Algunas novedades incluidas en el Documento previo a los Borradores de los Reglamentos Orgánicos de los Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Miguel g Angel g García Luque q 15-1-09
¡¡Ojo!... j no están todas las novedades, dos días no dan para mucho más...
Equipo i Directivo i i • Paridad • Se integran los Responsables de la g ((al Coordinación de Planes Estratégicos menos TIC y Bilingües) • No N se contabilizan t bili las l unidades id d de d adultos (IES)
C Competencias i Director/a i / •
•
Ejercer las funciones que le correspondan como miembro miembro, en su caso, del Consejo de Coordinación de la zona educativa a la que pertenezca el centro. Designar a los maestros/as o profesores/as responsables del desarrollo de las medidas de atención a la diversidad. diversidad
C Competencias i Jefes/as f / de d Estudio di •
Actuar de intermediario entre la A Agencia i A Andaluza d l dde E Evaluación l ió Educativa y el centro, en todos los procesos de evaluación que se establezcan en la normativa vigente (sólo en Primaria)
Coordinadores/as de planes estratégicos • Funciones: – Dinamizar e impulsar la aplicación del plan estratégico en el centro. – Asesorar A a llos maestros/as / y profesores/as f / del d l centro en la l solución de los problemas que puedan surgir en el desarrollo del plan. – Establecer bl cauces para lla dif difusión ió de d la l experiencia i i y ell intercambio de información con otros centros. – Orientar al profesorado del centro sobre los recursos disponibles para el desarrollo del plan. – Fomentar la creación de contenidos educativos por el pprofesorado del centro y su difusión a toda la comunidad educativa. – Administrar las herramientas educativas y los recursos ppuestos a disposición p del plan p para p facilitar su utilización por p el profesorado
Órganos de Coordinación Docente Primaria • • • •
Equipos de ciclo ciclo. Equipos de orientación. Equipo técnico de coordinación pedagógica. pedagógica Tutorías.
Tutorías í Primaria i i • Se nombrará un tutor o tutora en sexto curso de d educación d ió primaria i i para poder d desarrollar las funciones de tutoría compartida conjuntamente con el profesor o profesora de primer curso de educación secundaria obligatoria del instituto de educación secundaria al que el colegio esté adscrito
Órganos de Coordinación Docente Secundaria • • • • • • • • •
Departamento de orientación. p de actividades complementarias p y Departamento extraescolares. Departamento de evaluación, calidad y mejora en la educación. educación Departamento de formación, investigación y desarrollo curricular. Departamento de coeducación y convivencia (¿?). Departamentos de coordinación didáctica. Equipo técnico de coordinación pedagógica. pedagógica Equipos docentes. Tutorías.
Departamentos Didácticos “asociados a materias” 1. 2. 3 3. 4. 5.
Departamento lingüístico. Departamento matemático. Departamento científico científico. Departamento tecnológico. Departamento musical, artístico y deportivo. 6. Departamento social y de ciudadanía.
•
• • •
•
•
Departamento lingüístico: Profesorado de las especialidades de lengua castellana y literatura, lenguas extranjeras y lenguas clásicas. Departamento matemático: Profesorado de las especialidades de matemáticas y economía. Departamento científico: Profesorado de las especialidades de biología y geología y física y química. Departamento tecnológico: Profesorado de las especialidades i lid d de d tecnología l í y, en su caso, de d informática. Departamento cultural, cultural artístico y deportivo: Profesorado de las especialidades de dibujo, música y educación física. Departamento social y de ciudadanía: Profesorado de las especialidades de geografía e historia y filosofía.
• En el caso de q que se imparta p formación profesional inicial, existirán también: – Departamento de formación y orientación laboral. – Departamentos de familia profesional. • Los departamentos de coordinación didáctica podrán agruparse en las áreas de conocimiento científico-tecnológica, social-lingüística y artística, de acuerdo con lo que a tales efectos establezca el proyecto p y educativo del instituto
• Además de los departamentos de coordinación didáctica referidos en los apartados anteriores, los institutos,, en el uso de su autonomía organizativa y pedagógica, podrán establecer otros departamentos de coordinación didáctica relacionados l i d con los l planes l y proyectos que tengan autorizados, con las medidas de atención a la diversidad aplicadas o con otros aspectos específicos de los mismos. En el caso de que impartan sólo, impartan, sólo educación secundaria obligatoria, podrán crear hasta un máximo de tres,, si imparten p educación secundaria obligatoria y bachillerato, podrán crear hasta un máximo de seis.
