MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY
AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORÍA EN GENERAL1
ADJUDIACION DE MENOR CUANTIA N° 0015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 08-2013-MPR/CE PRIMERA CONVOCATORIA BASES ADMINISTRATIVAS
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO DE PRE INVERSIÓN A NIVEL PERFIL DEL MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY - ANCASH
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Estas Bases se utilizarán para la contratación de servicios en general o para la contratación de servicios de consultoría en general. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones: Servicio en general: La actividad o labor que realiza una persona natural o jurídica para atender una necesidad de la Entidad, pudiendo estar sujeta a resultados para considerar terminadas sus prestaciones. Consultor: La persona natural o jurídica que presta servicios profesionales altamente calificados en la elaboración de estudios y proyectos; en la inspección de fábrica, peritajes de equipos, bienes y maquinarias; en investigaciones, auditorías, asesorías, estudios de prefactibilidad y de factibilidad técnica, económica y financiera, estudios básicos, preliminares y definitivos, asesoramiento en la ejecución de proyectos y en la elaboración de términos de referencia, especificaciones técnicas y Bases de distintos procesos de selección, entre otros.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1.
BASE LEGAL -
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Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Directivas del OSCE. Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2.
CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3.
REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE 1.4.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
1.5.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:
1.6.
No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1.
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2.
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
3.
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones. La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
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1.7.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas. 2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho. 3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo 6
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1.9.
1.
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS2
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PÚBLICO, deberá tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que 2
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De acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directiva Selectiva puede ser público o privado, lo que debe determinarse en la sección específica de las Bases.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—,, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
En caso la presentación de propuestas se realice en ACTO PRIVADO, deberá tenerse en consideración lo siguiente: Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en el lugar, el día y horario señalados en la sección específica de las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos .
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.10.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE:
1.11.
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.3
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica Propuesta Económica
: 100 puntos : 100 puntos
1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PÚBLICO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente: Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas 3
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Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
En caso se hubiese previsto la presentación de propuestas en ACTO PRIVADO, en la evaluación se deberá tener en consideración lo siguiente: Se procederá a la apertura de las propuestas técnicas presentadas y se verificará que contengan los documentos de presentación obligatoria y cumplan con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. IMPORTANTE:
En tanto OSCE no comunique a través de su portal institucional la implementación del mecanismo de notificación electrónica en el SEACE para la Entidad, el Comité Especial deberá notificar al postor el requerimiento de subsanación de la propuesta técnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se tendrá por no admitida. El Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que se publicará en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
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En caso de la descalificación de la propuesta, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE.
1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Donde: i Pi Oi Om PMPE
= = = = =
Om x PMPE Oi
Propuesta Puntaje de la propuesta económica i Propuesta Económica i Propuesta Económica de monto o precio más bajo Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva. Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
1.12.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PÚBLICO, se deberá tener en consideración lo siguiente: En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. 11
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La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP4.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
En caso que el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deberá tener en consideración lo siguiente: El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran alcanzado el puntaje técnico mínimo requerido en las Bases. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:
En el caso de contratación de servicios a ser prestados fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 5.
4
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe
5
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe
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El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto se levantará un acta, la cual será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores, de ser el caso. El otorgamiento de la Buena Pro se publicará y se entenderá notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, bajo responsabilidad del Comité Especial, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo.
1.13.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
1.14.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
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CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1.
RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad que convocó el proceso de selección y es resuelto por el Titular de la Entidad o el funcionario a quien este haya delegado dicha facultad. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2.
PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO 3.1.
DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
3.2.
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3.
DE LAS GARANTÍAS 3.3.1. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.4.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. IMPORTANTE: Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
3.5.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
3.6.
ADELANTOS La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
3.7.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.
3.8.
PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio. La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.9.
DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1.
1.2.
ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre
: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY
RUC Nº
: 20185379079
Domicilio legal
: PLAZA DE ARMAS 170-RECUAY
Teléfono/Fax:
: 043-444153
Correo electrónico:
:
[email protected]
OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de Elaboración Del Proyecto De Preinversión a Nivel Perfil Del “Mejoramiento De Veredas y Rehabilitación De Pistas En La Jurisdicción Urbana Del Distrito De Recuay-Provincia De Recuay-Ancash”
1.3.
VALOR REFERENCIAL6 El valor referencial asciende a S/. 45,000.00 (Cuarenta Y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Setiembre con una vigencia máxima de tres meses de aprobado el expediente de Contratación. IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deberá tomarse en cuenta la regulación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento. De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de selección deberá establecerse además del valor referencial, los límites de éste, con y sin IGV, tal como se indica a continuación:
6
19
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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Valor Referencial (VR)
Límite Inferior Con IGV
S/. 45,000.00
1.4.
Sin IGV
No se ha establecido
Límite Superior Con IGV
Sin IGV
45,000.00
38,135.60
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de Gerencial Municipal N° 049-2013-MPR/GM, con fecha 12 de Setiembre del 2013.
1.5.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Canon y Sobre Canon IMPORTANTE:
1.6.
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7.
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.8.
PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de 75 días calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.9.
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES El costo de la reproducción de las bases es S/. 30.00 (Treinta y 00/100 Nuevos Soles)
1.10. BASE LEGAL -
Ley Nº29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. (consignar la norma que rige en el año fiscal de la convocatoria). Ley Nº29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. (consignar la norma que rige en el año fiscal de la convocatoria).
-
Decreto Legislativo Nº 1017 Que aprueba la Ley de Contrataciones del estado
-
Decreto Supremo Nº 184-2008-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprobó la ley de Contrataciones del estado
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. 20
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CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa
7
Fecha, hora y lugar
Convocatoria Registro de participantes
: :
22 de Octubre 2013 Del: 23 de Octubre 2013 Al: 30 de Octubre 2013
Presentación de Propuestas
: :
04 de Octubre 2013 Municipalidad Provincial de Recuay-Mesa de Partes De 08:00 am a 16:00 Horas 04 de Noviembre 2013 04 de Noviembre 2013, Publicación De La Buena Pro en el SEACE
* En acto privado : Calificación y Evaluación de Propuestas : Otorgamiento de la Buena Pro :
* En acto privado (a través del SEACE) : IMPORTANTE:
2.2.
Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.
REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad Provincial de Recuay, sito en Plaza de Armas N° 170, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas. En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción. IMPORTANTE:
2.3.
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Plaza de Armas N° 170, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-
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21
La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE MPR/CE, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico:
[email protected]. IMPORTANTE:
2.4.
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS8
En caso la presentación de propuesta se realice en ACTO PRIVADO, en la evaluación deberá considerarse lo siguiente: Los participantes presentarán sus propuestas en sobre cerrado, en la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Plaza de Armas N° 170-Recuay, en la fecha y horario señalados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comité Especial. IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas
En ambos supuestos, las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 082013-MPR/CE, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado: Señores MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY PLAZA DE ARMAS N°170-RECUAY Att.: Comité Especial AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Denominación de la convocatoria: Servicio de Elaboración del Perfil Mejoramiento De Veredas Y Rehabilitación De Pistas En La Jurisdicción Urbana del Distrito De Recuay- Provincia de Recuay-Ancash SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado: Señores MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY PLAZA DE ARMAS N° 170-RECUAY Att.: Comité Especial AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE 8
Denominación de la convocatoria: Servicio de Elaboración del Perfil De acuerdo con lo establecido s en una por el artículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuesta De puede Veredas Rehabilitación Pistas La Jurisdicción Urbana AdjudicaciónMejoramiento Directiva Selectiva ser Y público o privado, loDe que debe En determinarse en la sección especí fica de las del Distrito De Recuay- Provincia de Recuay-Ancash Bases. SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
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2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA Se presentará en un original y dos copias9. El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos documentación:
10,
la siguiente
Documentación de presentación obligatoria: a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1). b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección11 (Anexo Nº 2). c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
IMPORTANTE: 9
23
De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
10
La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto convocatoria.
11
El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
de
la
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La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento. Documentación de presentación facultativa: a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso12. b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad13. c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 06 para servicios en General [CONSIGNAR Nº 6 EN EL CASO DE SERVICIOS EN GENERAL O Nº 7 Y Nº 8, EN EL CASO DE CONSULTORÍA EN GENERAL, SEGÚN CORRESPONDA], referido a la Experiencia del Postor.
IMPORTANTE: En el caso de la ejecución de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao podrá presentarse una solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes, según Anexo Nº 11. Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10). En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneración del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaración jurada antes señalada.
IMPORTANTE: En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada. 2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA14 12
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
13
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
14
De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 9). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento. La propuesta económica de los postores que presenten la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV. En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi PTi PEi
= Puntaje total del postor i = Puntaje por evaluación técnica del postor i = Puntaje por evaluación económica del postor i
IMPORTANTE: Dependiendo del correspondan:
objeto
contractual
deberá
incluirse
las
disposiciones
En el caso de servicios en general se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 c2
= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. 0.70 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. 0.30
En el caso de servicios de consultoría se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 c2
= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. 0.70 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. 0.30
Donde: c1 + c2 = 1.00
25
que
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE IMPORTANTE:
En el caso de contratación de servicios que se presten fuera de las provincias de Lima y Callao debe consignarse lo siguiente: “En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta técnica la solicitud de bonificación por servicios ejecutados en la provincia o provincias colindantes (Anexo Nº 11), se asignará una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio objeto del proceso de selección o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio será el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP.”
2.7.
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) b) c) d) e)
f) g)
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso. Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. Correo electrónico para notificar la orden de servicio, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio .
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como: a) b) c) d)
Copia de DNI del Representante Legal. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
2.8.
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada en la Municipalidad Provincial de RecuayMesa de Partes, sito Plaza de Armas N° 170-Recuay.
2.9.
FORMA DE PAGO La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en Un Único Pago al final de la conformidad de la OPI. De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación: -
2.10.
Recepción y conformidad realizada por la unidad de la OPI de la municipalidad Provincial de Recuay. Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. Comprobante de pago. Copia del Contrato
PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS No existe ningún reajuste de Pago.
