3) En el PEI encontrar: Misión: “El “deber ser” definido por la IEMCP es: - Educamos en altos niveles de competencias académicas, sociales, culturales y formamos para la convivencia”. Visión:” La perspectiva del “querer ser” institucional es: - Lideraremos el desarrollo de los procesos académicos y convivenciales, para mejorar la calidad de vida de la región”. Objetivos: “- Gestionar y promover el mejoramiento continuo de la propuesta educativa institucional. - Disponer el talento humano y los recursos necesarios para prestar un servicio educativo idóneo y pertinente - Facilitar el acceso al conocimiento, la ciencia y la cultura y el ingreso a la educación superior. Como maestras practicantes en la institución educativa ciudad de pasto, nos comprometemos con los siguientes objetivos: - Fomentar el desarrollo integral, el ejercicio activo de la ciudadanía y la convivencia pacífica - Contribuir al bienestar comunitario y promover un clima escolar apropiado para la formación” dado que desde el aula de clase se fomenta el desarrollo integral ético y moral de los estudiantes.
4)MANUAL DE CONVIVENCIA: DERECHOS: La I. E. M. Ciudad de Pasto reconoce que su deber principal es ofrecer un servicio público de educación para la formación de ciudadanos libres, responsables y autónomos, por ello proclama y promueve los siguientes derechos consagrados en la constitución y la ley: 1. Al buen trato, en igualdad de condiciones y de oportunidades y sin ningún tipo de discriminación (Vid. Art. 13 C. P. C). 2. Al libre desarrollo de la personalidad sin más limitación que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico (Vid. Art. 16 C. P. C). 3. A recibir una educación integral de buena calidad y que corresponda a las condiciones socioeconómicas de la población de nuestra región (Vid. Art. 67 C. P. C). 4. A su intimidad personal y familiar, a su buen nombre y a conocer, actualizar y rectificar la información que sobre él exista en los archivos anecdotarios y registros de la institución (Vid. Art. 15 C. P. C). 5. A presentar peticiones respetuosas a profesores, empleados, directivos o autoridades y a obtener pronta resolución de las mismas (Vid. Art. 23 C. P. C). 6. A elegir y ser elegido para los diferentes estamentos del Gobierno Escolar y a conocer sus derechos y deberes (Vid. Numeral 9, Art. 40 C. P. C).
7. A recibir el carné estudiantil, el manual de convivencia y el SIEDES durante el primer periodo del año escolar, y a sugerir por escrito las posibles modificaciones al SIEDES y manual de convivencia. 8. A participar en la planeación, ejecución y evaluación anual del P. E. I. de acuerdo a los mecanismos que para ello se estipule a través de los delegados al gobierno escolar. 9. Al debido proceso, a no ser procesado sino conforme a las leyes y normas preexistentes al acto del cual se le acusa y con el derecho a la defesa y presunción de inocencia, según las garantías que consagra el Art. 29 de la Constitución Política de Colombia. 10. A solicitar y obtener constancias, certificados de estudios, registros de valoraciones en forma oportuna. 11. A no ser obligado a recibir educación religiosa, siempre y cuando esta voluntad se manifieste en el acto de matrícula por los padres o acudientes del estudiante menor de edad, o por un estudiante mayor de edad (Vid. Art. 68 C. P. C. y Literal H, Art. 6 Ley 133/94). 12. A expresar y a difundir libre y responsablemente sus opiniones y sus ideas, respetando este derecho en los demás (Vid. Art. 20 C. P. C). 13. Conformar y pertenecer en forma autónoma y libre a organizaciones internas de carácter estudiantil, académico, cultural y deportivo cuyo objetivo sea el bien personal, institucional y social. 14. Todo menor tiene derecho a ser protegido contra el uso de sustancias que producen dependencia (Vid. Numeral 7, Art. 94. Ley 1090/06). Los menores y adolescentes que incurran en prácticas de drogadicción o expendio de drogas podrán ser sometidos a la rehabilitación en los términos que plantea el artículo 9 de la ley 745 del 2002. 15. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar. 16. A ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales y a recibir apoyo permanente para superar dificultades en cada uno de los periodos, estándares, competencias, conocimientos y desempeños no alcanzados y conocer sus resultados de acuerdo a las normas legales vigentes (Vid. Decreto 1290/09). 17. A recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores. 18. Solicitar con debido respeto en forma oportuna la revisión y corrección de juicios valorativos, logros, y evaluaciones en los tres días hábiles posteriores a su publicación. 19. La estudiante en embarazo tendrá todas las garantías, consideraciones y orientaciones para que pueda salir adelante con sus responsabilidades académicas y con su futuro hijo. Si se tratara de una menor de edad se informará a los padres y al defensor de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 20. Toda alumna que esté en embarazo podrá continuar sus estudios hasta el octavo mes de gestación y suspenderlos hasta 30 días después del alumbramiento, lo anterior sirve para proteger la vida del niño y la salud de la madre (Vid Art. 43, 44 y 49 C. P. C).
