Preguntas Frecuentes Sobre El Decreto 1072 De 2015.docx

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Preguntas frecuentes sobre el Decreto 1072 de 2015 El Decreto único reglamentario del sector trabajo ha generado inquietudes en los empresarios colombianos sobre su contenido, su alcance y los cambios que promueve, encuentre a continuación las preguntas frecuentes sobre el Decreto 1072 de 2015. ¿De qué trata el Decreto 1072? El nuevo decreto compila todas las normas que reglamentan el trabajo y que antes estaban dispersas. Desde el momento de su expedición, el Decreto 1072 se convirtió en la única fuente para consultar las normas reglamentarias del trabajo en Colombia. ¿Por qué fue derogado el Decreto 1443 de 2014? Porque el decreto 1072 de 2015 elimina todas las normas preexistentes que versen sobre las mismas materias de que trata su contenido. Como el Decreto 1072 aborda todo lo relacionado con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, quedó derogado el Decreto 1443 de 2014. ¿El contenido del Decreto 1443 de 2014 quedó incluido en el Decreto único reglamentario del sector trabajo? Sí. Quedó incluido en su totalidad. Específicamente en el Libro 2, parte 2, título 4, capítulo 6. El cambio que introdujo el Decreto único reglamentario del sector trabajo es de forma y no de fondo. En realidad, no cambió la legislación del sector trabajo, sino que se compiló en una sola norma. ¿Desde cuándo se debe aplicar el nuevo decreto? Desde el momento mismo de su expedición. Esto quiere decir que se encuentra vigente desde el 25 de mayo de 2015, fecha en la cual fue promulgado. ¿Sigue siendo obligatorio implementar el SG-SST? Sí. Todo lo contenido en el Decreto 1443 de 2014 sigue vigente. El nuevo decreto define requisitos de obligatorio cumplimiento. Las empresas, sin importar su naturaleza o tamaño, deben implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Esto significa que deben reemplazar el Programa de Salud Ocupacional (PSO) establecido en la Resolución 1016 de marzo de 1989 y comenzar a implementar un nuevo modelo basado en un SG-SST. ¿Cambian los plazos para la implementación del SG-SST? No. Todo lo referente al SG-SST permanece igual a como estaba señalado en el Decreto 1443 de 2014. Esto quiere decir que se mantienen los plazos ya establecidos. Estos son:

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Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10) trabajadores; Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200) trabajadores; Treinta (30) meses para las empresas de doscientos uno (201) o más trabajadores.

Estos plazos comenzaron a correr desde la expedición del Decreto 1443, es decir, desde el 31 de julio de 2014. Nota 1. El Decreto 171 de 2016 modificó los plazos y todas las empresas quedaron con plazo de implementar el SG-SST hasta el 31 de enero de 2017. Nota 2. El Decreto 52 de 2017 modificó el plazo hasta el 31 de mayo de 2017. ¿Qué cambios plantea la nueva norma frente al Decreto 1443 de 2014? En realidad, ninguno. Todo el texto del Decreto 1443 de 2014 está contenido en el Decreto 1072 de 2015, sin modificaciones. ¿Qué ocurre si la empresa no implementa el SG-SST contenido en el nuevo decreto? El incumplimiento en la implementación del SG-SST da origen a sanciones económicas. Se han establecido multas que pueden llegar hasta los quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Estas multas son graduales, de acuerdo con la gravedad de la infracción. Fueron establecidas inicialmente por el Decreto 1295 de 1994, el cual a su vez fue modificado por la Ley 1562 de 2012 y ahora está contenido en el Decreto único reglamentario del sector trabajo. ¿Cuál es la entidad encargada de vigilar la implementación del SG-SST? Según lo señalado por el Ministerio de Trabajo, la vigilancia para el cumplimiento de todo lo dispuesto en el decreto, les corresponde a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL). Estas podrán informar a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo sobre aquellos casos en los que se evidencie que hay incumplimiento del decreto, por pate de las empresas afiliadas a la respectiva ARL. Sin embargo, cualquier persona, o cualquier trabajador también pueden hacer denuncias al respecto.

Decreto 1072 de 2015 El Decreto 1072 de 2015 también se conoce como “Decreto único reglamentario del sector trabajo”. En él hace una compilación de las normas reglamentarias preexistentes en el sector trabajo. Por su carácter de compilatorio, deroga las normas anteriores, pero solo desde el punto de vista formal. En la práctica, toda la reglamentación previa sigue vigente en el nuevo Decreto.

El Libro 1 trata sobre la estructura administrativa pública del sector trabajo: el Ministerio de Trabajo, cabeza del sector, los órganos sectoriales de asesoría como son las comisiones permanentes y sectoriales, las entidades adscritas y vinculadas, los fondos especiales y los organismos de articulación sectorial. El Libro 2 contiene la materia central del Decreto 1072 de 2015 y por eso es el más extenso de todos. En la primera parte hace una recopilación de la normatividad sobre relaciones laborales individuales (procedimiento de terminación unilateral, renovaciones automáticas, etc.). Así mismo, menciona normas sobre cesantías y normas sobre dotación para los trabajadores. Más adelante aborda la normatividad sobre la jornada laboral y las normas especiales para determinados trabajos como conductores del transporte público, madres comunitarias, etc. El Decreto 1072 de 2015, en el Libro 2, también aborda todo lo relacionado con las relaciones laborales colectivas. Destacan temas como prohibiciones y sanciones para los sindicatos, conflictos colectivos de trabajo y fuero sindical, entre otros. En materia de riesgos laborales, el Decreto 1072 de 2015 habla sobre la afiliación a los sistemas de riesgos laborales; cotizaciones y reembolsos; sistema de compensación, intermediarios de seguros, pago de aportes y riesgos en las empresas de servicios temporales; sistema general de la seguridad y salud en el trabajo, multas por infracción a las normas de seguridad y salud en el trabajo y fondo de riesgos laborales. También se acopian las normas sobre juntas de calificación de invalidez. Enseguida aparecen las normas sobre la protección al cesante, como el servicio público de empleo, las prestaciones económicas a la población cesante, capacitación para la inserción laboral y ahorro voluntario. Entre otros temas, el Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 también recopila la normatividad sobre subsidio familiar, afiliación de los trabajadores a la caja de compensación familiar, trabajadores en servicio temporal, contrato de aprendizaje y formas asociativas de economía solidaria. El libro 3 contiene las disposiciones finales. Allí se consagra la derogatoria de todas las normas que quedaron compiladas y se establece la vigencia de la norma, que comienza a regir a partir de su publicación.

