Ace Acuerdo Con Chile

  • November 2019
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ECB Empresarial Inversión Extranjera y Acuerdo Comercial con Chile: Principales aspectos económicos, aduaneros y legales I. Introducción En los últimos días, nuestro frente económico externo ha recibido el magnífico impulso de dos noticias excelentes: la firma de un Acuerdo de Complementación Económica (o más bien un Tratado de Libre Comercio) con Chile, y, apenas hace un día, la mejora de nuestra clasificación de riesgo, por parte de la agencia Fitch Ratings. El primer tema, que será tratado a continuación, constituye todo un hito, no sólo por el inédito nivel de integración económica que promueve entre dos países latinoamericanos, sino porque involucra a dos seculares competidores en el Pacífico Sur. El segundo resulta importantísimo en la pugna peruana por atraer capitales, pues la mejora de la clasificación de nuestro país, desde la anterior BB hasta la flamante BB+, nos pone a sólo un peldaño del ansiado Grado de Inversión (BBB–). Lamentablemente, dado que la primicia surgió casi al cierre de esta edición, tendrá que ser abordada con más detalle en otra oportunidad. Sin embargo, vale la pena consignarla. Antes de entrar al tema principal, es decir el Acuerdo de Complementación Económica con Chile, hagamos una breve revisión de los datos disponibles a la fecha sobre la inversión extranjera en el país.

de suscribir, constituye en realidad un Tratado de Libre Comercio (TLC). Ello es así porque no sólo establece la liberalización del comercio de bienes, sino también el libre flujo de servicios e inversiones, así como mecanismos para la solución de controversias. En tal sentido, constituye un hito en las relaciones comerciales latinoamericanas, al ser el primer documento de esta naturaleza que suscriben dos países de la región. En su parte netamente comercial, el acuerdo amplía aquél firmado en 1998, el cual liberó de aranceles al 83% de los productos intercambiados por ambas naciones, y permitió un notable incremento del comercio bilateral. Aunque por ahora no considera la eliminación total de aranceles –que será negociada en un año– el tratado contempla importantes avances en los temas más saltantes de la relación bilateral, como el laboral y migratorio, y la protección de inversiones. Por ello, se espera que se convierta en un instrumento vital para dinamizar el comercio y contribuir al desarrollo de ambos países. •

Puntos del acuerdo y beneficios Aparte de la obvia expansión de los flujos comerciales y de inversiones que producirá en la relación chileno-peruana, el acuerdo beneficiará a ambos países en diversos aspectos puntuales. Señalaremos algunos:

II. La inversión extranjera en el Perú



Beneficios para el Perú

Según datos de Proinversión, la inversión extranjera directa en nuestro país acumuló un stock de US$ 14,278 millones al cierre del año 2005. Los países donde se originó la mayor parte de ésta fueron España y Estados Unidos, con porcentajes equivalentes al 35% y 19% del total, respectivamente. Chile se ubicó en tercer lugar con un 7%, seguido de México con 6% y Sudáfrica con 5%. Aproximadamente el 35% del stock se concentró en el sector de telecomunicaciones, de la mano de las fuertes inversiones efectuadas en la década anterior. Otros porcentajes importantes se concentraron en la industria (15%), minería (15%), finanzas (12%) y energía (11%).



Inversiones. Las empresas peruanas que se instalen en Chile tendrán un trato igual al de sus pares de ese país. Esto permitirá solucionar uno de los principales obstáculos de la relación bilateral actual, en la que mientras los empresarios chilenos no tienen restricciones para establecerse en nuestro país, los peruanos que desean hacerlo en Chile confrontan varias trabas legales. Como garantía, se ha introducido una cláusula que faculta al Perú a establecer las mismas restricciones que eventualmente aplique Chile. Laboral y Migratorio. Los migrantes peruanos serán protegidos por los convenios internacionales sobre la materia. Esto beneficiará a unos 80 mil compatriotas que residen y trabajan en Chile, quienes tendrán acceso a la seguridad social, a la posibilidad de reconversión laboral