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CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
(1.0)
ÁREA QUE REQUIERE EL SERVICIO
1.1 La presente consultoría es requerida por el Área de infraestructura y desarrollo urbano y rural, de acuerdo a la carta N° 093-2013/MPR/AIDUR., del 04 de Agosto del 2013. 1.2 Se encuentra en el marco del Plan de Acción de la MPR del presente año, en el Programa de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Recuay, dentro de los lineamientos del marco legal: 1.3 Base Legal 1.3.1 Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes N° 28522 (25 de mayo de 2005) y N° 28802 (21 de julio de 2006), por el Decreto Legislativo N° 1005 (03 de mayo de 2008) y N° 1091 (21 de junio de 2008). 1.3.2 R.D. N° 003-2011-EF/68.01, que aprueba la Directiva General del SNIP, Directiva N° 001-2011- EF/68.01 y R.D. N° 001-2011-EF/63.01, que modifica el Anexo SNIP 10 – Parámetros de Evaluación de la Directiva N° 001-2011EF/68.01. 1.3.3 Ordenanza Municipal N° 014 de fecha 26 de junio de 2008, donde se aprueba el Plan de Desarrollo Concertado- PDC 2008-2017 de la Municipalidad Provincial de Recuay. 1.3.4 Ley General del Ambiente (Ley Nº 28611). 1.3.5 Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA). 1.3.6 Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades (Ley Nº 26786, del 13.05.1997). 1.3.7 Resolución Ministerial N° 052-2012-MINAM de fecha 08 de marzo de 2012, que Aprueba la Directiva para la Concordancia entre el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). 1.3.8 En caso que la intervención esté en la zona urbana, el proyecto también deberá estar enmarcado: 1.3.9.1 Plan Estratégico para la recuperación del Centro Histórico 2006-2035. 1.3.9.2 Resolución Suprema Nº 2900-ED del 28.12.1972, mediante la cual se declaran varios monumentos, ambientales urbanos y zonas monumentales en diversos departamentos del Perú, en donde el Centro Histórico Lima fue declarado como Zona monumental. 1.3.9.3 En 1991, la UNESCO hizo extensivo al Centro Histórico como Patrimonio Cultural de la Humanidad por su originalidad y la concentración de 608 monumentos históricos construidos en la época de la presencia hispánica, especialmente dentro del espacio llamado el Damero de Pizarro. 1.3.9.4 Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación de 21.07.2004. 1.3.9 Ley N° 29873 Modifica el D.L. 1017 Ley de Contrataciones del Estado. 1.3.10 Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. 1.3.11 Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. 1.3.12 Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. 1.3.13 Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.3.14 Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.3.15 Decreto Supremo N° 138-2012-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado. 1.3.16 Directivas de OSCE. 1.3.17 Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. 1.3.18 Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.3.19 Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
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1.3.20 Reglamento Nacional de Edificaciones-Urbanismo Perú. (2.0)
OBJETO DE LA CONSULTORÍA
2.1 Objetivo General: Contratar una persona natural o jurídica para el servicio de Consultoría, en la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de perfil cuyo nombre referencial es: Estudio de pre inversión a nivel de perfil para el “MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY - ANCASH”. 2.2 Objetivo Específico: - Plantear las soluciones más adecuadas y óptimas dando solución a la problemática actual en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). - El estudio deberá incluir los trabajos de mantenimiento, tanto rutinario como diferido y rehabilitación periódica, que sean necesarios ejecutar, aplicación recomendada según el proyecto, y los trabajos de prevención necesarios. - El estudio deberá plantear soluciones que permitan un adecuado tránsito vehicular y peatonal en la zona de estudio. (3.0)
FINALIDAD PUBLICA
El presente proceso busca seleccionar un consultor externo para el desarrollo del Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil, con el objetivo de contribuir con la reducción de la brecha del Programa: 036 Transporte Urbano y Subprograma: 0074 Vías Urbanas, de acuerdo a lo planificado para el logro de los lineamientos programáticos de la Municipalidad en la Función: 15 Transporte. (4.0)
CARACTERISTICAS TECNICAS
Elaboración de UN (01) Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del siguiente Proyecto de Inversión Pública: “MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY - ANCASH”.
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Con contenido acorde a los lineamientos normativos del Sistema Nacional de Inversión Pública, Contenido Mínimos a nivel de Perfil (Según sea el caso Anexo SNIP 05A V2.0). La población de la zona requiere la intervención en el área de estudio que son vías locales, debido al gran deterioro de las veredas y pistas, que están constituidos por concreto, pavimento rígido y flexible, el cual por la acción del tiempo y el desgaste gradual producido por las cargas del tráfico, presenta evidentes manifestaciones de fallas (deformaciones, agrietamientos y desintegración). La zona del estudio se encuentra delimitada en la zona urbana de Recuay. Del análisis preliminar de la zona de estudio se ha determinado que es necesario realizar la rehabilitación y/o mejoramiento de las veredas y pistas de las siguientes vías: Centenario Este Jirones: Bolívar Libertador San Martin Próceres, Hércules La Unión, Mercedes Bolognesi Grau San Juan
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Leoncio Prado San Francisco Alpes Jorge Chávez Rayo Sucre La libertad La Mar, Mariano Melgar, Independencia y Burgos y los Pasajes: San Ildefonso, Chirac, Suecia, Nelson, Santa Cruz, Espíritu Santo, Gonzales. Se pude considerar de ser necesario algunas calles no mencionadas donde exista la necesidad de realizar trabajos de mejoramiento o rehabilitación, siempre que se encuentren cercanos, debiendo estar justificados adecuadamente. Los espacios físicos mencionados muestran el deterioro de las veredas, accesos, rampas, pasajes, sardinel y pistas, debido al tránsito existente. Siendo esto no limitativo para que el Consultor analice las vías e intersecciones enmarcadas en la zona de estudio y proponer las mejores alternativas de solución. También se debe tomar en cuenta los estándares particulares de la Oficina de Programación e Inversiones de la Municipalidad y de la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) dirigidas al sector en el que se enmarca el presente proyecto. En base a los resultados de las evaluaciones del estado de la infraestructura existente en la zona de estudio, se deberán desarrollar las disciplinas necesarias para plantear los tratamientos y soluciones más adecuadas para definir el mejoramiento y la construcción según diseño óptimo; los que necesariamente deberán considerar la aplicación de tecnologías modernas de rehabilitación y construcción, previa evaluación de sus costos de aplicación y un análisis de su rentabilidad. Realizar la evaluación económica de acuerdo a los parámetros y normatividad del SNIP para las alternativas de solución y seleccionar la alternativa óptima y de mayor viabilidad. La elaboración del perfil deberá realizarse dentro del marco de las Normas y Directivas propuestas por el Sistema Nacional de Inversión Pública, Anexo SNIP N° 05 A V2.0. Dicho Estudio deberá ser sometido a evaluación de la Oficina de Programación en Inversiones (OPI) – MPR, a su vez el consultor debe tener en cuenta lo siguiente: i.
DEFINICIÓN DEL NOMBRE DEL PROYECTO El nombre del Proyecto propuesto será: Estudio de pre inversión a nivel de perfil para el “MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY - ANCASH”. Sin embargo, el nombre del proyecto surgirá cuando se tenga certeza de la propuesta del proyecto y teniendo en consideración la tipificación consignada por la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) en el Banco de Proyectos, por lo que el Consultor propondrá el nombre más adecuado para el PIP en el proceso de formulación, teniendo presente que el nombre del proyecto deberá estar referido al objeto de la intervención y no debe limitar las metas físicas a proponer, pudiendo en coordinación con la Unidad Formuladora determinar el cambio del nombre del Proyecto.
ii.
REVISIÓN Y ANÁLISIS DE LOS ANTECEDENTES El consultor debe recabar, revisar y usar todos los antecedentes disponibles en el Banco de Proyectos del SNIP-MEF, a fin de verificar que no se incurra en duplicidad de proyectos o proyectos con metas similares o que correspondan a la misma zona de influencia y de ser el caso deberá informar a la entidad de esta situación para que se efectúe la acción correspondiente.
Además el consultor debe verificar en campo la información proporcionada y debe verificar también que no se incurra en fraccionamiento de proyectos, teniendo en cuenta la definición del Proyecto de Inversión Pública contenida en la Directiva Nº 003-2011-EF/68.01, y sus 30
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modificatorias y de ser el caso deberá de informar a la Unidad Formuladora de esta situación para que esta efectúe las acciones correspondientes. iii.
RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN PRIMARIA a. TRABAJO DE CAMPO El consultor deberá realizar los trabajos de campo (recopilación de la información primaria), los cuales deberán presentarse con su respectivo informe refrendado por el Jefe de Proyecto y el Profesional de la Especialidad, estos trabajos de campo son: a.1.
Taller con los principales involucrados
El consultor deberá realizar un (01) taller con los principales involucrados del estudio para identificar y mitigar el impacto social; estos talleres deberán ser ratificados mediante la respectiva acta de compromiso. a.2.
Reconocimiento del terreno
El Consultor deberá efectuar un minucioso recorrido de la zona donde se ejecutará el estudio, para comprobar las condiciones en que se encuentra la misma. En este reconocimiento, se levantará la información de campo dentro del área del estudio, registrando estado de la sección vial completa, instalaciones o construcciones y cualquier otra característica física del estudio.
a.3.
Informe del reconocimiento del terreno
El Consultor deberá presentar un informe del reconocimiento de la zona donde se ejecutará el estudio, o acta de reunión y las fotografías fechadas donde se evidencie la presencia en la zona de estudio.
a.4.
Levantamiento Urbano Arquitectónico y Topográfico
Se determinarán las visitas a campo, para el levantamiento topográfico geo referenciado, de todos los detalles existentes en el área del estudio, considerándose los levantamientos (planimétricos, altimétricos) necesarios para definir cabalmente las vías e intersecciones objeto del proyecto, en planos a escalas adecuadas y la realización de un inventario vial (indicando su estado de conservación así como la factibilidad de su conservación o eliminación de acuerdo a la temática existente o propuesta, incluyendo los sistemas de control de tránsito, los elementos pertenecientes a los distintos servicios públicos, el mobiliario urbano, paraderos de transporte público, señalización vertical y horizontal, la arborización existente en la infraestructura, etc.). Deberá prestar especial atención a los elementos existentes, infraestructuras colindantes, entorno y mobiliario urbano así como las pistas, veredas, estacionamientos y detalles que muestren el estado actual de la infraestructura. Para el levantamiento Topográfico deberá considerar: Recabar información de registros públicos de los planos de lotización y áreas públicas definidas (pistas, veredas, áreas verdes, etc.) Reconocimiento de la zona y determinación del área de estudio. Levantamiento topográfico a detalle del área de estudio incluyendo lo siguiente: Límites de propiedad compatibilizados con información oficial. Edificaciones e infraestructuras existentes, muros, cerramientos,
aceras, bermas y calzadas, postes, señalización horizontal y vertical, buzones, vegetación, escaleras y
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mobiliario existente, interferencias que puedan ser de interés para el proyecto. El levantamiento topográfico incluirá todos los puntos y detalles que permitan obtener curvas de nivel y secciones transversales. Representar las curvas de nivel del terreno cada 1.00 m las curvas mayores y las curvas menores cada 0.20 m. El sistema de coordenadas deberá estar referidos al Sistema Básico Nacional de Coordenadas (UTM modificado) y las alturas o cotas referidas a los Bench Mark de la Red Nacional establecida por el Instituto Geográfico Nacional, en la medida que exista cerca de la zona del proyecto (no más de 0.5 Km), caso contrario las coordenadas serán establecidas mediante lecturas de GPS. En el área de estudio el Consultor deberá implementar el BM que servirá para el desarrollo del proyecto, el cual deberá estar ubicado en un punto inamovible en el terreno, de forma tal que sea de fácil ubicación, debidamente identificado. El levantamiento topográfico incluirá información altimétrica suficiente y a escala normalizada para trazar la planimetría, perfil longitudinal y secciones transversales en las zonas en que ello sea necesario. Se entregará toda la información planimetría y altimétrica. Asimismo, se indicará los elementos estructurales u otros elementos que afecten el proyecto (infraestructura existente, instalaciones eléctricas, sub estaciones, instalaciones de agua potable y desagüe, arboles, entre otros). Dicho plano debe abarcar la zona de estudio debidamente delimitada.
