Teoria General Del Proceso Henry.docx

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TEORIA GENERAL DEL PROCESO FINALIDAD DEL DERECHO PROCESAL

PRESENTADO A: JHON VILLARREAL PRESENTADO POR: HENRY HUERTAS COD: 2016131015

UNITROPICO DEL LLANO YOPAL 2018

EL DERECHO PROCESAL El Derecho Procesal es una de las ramas más versátiles del derecho, bien sea por el complejo análisis que se estructura a partir de su metodología para la resolución de un conflicto, o el avanzado mecanismo de proceso que posee. El derecho procesal comprende un compendio de normas altamente estudiadas y definidas de acuerdo a los principios morales que rigen a la sociedad para sancionar y juzgar de manera compleja un delito que agravie en derecho natural y material de una persona. El derecho procesal tiene un procedimiento que para describirlo mejor se divide en 3 partes: La jurisdicción, en la que el tribunal procesal analiza las cuestiones mediante un debate en donde las partes exponen, causas, consecuencia, presentan testigos, pruebas y valores útiles para la defensa y la ofensa del caso. La acción: Es el proceso formal en el que una persona solicita a la jurisdicción correspondiente que realice su trabajo en torno al análisis, búsqueda de datos y fuentes del problema. El tribunal emanado del estado esta en la obligación de acudir al caso que se le presenta. El proceso: Conforme la denuncia o la solicitud se haya realizado por medio de las acciones correspondientes, se procede entonces al dictamen y uso de las normas, para la resolución final y sanción ejecutada, el proceso comprende y utiliza todos los principios del derecho y la ética posibles para sentenciar al amonestado con firme justicia. El proceso contiene toda la ejecución del derecho procesal. El derecho procesal puede llegar a ser visto como una herramienta para hacer valer y dar a respetar las normas y leyes establecidas de acuerdo al código civil, debe quedar constancia ante la sociedad que el estado no permite impunidad alguna, que el derecho laboral funciona a conciencia y con sabiduría, apoyándose en la constitución, máxima representante legal de las conductas del estado frente a las personas. La objetividad en los tribunales con la que se trata los casos, ha sido lograda gracias al esfuerzo de cientos de personas, quienes han aportado humanización, sistematización, inteligencia, proactividad y hasta un poco de elocuencia, para descifrar y solucionar conflictos.

FINALIDAD DEL DERECHO PROCESAL La finalidad del Derecho Procesal está orientada a comprobar o desvirtuar la existencia de un delito, siempre que la acción penal no haya prescrito. Así como, a esclarecer o determinar la responsabilidad penal del procesado, condenándolo o absolviéndolo de la acusación, archivando el Proceso cuando no se pruebe su responsabilidad durante la investigación. La finalidad esencial del procedimiento penal es la averiguación de la verdad y la verificación de la justicia. JURISDICCION DISCIPLINARIA La Jurisdicción disciplinaria básicamente es la encargada de administrar el presupuesto, la disciplina y la organización de la rama judicial colombiana. El Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) es el estamento máximo de esta jurisdicción y en materia organizacional y de gestión es la última autoridad del sistema judicial nacional. El CSJ inicia labores el 15 de marzo de 1992 en Colombia y está integrada por 13 magistrados divididos en dos salas (Administrativa y Disciplinaria). Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) Artículo 254: El Consejo Superior de la Judicatura se dividira en dos salas: 1. La Sala Administrativa, integrada por seis magistrados elegidos para un período de ocho años, asi: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. 2. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria, integrada por siete magistrados elegidos para un período de ocho años, por el Congreso Nacional de ternas enviadas por el Gobierno. Podra haber Consejos Seccionales de la Judicatura integrados como lo señale la ley.

Funciones del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) (Const. 1991, Articulo256-257) Artículo 256: Corresponden al Consejo Superior de la Judicatura o a los Consejos Seccionales, según el caso y de acuerdo a la ley, las siguientes atribuciones: 1. Administrar la carrera judicial. 2. Elaborar las listas de candidatos para la designación de funcionarios judiciales y enviarlas a la entidad que deba hacerla. Se exceptúa la jurisdicción penal militar que se regira por normas especiales. 3. Examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial, asi como las de los abogados en el ejercicio de su profesión, en la instancia que señale la ley. 4. Llevar el control de rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales. 5. Elaborar el proyecto de presupuesto de la Rama Judicial que deberá ser remitido al Gobierno, y ejecutarlo de conformidad con la aprobación que haga el Congreso. Articulo 257. Con sujeción a la ley, el Consejo Superior de la Judicatura cumplirá las siguientes funciones: 1. Fijar la división del territorio para efectos judiciales y ubicar y redistribuir los despachos judiciales. 2. Crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la administración de justicia. En ejercicio de esta atribución, el Consejo Superior de la Judicatura no podrá establecer a cargo del Tesoro obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones iniciales. 3. Dictar los reglamentos necesarios para el eficaz funcionamiento de la administración de justicia, los relacionados con la organización y funciones internas asignadas a los distintos cargos y la regulación de los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales, en los aspectos no previstos por el legislador. 4. Proponer proyectos de ley relativos a la administración de justicia y a los códigos sustantivos y procedimentales.

Buen día. Padres de familia y apreciados estudiantes, la siguiente actividad es un taller que debe ser desarrollado en el cuaderno de ética y valores; Tienen más de una semana a partir de hoy hasta el día viernes 14 de septiembre para ser entregado, calificado, En las clases de ética los días que corresponde a cada grado. La fecha de entrega y calificación del taller son a partir del día lunes 17 al 21 de septiembre. Des pues de la fecha 21 de septiembre no se recibirá cuaderno ni taller. Taller a resolver I. Deben ver el video los recursos naturales y resolver las siguientes preguntas del taller en el cuaderno de ética y valores. Pueden utilizar recortes y pegar en el cuaderno. 1.)

¿Que son recursos naturales?

2.)

¿Cuáles son los recursos naturales renovables?

3.)

¿Cuáles son los recursos naturales no renovables?

4.)

¿Cómo estamos dañando nuestros recursos naturales?

5.)

¿Cómo podemos proteger y cuidar nuestros recursos naturales?

Deben estudiar para el examen final de ética sobre las dos cartillas educción para la paz. Los temas son el cuidado de los recursos naturales y los valores aprendidos del tercer bimestre de la cartilla Dispuestos a esperar. Los valores vistos son: Dominio propio, honestidad, servicio, diligencia, paciencia, confiabilidad y perdón.

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