Arrendamiento Con Promesa De Venta Sonia De Martinez 2018--- Lote Uno Poligono D Bonanza.-.doc

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NOSOTROS: SONIA GARCIA DE MARTINEZ, de sesenta y seis años de edad, Contador, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero uno cuatro tres cinco ocho dos uno- uno, y con Número de Identificación Tributaria mil ciento ocho- cero setenta mil setecientos cincuenta y dos- cero cero uno- cinco; a quien en adelante se llamará "la arrendante"; y, KATHERINE ESTEFANIA DE ORANTES, de ____________ años de edad,___(profesión u oficio)____, del domicilio de_______________, con Documento Único de Identidad número _______________, y con Número de Identificación Tributaria _______________; a quien en adelante se llamará "la arrendataria", por el presente instrumento convenimos en celebrar un contrato de arrendamiento con promesa de venta, bajo las condiciones siguientes: I) Que la arrendante es dueña de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento de Usulután, desmembrado de la Hacienda California, el cual se ubica entre la Quinta Calle Poniente y Primera Calle Poniente, del Cantón Tierra Blanca, Jiquilisco, Usulután. Que sobre el inmueble antes descrito se ha formado la Lotificación denominada "BONANZA". II) Que de la parcelación antes mencionada desmembra el lote identificado como LOTE NUMERO UNO DEL POLIGONO “D”, LOTIFICACION BONANZA, el cual se describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida Principal y el Pasaje A Oriente, de la Parcelación Habitacional "Bonanza", y midiendo sobre este último un rumbo, Sureste ochenta y dos grados veintisiete minutos diecisiete segundos y una distancia de dieciséis punto sesenta y cinco metros se llega a un punto desde el cual midiendo una deflexión derecha de noventa grados con una distancia de cinco punto cincuenta metros se llega al esquinero Nor-Oriente mojón uno, donde comienza y linda el lote que se describe a continuación: LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, del mojón uno al dos, Suroeste cero siete grados treinta y dos minutos cuarenta y tres segundos con una distancia de veinticinco punto cero metros; lindando por este tramo con el Lote dos, del Polígono D de la misma Parcelación. LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, del mojón dos al tres, Noroeste ochenta y dos grados veintisiete minutos diecisiete segundos con una distancia de diez punto quince metros; lindando por este tramo con el Lote cinco del Polígono D, de la misma parcelación; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, del mojón tres al cuatro, Noreste cero siete grados treinta y dos minutos cuarenta y tres segundos con una distancia de veintiuno punto cero metros; lindando por este tramo con el Lote cuatro, del Polígono C, de la misma Parcelación, Avenida Principal de trece metros de ancho de por medio; LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por dos tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón cuatro al cinco, con una longitud de curva de seis punto veintiocho metros y un radio de curvatura de cuatro punto cero metros; Tramo dos, del mojón cinco al uno, Sureste ochenta y dos grados veintisiete minutos diecisiete segundos con una distancia de seis punto quince metros; lindando por estos tramos con el Lote cinco, del Polígono B, Pasaje A Oriente, de once metros de ancho de por medio. Así se llega al vértice Nor Oriente, que es donde se inició la presente descripción. El terreno antes descrito tiene un área de DOSCIENTOS CINCUENTA PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS CINCUENTA Y OCHO PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS. III) Que por la cantidad de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que la arrendataria pagará en la forma que más adelante se dirá, la arrendante da en arrendamiento con promesa de venta el lote de terreno antes descrito, entregándoselo en este acto a la arrendataria en el concepto dicho. IV) Que el precio de la promesa de venta lo pagará la arrendataria en la forma siguiente: En este acto entrega como prima la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y el resto de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo pagará la arrendataria por medio de dos cuotas de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS DE AMERICA cada una, en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS, contados a partir de hoy. V) El incumplimiento por mora en cualquiera de éstas cuotas, hará caducar el plazo estipulado y dará por terminado el presente contrato sin ninguna responsabilidad para la arrendante del lote, quien podrá exigir su inmediata desocupación, también queda estipulado que las cantidades abonadas quedarán en concepto de cánones de arrendamiento por el tiempo que tuvo vigencia el contrato. Se otorgará la escritura de venta, libre de gravamen, al estar pagado el precio total del arriendo en las condiciones dichas, a más tardar quince días después de su vencimiento. Al caducar el arriendo con promesa de venta, por causa imputable a la arrendataria, se dispondrá libremente del lote de terreno descrito, como si este contrato no hubiere existido; y si la arrendataria hubiere hecho mejoras la arrendante se podrá aprovechar de ellas, sin obligación de reconocer gasto alguno por tal concepto, pudiendo exigir la entrega del lote de terreno, en este caso, sin necesidad de requerimiento judicial, pues la arrendataria renuncia al desahucio judicial y sus términos, y las sumas de dinero que se hubieren entregado quedarán como renta de arrendamiento simple. VI) OTRAS ESTIPULACIONES: El riesgo de la cosa arrendada quedará a cargo de la arrendataria, lo mismo que los gastos de escrituración e impuestos fiscales, y solo podrá ceder su derecho a favor de terceros con autorización expresa de la arrendante. Toda instalación de servicios públicos como agua, luz, teléfono, aceras o cualquier otra infraestructura para mejorar la Lotificación será por cuenta de la arrendataria. Y yo, KATHERINE ESTEFANIA DE

