Taller Pelicula La Caida Del Halcon Negro Clareth.docx

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UNIVERSIDAD DEL NORTE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHOS HUMANOS

Estudiantes Arredondo Brito Sandry Moguea Mendoza Clareth Padilla Correales Lorena Patricia

Taller - Films La Caída del Halcón Negro

1. Describa a nivel jurídico el tipo de violencia que muestra la película. sustente con base en el derecho internacional como consuetudinario. Con ocasión a la caída de la dictadura en Mogadiscio – Somalia, clanes rivales iniciaron una Guerra civil, siendo Mohamen Farrah Aidid, el más poderoso de los cabecillas, quien gobernó la capital e intentó monopolizar los restos de la ciudad, dejando a la población civil sumida en la miseria al apoderarse de la comida enviadas por la naciones unidas, bajo el argumento de ser el hambre su arma de dominación. Ahora bien, pese a que Aidid Mohamen declara a la guerra a los vigilantes de la paz en la ONU, estos no pueden mirarse como parte de conflicto, al tratarse de una organización mundial cuya finalidad es la gestión de actividades para la consolidación y mantenimiento de la Paz; ello implica que, la guerra que se desarrolló en Somalia obedecería a un Conflicto Armado Interno regulado por el artículo 3 común de los convenios de Ginebra, y los artículos 3 y 4 de las normas consuetudinarias del DIH, que se internacionalizó, con la intervención de los Estadounidenses con sus fuerzas militares delta y los ranger del ejército, enviados para restablecer el orden y la consolidación de la paz; es decir, se estaba ante un Conflicto Armado No Internacional – Internacionalizado. 1

2. ¿Cuáles son los actores de la situación de violencia bélica? Con la caída de la Dictadura, las condiciones sociales, culturales, religiosas y económicas de Mogadiscio se deterioraron, de manera que la población organizada en clanes, sumida en la hambruna extrema como consecuencia de las políticas del gobierno derrocado, comienza a seccionarse y fraccionarse, y no hallándose ya el “enemigo común” , las diferencias entre los clanes se acentuaron iniciando lo que sería una verdadera guerra civil, que por la cantidad de víctimas, podría equiparase en un Conflicto Armado de Alta intensidad. Entonces, como actores de la situación bélica en Mogadiscio tendríamos a los Clanes Rivales enfrentados entre si, en la que terminaron involucrados Fuerzas Militares Delta y los Ranger del Ejército Estadounidense, pero con la presunta pretensión de estabilizar el orden en Somalia y la materialización de la paz. 3. ¿De acuerdo con las respuestas anteriores que tipo de graves infracciones al DIH evidencia en la Película? Señale los artículos pertinentes. Como lo señalara la CICR en el artículo la Guerra y el Derecho Internacional Humanitario, este “forma parte del cuerpo de derecho internacional que rige las relaciones entre los Estados” y en consecuencia, tiene “por objeto limitar los efectos de los conflictos armados por razones humanitarias. Su finalidad “es proteger a las personas que no participan o han dejado de participar en las hostilidades, a los enfermos y heridos y a los prisioneros y las personas civiles, y definir los derechos y las obligaciones de las partes en un conflicto en relación con la conducción de las hostilidades”. Sin embargo, pese a las regulaciones las partes en conflicto no siempre atienden al llamado de “humanización de la guerra”, en el film el Halcón Negro se pueden palpar las siguientes infracciones:

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Convenios de Ginebra y Normas Consuetudinarias

Convenio I

Infracciones

ART 8 “Las partes en conflicto facilitaran en la mayor medida posible, la labor de los representantes o delegados de las potencias protectoras. Art. 12 “ los miembros de las fuerzas armadas y las demás personas mencionada en el artículo siguiente, que estén heridos o enfermos, habrá d ser respetados y protegidos en todas las circunstancias” Art. 19. “las unidades sanitarias móviles del servicio de sanidad no podrán en ningún cao ser objeto de ataques, sino que serán en todo tiempo respetados y protegidos por las partes en conflicto” Art. 21”la protección debida a los establecimientos fijos y a las unidades sanitarias móviles del servicio de sanidad…” Art. 21 protección de personal permanente Art. 25 protección de personal temporero Art. 33 suerte que corren los edificios y el material Art. 32 protección de transportes sanitarios Art. 46 prohibición de represalias.

