La civilización inca: fue el mayor imperio en la América precolombina. Los incas eran guerreros, originarios del Cusco, en el actual Perú, ellos viajaron por América del Sur conquistando civilizaciones. Imponían su religión, el gobierno, la lengua aunque siempre se enriquecían de otras cosmovisiones y tecnologías. Así fueron expandiendo su imperio. El territorio abarcaba las actuales repúblicas de Bolivia, Perú, Ecuador, el sector noroccidental de Argentina, Chile y el sur de los Andes colombianos. El historiador Juan Cordero Iñiguez, en su libro ‘El imperio andino del sol en el sur ecuatoriano conquista y dominación incaicas’, explica que el imperio estaba conformado en cuatro regiones que eran Antisuyo, Contisuyo, Chinchaysuyo y Collasuyo. Los cronistas describen a la civilización inca con admiración y respeto porque ellos lograron crear la cultura más avanzada de Sudamérica. El gobierno era teocrático, tenían una férrea autoridad basada en el mandato del Inca, emperador, quien era el hijo del dios sol, ‘Inti’, en la tierra. Este dominio, además, tenía una organización burocrática interna debidamente jerarquizada, un ejército y una economía agraria colectivista. Es así como después de la decadencia de las culturas preincaicas, y con la dominación de otras que aún se mantenían con fuerza como la cañari, surge una nueva civilización, la incaica, que duró tres siglos hasta la llegada de los españoles. Pero en la zona del Chinchaysuyo, en cuya extensión figura lo que ahora es el Ecuador, estuvieron entre 40 y 80 años, por lo que los cañaris no fueron completamente dominados. Ellos resistieron, conservaron su lengua y cuentan algunos cronistas que, cuando llegaron los españoles, los cañaris contribuyeron para que, de alguna manera, se diera la decadencia del Imperio. En el libro ‘Cañaris e incas, historia y cultura’ el autor asegura que “sin lugar a duda el Tahuantinsuyo fue el Imperio más grande, organizado y hegemónico que se ha desarrollado en la Zona Tórrida del Planeta Tierra”. Entre los grandes contrastes de su geografía física, el autor señala: “la costa peruanochilena sumamente desértica, con las estribaciones cordilleranas que aveces se acercan o abaten en el océano Pacífico, intercalando lomas y pampas de diversas extensiones, con presencia de ríos que descienden de los nevados andinos, que alimentan a las poblaciones asentadas en sus márgenes”. El origen de la cultura inca se remonta al siglo XII de la era cristiana, cuando las primeras familias se acomodaron en el valle de Cusco, la antigua capital del imperio, y llegó a alcanzar 15 millones de habitantes, terminando brutalmente con la invasión española, en el año 1532. El mito de fundación inca considera a Manco Capac como su primer gobernante y fundador de la ciudad sagrada de Cusco. Los incas denominaban su territorio Tawantinsuyu, que, en el idioma quechua, significa "las cuatro partes". Antes de la construcción del Imperio Inca, la región era habitada por pueblos (denominados pre-incaicos) con culturas y formaciones sociales avanzadas. Ubicación la cultura inca La Civilización Inca Habitaban la región hoy ocupada por Ecuador, Perú, norte de Chile, Oeste de Bolivia y noroeste de Argentina. Más de diez millones de ciudadanos se habían fusionado en esta funidad política y cultural que era de alto nivel. Estaban
fijados en la región de los Andes, los incas constituyen una gran civilización que dominó una amplia franja de tierras por el territorio sudamericano. De acuerdo con un relato de naturaleza mítica, el pueblo inca se fijó inicialmente en la región de Cuzco y tuvo como primer gran líder a Manco Capac. Debido a las condiciones geográficas más favorables, la presencia inca se concentró primero en la región central de los Andes. Físicamente los Incas eran de pequeña estatura, piel morena, variando del moreno claro a la oscuridad, cabellos negros y lisos casi imberbes. En torno al siglo XV los incas establecieron un proceso de expansión territorial que buscó las mesetas enclavadas entre las montañas andinas y las llanuras del litoral Pacífico. Bajo la tutela del emperador Pachacuti Yupanqui, otras poblaciones fueron militarmente subordinadas al poderío inca. Con eso, la civilización pasó a tomar la aparición de un gran imperio. En economía, las necesidades se consideran infinitas e insaciables y abarcan todo aquello que hace falta para vivir en condiciones óptimas. Para lograr satisfacer estas necesidades del ser humano, la economía se divide en tres sectores, cada uno de ellos con una tarea especifica a realizar. Estos se conocen como el sector primario, sector secundario y sector terciario. El primario es aquel que se encarga en todo lo que concierne a la explotación de los recursos naturales, sean renovables o no renovables, entre las actividades que este desarrolla esta, la producción agrícola, la ganadería, la pesca, la silvicultura y la extracción minera, ya que todos los elementos del primer sector se basan únicamente en la explotación de los recursos naturales y no en la transformación de ellos, este sector es considerado de tipo extractivo. Julián Pérez Porto y María Merino exponen un ejemplo de este sector como lo es “El pescador que captura corvinas, brótolas y otros pescados y los vende en la playa; la