Propuestas Para La Seguridad Y La Justicia

  • Uploaded by: Juan Fernando Perdomo Bueno
  • 0
  • 0
  • May 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Propuestas Para La Seguridad Y La Justicia as PDF for free.

More details

  • Words: 1,181
  • Pages: 3
PROPUESTAS PARA LA SEGURIDAD Y LA JUSTICIA Por Juan Fernando Perdomo *

POLÍTICA ANALÍTICA En su visita al Estado de Veracruz el Doctor Alejandro Gertz Manero, ex Secretario de Seguridad Pública del País, después de un DIAGNÓSTICO, entregó el libro “SEGURIDAD Y JUSTICIA. SI SE PUEDE” en donde se describen las propuestas concretas que ya están en el Congreso, enlatadas. Tomo un resumen de dicho material. El diagnóstico tiene que ver con tres “I´s” : a) Impunidad, ya que sólo se sentencia el 1.5% de los delitos; b) Ineficiencia del procedimiento administrativo (averiguación previa), y del proceso penal; e c) Inequidad, no se repara el daño a la víctima. La Reforma integral que proponen, tanto el Senador Luis Maldonado, de Convergencia, como el propio Dr. Gertz, abarca: • Reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; • Un Nuevo Código Penal Único; • Un Nuevo Código Único de Procedimientos Penales; • Una nueva Ley sobre Ejecución de Penas y Readaptación Social de Sentenciados; y • Una nueva Ley para el Tratamiento de Menores Infractores. Ciudadanizar la Justicia, para: • Eliminar el monopolio de la acción penal, a cargo del Ministerio Público. • Que la víctima haga valer sus derechos en materia penal ante el Juez. • Unificar legislaciones locales para que un delito merezca igual sanción. • Contar con juicios simplificados, transparentes y orales para someter a un proceso de transparencia y rendición de cuentas a las autoridades. • Restaurar la justicia cívica, conocida como de “barandilla”, para acercar al ciudadano a la justicia. • La sanción al delincuente sea reparar el daño a la víctima, mediante pago en efectivo o especie y, a la sociedad, con trabajo comunitario. • Con los fondos provenientes de los decomisos del narcotráfico y el contrabando se resarza el daño a las víctimas en forma subsidiaria. Algunos puntos destacados de la REFORMA INTEGRAL PENAL son que: 1. Se establece un Código Penal y un Código de Procedimientos Penales únicos para todo el país, en los que los delitos son del Fuero Común y Federales por excepción, como narcotráfico y lavado de dinero entre otros. 2. A la víctima y al ofendido se les da el carácter de parte activa en el juicio penal, con todos los derechos para anunciar ante el juez, interponer los recursos procedentes y defender sus intereses y causas durante el proceso. 3. Eliminar los impedimentos de carácter procesal, confiriéndole a cualquier ciudadano la facultad para denunciar delitos contra la integridad y el patrimonio de las personas. 4. Las funciones del Ministerio Público quedan sujetas al proceso penal, a la vigilancia procesal del Juez, de la parte ofendida y del presunto responsable, para que su función sea más eficiente y equitativa.

