Ponencia Cites. Maira Sandoval

  • April 2020
  • PDF

This document was uploaded by user and they confirmed that they have the permission to share it. If you are author or own the copyright of this book, please report to us by using this DMCA report form. Report DMCA


Overview

Download & View Ponencia Cites. Maira Sandoval as PDF for free.

More details

  • Words: 1,338
  • Pages: 4
CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES (CITES) MAIRA ALEJANDRA SANDOVAL. LEGISLACION AMBIENTAL. UNITROPICO. 1. PROBLEMÁTICA La riqueza biológica que para este caso comprende la flora y fauna de nuestro país Colombia se ha visto afectada por numerosas actividades; dentro de las cuales está la agricultura (que comprende modelos de desarrollo que no concilian el interés económico con la conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, y por lo tanto han originado alteración y contaminación de los hábitats) y la indiscriminada extracción comercial ha contribuido a que numerosas poblaciones silvestres permanezcan en niveles críticos y al borde de la extinción. Por otro lado, el tráfico ilegal de especies silvestres se considera a nivel mundial como una de las principales causas de disminución de las poblaciones naturales y como uno de los mercados ilegales que mayores sumas de dinero moviliza anualmente, y aunque en Colombia posea una estricta legislación y adopte medidas para garantizar la protección y fomentar el uso sostenible de la fauna silvestre, se asume que el volumen del tráfico sigue siendo de gran magnitud. .(Gómez, M.__) Lo anterior conllevó a preocuparse por el uso de los recursos de flora y fauna, y a partir de la CITES se abordó este tema. Por lo que la CITES incluye la problemática de las especies amenazadas como un instrumento restrictivo del comercio para las que se encuentran en peligro de extinción y regulador del mismo para las especies que no están en peligro de extinción pero que podrían estarlo. 2. OBJETIVOS:

• •

Profundizar la posición de Colombia dentro de la Convención Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre. Identificar cada parte del proceso que constituye la Convención Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre para el caso colombiano.

sobre el y Flora sobre el y Flora

3. MARCO TEÓRICO

Funciones Definidas en la Ley 99 de 1993 y en el Decreto 216 de 2003. Artículo 5, ley 99 de 1993, Adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna silvestres; tomar las previsiones que sean del caso para defender especies en extinción o en peligro de serlo; y expedir los certificados a que se refiere la Convención Internacional de Comercio de Especies de Fauna y Flora Silvestre Amenazadas de Extinción (CITES) La CITES es la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres; también se conoce como el

Convenio de Washington D.C.. Se firmó el 3 de marzo de 1973 y entró en vigor el 1 de julio de 1975. La Convención surgió como consecuencia de la preocupación por los efectos perjudiciales que los altos niveles de comercio internacional pudieran tener sobre la fauna y flora silvestres, teniendo como objetivo principal, la regulación del comercio de especies de fauna y flora silvestres a través del establecimiento de mecanismos de cooperación internacional entre gobiernos. La Convención CITES es una herramienta para regular el comercio internacional de especies de fauna y flora silvestres de forma efectiva y constante, asegurando su conservación y uso sostenible. Colombia se adhirió mediante la ley 17 de 1981 a la Convención Internacional sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), con lo cual ha asumido compromisos en el ámbito internacional para facilitar el comercio legal de especímenes y productos y, simultáneamente, implementar medidas que permitan un control más eficiente del tráfico ilegal. Esta Convención se aplica en Colombia mediante la coordinación que ejerce la Autoridad Administrativa, en cabeza del Ministerio del Medio Ambiente y el apoyo de la Autoridad Científica, constituida por el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”, el Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de Andreis” (INVEMAR), el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas (SINCHI) y el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “John von Neumann”, con el apoyo científico y técnico del Instituto de Ciencias Naturales, de la Universidad de la Amazonia, de las demás universidades públicas y privadas, de los centros de investigaciones ambientales, de los zoológicos y de los jardines botánicos. (Gómez, M.__) Por otra parte, en Colombia existen normas que regulan el tráfico ilegal de las especies silvestres; un ejemplo es mediante el Código Nacional de Recursos Naturales (Decreto Ley 2811 de 1974). Donde para fauna silvestre corresponde al Decreto 1608 de 1978; exceptuando aquellas completamente acuáticas. Con respecto a estas últimas, su uso y aprovechamiento se encuentra regulado por el Decreto 1681 de 1978, el Estatuto Nacional de Pesca (Ley 13 de 1990) y su Decreto Reglamentario 2256 de 1991. Además, con la promulgación del Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989), se llegó al punto de prohibir la caza comercial en el territorio nacional, de tal manera que las únicas actividades comerciales permitidas hoy en día se limitan a aquellas relacionadas con especímenes o productos derivados de la zoocría o cría en cautiverio. Bajo este esquema, actualmente Colombia produce y comercializa productos de babilla, iguana, boa, lobo pollero y chigüiro. (Gómez, M.__) Aunque se han hecho esfuerzos tanto ambientales como policiales, muy poco se ha logrado, y se conoce que actualmente, según el organismo de control, hay 119 especies colombianas amenazadas, de acuerdo con los registros consignados en el Libro Rojo de la Unión Mundial para la Naturaleza. A su vez, la Convención Internacional sobre el Comercio de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre incluye en sus listas 447 especies colombianas. Otro punto importante en el caso del comercio ilícito de especies, es la ubicación de los especímenes después de decomisados, esta tarea a nivel