El ACE con Chile El Acuerdo de Complementación Económica (ACE) entre Chile y Perú, que se acaba ESTUDIO CABALLERO BUSTAMANTE









y a la capacitación. Además, los profesionales y técnicos peruanos podrán acceder a visas temporales de trabajo, lo que facilitará la instalación de negocios que requieren de personal especializado, por ejemplo los restaurantes. Pensiones. Los ciudadanos de Chile y Perú que decidan residir en el otro país podrán efectuar el traslado internacional de sus fondos de pensiones de una a otra AFP. Aduanas. Se acordó reducir a sólo 48 horas el plazo para los despachos de mercancías. Asimismo, se decidió establecer mecanismos de cooperación. Sanitario y Fitosanitario. Se acordó mejorar la normatividad, con el fin de identificar con mayor precisión las zonas libres o con escasa prevalencia de plagas. Asimismo, se decidió establecer una mayor cooperación entre las agencias de supervisión.



Beneficios para Chile Dado que las inversiones chilenas en el Perú sobrepasan los US$ 4 mil millones, y con la firma del ACE seguramente crecerán mucho más, el interés de los inversionistas de ese país estaba centrado en la parte del acuerdo que aborda la protección a las mismas. En tal sentido, el texto firmado los ha dejado satisfechos, porque perfecciona y amplía el acuerdo de protección y promoción ya suscrito anteriormente. Además, el capítulo de solución de controversias les garantiza que los conflictos que eventualmente se produzcan se conducirán por los cauces adecuados, sin discriminación alguna.

III. Aspectos aduaneros y legales En el marco de comercio exterior, la ampliación del ACE 38, además de la preferencia arancelaria para nuestros productos en el ingreso al mercado chileno, apareja una serie de modificaciones al sistema aduanero de nuestro país, permitiendo ello que se abran nuevas ventajas y posibilidades para los operadores de comercio exterior en general y para las empresas que se dedican a la importación en particular. En ese sentido, el presente artículo aborda las principales modificaciones que el ACE 38 introduce en el sistema aduanero nacional, las cuales reFuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados

presentan enormes ventajas para nuestro comercio exterior. •

Publicación y prepublicación El ACE 38 determina que toda norma aduanera se publique en internet o en una red de telecomunicaciones comparable. Ello para nuestro país no es nuevo, toda vez que la norma aduanera, además de ser publicada en el Diario Oficial, es “colgada” por la SUNAT en su página web. 1. Prepublicación La gran novedad es que el ACE 38 dispone que todo proyecto de norma aduanera debe prepublicarse. Ello es así a fin de ser enriquecida por los operadores y sector privado en general, quienes conocen de primera fuente la problemática que se pretende regular o resolver con la nueva norma. Esta disposición pone fin a una práctica usual en la Administración desde hace muchos años, en virtud de la cual se proyectan y publican normas sin solicitar previamente la opinión del sector o gremio involucrado. Ello conllevaba que el sector o gremio se enterase de una nueva disposición al estar publicada, la cual muchas veces resultaba antitécnica, precisamente por no haber sido coordinada previamente. 2. Consultas Para reforzar lo anterior, el ACE 38 dispone que cada país designe a uno o varios puntos de contacto a quienes los usuarios del comercio exterior puedan dirigir sus consultas relacionadas a materias aduaneras. En esa medida, se dispone que cada país ponga a disposición en Internet información sobre el procedimiento para la formulación de tales consultas. •

Revolución del proceso de importación peruano En otro contexto, bien puede referirse que el ACE 38 terminará por “revolucionar” el proceso de importación peruano, toda vez que crea un procedimiento sumamente ágil de importación de bienes originarios de Chile, modificando dramáticamente dos (02) aspectos esenciales del sistema de importación nacional: la duración del desaduanaje y el almacenamiento de las mercaderías. 1. Duración del desaduanaje De acuerdo con la Ley General de Aduanas, al arribar una mercadería al país, se producen tres (3) eventos: 1. Se descarga la mercadería de la nave o aeronave; 2. Se traslada la mercadería del puerto o aeropuerto al terminal de almacenamiento; 3. Se ingresa la mercadería al terminal de almacenamiento. De conformidad el Procedimiento de SUNAT ADUANAS INTA.PG.09, “ProceFuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados

