ANTE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE _______________ (SECCION ___________)
Recurso num.: _____________
D/Dña……………………………………………………………..…, con NIF: …… ……………………………………., funcionario del Cuerpo de …………………………… …., actuando en su propio nombre y representación a tenor de lo establecido en el art. 23.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con domicilio a efectos de notificaciones en ………………………………………………… …, como mejor proceda en Derecho, comparezco y DIGO: Que se le ha notificado resolución por la que se concede a esta parte plazo de veinte días para formalizar demanda y presentar, en su caso, los documentos en que directamente se fundamente su derecho. Que dentro del plazo concedido al efecto y por medio del presente escrito viene a formular escrito de demanda sirviendo de base los siguientes HECHOS PRIMERO. El recurrente presta servicios para la Administración de Justicia como funcionario del Cuerpo de _______________________________________, con destino en ______________________________________________ SEGUNDO. En fecha 4 de febrero de 2.008 fue convocada huelga indefinida por los sindicatos más representativos del Ministerio de Justicia, ejercitando el recurrente su derecho legítimo de huelga en los días que señalo: _____________ La referida convocatoria de huelga se efectuó de forma indefinida entre las 8.30 a 14.30 horas de lunes a viernes. (SE ADJUNTA COPIA DE LA CONVOCATORIA) TERCERO. Que los descuentos efectuados al recurrente por su participación en la huelga desarrollada a partir del 4 de febrero de 2008 en los días reseñados, lo ha sido por un total de 7 horas y media por cada día y no por 6 horas CUARTO. Que se presentó recurso administrativo contra el acto reflejado en su nómina del mes de ___________ de 2008, por el que se acuerda proceder a la deducción proporcional de retribuciones con motivo de los días de huelga
___________________, efectuados por el abajo firmante. (SE ADJUNTA COPIA DE LA NOMINA)
( en caso de haber sido notificada Resolución expresa de la Dirección General para la Administración de Justicia, por la que se ordena la deducción de retribuciones y haberse interpuesto el recurso administrativo contra la misma, habrá de modificarse este hecho tercero en ese sentido.)
A estos hechos le son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO A) DE ORDEN PROCESAL. I.- Jurisdicción. El conocimiento del presente recurso corresponde a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa a tenor de lo establecido en el art. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en adelante LJCA.
II.- Competencia. Es competente para conocer del mismo la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia a la cual me dirijo de conformidad con lo establecido en el art. 10 de la Ley Reguladora.
III.- Legitimación. La activa le corresponde al recurrente de conformidad con lo dispuesto en el art. 19.1.a) de la LJCA. La pasiva le corresponde a la demandada a tenor del art. 21 del mismo texto legal. IV.- Procedimiento.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Jurisdiccional el presente recurso debe tramitarse por el procedimiento ordinario. V.- Costas. Debe estarse a lo establecido en el art. 139 de la LJCA.
B) DE ORDEN SUSTANTIVO. PRIMERO. El art. 30.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, en su tenor literal, establece: <<2. Quienes ejerciten el derecho de huelga no devengarán ni percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación sin que la deducción de haberes que se efectúe tenga carácter de sanción, ni afecte al régimen respectivo de sus prestaciones sociales.>> Por su parte, las Resoluciones de 2 de enero de 2007 y 2008 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos por las que se dictan Instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios, en su respectivo apartado A.2, señalan al respecto del devengo de retribuciones: <<2.1 La diferencia, en cómputo mensual, entre la jornada reglamentaria de trabajo y la efectivamente realizada por el funcionario dará lugar, salvo justificación, a la correspondiente deducción proporcional de haberes. Para el cálculo del valor hora aplicable a dicha deducción se tomará como base la totalidad de las retribuciones íntegras mensuales que perciba el funcionario divididas entre el número de días naturales del correspondiente mes y, a su vez, este resultado por el número de horas que el funcionario tenga obligación de cumplir, de media, cada día.>>
Que al respecto de los concretos descuentos efectuados no se ha tenido en cuenta la previsión normativa al respecto, toda vez que con relación a los días de huelga sobre los que el descuento se está llevando a cabo en la nómina del mes de ________________, se está efectuando dicho descuento por la totalidad de la jornada (incluyendo tanto la jornada ordinaria como la jornada flexible), sin haberse tenido en cuenta que la convocatoria de huelga únicamente hace referencia a la jornada fija, habiendo cumplido este funcionario/a con la jornada flexible.
Por tanto, procede la anulación del acto acordando el descuento en los términos efectuados por infracción del ordenamiento jurídico. En consecuencia, procede el reembolso de la cantidad deducida indebidamente pues la misma se imputa a la totalidad de la jornada correspondiente a los días de huelga descontados de la nómina de ____________, y, todo ello, con abono de los intereses legales correspondientes.