El Informe del Levantamiento Topográfico contendrá lo siguiente: Memoria Descriptiva: El informe deberá detallar las referencias preliminares consultadas, la relación, descripción y las características técnicas de los equipos utilizados para la toma de datos, la metodología seguida para el procesamiento de los datos de campo y la obtención de los resultados. Además se presentara las libretas de campo y/o electrónicas y los indicados en el ítem actividades a desarrollar. Plano de topografía: Se detallara la topografía existente a escala conveniente de toda el área de influencia en formato ISO A1, excepto cuando las dimensiones de la estructura hagan indispensable el uso de un formato distinto. Panel Fotográfico: Sustentará el trabajo Topográfico efectuado en el ámbito de estudio, en tomas en las que se visualice adicionalmente el equipo y personal empleado en el terreno. Información en medio magnético: Se entregara un (01) CD con toda la información digitalizada que se utilizó para la elaboración del presente servicio incluyendo la base de datos del levantamiento topográfico, en archivos raíz (Formato dwg, doc, pdf, xls, exe), totalmente editables. a.5. Levantamiento Fotográfico El consultor deberá realizar este levantamiento de la información de todos los elementos que forman parte de la sección vial completa y su entorno. a.6. Evaluación del estado actual de las vías El consultor deberá estimar la oferta vial actual identificando las características principales de la vía en estudio y la capacidad y nivel de servicio de la misma. Así como también los tipos de pavimento existentes y evaluación del estado superficial del mismo. Esta última tiene por objetivo determinar las fallas observables en la superficie del pavimento si existe, mostrando la severidad y extensión del deterioro. La evaluación será visual determinándose los deterioros y fallas observables en la
superficie transitable y visible del mismo, estableciéndose la ubicación, extensión y grado de magnitud de cada característica adversa; con su respectivo plano de fallas. El consultor deberá obtener los parámetros necesarios para la evaluación del pavimento 32
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existente y no existente, los que se tienen que considerar en el estudio definitivo, como es el caso de la evaluación realizando la evaluación y calificación objetiva del pavimento flexible y/o rígido y veredas mediante el método del Índice de Condición del Pavimento (PCI) y evaluación Geotécnica (para pavimento y veredas nuevas) tales como ensayos de laboratorio específicos con tomas de muestras con espaciamiento menores, etc., estos estudios se deberán costear e incluir en el presupuesto para la elaboración del expediente técnico, como uno de los componentes del proyecto de inversión pública. Al analizar la condición de pavimento mediante el método del PCI se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento: Inspección Visual de las vías; Se realizar un recorrido de la vía con la finalidad de obtener información sistematizada para lo cual será necesario seleccionar tramos de características y condiciones homogéneas. Observación de Fallas; se identificaran y clasificaran los tipos de fallas existentes sobre la superficie de rodadura y veredas. Registro en planos y en planillas de evaluación: Se registrara todo lo observado en el recorrido visual, en forma gráfica en planos y se realizara la evaluación del pavimento y veredas, la condición actual, a fin de determinar los tratamientos de mantenimiento y/o rehabilitación y/o construcción posibles a aplicar. Este procedimiento no limita al Consultor a desarrollar más actividades que sirvan para mejorar la obtención del resultado. a.7.
Estudios geotécnicos con fines de pavimentación.
El estudio se llevara a cabo con la finalidad de determinar las características del perfil del sub suelo, la rasante y las condiciones de pavimentación existente de las Avenidas, jirones y calles del área de estudio. El estudio geotécnico se ejecutará considerando los siguientes parámetros: Lo aplicable de la Norma Técnica Nacional E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones.
Deberá indicarse claramente la ubicación del área de estudio. Departamento, provincia, distrito, etc. Así como una breve descripción del terreno. Se deberá adjuntar mapa de la zona y plano de ubicación.
El Consultor deberá ejecutar las técnicas de investigación aplicables a los EMS, de acuerdo con las técnicas establecidas en la norma E050 Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Se debe explicar las características de las investigaciones de campo efectuadas, resumen de los trabajos de campo, etc.
El consultor deberá explicar las características del programa de investigación efectuado. Resumen de los trabajos de campo. Muestreo de los registros de exploraciones, acompañadas de fotografías.
Comprenderá el número de Calicatas y muestras. La determinación y sustento de la capacidad portante del suelo, así como la determinación de su tipología y de sus características físicas y
químicas: Gravas, limos, arcillas, cloruros, sulfatos, nivel de humedad, ubicación de calicatas, perfiles estratigráficos, ubicación de la napa freática, permeabilidad del suelo, sismicidad, geodinámica, asentamientos, etc.
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Para los perfiles estratigráficos se indicará su clasificación: Origen, nombre y símbolo del grupo de suelo, según el sistema unificado de suelos (SUCS, ASTM D 2487). El espesor y profundidad del estrato, color, humedad, plasticidad, consistencia y/o densidad relativa, descripción, porcentaje en peso y dimensiones de boleos, boloneria, etc. Tamaños máximos de agregado grueso, etc. de acuerdo con los niveles de la estratigrafía de los estratos subyacentes, indicando, además las napa freática o nivel de filtración en caso de haberse encontrado en la excavación realizada.
Deberá ser desarrollado con los requerimientos básicos teniendo como objetivo la elaboración futura de un Expediente Técnico para Ejecución de Obras.
De acuerdo a la hipótesis, el estado situacional de la zona en estudio, se debe considerar excavación de calicatas de no menos de 1.50 m. de profundidad, considerándose para: - En el área estudio se considerara no menos de dos (03) calicatas. Las mismas deben ubicarse dentro del área de estudio y deben ser presentadas en los planos respectivos. La ubicación de los sondeos podrá variar en función de la homogeneidad del suelo. La ubicación de las calicatas será en coordinación del Coordinador designado por la Gerencia.
Toma de muestras alteradas en cada calicata con los estratos encontrados en los sondeos.
Registro del perfil del suelo en cada sondeo, ubicando el nivel freático en caso de ser hallado.
Ensayo de laboratorio como: En muestras Alteradas de suelos
-
Ensayos generales: Granulometría Clasificación de Suelos SUCS y AASTHO Ensayos de Humedad natural en todas las muestras (Límites Atterberg: LL, LP, IP). Ensayo de Densidad de Campo. Ensayos Especiales: Análisis Químicos de los Suelos (materia orgánica, Ph, sales solubles totales, cloruros, sulfatos). Valor relativo en las muestras representativas seleccionadas por el especialista. Ensayo de California Bearing Ratio (CBR) Se procederá a indicar con claridad las alternativas de solución recomendadas, tales como las alturas de base, sub base y espesor de pavimento (pueden ser varias por zonas)de igual forma para las veredas y estacionamientos, capacidad admisible de carga con su respectivo asentamiento (pueden ser varias por zonas y en cada zona con diferentes valores de acuerdo a los tipos y dimensiones geométricas de cimentaciones a realizar con el proyecto), tipo de cemento, asfalto u otro material a emplear, drenajes, etc. El estudio deberá considerar un Informe Técnico con los capítulos
de: Trabajos de campo, ensayos y pruebas, análisis, conclusiones, y recomendaciones. El documento deberá ser suscrito por un Especialista en Mecánica de Suelos y/o Geotecnia (deben tener vistió del técnico y firma del especialista) y considerará 34
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asimismo: Memoria Descriptiva: Deberá detallar las referencias preliminares consultadas, la relación, descripción y las características técnicas de acuerdo a los parámetros Estudio de Mecánica de Suelos indicados en los parámetros del estudio. Plano de ubicación de las calicatas: Ubicación de las calicatas en Planta (Coordenadas UTM) de cada uno de los puntos de investigación. Panel Fotográfico: debe mostrar la ubicación, metodología y ejecución de los trabajos de campo realizados. Deben mostrar vistas fotográficas de cada uno de los puntos de investigación (Calicatas, Penetración, Dinámica, DPL, SPT, etc.) incluyendo detalles del local o terreno en estudio, interiores, exteriores y/o alrededores. Cada fotografía mostrada debe presentar su respectiva ubicación en planta y ángulo de la vista. Información en medio magnético: Se entregara un (01) CD con toda la información digitalizada que se utilizó para la elaboración del presente servicio en archivos raíz (Formato dwg, doc, pdf, xls, exe) a.8.
Análisis del tema Educacional
El consultor deberá analizar el tema de educación y conciencia de los ciudadanos para la conservación del espacio público. a.9.
Opiniones de las entidades involucradas
El consultor deberá consignar opiniones y acuerdos de las entidades involucradas y de los beneficiarios del proyecto. a.10.Datos Generales
El consultor deberá identificar de forma preliminar el plan de desvío, para la ejecución de los trabajos; asimismo debe incluir dentro del costo de la elaboración del estudio definitivo el plan de desvío final.
Identificar las condiciones ambientales de la zona del proyecto, y recolectar información para el manejo ambiental adecuado durante su ejecución.
b. TRABAJO DE GABINETE b.1.
Trabajos Generales
Análisis e interpretación de los resultados de campo y laboratorio.
Se plantearán cronogramas del ciclo del proyecto, incluyendo los componentes de la alternativa de solución y por separado el cronograma de ejecución con ruta crítica de los componentes de la obra propuesta.
Recopilación, revisión y análisis de toda la información relacionada con los estudios, para tomar conocimiento de los antecedentes de las soluciones planteadas anteriormente, evaluar el desempeño de éstas, y obtener los mejores criterios para el planteamiento de las soluciones.
Estimación de los parámetros que intervienen en los diseños y en el dimensionamiento de las soluciones a plantear.
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Se diseñará la estructura del pavimento teniendo en cuenta los volúmenes y composición
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del tráfico, la capacidad de soporte del suelo y la vida útil.
b.2.
Plantear soluciones en la señalización y semaforización, así como en el diseño geométrico, que contribuyan a introducir mejoras en la seguridad vial de los usuarios del tramo (peatones, transporte público, etc.) Informe de Evaluación de la Vía
El consultor deberá entregar el Informe de Evaluación de la vía como modulo (veredas, jardín, estacionamiento, sardinel y pista) de acuerdo a los trabajos de campo, el mismo que deberá tener un resumen de valoraciones en cantidad y en porcentaje, con el objetivo de definir adecuadamente la intervención que requiere la infraestructura vial (mantenimiento, rehabilitación, ampliación o construcción). b.3.
Informe Técnico de
Mecánica de Suelos Deberá contener lo siguiente: Memoria Descriptiva. Descripción de los trabajos de campo y ensayos de laboratorio. Descripción del pavimento, veredas, sardinel, base y sub base existente. Diseño de Pavimentos, veredas y sardinel. Plano del Área de Estudio. Plano de Ubicación de los Sondeos. Planos de secciones típicas. Certificados de los ensayos de laboratorio. Fotografías. b.4.
Coordinaciones Iniciales con Terceros
Identificación con los planos registrados y fichas registrales, para identificar las áreas públicas (veredas, pistas, áreas verdes, etc.) los que deben ser recabados en los Registros públicos. Interferencias con redes existentes de las Empresas de Servicios. Verificar la no interrupción de las redes de desagüe y la no presencia de tendidos subterráneos o aéreos de cables que sean incompatibles con la zona de trabajo. Para ello se coordinará con las Entidades relacionadas al área del proyecto (SEDAPAL, EDELNOR, TELEFONICA, u otros relacionados). Asimismo se coordinará con la Unidad Formuladora para la información que requiera con la finalidad de elaborar un proyecto adecuado; obteniendo los documentos correspondientes a fin de programar las actividades complementarias que pudieran presentarse por contingencias no previstas. b.5.
