Ed. Cívica Prof.: Arturito TEMA: Tutela y Curatela INSTITUCIONES SUPLETORIAS DE AMPARO FAMILIAR Instituciones destinadas a proteger al menor de edad en caso de incapacidad física de los padres o de la muerte de ellos. Son la tutela y la curatela. TUTELA: Etimología: proteger.
Latín
Tueri
=
Defender,
Según el código civil: “Al menor que no esté bajo la Patria Potestad se le nombrará un tutor que cuide de su persona y bienes” El menor se llama tutelado o pupilo
¿En qué casos se ejerce la Tutela? Los padres del menor hayan fallecido El menor este en situación de abandono Sus padres son alcohólicos– toxicómanos Los padres sufran de incapacidad física Formas de Tutela: Tutela Testamentaria o escritutaria: Mediante testamento o por escritura pública. Tutela Legitima: Ley dispone que serán tutores los abuelos y los otros ascendientes Tutela Dativa: Aquella establecida por el Concejo de Familia a falta de las anteriores
Tutela del Estado: Mediante orfanatos, institutos de menores, entre otros. Impedimentos para ejercer la Tutela Menores de edad Sujetos a curatela Deudores o acreedores del menor, por cantidades de consideración Los que tengan un pleito propio o de sus ascendientes, descendientes o cónyuge, intereses contrario al del menor Enemigos del menor, ascendientes o hermanos Excluidos expresamente de la tutela por el padre o la madre Condenados por homicidio, lesiones, riña, aborto, exposición o abandono en peligro o por delitos contra el patrimonio o contra las buenas costumbres Las personas de mala conducta notoria que no tienen manera de vivir conocida Los destituidos de la Patria Potestad Los que fueron removidos de otra Tutela Requisitos de los tutores Inventario: De bienes del menor, con su intervención si tuviera 16 años. Garantía: Prendaria, fianza o hipoteca para asegurar su gestión, (si el Tutor es legítimo se exceptúa este punto) Discernimiento de cargo: prometer que cuidara al menor y sus bienes. Prohibición de los Tutores Comprar o tomar en alquiler los bienes del menor
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“No existe excelencia sin una buena Adquirir algún derecho o acción contra
Arturit o Relativamente incapaces Art. 44 Cód.
el menor Disponer los bienes del menor gratis Arrendar 3 años a más bienes del menor
Civil: 1. Retardados mentales 2. Los que adolecen de deterioro mental 3. Los pródigos (reciben su herencia y la malgastan) 4. Los que incurren en mala gestión (inaptitud de manejar negocios) 5. Los ebrios habituales 6. Los toxicómanos 7. Los que sufren de pena que lleva la interdicción civil (Es la incapacidad parcial o total para ejercer derechos civiles declarados en un proceso penal)
¿En qué casos se acaba la Tutela? La muerte del menor Llegar el menor a los 18 años Cesar la incapacidad del menor por emancipación, contrae matrimonio u obtenga un título profesional Cesar la incapacidad del padre o madre Ingresar el menor para la patria potestad ¿En qué casos cesa el cargo de Tutela? Por la Por la Por la Por la Por la
muerte del tutor aceptación de su renuncia declaración de quiebra ratificación remoción
CURATELA: Etimología: Latín Curare= cuidar Es la institución que tiene por objeto la custodia de la persona y de los bienes del incapaz mayor de edad.
Personas sujetas a Curatela Absolutamente incapaces Art. 43 Cód. Civil: 1. Menores de 16 años 2. Privados de discernimiento 3. Sordomudos, ciegosordos, ciegomudos
¿Cuáles son las clases de Curatela? Curatela Típica: Incapaces mayores de edad Curatela de bienes: Solo para la custodia, administración de bienes Curatela especial: Para asuntos concretos
¿Cuáles son las formas de Curatela? Curatela Testamentaria o escritutaria: Por testamento o escritura pública de los padres. Curatela Legitima: Por los familiares y el Estado considerado curador legítimo interino (provisional) Curatela Dativa: A falta de los anteriores el Concejo de Familia, designa al curador.