dimiento de Manifiesto de Carga”, las mercancías arribadas deben ser entregadas dentro de las 24 horas siguientes al término de la descarga por los transportistas o sus representantes en el país a los almacenes aduaneros. Asimismo, el término de la recepción de la mercancía por los almacenes aduaneros se efectúa en un plazo máximo de cinco (05) días computables a partir del día siguiente del término de la descarga. Luego, la Ley General de Aduanas concede al importador un plazo de 30 días hábiles para que proceda a iniciar el trámite aduanero de importación, contados a partir del día siguiente del término de la descarga. Una vez iniciado el trámite de importación, si la mercadería es seleccionada a revisión documentaria o reconocimiento físico, de no haber observaciones por la Aduana, el desaduanaje puede demorar 24 ó 48 horas, respectivamente. En caso la Autoridad Aduanera formule observaciones estos plazos se amplían. En ese contexto, no obstante las medidas de facilitación, sabemos de, por ejemplo, la gran cantidad de quejas de los importadores en los últimos años por el retraso de la disponibilidad de su carga por 4 días, 1 semana o tiempos mayores. Este esquema es totalmente superado por el ACE 38, en virtud del cual Perú y Chile deben permitir, en la medida de lo posible, el despacho aduanero de la mercadería importada (desaduanaje) en un plazo no mayor de 48 horas de la llegada de la mercadería al país, lo cual a todas luces representa un trascendente y enorme avance respecto del contexto actual, favoreciendo enormemente al importador, pues podrá disponer su carga casi inmediatamente. 2. Eliminación del almacenamiento La Ley General de Aduanas considera como regla general que la carga arribada al país sea necesariamente trasladada a un terminal de almacenamiento, a fin que en dicho recinto permanezca la mercadería mientras se inicie el trámite aduanero de importación y se efectúe el desaduanaje. De acuerdo a la Ley, sólo por excepción, para los operadores que demuestren un buen comportamiento frente a la Administración, la Autoridad Aduanera los autoriza a trasladar directamente la carga a sus instalaciones o almacenes, en el marco del sistema anticipado de despacho aduanero. El ACE 38 determina un esquema totalmente diferente, disponiendo que la Autoridad Aduanera de cada país deba permitir el despacho de la mercancía en el lugar de la llegada, sin obligar el traslado de la misma a un terminal de almacenamiento. Efectuar el desaduanaje en el

lugar de la llegada y no en un terminal de almacenamiento, favorece definitivamente al importador, toda vez que podrá disponer más rápidamente de su carga, además de que no tendrá que asumir el costo de almacenaje. •

Modificación y reforma necesaria El esquema propuesto por el ACE 38 revoluciona el tradicional sistema aduanero de importación peruano, dado que las antes referidas modificaciones obligan necesariamente a: ■ La profunda modificación de las normas aduaneras. Si bien es cierto se ha modificado hace poco tiempo la Ley General de Aduanas y el Reglamento de la Ley (Decreto Legislativo Nº 951 y el Decreto Supremo Nº 11-2005-EF), el ACE 38 obliga que nuevamente se modifiquen las referidas normas; modificación no sólo de forma sino de fondo. ■ La modernización de la Administración Aduanera nacional. La Aduana Peruana fue objeto de un proceso de modernización en la década de los noventa. El ACE 38 obliga que la Aduana se sujete a una segunda etapa de reformas de modernización, que conlleve a modificar todos sus procesos operativos, diseñados considerando que la mercadería permanece en el terminal de almacenamiento antes del levante; lo cual permita efectuar el control aduanero en tan sólo 48 horas. •