Declaración de Impacto Ambiental
Matriz de Identificación de Impactos y la Ficha Informativa de Clasificación de Impacto Ambiental. Consistirá en un análisis de todo lo relacionado con el impacto ambiental negativo y positivo que origine la ejecución y operación del proyecto, y el respectivo programa de mitigación de los impactos negativos. El consultor debe presentar el sustento presupuestal de los estudios a requerir del EIA, e incorporarlos como un componente dentro del estudio de inversión de ser necesario; de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 0522012-MINAM del 08.03.2012. c. INFORME FINAL
El Consultor deberá presentar UN (01) Informe Final que contenga el Estudio a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública denominado:
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“MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY ANCASH”. Este estudio debe realizarse en base al Anexo SNIP 05-A V2.0. Para todo lo antes detallado el consultor y todo su equipo de trabajo, deberá estar en contacto permanente con la supervisión designada por la Unidad Formuladora. iv. RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN SECUNDARIA Se deberá establecer comunicación y coordinación con las autoridades y/o actores de las entidades involucradas en el marco de la elaboración del estudio de pre inversión, asimismo deberá recabar y trabajar con la información secundaria necesaria para el desarrollo del estudio, esta información puede ser la siguiente:
Como parte del marco de referencia en la que se enmarca el proyecto, mapear los documentos de gestión, páginas web institucionales y normas específicas; Datos estadísticos del censo de los últimos años, así como toda información estadística del INEI relevante para el desarrollo del estudio; Títulos inscritos en registros públicos sobre la propiedad privada que ocupa la sección vial normativa del tramo del estudio; Planos oficiales de la localidad (COFOPRI, SUNARP, etc.) donde se pueda evaluar la ubicación del proyecto, los lotes colindantes, etc.; Cuando existan subestaciones u otro tipo de instalaciones eléctricas y la obra proyectada se encuentre dentro de las áreas de servidumbre de la mencionada infraestructura, se deberá gestionar y presentar la autorización de la empresa eléctrica concesionaria, en caso que el estudio no interfiera con dicha infraestructura; Los costos para la obtención del presupuesto deben realizarse a nivel de Costos Unitarios, ya sea por metro cúbico, metro cuadrado o por metro lineal, para esto deberá tener en cuenta los costos promedios en el mercado o los costos usados por la entidad contratante; Recopilación, revisión y análisis de toda información relacionada con los estudios, para tomar conocimiento de los antecedentes de las soluciones planteadas anteriormente, evaluar el desempeño de éstas, y obtener los mejores criterios para el planteamiento de las soluciones; Deberá proyectar la intervención respetando las disposiciones legales y normativa específica de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad, que garanticen la adecuada intervención. La determinación de los siguientes documentos o actuados como criterios para la obtención de información secundaria, no limita al Consultor a contar con otros medios de obtención de dicha información, que en caso se considere útil, debe ser señalado en el Perfil con la fuente que sustenta la información obtenida.
v. ALCANCES DE LA IDENTIFICACIÓN, FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN Se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Diagnóstico de la Situación actual: El Consultor, deberá describir la situación actual de la zona a intervenir y como afecta a la población en estudio y todos los indicadores relevantes que justifiquen las causas del problema central. Además deberá incluir indicadores relevantes que considere, que permitirá
evaluar los riesgos para trasladarse, tiempo, oportunidad, en una situación sin proyecto, y otras causales que se
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estime necesario evaluar. Para el diagnóstico actual se hará una caracterización de la Infraestructura vial y el entorno urbano, describiendo el estado y conservación actual de la infraestructura vial, señalización horizontal y vertical, paraderos, equipamiento y mobiliario urbano (papeleras, banquetas, postes, luminarias), áreas verdes, zona de parqueo, etc. Así mismo, un análisis preliminar del congestionamiento vehicular. Se deberá describir los aspectos de seguridad y servicios (agua, alcantarillado, iluminación, telefonía etc.) indicando el estado actual, si existe inseguridad por instalaciones en mal estado (cables sueltos, o tuberías en mal estado). Asimismo, se describirá el tema de inseguridad por congestión vehicular en hora punta, condiciones de ornato y ordenamiento urbano.
Definición del Problema y sus Causas y Objetivos del Proyecto El Consultor, deberá plantear la definición del Problema en función al diagnóstico o situación actual que se encuentre durante el desarrollo del estudio, asimismo las causas deben ser explicadas en ese sentido y el Objetivo debe tener en cuenta la solución del problema planteado, asimismo las causas deben ser explicadas en ese sentido y el Objetivo debe tener en cuenta la solución del problema planteado.
Análisis de la Demanda Está sustentada en base al análisis de la población demandante del proyecto y la demanda de los servicios del proyecto, en los escenarios sin proyecto y con proyecto.
Población Demandante Efectiva más un porcentaje de la Población Demandante Potencial (el porcentaje lo definirá el Consultor de acuerdo al análisis que realice de la zona de estudio) será la Población Objetivo. La estimación y proyección en el horizonte de evaluación, se realizará de acuerdo a las tasas de crecimiento vehiculares de ser el caso (trabajo de investigación del Consultor de acuerdo a los datos del INEI y el PBI). La población objetivo será el promedio de personas en el horizonte del tiempo.
Análisis de Oferta: Determinación de la capacidad de producción del bien o servicio (cantidad y calidad). Describir, la capacidad actual del tramo en estudio, infraestructura existente, sus características (características técnicas, sección vial existente, áreas verdes, bermas, veredas, jardinería, taludes, desniveles y otros) y estado actual en la situación sin proyecto, optimizada y con proyecto, de acuerdo a los estándares óptimos de las unidades físicas. -
-
-
Describir el estado de la infraestructura vial existente, áreas verdes, senderos peatonales y mobiliario urbano (bancas, papeleras, señalizaciones, semáforos, etc.), el tema de inseguridad por iluminación tenue, mantenimiento, condiciones de ornato y ordenamiento urbano. Determinación del flujo vehicular y peatonal que circulan con la capacidad y las condiciones que tiene la infraestructura vial. Nº de mobiliario urbano (papelera, banquetas, semáforos, señalizaciones, luminarias, etc.) Se determinará la oferta optimizada y con proyecto, de acuerdo a los estándares óptimos de las unidades físicas, en todo caso si estos recursos no tienen ningún sustento técnico, la oferta deberá ser considerada como “Cero”. Se presentará un cuadro comparativo entre la oferta actual y la que existirá con la propuesta del proyecto (área de tránsito vehicular, área de tránsito de
peatones, áreas verdes, zona de parqueo, Nº de señales horizontales y verticales, N° de rampas, etc.).
Balance Oferta – Demanda: Oferta optimizada y demanda del proyecto. 38
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El balance de Oferta–Demanda determina la interacción del flujo peatonal (deportistas) con la capacidad y las condiciones que tiene la infraestructura pública. Se presentará un cuadro de verificación de las mejoras de la situación sin proyecto y con la propuesta del proyecto.
Alternativa de Solución: El consultor deberá estudiar y analizar la mejor alternativa de solución técnica y económica que deberá sujetarse a los criterios mínimos del Reglamento Nacional de Edificaciones. La diferenciación de la propuesta podría darse por el rediseño de los diferentes espacios, accesos, jardines, zonas de descanso, iluminación u otra. a. La propuesta debe contemplar lo siguiente: - Planteamiento Técnico, se describirán las obras para la reparación implementación y/o mantenimiento del pavimento, pisos y veredas, áreas verdes, señalización horizontal y vertical, paraderos. Costos: El consultor como parte de la estimación de los costos de inversión, operación y mantenimiento del proyecto, deberá presentar un presupuesto detallado, en forma digitalizada e impresa que incluya: a. Presupuestos separados por componentes, partidas, con precios unitarios que deberán ser sustentados, indicando costo directo, gastos generales, utilidad e impuestos, costo del Expediente Técnico y Supervisión (desagregados). Los costos presentados deben ser refrendados con cálculos de metrados, acompañados por Planos o Esquemas debidamente acotados. b. Sobre la base del análisis de impactos ambientales, las alternativas deberán incluir acciones para reducir las medidas de mitigación de impactos negativos del proyecto sobre el ambiente.
Cronograma de Ejecución: El equipo consultor deberá presentar un Cronograma de Ejecución Física y Financiera, considerando los periodos de aprobación del PIP y los procesos de contratación y ejecución.
Beneficios de la Alternativa Seleccionada: El equipo consultor deberá analizar los beneficios sociales ya sea cualitativos o cuantitativos. Para su estimación se presentará los parámetros utilizados para su estimación y descritos.
Metodología de Evaluación social: La metodología de evaluación social para calcular la rentabilidad social del PIP será de Costo/Efectividad15. Para uso de la metodología se necesita definir un indicador que exprese los impactos del PIP, a éste se le conoce como indicador de efectividad. Sin embargo, frente a la dificultad de medir este tipo de indicadores, se hará uso de resultados inmediatos, que se expresan como indicador de eficacia (Nº de personas beneficiarias con el PIP). Se elaborará los flujos de costos incrementales a precio social, tanto de inversión, como de operación y mantenimiento, con la aplicación de los factores de corrección16. A partir de esos flujos se calculará el Valor Actual de Costos Sociales (VACS), aplicando una tasa social de descuento del 9% o la que se encuentre vigente en la directiva del MEF.
Sostenibilidad: Como parte de la sostenibilidad del proyecto, deberá adjuntar documentos que se evidencien los compromisos de las entidades involucradas (Por ejemplo
Convenios de Cooperación Interinstitucional, Actas de Compromiso, Documentos de comunicación de competencia a las entidades involucradas de acuerdo a sus funciones operativas, etc.) en el marco de sus competencias y las intervenciones del proyecto. 15Toda
vez que no sea posible efectuar una cuantificación o valoración adecuada de los beneficios sociales en términos monetarios. de corrección especificados en el Anexo SNIP-10, parámetros de Evaluación.
16Factores
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Diagnóstico del Análisis de Riesgo: Se deberá tener en cuenta el análisis de la situación de riesgo de la zona, analizando criterios como percepción de peligros y condiciones de riesgo, esto definirá la vulnerabilidad de la zona (exposición, fragilidad y resiliencia).
Coordinación y Supervisión: El consultor deberá estar en contacto permanente con la supervisión designada por la Unidad Formuladora. El consultor deberá respetar el índice del anexo SNIP 05 A V2.0 contenidos mínimos de perfil para declarar viabilidad del PIP, de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Nº 001-2011-EF/68.01 del 09/04/2011, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011- EF/68.01, que es el siguiente: Índice: A. B. C. D. E. F. G. H. I. J. K. L.
Nombre del Proyecto de Inversión Pública (PIP). Objetivo del proyecto. Balance oferta y demanda de los bienes o servicios del PIP Análisis técnico del PIP Costos del PIP Beneficios del PIP Resultados de la evaluación social Sostenibilidad del PIP Impacto ambiental Organización y Gestión Plan de Implementación Marco Lógico
Dicho estudio permitirá verificar la viabilidad del proyecto desde un punto de vista más preciso e integral. Contenido del Estudio de pre inversión a nivel de perfil del proyecto de inversión pública Este estudio es el primer nivel de análisis de la fase de pre inversión y tiene como objetivo proponer y elaborar alternativas identificadas en campo y en gabinete, sobre la base de un mayor detalle de la información, que permita una mejor definición del proyecto y sus componentes. La preparación de este estudio requiere de análisis e investigaciones, aunque puede todavía basarse en fuentes secundarias y entregar rangos de variación de costos y beneficios. En esta etapa, la mejor calidad de la información permitirá descartar las alternativas menos eficientes. Como contenido en el desarrollo del Estudio de Pre Inversión a nivel de Perfil, se deberá considerar la siguiente: 1. RESUMEN EJECUTIVO En este resumen, se deberá presentar una síntesis del estudio de perfil que contemple los siguientes aspectos: A. B. C. D. E. F. G.
Nombre del Proyecto de Inversión Pública (PIP) Objetivo del proyecto Balance oferta y demanda de los bienes o servicios del PIP Análisis técnico del PIP Costos del PIP Beneficios del PIP Resultados de la evaluación social
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H. I. J. K. L.
Sostenibilidad del PIP Impacto ambiental Organización y Gestión Plan de Implementación Marco Lógico
2. ASPECTOS GENERALES Se caracterizará brevemente el PIP, la información es ajustada una vez que se ha desarrollado el estudio. (2.1) Nombre del Proyecto Definir la denominación del proyecto el cual debe permitir identificar el tipo de intervención, su objetivo y su ubicación, debiéndose mantener durante todo el ciclo del proyecto. El nombre definitivo del proyecto surgirá cuando se tenga certeza de la propuesta del proyecto y teniendo en consideración la tipificación consignada por la Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) en el Banco de Proyectos, por lo que el Consultor propondrá el nombre más adecuado para el PIP en el proceso de formulación. Para ello, el consultor debe tener presente que el nombre del proyecto no debe limitar las metas físicas a proponer, pudiendo en coordinación con la Unidad Formuladora determinar el cambio del nombre del Proyecto. (2.2) Unidad Formuladora y Ejecutora Colocar el nombre de la Unidad Formuladora, y el nombre del funcionario responsable de la formulación. Proponer la Unidad Ejecutora del proyecto, sustentando la competencia funcional y las capacidades operativas. (2.3) Participación de las entidades involucradas y de los beneficiarios Consignar las opiniones y acuerdos de entidades involucradas y de los beneficiarios del proyecto respecto a su interés y compromisos de ejecución del proyecto; así como de su operación y mantenimiento. (2.4) Marco de referencia En este punto se deberá especificar los siguientes aspectos:
Un resumen de los principales antecedentes del proyecto. Prioridad del proyecto y la manera en que se enmarca en los Lineamientos de Política Sectorial-Funcional, los Planes de Desarrollo Concertados y el Programa Multianual de Inversión Pública, en el contexto nacional, regional y local.
