marzo-09 Abril-09 Mayo-09
11 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1
11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11
% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00% 9,00%
VENCIMIENTOS C.U.I.T. DIA
OBSERVACIONES
Corresponderá efectuar el
0-1-2-3
13
4-5-6
14
7-8-9
17
ingreso cuando el importe que se determine para cada anticipo resulte igual o superior a $ 45,00
Regímenes de Información CRUZAMIENTO INFORMATICO DE TRANSACCIONES IMPORTANTES PERIODO
Oct-08
R.G. (A.F.I.P.) 781 Cap. I CONCEPTO REGIMEN INFORMATIVO SOBRE OPERACIONES DE COMPRA IMPORTACIONES, LOCACIONES Y PRESTACIONES
Art. 4° C.U.I.T. 0 2 4 6 8
-
1 3 5 7 9
DIA 18 19 20 21 24
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo – Noviembre 2008 Regimenes de Información IM P R E N T A S . R .G . (A .F .I.P .) 1 0 0 . - A ne x o IV P E R IO D O
CO NCEPTO IM P R E N T A S : trabajos de im presión entregados en cada m es calendario: fecha de entrega.
C .U .I.T .
D IA
todos
17
8 6 4 2 1
11 12 13 14 17
O ct-08 IM P O R T A D O R E S 1. P ara 3°s: com proba ntes im p orta dos
entregados en cada m es calendario 2. C om probantes para uso propio com probantes im portados en cada m es calendario
A U T O IM P R E S O R E S para cada tipo de com probante últim o núm ero utilizado por punto de v enta en el período inform ado
O ct-08
PROVINCIALES Y Oct-08 Directos
Según digito control correspondiente al número de inscripción
0 2 4 6 8
-
1 3 5 7 9
12 13 14 17 18
9 7 5 3 0
M UNICIPALES
A.P.I. - IMPUEST O SOBRE LOS ING RESOS BRUT OS
PERIODO:
-
MUNICIPALIDAD DE ROSARIO DERECHO DE REGIST RO E INSPECCION
Convenio Multilateral DIA 13 14 17 18 19
PERIODO: Oct-08 DIA - Contribuyentes Directos que paguen el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Santa Fe, únicamente.
10
- Contribuyentes del Convenio Multilateral en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
17
A partir del 1/5/05, los contribuyentes directos del Im p. Ing. Brutos Santa Fe, deben utilizar la actualización 2.0. Por Resolución de la Com isión Arbitral 3/2005 la DJ anual de Convenio Multilatelal fue prorrogada al 18/08/05.
A.P.I. - IMPUEST O SOBRE LOS ING RESOS BRUT OS DIA RETENCIO NES Y PERCEPCIO NES
IMPUEST O SO BRE LOS INGRESOS BRUT OS CO NVENIO MULT ILAT ERAL Informe mensual de retenciones y percepciones
Retenciones y percepciones practicadas entre el 16 y el 31 de
O ctubre-08
sufridas por contribuyentes controlados por el
10
SICOM - Resolución General 77 / 2001 Declaración jurada nominativa
MES DE:
Retenciones y percepciones practicadas entre el 01 y el 15 de
Nov iem bre-08
25
25 Oct-08
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Calendario Impositivo – Noviembre 2008 PROVINCIALES Y MUNICIPALES A.P.I. - IMPUESTO INMOBILIARIO RURAL
A.P.I. - PATENTE ÚNICA SOBRE VEHÍCULOS
Cuarta cuota anual 2008
Cuarta cuota anual 2008
Según digito control de la partida.
Dígito
DI A
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
17 18 19 20 21
Según digito control del dominio.
Dígito
DIA
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
20 21 24 25 26
EN CASO QUE EL VENCIMIENTO COINCIDA CON UN DIA FERIADO, EL MISMO SE TRASLADA AL PRIMER DIA HABIL SIGUIENTE, EXEPTO PARA EL CASO DE LAS RETENCIONES DE INGRESOS BRUTOS QUE SE TRASLADARAN AL DIA ANTERIOR.