Promoción del sistema de envío Rápido de mercaderías El ACE 38 fomenta la realización de un sistema de envío rápido de mercaderías. El sistema de envío rápido de mercaderías es el que prestan las empresas de courier, la cual es rápida precisamente porque la totalidad de actividades de la cadena logística internacional la desarrolla una misma persona, la empresa de courier, a saber: el traslado en el país de exportación, el despacho de exportación en el país de exportación, el transporte internacional, el desaduanaje en el país de importación, el almacenamiento de la mercadería en el país de importación, etc. En esa medida, el ACE 38 determina que Perú y Chile posean procedimientos aduaneros separados y expeditos para los envíos de entrega rápida, el cual posea las siguientes características: ■ Permita la presentación y el procesamiento de la información antes del arribo al país del envío de entrega rápida. ■ Uso de un manifiesto único para cubrir todas las mercaderías comprendidas en un envío. ■ Reducción de la documentación exigible para permitir el despacho del envío. ■ En circunstancias normales, el desaduanaje de la mercadería debe realizarse en un plazo no mayor de 6 horas, contadas ESTUDIO CABALLERO BUSTAMANTE

desde la presentación de los documentos a la Aduana. Resoluciones anticipadas: Definición El ACE 38 determina la existencia de resoluciones anticipadas, las cuales consisten en pronunciamientos oficiales de la Administración Aduanera previamente a la importación respecto de un aspecto que involucra la importación o de la mercadería.

el plazo máximo de 3 años, siempre que los hechos o circunstancias en que se basa la resolución no hayan cambiado.



1. Importancia para el operador Las resoluciones anticipadas resultan sumamente útiles para el importador, pues permiten que el operador, antes de realizar la importación, tenga conocimiento de la “posición oficial” de la Administración respecto de determinado tema, asegurándose que cuando realice la importación no tenga reparo arancelario alguno, no incurra en infracción, etc. En la eventualidad que la Intendencia de Aduana formule observación (en no pocas oportunidades existe disparidad de criterios entre las Intendencias de Aduana y el área normativa central), suscitándose una controversia, la resolución anticipada resulta plenamente oponible a la acción de la Intendencia de Aduana. En esa forma, la resolución anticipada propicia seguridad jurídica para el importador. 2. Amplitud de materias El ACE 38 determina que las Administraciones Aduaneras de cada parte emitan resoluciones anticipadas en materia de clasificación arancelaria y evaluación si una mercancía cumple con el régimen de origen (condiciones para calificar como mercancía originaria). Asimismo, el ACE 38 permite que se emitan resoluciones anticipadas en otras materias aduaneras que convengan ambos países. En la actualidad, la legislación prevé que la Administración Aduanera nacional emita pronunciamientos anteriores a la importación solamente en materia de clasificación arancelaria (artículos 53º y siguientes del Reglamento de la Ley General de Aduanas). 3. Período de eficacia De acuerdo con el ACE 38, las resoluciones anticipadas deberán ser emitidas en un plazo no mayor a 150 días, siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos para su solicitud, incluyendo, si se solicita, una muestra de la mercadería para la cual se solicita la resolución anticipada. 4. Entrada en vigencia y validez Cada Parte dispondrá que las resoluciones anticipadas entren en vigor a partir de la fecha de su emisión, u otra fecha especificada en la resolución, hasta por ESTUDIO CABALLERO BUSTAMANTE

5. Modificación Asimismo, el ACE 38 permite que la resolución anticipada pueda ser modificada o revocada en casos que así lo justifique, tal como cuando el importador ha presentado información falsa o inexacta. En ese caso, si un solicitante provee información falsa u omite hechos relevantes, o no actúa conforme lo establece una resolución anticipada, cada país está facultado a aplicar sanciones civiles, penales, administrativas u otras.

del Acuerdo de Promoción Comercial (TLC) suscrito entre el Perú y EE.UU. ello teniendo en cuenta que las modificaciones introducidas por el ACE 38 en el sistema aduanero y sus respectivos plazos de implementación también están comprendidos en el TLC con Estados Unidos.

IV. Temas Pendientes

Mejora en el manejo de riesgo El ACE 38 determina que las Aduanas perfeccionen su manejo de riesgo. El manejo de riesgo permite que la carga donde efectivamente haya riesgo o fraude sea efectivamente seleccionada a control aduanero, sea en revisión documentaria sea en reconocimiento físico. De nada sirve que la Aduana retrase un despacho asignando canal naranja o canal rojo y, al fin de cuentas, no encuentra ninguna incidencia. Mejorando el manejo de riesgos permite que se seleccione aquello donde muy probablemente se encuentre alguna incidencia. En ese sentido, el manejo de riesgos, además de favorecer a los importadores correctos evitando que su carga sea revisada por la Aduana, permite a la Autoridad Aduanera mayor eficiencia en el empleo de sus recursos.