3. IDENTIFICACIÓN (3.1)
Diagnóstico de la situación actual
(3.1.1) El área de influencia y área de estudio: Se debe analizar las características más relevantes del área donde se localizan los afectados por el problema, la unidad productora del bien o servicio si ya existe o donde se ubicará el proyecto. Asimismo, se deberá identificar y caracterizar los peligros (tipología, frecuencia, severidad) que han afectado o pueden afectar a la zona en
la que se ubica la 41
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infraestructura existente y la proyectada, respectivamente. Se deberá contar con información secundaria que permita plantear escenarios futuros de ocurrencia de los peligros identificados.
El consultor deberá realizar una caracterización de las vías a intervenir, describiendo el estado de conservación actual de la infraestructura, equipamiento y mobiliario urbano, áreas verdes, zona de parqueo, asimismo un análisis preliminar del congestionamiento vehicular. Se deberá describir los aspectos de seguridad y servicios, indicando el estado actual, si existe inseguridad por instalaciones en mal estado, asimismo si existe inseguridad por congestión vehicular en hora punta, por condiciones de ornato u ordenamiento urbano.
(3.1.2) Los servicios en los que intervendrá el PIP: Analizar la oferta actual del bien o servicio, identificando y evaluando la adecuación de los principales factores de producción (recursos humanos, infraestructura, equipamiento, gestión, entre otros) a los estándares técnicos pertinentes. Se utilizarán estándares establecidos por el sector funcional o internacionales si éstos no existieran. Señalar las dificultades o problemas que eventualmente estén impidiendo que la entidad oferente provea el bien o servicio adecuadamente. Identificar los factores de producción que generen restricción de oferta. Efectuar el análisis de la vulnerabilidad de los factores de producción frente a los peligros identificados. (3.1.3) Los involucrados en el PIP: Analizar los grupos sociales que serán beneficiados o perjudicados con el proyecto, así como las entidades que apoyarían la ejecución y posterior operación y mantenimiento. A partir del contacto directo con los involucrados (trabajo de campo), precisar sus percepciones sobre el problema, sus expectativas e intereses, así como su participación en el ciclo del proyecto. Se debe analizar también las condiciones socioeconómicas, culturales, acceso a servicios básicos, situaciones de riesgo, etc., de la población que será beneficiada con el proyecto y, en general, aquellas variables vinculadas con los factores que condicionan la demanda de los servicios que se intervendrá.
(3.2)
Definición del problema y sus causas Especificar con precisión el problema central identificado, el mismo que será planteado desde la demanda. Analizar y determinar las principales causas que lo generan, así como los efectos que éste genera. Se sustentará cada causa y efecto con información proveniente del diagnóstico realizado. Incluir el árbol de causas-problema-efectos. De ser el caso, incluir los resultados del análisis de vulnerabilidad de la unidad productora en las causas del problema central. El Consultor, deberá plantear la definición del Problema en función al
diagnóstico o situación actual que se encuentre durante el desarrollo del estudio, asimismo las causas deben ser explicadas en ese sentido y el OBJETIVO debe tener en cuenta la solución del 42
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PROBLEMA planteado.
(3.3)
Objetivo del proyecto Describir el objetivo central o propósito del proyecto así como los objetivos específicos, los cuales deben reflejar los cambios que se espera lograr con la intervención. Incluir el árbol de medios-objetivos-fines.
(3.4)
Alternativas de Solución Plantear y describir las alternativas de solución al problema, teniendo en consideración las causas que las generan y los objetivos a alcanzar. Para la formulación de alternativas se deberá considerar el análisis del aprovechamiento u optimización de otras intervenciones existentes o previstas que coadyuven en la solución del problema planteado. Asimismo, se deberán señalar los intentos de soluciones anteriores y los resultados de éstas. Las alternativas de solución deben: i. Tener relación con el objetivo central; ii. Ser técnicamente posibles y pertinentes; iii. Corresponder a las competencias de la institución a cargo de la formulación, o haber logrado un acuerdo institucional con la institución competente.
4. FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN (4.1)
Definición del horizonte de evaluación del proyecto Se establecerá el período en el que se estimarán los costos y beneficios del proyecto, a efectos de su evaluación.
(4.2)
Análisis de la demanda Se efectuarán las estimaciones de la demanda actual y sus proyecciones, para lo cual: a) Se identificará los bienes y/o servicios que serán intervenidos por el proyecto, que se relacionan directamente con el problema identificado y que serán proporcionados en la post-inversión. b) Se definirá el ámbito de influencia del proyecto y la población demandante. c) Se estimará y analizará la demanda actual, en base a información de fuentes primaria y secundaria, que deberá haber sido incluida en el diagnóstico del servicio y de los grupos involucrados (beneficiarios) d) Se analizará la tendencia de utilización del servicio público a intervenir y los determinantes que la afectan. Sobre esta base se plantearán los parámetros y supuestos para las proyecciones de la demanda. e) Se proyectará la demanda a lo largo del horizonte de evaluación del proyecto, señalando los parámetros y metodología utilizada.
(4.3)
Análisis de la oferta Determinar la oferta actual, identificar y analizar sus principales restricciones, para lo cual:
a) Se estimará las capacidades de producción, actuales y futuras, de los distintos 43
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factores de producción, en base a estándares de rendimiento disponibles. b) Se determinará la oferta actual y su evolución futura, en la situación sin proyecto. c) Se estimará la oferta optimizada, considerando las posibilidades de incrementar la capacidad de los factores de producción restrictivos, fundamentalmente con mejoras en la gestión. Explicar por qué, si fuera el caso, no se ha logrado materializar una situación optimizada. d) Se proyectará la oferta optimizada en el horizonte de evaluación del PIP, detallando los supuestos y parámetros utilizados. (4.4)
Balance Oferta Demanda Determinar la demanda no atendida adecuadamente a lo largo del horizonte de evaluación del proyecto (déficit o brecha), sobre la base de la comparación de la demanda proyectada y la oferta optimizada o la oferta actual cuando no haya sido posible optimizarla. El consultor deberá determinar la interacción del flujo peatonal con la capacidad y las condiciones que tiene la infraestructura pública. Se presentara un cuadro de verificación de las mejoras de la situación sin proyecto y con la propuesta de proyecto.
(4.5) Planteamiento técnico de las alternativas En este punto se analizarán los temas que posibilitarán dimensionar adecuadamente el proyecto y determinar los requerimientos de factores de producción (recursos humanos, infraestructura, equipamiento, etc.), tanto en la fase de inversión como en la de operación y mantenimiento. Para cada una de las alternativas de solución que se definieron, se deberá efectuar el análisis de la localización, tecnología de producción o de construcción, tamaño óptimo, etapas de construcción y operación, organización y gestión, etc. Sobre la base del análisis del riesgo de desastres y de impactos ambientales, las alternativas deberán incluir:
Acciones para reducir los daños y/o pérdidas que se podrían generar por la probable ocurrencia de desastres durante la vida útil del proyecto. Medidas de mitigación de los impactos negativos del proyecto sobre el ambiente.
Para cada alternativa y sobre la base del análisis técnico y la brecha de oferta y demanda:
Se definirán las metas de producción de bienes y/o servicios a ser cubiertas por las diversas alternativas, con el sustento respectivo. Los requerimientos de recursos para la fase de inversión (características y cantidad).
En el caso de inversión en infraestructura, se deberá considerar el tipo de suelo, características de la topografía del terreno, disponibilidad o condiciones de traslado de insumos para la ejecución de la obra, entre otros. En el caso de inversión en equipamiento, se deberá precisar las características técnicas básicas e incluir cotizaciones. En el caso de inversión en capital humano o mejoras institucionales, estimar los requerimientos de los especialistas que intervendrán. Los requerimientos de recursos para la fase de operación y
mantenimiento (características y cantidad). El consultor deberá estudiar y analizar la mejor alternativa de solución técnica y económica considerando la necesidad de optimizar el tránsito en el tramo proyectado, 44
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asimismo, los costos presentados deben ser refrendados por cálculos de metrados en la medida aproximada que se desarrolle el estudio. El planteamiento Técnico, describirá todas las obras para la reparación, implementación y/o mantenimiento de las alternativas de solución. Para el Planteamiento técnico de las alternativas deberá considerar como mínimo las especialidades a desarrollar indicadas en el Manual de Diseño Geométrico de Carreteras (DG-2001), la Norma Técnica EC-010 Pavimentos Urbanos, Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) – Junio 2006 y todas sus Normas dictadas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Código Nacional de Electricidad, Norma técnica de control 600-01, 600-02, 600-03 del 26 de Junio 98 y Reglamento de metrados: A. Levantamiento. B. Diseño. C. Diseño Vial. D. Pavimentos. E. Iluminación. F. Mobiliario. G. Detalles. En cada especialidad el consultor deberá proporcionar como mínimo: Diseño según especialidad / Presupuesto / Gastos generales / Cronograma de ejecución / Planos / Levantamiento Arquitectónico (de ser el caso). Los planos deberán contener como mínimo en cada especialidad: A. Levantamiento. Descripción de benchmarks (los puntos de referencia). Plano de localización y ubicación que indica la posición de la intervención proyectada respecto de las calles adyacentes, incluyendo un plano de localización, con las vías y lugares importantes de la zona a escala 1/500. El plano de localización y ubicación deberá contener la siguiente información: Plano de perfiles longitudinales y secciones transversales. Secciones típicas de la vía. Información del proyecto, norte magnético, árboles y postes. B. Diseño Geométrico Vial.
Plano de localizacióna escala 1/1000 y ubicación a escala 1/500; Deberá contener la siguiente información: Información del proyecto (zonificación, áreas, linderos, norte magnético, secciones normativas de ser el caso, etc.); Plano de Demolición y Cuadro de Metrados de Demoliciones a escala 1/100. Planos de actividades a desarrollar de acuerdo a la propuesta planteada; Plano de Diseño Geométrico. (planta, secciones y cortes típicos) a escala 1/100;
C. Pavimentos, veredas, etc. (modulo) Plano de intervención en el módulo vial a escala 1/100; que deberá contener la siguiente información: Plano de fallas (método del Índice de Condición del Pavimento y veredas – PCI). Plano de pavimentos, veredas, jardín, etc. Cuadros de los tipos de pavimentos. D. Señalización
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Plano de señalización a escala 1/100; que deberá contener la siguiente información: Plano de señalización de horizontal y vertical; Plano de paraderos.