5. Se compacta la averiguación previa y el proceso en un procedimiento, que se desahoga ante el Juez con la participación del Ministerio Público, del ofendido y del presunto responsable con reducción substancial de los tiempos procesales. 6. Con el Ministerio Público, la actividad de los jueces también se sujeta a un mayor control y transparencia para desahogar las diligencias probatorias de la parte ofendida y del presunto responsable. 7. Al promover el Juicio Oral se reducen los tiempos procesales. Tanto el ofendido como el presunto responsable, pueden, así, defender mejor sus derechos. 8. Se sujetan las actividades de la policía judicial al control procesal tanto del Juez como del Ministerio Público, para investigar los hechos que aporten el ofendido y/o el presunto responsable y se logre abatir la corrupción derivada de la falta de controles adecuados. 9. Se dotará a la policía preventiva de facultades legales para investigar y prevenir delitos, participando como parte acusadora en aquellos que conozca y no exista denunciante, permitiendo multiplicar los esfuerzos contra el crimen. 10. Se otorga a la reparación del daño el carácter de bien jurídicamente protegido, cuyo monto se determina al inicio del procedimiento, mediante los tabuladores que la Ley haya incorporado, para lograr el pago inmediato o, en su caso la garantía, que se hará efectiva al determinar el Juez la responsabilidad. 11. La reparación del daño está considerada como el elemento fundamental para obtener el beneficio de la libertad preparatoria, la que se alcanzará con dicho pago, con trabajo a la comunidad, o con pena de prisión reducida. 12. El patrimonio del fideicomiso para la reparación del daño, se integrará con el producto de los decomisos por contrabando y narcotráfico y por las reparaciones que no tengan beneficiario. 13. Se le da protección y defensa al denunciante y a los testigos frente a careos intimatorios, creando el tipo penal de “Intimidación al Denunciante, Testigo, Víctima u Ofendido por un Delito”. 14. Se precisan los mecanismos de protección de los derechos humanos no solo del inculpado, sino también y de modo expreso los de la víctima. 15. Proponen que en delitos contra la nación, el erario público, secuestro, narcotráfico, homicidios con agravantes y crimen organizado, no opere la prescripción. 16. Se homologan al nivel máximo, la penalidad de delitos graves como el secuestro. 17. Con la Reforma Constitucional y la promoción de una Ley tipo de Justicia Cívica se fomenta la justicia inmediata “de barandilla”, para infracciones y delitos menores, vinculando con la sociedad los programas de policía de barrio. 18. Al vincular a al policía de barrio con las tareas de prevención y justicia cívica, se establecen los controles de funcionalidad de la policía preventiva, mediante los sistemas de cuadrantes y zonas de patrullaje. 19. La Ley de Tratamiento para Menores Infractores, para los que tengan entre 14 y 18 años, determinará su responsabilidad en razón de dictámenes periciales sobre su capacidad de comprensión del daño causado, y establecerá sanciones que deben aplicarse a través de un sistema efectivo de reaparición del daño. 20. Se propone una nueva Ley sobre Ejecución de Penas y Readaptación Social de Sentenciados que establece como base fundamental la reparación del daño y trabajo comunitario, mediante: a. Cárceles abiertas, para los reos de baja peligrosidad. b. Para los de mediana peligrosidad, cárceles con proyección ocupacional y alternativas de trabajo comunitario para la reparación del daño y rehabilitación. c. Cárceles de alta seguridad para los reos peligrosos, con posibilidad de readaptación a través de trabajo industrial interno.

21. Este proyecto plantea su autosustentabilidad a través de proyectos de trabajo remunerados para los presos, de los que estos, harán aportaciones para su manutención. La Reforma Constitucional y la promulgación de las leyes propuestas tienen por objeto crear un sistema de administración justa más estructurado, coordinado y comunicado en el que se simplifica el proceso penal, se propicia y simplifica la atención de los delitos menores y se da un nuevo enfoque a la ejecución de penas. Todo ello a favor de la sociedad, ya que se garantiza el acceso a la justicia pronta y el resarcimiento del daño causado al ofendido o víctima del delito. Ahora, sólo falta esperar a que los partidos que presumen de ser vanguardistas, se sumen a esta sentida causa de los mexicanos. * Juan Fernando Perdomo es egresado del TEC DE MONTERREY. Servidor público, Empresario y Político ( [email protected] ) www.perdomo-blog.blogspot.com.mx

Related Documents


More Documents from ""

Reemplacamiento
October 2019 22
A Quien Le Toca
October 2019 25
Arrancan
October 2019 33
Mi Responsabilidad Social
October 2019 23
October 2019 30
October 2019 37