compañía que extrae oro de una mina; el campesino que cría ovejas y cabras; y el agricultor que cultiva manzanas son otros actores económicos que tienen su actividad principal en el sector primario” (2014). Con este ejemplo los autores enfatizan que este sector está compuesto por todas aquellas personas o entes que se encargan de la producción de las riquezas que brinda la naturaleza. Los bienes del sector primario pueden tener dos objetivos, sean para el consumo directo o para la transformación de ellos, de la cual se encarga en sector secundario. Como ejemplo de este sector se puede exponer el caso de la producción del papel, cuya primera fase del proceso productivo se basa en la explotación forestal. Es así como la madera que se encuentra en estado salvaje sería extraída de los bosques para ser enviada a las industrias. Esta actividad formaría parte del sector primario ya que se extrae, pero necesita de el sector secundario para la transformación final a papel. El sector primario de la economía venezolana actualmente se ha visto muy deteriorado, teniendo una disminución muy pronunciada en cuanto a la producción del mismo, para mediados de 2017, datos de Fedeagro confirman el deteriorado estado en el que se encuentra el campo venezolano. En los Andes, por ejemplo, solo se pudo sembrar 25% de la superficie que generalmente se cultiva para hortalizas. En el eje Guárico-Sur de Aragua, donde se producía 30% de la cebolla del país, el tomate industrial y el pimentón, hubo una caída cercana a 90% de la superficie sembrada. Antes se cultivaban 4.000 hectáreas y, en este momento, la superficie sembrada ronda las 300 hectáreas. En cuanto al maíz, se tienen semillas para abarcar 250.000 hectáreas. Está así mismo contratada una semilla que va a llegar durante todo mayo, con lo que puede alcanzar una disponibilidad para sembrar hasta 450.000 hectáreas. De maíz blanco solo se produce 25% del requerimiento del país. Solo una de cuatro arepas consumidas es de producción nacional. En el caso del arroz, solamente se cubrió 40% del consumo nacional, lo que representa alrededor de 500.000 toneladas de arroz, pero el consumo está por el orden 1.200.000 toneladas. Hasta hace 10 años se exportaba arroz a Colombia. De café se llegaron a exportar hasta 200.000 quintales al
año. "La política agrícola ha sido desacertada y ha impulsado la caída de la producción. Y esta caída es lo que está potenciando la escasez y el desabastecimiento. Y además impulsan la inflación por una razón muy simple: como no se consiguen los productos, entonces quien lo tiene le pone el precio que le da la gana", aclaró Aquiles Hopkins, Presidente de Confederación de Asociaciones de Productores Agropecuarios (2017). El Estado ha implementado diversas políticas para aumentar y apoyar a todos aquellos productores del campo del país, sin embargo, muchas de estas propuestas no han sido aprovechadas, ya que los préstamos otorgados a dichos trabajadores muchas veces no fueron utilizados para el fin con el cual se le habían otorgado, muchas veces siendo mal gastados y no invertidos. En 2012 el fallecido expresidente de Venezuela, Hugo Chávez impulsó una gran misión la cual se conoció por el nombre de Gran Misión Agro-Venezuela, la cual busca garantizar el derecho a la seguridad alimentaria a través de la asistencia técnica, dotación de insumos y financiamiento de productores agrícolas, entre otros. Beneficia a los productores del país que tienen tierras o alguna zona donde poder llevar a cabo un proyecto agrícola. Ha sido una de las más grandes inversiones realizadas por el gobierno nacional con el fin de promover la producción agrícola en el país, pero la mayor de personas que recibieron este apoyo no llevaron a cabo con los propósitos que se les asignó, que era aumentar a gran escala la producción nacional. El derecho está presente en las sociedades actuales, ya que este está encargado de regular las conductas de los círculos sociales, Kelsen define el derecho como “el derecho es una ordenación normativa del comportamiento, es un sistema de normas que regulan el comportamiento” refiriéndose así a todos aquellos reglamentos establecidos sea por una sociedad o por un ente jurídico con la capacidad de imponerlas. El derecho suele ser clasificado de dos formas: El derecho Público y el derecho Privado. Existen dos teorías que exponen la clasificación la teoría Dualista es defendida mayormente por Carl Heinrich Triepel que expone la existencia de dos órdenes jurídicos completamente dependientes uno del otro, planteando que el derecho público y el derecho privado poseen distintas fuentes formales, y cada uno se enfoca en un grupo de realidades distintas unas de otras. Así mismo, está la teoría unitaria, que es generalmente representada por León Duguit (jurista francés especializado en Derecho público) y Hans Kelsen (jurista y filósofo austríaco) quienes plantean en su teoría que el derecho no está divido, ya que comparten los mismas finalidades, como lo son la justicia, el bien común, seguridad, paz y equidad para la solución de todos los conflictos que se puedan presentar, la justicia es dar a cada quien lo se le corresponde, mientras que la paz es aquel estado de una sociedad o una persona de tranquilidad, el bien común por su lado es aquello