Proceso De Adopcion 1314 De 2009.docx

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PROCESO DE ADOPCION 1314 DE 2009

JESUS DAVID MEDINA LOPEZ DANIEL ANDRES GUTIERREZ UBAL ATONIO LLORENTE DIAZ

INSTRUTOR TANIA ARIZAL OCHOA

CONTADURIA PÚBLICA

CORPORACION UNIFICADA NACIONA DE EDUCACION SUPERIOR CUN MONTERIA CORDOBA 2019

PROCESO DE ADOPCION 1314 DE 2009

Después de leer la ley 1314 de 2009, mi primera impresión es que el congreso de Colombia quiso, como siempre, aglutinar una gran cantidad de necesidades emergentes en el país, que obviamente fueron aceleradas por el nefasto modelo de la globalización de los mercados y la integración internacional. La definición que se nos ofrece es la siguiente en toda su extensión: “por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento” se antoja a todas luces ambiciosa, pretensiosa, ambigua y de difícil aplicación. Es importante repasar cuales se cree que fueron las causas para llegar a concluir que esta ley en realidad cambiaría de manera fundamental los tradicionales principios de contabilidad que han funcionado durante tantos años en nuestro país. Por un lado las conclusiones de un estudio denominado “Reports on the Observance of Standards and Codes” (ROSC) donde participaron el Banco Mundial junto con el Fondo Monetario Internacional, (año 2003), donde se concluye que el país no cuenta con los mecanismos necesarios que informen y regulen la información financiera de manera adecuada. Y por el otro, un proyecto de ley que concluye que “el paulatino estancamiento de nuestro sistema contable frente a las necesidades del país, la diversidad y desarticulación de las regulaciones en materia contable, los conflictos con la contabilidad tributaria, la incorrecta consideración en las normas contables de la microempresa, la ausencia de normas de aseguramiento y las inquietudes surgidas desde y sobre los mismos los órganos de la profesión contable”. Los dos argumentos eran validos y evidenciaban claramente una necesidad de cambio en las estructuras y organizaciones que regían los principios contables. Pero el enfoque se pierde cuando se lee el artículo 1 en el que se expresa que las consecuencias de la aplicación de esta ley, van a ser, mejorar la productividad y atraer mayor inversión extranjera. Se debe decir que, en si mismos, estos fines son populistas y completamente quiméricos, pues unificar el sistema contable y adoptar normas contables internacionales no son, en si mismos, índices validos de medición de los resultados de una economía emergente como la nuestra.

La mayor cantidad de empresas colombianas son PYMES, las que siempre han poseído un sinnúmero de dificultades financieras por lo que les es muy difícil mantenerse en el mercado nacional que es su mercado natural. Un bajo porcentaje de ellas exporta sus productos. La pregunta que surge es la siguiente: Esta ley en realidad busca el bien común o el bien de unos pocos que monopolizan las leyes con su poder económico? A decir verdad, creo que a las empresas extranjeras no les interesa que internamente estemos trabajando en la convergencia de las normas contables internacionales. Igualmente esa no va a ser una causa por la que tomen la decisión de no invertir en Colombia, pues en realidad las pobres y denigrantes condiciones de cualquiera de los TLC que hemos firmado con ellos, son más atractivas que cualquier norma contable. Otro punto importante que se desprende de la lectura es que los entes educativos y las entidades correspondientes, no han ajustado debidamente sus procesos de enseñanza a los cambios exigidos por la norma. La percepción es que en general nuestros profesionales no están preparados para implementar e implantar los nuevos principios. En 2014 había registrados en Colombia 197.000 contadores de los cuales habían sido capacitados 28.000, es decir que solamente el 14% cumplen con la exigencia. La cifra es de cuidado, por que supuestamente entre el año 2017 y 2018 todos debemos estar alineados y aplicando la nueva normatividad. Claramente se observa que se tiene una ley que no se conoce y que por lo tanto no es fácil de adoptar o habrá una demora mayor en aplicarla con las consecuentes multas que ello implica. En este punto del análisis, me permito traer a colación algunos documentos periodísticos sobre el tema: La siguiente pregunta fue hecha al señor Hugo Ospina presidente de Instituto Nacional de Contadores Públicos: ¿Cuál es su opinión respecto del proceso de convergencia a NIIF y normas de aseguramiento de la información que se adelanta en Colombia? “Bueno, a partir de la Ley 1314 del 2009 se inicia un cambio muy importante en Colombia. Me parece que hemos sido un poquito lentos en relación con otros países, ya que a pesar que la ley salió en junio de 2009, estos estándares de información serán obligatorios en 2015 para la aplicación plena y 2016 para las pymes; todavía no se conoce el decreto que va a ser obligatorio para la aplicación de los estándares de aseguramiento de la información, pero digamos que el CTCP está avanzando en la medida de sus capacidades; es una estructura muy pequeña

con una labor muy grande, pero con la ayuda de todos y el INCP que ha realizado aportes importantes en este sentido al igual que muchos profesionales y entidades privadas colaborando para que la labor de ellos se facilite, se agilice los procesos y la normatividad que señala la Ley 1314 pues ojalá muy pronto se vuelva una realidad”. Analizando esta respuesta se concluye que realmente el proceso va lento, por que llevamos seis años tratando de aplicar e implantar los artículos de la ley 1314, mientras que Chile ya cumplió con su implementación; lo anterior tiene una explicación, Chile depende de los mercados externos, mientras que en Colombia las empresas dependen principalmente del mercado interno. Otro punto relevante es que estamos dependiendo de un ente muy pequeño para realizar una tarea muy grande, lo que refleja una falta de planeación y planificación total en la implementación de la norma.

Juliana Ramírez Prado en su reportaje “Las pequeñas y medianas empresas deben implementar las Niif el próximo año” (Abril 6, 2015): “A la fecha no se tiene claridad de cuántas empresas constituidas legalmente en el país han entrado al proceso de implementación de las Niif, pero sí es pertinente afirmar que la composición societaria en Colombia, según Confecámaras está soportada 95% por Pymes o empresas del Grupo 2. Carolina Montes, socia y directora de MC Montes, comentó que entre las principales dificultades para la aplicación se encuentra la falta de personal idóneo, poco conocimiento o divulgación dentro de las mismas compañías (administradores con poca conciencia) inadecuada planeación y por último no menos importante el gran costo que esto genera. De acuerdo a Montes las asesorías para Pymes pueden oscilar entre $20 y $80 millones, mientras que para una empresa grande la factura puede ir de $100 millones a $800 millones. “Otra señal de las dificultades del proceso de adopción es que el sector financiero ha recibido algunos plazos de corta duración para reportes individuales a la SuperFinanciera”.

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