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E. Mobiliario Plano del Mobiliario a escala adecuada; F. Detalles Plano de detalles a escala adecuada; (4.6) Costos a precios de mercado La estimación de los costos debe estar sustentada en los requerimientos de recursos (cantidad, características, periodo, etc.) que se definieron previamente en el planteamiento técnico de las alternativas de solución. Para la estimación del monto de inversión de cada alternativa, presentar los costos desagregados por componentes (medios fundamentales) y rubros, precisando y sustentando los precios unitarios que se han empleado. Se deberá incluir los costos de las medidas de reducción de riesgos y de mitigación de los impactos ambientales negativos. Así mismo, los costos de la gestión de la fase de inversión, así como la evaluación ex-post. Los costos de operación y mantenimiento se estimarán en la situación “sin proyecto”, definida como la situación actual optimizada, así como en la “situación con proyecto”. El Consultor deberá presentar los compromisos de los beneficiarios (municipalidades distritales) de asumir los costos de mantenimiento del proyecto. Describir los supuestos y parámetros utilizados. Determinar los costos incrementales de las diferentes alternativas, definida como la diferencia entre la situación “con proyecto” y la situación “sin proyecto”. Presentar los flujos de costos incrementales a precios de mercado. (4.7) Evaluación social Se efectuará la evaluación social de cada alternativa, para lo cual se deberá elaborar los flujos de beneficios y costos sociales. A. Beneficios sociales Identificar, definir y sustentar los beneficios que generará el proyecto, debiendo guardar coherencia con los fines de éste. Cuantificar y, de ser el caso, valorizar los beneficios que se generarían por cada una de las diferentes alternativas en la situación “con proyecto”, para todo el horizonte de evaluación. Estimar los beneficios que se generarían en la situación “sin proyecto”, para todo el horizonte de evaluación. Determinar los flujos de beneficios sociales incrementales, definidos como la diferencia entre la situación “con proyecto” y la situación “sin proyecto”. B. Costos sociales Se elaborarán los flujos de costos sociales, teniendo como base los flujos de costos a precios de mercado, los cuales serán ajustados aplicando los factores de corrección de precios de mercado a precios sociales. Tomar como referencia los parámetros de evaluación señalados en la Directiva General del SNIP. Se deberá incluir también en los flujos otros costos sociales, que no aparecen en los costos a precios de mercado, pero que pueden generarse en la situación sin proyecto.
C. Indicadores de rentabilidad social del Proyecto Se estimarán los indicadores de acuerdo con la metodología aplicable al tipo de 46
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proyecto que se está formulando. -
Metodología costo/beneficio Aplicar esta metodología a los proyectos en los cuales los beneficios se pueden cuantificar monetariamente y, por tanto, se pueden comparar directamente con los costos. Los beneficios y costos que se comparan son los “incrementales”. Se deberán utilizar los indicadores de Valor Actual Neto Social (VANS) y Tasa Interna de Retorno Social (TIRS).
-
Metodología costo/efectividad Aplicar esta metodología de evaluación sólo en el caso que no sea posible efectuar una cuantificación o valorización adecuada de los beneficios sociales en términos monetarios. Los indicadores son Costo Efectividad o Costo Eficacia dependiendo si los indicadores son de impactos o de resultados. Debe considerarse las líneas de corte, en los casos que existan, para definir si el proyecto es o no rentable socialmente, sin embargo frente a la dificultad de medir el indicador de efectividad, se hará uso de resultados inmediatos, que se expresan como indicador de eficacia (Número de personas beneficiarias con el PIP). D. Evaluación de la rentabilidad social de las medidas de reducción de riesgos de desastres. Se estimarán los indicadores de rentabilidad social de las medidas de reducción de riesgos, considerando los costos y beneficios incrementales asociados con dichas medidas.
(4.8)
Análisis de Sensibilidad Determinar los factores que pueden afectar los flujos de beneficios y costos. Analizar el comportamiento de los indicadores de rentabilidad de las alternativas ante posibles variaciones de los factores que afectan los flujos de beneficios y costos. Definir los rangos de variación de los factores que el proyecto podrá enfrentar sin afectar su rentabilidad social.
(4.9)
Análisis de Sostenibilidad Detallar los factores que garanticen que el proyecto generará los beneficios y resultados esperados del proyecto a lo largo de su vida útil. El consultor deberá demostrar que se han adoptado las previsiones y medidas respecto a: a. Los arreglos institucionales para la fase de operación y mantenimiento. b. La capacidad de gestión de la organización encargada del proyecto en su etapa de operación. c. El financiamiento de los costos de operación y mantenimiento, señalando cuáles serían los aportes de las partes involucradas (Estado, beneficiarios, otros). d. El uso de los bienes y servicios sobre los cuales se interviene por parte de los beneficiarios. e. Los probables conflictos que se pueden generar durante la operación y mantenimiento. f. Los riesgos de
desastres. (4.10)
Impacto
ambiental De acuerdo con las normas del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental 47
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(SEIA), en este nivel de estudio se deberá efectuar una evaluación preliminar para que la autoridad competente clasifique el PIP. Los contenidos de la evaluación preliminar son los concordados con el MINAM y formarán parte del estudio a nivel de perfil. De acuerdo a la Resolución Ministerial N° 052-2012-MINAM del 08.03.2012. (4.11) Selección de alternativas Seleccionar la alternativa de acuerdo con los resultados de la evaluación social, del análisis de sensibilidad y de sostenibilidad, explicitando los criterios y razones de tal selección. (4.12) Plan de Implementación Detallar la programación de las actividades previstas para el logro de las metas del proyecto, indicando secuencia y ruta crítica, duración, responsables y recursos necesarios. Incluir las condiciones previas relevantes para garantizar el inicio oportuno y adecuado de la ejecución. (4.13) Organización y Gestión Analizar las capacidades técnicas, administrativas y financieras para poder llevar a cabo las funciones asignadas, por cada uno de los actores que participan en la ejecución así como en la operación del proyecto, en el marco de los roles y funciones que deberá cumplir. Los costos de organización y gestión deben estar incluidos en los respectivos presupuestos de inversión y de operación. Se deberá recomendar la modalidad de ejecución (contrata, administración directa) más apropiada para cada uno de los componentes de la inversión, sustentando los criterios utilizados. En aquellos proyectos que contemplen la ejecución de obras por Administración Directa, se deberá sustentar que la Unidad Ejecutora responsable de su ejecución cuente con el personal técnicoadministrativo, los equipos necesarios y la capacidad operativa para asegurar el cumplimiento de las metas previstas. La Entidad debe demostrar que el costo total de la obra a ejecutarse por Administración Directa, será menor que si se ejecutara por contrata, tomando como referencia costos de proyectos similares. (4.14) Matriz del marco lógico para la alternativa seleccionada Se presentará la matriz definitiva del marco lógico de la alternativa seleccionada, en la que se deberán consignar los indicadores relevantes y sus valores actuales y esperados, a efectos del seguimiento y evaluación ex post. 5. CONCLUSIÓN Mencionar las alternativas priorizadas y recomendar la siguiente acción a realizar con relación al ciclo del proyecto.
6. ANEXOS Incluir como anexos cualquier información que precise algunos de los puntos considerados en este perfil y que sustenten las apreciaciones señaladas. Así
mismo incluir los documentos emitidos y de respuesta, actas de compromiso y toda aquello que sustente las coordinaciones efectuadas con 48
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los involucrados. Asimismo en los anexos se deberá adjuntar el análisis de costos unitarios y planilla de metrados que sustenta el Presupuesto, además del disgregado de los gastos Generales, Supervisión y Expediente Técnico, desarrollados en software compatible con presupuesto S10. (5.0)
PRODUCTO A OBTENER
ENTREGABLE
TIEMPO
Informe N° 01
A los cinco (05) días calendario de suscrito el contrato.
Informe ° 02
A los veinte (20) días calendario de suscrito el contrato.
CONTENIDO PLAN DE TRABAJO detallado y calendarizado de actividades a desarrollar durante la Consultoría. Además el Consultor deberá presentar a los especialistas del equipo de trabajo en la Gerencia de, a fin de establecer las coordinaciones de manera permanente con el Supervisor asignado por la Entidad. Toda la información ha entregar deberá estar totalmente impresa, debidamente firmada por los profesionales correspondientes, en original y adjunto en un archivo digital. En función a los lineamientos del Anexo SNIP-05ª V2.0 deberá contener los ASPECTOS GENERALES E IDENTIFICACION, de acuerdo al plan de trabajo presentado. Asimismo, deberá contener los estudios base siguientes: Estudio de Topografía completo. Estudio Geotécnico completo. Informe de evaluación de la sección vial completa por el método del PCI. Documentos de coordinación con las empresas de servicios y entidades públicas. Documentación sustentatoria y de coordinación con las entidades involucrados y beneficiarios del proyecto (Registros públicos) Toda la información a entregar deberá estar totalmente impresa, debidamente firmada por los profesionales correspondientes en original y adjunto en un archivo digital (el jefe de proyectos y representante legal de la consultora debe firmar toda la información a entregar)
Presentados como anexos al estudio de pre inversión en tomos independientes. Al constituirse el informe N° 02 en una entrega parcial, no exime al Consultor que proceda a entregar la información y documentación con un análisis idóneo y
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correcto, que se constituya en un adecuado insumo para la entrega con el Informe N° 03. Informe N° 03
Informe Consolida do
A los cuarenta y cinco (45) días calendario de suscrito el contrato,
A los cinco (05) días calendario de obtener la conformidad de la OPI
En función a los lineamientos del Anexo SNIP-05A V2.0 deberá contener el Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública denominado: “Estudio de pre inversión a nivel de perfil para el “MEJORAMIENTO DE VEREDAS Y REHABILITACIÓN DE PISTAS EN LA JURISDICCIÓN URBANA DEL DISTRITO DE RECUAY – PROVINCIA DE RECUAY ANCASH”, de manera Total y Completa además de lo señalado en los términos de referencia. Planos. Estudios Base (Impreso y digital) o Estudio de Topografía. o Estudio Geotécnico. o Documentación de coordinación con las empresas de servicios y entidades públicas. Anexos. Formato SNIP 03. Toda la información a entregar deberá estar totalmente impresa, debidamente firmada por los profesionales correspondientes en original y adjunto en un archivo digital, (el jefe de proyectos y representante legal de la consultora debe firmar toda la información a entregar). El Informe Final deberá contar con el contenido mínimo requerido en los presentes términos de referencia. El consultor presentara la versión final del Informe N° 03, con dos (02) originales y una (01) copia. Toda la información a entregar deberá estar totalmente impresa, debidamente firmada por los profesionales correspondientes en los originales y adjunto en un archivo digital en cada versión Consolidada.
NOTA: Estos Entregables NO requerirán aprobación del entregable anterior para su presentación de acuerdo a los plazos señalados. (6.0)
REQUISITOS MINIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR
6.1Perfil del POSTOR: Persona Natural o Jurídica que mantendrá una relación contractual con la entidad y es el responsable en el 50
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cumplimiento del desarrollo de la consultoría, la entrega de los productos, los plazos pactados, las reuniones con la Unidad Formuladora y el cumplimiento de los especialistas propuestos para el desarrollo de la consultoría. El postor deberá contar con un (01) año como mínimo de experiencia en la elaboración de proyectos de inversión aprobados y/o viables, y acreditar haber realizado 03 proyectos de inversión pública a nivel de estudios. Para los Especialistas, deberá disponer de los siguientes profesionales con el siguiente perfil: 6.2Perfil de los Especialistas N°
CARGO
PROFESIÓN Profesional
1
1
1
1
1
Jefe de Proyecto.
Especialista en Estudios de Pre inversión en el Marco del SNIP.
Especialista en Diseño de Espacios Públicos.
Especialista en carreteras, pavimentos y veredas
Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos.
Ingeniero Civil, Economista, Ingeniero Economista, colegiado. Con experiencia como Jefe de Proyecto, en estudios de pre inversión en el marco del SNIP de proyectos urbanos de acuerdo a lo señalado en la Nota N° 04, con un tiempo acumulado de 12 meses de experiencia. Profesional Ingeniero Civil, Economista, Ingeniero Economista, Arquitecto, colegiado. Con experiencia como Especialista en Estudios de Pre Inversión en el marco del SNIP, con un tiempo acumulado de 12 meses de experiencia. Arquitecto, colegiado. Con experiencia como Especialista en Diseño de Espacios Públicos de acuerdo a lo señalado en la Nota N° 04, con un tiempo acumulado de 10 meses de experiencia. Ingeniero Civil, colegiado. Con experiencia en carreteras, pavimentos y veredas de acuerdo a lo señalado en la Nota N° 04, con un tiempo acumulado de 10 meses de experiencia. Ingeniero Civil, colegiado. Con experiencia como Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos. Con un tiempo acumulado de 06 meses de experiencia.