Varios temas tuvieron que dejarse para una negociación posterior, en vista de que insistir con ellos hubiera dilatado la aprobación del tratado, dada su complejidad y la existencia de posiciones contrapuestas. Entre ellos se encuentran los de servicios financieros, zonas francas y homologación de títulos universitarios y técnicos, que recién serán discutidos el próximo año. El tema de la desgravación arancelaria, básico para dar forma a la zona de libre comercio, también será abordado el próximo año. Chile quería tratarlo ahora, pero el Perú se opuso, pues mantiene reservas en lo que concierne al agro, tema en el que su interlocutor no tiene grandes áreas sensibles, debido a que su arancel promedio ponderado ya es de apenas 2%. El tema de la propiedad intelectual, que incluye el caso del pisco, también fue postergado, pese a que el Perú quería incluirlo. El asunto de las compras gubernamentales, que Chile quería incluir, fue postergado a pedido de los empresarios peruanos, quienes manifestaron estar en desventaja, por pagar 30% de impuestos, frente al 15% que pagan las empresas chilenas. El tema de inversiones y servicios, también fue aplazado, hasta dentro de seis meses, a pedido peruano. Chile quería tratarlo, demandando un trato no discriminatorio en los sectores de hidrocarburos, transporte aéreo y telecomunicaciones. El Perú se reservó, diciendo que se trata de sectores estratégicos.







Automatización de procesos El ACE 38 dispone que todo el proceso aduanero se encuentre sistematizado. Ello obligará a que SUNAT - ADUANAS se involucre en nuevo proceso de modernización de sus sistemas, favoreciendo la rapidez del despacho aduanero. •

Plazos de implementación Dado el enorme desafío que representa para las autoridades nacionales las modificaciones introducidas por el ACE 38, que implica implementar medidas de modificación legislativas y de operativa aduanera, el ACE 38 determina un plazo de implementación. En ese contexto, para alcanzar las medidas referidas al despacho aduanero (duración y eliminación del almacenaje), el ACE 38 determina un plazo de implementación de 1 año para su correcta adaptación. Asimismo, para la adopción de procedimientos para promover el sistema de envío rápido, el plazo es de 2 años; en tanto que para implementar las resoluciones anticipadas, el plazo es de 3 años. •

Cómputo de los plazos El ACE 38 determina que el cómputo de los plazos de implementación antes referidos se computen a partir de la entrada en vigor

Expectativas

Lo que espera el Perú El Perú espera ganar, y mucho, acercándose a Chile. Aparte de las naturales ventajas que otorga de por sí el libre comercio, la asociación con su vecino del sur permitirá a nuestro país incrementar su prestigio económico, al figurar en materia de apertura económica a la par de la nación más aplicada y exitosa de la región. No hay que olvidar que Chile es el país de menor riesgo de América Latina, y su política económica es permanentemente elogiada. Bajo tales circunstancias, al Perú le conviene alinearse estrechamente con el país del sur, y constituir con éste un bloque económico signado por la estabilidad, apertura económica, orientación exportadora y alto crecimiento. Por otro lado, dado que Chile ya ha dado los primeros pasos para negociar nuevos Fuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados

