OBSTETRICIA FORENSE
ABORTO INFANTICIDIO
Andrés Villegas Fuentes CATEDRA DE MEDICINA LEGAL 2008 – 2009
DR. JORGE ARIAS BUENAÑO
ABORTO
En lo fundamental es un proceso patológico o un delito. Es la interrupción provocada del embarazo, con muerte del feto, fuera de las excepciones legales. La expulsión del feto en una etapa temprana de la gestación, que le impida adquirir el poder de sostener la vida. El concepto medico legal derivará entonces del texto penal respectivo no siempre igual en cada país. COMO DELITO: Interrupción del embarazo mas no la expulsión del feto. CONCLUSION: Interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo
ETIMOLOGICAMENTE……… LATIN: ABORTUS…… Participio del verbo Aborior. COMPUESTA POR: AB = de (indica separación) ORIOR = Levantarse, salir, nacer. Se define como la interrupción del embarazo antes de la viabilidad fetal.
EPIDEMIOLOGICAMENTE……..
Según el MSP se han registrado atenciones por aborto inseguro en el 2000 cerca de 15000….. En el 2007 fueron algo mas de 24000. En el 2000 los partos normales fueron 117000 y 144000. Es decir en el 2000 la incidencia fue de 1 aborto por cada 9 partos En el 2007 aumentó a 1 aborto por cada 6 partos.
EPIDEMIOLOGICAMENTE……..
Los abortos atendidos en las unidades de la Junta de Beneficencia suman: 5376 en menores de 15 años. 9745 entre 16 – 19 años. 13297 entre 20 – 35 años. 6134 en edades sobre los 35 años.
EPIDEMIOLOGICAMENTE……..
Los Partos entre los años 2000 – 2007 registran un aumento del 20% Los abortos subieron mas del 80%. EN CONCLUSION: Los embarazos no deseados y que terminan en aborto son un serio problema de salud publica que debe ser abordado como tal…..
CLASIFICACION SEGÚN CIE-10 /OMS
Aborto retenido: Aborto espontaneo.
Es una muerte fetal temprana que no se expulsa
Complicado con infecciones del tracto urogenital y pelvis. Complicado con hemorragia o por alteraciones de la coagulación. Complicado con daño de los órganos y tejidos pelvianos. Complicado con IRA. Complicado con alteraciones metabólicas e hidroelectroliticas. Complicado con Shock Hipovolemico y Séptico. Complicado con embolias. Complicado con otros eventos (paro cardiaco / anoxia cerebral) Complicado con complicaciones no especificas Sin complicaciones.
CLASIFICACION CLINICA......
SEGÚN EL ORIGEN:
Aborto inducido – provocado – voluntario. Aborto espontaneo involuntario.
SEGÚN LAS CONSECUENCIAS:
Aborto no complicado Aborto complicado.
SEGÚN SU EVOLUCION:
Amenaza de aborto o síntoma de aborto Aborto inminente o inevitable. Aborto diferido o retenido.
SEGÚN SU TERMINACION:
Aborto incompleto (restos de aborto) Aborto completo
SEGÚN LA CONDICION JURIDICA:
Ilegal Muy restrictivo Condicional Legal
CLASIFICACION CLINICA......
SEGÚN SU FRECUENCIA:
Aborto Habitual o Recurrente
SEGÚN SU EDAD GESTACIONAL:
SEGÚN SU HALLAZGOS:
Aborto Bioquímico Aborto Clínico (Precoz – Tardío)
Huevo anembrionado
CLASIFICACION MEDICO - LEGAL POR CAUSA PATOLOGICA: POR TRAUMATISMO ACCIDENTAL PROVOCADO CON INTENCION (DOLOSO) PROVOCADO SIN INTENCION
(CULPOSO O PRETERINTENCIONAL
TERAPEUTICO EUGENICO
COMPONENTES DEFINICON DEL DELITO Interrupción del embarazo (no la expulsión) Acto provocado (dolo o culpa) Muerte del feto Fuera de las excepciones legales (terapéutico – eugénica)
ABORTO ESPONTANEO Aproximadamente el 75% ocurren antes de la duodécima semana. Por lo general de los 70 – 80 días de gestación. En la mayoría de los casos el embrión ha muerto días o semanas antes. SINTOMAS CLINICOS DE ABORTO:
Sangrado – dolor – dilatación del cérvix
Embrión mal desarrollado o ausente por completo. Defectos metabólicos SUSTRATUM: Alteraciones hormonales y defectos cromosómicos
ABORTO ESPONTANEO
ABORTO ESPONTANEO
CLASIFICACION DEL ABORTO PROVOCADO LIBRE. EUGENESICO POR RAZONES MEDICAS O TERAPEUTICAS MIXTO (Reducción fetal selectiva)
ABORTO TERAPEUTICO
Art. 447. Código Penal El aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer o de su marido o familiares íntimos, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible: 1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo proviene de una violación o estupro cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.