Departamento de Actividades Extraescolares • Cada curso escolar se elaborará una programación de las actividades complementarias y extraescolares que se van an a desarrollar a lo largo del mismo, mismo de acuerdo con los criterios recogidos en el proyecto t educativo. d ti Las L programaciones i elaboradas durante el periodo de vigencia d un Plan de Pl de d Centro C t se incorporarán i á all proyecto educativo
Departamento de evaluación, calidad y mejora en la educación •
Composición: 1. La persona que ostente la jefatura del departamento. 2. Un profesor o profesora de cada uno de los departamentos de coordinación didáctica existentes en el instituto instituto, designado por la persona que ejerza la jefatura de dichos departamentos. 3. La persona que ejerza la jefatura del departamento d orientación de i ió o la l persona que ésta é designe d i como representante del mismo. 4. La persona que ejerza la jefatura del departamento de actividades complementarias y extraescolares. 5. Un profesor o profesora, designado por el equipo directivo de aquellos que impartan las medidas de directivo, atención a la diversidad.
•
Funciones: 1. 2 2.
3. 4. 5. 6 6.
Establecer directrices para llevar a cabo la evaluación inicial del alumnado. Elevar propuestas a los departamentos de coordinación didáctica de actividades motivadoras dirigidas al alumnado que sigue programas de refuerzo en las materias instrumentales básicas. básicas Informar a los departamentos de coordinación didáctica sobre el uso de buenas prácticas docentes que se estén desarrollando en otros centros educativos educativos. Proponer al equipo técnico de coordinación pedagógica, proyectos educativos encaminados a la mejora de los rendimientos académicos del alumnado. alumnado Fomentar el trabajo cooperativo de los equipos docentes. V l para que llos departamentos Velar d de d coordinación di ió didáctica, en las materias que les están asignadas, contribuyan al desarrollo de las competencias básicas
7.
Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de diagnóstico y con aquellas actuaciones relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el instituto. 8. Establecer los procedimientos de evaluación interna del centro. 9 9. Coordinar el equipo de evaluación responsable de la realización de la memoria de autoevaluación al que se refiere el apartado 11.5 del presente Decreto. 10. Establecer los procedimientos y criterios de evaluación 10 comunes, que concreten y adapten al contexto del centro los criterios generales de evaluación. 11 Elevar al Claustro de Profesorado la planificación general 11. de las sesiones de evaluación y el calendario de pruebas de evaluación o las pruebas extraordinarias, de acuerdo con las propuestas realizadas por el equipo técnico de coordinación pedagógica.
12. Elevar al Claustro de Profesorado, el plan para evaluar los aspectos docentes del proyecto educativo, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. 13. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos que el instituto realice e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. 14 Cuantas 14. C t otras t le l sean asignadas i d por Orden O d de d la l Consejería competente en materia de educación.
Departamento de formación, investigación y desarrollo curricular. curricular •
Composición: 1. La persona que ostente la jefatura del departamento. 2. Un profesor o profesora de cada uno de los departamentos de coordinación didáctica existentes en ell instituto, i tit t designado d i d por la l persona que ejerza j la l jefatura de dichos departamentos. 3 Los coordinadores o coordinadoras de los planes y 3. proyectos que se desarrollen en el cen
•
Funciones: 1.
2.
3 3.
4 4.
5.
Diagnosticar y elevar al equipo directivo las actividades formativas y de perfeccionamiento necesarias tanto en los aspectos académicos como en los organizativos del instituto. Informar a los departamentos de coordinación didáctica sobre las líneas de investigación didáctica innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo. Fomentar iniciativas entre los departamentos de coordinación didáctica que favorezcan la elaboración de materiales curriculares. A Asesorar a llos ddepartamentos t t de d coordinación di ió didáctica didá ti y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias. Proponer la creación de grupos de trabajo y proyectos de innovación o de investigación educativa relacionados con las necesidades del instituto.
6.
7.
8.
Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los departamentos del i i instituto, para su conocimiento i i y aplicación. li ió Promover que las materias optativas de configuración propia y el proyecto integrado integrado, estén basados en trabajos de investigación y sigan una metodología activa y participativa entre el alumnado. Cuantas otras le sean asignadas por Orden de la Consejería competente en materia de educación.
El equipo i docente • la jefatura de estudios incluirá en el horario general del centro la planificación de las reuniones de los equipos docentes, prestando especial atención a los grupos de educación secundaria obligatoria. • se reunirán i á según ú lo l establecido bl id en la l normativa i sobre evaluación y siempre que sean convocados por la l jefatura j f de d estudios, di a propuesta de d la l persona que ostente la tutoría.
Tutorías í Secundaria S d i • se nombrará un tutor o tutora en primer curso de educación secundaria obligatoria para poder desarrollar las funciones de tutoría compartida conjuntamente con un maestro o maestra tutor o tutora de sexto de educación primaria del colegio o colegios de educación infantil de segundo ciclo y primaria y de educación primaria que estén adscritos