acuerdos comerciales con varios países asiáticos, entre ellos Japón y Malasia, al Perú no le haría mal intentar sumarse a dicho esfuerzo del país del sur, con el objeto de ser tomado en cuenta en los eventuales tratados que pudieran concretarse con dichos países. Una muestra de las ventajas que comienza a lograr el Perú con esta nueva relación es el planteamiento chileno para que ambos países actúen en forma conjunta frente al Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), así como su ofrecimiento para que nuestro país se integre al denominado P-4, pacto comercial conformado, además de Chile, por Nueva Zelanda, Singapur y Brunei. En el plano netamente empresarial, el Perú podría beneficiarse de la asesoría chilena o de la comercialización conjunta de sus productos de agroexportación, considerando que el país del sur ya es un amplio conocedor de los principales mercados. Lo que espera Chile En los últimos años, Chile se ha venido mostrando crecientemente interesado en estrechar vínculos con el Perú. Esto se debe, según los analistas de ese país, a la constatación de que la economía peruana no sólo se ha estabilizado, sino que viene registrando un crecimiento fuerte y sostenido, previéndose para este año y los próximos tasas de expansión inclusive mayores que las del mismo Chile. Esta favorable observación se refuerza con el impulso que el Perú viene dando a la apertura comercial, reflejada en el TLC ya firmado con Tailandia, el próximo a ser aprobado con Estados Unidos, y los que prevé poner en práctica con la Unión Europea, China y otros países o bloques. Además, se fundamenta en el reconocimiento que Chile siempre hace a la estratégica ubicación geográfica, abundancia de recursos naturales y gran potencial energético peruanos. Este último factor resulta crucial para dicho país, que se halla sumido en un grave problema de abastecimiento, que podría ser resuelto de concretarse un acuerdo para la utilización del gas de Camisea. Es decir, Chile comienza a considerar al Perú como un buen socio dentro de su estrategia de proyectarse hacia los mercados mundiales. Esta percepción ha cobrado más fuerza tras la comprobación de que, pese a todos sus esfuerzos, al país del sur le resulta extremadamente difícil, tanto por su escaso tamaño como por su desventajosa ubicación geográfica, convertirse en una «plataforma de exportación», particularmente al gigantesco mercado del Asia. Por otro lado, siendo el país con el mayor número de TLCs firmados a nivel mundial, algunos de ellos con gigantes como EEUU, la Unión Europea y China, Chile afronta el riesgo de no poder atender adecuadamente los mercados ya abiertos, sea por insuficiencia de su oferta exportable (que se ha visto incaFuente: www.caballerobustamante.com.pe Derechos Reservados

paz de crecer a la misma velocidad con la que el país abre nuevos mercados), o por la estacionalidad, que le limita la disponibilidad de varios productos, especialmente de agroexportación, durante varios meses del año. Estos aspectos podrían ser resueltos mediante una eventual alianza con un socio como el Perú, rico en recursos naturales, y con una oferta exportable enormemente variada (a consecuencia de su gran número de microclimas), que le permitiría cubrir la carencia estacional de su oferta exportable (dado que los períodos de cosecha entre ambos países son complementarios para algunos cultivos, como la uva o la palta). Dicha alianza también permitiría al país del sur conformar cadenas productivas binacionales que le darían mayor valor agregado a su producción. Ello podría ocurrir, por ejemplo, con la madera, que Chile exporta como tablas y muebles simples por un valor anual de US$ 3 mil millones, y que, trabajada con una mano de obra de menor costo pero superior técnica para los acabados como la peruana, podría tener una mejor presentación y precio, al incorporar el valor agregado de un trabajo más artesanal. Con el marco protector que ahora brindará el ACE, los chilenos ya están preparando una nueva oleada de inversiones. En la minería, por ejemplo, existe un gran interés, habida cuenta del gran conocimiento de Chile en la materia y el inmenso potencial peruano, donde apenas ha sido explorado el 10% del territorio. En la acuicultura prevén desarrollar inversiones mixtas con empresarios peruanos, incursionando en rubros de gran potencial, como la crianza de truchas en las lagunas andinas, con fines de exportación. En el turismo, planean desarrollar circuitos binacionales, basados en el gran potencial peruano y buscando atraer a los visitantes que se mueven en la zona del Atlántico. En el sector agroexportador, uno de los de mayor potencial, los chilenos prevén incursionar en la compra de terrenos en la costa, para cultivar y exportar, preferentemente en asociación con empresarios peruanos, productos que ya han demostrado su alta calidad y rendimiento, como los mangos, paltas, uvas y cítricos; y los espárragos, pimientos, alcachofas y cebollas.