21. A ser eximido de algún requerimiento institucional cuando por justa causa debidamente sustentada lo solicite (desfiles, paseos, jornadas ecológicas, deportivas, etc.). 9 22. A conocer antes de los primeros quince días de clase del año escolar, los programas académicos en cada área, los logros cognoscitivos, psicoafectivos, psicomotores, de comunicación, actitudinales, procedimentales etc., y los proyectos pedagógicos de las mismas. 23. A recibir información de los profesores sobre la metodología, las fechas, procedimientos e instrumentos y sobre los criterios de evaluación de cada área para cada uno de los periodos del año escolar. En todo caso, la evaluación atenderá a la Ley General de Educación y en particular al Decreto 1290/09, al SIEDES y a las demás normas legales vigentes. 24. A recibir los documentos que sustentan las pruebas evaluativas con sus resultados, a más tardar a los ocho días de realizada la prueba y antes de la finalización de cada periodo. 25. A no ser recargado de trabajo, presentando máximo una evaluación de periodo por día. 26. A ingresar al plantel en la jornada laboral contraria, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la institución y presentando el carné estudiantil. 27. A recibir orientación, ayuda y atención, cuando por su situación así lo requiera. 28. Estudiar y desarrollar actividades académicas en un ambiente propicio, sin ser perturbado por el comportamiento de los compañeros. 29. A ser eximidos del pago de matrícula y derechos académicos, cuando se trate de niños, niñas y adolescentes desvinculados del conflicto armado y en las condiciones planteadas en la resolución 2620/04.
¿Pensamos que? Los derechos que poseen los estudiantes de la institución educativa ciudad de pasto es pertinente y abarcan las necesidades de los mismos, más, sin embargo, es pertinente que haya una vigilancia y seguimiento de que si se esté cumpliendo. Además, es necesario dar amplio conocimiento a los estudiantes de cuáles son sus derechos, a que son acreedores para que así puedan exigir su mismo cumplimiento cuando les sea necesario. ¿Nos preocupa? El cumplimiento de los derechos referentes con el área de psicología, por ejemplo: “Todo menor tiene derecho a ser protegido contra el uso de sustancias que producen dependencia (Vid. Numeral 7, Art. 94. Ley 1090/06). Los menores y adolescentes que incurran en prácticas de drogadicción o expendio de drogas podrán ser sometidos a la rehabilitación en los términos que plantea el artículo 9 de la ley 745 del 2002”. Puesto que en las instituciones es usual que en este ámbito se necesite mayor acompañamiento para los estudiantes, por ultimo tener en cuenta personal realmente capacitado en el área de psicología con vocación de la misma para así lograr ayudar al estudiante que necesita su acompañamiento. ¿Cambiaríamos? No habría punto por cambiar.