ORANTES, DIGO: Que acepto el presente contrato de arrendamiento con promesa de venta, en las condiciones y estipulaciones consignadas, dándome por recibida del lote de terreno en los conceptos dichos; ambas contratantes señalamos como domicilio especial el de la ciudad y departamento de San Salvador, a cuyos tribunales nos sometemos expresamente. En fé de lo anterior firmamos, en la ciudad de _____________, el ___________del mes de octubre de dos mil dieciocho.

F:_________________F:___________________ ARRENDANTE

ARRENDATARIA.

En la ciudad de ___________, a las ________ horas del día ____ de ______ de dos mil dieciocho. Ante Mí, ___________________, Notario, del domicilio de ____________, comparecen las señoras: SONIA GARCIA DE MARTINEZ, de sesenta y seis años de edad, Contador, del domicilio de la Ciudad y Departamento de San Salvador, que conozco e identifico con su Documento Único de Identidad número cero uno cuatro tres cinco ocho dos uno- uno, y con Número de Identificación Tributaria mil ciento ocho- cero setenta mil setecientos cincuenta y doscero cero uno- cinco; a quien en adelante se llamará "la arrendante"; y, KATHERINE ESTEFANIA DE ORANTES, de ____________ años de edad,___(profesión u oficio)____, del domicilio de_______________, a quien no conozco pero identifico con su Documento Único de Identidad número _______________, y con Número de Identificación Tributaria

_______________; a

quien en adelante se llamará "la arrendataria"; ME DICEN: Que reconocen como propias las firmas y conceptos vertidos en el documento que antecede, fechado en esta ciudad y éste día, por medio del cual la primera declara que ha dado en arrendamiento con promesa de venta, a la segunda de las comparecientes un lote de terreno rústico marcado según el plano de Lotificación, con el número UNO DEL POLIGONO D DE LA LOTIFICACION BONANZA, entre la primera y Quinta Calle Poniente, Cantón Tierra Blanca, Jurisdicción de Jiquilisco, Departamento de Usulután, de una extensión superficial de un área superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA PUNTO TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS CINCUENTA Y OCHO PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS; y cuyas medidas y colindancias se describen en el documento mencionado. Que el precio de la promesa de venta lo pagará la arrendataria en la forma siguiente: En este acto entrega como prima la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y el resto de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo pagará la arrendataria por medio de dos cuotas de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS DE AMERICA cada una, en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS, contados a partir de hoy. Por su parte la segunda de las comparecientes dice: Que acepta el referido contrato de arrendamiento con promesa de venta, en las condiciones y estipulaciones consignadas, dándose por recibida del lote de terreno descrito en el concepto dicho. Ambas contratantes ratifican todos los demás conceptos vertidos en el documento que antecede, los cuales ratifican en esta acta. El suscrito notario da fé: Que las firmas que calzan el referido documento y que se leen, en su orden "S. Martínez" y "____________.", son AUTENTICAS, por haber sido puestas de su puño y letra de las

comparecientes, en mí presencia. Expliqué a las otorgantes, los efectos legales de la presente acta notarial, que consta de ______ folios; y leído que les hube íntegramente en un solo acto, sin interrupción todo lo escrito, ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.

F:_________________F:___________________ ARRENDANTE

ARRENDATARIA.

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