Subsidiariamente, correspondería cuando menos el reembolso de las cantidades correspondientes a la jornada flexible de los días de huelga descontados en la nómina de ______________, igualmente, con abono de los intereses legales. Así, debemos de tener en cuenta que la huelga esta convocada de 8.30 a 14.30 horas de lunes a viernes, y, para el caso de no entender la Sala que ha de anularse el acto en su totalidad, sólo sería procedente un descuento de 6 horas y no de 7,30 horas diarias como se ha practicado por la Habilitación Central. Así: A mi Sueldo base:
1158,45 euros: por 29 días = 39,94 euros /
día 39,94 euros: 7,5 horas = 5,32 euros hora X 6 horas huelga hacen un total de 31,95 euros / día X 6 días huelga =191,7 euros en el periodo A mi antigüedad:
336,09 euros: por 29 días = 11,58 euros / día 11,58 euros: 7,5 horas = 1,54 euros hora X 6 horas huelga hacen un total de 9,27 euros / día X 6 días huelga =55,62 euros en el periodo A mi Complemento General: 273,75 euros: por 29 días = 9,93 euros / día 9,43 euros: 7,5 horas = 1,25 euros hora X 6 horas huelga hacen un total de 7,55 euros / día X 6 días huelga =45,3 euros en el periodo A mi Acuerdo Sindicatos: 175,52 euros: por 29 días = 6,05 euros / día 6,05 euros: 7,5 horas = 0,80 euros hora X 6 horas huelga hacen un total de 4,8 euros / día X 6 días huelga =28,8 euros en el periodo A mi Acuerdo 200 euros:
80 euros: 29 dias = 2,758 euros
/dia 2,758 euros: 7,5 horas = 0,36 euros hora X 6 horas huelga hacen un total de 2,20 euros/ día X 6 días huelga = 13,2 euros en el periodo
.......................... ............. Total descuentos en el periodo
334,62 euros
( Las cantidades habrán de ser modificadas por cada recurrente.)
SEGUNDO. (este fundamento de derecho no se incluiría en el caso de que se hubiese efectuado la notificación de la Resolución administrativa acordando los descuentos) Que se efectuó por la Administración demandada en la nómina del mes de ____________ unas deducciones de haberes por participación en los días de huelga efectuados por este funcionario/a, sin que le haya sido notificada resolución administrativa de órgano competente que acuerde y ordene la deducción de dichas retribuciones en proporción al horario no trabajado, de conformidad con lo establecido en el art. 496.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con la legislación general del Estado para los funcionarios públicos. De acuerdo con el art. 62 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común procede la nulidad de las deducciones practicada en la nómina referida, por cuanto se produce indefensión al firmante, a quien no se le ha notificado acto alguno al respecto y se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.
TERCERO. (este fundamento de derecho no se incluiría en el caso de que NO SE HUBIESEN EFECTUADO DESCUENTOS por jornadas de huelga en que se estuviera designado el recurrente como SERVICIOS MINIMOS)) Que se ha procedido a efectuar descuento respecto del día ___________ en los que, si bien estaba convocada jornada de huelga, el funcionario/abajo firmante estuvo de SERVICIOS MINIMOS (se adjunta copia de la resolución de designación para servicios mínimos ese día), siendo por tanto improcedente el descuento efectuado respecto a dicha fecha. Procedería el reembolso de la cantidad deducida indebidamente correspondiente al concepto reseñado y descontado de la nómina de marzo, con los intereses legales correspondientes. Y, por lo expuesto
SUPLICO A LA SALA que habiendo por presentado este escrito, con sus copias, tenga por formalizada demanda en el presente recurso contenciosoadministrativo y, en su virtud, previo los trámites oportunos, dicte finalmente Sentencia por la que, previa estimación de la presente, se anulen los actos impugnados y se proceda a reembolsar la cantidad íntegra deducida de los haberes del mes de __________, por resultar nula la deducción por la indefensión generada y la ausencia del procedimiento legalmente establecido; o, subsidiariamente se proceda a reembolsar las cantidades indebidamente deducidas y reseñadas en el cuerpo de este escrito; todo ello con los intereses legales correspondientes. Por ser de Justicia que se pide en ______________________________ OTROSI DIGO que la cuantía del presente recurso ha de cifrarse en ____________ (se determinará como cuantía la cantidad máxima descontada en la nómina)
SUPLICO A LA SALA que tenga por hecha la manifestación que antecede. SEGUNDO OTROSI DIGO que interesa al derecho de esta parte el recibimiento del pleito a prueba sobre los siguientes puntos de hecho: -
Convocatoria de huelga entre las 8:30 y 14:30 y de lunes a viernes Descuentos efectuados por el Ministerio de Justicia correspondientes a 7 horas y media por día de huelga Por ser de Justicia que se pide en lugar y fecha ut supra
Fdo.: ______________________