DEBERES: Los deberes y compromisos hacen parte del aprendizaje y del ejercicio auténtico de una libertad responsable y funcional dentro de la sociedad, en este contexto, correlativamente con los derechos que les asisten, los estudiantes tienen, en su relación con los demás integrantes de la comunidad educativa, los siguientes deberes: 1. Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución y participar de ellas cuando sea pertinente. 2. Conocer, aceptar y aplicar el contenido y las disposiciones del manual de convivencia. 3. Asistir a las labores académicas con los textos, materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 4. Tratar con amabilidad, respeto y cordialidad a los miembros de la comunidad educativa, manteniendo un comportamiento digno y culto. 5. Aprovechar al máximo todas sus capacidades para beneficio personal y social, en tanto debe asumirse a la educación como un derecho-deber. 6. Respetar los derechos de los demás, la opinión y el orden en el uso de la palabra. 7. Mantener relaciones armónicas con todas las personas de la institución, absteniéndose de realizar bromas de mal gusto, poner sobrenombres o apodos, y participar de burlas, presiones, coerción social, vocabulario inadecuado, y cualquier forma de acoso escolar (Vid. Ley 1620/13). 8. Portar el carné estudiantil para efectos de identificación. En caso de pérdida, reportar oportunamente para evitar suplantaciones. 9. Representar dignamente a la institución en eventos académicos, culturales, sociales y deportivos, única y exclusivamente cuando sea designado para tal fin. 10. Aceptar las disposiciones de los miembros del Gobierno Escolar siempre y cuando no vulneren sus derechos y no sean contrarios a la ley. 11. Cumplir con las labores de trabajo autónomo del estudiante como sus tareas y sus evaluaciones y esforzarse por alcanzar la totalidad de los desempeños. 12. Cumplir las indicaciones de los docentes para el desarrollo de tareas, evaluaciones y demás actividades académicas que se realicen. 13. Solicitar los permisos con anticipación cuando se presenten las siguientes eventualidades: cita médica, intervenciones quirúrgicas, actividades académicas, deportivas y/o culturales institucionales u otras que a criterio del coordinador de convivencia, sean consideradas justa razón para ausentarse de las actividades académicas. Estos permisos deberán tramitarse con el coordinador de convivencia. 14. Presentar evidencia escrita que permita justificar ausencias no informadas con anterioridad bajo las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. 15. Respetar y valorar las buenas costumbres, tradiciones y obligaciones de la familia, de la institución, de la sociedad y del país.
16. Participar activamente en la defensa, preservación, reforestación y utilización adecuada de los recursos naturales. 17. Cuidar la salud biológica y el bienestar psicológico propio y de las demás personas que integran la comunidad educativa municipal Ciudad de Pasto. 18. Mantener una adecuada presentación personal dentro de las instalaciones de la institución. Entiéndase como adecuada presentación a aquella forma de vestir que no atente contra los símbolos institucionales y que no cause malestar o distracción a otras personas de la comunidad educativa. 19. Solidarizarse en forma real y efectiva con los problemas de sus compañeros y de todos los miembros de la comunidad educativa, mostrando disposición a colaborar activamente en lo que sea necesario. 20. Asistir puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores académicas, y salir al finalizar la actividad. Los retardos se registrarán y cada uno de ellos será considerado una situación tipo I. 21. Prevenir y evitar accidentes, especialmente en laboratorios, en paseos, en la práctica deportiva, en juegos, descansos, en la entrada y salida de la institución y en fiestas y reuniones sociales. 22. Respetar los horarios de clase y no interrumpir a los compañeros de otros grados durante los mismos, a menos de que se tenga autorización de algún docente de la institución. 23. Portar correctamente los uniformes institucionales, ajustándose a las medidas y exigencias instituidas y de acuerdo a los horarios académicos. 24. Mantener el orden, buen comportamiento y respeto en las izadas de bandera y/o actividades culturales que se realicen en la institución. 25. No incurrir en las prohibiciones establecidas en el presente Manual de convivencia. 26. Comportarse de acuerdo a normas de seguridad, cultura ambiental y convivencia en buses de transporte escolar, en las calles, en los parques de la ciudad y en los predios de la institución. 27. Los estudiantes de grados superiores deben actuar correctamente, dando buen ejemplo a los demás miembros de la comunidad educativa. 28. Colaborar en la conservación y mantenimiento de las zonas verdes, jardines y todo nuestro entorno ecológico. 29. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, biblioteca, salas de informática, implementos deportivos, material didáctico, sala de sistemas, laboratorios e instalaciones del plantel en consideración a que son bienes de uso común y devolverlos en perfectas condiciones. Los costos por daños causados se asumirán por el padre de familia, acudiente o representante legal. 30. Respetar la propiedad privada dentro y fuera del plantel. 31. Entregar citaciones a los padres de familia o acudientes en el tiempo indicado por quien realiza la citación.
