ACTA
Nº
XII
DE
LA
SESION
CELEBRADA
POR
LA
COMISIÓN
NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2009 En Cuenca, en los locales de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, siendo las 11,20 hs. se reúnen las personas que se indican, para continuar con la negociación del articulado del CC de referencia.
-Por GEACAM, PEDRO BASCUÑANA Y MARIANO ARRIBAS REDONDO -Por UGT, ALVARO GARCIA ASENSIO, ANGEL J. ANDRES LAFUENTE, ANTONIO GÓMEZ PÉREZ, JESUS GUTIERREZ GARCIA, CLARA ISABEL MARTÍNEZ JIMENO JESÚS LAIN CALLEJA, CONSTANTINO GARCÍA GARCÍA ADHAN HENIC CEHIC MARCO ANTONIO ZORNOZA CAMPILLO -Por CGT, BALDOMERO MANZANEQUE GARCIA ISAAC VIÑAS MOLERO CRISTOBAL CARMONOA AREVALO PRUDENCIO ZÁRATE FERNÁNDEZ AMBROSIO RUIZ MOLERO MARCOS ALAMEDA FERNÁNDEZ ÁNGEL MAQUEDA RAMÍREZ -
Por CCOO, DEMETRIO MUÑOZ ABAD, IÑAKI BLANCO MUÑOZ Fº JAVIER TERRIZA RODRÍGUEZ DE GUZMÁN MANUEL AMORES GONZÁLEZ JULIO MORENO REGORDÓN JSE M. TORRES
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- ART. 22.- JORNADA, HORARIO DE TRABAJO Y DURACION DE LA CAMPAÑA. Sobre lo que queda pendiente, la Empresa admite la desaparición de los días de lluvia que serían todos retribuidos (lo demás quedaría tal cual) y aunque pendiente de definir, propone que se recoja -en caso de lluvia o nieve- la posibilidad de llevar a los trabajadores a otro tajo
(evitando
las
distancias
muy
largas
o
mantener
a
los
trabajadores en los coches, esperando que mejore el tiempo) y si no fuera posible darles formación y solo en el caso de que la Empresa no pudiera hacerlo dejarles marchar a casa. UGT admite esta propuesta, limitando en tiempo o Kms. las distancias de traslados. CCOO manifiesta que solo acepta que si llueve o amenaza lluvia la Empresa solo puede dar formación y que esta sea impartida por los técnicos de formación. CGT dice que si llueve los trabajadores se deben ir a su casa sin perder ni sin tener que recuperar días, con independencia de cual sea su número. Ante la falta de acuerdo, los Sindicatos se convocan para hacer una oferta conjunta, limitando tiempo y Kms. de recorrido. - ART. 23.- DISPONIBILIDAD Sobre lo que queda pendiente no se llega a un acuerdo. Las Centrales quieren que se reconozca un nuevo Complemento de Disponibilidad y la Empresa mantiene que la disponibilidad ya viene retribuida con el Complemento de Extinción y que el acuerdo económico está cerrado con el acuerdo que firmaron con la Empresa y la Administración en Toledo el día 27 de agosto. ART. 24.- VACACIONES. Sobre las dos únicas cuestiones que quedaban pendientes (número de días y suspensión por baja laboral) no se llega tampoco a acuerdo.
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La Empresa no admite ningún día más de vacaciones (33 naturales), ni la suspensión de vacaciones cuando se están disfrutando ya y se produce una IT. Si admite por el contrario que “en el caso de IT, sea cual sea su causa, o una baja maternal, producidas con anterioridad al disfrute del periodo vacacional fijado, el trabajador tendrá derecho a su disfrute en un periodo distinto, incluso en el año posterior a su devengo, siempre que dicho periodo se fije de muto acuerdo con la empresa” UGT y CCOO mantienen el planteamiento inicial de 35 días laborables y CGT lo planteado en su día de crear una comisión más reducida para negociar este y otros asuntos. Finalmente ante la falta de acuerdo las tres Centrales manifiestan aceptar los 33 días si se cogen en verano. ART. 25.- PERMISOS Y LICENCIAS. PENDIENTE DE NEGOCIAR La Empresa ofrece dos días de asuntos propios, cuya concesión quedaría condicionada a las necesidades del servicio, incorporando a los días de permiso por enfermedad o fallecimiento que se entiende la necesidad de desplazamiento cuando se trate de otra Provincia
y al
apartado 1,k, lo acordado en Toledo el día 27 de agosto sobre cambios de turno: -
“Los cambios de turno se efectuarán siempre en el ámbito provincial entre trabajadores de la misma categoría profesional y con la misma cualificación.
-
No se podrán enlazar más de dos cambios de turno seguidos en un mes, por lo que entre dos grupos de cambios deberá haber al menos un día de trabajo efectivo..
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El límite máximo de personas que puede estar disfrutando de un cambio de turno al mismo tiempo, será del 50 % de los que componen la Unidad.
-
En
caso
de
emergencia
declarada
por
la
Administración
Autonómica o Nacional, quedarán automáticamente anulados todos los cambios de turnos autorizados que no han comenzado a disfrutarse.”
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Tras una amplia discusión, la Empresa manifiesta su disposición aceptar que se considere desplazamiento cuando se supere una distancia determinada en Kms. (que no se concreta). Respecto a la elección libre de los días a disfrutar por el trabajador, la Empresa estaría dispuesta a aceptar que en el caso de que haya internamiento hospitalario acreditado, el trabajador eligiera libremente los días durante el periodo de prevención (incluso salteados) y en el de extinción que eligiera el momento a partir del cual se disfrutan, pero de manera seguida no llegándose a concretar ningún acuerdo.
Siendo las 15,10 hs., se da por terminada la reunión, convocándose las partes para continuar con la negociación el próximo día 5 a las 11 hs. en este mismo lugar.
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