¿En qué casos se nombrará curador especial? Cuando los intereses de los hijos estén en oposición a los de sus padres Cuando los hijos adquieran bienes, cuya administración no corresponda a sus padres Cuando los padres pierdan la administración de los bienes de sus hijos Cuando los intereses de los sujetos a tutela o curatela estén en oposición a los tutores o curadores
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“No sin Cuando
existe excelencia una buenaD) Estatal los menores o incapaces
tengan bienes lejos de sus domicilios Cuando hayan negocios que exijan conocimientos especiales Cuando estando bajo la tutela o curatela adquieran bienes con la cláusula de no ser administrada por su tutor o curador Cuando el representante legal este impedido de ejercer sus funciones Cuando una persona capaz no pueda intervenir en un asunto urgente ni designar apoderado
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PRACTICA LO APRENDIDO Relacione correctamente. I. Tutela legítima II. Tutela dativa III. Tutela estatal IV. Tutela testamentaria a. Los abuelos y demás descendientes. b. Designación por escritura pública. c. Designación por parte del consejo de familia. d. En casos de abandono moral o material, o en situación irregular. A) Ia, IIb, IIIc, IVd B) Ib, IIa, IIId, IVc C) Ia, IIc, IIId, IVb D) Ic, IIa, IIId, IVb E) Id, IIc, IIIa, IVb La tutela es una institución de Derecho: A) Penal B) Internacional C) Laboral D) Conyugal E) Civil No puede ser tutor: A) Menor de edad B) Sujeto a curatela C) Los enemigos del menor D) Los que fueron removidos de otra curatela E) Todos son correctos En tutela……................ el tutor es nombrado por el consejo de familia. A) Testamentaria B) Legítima C) Dativa
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E) Escritutaria 5. Están sujetos a curatela A)Los retardados mentales B) Los pródigos C) Los que incurren en mala gestión D) Los ebrios habituales E) Todas las anteriores 6. Es un órgano que se encarga de velar por la persona e intereses de los menores y de los incapaces mayores que no tengan padre ni madre. A) La patria potestad B) La paternidad responsable C) La tutela D) La curatela E) El consejo de familia 7. Institución civil que se encarga del cuidado de los menores de edad en ausencia de los padres. A) Tutela B) Curatela C) Consejo de familia D) Paternidad responsable E) Solo Arturito lo sabe 8. No están sujetos a curatela. A) Los pródigos B) Los toxicómanos C) Los retardados mentales D) Los menores de edad E) Los ebrios habituales 9. A falta de tutor nombrado en testamento o por escritura pública, desempeñan el cargo los........... y demás descendientes. A) Primogénitos B) Abuelos C) Hermanos D) Padrinos E) Directores de los albergues 10. La tutela es una institución que protege: A) A los hijos menores de edad B) Solo a los menores incapaces C) A los mayores de edad en estado de abandono D) A los menores de edad E) A cualquier persona 11. La tutela estatal es ejercida por:
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“No existe excelencia sin una buenapor A) Los padres B) Los abuelos C) El tío D) El Estado E) El consejo de familia 12. La tutela dativa es nombrado por: A) El juez B) Los padres en el testamento C) El concejo de familia D) El fiscal E) Los abuelos 13. No pueden ser tutores a excepción de: A) Los impúberes B) Los enfermos mentales C) Los enemigos de la familia D) Los presos E) Los homosexuales 14.Un menor de edad puede asumir la administración de sus bienes, siempre y cuando: A) El tutor muera B) Obtenga un título profesional C) Contrae matrimonio D) B y C son correctas E) A, B y C son correctas 15. El derecho de familia contempla instituciones de amparo familiar y una de ellas se aplica para el amparo del incapaz que entra en defecto de la patria potestad, para cuidar de la persona y de sus bienes si fuera el caso para garantizar el normal desarrollo y este pueda valerse por sí mismo: A) Patria potestad B) Tenencia C) Curatela D) Tutela E) Adopción 16.Una de las siguientes alternativas no corresponde a las clases de tutela: A) Tutela legitima B) Tutela adoptiva C) Tutela testamentaria D) Tutela Dativa E) Tutela estatal 17. Las personas mayores de edad declaradas judicialmente incapaces necesitan de alguien quien pueda velar
Arturit o y administrar
su recuperación sus bienes se le denomina: A) Cuidador B) Representante C) Curador D) Recuperador E) Capacitado 18. En el caso de no existir un curador legítimo o testamentario, la decisión de nombrar un curador para determinada persona corresponde a: A) Consejo de familia B) Incapacitado C) Alcalde D) Beneficencia E) Asistenta social 19.Se trata de la persona natural designada para cuidar de la persona y su patrimonio si fuera el caso del niño o adolescente que no se encuentre bajo la patria potestad de sus padres: A) El abuelo B) El curador C) El consejo de familia D) El director del albergue E) El Tutor 20. Las funciones de un tutor terminan cuando el menor llega a cumplir mayoría de edad, por lo que el tutor tendrá que: A) Cuidar del tutelado por siempre B) Vivir junto al tutelado C) Únicamente devolver los bienes D) Entregar una declaración jurada de los bienes E) Entregar los bienes del tutelado y el último balance aprobado 21. La tutela concluye por una de las siguientes razones: A) Por decisión de tutelado B) Cuando el tutelado sea adoptado C) Por enfermedad del menor D) Por no tener bienes el tutelado E) Cuando el tutelado se aburre con el tutor 22. La persona declarada judicialmente incapaz, por ser alguien que dilapida o despilfarra su patrimonio, nos encontramos ante la figura del:
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“No existe excelencia sin una buenaSon correctas: A) Ebrio habitual B) Mal gestor C) Toxicómano D) Pródigo E) Drogodependiente 23. La administración de los bienes de la persona con incapacidad mayor de edad, se denomina: A) Administración judicial B) Patria potestad C) Curatela D) Albacea E) Tutela 24. La curatela es una institución, que protege: A) Solo al mayor incapaz B) A los bienes y a mayor incapaz C) Solo los bienes del incapaz D) A los bienes y/o al mayor incapaz E) Al menor de edad incapaz 25. Cuando un mayor de edad es toxicómano ¿Quién declara la incapacidad? A) El notario B) El juez C) El fiscal D) Los familiares E) El procurador 26. El cargo de tutor no cesa: A) Por la aceptación de su renuncia B) Por la declaración de quiebra C) Por la ratificación D) Por muerte del menor E) Por su remoción 27. No es una institución supletoria de Amparo: A) Concejo de familia B) Patria Potestad C) Tutela D) Curatela E) A y B 28. Las formas de curatela son las siguientes: I. Testamentaria II. De patrimonio III. Del Estado IV. Jurídica V. Legitima VI. Dativa
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A) I, II, IV, V, VI B) II, III, V, VI C) II, IV, VI D) I, V, VI E) III, IV, V, VI
¡Hacer un cambio en tu vida asusta! ¿Pero sabes que asusta más? ¡Lamentarte de no haberlo hecho!
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