32. Permanecer en la institución durante toda la jornada escolar establecida. 33. Cumplir en el tiempo estipulado con los correctivos, actividades formativas o sanciones impuestas mediante la aplicación del manual de convivencia y el desarrollo del debido proceso. 34. Acatar toda instrucción prescriptiva brindada directamente por un docente o directivo de la institución, excepto en las ocasiones en que cumplir la instrucción suponga la vulneración de los derechos de alguna persona o el incumplimiento de los establecido en el manual de convencía o la ley. ¿Pensamos que? Los deberes que poseen los estudiantes dentro de la institución son pertinentes, más sin embargo se encuentran algunos con poca especificación, por ejemplo: Solidarizarse en forma real y efectiva con los problemas de sus compañeros y de todos los miembros de la comunidad educativa, mostrando disposición a colaborar activamente en lo que sea necesario, mi pregunta aquí es ¿cómo un estudiante se solidariza de forma real y afectiva? Es necesario entre los deberes de los estudiantes impartir los valores que el ser humano tiene, de esta manera se enseña y para poder exigir. ¿Nos preocupa? Que se exigen los valores como algo primordial, relegando todo el peso sobre el hogar del que proviene el estudiante, y dejando de lado proyectos que fomenten los mismos. ¿Cambiaríamos? El siguiente punto: 18. “Mantener una adecuada presentación personal dentro de las instalaciones de la institución. Entiéndase como adecuada presentación a aquella forma de vestir que no atente contra los símbolos institucionales y que no cause malestar o distracción a otras personas de la comunidad educativa”, Es bastante irónico, que se pretenda fomentar el respeto y aceptación pero se exija que tu forma de vestir no cause malestar o distracción al otro, esa sería la labor de la institución y del personal docente ya que se debería enseñar al estudiante el verdadero valor de ver al otro como un igual aunque algo en su vestimenta cause distracción y no negarle su derecho de expresión.
SANCIONES: A los estudiantes de la I. E. M. Ciudad de Pasto, les queda especialmente prohibido: 1. Hacer uso del teléfono celular u otro aparato electrónico en horas de clase, biblioteca, reuniones, actos culturales y religiosos. Se exceptúa aquellos cuyas finalidades sean académicas como el computador, tablet o video beam. 2. Portar objetos de valor dentro de la institución, como dinero en efectivo (en cantidades que no se justifican para el desarrollo de las actividades escolares), joyas y artículos electrónicos como videocámaras, mp3, mp4 y otros elementos similares. La institución no se responsabiliza por la pérdida de objetos descritos en el numeral anterior. 3. Interrumpir el horario de clase con salidas innecesarias para pedir préstamo de textos, cuadernos, útiles escolares o por motivos personales injustificados. 4. Utilizar vocabulario soez. 5. Portar uniforme de diario y sudadera en forma inadecuada. El uniforme debe ser portado con dignidad y únicamente dentro de la institución o en actividades organizadas por la institución.
6. Portar naipes, dados u otra clase de objetos que se utilicen para juegos de azar o apuestas de dinero. 7. Portar prendas ajenas al uniforme u objetos extravagantes y elementos de maquillaje. Evitar el uso de aretes, piercing y cortes de cabello extravagantes. 8. Mirar contenido, imágenes o videos de carácter pornográfico. 9. Botar basura en lugares distintos a los destinados para esta función. 10. Las interacciones con una exagerada connotación sexual. 11. La prostitución o cualquier transacción comercial en las que se involucre algún tipo de actividad sexual como objeto de intercambio. 12. Comerciar con material de contenido pornográfico de carácter visual, audiovisual o auditivo. 13. Utilizar el uniforme o la sudadera para asistir a lugares tales como: casinos, billares, tabernas, cinemas y otros lugares similares (el uniforme es de uso exclusivo para actividades institucionales). 14. Realizar fraudes o trampas en evaluaciones, en trabajos o demás actividades de evaluación previamente acordadas. No se admitirá el plagio. 15. Realizar letreros, grafitis o dibujos que ofendan a cualquier persona o Institución o que promuevan proselitismo armado o de pandillas, o que simplemente ensucien las paredes, deterioren los baños, pupitres, elementos de trabajo u otros bienes (rayar los carros, pinchar y/o desinflar las llantas, deteriorar intencionalmente los equipos y/o instrumentos de laboratorio, interrumpir el fluido eléctrico, internet, líneas telefónicas o similares). 16. Permanecer injustificadamente fuera de las aulas en las horas de clase. 17. Difamar o atentar contra la honra de los integrantes de la comunidad educativa mediante calumnia, comentarios mal intencionados, rumores infundados o de cualquier otra manera (Vid. Art. 15 C. P. C.) 18. Salir o entrar de la institución irregularmente por lugares no permitidos, como por ejemplo trepando los muros de la institución. 19. Asistir a la Institución cuando los médicos le han confirmado diagnósticos de enfermedades infecto-contagiosas, hasta que se recupere de su afección. 20. Negociar con actividades académicas tales como: trabajos teóricos y prácticos, tareas, talleres, evaluaciones, maquetas, etc. 21. Portar aparatos de juego electrónicos, bebidas alcohólicas, cigarrillos, sustancias psicoactivas, gas pimienta, pica-pica o cualquier otra sustancia o elemento que pueda propiciar comportamientos de indisciplina en los estudiantes o que ponga en riesgo el bienestar de la comunidad educativa. 22. Fomentar o participar en riñas dentro de la Institución o fuera de ella 13 23. Entregar en calidad de préstamo, venta o regalo el uniforme a personas ajenas a la Institución para facilitar su ingreso a la misma.