que favorece a todos los individuos de la sociedad en materia de desarrollo integral, desarrollo de vida digna y bienestar social. La equidad es considerada por el jurista romano Cicerón, como una fuente formal del derecho, permitiendo a esta superar los inconvenientes de no adecuarse la norma establecida al caso en concreto. El derecho publico es aquella rama del derecho que se encarga de regular los vínculos de todo lo correspondiente a las relaciones establecidas entre los individuos y las entidades de carácter privado con aquellos órganos relacionados al poder público. El derecho público se encuentra a su vez subdividido en 7 ramas, que están compuestas por el derecho constitucional que está encargado del estudio de la estructura del Estado y sus órganos, las relaciones de los mismos entre sí y de estos con los particulares; el derecho administrativo es quien regula las relaciones de la administración pública con los particulares; el derecho procesal está compuesto por aquellas normas que se encargan de regir el comportamiento de los órganos judiciales de un Estado, que son quienes están capacitados para hacer cumplir la ley a todos los integrantes de la sociedad en que se encuentran inmersos. Por su parte, el derecho penal está compuesto por todas aquellas normas jurídicas que determinan los delitos, añadiendo a esto las medidas que establece el Estado para evitar el desarrollo de la actividad criminal. El derecho
del trabajo es aquel que rige y organiza las relaciones que se dan a cabo entre empleados y empleadores. El derecho agrario son todas aquellas normativas que se basan en las actividades agrarias, las explotaciones de la tierra, y la propiedad rustica. Por último, el derecho fiscal es aquel derecho público que se encarga de regular los impuestos, productos, aprovechamientos que tienen los erarios federales y locales. Por su parte, el derecho privado es aquella parte del derecho enfocada en regular las relaciones de los particulares entre sí. Este a su vez se ve subdivido en dos ramas, con objetivos determinados propiamente, estos son el derecho civil y el mercantil. El primero es aquel que determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, mayoría de edad, matrimonio y fallecimiento) mientras que el derecho mercantil es aquel que posee las normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión. En el caso del derecho internacional, se ve en ambas ramas (derecho internacional público y derecho internacional privado) El derecho internacional público según el Licenciado Douglas Jiménez como “el que regula las relaciones jurídicas pasificas o belicosas que surgen entre los distintos Estados de la Comunidad internacional” y el derecho internacional privado “tiene como finalidad dirimir conflictos de jurisdicción internacionales; conflictos ley aplicable y conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros”. El autor expone en esas definiciones el rol que juega cada uno de los tipos del derecho en el ámbito internacional, sea de naciones entre sí, o de particulares con un Estado que no sea el de su origen. Existen diversas formas de control social, las cuales están orientadas a la regularización de los grupos sociales y las conductas que desarrollen sus integrantes. Suelen ser definidos como las leyes que imponen en forma de costumbres en la sociedad o de una parte especifica de ella. El convencionalismo social es conocido normas de relación social, entre las que destacan la cortesía, el decoro, la etiqueta, el protocolo, el saludo y todos aquellos factores que afectan de manera exterior al comportamiento. Uno de los métodos de control social más utilizado en la historia a sido la religión, ya que este se encarga de utilizar los sentimientos de amor y temor hacia un ser superior o sobrehumano, sea por las diferentes manifestaciones de creencias, de ritos y ceremonias. Las religiones establecen la manera en que se debe llevar a cabo la vida de los creyentes, imponiendo diferentes normas de conducta social, otra forma de control de las sociedades son las normas jurídicas, que son aquellas que están establecidas por los órganos capacitados para ello. Aunque a veces el control social se realiza por medios coactivos o violentos, el control social también incluye formas no específicamente coactivas, como los prejuicios, los valores y las creencias. Entre los medios de control social están las normas sociales, las instituciones, la religión, las leyes, las jerarquías, los medios de represión, entre otros. Existen tres medios de control social, los medios formales, informales y los entes de regularización social. Los medios formales son todos aquellos que se implementan a través de estatutos, leyes y regulaciones contra las conductas no aptas, estas están respaldadas por los órganos gubernamentales propios de estas áreas, que van desde las sanciones hasta el encarcelamiento o el confinamiento. Los medios informales de control social son todos aquellos que no se encuentran institucionalizados como los medios de comunicación, la educación, las normas morales, son aquellas que no tienen una base legal o jurídica, pero sigue manteniendo un rol importante ya que son las costumbres y valores propios de un círculo social, la instancia policial es un ejemplo: es un mecanismo de control social informal que se deriva del Estado. Se inició tras la Revolución Francesa controlando a nivel legislativo. Para que las conductas sociales puedan ser controladas de manera eficiente es necesario la presencia de los entes de regularización social. Leyes: Son acuerdos sociales escritos que reglamentan la convivencia y establecen lo que se permite y lo que se sanciona dentro de una sociedad; protegen nuestros derechos, limitan el poder del gobierno, delimitan la libertad individual, establecen criterios pacíficos para resolver conflictos e imparten justicia. Las leyes deben ser claras, que todos las entiendan, justas para la