Según éstas, el stock total de inversiones sureñas en el Perú acumuladas desde el año 1990 hasta el 2005 supera ya los US$ 4,200 millones, lo que representa el 14% de todo lo que Chile invierte en el exterior. En virtud de ello nuestro país se posiciona como el tercer lugar de destino de estos capitales, únicamente por detrás de Argentina (US$ 14,800 millones) y Brasil (US$ 4,500 millones). Y quizá muy pronto se ubique en el segundo lugar, habida cuenta de que las inversiones arribadas en el primer semestre de este año (US$ 270 millones) vienen superando a las de dichos países. Las inversiones chilenas, llevadas a cabo por más de cien empresas, se concentran en los sectores energético, industrial y comercial y financiero. Cabe recordar que fue en la década de 1990 que los chilenos hicieron su ingreso masivo al país, adquiriendo, en el marco del proceso de privatización, diversas empresas generadoras y distribuidoras de electricidad anteriormente en manos del Estado, a la vez que conformando varias entidades bancarias y financieras, dedicadas principalmente al crédito de consumo. En esta década, las mayores inversiones se están efectuando en el sector comercio, principalmente a través de las principales cadenas de supermercados y tiendas de departamentos, como Falabella y Ripley. Estas y otras empresas del sector de retail ya han acumulado inversiones por US$ 805 millones, las cuales han sido utilizadas no sólo para expandir rápidamente su red de establecimientos en Lima, sino también para desarrollar el negocio en las principales capitales de provincias. También son importantes las inversiones efectuadas en los últimos años en varios proyectos mineros, así como la realizada por la petrolera estatal ENAP, que adquirió los grifos anteriormente pertenecientes a Shell. Además, la presencia chilena se está haciendo notar en la construcción, sector en el cual viene participando en la edificación de diversos planes habitacionales de gran envergadura. Asimismo, los chilenos están intensificando su participación en la actividad agroexportadora peruana, dado su enorme potencial, y aprovechando el know how empresarial que ellos poseen, luego de casi dos décadas de experiencia en el rubro.



Inversiones peruanas en Chile A diferencia de lo que ocurre con su contraparte, la inversión peruana en tierras mapochinas apenas fluctúa entre US$ 50 y US$ 100 millones. Es decir, en esta materia Chile nos lleva una ventaja astronómica, al haber invertido en nuestro país entre 40 y 80 veces más de lo que nosotros lo hemos hecho en el suyo. Esta ínfima inversión se concentra aproximadamente en un 60% en el sector financiero. Montos y porcentajes aún menos significativos se destinan a la industria, construcción, comercio y transportes. Si bien en los últimos años han cobrado noto-

Evolución de las inversiones

Inversiones chilenas en el Perú Los datos de Proinversión muestran que las inversiones chilenas en nuestro país acumularon un stock total de US$ 998 millones al cierre del 2005. Sin embargo, dado que esta información se maneja con una metodología que tiende a subestimarlas, al no considerar las inversiones efectivamente realizadas, sino únicamente las registradas por las empresas, resulta preferible acudir a las fuentes chilenas, que emplean una metodología más ágil y confiable.

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riedad las inversiones en el sector gastronómico, aprovechando la gran aceptación de que goza la comida peruana en Chile, éstas representan montos minúsculos. Sin embargo, no todo se explica por la escasa disponibilidad de capitales peruanos o la falta de audacia para la inversión externa. Gran parte de tal situación es atribuible a las restricciones que la legislación chilena acostumbró imponer a los capitales de afuera. Dichas trabas legales ya afectaron hace algunos años los proyectos de expansión del Banco de Crédito y otros grupos nacionales. Felizmente, con la reciente firma del ACE, tales obstáculos han quedado superados. •