Obligaciones de los empleadores Capítulo 6 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo. Artículo 2.2.4.6.1. Objeto y campo de aplicación. El presente capítulo tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los

trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: 1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo. 2. Asignación y comunicación de responsabilidades: debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. 3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: a quienes se les hayan delegado responsabilidades en el SGSST, tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada. 4. Definición de recursos: debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones. 5. Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables: debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012. 6. Gestión de los peligros y riesgos: debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones. 7. Plan de trabajo anual en SST: debe diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el SG-SST, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

8. Prevención y promoción de riesgos laborales: el empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el SG-SST, de conformidad con la normatividad vigente. 9. Participación de los trabajadores: debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable. Así mismo, el empleador debe informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el Comité Paritario o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de estos para el mejoramiento del SG-SST. El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas. 10. Dirección de la Seguridad y Salud en el Trabajo–SST en las empresas: debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, entre otras: 10.1 planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el SG-SST, y como mínimo una vez al año, realizar su evaluación; 10.2 informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del SG-SST, y 10.3 promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del SG-SST. 11. Integración: el empleador debe involucrar los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa.

¿Cómo elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo? Octubre 21, 2015 DESTACADOS, SISTEMAS DE GESTIÓN NORMALIZADOS

OHSAS 18001: Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo OHSAS 18001 es una normativa de origen británico que contempla los requisitos para la adopción de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Es decir, su principal objetivo es ayudar a las organizaciones a identificar los riesgos derivados de sus procesos internos e implementar soluciones preventivas. ¿En qué consiste un Plan de Seguridad? Entre los documentos más importantes con los que debe contar una empresa, el Plan de Seguridad Laboral ocupa un lugar destacado. En él se recogen las directrices para identificar y gestionar los riesgos ligados a la actividad comercial de cada compañía, ya sean riesgos internos o externos.Des8 problemas de integrar normas ISO en También conocido como Plan de Riesgos Laborales, debe estar integrado en la gestión de cada organización y reflejarse en un documento escrito que sirva de consulta tanto para los miembros de la empresa como para terceras personas, por ejemplo los auditores, las autoridades sanitarias y los representantes de los trabajadores. El ítem fundamental para su desarrollo es la actividad de la empresa. No es lo mismo elaborar un Plan de Riesgos Laborales para una constructora que para una compañía de vigilancia. Las necesidades y los riesgos son distintos en cada caso. Los principales elementos que debe incluir dicho plan son: 

Identificación de la actividad productiva de la empresa.



Estructura organizativa.



Número de departamento y de trabajadores.



Prácticas existentes para la gestión y prevención de riesgos y accidentes.



Política y objetivos de la empresa en el área de prevención. Pasos para la elaboración de un Plan de Seguridad Como hemos dicho anteriormente, el proceso de elaboración de un Plan de Seguridad varía en función de las necesidades y objetivos de cada empresa.

Sin embargo, una lista estándar incluiría algunos pasos como los que mencionamos a continuación: 1.

Definición de la Política de Seguridad:

No basta con las buenas intenciones de las empresas. Es necesario definir una política corporativa en materia de prevención de riesgos y dejarla por escrito en un primer apartado del Plan de Seguridad. Es como una especie de introducción del documento definitivo. 2.

Formación y toma de conciencia:

Los trabajadores de la organización deben estar bien preparados para el proceso de elaboración del Plan de Seguridad. Sobre todo, deben tener claro qué es un riesgo laboral y cómo identificarlo en los procesos de la empresa. ¿Quién mejor que ellos mismos para saber cuáles son las principales amenazas? 3.

Asignación de responsabilidades:

Cuando el ciclo formativo haya concluido, los líderes del proceso deben asignar responsabilidades a los miembros seleccionados. No necesariamente tienen que participar todos, aunque sí es fundamental que estén al tanto de lo que se lleva a cabo. El proceso debe ser estructural. 4.

Evaluación de las condiciones y riesgos:

Es la parte neurálgica del proceso. En ella, los miembros del equipo evalúan las condiciones de trabajo que imperan en la organización, identifican los riesgos reales y potenciales y se realizan un diagnóstico sobre ellos. 5.

Investigación:

Las conclusiones de la evaluación darán paso a la investigación de las causas de los riesgos reales o potenciales. Más que buscar responsables directos, la idea es centrarse en eliminar los detonantes de dichos riesgos y buscar soluciones para mitigar su impacto y prevenirlos. Recordemos, la función del Plan de Seguridad Laboral es sobre todo preventiva y a largo plazo. 6.

Documentación:

Todo lo que surja de estas jornadas de evaluación e investigación debe aparecer en un documento base, que será el Plan de Seguridad. La última etapa consiste en la redacción y adaptación del mismo, pues el objetivo es que se convierta en un texto de consulta para miembros de la organización y terceras personas.

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