Convenio II

Se aplica a los heridos y náufragos, y la guerra en Somalia se desarrolló en territorio terrestre.

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Convenio III

En los CANI no puede hablarse de prisioneros de guerra, como quiera no se trata de enfrentamiento entre “ESTADOS”, sino entre este, y algún grupo beligerante, o no estatal. O bien, entre organismos beligerantes. Si bien, por parte de Mohamen Farrah Aidid se materializó la captura del soldado estadounidense “Michel Durant” quien fue liberado once (11) días después del retiro de las tropas estadounidenses de Mogadiscio – Somalia; tal situación en si misma no podría equipararse a un “prisionero de Guerra” como quiera que la misión de tales tropas no se constituía presuntamente en la intervención en el Conflicto Armado, sino en el restablecimiento del orden y paz en el territorio Somalí.

Convenio IV

Art. 18 protección de los hospitales Art. 20 personal de los hospitales Art. 21 protección de transportes terrestres y marítimos para el traslado de heridos y enfermos Art. 27 trato de personas protegidas Art. 32 prohibición de castigos corporales de tortura Art. 34 prohibición de toma de rehenes Art. 55 abastecimiento de la población Art. 56 higiene y sanidad pública

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Protocolo adicional II

Art. 3 no intervención Art. 7 protección y asistencia Art. Protección de personal sanitario y religioso Art. 11 Protección de unidades y medios de transporte sanitarios Art. Protección de la población civil Art. 14 protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil

Normas Consuetudinarias

Norma 1. Distinción entre civiles y combatientes. Norma 7 distinción entre bienes de la población civil y objetivos militares. Norma 11. Ataques indiscriminados Norma 14 Proporcionalidad en el ataque Norma 15, 16, 17 18, 19 relativa a las precauciones del ataque Norma 22, 23, 24 relativas a las precauciones contra los efectos del ataque Norma 25,26, 28, 29,30 prohibición de atacar personal, bienes sanitarios y religiosos. Norma 33, 34 prohibiciones de atacar personal y bienes de mantenimiento de la paz. Norma 53, 54, 55, 56 hacer padecer hambre y acceso a la ayuda humanitaria

4. ¿Qué medios y qué métodos prohibidos en la conducción de hostilidades son utilizados por los actores armados? El DIH en su misión de humanización de la guerra, ha intentado limitar los medios y métodos en la conducción de hostilidades, es decir, por un lado (i) pretendió regular las maneras en las que se va adelantar el conflicto, y 5

por el otro, (ii) las herramientas a utilizar dentro del mismo, indistintamente de su naturaleza jurídica. La CICR en su artículo Métodos y Medios de Guerra señaló que en términos generales el DIH prohíbe aquellos “que causan daños superfluos o sufrimientos innecesarios. Por lo tanto, no se permiten algunos tipos de armas y se restringe la manera en que otras armas se emplean”. Pese a tales regulaciones, en el films el Halcón Negro se evidenció la transgresión de los siguientes disposiciones normativas: Norma consuetudinaria – Regla 47. “queda prohibido atacar a una persona cuando se reconozca que esta fuera de combate”. vimos como los actores del conflicto no perdonaban la vida de ningún individuo, ni de aquellos que se encontraban imposibilitados de defender al estar heridos y fuera de combate, siendo estos, “rematados” y despojados de sus pertenencias. Norma Consuetudinaria – regla 53 prohibición de hacer padecer de hambre a la población civil- Protocolo adicional I Art 54.2: “ prohibición de atacar, destruir, sustraer o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil” - Protocolo adicional II protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil” Evidentemente el hambre se constituyó en el arma de dominación de Mohamen Farrah Aidid, por ello se apropiaba y destruía las ayudas humanitarias enviadas por la ONU. Norma Consuetudinaria - Regla N 70: “queda prohibido el empelo de métodos y guerras de tal índole que causes males superfluos o sufrimientos innecesarios”- Reglamento de la haya (1907) Art. 23 “prohibición de emplear armas, proyectiles o materias propias para causar males innecesarios” – “Protocolo adicional I Art. 35” Protocolo II Art. 6.2” Preámbulo de la convención de otawa” Estatuto de la CPI art. 8.2. b”. Norma Consuetudinaria - Regla N 77 y 78 “prohibición de balas expansivas que se hinchan o aplastan fácilmente el cuerpo”- “Declaración de la Haya 6

