Servicio Comunitario Universidad De Carabobo Venezuela

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• Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Generalidades e interpretaciones vistas desde una perspectiva situacional en el Contexto Social Venezolano Lic. Juan Antonio Ruffino.

• El tema que aquí concierne va a estar referido a una interpretación de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.

• A modo vivencial, aquí se expondrá todo aquello que refiera la experiencia docente en el manejo acertado de esta inserción laboral comunitaria en el ámbito universitario venezolano…

• Lo importante de esta interpretación es lograr una interacción, bajo una perspectiva evaluativa, para consolidar lo aquí expuesto.

El trabajo comunitario que queremos • El trabajo comunitario que queremos se basa en el modo cómo vemos y valoramos a las personas: integrales, capaces de crear estrategias de vida, con potencialidades, reconociendo, a la vez, como procesos de construcción relevantes:

El trabajo comunitario que queremos • …los afectos, compromisos, confianza, conversación, horizontalidad, presencia y acompañamiento, sensibilidad, y crítica de lo establecido institucionalmente.

Ciertas aproximaciones • Se han diseñado aproximaciones de trabajo desde las singularidades que lo configuran…

Ciertas aproximaciones • Vale decir, consciente que en esto inciden, desde las historias de vida personales, experiencias disciplinarias de formación, así como posicionamientos teóricos particulares, que en consecuencia, han venido orientándose más a lo ecléctico, que al sesgo ideológico disciplinario.

Proceso neutral y observante • En este proceso, el reconocimiento del “sí mismo” ha sido un facilitador para comprender al otro; no desde una condición de “sujeto carenciado” - “beneficiario”, como suele entenderse desde lo institucional…

Proceso neutral y observante • …sino abierto a un conocimiento - que pensamos - debiera surgir como resultado de una experiencia construida entre sujetos/personas, en interrelación e intersubjetividad.

Cada contexto es único e irrepetible • Se debe entender a las comunidades como sistemas dinámicos y complejos, contenedoras de realidades múltiples, por ello se hace hincapié en que no existe un sólo modelo de desarrollo local, aplicable a todos los contextos….

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Gaceta Oficial Nº 38.272 del 14 de septiembre de 2005

Disposiciones Generales Artículo 1

Objeto… • La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pre grado aspire al ejercicio de cualquier profesión.

Artículo 4 - Del Servicio Comunitario Definición • A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional…

Artículo 4 - Del Servicio Comunitario Definición

• …aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.

Artículo 5 - Comunidad • A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.

Artículo 6 Requisito para la obtención del título • El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.

Artículo 8 Duración del Servicio Comunitario • El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico.

Artículo 9 - Condiciones • No se permitirá realizar actividades de proselitismo, político partidistas, durante la prestación del servicio comunitario.

Artículo 12 – De la capacitación • El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario…

Artículo 12 – De la capacitación • …a fin de preparar a los coordinadores, asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y propósitos para la realización del servicio comunitario.

Artículo 15

Atribuciones

Artículo 16 De los Prestadores del Servicio Comunitario • Los prestadores del servicio comunitario son los estudiantes de educación superior que hayan cumplido al menos, con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera.

Artículo 16 De los Prestadores del Servicio Comunitario • Los estudiantes de educación superior, deberán cursar y aprobar previa ejecución del proyecto, un curso, taller o seminario que plantee la realidad de las comunidades.

Artículo 18 De las obligaciones del Prestador del Servicio Comunitario

• El servicio comunitario será requisito para graduarse. • Se deben respetar los convenios establecidos por las instituciones de educación superior.

Artículo 18 De las obligaciones del Prestador del Servicio Comunitario

• Actuar con respeto, honestidad y responsabilidad durante el servicio comunitario. El papel de las virtudes y

los valores…

Artículo 18 De las obligaciones del Prestador del Servicio Comunitario

• Cursar y aprobar previa ejecución del servicio comunitario, un curso, taller o seminario sobre la realidad de las comunidades.

TÍTULO IV De los Proyectos

Etimología - Proyecto • Etimológicamente, la palabra “proyecto” proviene del latín “proeiectus”, lo que implica ir “hacia delante”. Esto requiere ajustar “estrategias” a “los objetivos”, asumiendo una “actitud proyectista”, y no pocas veces llegando a contravenir y contraponer los ritmos comunitarios.

TÍTULO IV – de los Proyectos • Artículo 21: Los proyectos deberán ser elaborados respondiendo a las necesidades de las comunidades, ofreciendo soluciones de manera metodológica, tomando en consideración los planes de desarrollo municipal, estadal y nacional.

Artículo 23 – De los requisitos para la Presentación y Aprobación de los Proyectos • Los proyectos deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del problema deberá incluir la necesidad detectada en la comunidad, la justificación, los objetivos generales y el enfoque metodológico, sin menoscabo de los requisitos adicionales que pueda solicitar la institución de educación superior en su reglamento.

Reglamento del Servicio Comunitario del Estudiante de la Universidad de Carabobo

Parágrafo único – Artículo 14 • La iniciativa de anteproyectos de Servicio Comunitario a ser desarrollados intramuros en la Universidad de Carabobo, también puede ser considerada para su aprobación.

Parágrafo único – Artículo 14 • Esta modalidad en ningún caso será superior al 10% de todos los proyectos aprobados en la Universidad de Carabobo para un período lectivo.

Artículo 20 – Base de Datos • La Dirección de Extensión y Servicios a la Comunidad creará la Base de Datos de Proyectos Comunitarios a ser ejecutados e instrumentará su difusión, de manera que el prestador del servicio pueda conocer los proyectos en los cuales su Facultad participará para su adscripción voluntaria e inscripción definitiva.

Artículo 33 – Número de Participantes • El número de prestadores de servicio comunitario que puede participar en un proyecto estará sujeto a las recomendaciones de la Unidad Académica y del equipo formado por el Coordinador y los profesores tutores, de acuerdo con la naturaleza del mismo.

Artículo 33 – Número de Participantes • Sin embargo, se recomienda que este número no sea superior a 25 estudiantes.

Artículo 34 – Lapsos del Servicio Comunitario

• El Servicio Comunitario de los estudiantes de la Universidad de Carabobo será desarrollado en forma continua, en un lapso de tres (03) a doce (12) meses.

Artículo 34 – Lapsos del Servicio Comunitario

• Pasados los 12 meses sin haber concluído, por causas no justificadas o debido a incumplimiento en las asignaciones, será excluido de ese proyecto y deberá iniciar uno nuevo.

• Finalmente, y como miembros del género humano, cabe preguntarnos entonces, ¿Cuál es el tipo de “comunicación” se está “globalizando” hoy? ¿Acaso el de no saber escuchar? ¿El de no expresar emociones, sentimientos, afectos?

• Pensamos, que quizás hoy, podría aparecer como mucho más lejano el sueño de construir un mundo mejor, pero esto bien podría revertirse si nos esforzamos por comenzar a respetarnos en lo cotidiano, y hacer de la diversidad una mirada clave del trabajo comunitario.

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