Información proporcionada por nuestro colaborador: Dr. Víctor Alberto Lioni (con información hasta el 23 de octubre de 2008.)
Información General – Noviembre 2008 DIA FERIADO. REQUISITO PARA LA PERCEPCIÓN DEL SALARIO
Para tener derecho a percibir el salario correspondiente a un feriado nacional, el art. 168 LCT establece un requisito previo: el trabajador tiene que haberse desempeñado -a órdenes del mismo empleador- cuarenta y ocho horas o seis jornadas dentro del lapso de diez días hábiles anteriores al feriado. Establece el mismo derecho para el trabajador que hubiese trabajado la víspera hábil del día feriado y además continua trabajando en cualquiera de los cinco días hábiles subsiguientes.
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699
Información General – Noviembre 2008 TRABAJADOR EN CONDICIONES DE OBTENER EL BENEFICIO DE JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA Y MUJER QUE OPTA POR SEGUIR TRABAJANDO HASTA LOS 65 AÑOS DE EDAD. IMPROCEDENCIA DE LA INTIMACIÓN DEL EMPLEADOS El Art. 5 del Decreto 679/95, reglamentario de la ley 24.241, dispone que el empleador podrá hacer uso de la facultad que le otorga el Art. 252 LCT (intimación al trabajador que reúne las condiciones para jubilarse) "cuando el trabajador reuniere los requisitos necesarios para acceder a la Prestación Básica Universal, salvo en el supuesto previsto en el segundo párrafo del Art. 19 de la ley 24.241". La disposición legal impide entonces que el empleador pueda intimar validamente a iniciar el trámite jubilatorio en estos dos supuestos: a) Trabajador que reúne la edad y años de servicios con aportes para obtener la prestación por edad avanzada (Art. 34 bis ley 24.241) y b) Trabajadora mujer que opta por continuar trabajando hasta los 65 años de edad.
CONTRATO DE TEMPORADA. COMUNICACIÓN DEL COMIENZO DEL CICLO AL TRABAJADOR. SILENCIO DE ESTE ULTIMO. CONSECUENCIAS El Art. 98 LCT prevé que, con una anticipación no menor a treinta (30) días respecto del inicio de cada temporada, el empleador deberá notificar en forma personal o por medios públicos idóneos a los trabajadores de su voluntad de reiterar la relación o contrato en los términos del ciclo anterior. El trabajador deberá manifestar su decisión de continuar o no la relación laboral en un plazo de cinco (5) días de notificado, sea por escrito o presentándose ante el empleador. En caso que el empleador no cursara la notificación a que se hace referencia en el párrafo anterior, se considerará que rescinde unilateralmente el contrato y, por lo tanto, responderá por las consecuencias de la extinción del mismo. Si bien la norma en comentario establece las consecuencias de la falta de comunicación del empleador, nada dispone sobre el silencio del trabajador ante la comunicación que le efectúa el empleador de su voluntad de comenzar el nuevo ciclo de temporada. Si se considera que las razones por las que el trabajador no responde a esa convocatoria a reanudar el contrato pueden ser múltiples (viaje, enfermedad, etc.) y que el Art. 58 LCT establece la inadmisibilidad de presunciones en contra de aquel que conduzcan a sostener la renuncia al empleo o a cualquier otro derecho, sea que las mismas deriven de su silencio o de cualquier otro modo que no implique una forma de comportamiento inequívoco en aquél sentido, entendemos que el empleador debe intimar al dependiente para que de respuesta a su comunicación en un plazo razonable –que no debe ser inferior a 48 horas- bajo apercibimiento de extinguir el contrato por la causa de abandono de trabajo prevista en el Art. 244 LCT.
Boletín Informativo http://www.aer.org.ar –
[email protected] – 4250690 - 4250699