prohibiendo el empelo de balas que se hinchan o aplastan fácilmente el cuerpo” “Estatuto de la CPI Art. 8.2. b” En la guerra de Somalia se utilizaron un sin número de armas y explosivos prohibidos por el DIH, mismos en los que las escenas del films el Halcón Negro recreó, y en el que se evidencian los graves daños que generaban en el cuerpo de persona atacada, resultando desmembradas, y mortalmente heridas. Norma Consuetudinaria - Regla N 71 “prohibición del empleo de armas de tal índole que sus efectos sean indiscriminados” - Normas Consuetudinarias - Regla N 84 y 85 prohibición de armas indiciarias – de usarse deben evitarse que causen incidentalmente muertos o heridos entre la población civil Los actores del conflicto no definían un objetivo militar concreto, de manera que sus efectos no se limitaban y consecuentemente quedaban en medio la vida de miles de civiles. 5.Utilice diez (10) escenas de la película para demostrar cuando hay una persona protegida con el DIH. 1era escena: Cuando entra el soldado Ranger norteamericano a una casa en Somalia para protegerse de la multitud de soldados somalíes, encontrándose a una mujer con varios niños agrupados, estos no son atacados. 2da escena: Cuando el capitán de los Ranger señala que los ataques deben efectuarse con prudencia al haber niños y mujeres de por medio. 3era escena: Cuando los civiles somalíes salen corriendo para protegerse del enfrentamiento. 4ta escena: Cuando el sargento Eversman le dice a la mujer somalíe que se tire al suelo para no dispararle. 5ta escena: Cuando el soldado Ranger se resbala, cae al suelo y el niño somalíe creía que era el soldado norteamericano y le dispara a su padre, 7

este infante no es atacado por el soldado a pesar de hacer parte de las hostilidades. 6ta escena: Cuando se cae el soldado Blackbor del helicóptero al momento de bajar por las cuerdas, al lazar los soldados somalíes un misil. 7ma escena: Cuando llega el helicóptero para evacuar a los soldados norteamericanos heridos y llevarlos al centro de operaciones. 8va escena: Cuando los soldados Ranger le asiste cuidado médico a sus compañeros heridos y muertos en combate. 9na escena: Cuando el señor Somalíe carga en sus brazos a un niño y pasa por delante del convoy y los soldados frenan para que pase tranquilo. 10ma escena: Al final cuando el personal sanitario del centro de operaciones asiste a los soldados heridos en combate. 6. ¿Cuando un civil pierde su inmunidad de acuerdo con e DIH? Según la CICR, derivado del artículo 3 común del convenio de Ginebra la participación directa o indirecta en las hostilidades, hace que las personas civiles pierdan inmunidad contra los ataques mientras dure la participación, por lo que pueden ser objeto de enjuiciamiento penal según el derecho interno del estado que lo detiene, así se pronunció el comité en su artículo “participación Directa en las Hostilidades”: “…Dentro de estos parámetros, no cabe duda de que un civil que lleva a cabo un ataque está participando directamente en las hostilidades. Asimismo, los expertos jurídicos parecen convenir en que se sigue considerando que participan directamente en las hostilidades los civiles que preparan operaciones de combate o regresan de ellas, aunque la indicación precisa sobre cuándo empieza la preparación y cuándo acaba el regreso es aún objeto de controversia. En la literatura jurídica se alude también a los intensos debates para esclarecer la calificación de diversas situaciones ambiguas que no implican 8

necesariamente el empleo de un arma, tales como actividades de apoyo logístico, de información o de vigilancia…”.

