Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (BOE 24/11/2008)
Santander, 5 de febrero de 2009
Real Decreto 1892/2008, de 14 noviembre (BOE 24/11/2008)
Procedimientos de acceso a la universidad:
PAU
Estudiantes procedentes de otros países
Prueba de acceso a la Universidad para quienes tengan el título de Bachiller
Directamente o mediante proceso de homologación
Desde FP Con el título de Técnico superior (acceso a todas las titulaciones)
Mayores de 25 años
Mayores de 45 años
Acreditación de experiencia laboral
Real Decreto 1892/2008, de 14 noviembre (BOE 24/11/2008)
PAU (prueba de acceso a la universidad) FASE GENERAL
1 Texto (Lengua Castellana)
0 a 10 puntos
FASE ESPECÍFICA
2 Hª Filosofía o Hª España
3 Lengua extranjera
4 Materia de modalidad
0 a 10 puntos
0 a 10 puntos
0 a 10 puntos
MATERIAS DE MODALIDAD DE 2º BACHILLERATO (diferentes de la elegida en la Fase General) Calificación de 0 a 10 en cada una de ellas (Se consideran superadas las materias con calificación igual o superior a 5)
Media aritmética de las cuatro pruebas
CFG: CALIFICACIÓN DE LA FASE GENERAL (Mínimo 4 puntos)
40% Calific. FASE GENERAL + 60% Expediente Bachillerato
SUPERACIÓN DE LA PAU: MÍNIMO 5 PUNTOS
Real Decreto 1892/2008, de 14 noviembre (BOE 24/11/2008)
PAU (prueba de acceso a la universidad) NOTA DE ADMISIÓN (cuando hay concurrencia competitiva)
0,6*NMB + 0,4*CFG + a*M1 + b*M2
NMB = Nota Media Bachillerato
CFG = Califiación Fase General
M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de las materias de modalidad superadas en la fase específica
a, b = parámetros de ponderación de las
materias de la fase específica El valor de “a” y “b” será igual a 0,1: Las universidades podrán elevarlo a 0,2 en las materias que consideren más idóneas
Sólo se considerarán las notas de la parte específica si dichas materias están adscritas a la rama de conocimiento del titulo al que se quiere ser admitido
La superación de la Fase General tendrá validez indefinida. La calificación de las materias de la fase específica sólo tendrá validez durante los dos cursos siguientes al de la superación de las mismas
Real Decreto 1892/2008, de 14 noviembre (BOE 24/11/2008)
Implantación de la nueva PAU El nuevo sistema de la PAU (selectividad) no se aplica hasta el curso próximo (2009/2010), en este curso (2008/2009) todavía se mantiene la PAU como en los anteriores. La prueba oral de idioma extranjero no se aplicará hasta el curso 2011/2012.
Real Decreto 1892/2008, de 14 noviembre (BOE 24/11/2008)
ACCESO A LA UNIVERSIDAD CON TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR Y TÉCNICO DEPORTIVO SUPERIOR El Ciclo Formativo de Grado Superior da acceso a todas las titulaciones universitarias NOTA DE ADMISIÓN (cuando hay concurrencia competitiva)
NMC + a*M1 + b*M2
NMC = Nota Media del Ciclo Formativo
CFG = Califiación Fase General
M1, M2 = Las dos mejores calificaciones de los
módulos que componen el Ciclo Formativo de Grado Superior (quedando exceptuados FOL, FCT y Empresa y Cultura Emprendedora)
a, b = parámetros de ponderación de los módulos del ciclo formativo El valor de “a” y “b” será igual a 0,1: Las universidades podrán elevarlo a 0,2 en los módulos que consideren más idóneos