NOTA 01: El postor puede también ser el Jefe del Proyecto, si cumple con el perfil que corresponde. NOTA 02:
Para todos los factores, en caso de acreditar experiencia como parte de un consorcio, adjuntar el contrato de consorcio. NOTA 03: El servicio prestado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la 51
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actividad. NOTA 04 (OPCIONAL): Se entiende como proyectos urbanos y/o similares, para fines de la consultoría, a los estudios de Construcción y/o rehabilitación y/o mejoramiento y/o ampliación y/o renovación: 1. En proyectos de infraestructura pública peatonal (pistas, veredas, áreas verdes, bulevares). 2. En proyectos de infraestructura vial urbana con pavimento superior (concreto asfáltico o concreto hidráulico). 3. En proyectos de espacios públicos para la recreación pasiva (alameda, malecón, paseo peatonal, mirador, plaza, plazuela, parque) (7.0)
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El plazo de elaboración del presente estudio de pre inversión a nivel de Perfil será de cuarenta y cinco (45) días calendario hasta su entrega con el Informe N° 03, debiéndose cumplir en el desarrollo del Perfil de acuerdo a los plazos señalados en el punto 5 de los productos a obtener. Debe quedar entendido que dentro del Plazo establecido no está comprendido el tiempo de revisión e informes emitidos por Municipalidad Provincial de Recuay y los formulados por la OPI (Oficina de Programación e Inversiones). (8.0) MODALDAD DE SELECCIÓN Para el presente proceso de selección se utilizará la modalidad de: PROCEDIMIENTO CLÁSICO. (9.0) SISTEMA DE CONTRATACION Para el presente proceso de selección se utilizará el sistema de contratación: SUMA ALZADA. (10.0) FORMA DE PAGO El calendario de pagos será como sigue: PLAZ PAGOS O (DÍAS CALENDARI O)
100%
A los cinco (45) días calendario de suscrito el contrato
PRESENTACION
Equivalente al Veinte por Ciento (20%) del Monto del Contrato, a la Conformidad del entregable: Informe Consolidado y si existen propuestas de mejoramiento adicionales.
(11.0) CONFORMIDAD DEL SERVICIO Para la conformidad del servicio estará sujeta a la aprobación y conformidad de los productos entregables por parte de la Gerencia de la Municipalidad como Unidad Formuladora responsable de la formulación del estudio de pre inversión. Así mismo, el último pago involucrará además el pronunciamiento final de la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de la Municipalidad Provincial de Recuay. (12.0) ADELANTOS
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No se consideran adelantos para la ejecución del presente servicio de consultoría. El Monto del contrato Pactado es de El valor referencial calculado para la prestación del servicio asciende a S/. 45,000.00 (Cuarenta y cinco mil con 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de Ley, y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. (13.0) OTRAS CONDICIONES ADICIONALES 13.1
PRESENTACIÓN DE LOS PRODUCTOS ENTREGABLES Los Informes en general deberán estar debidamente foliados y ordenados de acuerdo al índice, además se debe tener en cuenta lo siguiente: La documentación técnica se presentará ordenada de acuerdo al índice y deberá estar debidamente foliada. a) Documentos Escritos, El Consultor deberá entregar el Estudio a Nivel de Perfil (documentos escritos en formato A4) presentado con pasta rígida según modelo, con la información ordenada de acuerdo al índice del Anexo SNIP 05 A V2.0, en dos (02) originales y una (01) copia; firmada y sellada por el consultor y por cada uno de los profesionales responsables que participan en la elaboración del estudio que ganaron la convocatoria, se entregará además dos (02) CD con todo el contenido del PIP y además la evaluación económica y social en procesador de textos y hoja de cálculo, así como el presupuesto (software compatible con Presupuesto S10), metrados en hoja de cálculo; y los planos en programas CAD a escala 1:50 y 1:100 u otra que se adecue a la propuesta de inversión. Dicho Plano debe abarcar la zona de Estudio debidamente delimitada, asimismo se plantean escalas de 1:5000 para la localización y 1:500 para la ubicación del proyecto. La Ficha Técnica, Formato SNIP 03, fotos y toda la documentación sustentatoria que el Consultor haya trabajado, incluido toda la información que se considere anexos del perfil. b) Presupuesto El presupuesto debe ser presentado en dos (02) originales y una (01) copia firmadas y selladas por el consultor, en software compatible con Presupuesto S10 y en hoja de cálculo, en forma digitalizada e impresa en papel bond formato A4 y debe incluir: Presupuestos separados por partidas, precios unitarios detallados, indicando costo directo, gastos generales (indicando porcentaje), utilidad (indicando porcentaje) e impuestos. Como documentación anexa al perfil, se presentará los costos unitarios, lista de insumos, gastos generales, supervisión y costo de expediente técnico de manera detallada. Así mismo planilla de metrados que sustente las cifras indicadas en el presupuesto. Cronograma general de Cronograma general de ejecución de la obra, en formato compatible a Microsoft Project v.2010. c) Planos El Consultor deberá entregar el estudio a nivel perfil presentado con pasta rígida según modelo, con la información ordenada de acuerdo al índice del Anexo SNIP 05 A V2.0, en dos (02) originales y una (01) copia: Un (01) estudio de pre inversión a nivel perfil en dos (02) Originales y una (01) copia, que contendrá un juego de planos del proyecto en papel “Bond” formato A-1 o A-0, firmadas y selladas por el Consultor y el profesional responsable del diseño respectivo, así como un CD-ROM conteniendo toda la documentación técnica y planos digitalizados. Estos planos serán elaborados en programa AutoCAD 2010, cuyos CD serán adjuntados en un estuche plástico membretado vía mesa de partes, conjuntamente con el original del perfil y sus copias. d) Para los entregables de los Informes N° 01, 02 el Consultor presentará un solo ejemplar; asimismo para el Informe N° 03 una vez aprobado por la OPI de la
MPR presentará los tres ejemplares impresos (02 originales y 01 copia) con sus respectivos CDs. e) El Consultor deberá entregar el estudio a nivel perfil a la Unidad Formuladora anillado, con la
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información ordenada de acuerdo al índice del Anexos SNIP-05A V2.0. f) El consultor debe presentar conjuntamente con el estudio la documentación mínima necesaria para este tipo de proyectos, como son: los compromisos de los beneficiarios (Municipalidades Distritales) de asumir los costos de operación y/o mantenimiento del proyecto, documentos indispensables para la declaración de viabilidad). g) Toda la información antes mencionada debe estar firmada por el Consultor Externo y por cada uno de los profesionales responsables que participan en la elaboración del estudio que ganaron la convocatoria.. h) El consultor podrá presentar la información de acuerdo a lo indicado hasta las 16:30 pm vía mesa de partes. 13.2
FINANCIAMIENTO El financiamiento de la presente consultoría será con recursos Canon y sobre Canon de la Municipalidad Provincial de Recuay. 13.3 PENALIDADES De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, La Municipalidad Provincial de Recuay aplicara a El Consultor una penalidad por cada día de retraso injustificado en la prestación de sus servicios o en el cumplimiento de sus obligaciones, consignados en el presente Término de Referencia y en el contrato a suscribir. 13.4
OTRAS PENALIDADES Se aplicaran penalidades distintas a la penalidad por mora, en concordancia con el articulo 166° del Reglamento, de acuerdo a los siguientes incumplimientos: Nº 1
2
3
4
5
6
Incumplimiento En el caso que el Consultor presente su informe sin el debido levantamiento de las observaciones al Producto Nº 01. En el caso que el Consultor presente su informe sin el debido levantamiento de las observaciones al Producto Nº 02. En el caso que el Consultor presente su informe sin el debido levantamiento de las observaciones al Producto Nº 03. En caso el consultor presente su informe sin el debido levantamiento de las observaciones formuladas por la OPI-MPR. Por no presentar el informe de levantamiento de observaciones en el plazo otorgado. En el caso que El Consultor y/o cualquiera de sus especialistas que se encuentren previstos para la reunión programada (48 horas de anticipación) no asistan en la fecha indicada. Remplazar desde el inicio de la formulación del proyecto y hasta el 50% de plazo contractual a cualquier miembro del equipo propuesto en su oferta técnica.
Monto de la penalidad Equivalente al medio por ciento (0.5%) del monto del contrato. Equivalente al uno por ciento (1.0 %) del monto del contrato.
Equivalente al uno y medio por ciento (1.5%) del monto del contrato. Equivalente al dos por ciento (2.0%) del monto del contrato. Equivalente al dos por ciento (2.0%) del monto del contrato. Equivalente al medio por ciento (0.5%) del monto del contrato (por ocurrencia) Equivalente al dos y medio por ciento (2.5%) del monto del contrato.
Los montos de Penalidad por incumplimiento son independientes en cada etapa e independiente a la Penalidad por mora, que pudiera corresponder al consultor. Las penalidades por incumplimiento se aplicarán al Consultor por cada una de los informes, aun correspondan a la misma etapa, que presenten sin el debido levantamiento de observaciones. El monto será hasta por un máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, esto último en concordancia con el Artículo 166° del Reglamento. 13.5
OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD a) La Municipalidad Provincial de Recuay tiene la obligación de entregar la documentación necesaria 54
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para que el consultor desarrolle adecuadamente la consultoría. b) La Municipalidad Provincial de Recuay debe designar un profesional encargado de la coordinación y supervisión del estudio, quien mantendrá coordinaciones permanentemente con el proveedor del servicio y estará a cargo del control y seguimiento del trabajo. c) La Municipalidad Provincial de Recuay tiene la obligación de registrar mediante actas de coordinación y/o informes técnicos la presentación de las observaciones a los entregables del Consultor. 13.6
OBLIGACIONES DEL CONSULTOR El postor asumirá el cumplimiento y la responsabilidad de su trabajo hasta obtener la conformidad total del a)La Municipalidad Provincial de Recuay (Gerencia), el no cumplimiento del mismo tendrá como sanción el no pago de su retribución ni de la respectiva constancia de prestación del servicio y otras descritas en el contrato, pudiendo rescindir el contrato y a su vez quedará registrado en nuestro sistema como proveedor de servicios INHABILITADO de forma permanente. El servicio a contratar estará sujeto a las siguientes condiciones: a. El Consultor será el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará directamente y aquellas que desarrollará su personal, debiendo responder por el servicio de consultoría. b. El Consultor será responsable sobre el contenido de sus productos entregables y responde a cualquier requerimiento de los órganos de control. c. El servicio será brindado por una persona natural o jurídica que responderá a las características técnicas mínimas de la consultoría especializada, señaladas en los términos de referencia. d. El Consultor presentará los informes de acuerdo a los cronogramas establecidos, para fines de cancelación de los respectivos servicios. e. Plazos para el levantamiento de las observaciones: El Consultor contará con un plazo prudencial para la subsanación de los informes en función a la complejidad del servicio, por única vez en cada etapa, en caso de existir observaciones, cuyo plazo no podrá ser menor de dos (02), ni mayor de siete (07) días calendarios. Plazos para el levantamiento de las observaciones: El consultor tiene la obligación de solicitar una copia de las observaciones en un plazo no mayor de dos (02) días calendario (una vez registrada la observación en el banco de proyectos) y de levantar dichas observaciones en un plazo no mayor a cinco (05) días calendario. f. El pago de los servicios del Consultor, será previa aprobación y conformidad de los productos entregables por parte de la Unidad Formuladora. Así mismo, el último pago involucrará además el pronunciamiento final de la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de la a)La Municipalidad Provincial de Recuay . g. El Consultor deberá guardar reserva de toda información a que tenga acceso en virtud de los servicios que prestará, así como de toda la información que se generará durante la realización de las actividades y de la información producida una vez que se haya concluido el servicio.