nacional, debe ser cumplida por las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, por las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos y por el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INPA), con el apoyo de la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, organismos de seguridad y entidades como la Fiscalía General de la Nación y la DIAN. Para este caso y como solución a esta problemática, el Ministerio del Medio Ambiente desde 1996 empezó a trabajar en la consolidación de la Estrategia Nacional para el Manejo de especímenes de Fauna Decomisada, para esto, la selección de lugares se estableció con base en el análisis de factores como : la magnitud de la problemática del tráfico para la corporación y la zona, el volumen de decomisos en número de especies e individuos en la localidad y región, la cantidad de especies susceptibles al tráfico ilegal al nivel local y regional, la altitud y el clima donde se ubicaría el Centro, las características del lugar como valor y extensión del terreno, topografía, cercanía a comunidades humanas o sistemas estratégicos, amenazados y/ o protegidos, actividad económica de la zona, entre otras. 4. CONCLUSIONES Colombia presenta una normatividad muy buena en el ámbito del comercio ilegal de flora y fauna silvestre. Y aun así, los resultados referentes a la disminución de de este comercio ilegal son muy pobres. Las corporaciones, institutos, jardines, zoológicos y muchos otros refuerzan en gran medida la gestión que realiza el Ministerio del Medio Ambiente para reducir el comercio ilegal de especies silvestres. Y en función de la CITES, Colombia esta muy bien representada. 5. BIBLIOGRAFÍA • •

• • • • • •

Andrade, A. Protocolos para el manejo y disposición de los animales postdecomiso. Ministerio del medio ambiente. pp.52. Gestión ambiental en materia de fauna silvestre. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. [on line] http://www1.minambiente.gov.co/viceministerios/ambiente/dir_ecosistemas/c onservacion_biodiversidad/politicas/Estrategias%20Fauna.pdf http://www.cites.org/eng/disc/sec/index.shtml GOMEZ,M. __- Estadísticas del uso ilegal de fauna silvestre en Colombia. pp.12. http://www.cricyt.edu.ar/enciclopedia/terminos/Cites.htm Legislación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres. [on line] http://www.cites.org/esp/disc/text.shtml. Revista Dinero. Archivo; 09/01/2006. Crece el comercio ilegal de fauna. [on line] http://www.dinero.com/wf_InfoArticulo.aspx?idArt=27270 Vanegas, F. 2003. Convención Internacional Sobre El Comercio De Especies Amenazadas De Flora y Fauna Silvestre. Informe regional de los países de centro América ante el comité permanente de la cites. (Enero 2002 - marzo 2003). Doc. 24.3 Anexo 3 – p. 5.

Related Documents

Maira
December 2019 35
Maira
November 2019 21
Cites
June 2020 31
Sandoval
October 2019 40
Maira Torres
May 2020 18