armonía social y obligatorias para que todos tengamos un compromiso y colaboración. La constitución es la ley fundamental sobre la que se asienta un estado determinado con todo su andamiaje jurídico. Establece la división de poderes con sus alcances, a la vez que garantiza derechos y libertades. La pirámide de Kelsen, es un método jurídico estricto, mediante el cual quiere eliminar toda influencia psicológica, sociológica y teológica en la construcción jurídica, y acotar la misión de la ciencia del derecho al estudio exclusivo de las formas normativas posibles y a las conexiones esenciales entre las mismas. Esta se presenta como una pirámide escalonada: pues en la cúspide de la pirámide se situaría la Constitución de un Estado, en el escalón inmediatamente inferior las leyes, en el siguiente escalón inferior los reglamentos y así sucesivamente hasta llegar a la base de la pirámide, compuesta por las sentencias (normas jurídicas individuales). En el nivel fundamental tenemos a la Constitución, que es la cristalización del acto constituyente, en este nivel podemos destacar tres partes trascendentales, el Preámbulo que se refiere a los principios que rigen la constitución, la Dogmática que se refiere a la forma del Estado y los regímenes de los derechos, deberes y las garantías constitucionales y la Orgánica que establece la organización del Estado, Poderes Públicos, los entes que los representan, la función de ésos órganos, protección de la constitución y modalidades para su reforma. En este nivel es importante señalar que se encuentran los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos. En el orden jurídico federal ubicamos lo que conocemos como leyes formales, entre las cuales están, las Constituciones Estatales, Códigos Federales, Leyes Estatales, Leyes Orgánicas y Normas Oficiales los cuales son los que se dictan para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y los que sirvan de marco normativo a otras leyes. En el orden jurídico local encontramos todas aquellas normas jurídicas que se habilitan a partir de las facultades de los Municipios que tienen el rango de una ley formal por medio de los instrumentos jurídicos correspondientes como los Reglamentos, se plantea que son actos administrativos de efectos generales emanados por el órgano representativo de la rama ejecutiva de cualquiera de los Poderes Públicos (Nacional, Estatal, Municipal) en ejercicio de su competencia y cuya finalidad es de desarrollar los contenidos expresos en la ley sin alterar el espíritu, propósito y razón del legislador. Los reglamentos son la consecuencia de las competencias propias que el ordenamiento jurídico concede a la Administración, mientras que las disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de Ley (Decreto ley) tiene un carácter excepcional y suponen una verdadera sustitución del poder legislativo ordinario. Los reglamentos permiten ejecutar la disposición de la Ley de la que emanan, son el instrumento de aplicación eficiente ante la administración y la sociedad, la operatividad de la Ley. Entre los reglamentos se encuentran los Decretos Ejecutivos, los cuales son actos administrativos de efectos generales dictados por los entes ejecutivos de cualquiera de las ramas del Poder Público, en atribución de sus facultades legales, Acuerdos, Actos administrativos de efecto particular, emanados del órgano representativo de la rama Legislativa del Poder Público (Nacional, Estadal, Municipal) en el ejercicio de sus competencias , Resoluciones, son actos administrativos de efectos particulares, emanados del órgano representativo de la rama Ejecutiva del Poder Público Nacional en el ejercicio de sus competencias, Contratos, según el artículo 1133 del Código Civil “Es un convenio celebrado entre dos o más personas que permite constituir, reglar, modificar o transmitir entre ellos un vínculo legal. Siempre tiene aplicación preferente a la Ley, nunca pueden violar el contenido de la misma” entre otras. Para culminar es importante recalcar que las funciones fundamentales del derecho publica al igual que del derecho privado, cuentan con una serie de ramas que los distinguen y al mismo tiempo hace que estos sean estudiados sin estar involucrados por completo, ello se hace presente en las diferencias y similitudes de los mismos, en los que se exponen los convencionalismos sociales que son aplicados por la misma sociedad de forma consuetudinaria. Debido a esto el derecho tiene sus fines para la resolución de
cualquier tipo de conflictos, estos se hacen cumplir al igual que son penados mediante su posición en la pirámide de Kelsen.