24. Publicar y difundir a través de la Web, redes sociales o cualquier otro medio digital o impreso, fotos, videos, escritos, etc., que atenten contra la dignidad o buen nombre de alguna persona o la institución. 25. Interrumpir de manera recurrente las actividades académicas lanzando papeles, objetos de diversa naturaleza, dardos, caucheras, chicles, cascaras, agua, harina, huevos o similares, irrespetando a los compañeros o docentes. 26. Propiciar e inducir el desorden y saboteos a las clases. 27. Descargar o instalar software no autorizados por los docentes en los equipos informáticos de la institución. 28. Consumir o incentivar el uso de cigarrillos y licores entre los miembros de la comunidad educativa. El menor que sea encontrado en estado de embriaguez o consumiendo alcohol deberá asistir con sus padres o acudientes a un curso de prevención de alcoholismo en el ICBF (Vid. Artículo 2, Ley 124/94). 29. La utilización de las redes sociales (Facebook, Hi5, Myspace, Sónico, Metroblog, Messenger, Twitter, etc.), radio y prensa, como medios para insultar, ofender o menoscabar el buen nombre de la institución, directivos, docentes, empleados, o compañeros(as). Para propiciar escándalos, peleas, pandillismo o cualquier otro tipo de conductas que interfieran con la convivencia social. 30. Falsificar, adulterar documentos requeridos para el ingreso, matricula, transferencia, conceptos valorativos propios o ajenos, escanear boletines de calificaciones, suplantaciones de nombres en las evaluaciones, en cuadernos, trabajos; en general la falsificación de cualquier documento público, si el caso lo amerita, serán conocedores de estos hechos los padres o acudientes y el defensor de familia. 31. Agredir físicamente a una persona dentro de la institución. 32. Utilizar la coerción a la libertad de otra persona mediante chantajes o amenazas. 33. Incurrir en cualquier tipo de injuria o calumnia que afecte el bienestar psicológico de otra persona. 34. Consumir, portar, vender, difundir, drogas psicoactivas o cualquier otro elemento que afecte o ponga en riesgo la salud biológica o el bienestar psicológico propio o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 35. Participar en actos delictivos o que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad educativa: robo, atraco, porte de armas, chantaje, extorsión, violación de correos, colocar fotomontajes en Internet y otros delitos informáticos (violación de claves de los docentes y la seguridad de la información de la institución) y violaciones a la Ley 1273/09. 36. Usar el nombre de la institución para realizar rifas, apuestas, sorteos, ventas u otras actividades dentro de la institución con la pretensión de obtener ganancias personales o de personas ajenas a la institución, salvo aquellas que la institución autorice. 37. Acosar sexualmente a una persona o incurrir en algún tipo de abuso sexual.
¿Pensamos que? Es pertinente la mayoría de las prohibiciones estipuladas para el buen desarrollo integral y ético de los estudiantes. ¿Nos preocupa? Como se solucionará la problemática “Acosar sexualmente a una persona o incurrir en algún tipo de abuso sexual”. ¿Cambiaríamos? La siguiente prohibición: Hacer uso del teléfono celular u otro aparato electrónico en horas de clase, puesto que en lugar de prohibirlo se debería enseñar al estudiante a utilizar ese aparato electrónico para beneficios escolares en lugar de limitar su uso.