ABORTO TERAPEUTICO CONDICIONES REQUERIDAS El autor debe ser medico diplomado. La mujer tiene que dar su consentimiento (o su representante legal) Existencia de peligro para la vida o la salud de la embarazada. El peligro no puede ser evitado por otros medios que el aborto
ABORTO EUGENICO CONDICIONES EXIGIDAS El autor debe ser medico diplomado. La embarazada ha de ser una mujer idiota o demente. La concepción debe venir de una violación o atentado al pudor Es necesario el consentimiento del representante legal.
OBLIGATORIO
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS SUSTANCIAS ABORTIVAS No son sustancias realmente abortivas sino medicamentos o tóxicos Sufrimiento orgánico como consecuencia de envenenamiento. Sustancias de uso popular y eficacia dudosa. Otras son verdaderos tóxicos…. Existen también sustancias reputadas directamente abortivas (vegetal).
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS MEDICAMENTOS ABORTIVOS
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS MANIOBRAS ABORTIVAS Constituyen los procedimientos mas eficaces. Ocasionan la mayoría de las complicaciones e intervenciones judiciales. Con fines abortivos se han empleado los métodos mas variados e ingenuas. - Coito repetido
- Los saltos de un caballo, etc.
- La carrera
- Lavados vaginales fríos, calientes
La ducha vaginal de agua tibia o a 45 grados o fría durante varias horas y repetidas (fundamento del método de kiwish)
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS MANIOBRAS EFICACES SEPARACION DEL CUELLO UTERINO CON LAMINARIAS……… PROCEDIMIENTOS QUE ACTUAN SOBRE EL HUEVO CONSISTEN: Punción de las membranas. Desprendimiento de membranas. Curetaje uterino. Dilatación cervical Aspiración del contenido ovular Solución salina hipertónica Maniobra de Krausse. Sonda periovular Microcesaria / cesaría
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS
PROCEDIMIENTOS ABORTIVOS
COMPLICACIONES Muerte súbita por inhibición en el momento de la maniobra. Embolia gaseosa. Hemorragias capaz de llevar a la muerte. Lesiones por el instrumento utilizado. Quemaduras por cáusticos o por líquidos calientes. Lesiones abdominales. Infecciones
COMPLICACIONES
DIAGNOSTICO DE ABORTO
Art. 103.- En caso de aborto, los peritos harán constar en el informe los signos demostrativos de la expulsión o destrucción violenta del feto, el tiempo probable del embarazo, las causas que hayan determinado el hecho, si ha sido provocado y, las demás circunstancias que deban tomarse en cuenta para apreciar integralmente la infracción. En los delitos de carácter sexual y de aborto los peritos practicarán el reconocimiento sin la presencia del Fiscal y del Secretario.
DIAGNOSTICO DE ABORTO
Art. 95.- DESIGNACION DE PERITOS Si se tratare de exámenes corporales, la mujer a la cual deban practicárselos, podrá exigir que quienes actúan como peritos sean personas de su mismo sexo.
DIAGNOSTICO DE ABORTO Es un problema esencialmente medico. El perito debe esclarecer varios puntos: SI HA HABIDO ABORTO SU ORIGEN. EPOCA DEL EMBARAZO EN QUE SE PRODUJO…. Examen de la escena del hecho. Examen de la mujer. Examen del feto
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DE LA ESCENA DEL HECHO Restos del producto de la concepción y de placenta para histología. Manchas de sangre para ser clasificadas. Instrumentos médicos. Medicamentos relacionados
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DE LA MUJER Establecer si hay signos de embarazo y evacuación reciente: Examen obstétrico. Examen histológico (Restos placentarios, Signo de Arias – Stella) Examen biológico, inmunológico y/o bioquímico de sangre y orina. Examen toxicológico.
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DE LA MUJER EN VIDA
DIAGNOSTICO DE ABORTO SIGNOS RADIOLOGICOS DE MUERTE FETAL SIGNO DE SPALDING. CURVATURA EXAGERADA DE LA COLUMA VERTEBRAL DEL FETO DEMOSTRACION DE GAS EN EL FETO
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DEL CADAVER DE LA MUJER EN ABORTO Presencia o ausencia de signos del embarazo. Seccionar las mamas. En la vagina atención en el fondo de saco posterior y fondo de Douglas. Características del cuerpo uterino. Circunferencia del orificio externo del cuello. Examinar ovarios en busca de cuerpo amarillo gravídico. Estudio histopatologico . Examinar tracto genitourinario y gastrointestinal en busca de signos.
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DEL CADAVER DE LA MUJER EN ABORTO
DIAGNOSTICO DE ABORTO SIGNOS DE EMBARAZO PREVIO Líneas o estrías blanquecinas del abdomen. Areola oscura persistente alrededor del pezón. Frecuentemente un desgarro cicatrizado en el cérvix. Ausencia de signos de virginidad.
DIAGNOSTICO DE ABORTO EXAMEN DEL FETO Solo permite establecer con bastante aproximación la edad intrauterina . Primeros 5 meses
Raíz cuadrada de la talla del feto.