Conforme lo precedente, cuando un civil participa Directa e indirectamente del conflicto armado, inclusive prestado ayuda o colaboración, bien sea transportando municiones, transmitiendo mensajes etc., pierde su inmunidad, por el tiempo de “duración de cada acto especifico que constituya su participación1” es decir, “las personas civiles pierden y recuperan la protección contra los ataques directos de forma simultánea en los intervalos de su participación directa en las hostilidades2” Entonces, una persona debe abstenerse de participar directamente de la acción hostil, y si lo hace viola una norma, pero no pierde su estatuto de persona civil. Naturalmente está sujeto a riesgos de un ataque como persona que cómbate pero no goza de derechos que otorga el estatuto de combatientes (prisionero de guerra) ni le da la inmunidad de la población civil. Es un civil que desempeña la función de combatiente y por ello no pero conservar la protección que se garantiza a los civiles que no cómbate3. 7. Que son las reglas de enfrentamiento y como se evidencia en la película. Las reglas de enfrentamientos (ROE), Son conjunto de normas emitidas por la autoridad militar competente y de rango superior que señalan con precisión la oportunidad, circunstancias, facultades y limitaciones bajo las cuales las fuerzas Militares podrán emplear la fuerza, para enfrentar las amenazas externas e internas contra las instituciones y el estado.4. También puede entenderse como aquellas “que determinan cómo se usa la fuerza en una operación, fijando su intensidad y su control. Pertenecen a la acción de mano, como factor de operatividad, planeamiento, entrenamiento y derecho5. Estas deben “definir con claridad las 1

Participación directa en las hostilidades, international committee of the red cross, pag. 70 ibídem. 3 www.cruzroja.es Rodríguez Villazante y prieto, La pérdida de inmunidad de las personas civiles por su participación directa en las hostilidades. 2

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www.mindefensa.gov.co Las Reglas de Enfrentamiento. José Miguel Alía Plata, Reglas de Enfrentamiento y gobierno de campo de Agramante; Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos. 5

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condiciones de la situación y los límites de acción permitidos, debiendo estar enmarcadas, dentro de los lineamientos del derecho internacional6” Las reglas de enfrentamiento en el Films el Halcón Negro consintieron en:  Programar estrategias para asegurar los principales puntos e instalaciones de los clanes de Mogadiscio, intentando garantizar con ello el paso de la ayuda humanitaria.  La operación se lideró desde un mando central que coordinaba los movimientos por medios tecnológicos.  Cuando el general y el sub-general del centro de operaciones de EE.UU., ubican los puntos de recolección para llegar al halcón súper 6 -1 donde se encontraba el sargento Durant.  Los miembros del ejército estadunidense no empezaron a disparar hasta no ser atacados por los rebeldes somalíes.  El manejo del control de la población civil; y la regla de no abandonar a ningún integrante herido. 8. ¿Que enseñanza le deja la película como ser humano? El ser humano debe mirar a otros escenarios de solución de conflictos, las vidas que han cobrado las guerras en el mundo no justifican victoria alguna; ésta no debe ser la respuesta del cambio social que necesitamos. Amar, respetar, aceptar, tolerar, escuchar, educar, edificar, construir, habrá de ser la misión humanitaria del mundo; la violencia genera mayor violencia, fracturas y daños al tejido social irreparables. Los efectos propios de la guerra exigen, entre otras opciones, la adopción de medidas concretas y eficaces en la solución del conflicto, de manera que el compromiso social, institucional e internacional debe confluir hacia el mismo punto, esto es, la convivencia pacífica al interior, y entre Estados. La enseñanza que nos deja la película como ser humano es el respeto hacia la otra persona, como quiera que las vidas que se pierden en medio de los enfrentamientos, las destrucciones de bienes donde se protegen los

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Caros de Izcue Arnilla, Apuntes de Estrategia operacional, Las normas de Comportamiento y las reglas de entrenamiento.

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civiles de las hostilidades y un sin números de duelos y provocaciones dejan siempre centenares de muertes; convirtiéndose en un fin vital que ante cualquier manifestación de violencia habrá de humanizar, colaborar, socorrer y auxiliar a las personas heridas en combates; brindarles mejores condiciones en donde no se perpetúe o se sigan generando los conflictos que por más que haya pugnas entre los combatientes siempre las muertes superarán la guerra. 9. ¿Qué enseñanza deja la película respecto del caso colombiano? Es evidente que en Colombia existe un conflicto armado que se ha venido desarrollando desde hace décadas, y precisamente con ocasión al mismo el poder ejecutivo, y otras organizaciones, en distintos tiempos y escenarios ha pretendido buscar soluciones de distinta índole, en la que la configuración o intento de implementación de alternativas pacíficas de cambio o diálogos se ha constituido en el mecanismo de los últimos tiempos. La Corte Constitucional (C-048/01) ha indicado que, los principios del derecho internacional propugnan por la solución pacífica de los conflictos internos o externos y señalan el deber de todo Estado de no recurrir en primera instancia a la amenaza o al uso de la fuerza (… ) pues aquellas son reglas de conducta que imponen la interpretación de los derechos y deberes constitucionales. Así, el parágrafo 3º del artículo 2º de la Carta de las Naciones Unidades dispone que “los miembros de la organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia”. En tal contexto, continuó reseñando la Alta Corporación que el inciso segundo del artículo 93 de la Constitución, preceptúa que "los derechos y deberes consagrados en la Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia". Por consiguiente, si la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, la interpretación del mismo en cuanto a la solución del conflicto armado colombiano no sólo debe efectuarse con base en la 11