IMPORTANTE:
Indicar si se trata de una contratación por ítems, etapas o paquetes, en cuyo caso debe detallarse dicha información.
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CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer. I. FACTORES DE EVALUACIÓN UTILIZADOS CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL:
CUANDO
SE
CONVOQUE
LA
De acuerdo con el artículo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluación:
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS A. EXPERIENCIA DEL POSTOR A.1. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN17 55 PUNTOS
30 puntos
M =Monto facturado acumulado Criterio: por el postor por la prestación de Se evaluará considerando el monto facturado acumulado en servicios de consultoría estudios por el postor correspondiente a la actividad objeto correspondientes a la actividad del proceso, durante un periodo de, no mayor a cinco (05) objeto del proceso años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a no mayor a uno (1) M >= 1 veces el valor referencial: veces el valor referencial. 30 puntos
Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con, Boucher de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el documento, entre otros, correspondientes.
M >= 0.5 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial: 20 puntos M < 0.2 veces el valor referencial l: 10 puntos18
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los ocho (08) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya 17
De acuerdo con el artículo 46 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
18
El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN17
sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 01.09.2013, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor en la actividad. El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad. A.2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD
25 puntos
Criterio: M = Monto facturado acumulado Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por por el postor por la el postor correspondiente a servicios iguales o similares al prestación de servicios de objeto del proceso, durante un periodo, no mayor a ocho (08) consultoría iguales o años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un similares al objeto de la monto máximo acumulado equivalente a una (0.50) vez el convocatoria valor referencial de la contratación. M >= 0.5 vez el valor referencial: Se considerará servicio similar a estudios de pre inversión de 25 puntos
Obras viales, caminos, pavimentos calles, infraestructuras M >= 0.2 veces el valor educativas, edificaciones, local comunal estos serán referencial y <1 veces el valor estrudios. referencial: 15 puntos
Acreditación: 57
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN17 La experiencia se acreditará mediante copia simple de: M >= 0.0 veces el valor contratos u órdenes de servicio; o comprobantes de pago referencial 19 cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, 10 puntos
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta, cancelación en el documento, entre otros, correspondientes a un máximo de ocho (8) servicios iguales o similares al objeto del proceso. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los ocho (8) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la especialidad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 01.09.2013, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor 19
El Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN17
en la especialidad. B. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO B.1. EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROPUESTO
45 puntos
Criterio: 20 puntos Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en estudios de pre inversión. Se considerarán como trabajos o prestaciones similares a los siguientes: estudios de pre inversión de Obras viales, caminos, etc. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, también podrá utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestación del servicio de consultoría, de ser el caso. Jefe de Equipo del Proyecto B.2. CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROPUESTO B.2.1 FORMACIÓN ACADÉMICA: Criterio Se evaluará en función del nivel de formación académica del personal propuesto como Jefe de proyecto, considerándose los siguientes niveles: NIVEL 1 : Con Grado de Doctor como Ingeniero Civil
: 10 puntos NIVEL 2 : Con Grado de Maestro
: 5 puntos Acreditación Se acreditarán con copia simple de constancias, certificados o otros documentos que demuestre la experticia y/o grados obtenidos. B.2.2 CAPACITACIÓN: Criterio Se evaluará en función del tiempo de capacitación del Jefe de proyecto en cursos de capacitación de grados obtenidos,
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN17
experiencia en cargos públicos de obras y experiencia profesional. Acreditación Se acreditarán con copia simple de constancias, certificados, u otros documentos”
Economista Haber participado o desarrollado igual o mayor a 6 servicios similares y 8 generales : 10 puntos Haber participado o desarrollado menos de 3 servicios : 05 puntos
C.
MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTAS20 Criterio: Se otorgará puntaje al postor que ofrezca mejoras a las condiciones previstas en las TDR. Se considera como Mejoras a las condiciones previstas en las Bases, a los puntos siguientes de los Términos de Referencia de las Bases: Incremento de funciones y obligaciones ofertadas respecto a las ya descritas en los Términos de Referencia de las Bases. Acreditación: Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada.
D.
10 puntos
a) El postor que ofrezca 05 mejoras a las condiciones previstas en las TDR…..……….…10 puntos b) El postor que ofrezca 03 mejoras a las condiciones previstas en las TDR……..…….…05 puntos c) El postor que ofrezca 01 mejora a las condiciones previstas en las TDR……..……02 puntos
CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
05 puntos
Criterio: Se utilizará la siguiente fórmula Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de de evaluación21: los servicios de consultoría presentados para acreditar la PCP= PF x CBC experiencia del postor, en función al número de constancias NC de prestación presentadas. Acreditación: Mediante la presentación de un máximo de diez (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la 1. La identificación del contrato u orden de servicio, indicando experiencia del postor. CBC = Número de constancias como mínimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que de prestación válidas. 20
Las Bases podrán establecer aquellos aspectos que serán considerados como mejoras, debiéndose precisar a qué tipo de mejoras se le otorgará puntaje.
21
Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN enwww.osce.gob.pe
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FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual. 3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato. E.
10 puntos
OTROS FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA22
a. Descripción de la Metodología y Plan para ejecutar el servicio Se otorgará puntaje al postor, en función a la metodología de trabajo que presente, que incluya los procedimientos a emplear y los sistemas de aseguramiento de calidad y de seguridad. Se calificará de la siguiente manera: El postor que desarrolle una metodología de trabajo que le permita cumplir con las exigencias de los términos de referencia, de acuerdo a los siguientes tópicos: 1) Los procedimientos de trabajo; 2) Los mecanismos de aseguramiento de calidad; 3) Los sistemas de control de los servicios prestados, 4) Los sistemas de Seguridad para el Personal de campo;
a) El Consultor que desarrolle una metodología de trabajo, que evidencie el cumplimiento de los 4 mecanismos básicos de ejecución de los servicios, 05 puntos. b) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de 3 de los 4 mecanismos básicos de ejecución del servicio, 03 puntos. c) El Consultor que desarrolle una metodología, que evidencie el cumplimiento de 1 ó 2 de los 4 mecanismos básicos de ejecución del servicio, 01 punto
b. Programación de la Prestación del Servicio Se otorgará puntaje al postor, en función a la programación secuencial que presente, de todas las actividades, tales como:
1) 2) 3) 4)
Relación de Actividades; Utilización de recursos y personal; Programación de actividades, y Matriz de asignación de responsabilidades
a) El Consultor que presente el 100% de los cuadros de programación del servicio,05 puntos b) El Consultor que presente 3 de los cuadros desarrollados, 03 puntos c) El Consultor que presente 2 de los cuadros desarrollados, 01 punto
PUNTAJE TOTAL
100 puntos23
IMPORTANTE:
61
Atendiendo a la naturaleza y características del objeto del proceso, el Comité Especial podrá consignar el factor EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD. En dicho caso, el Comité Especial deberá observar para su formulación lo señalado en el párrafo precedente para el factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD, debiendo precisar los servicios que califican como similares para acreditar tal experiencia.
22
Podrá evaluarse factores, tales como: equipamiento, infraestructura, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento.
23
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
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Cuando se incluya el factor EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD y el factor EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD, el servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad servirá para acreditar la experiencia en la actividad.
El factor referido a la experiencia del postor será facultativo en el caso de la contratación de servicios de arrendamiento de inmuebles.
Adicionalmente, el Comité Especial podrá consignar los siguientes factores de evaluación, pudiendo utilizar algunos o todos los que a continuación se detallan, según corresponda a la naturaleza y características del objeto del proceso, su finalidad y a la necesidad de la Entidad:
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación del servicio [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. 24 Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO25 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en moneda Nacional, en [INDICAR SI SE TRATA DE ÚNICO PAGO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. 24
25
63
Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10) en su propuesta técnica. En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
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LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de 45 días calendario, el mismo que se computa desde el dia siguiente de suscrito el contrato. IMPORTANTE:
De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo siguiente: “El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA] es de [……...…] días calendario, el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 26 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía por el monto diferencial de la propuesta27: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
IMPORTANTE:
Si LA ENTIDAD ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar la siguiente cláusula:
26
La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
27
En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en el proceso de selección para la contratación de servicios, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE “CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO28 “LA ENTIDAD otorgará adelantos directos por el del monto del contrato original. EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 29 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista. En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.” CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por la Unidad de Infraestructuras y Desarrollo Rural y Urbano y dando la conformidad la Unidad de OPI. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de UN (1) AÑO. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la
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28
Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
29
De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad Diaria =
0.10 x Monto F x Plazo en días
Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda. IMPORTANTE:
De preverse en los Términos de Referencia penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 30 30
De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y,
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
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FORMATOS Y ANEXOS
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FORMATO N° 1 31 MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito 32.
…..………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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31
El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
32
Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE
ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC :
: : Teléfono :
Fax :
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Elaboración del Perfil Mejoramiento De Veredas Y Rehabilitación De Pistas En La Jurisdicción Urbana del Distrito De Recuay- Provincia de Recuay-Ancash, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
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Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
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ANEXO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
De nuestra consideración: Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 008-2013-CE, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]:
% de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]:
[%] [%]
% de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES]
TOTAL:
[%] [%]
100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1
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………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 2
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ANEXO Nº 5 DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 014-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Elaboración del Perfil Mejoramiento De Veredas Y Rehabilitación De Pistas En La Jurisdicción Urbana del Distrito De Recuay- Provincia de Recuay-Ancash en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6 EXPERIENCIA DEL POSTOR (Solo para servicios en general) Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD: Nº
CLIENTE
OBJETO DEL SERVICIO
N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO
FECHA33
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO ACUMULADO35 VENTA34
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
TOTAL
75
33
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
34
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
35
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
En los casos en los que las Bases considere el factor EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD, a fin que la propuesta pueda ser evaluada, el postor también debe detallar en este Anexo dicha experiencia, insertando un cuadro como el consignado, incluyendo el título “Experiencia en la Especialidad”.
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ANEXO Nº 7 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD (Solo para servicios de consultoría en general) Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD: Nº
CLIENTE
OBJETO DEL SERVICIO
N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO
FECHA36
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO ACUMULADO38 VENTA37
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
TOTAL
77
36
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
37
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
38
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY
AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE
ANEXO Nº 8 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD (Solo para servicios de consultoría en general) Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD: Nº
CLIENTE
OBJETO DEL SERVICIO
N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO
FECHA39
MONEDA
IMPORTE
TIPO DE CAMBIO MONTO FACTURADO ACUMULADO41 VENTA40
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
TOTAL
79
39
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
40
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
41
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY
AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 9 CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente: CONCEPTO
COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]
TOTAL La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda IMPORTANTE:
En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.
Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.
En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
La propuesta económica de los postores que presenten la declaración jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 10), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
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ANEXO Nº 10 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes: 1.- Que el domicilio fiscal de la empresa42 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad); 2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas); 3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y 4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
42
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
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ANEXO Nº 11 SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS EJECUTADOS FUERA DE LIMA Y CALLAO
Señores COMITÉ ESPECIAL AMC N° 015-2013-MPR/CE DERIVADA DE ADS N° 08-2013-MPR/CE Presente.De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el puntaje total, debido a que mi representada se encuentra domiciliada en [CONSIGNAR DOMICILIO DEL POSTOR], la que está ubicada en la provincia [CONSIGNAR PROVINCIA O PROVINCIA COLINDANTE AL LUGAR EN EL QUE SE EJECUTARÁ EL SERVICIO, LA QUE PODRÁ PERTENECER O NO AL MISMO DEPARTAMENTO O REGIÓN]
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
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Para asignar la bonificación, el Comité Especial verificará el domicilio consignado por el postor en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.