INTRODUCCIÓN PRIMERAS REFLEXIONES
LENGUAJE Cuatro habilidades de los usuarios de la lengua: HABLAR ESCUCHAR LEER ESCRIBIR
CURIOSO… • Según el tiempo de uso de las habilidades lingüísticas mencionadas (estudio basado en la jornada laboral de un profesional estadounidense): – – – –
ESCUCHAR = 45% HABLAR = 30% LEER = 16% ESCRIBIR = 9%
LENGUA ESCRITA YO = redactor ¿Qué imagen tengo de mí mismo como redactor? ¿Me siento motivado? ¿Qué concepto tengo sobre lo escrito?
MI CONCEPCIÓN DE LA LENGUA ESCRITA • ¿Qué considero importante en el lenguaje escrito?
REPLANTEAREMOS LA PREGUNTA • ¿Qué es más grave, cometer tres faltas de ortografía (tildes, b/v, c/z, etc.) u olvidarse de una idea importante? • ¿Qué es mejor: un estilo formal y complejo o un estilo llano y claro? • ¿Qué dificultades encuentro habitualmente a la hora de leer y comprender un escrito?
• Omitir una idea importante o emplear un estilo complicado trunca más el éxito de la comunicación que tres faltas de ortografía. • Sin embargo, la mayoría de los adultos profesionales considera más grave olvidarse tres tildes y sostiene que un estilo elevado y formal demuestra mayor conocimiento.
¿QUÉ PUEDE ENTORPECER LA COMUNICACIÓN ESCRITA? • El hecho de que emisor y receptor no compartan la misma información o los conocimientos previos (emisor y receptor). • Los prejuicios (emisor y receptor). • El lenguaje pretendidamente elevado y formal (el código). • El uso incorrecto del lenguaje (el código). • La falta de adecuación del lenguaje (tener en cuenta al receptor). • Las inferencias, la ambigüedad, las posibles múltiples interpretaciones, las implicaciones (codificacióndecodificación).
Marixa: ¿Nos reunimos en el café Gijón, Calle Astoria esquina con Ortega y Gasset?
Juan: Sí, sí, nos reunimos con Ortega y con Gasset, me parece buena idea. Volver
“Esa persona humana tiene una lengua vespertina” “El defendido se quedó lacónico cuando vio lo sucedido”
Volver Además…
• Ej., tengo un examen y dejo una nota a mi familia donde digo: “Hoy tengo examen y llegaré tarde a cenar. No me esperen.” • ¿Imaginas una nota que diga: “Lamento tener que informarles de que, a consecuencia de la realización de una prueba evaluativa para mis estudios de comunicación escrita, no me será posible comparecer a la cena a la hora acostumbrada”?Volver
En su afán por no herir sensibilidades, los legisladores han provocado ciertos galimatías. Esto fue lo que ocurrió con el art. 160 del Código Civil, que decía así: “El padre y la madre, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos, excepto con los adoptados por otro o conforme a lo dispuesto Siguiente en resolución judicial.”
Para no excluir a parejas del mismo sexo, decidieron cambiar la redacción: “Los progenitores, aunque no ejerzan la patria potestad, tienen el derecho de relacionarse con sus hijos, excepto con los adoptados por otro o conforme a lo dispuesto en resolución judicial.” ¿Captan la diferencia? La redacción original pretendía que los padres pudieran relacionarse con sus hijos aunque no gozaran del ejercicio de la patria potestad. Todos los padres, sean biológicos o adoptivos (y con independencia de su sexo). En cambio ahora, y siguiendo la norma al pie de la letra, sólo tienen este derecho los padres biológicos, no los adoptivos, puesto que, nos pongamos como pongamos, "progenitores" son sólo los biológicos. Volver
“CONSIDERANDO: Que se ha establecido sustanciación de existencia de incumplimiento contractual por la parte demandada, en subsunción relacional de carácter jurídico-bilateral con parte actora, bajo premisa de no cumplimiento obligacional extraído de relación cambiaria mercantil/bancaria.
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