Constitución en sentido formal sino también en consideración con lo dispuesto en los tratados internacionales sobre derechos humanos. Lo anterior no implica per se, que las fallas o inconvenientes presentados concretamente en los diálogos de Paz entre el Gobierno Nacional con el Ejército de Liberación Nacional ELN, implique automáticamente la eliminación de las negociaciones, pues como se sabe, con la FARC también se materializaron múltiples inconvenientes. Desde este contexto, las dificultades en los procesos de negociación no constituye per se una razón para dar por fracasado los diálogos, en tanto la Paz como Derecho Fundamental se convierte en un largo camino que recorren las partes de un conflicto, y que debe ir construyéndose. Como bien los señaló la catedrática Gallego García María, en su artículo Perdón y Proceso de Paz en Colombia, la mesa de negociaciones no es el escenario para resolver todos los males que aquejan a la sociedad, sino para tratar de resolver el problema urgente de la guerra, que se entiende puntual. El objetivo es la paz, un bien social necesario para la vida en común de los seres humanos pero no también suficiente, toda vez que la paz evita el mayor de los males (la guerra), pero no realiza todos los bienes: la justicia, la libertad, la igualdad, la dignidad humana, etc. la paz no significa todo lo bueno, pero en su insuficiencia es conditio sine qua non para realizar a largo plazo otros bienes sociales como la libertad y la justicia social, que se vuelven inalcanzables en un entorno de enfrentamiento a muerte, violencia generalizada y destrucción. Así, la reflexión final gira en torno a que la solución pacífica del conflicto produce menos fracturas en las familias y en la sociedad en general de cara a las salidas militares, de manera que aunque las negociaciones y acuerdos de paz, en términos temporales se muestran exigentes, no es menos cierto que se convierte el mecanismo propio para lograr la Convivencia Pacífica que reclama el pueblo Colombiano. 10. ¿Qué va a hacer usted (es) con lo aprendido a través de este taller para impactar positivamente a la comunidad desde las aulas? Inicialmente en este taller hacemos un recorrido desde lo académico, es decir tener claro lo qué es el DIH y su aplicación, ingresamos a la esfera 12

humana para poder considerar desde la integralidad qué situaciones específicas vulneran al ser con respecto a la normatividad internacional en esta película. El ser humano debe tener claro el conocimiento, qué es y cómo se debe aplicar el Derecho Internacional Humanitario a la vida diaria, en un país en conflicto armado como el nuestro. Concientizar desde las aulas, que es fundamental desde el inicio de la educación, entrar a conocer los principios fundamentales y de cómo poder protegernos como población civil. El DIH, debe servirle a los estudiantes y a sus grupos familiares y a las comunidades en general, para que puedan aplicarlo en cada uno de sus roles, y desde allí aportar al estado. Es decir los estudiantes son los más susceptibles a empoderar a otras personas retroalimentándose. El tipo de conocimiento que se extrae de esta película es aprender de los errores, trascender y a la no repetición. Es buscar transmitir acertadamente y de la mejor manera a la comunidad, lo referente a las normas y delitos que fueron cometidos y asociados al DIH, que se identificaron en desarrollo del caso objeto de estudio. El objetivo es lograr trasmitir con un alto grado de certeza y con tan emblemático caso, las situaciones que se nos mostraron en un escenario bélico de tan diversas características, pero que fácticamente es uno de los casos que más ha aportado para el fortalecimiento de las normas que rigen el DIH.

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