En los 5 últimos
El cociente de la citada cifra en cms dividida para 5.
ABORTO:
Medición del feto e histología de la placenta.
DIAGNOSTICO DE ABORTO CONCLUSIONES Fecha de las maniobras abortivas. Aborto provocado por técnicos. Aborto provocado por la misma embarazada. Aborto contra su consentimiento. Aborto y violencias. Muerte y lesiones en el aborto. Idoneidad de los medios y procedimientos abortivos
IMPLICANCIA MEDICO LEGAL CODIGO PENAL (TITULO VI: DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
CAPITULO I. Delitos contra la vida Art. 441.- El que por alimentos, bebidas, medicamentos, violencias o cualquier otro medio hubiere, intencionalmente, hecho abortar a una mujer que no ha consentido en ello, será reprimido con tres a seis años de reclusión menor. Si los medios empleados no han tenido efecto, se reprimirá como tentativa
Art. 442.- Cuando el aborto ha sido causado por violencias hechas voluntariamente, pero sin intención de causarlo, el culpado será reprimido con prisión de seis meses a dos años. Si las violencias han sido cometidas con premeditación o con conocimiento del estado de la mujer, la prisión será de uno a cinco años.
IMPLICANCIA MEDICO LEGAL CODIGO PENAL (TITULO VI: DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
CAPITULO I. Delitos contra la vida Art. 443.- El que por alimentos, bebidas, medicamentos o cualquier otro medio hubiere hecho abortar a una mujer que ha consentido en ello, será reprimido con prisión de dos a cinco años.
Art. 444.- La mujer que voluntariamente hubiere consentido en que se le haga abortar, o causare por sí misma el aborto, será reprimida con prisión de uno a cinco años. Si consintiere en que se le haga abortar o causare por sí misma el aborto, para ocultar su deshonra, será reprimida con seis meses a dos años de prisión.
IMPLICANCIA MEDICO LEGAL CODIGO PENAL (TITULO VI: DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
CAPITULO I. Delitos contra la vida Art. 445.- Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer hubieren causado la muerte de ésta, el que los hubiere aplicado o indicado con dicho fin será reprimido con tres a seis años de reclusión menor, si la mujer ha consentido en el aborto; y con reclusión mayor de ocho a doce años, si la mujer no ha consentido. Art. 446.- En los casos previstos por los artículos. 441, 443 y 445, si el culpado es médico, tocólogo, obstetriz, practicante o farmacéutico, la pena de prisión será reemplazada con reclusión menor de tres a seis años; la de reclusión menor, con reclusión mayor de cuatro a ocho años; y la de reclusión mayor ordinaria con la extraordinaria de doce a dieciséis años.
IMPLICANCIA MEDICO LEGAL CODIGO PENAL (TITULO VI: DELITOS CONTRA LAS PERSONAS
CAPITULO I. Delitos contra la vida Art. 447.- El aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer o de su marido o familiares íntimos, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible: 1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo proviene de una violación o estupro cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.
INFANTICIDIO En términos generales es la muerte violenta del recién nacido. Constituye en homicidio configurado por ciertas circunstancias…… Forma parte de la PEDIATRIA FORENSE y algunos autores la incluyen dentro de la OBSTETRICIA FORENSE (Rojas) CIRCUNSTANCIAS: LA OCULTACION DE LA DESHONRA….. COMETIDO DURANTE EL NACIMIENTO….. LA INFLUENCIA DEL ESTADO PUERPERAL… CUANDO LOS PARIENTES SON LOS AUTORES…
INFANTICIDIO CUESTIONES MEDICOLEGALES:
Establecer si el niño nació vivo o no. Determinar la causa de la muerte (natural, accidental, criminal) Problemas de identidad. Tiempo que vivió el niño. Momento de la muerte y tiempo transcurrido desde entonces. Examen de la madre (físico y mental)
NO HAY ESCOLLO MAS GRANDE PARA EL PERITO QUE EL INFANTICIDO
INFANTICIDIO PRUEBAS DE VIDA EXTRAUTERINA:
Constituyen las DOCIMASIAS. Aparato Respiratorio. Aparato Digestivo.
INFANTICIDIO DOCIMASIA PULMONAR
Docimasia pulmonar hidrostática . Docimasia óptica de Bouchut
DOCIMASIA GASTROINTESTINAL PRUEBAS CIRCULATORIAS OTRAS DOCIMASIAS
INFANTICIDIO CAUSAS DE LA MUERTE
Causas Patológicas. Causas obstétricas Asfixia fetal Compresión craneana por pelvis materna. Hemorragias Sífilis, Melena del RN, teratológicas, etc Causas culposas Imprudencia Negligencia de la madre
INFANTICIDIO CAUSAS DE LA MUERTE
Causas accidentales Sofocación El parto por sorpresa.
Causas criminales. Sofocación criminal Estrangulación Sumersión Fractura de cráneo Otras (punzantes, cortantes)
http://escuela.med.puc.cl/publ/arsmedica/a rsmedica6/Art07.html