Balanza comercial Luego de varios años de una débil relación, el intercambio comercial entre el Perú y Chile se ha venido fortaleciendo, superando actualmente los US$ 1,750 millones. Las exportaciones peruanas a Chile, que en 1995 ascendían apenas a US$ 153 millones, se elevaron a US$ 1,129 millones en el 2005, habiendo crecido 640% en dicho período. Dado que las exportaciones chilenas al Perú sólo llegaron a US$ 625 millones, la balanza comercial nos fue favorable en US$ 504 millones. El superavit peruano se produjo por segundo año consecutivo; anteriormente, la balanza comercial había favorecido regularmente a Chile. Debe puntualizarse que gran parte de tal superavit se debe al molibdeno, mineral cuyas exportaciones se elevaron exponencialmente desde el año 2000, al pasar de US$ 16 millones a los actuales US$ 694 millones, con los que representó el 61% del total exportado a Chile en el 2005. A mucha distancia, le siguieron los aceites crudos de petróleo y los minerales de cobre y concentrados. Luego se ubicaron, con montos mucho menores, las barras de acero, las grasas y aceites de pes-

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cado, el zinc sin alear, las bolas para molino de hierro o acero, y los carburoreactores tipo kerosene para aviación. En lo que va de este año, las exportaciones peruanas mantienen un comportamiento ascendente, habiendo totalizado a junio US$ 608 millones. Las exportaciones de Chile, por su parte, se caracterizaron por contener un mayor componente manufacturado que las peruanas. Además, estuvieron bastante más desconcentradas. Así, el principal producto, el papel de prensa en bobinas, representó, con sus US$ 32 millones, únicamente el 5% del total. Otros productos importantes fueron el Diesel 2, el nitrato de amonio, el pescado congelado y la gasolina sin plomo. •

Niveles de apertura En materia de apertura comercial, Chile aventaja enormemente al Perú, al ser uno de los países que han firmado un mayor número de tratados de libre comercio en el mundo. Por lo tanto, practica un comercio de cero aranceles con un gran número de naciones. Como al resto de países le aplica un arancel no sólo plano, sino también sumamente bajo, de apenas 6%, su arancel promedio ponderado resulta ser de sólo 2%. El Perú, no obstante su apertura iniciada en los años 90, aún es un país bastante más proteccionista, con apenas dos TLCs firmados a la fecha (con Tailandia y Chile) y con un arancel promedio mucho más alto que el chileno, resultante de la aplicación de cinco diferentes tasas (0%, 4%, 7%, 12% y 20%). •

Cuánto nos lleva Chile El tratamiento del presente tema constituye una ocasión propicia para efectuar una breve comparación de algunos de los principales indicadores de ambos países, con el fin de tener una idea de su situación en materia económica y social.

Veamos en primera instancia la parte productiva. El PBI de Chile asciende a US$ 115 mil millones (dato del 2005); el del Perú, por su parte, a US$ 78 mil millones. Esto significa que la economía chilena es 47 % más grande que la peruana. La diferencia se amplía al evaluar el PBI per cápita, ya que la población chilena es mucho menor que la peruana (15 versus 27 millones). Así, el indicador chileno (US$ 7,670) es 164 % más alto que el peruano (US$ 2,900), reflejando la gran diferencia de ingresos entre los habitantes promedio de ambos países. En materia de exportaciones, mientras que las chilenas totalizaron US$ 40 mil millones en el año 2005; las peruanas sólo alcanzaron los US$ 17 mil millones. Sin embargo, es previsible que la diferencia se acorte gradualmente, pues nuestro país recién comienza a desarrollar una agresiva política en este aspecto. En materia financiera, Chile es el país con la mejor reputación de América Latina. Su nivel de riesgo país es de sólo 50 puntos básicos. El del Perú, si bien es uno de los más bajos de América Latina, supera los 130 puntos. En lo que atañe a la confianza para las inversiones, Chile goza desde hace ya varios años del Grado de Inversión, al estar clasificado con la graduación A, la más alta de América Latina. El Perú, si bien acaba de subir de categoría, al pasar de la clasificación BB a BB+, aún se mantiene dentro del denominado Grado de Especulación. En el aspecto social, las diferencias entre Chile y el Perú son aún más marcadas. El Índice de Desarrollo Humano (indicador de las Naciones Unidas que muestra el nivel de vida de la población), lo ubica en el puesto 36 a nivel mundial, conformando el grupo de los países de Desarrollo Humano Alto. El Perú, ubicado en el puesto 79, forma parte de los países de Desarrollo Humano Medio. ■

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